El documento resume las principales partes y ramas del derecho tributario. Explica que el derecho tributario está dividido en parte general, que establece principios y garantías aplicables a todos los tributos, y parte especial, que estudia cada tributo de forma individual. Las principales ramas del derecho tributario son el material, formal, procesal, penal, internacional y constitucional.
El documento define el Derecho Tributario como parte del Derecho Público Financiero que estudia las leyes a través de las cuales el gobierno obtiene ingresos de los ciudadanos y empresas para cubrir el gasto público. Luego describe las fuentes del derecho tributario venezolano y el ámbito de aplicación de la norma tributaria en términos espaciales y temporales. Finalmente, resume brevemente conceptos como la clasificación jurídica de los impuestos, las formas de traslación de impuestos y los efectos
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo las disposiciones constitucionales, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina. También define conceptos legales clave como ley, decreto ley, reglamento y tratados internacionales. Explica la interpretación de las leyes tributarias, su aplicación en el tiempo y el espacio, y los plazos legales y reglamentarios.
Este documento describe las fuentes y clasificación del derecho tributario en Venezuela. Explica que las fuentes formales incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos, mientras que las fuentes indirectas son la doctrina y jurisprudencia. Además, clasifica los tributos en impuestos, tasas y contribuciones especiales y describe los modos de extinguir la obligación tributaria como pago, compensación, confusión y remisión.
Fuentes del derecho tributario y el tributocarlossifonte
Este documento describe las principales fuentes y características del derecho tributario en Venezuela. Explica que las fuentes formales incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos, mientras que las fuentes materiales surgen de las fuerzas sociales. Describe los tipos de tributos como impuestos, tasas y contribuciones especiales, y explica las características y clasificaciones de los impuestos, incluidos los directos e indirectos. Finalmente, resume los efectos económicos de los impuestos como la difusión, amort
Este documento discute la autonomía del derecho tributario y su relación con otras ramas del derecho. Explica que el derecho tributario se basa en principios constitucionales como la no retroactividad y que garantiza el funcionamiento de la hacienda pública. También analiza las corrientes que discuten la autonomía científica del derecho tributario y los convenios internacionales sobre doble imposición. Finalmente, describe los delitos tributarios tipificados en el ordenamiento jurídico peruano como la defraudación tributaria, incluyendo sus elementos, sujetos
El documento trata sobre el derecho tributario en Venezuela. Explica que el derecho tributario es una rama autónoma del derecho público que regula la recaudación de impuestos por el Estado. Describe los principios generales del derecho tributario como la legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad y no retroactividad. También explica que el derecho tributario se compone de una parte general y otra especial.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados internacionales, los reglamentos, la doctrina y la jurisprudencia. También explica conceptos como impuestos, tasas y contribuciones especiales, y principios como la capacidad contributiva, la progresividad y la justicia. Finalmente, analiza efectos económicos de los impuestos como la repercusión, la difusión y la traslación.
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolanoCarlos10856770
Las fuentes del derecho tributario en Venezuela incluyen la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, providencias administrativas, doctrina, jurisprudencia y costumbres. Las fuentes se dividen en fuentes principales (obligatorias como la Constitución y leyes) y fuentes indirectas o no vinculantes (como la doctrina y jurisprudencia). El Código Orgánico Tributario establece las diferentes fuentes y su jerarquía.
El documento define el Derecho Tributario como parte del Derecho Público Financiero que estudia las leyes a través de las cuales el gobierno obtiene ingresos de los ciudadanos y empresas para cubrir el gasto público. Luego describe las fuentes del derecho tributario venezolano y el ámbito de aplicación de la norma tributaria en términos espaciales y temporales. Finalmente, resume brevemente conceptos como la clasificación jurídica de los impuestos, las formas de traslación de impuestos y los efectos
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo las disposiciones constitucionales, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina. También define conceptos legales clave como ley, decreto ley, reglamento y tratados internacionales. Explica la interpretación de las leyes tributarias, su aplicación en el tiempo y el espacio, y los plazos legales y reglamentarios.
Este documento describe las fuentes y clasificación del derecho tributario en Venezuela. Explica que las fuentes formales incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos, mientras que las fuentes indirectas son la doctrina y jurisprudencia. Además, clasifica los tributos en impuestos, tasas y contribuciones especiales y describe los modos de extinguir la obligación tributaria como pago, compensación, confusión y remisión.
Fuentes del derecho tributario y el tributocarlossifonte
Este documento describe las principales fuentes y características del derecho tributario en Venezuela. Explica que las fuentes formales incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos, mientras que las fuentes materiales surgen de las fuerzas sociales. Describe los tipos de tributos como impuestos, tasas y contribuciones especiales, y explica las características y clasificaciones de los impuestos, incluidos los directos e indirectos. Finalmente, resume los efectos económicos de los impuestos como la difusión, amort
Este documento discute la autonomía del derecho tributario y su relación con otras ramas del derecho. Explica que el derecho tributario se basa en principios constitucionales como la no retroactividad y que garantiza el funcionamiento de la hacienda pública. También analiza las corrientes que discuten la autonomía científica del derecho tributario y los convenios internacionales sobre doble imposición. Finalmente, describe los delitos tributarios tipificados en el ordenamiento jurídico peruano como la defraudación tributaria, incluyendo sus elementos, sujetos
El documento trata sobre el derecho tributario en Venezuela. Explica que el derecho tributario es una rama autónoma del derecho público que regula la recaudación de impuestos por el Estado. Describe los principios generales del derecho tributario como la legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad y no retroactividad. También explica que el derecho tributario se compone de una parte general y otra especial.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados internacionales, los reglamentos, la doctrina y la jurisprudencia. También explica conceptos como impuestos, tasas y contribuciones especiales, y principios como la capacidad contributiva, la progresividad y la justicia. Finalmente, analiza efectos económicos de los impuestos como la repercusión, la difusión y la traslación.
Ensayo de las fuentes del derecho tributario venezolanoCarlos10856770
Las fuentes del derecho tributario en Venezuela incluyen la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, providencias administrativas, doctrina, jurisprudencia y costumbres. Las fuentes se dividen en fuentes principales (obligatorias como la Constitución y leyes) y fuentes indirectas o no vinculantes (como la doctrina y jurisprudencia). El Código Orgánico Tributario establece las diferentes fuentes y su jerarquía.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, leyes, decretos leyes, reglamentos, tratados internacionales, providencias administrativas, doctrina, jurisprudencia, uso y costumbre. También explica conceptos clave relacionados con los tributos como su definición, clasificación, efectos económicos y la traslación del impuesto.
Ensayo de fuentes del derecho tributarioMaria Perez
Este documento describe las fuentes del derecho tributario y financiero en Venezuela según el Código Orgánico Tributario. Las fuentes incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes, contratos de estabilidad jurídica, y reglamentaciones administrativas. El derecho tributario regula los procedimientos para implementar impuestos y recaudar ingresos para el estado. Las normas tributarias deben promover el bienestar general y la administración tributaria debe controlar la evasión de impuestos de manera efectiva.
Este documento presenta una introducción al Código Orgánico Tributario de Venezuela de 2001. Explica que el código se ha ido ajustando para disminuir la evasión fiscal y la defraudación al fisco. Luego define la obligación tributaria y los sujetos involucrados (sujeto activo, pasivo, hecho imponible, etc.). También describe los contribuyentes, responsables, y diferentes tipos de ilícitos tributarios como formales, relativos a especies fiscales, materiales y aquellos sancionados con pena de privación de libertad.
Fuentes del derecho tributario y el tributocarlosmpl1
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos y jurisprudencia. Explica que las fuentes se jerarquizan con la Constitución a la cabeza, seguida de tratados, leyes y reglamentos. También define el tributo y sus características, e identifica a los impuestos como una categoría tributaria que puede ser subjetiva u objetiva, periódica o instantánea, e indirecta o
Este documento presenta una introducción al derecho tributario. Define el derecho tributario y explica su autonomía. Luego, describe varios principios generales del derecho tributario, incluyendo el principio de legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad, no retroactividad y justicia tributaria. El documento analiza cada principio y cita las leyes y artículos constitucionales relevantes.
1) La ley es una norma jurídica dictada por el legislador, mientras que los decretos ley, reglamentos, tratados internacionales y providencias administrativas son otras formas de normas jurídicas. 2) La doctrina son enseñanzas sobre la ley, mientras que la jurisprudencia son decisiones de los tribunales, y la costumbre son hábitos adquiridos por la práctica. 3) La ley tributaria, como toda norma, rige por un tiempo determinado y puede ser derogada.
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributoDerwis Lopez 'WiWi
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina y costumbre. También explica conceptos como tributo, impuesto, tasa y contribuciones especiales, así como la interpretación y aplicación de las normas jurídicas tributarias.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las leyes, decretos leyes, reglamentos y providencias administrativas como las fuentes más importantes que establecen las normas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. También menciona la doctrina y jurisprudencia como fuentes auxiliares que ayudan a interpretar la legislación tributaria. El documento concluye que estas diversas fuentes del derecho tributario, que emanan de un ordenamiento jurídico jerárquico, son fundamentales para regular de manera eficaz las
Las fuentes del Derecho Tributario, se puede decir, que hace referencia a todas las reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los integrantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o se inicia. Ahora bien, por el Código Orgánico Tributario venezolano, constituyen las fuentes del derecho tributario:
Primero, las disposiciones constitucionales.
Segundo, los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República.
Tercero, las Leyes y los actos con fuerza de Ley.
Cuarto, los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
Quinto, las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
Este documento resume los conceptos básicos del derecho tributario. Explica que el derecho tributario se considera una rama autónoma del derecho público. Define el derecho tributario como el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado de establecer, administrar y recaudar tributos. Divide el derecho tributario en material, formal y procesal. Enumera los principios constitucionales del derecho tributario como legalidad, justicia, igualdad, capacidad económica, no confiscación, no doble tributación y no retroactividad.
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo leyes, decretos, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. También define conceptos clave como tributo, clasificaciones de tributos, efectos económicos como la percusión y traslación, y formas en que los impuestos pueden trasladarse hacia atrás o hacia adelante.
Fuentes del derecho tributario y el tributo presentación1Rosangela Vivas
El documento define el Derecho Tributario como la rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario para obtener ingresos que financien el gasto público y el bien común. Señala que el Derecho Tributario regula no solo la recaudación sino también las instituciones que la regulan y si operan de forma armoniosa con las garantías individuales. Luego enumera las fuentes del Derecho Tributario y define el tributo como una prestación patrimonial obligatoria estable
La relación jurídica tributaria es el vínculo entre el Estado y los particulares establecido por ley para satisfacer las necesidades del Estado. De esta relación surge la obligación tributaria, que es la prestación de dar cantidades de dinero al fisco. La obligación tributaria se rige por la ley y tiene características como ser personal, pecuniaria y surgir de una situación de hecho vinculada a la ley. Los sujetos de la relación son el Estado como sujeto activo y los contribuyentes, responsables y agentes de retención como sujetos pasivos.
El tributo y Las Fuentes del derecho tributariolorena_a13
El documento resume las fuentes, clasificación, interpretación y efectos económicos de los impuestos en Venezuela. Explica que las fuentes del derecho tributario incluyen la constitución, tratados internacionales y leyes. Los impuestos pueden ser directos e indirectos, proporcionales o progresivos. Las leyes tributarias se interpretan de forma literal o restrictiva. Finalmente, los impuestos pueden tener efectos de percusión, traslación e incidencia sobre la economía.
1) El documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, leyes, decretos con fuerza de ley, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. 2) Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público dentro del derecho financiero. 3) Resalta que el principio de legalidad tiene especial importancia en materia tributaria, estableciendo que la norma escrita prevalece sobre cualquier otra fuente.
1) El documento habla sobre Derecho Financiero y Derecho Tributario. 2) El Derecho Financiero regula los ingresos y gastos públicos del Estado, mientras que el Derecho Tributario se enfoca específicamente en los impuestos que el Estado usa para generar ingresos. 3) Ambas ramas del derecho son importantes para entender cómo el Estado administra los recursos económicos.
El documento define el derecho tributario como la rama del derecho que regula los ingresos que recibe el Estado a través de tributos para financiar el gasto público. Explica que el derecho tributario se divide en parte general, que establece principios como legalidad e igualdad, y parte específica, que estudia cada tributo. Además, describe los tributos como prestaciones que pagan los ciudadanos según su capacidad económica, clasificándolos en impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Ensayo reforma al codigo tributario pdfLucy Bellorin
El documento resume los principales cambios introducidos por la reforma al Código Orgánico Tributario de Venezuela en 2014, incluyendo el aumento de varias sanciones, la creación de nuevos ilícitos sancionados con penas de prisión, y la asignación de nuevas facultades a la administración tributaria. Algunos de los cambios más significativos son el incremento de las multas por diferentes ilícitos hasta en un 500%, la eliminación de algunos eximentes de responsabilidad, y permitir a la administración tributaria ejercer acciones pen
Este documento presenta una lección sobre el Derecho Tributario impartida por el Dr. Rubén Sanabria Ortiz. En la lección, el Dr. Sanabria Ortiz explica las conceptualizaciones del Derecho Tributario, su autonomía y legitimidad, sus divisiones e interrelación con otras ramas del Derecho. Al final, propone preguntas para evaluar la comprensión de los estudiantes sobre los temas cubiertos.
Este documento presenta una comparación de los códigos tributarios de Ecuador, Perú y Chile. Describe conceptos clave como la obligación tributaria, los sujetos activos y pasivos del tributo, y la supremacía de las normas tributarias sobre otras leyes. En general, los códigos de los tres países comparten definiciones similares para estos conceptos y establecen que la facultad de crear tributos recae exclusivamente en el estado a través de leyes.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela de acuerdo con la Constitución y el Código Orgánico Tributario. Identifica las leyes, tratados internacionales, reglamentos y jurisprudencia como fuentes formales, y también menciona la doctrina jurídica. Explica que las leyes tributarias deben publicarse para entrar en vigencia luego de 60 días y que se deben interpretar atendiendo a su fin y significado económico.
Tema 4 y 5 sobre fuentes del derecho tributario y el tributoMEDUARDOGIL
1) El documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos.
2) Explica que los tributos son prestaciones pecuniarias obligatorias establecidas por ley que el estado exige para cubrir gastos públicos.
3) Señala las características de los tributos como que obligan a personas domiciliadas en Venezuela y gravan la capacidad económica.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, leyes, decretos leyes, reglamentos, tratados internacionales, providencias administrativas, doctrina, jurisprudencia, uso y costumbre. También explica conceptos clave relacionados con los tributos como su definición, clasificación, efectos económicos y la traslación del impuesto.
Ensayo de fuentes del derecho tributarioMaria Perez
Este documento describe las fuentes del derecho tributario y financiero en Venezuela según el Código Orgánico Tributario. Las fuentes incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes, contratos de estabilidad jurídica, y reglamentaciones administrativas. El derecho tributario regula los procedimientos para implementar impuestos y recaudar ingresos para el estado. Las normas tributarias deben promover el bienestar general y la administración tributaria debe controlar la evasión de impuestos de manera efectiva.
Este documento presenta una introducción al Código Orgánico Tributario de Venezuela de 2001. Explica que el código se ha ido ajustando para disminuir la evasión fiscal y la defraudación al fisco. Luego define la obligación tributaria y los sujetos involucrados (sujeto activo, pasivo, hecho imponible, etc.). También describe los contribuyentes, responsables, y diferentes tipos de ilícitos tributarios como formales, relativos a especies fiscales, materiales y aquellos sancionados con pena de privación de libertad.
Fuentes del derecho tributario y el tributocarlosmpl1
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos y jurisprudencia. Explica que las fuentes se jerarquizan con la Constitución a la cabeza, seguida de tratados, leyes y reglamentos. También define el tributo y sus características, e identifica a los impuestos como una categoría tributaria que puede ser subjetiva u objetiva, periódica o instantánea, e indirecta o
Este documento presenta una introducción al derecho tributario. Define el derecho tributario y explica su autonomía. Luego, describe varios principios generales del derecho tributario, incluyendo el principio de legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad, no retroactividad y justicia tributaria. El documento analiza cada principio y cita las leyes y artículos constitucionales relevantes.
1) La ley es una norma jurídica dictada por el legislador, mientras que los decretos ley, reglamentos, tratados internacionales y providencias administrativas son otras formas de normas jurídicas. 2) La doctrina son enseñanzas sobre la ley, mientras que la jurisprudencia son decisiones de los tribunales, y la costumbre son hábitos adquiridos por la práctica. 3) La ley tributaria, como toda norma, rige por un tiempo determinado y puede ser derogada.
Derecho tributario fuentes del derecho tributario y el tributoDerwis Lopez 'WiWi
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina y costumbre. También explica conceptos como tributo, impuesto, tasa y contribuciones especiales, así como la interpretación y aplicación de las normas jurídicas tributarias.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las leyes, decretos leyes, reglamentos y providencias administrativas como las fuentes más importantes que establecen las normas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. También menciona la doctrina y jurisprudencia como fuentes auxiliares que ayudan a interpretar la legislación tributaria. El documento concluye que estas diversas fuentes del derecho tributario, que emanan de un ordenamiento jurídico jerárquico, son fundamentales para regular de manera eficaz las
Las fuentes del Derecho Tributario, se puede decir, que hace referencia a todas las reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los integrantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o se inicia. Ahora bien, por el Código Orgánico Tributario venezolano, constituyen las fuentes del derecho tributario:
Primero, las disposiciones constitucionales.
Segundo, los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República.
Tercero, las Leyes y los actos con fuerza de Ley.
Cuarto, los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
Quinto, las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
Este documento resume los conceptos básicos del derecho tributario. Explica que el derecho tributario se considera una rama autónoma del derecho público. Define el derecho tributario como el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado de establecer, administrar y recaudar tributos. Divide el derecho tributario en material, formal y procesal. Enumera los principios constitucionales del derecho tributario como legalidad, justicia, igualdad, capacidad económica, no confiscación, no doble tributación y no retroactividad.
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo leyes, decretos, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. También define conceptos clave como tributo, clasificaciones de tributos, efectos económicos como la percusión y traslación, y formas en que los impuestos pueden trasladarse hacia atrás o hacia adelante.
Fuentes del derecho tributario y el tributo presentación1Rosangela Vivas
El documento define el Derecho Tributario como la rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario para obtener ingresos que financien el gasto público y el bien común. Señala que el Derecho Tributario regula no solo la recaudación sino también las instituciones que la regulan y si operan de forma armoniosa con las garantías individuales. Luego enumera las fuentes del Derecho Tributario y define el tributo como una prestación patrimonial obligatoria estable
La relación jurídica tributaria es el vínculo entre el Estado y los particulares establecido por ley para satisfacer las necesidades del Estado. De esta relación surge la obligación tributaria, que es la prestación de dar cantidades de dinero al fisco. La obligación tributaria se rige por la ley y tiene características como ser personal, pecuniaria y surgir de una situación de hecho vinculada a la ley. Los sujetos de la relación son el Estado como sujeto activo y los contribuyentes, responsables y agentes de retención como sujetos pasivos.
El tributo y Las Fuentes del derecho tributariolorena_a13
El documento resume las fuentes, clasificación, interpretación y efectos económicos de los impuestos en Venezuela. Explica que las fuentes del derecho tributario incluyen la constitución, tratados internacionales y leyes. Los impuestos pueden ser directos e indirectos, proporcionales o progresivos. Las leyes tributarias se interpretan de forma literal o restrictiva. Finalmente, los impuestos pueden tener efectos de percusión, traslación e incidencia sobre la economía.
1) El documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, leyes, decretos con fuerza de ley, reglamentos, tratados internacionales y jurisprudencia. 2) Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público dentro del derecho financiero. 3) Resalta que el principio de legalidad tiene especial importancia en materia tributaria, estableciendo que la norma escrita prevalece sobre cualquier otra fuente.
1) El documento habla sobre Derecho Financiero y Derecho Tributario. 2) El Derecho Financiero regula los ingresos y gastos públicos del Estado, mientras que el Derecho Tributario se enfoca específicamente en los impuestos que el Estado usa para generar ingresos. 3) Ambas ramas del derecho son importantes para entender cómo el Estado administra los recursos económicos.
El documento define el derecho tributario como la rama del derecho que regula los ingresos que recibe el Estado a través de tributos para financiar el gasto público. Explica que el derecho tributario se divide en parte general, que establece principios como legalidad e igualdad, y parte específica, que estudia cada tributo. Además, describe los tributos como prestaciones que pagan los ciudadanos según su capacidad económica, clasificándolos en impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Ensayo reforma al codigo tributario pdfLucy Bellorin
El documento resume los principales cambios introducidos por la reforma al Código Orgánico Tributario de Venezuela en 2014, incluyendo el aumento de varias sanciones, la creación de nuevos ilícitos sancionados con penas de prisión, y la asignación de nuevas facultades a la administración tributaria. Algunos de los cambios más significativos son el incremento de las multas por diferentes ilícitos hasta en un 500%, la eliminación de algunos eximentes de responsabilidad, y permitir a la administración tributaria ejercer acciones pen
Este documento presenta una lección sobre el Derecho Tributario impartida por el Dr. Rubén Sanabria Ortiz. En la lección, el Dr. Sanabria Ortiz explica las conceptualizaciones del Derecho Tributario, su autonomía y legitimidad, sus divisiones e interrelación con otras ramas del Derecho. Al final, propone preguntas para evaluar la comprensión de los estudiantes sobre los temas cubiertos.
Este documento presenta una comparación de los códigos tributarios de Ecuador, Perú y Chile. Describe conceptos clave como la obligación tributaria, los sujetos activos y pasivos del tributo, y la supremacía de las normas tributarias sobre otras leyes. En general, los códigos de los tres países comparten definiciones similares para estos conceptos y establecen que la facultad de crear tributos recae exclusivamente en el estado a través de leyes.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela de acuerdo con la Constitución y el Código Orgánico Tributario. Identifica las leyes, tratados internacionales, reglamentos y jurisprudencia como fuentes formales, y también menciona la doctrina jurídica. Explica que las leyes tributarias deben publicarse para entrar en vigencia luego de 60 días y que se deben interpretar atendiendo a su fin y significado económico.
Tema 4 y 5 sobre fuentes del derecho tributario y el tributoMEDUARDOGIL
1) El documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos.
2) Explica que los tributos son prestaciones pecuniarias obligatorias establecidas por ley que el estado exige para cubrir gastos públicos.
3) Señala las características de los tributos como que obligan a personas domiciliadas en Venezuela y gravan la capacidad económica.
1) El documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, leyes, tratados internacionales, reglamentos y jurisprudencia. 2) Explica que las leyes tributarias se aplican a partir de su publicación en la Gaceta Oficial y que pueden aplicarse a situaciones que ocurran dentro o fuera del territorio nacional. 3) Las normas tributarias deben interpretarse considerando su finalidad y significado económico para determinar su alcance de manera restrictiva o extensiva.
Este documento describe las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y costumbres. También explica conceptos como la clasificación de impuestos (directos e indirectos, proporcionales y progresivos), el ámbito de aplicación de las normas tributarias, y los efectos económicos de los impuestos.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, doctrina, jurisprudencia, usos y costumbres. También explica la clasificación y aplicación de las normas tributarias en el tiempo y espacio, así como los métodos de interpretación de las leyes tributarias.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, doctrina y jurisprudencia. También explica la clasificación de impuestos como directos e indirectos, proporcionales y progresivos, y describe los efectos económicos de los impuestos como la percusión y la incidencia.
1) El documento describe las fuentes del derecho tributario según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo las disposiciones constitucionales, tratados internacionales, leyes y reglamentos administrativos.
2) Explica la aplicación de las normas tributarias en el tiempo y espacio, así como los métodos de interpretación de dichas normas.
3) Define conceptos clave como impuestos, tributos, y clasifica los impuestos en diferentes categorías como directos e indirectos.
fuentes del derecho tributario y tributosnereidapp
Este documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina. También explica conceptos como el tributo, impuesto, y los efectos económicos de los impuestos como la repercusión, difusión y traslación de la carga tributaria.
Este documento describe las fuentes y principios del derecho tributario en Venezuela. Define las fuentes como las leyes, tratados, reglamentos y otras disposiciones que establecen los tributos. Explica que las leyes tributarias entran en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifiquen otra fecha, y que se aplican solo dentro del territorio nacional, excepto en casos específicos. Además, las leyes tributarias se interpretan de forma restrictiva excepto cuando otorgan exenciones o beneficios.
1) El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos y contratos. 2) Define los tributos como prestaciones monetarias exigidas por el estado mediante ley para cubrir gastos públicos. 3) Señala que los tributos incluyen impuestos directos e indirectos, siendo los impuestos directos sobre la renta, patrimonio e inmuebles, e indirectos como el IVA sobre el consumo.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina. También explica conceptos como impuestos, tasas, contribuciones especiales, impuestos directos e indirectos, regresivos y proporcionales.
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la constitución, leyes, tratados internacionales, reglamentos, doctrinas y jurisprudencia. Explica los diferentes tipos de impuestos como directos e indirectos, y cómo se interpretan y aplican las leyes tributarias en el tiempo y el espacio territorial de acuerdo con los principios de no retroactividad y soberanía respectivamente.
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela según el Código Orgánico Tributario, incluyendo la constitución, leyes, decretos, tratados internacionales, doctrinas y jurisprudencia. Explica los diferentes tipos de impuestos como directos e indirectos, y cómo se interpretan y aplican las leyes tributarias en el tiempo y el espacio territorial de acuerdo con los principios de no retroactividad y soberanía respectivamente.
Trabajo feuentes del derecho tributario y tributoGregory Vegas
Este documento resume las principales fuentes y conceptos del derecho tributario venezolano. Explica que las fuentes incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes, decretos con fuerza de ley, reglamentos y doctrina jurisprudencial. Define los tributos como ingresos públicos obligatorios cuya finalidad es financiar el gasto público. También distingue entre impuestos directos e indirectos, proporcionales y progresivos, ordinarios y extraordinarios, reales y personales, y explica sus efectos económicos como la per
Este documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes, decretos, resoluciones y reglamentos. Define un tributo como una prestación en dinero que el estado exige por ley para cubrir gastos. Explica que los impuestos son tributos sin contraprestación directa y pueden ser directos e indirectos, proporcionales o progresivos.
El documento resume las principales características del derecho financiero y tributario. Explica que el derecho financiero estudia las normas que regulan la recaudación, gestión y erogación de los recursos del Estado, así como las relaciones entre los poderes estatales. También indica que el derecho tributario es el sistema de normas que regulan la imposición, discusión, recaudación, control y modificación de impuestos y contribuciones fiscales. Finalmente, menciona algunas fuentes formales e informales del derecho financiero y tributario.
Este documento resume los principales conceptos del derecho tributario. Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público que estudia las normas a través de las cuales el Estado obtiene ingresos de los particulares para financiar el gasto público y lograr el bien común. También describe los principios generales del derecho tributario, las relaciones entre los entes fiscales y los particulares, y los conceptos de exención y exoneración.
Este documento resume los principales conceptos del derecho tributario. Explica que el derecho tributario es una rama del derecho público que estudia las normas a través de las cuales el estado obtiene ingresos de los particulares para financiar el gasto público y lograr el bien común. También describe los principios generales del derecho tributario, las partes del derecho tributario, las fuentes del derecho tributario y otros conceptos clave como la interpretación de las normas tributarias y el ámbito de aplicación de estas normas.
El documento presenta una introducción al derecho fiscal, describiendo sus orígenes en la ley romana y su relación con otras ramas del derecho como el derecho civil, mercantil y constitucional. También resume las cuatro unidades de la asignatura, incluyendo la obligación tributaria, procedimientos de cobro y diferentes leyes fiscales como la ley de timbres y leyes sobre impuestos al café y la madera.
El documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela de acuerdo al Código Orgánico Tributario, incluyendo las disposiciones constitucionales, tratados internacionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia, costumbres, y define conceptos como impuestos, tasas, decretos leyes, reglamentos, doctrina, jurisprudencia, usos y costumbres. También explica la interpretación, aplicación temporal y espacial de las normas tributarias.
1. PARTES DEL DERECHO
TRIBUTARIO
PARTE GENERAL: Se consagran los principios y garantías que hay en la relación del fisco y los
particulares aplicables a todos los tipos de tributos. A través de esos principios y garantías se
armoniza la relación entre nosotros, el Estado y el Fisco Nacional. Hay derechos, deberes,
principios y garantías que vamos a conocer de forma general, que aplican para todos los
tributos.
PARTE ESPECIAL O ESPECÍFICA: estudio propio de la materia o de cada tributo, ejemplo: el
I.S.L.R., todo lo que se debe saber de ese impuesto, las normas jurídicas necesarias para
conocerlo.
RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO:
DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTIVO
DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL
DERECHO PENAL TRIBUTARIO
DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO
DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO
1.- DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTIVO:
CONTIENE LAS REGLAS SUSTANCIALES RELATIVAS A LAS NORMAS TRIBUTARIAS, ESTUDIA
COMO NACE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA, EXTINCIÓN DE ESA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA,
ELEMENTOS Y SUJETOS, EXTENSIÓN, SUS FUENTES, CAUSAS Y PRIVILEGIOS. POR EJEMPLO AL
REALIZARSE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA NACE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA.
2.- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL: EL DERECHO TRIBUTARIO FORMAL ESTUDIA LA
APLICACIÓN DE LA NORMA MATERIAL A UN DETERMINADO CASO CONCRETO EN TODOS SUS
ASPECTOS. ANALIZA LA DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO. ESTABLECE LA SUMA DE DINERO
COMPLETA A QUE ESTA OBLIGADO EL SUJETO PASIVO Y DETERMINA LA MANERA DE
INGRESARLO AL TESORO NACIONAL, ESA CANTIDAD DE DINERO. POR EJEMPLO EL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.
Cuando hay excedentes en la declaración, (pagué de más y él tiene que devolver) no lo
devuelve, sino que se compensa (yo le debo, él me debe- compensamos) o también puede ser
bajo la figura de la cesión, es una negociación muy actual (compañías que tienen excedentes y
2. le cede ese exceso de impuesto a otra empresa y esa otra empresa paga al fisco por medio de
esa cesión.
Cesión de créditos fiscales: Transmisión de derechos crediticios derivados de tributos y
accesorios, que un sujeto titular o legítimo propietario realiza a favor de otro, al solo efecto de
su compensación con deudas tributarias del cesionario con el mismo sujeto activo.
3.- DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL:
CUANDO SURGEN CONTROVERSIAS ENTRE EL ESTADO Y LOS PARTICULARES. ES UN PROCESO
ESPECIAL.
4.- DERECHO PENAL TRIBUTARIO:
EL DERECHO PENAL TRIBUTARIO REGULA JURÍDICAMENTE LO CONCERNIENTE A LAS
INFRACCIONES FISCALES, ILÍCITOS FISCALES Y SUS SANCIONES. LAS NORMAS APLICABLES
EN LOS CASOS CONCRETOS DE VIOLACIÓN A LAS DISPOSICIONES TRIBUTARIAS.
5.- DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO:
EL DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO, ESTUDIA LAS NORMAS CORRESPONDIENTES
CUANDO DIVERSAS SOBERANÍAS ENTRAN EN CONTACTO PARA EVITAR LA DOBLE
TRIBUTACIÓN, DEFRAUDACIÓN Y FORMAS DE COLABORACIÓN ENTRE ESTADOS.
(Eso se regulariza a través de los Tratados Internacionales)
6.- DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO:
EL DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO ESTUDIA LAS NORMAS FUNDAMENTALES QUE
VIGILAN Y DISCIPLINAN EL EJERCICIO DE LA POTESTAD TRIBUTARIA. ESTA SE ENCUENTRA EN
LAS CARTAS CONSTITUCIONALES DE AQUELLOS PAÍSES EN QUE ESTAS EXISTEN; SE OCUPA
DE LA DELIMITACIÓN Y COORDINACIÓN DE POTESTADES TRIBUTARIAS ENTRE LAS DISTINTAS
ESFERAS, ES DECIR, PODER NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL.
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, acuerdos o convenios internacionales celebrados por la Republica.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales,
estadales y municipales.
3. 5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los
órganos administrativos facultados para tal efecto.
FUENTES INDIRECTAS:
1. La Doctrina Estas no son obligatorias, ni vinculantes.
2. La Jurisprudencia
NOTA:
El Derecho Tributario, que constituye una rama del Derecho Administrativo, estudia todo lo
relativo a los tributos y, como consecuencia de ello, las relaciones jurídicas entre el Estado y los
contribuyentes
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS
NORMAS JURÍDICAS
TRIBUTARIAS
APLICACIÓN DE LA LEY TRIBUTARIA EN EL TIEMPO:
LA ENTRADA EN VIGENCIA O DETERMINACIÓN DEL MOMENTO EN QUE LAS NORMAS
TRIBUTARIAS SE HACEN OBLIGATORIAS, NO TIENE LUGAR A DUDAS, YA QUE LA MISMA LEY
SEÑALA LA FECHA DE SU ENTRADA EN VIGENCIA. LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA EN SU
ARTICULO 174, EXPRESA: LA LEY QUEDARA PROMULGADA AL PUBLICARSE CON EL
CORRESPONDIENTE CÚMPLASE EN LA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA.
LAS LEYES TRIBUTARIAS RIGEN A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL TERMINO PREVIO A SU
APLICACIÓN QUE ELLAS DEBERÁN FIJAR. SI NO LO ESTABLECIERAN, SE APLICARA VENCIDOS
LOS 60 DÍAS CONTINUOS SIGUIENTES A SU PROMULGACIÓN.
APLICACIÓN DE LEY TRIBUTARIA EN EL ESPACIO:
LAS NORMAS TRIBUTARIAS TIENEN VIGENCIA EN EL ÁMBITO ESPACIAL SOMETIDO A LA
POTESTAD DEL ÓRGANO COMPETENTE PARA CREARLAS.
LAS LEYES TRIBUTARIAS NACIONALES PODRÁN GRAVAR HECHOS OCURRIDOS TOTAL O
PARCIALMENTE FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL CUANDO EL CONTRIBUYENTE TENGA
4. NACIONALIDAD VENEZOLANA, ESTE RESIDENCIADO O DOMICILIADO EN VENEZUELA O POSEA
ESTABLECIMIENTO PERMANENTE O BASE FIJA EN EL PAÍS.
INTERPRETACIÓN DE LAS
NORMAS TRIBUTARIAS
Art. 5 C.O.T.
Las normas tributarias se interpretan con arreglo a todos los métodos admitidos en Derecho,
atendiendo a su fin y a su significación económica, pudiéndose llegar a resultados restrictivos o
extensivos de los términos contenidos en las normas tributarias. Las exenciones, exoneracio nes,
rebajas, desgravámenes y demás beneficios o incentivos fiscales se interpretaran en forma
restrictiva.
Métodos admitidos en Derecho:
Determinación Gramatical
Determinación Axiológica
Determinación Histórica
Determinación Lógica
Determinación subjetiva
Ratio Legis
Método Ecléctico
NOTA:
.
La consideración económica es un criterio jurídico que sugiere al intérprete tener en cuenta el
contenido económico de los hechos para adecuarlos a la norma. Se fundamenta de leyes de
acuerdos con el contenido de las instituciones de la vida económica efectiva.
Capacidad contributiva (elemento mas importante)
Las manifestaciones de riqueza son las que el legislador busca para cobrar el Tributo
Art. 16 C.O.T.=
5. Hecho imponible: presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización
origina el nacimiento de la obligación tributaria. Se considera ocurrido el hecho imponible y
existente sus resultados:
1. En las situaciones de hecho, desde el momento que se hayan realizado las circunstancias
materiales necesarias para que produzcan los efectos que normalmente les corresponden; y
2. En las situaciones jurídicas, desde el momento en que estén definitivamente constituidas de
conformidad con el derecho aplicable.
Cuando la norma relativa al hecho imponible se refiera a situaciones definidas por otras ramas
jurídicas, sin remitirse o apartarse expresamente de ellas, el intérprete puede designarle el
significado que mas se adapte a la realidad considerada por la ley al crear el tributo.
Al calificar los actos o situaciones que configuren los hechos imponibles, la Administración
Tributaria, conforme al procedimiento de fiscalización y determinación previsto en este
Código, podrá desconocer la constitución de sociedades, la celebración de contratos y
en general, la adopción de formas y procedimientos jurídicos, cuando estos sean
manifiestamente inapropiados a la realidad económica perseguida por los
contribuyentes y ello se traduzca en una disminución de la cuantía de las obligaciones
tributarias.
Las decisiones que la Administración Tributaria adopte conforme a esta disposición, solo
tendrán implicaciones tributarias y en nada afectaran las relaciones jurídico-
privadas de las partes intervinientes o de terceros distintos del fisco.
Ejemplo: las Ventas de Inmuebles, el arrendamiento.
MÉTODO DE INTERPRETACION: LA ANALOGIA
La analogía es el procedimiento admisible para colmar los vacios legales, pero en virtud de ella
no pueden crearse tributos, ni exenciones, exoneraciones u otros beneficios, como tampoco
tipificar ni establecer sanciones.
La Analogía NO se puede utilizar para:
1) crear tributos
2) crear exenciones o exoneraciones
3) crear sanciones
4) tipificar ilícitos
6. 5) crear beneficios fiscales.
Esto debido al:
PRINCIPIO DE LEGALIDAD:
Conocido igualmente como Principio de reserva legal de la Tributación. La doctrina lo considera
como regla fundamental del Derecho Publico. Constituye una garantía esencial en el Derecho
Constitucional, en cuya virtud se requiere que todo tributo sea sancionado por una ley,
entendida esta como la disposición que emana del órgano constitucional que tiene la potestad
legislativa conforme a los procedimientos establecidos por la Constitución para la sanción de las
leyes y contenida en una norma jurídica.
CERTEZA JURÍDICA.
Es la certidumbre o seguridad que tienen los ciudadanos de que las leyes se cumplen, de
manera objetiva, bajo criterios previamente establecidos y en igualdad de condiciones para
todos.
Uno de los fundamentos necesarios para que haya certeza jurídica y sea predecible la aplicación
de las leyes, radica en que los ciudadanos tengan la seguridad de que la ley se hará cumplir y en
que estos conozcan previamente los criterios bajo los cuales se aplicará.
Art. 7 C.O.T.= NORMAS TRIBUTARIAS QUE PUEDEN APLICARSE SUPLETORIAMENTE:
En las situaciones que no pueden resolverse por las disposiciones del C.O.T., o de las leyes
especiales sobre la materia, se aplicaran supletoriamente y enorden de prelación:
las normas tributarias análogas,
los principios generales del derecho tributario y
los de otras ramas jurídicas que más se avengan a su naturaleza y fines, salvo disposición
especial de este código. (EJ. Cód. de Comercio )
CONDICIONES PARA QUE OPERE LA SUPLETORIEDAD:
1) Que el ordenamiento legal a suplir establezca expresamente esa posibilidad.
2) Que la ley a suplir no contemple la institución o las cuestiones jurídicas que pretenden
aplicarse supletoriamente o aun estableciéndolas, no las desarrolle o las regule de manera
deficiente.
3) Que esa omisión o vacio legislativo haga necesario la aplicación supletoria de las normas
para solucionar la controversia o problema planteado.
4) Que las normas aplicables supletoriamente no contraríen al ordenamiento legal a suplir.
7. principio de la legalidad tributaria
(Nullum Tributum Sine Lege), consagrado en el artículo 317 Constitucional en los siguientes
términos:“No podrá cobrarse impuesto, tasa ni contribución alguna que no estén establecidos en
la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los
casos previstos por las leyes…” Considera la doctrina mayoritaria que este principio milenario es
el de mayor relevancia en un sistema tributario, toda vez que es una garantía constitucional del
derecho de propiedad, de libertad y de los intereses sociales y comunitarios, al punto que sus
intereses se extienden a la seguridad jurídica, y económica, e igualmente es una garantía de
certeza para los contribuyentes o responsables porque descarta cualquier tipo de discrecionalidad
por parte de la Administración Tributaria
Sólo corresponde a la ley formal determinar los elementos relativos a la existencia, estructura y
cuantía de la obligación tributaria, vale decir, el hecho imponible, los sujetos que la componen,
la base de cálculo, alícuota, exenciones, así como lo relativo a la responsabilidad tributaria,
tipificación de infracciones, imposición de sanciones y establecimiento de limitaciones de
derechos y garantías individuales, lo que en suma se pude llamar constitucionalización de la
construcción técnico –jurídica del tributo.
El principio de la capacidad contributiva
El principio de la capacidad contributiva implica que sólo aquellos hechos de la vida social que
son índices de capacidad económica pueden ser adoptados por las leyes como presupuesto
generador de la obligación tributaria. Más la estructura del tributo y la medida en que cada uno
contribuirá a los gastos públicos no está determinada solamente por la capacidad económica del
sujeto pasivo, sino también por razones de conveniencia, justicia social y de bien común, ajenas
a la capacidad económica.
Principio de la generalidad del tributo
Previsto en el artículo 133 del texto fundamental, es del tenor siguiente:“Toda persona tiene el
deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones
que establezca la ley.”
El principio de la generalidad, impone una obligación jurídica general a todos los habitantes del
país, a concurrir con el levantamiento de las cargas públicas, no se puede eximir a nadie de
contribuir por razones que no sean la carencia de capacidad contributiva, ya que la ordenación
de los tributos ha de basarse en la capacidad económica de las personas llamadas a satisfacerlos
y en los principios de generalidad y equitativa distribución de la carga tributaria.Este principio lo
que prohíbe es la existencia de privilegios fiscales.
Principio de justicia (igualdad y equidad), tiene como requisito legitimador buscar la justicia de
la tributación en orden a las exigencias de igualdad y equidad.
8. El principio de Progresividad
Tiene como fundamento la efectiva igualdad, al buscar que la carga tributaria se distribuya de
manera proporcional y según la capacidad contributiva del sujeto pasivo, es decir, que exista una
mejor distribución de su renta y patrimonio. La progresividad está referida de modo directo al
sistema tributario, al conjunto de tributos legalmente establecidos, y no de modo particular a
cada uno de los tributos que lo conforman. Un impuesto es financieramente progresivo cuando la
alícuota se eleva a medida que aumenta la cantidad gravada y proporcional cuando su alícuota es
constante, cualquiera que sea la cantidad gravada.
Principio de Proporcionalidad
Ha de entenderse como la progresión aritmética a la riqueza gravada. Esto es que a mayor
riqueza, mayor impuesto, de manera tal que la alícuota invariable o directamente proporcional al
monto de la riqueza es la que realmente expresa un impuesto proporcional en el sentido
constitucional.La proporcionalidad es un elemento necesario para ciertos tributos en lo que hace
real y efectiva la garantía de la igualdad tributaria, representa una de las bases más sólidas para
lograr la equidad.
Principio de no confiscatoriedad
Consagrado en el artículo 317 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
textualmente reza:
“Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio”.La no confiscatoriedad protege al derecho de
propiedad, garantía fundamental en un Estado democrático, lo que se deriva de la libertad, que
es uno de los pilares que sirve de base al sistema democrático. De aquí se desprende la necesidad
de evitar que el indispensable poder tributario se convierta en un arma de destrucción de la
economía y de la sociedad, excediendo los límites más allá de los cuales los integrantes de un
país no están dispuestos a tolerar su carga.La no confiscatoriedad no se traduce en una antinomia
entre el derecho de propiedad y el tributo, ya que éste constituye el precio que hay que pagar
para vivir en sociedad, lo que exige soportar los gastos del Estado encargado de cumplir y hacer
cumplir la constitución; no obstante, debe existir un límite al poder de imposición sin el cual el
derecho de propiedad no tendría razón de ser.Existe confiscatoriedad tributaria cuando el Estado
se apropia de los bienes de los contribuyentes, aplicando una norma tributaria en la que el monto
llega a extremos insoportables por lo exagerado de su quantum, desbordando así la capacidad
contributiva de la persona y vulnerando por esa vía indirecta la propiedad privada.
Principio de irretroactividad, postulado casi universal, también previsto en la cartafundamental
en el artículo 24, que transcrito se lee:“Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo,
excepto cuando imponga menor pena…”
9. En el ámbito tributario, la ley tributaria tampoco tendrá efecto retroactivo, no obstante, este
principio general cuenta con excepciones lícitas relativas a las leyes más benignas en
determinadas materias.Principio de acceso a la justicia y principio de la tutela judicial efectiva,
previstos en el artículo 26 de nuestra Constitución de la siguiente manera:“Toda persona tiene
derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e
intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con
prontitud la decisión correspondiente”. El principio de la tutela jurisdiccional representa la
garantía más sólida de un Estado democrático organizado; la tutela judicial efectiva es un
principio general del Derecho, un derecho fundamental de aplicación directa cuya articulación
técnica es absoluta e inmediata.De acuerdo con la doctrina mayoritaria, la existencia de la tutela
judicial efectiva obedece al explícito reconocimiento de que los derechos e intereses que el
ordenamiento atribuye al individuo sólo son reales y efectivos en la medida en que pueden
hacerse valer en caso de conflicto frente al Poder Público. La justiciabilidad de las controversias
que se susciten entre los ciudadanos y los poderes públicos, es la garantía más firme, el mejor
barómetro de la juridicidad de todo un Estado.
Principio pecuniario de la obligación tributaria, en el artículo 317 se recogió este principio
según el cual “no podrán establecerse obligaciones tributarias pagaderas en servicios
personales”.Se consagra el derecho al carácter pecuniario del tributo, como garantía del derecho
a la integridad personal, es decir, como una garantía del derecho que tiene toda persona a que se
respete su integridad física, psíquica y moral, previsto en el artículo 46 Constitucional.Principio
de la inmunidad tributaria, su función es regular la inmunidad tributaria entre los niveles
territoriales del Estado, sin embargo, el Constituyente sólo lo reguló respecto a los impuestos
municipales en el artículo 180.El derecho comparado ofrece soluciones al debatido problema de
la inmunidad tributaria del Estado, como principio general, en este sentido, las primeras
soluciones fueron dadas por los Estados Unidos con la legendaria sentencia del Juez Marshall, que
evolucionó culminando en la doctrina de la inmunidad recíproca, limitada a los bienes y
actividades de los órganos gubernamentales, y no de los entes públicos con funciones comerciales
o industriales.La doctrina prosperó en países de características similares como Argentina. Pero la
solución más acabada la da el derecho brasileño que ha consagrado la misma solución que la
norteamericana pero a nivel constitucional. Es sin duda la mejor solución para este problema tan
importante y de tan difícil solución, en ausencia de norma obligatoria para los distintos niveles
político-territoriales.
El principio de prohibición de impuesto pagadero con servicio personal. Es un principio
que consagra los derechos individuales de las persona físicas, (Moya 2009), en otras palabras
se conoce también como el principio pecuniario de la obligación tributaria porque no podrán
establecerse obligaciones pagaderas en servicios personales. Los tributos deberán pagarse
siempre en dinero. Se consagra el derecho al carácter pecuniario del tributo según articulo 46
de la C.N.
10. 1. Artículo 46. ° Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física,
psíquica y moral; en consecuencia:1. Ninguna persona puede ser sometida a penas,
torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato
cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado,
tiene derecho a la rehabilitación.2. Toda persona privada de libertad será tratada con
el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.3. Ninguna persona será
sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes
médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras
circunstancias que determine la ley.4. Todo funcionario público o funcionaria pública
que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a
cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o
sancionada de acuerdo ala ley
2. 11. Artículo 317.No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no
estén establecidos en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de
incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes. Ningún tributo puede
tener efecto confiscatorio. No podrán establecerse obligaciones tributarias pagaderas
en servicios personales. La evasión fiscal, sin perjuicio de otras sanciones
establecidas por la ley, podrá ser castigada penalmente. En el caso de los funcionarios
públicos o funcionarias públicas se establecerá el doble de la pena. Toda ley tributaria
fijará su lapso de entrada en vigencia. En ausencia del mismo se entenderá fijado en
sesenta días continuos. Esta disposición no limita las facultades extraordinarias que
acuerde el Ejecutivo Nacional en los casos previstos por esta Constitución. La
administración tributaria nacional gozará de autonomía técnica, funcional y financiera
de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea Nacional y su máxima autoridad será
designada por el Presidente o Presidenta de la República, de conformidad con las
normas previstas en la ley.
PROHIBICION DE IMPUESTO PAGADERO EN SERVICIOPERSONAL
Nuestra Carta Magna en su Articulo 317 establece "que no podrá establecerse ningún impuesto
pagadero en servicio personal". Este principio consagra los derechos individuales de la persona física y
como es 1ógico no necesita de mayor explicación.
EXIGENCIA DE UN TÉRMINO PARA QUE PUEDA APLICARSE LA LEY TRIBUTARIA
Este principio se encuentra consagrado en nuestra Carta Fundamental en el Artículo 316 y en el Código
Orgánico Tributario en su Artículo 8 y significa que toda ley debe fijar un tiempo para su entrada en
vigencia. De no hacerlo por olvido del legislador o por cualquier otra causa, se entenderá fijado en
sesenta días continuos a su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.