El documento describe diferentes tipos de personas jurídicas en el derecho romano como corporaciones, fundaciones, sociedades y asociaciones. Las corporaciones son entidades independientes de sus miembros con patrimonio propio. Las sociedades pueden ser contractuales, donde los socios se unen para un fin común o asociaciones corporativas donde los bienes pertenecen a los socios individualmente. Las fundaciones en la época clásica involucraban un patrimonio destinado a un fin a través de legados o donaciones.