El documento define el derecho tributario como la rama del derecho que regula los ingresos que recibe el Estado a través de tributos para financiar el gasto público. Explica que el derecho tributario se divide en parte general, que establece principios como legalidad e igualdad, y parte específica, que estudia cada tributo. Además, describe los tributos como prestaciones que pagan los ciudadanos según su capacidad económica, clasificándolos en impuestos, tasas y contribuciones especiales.
1. Universidad Fermín Torio
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Derecho Tributario
Integrante:
Charles Newbury
C.I: 21.300.37
2. Esquema de puntos a desarrollar
-Definición
-Contenido -Legalidad.
-Generalidad.
-Derecho Tributario -Autonomía -Igualdad.
-Principios Generales -Progresividad.
-Justicia tributaria.
-No confiscación.
-No retroactividad.
-Prohibición de impuesto pagadero en
Servicio personal.
3. Derecho Tributario
- Según el portal web Wikipedia el derecho tributario es una rama del derecho
público, dentro del derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de
las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los
particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la
consecución del bien común.
-El autor Villegas (2002) define al derecho tributario como “El conjunto de normas
jurídicas que regulan los tributos en sus distintos aspectos”
-Desde mi punto de vista, el derecho tributario es la rama del derecho encargada
de regular los ingresos o tributos que recibe el Estado para realizar el gasto
público que cubre las necesidades de los servicios públicos básicos del país.
Características del derecho tributario:
Es una rama del derecho público.
El Estado ejerce su Poder tributario.
Regula la obtención de ingresos.
Busca responder al gasto público.
Tiene como objeto final la consecución del bien común.
Partes del derecho tributario:
Según el portal web derecho2008.wordpress el derecho tributario se divide en
dos:
Parte general: Se consagran los principios y garantías que existen entre la
relación jurídica del fisco y los particulares que se consideran tributables.
Parte específica: Se encarga del estudio propio de cada materia o cada
tributo.
El tributo: Según el portal web unimet, son las prestaciones de dinero que el
Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una ley y para cubrir
los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.
4. Desde mi punto de vista, el tributo es aquel ingreso que percibe el Estado de parte
de sus ciudadanos, que se encuentra establecido en la ley para cumplir con las
necesidades básicas competencia del Estado.
Características de los tributos:
Existe una obligación de dar dinero (prestación).
Esta prestación se da mediante el ejercicio de Poder del Estado.
Esta prestación debe estar contenida en la ley.
Se aplica tanto a personas individuales como colectivas.
Se percibe para cubrir los gastos públicos.
Clasificación de los tributos:
Impuestos: Obligación unilateral impuesta coercitivamente por el Estado
en virtud de su poder de imperio. Desde mi punto de vista el impuesto es la
obligación que emana el Estado para que los ciudadanos paguen con el fin
de ayudar a cancelar el gasto público.
Tasa: Es el tipo de ingreso público que se establece unilateralmente por el
Estado, pero solo se hacen exigibles en el caso de que el particular decida
utilizar el servicio público correspondiente. Considero que la tasa es aquel
tributo que recibe el Estado por la prestación de un servicio de parte del
ciudadano que necesite dicho servicio, por ejemplo: En Venezuela se
cancela una tasa para tramitar el pasaporte.
Las contribuciones especiales: Es una especie tributaria independiente
del impuesto y la tasa y está constituida por la actividad que el Estado
realiza con fines generales que simultáneamente proporciona una ventaja
particular al contribuyente. En mi opinión considero que las contribuciones
especiales financian programas o proyectos especiales que ayudan al
contribuyente, por ejemplo el seguro social venezolano.
5. Autonomía del derecho tributario:
Existen autores como Berlivi que niegan todo tipo de autonomía al derecho
tributario, ya que subordinan el mismo ante el derecho financiero.
Por otro lado, autores como Giannini señalan que el derecho tributario es
una rama del derecho administrativo.
Otros autores como De la Garza consideran que el derecho tributario es
autónomo.
Principios generales del derecho tributario:
Principio de legalidad: Este principio exige que la ley establezca
claramente el hecho imponible, los sujetos obligados al pago, la fecha del
pago, entre otros. En mi opinión este principio establece que la ley debe
contener todo lo referente al tributo.
Principio de generalidad: Toda persona dentro del territorio Venezolano
tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de los
impuestos establecidos en la ley. Considero que este principio establece
que todos los ciudadanos tenemos la obligación de ayudar con el gasto
público, mediante el pago de los tributos.
Principio de igualdad: Las cargas tributarias serán aplicadas a todos por
igual. Opino que este principio establece que los tributos serán impuestos a
todos los ciudadanos sin ningún tipo de discriminación.
Principio de progresividad: A mayor capacidad económica, mayor será el
pago. Desde mi punto de vista este principio establece que las personas
que posean mejor economía aportaran más al Estado.
Principio de no confiscación: Esta estrictamente relacionado con el
principio de propiedad, puesto que el tributo toma parte de la riqueza del
contribuyente. En mi opinión este principio respeta el principio de propiedad
y está en contra de la confiscación.
Principio de no retroactividad: Ninguna norma podrá aplicarse con
carácter retroactivo. Este principio está tipificado en el artículo 24 de la
Constitución de la República Bolivariana De Venezuela.
6. Principio de Justicia tributaria: Procura la justa distribución de cargas
según su capacidad económica. De este principio puedo decir que se basa
en la distribución justa del tributo y está va a depender de la capacidad
económica del contribuyente, este principio está relacionado con el principio
de progresividad.
Principio de prohibición de impuesto pagadero en servicio personal:
Ningún tributo será pagadero en servicios personales. Opino que este
principio busca proteger los derechos individuales de la persona física.
7. Conclusión
Para finalizar con la presente investigación puedo decir que el derecho tributario
es la rama del derecho encargada de regular los ingresos o tributos que percibe el
Estado, el derecho tributario se divide en dos partes como lo son la parte general
que establece los principios y garantías, y la parte especifica que se encarga de
estudiar el tributo a profundidad.
En cuanto al tributo puedo decir que es la prestación o dinero que recibe el
Estado de parte de sus ciudadanos, para coadyuvar con el gasto público; los
tributos se clasifican en impuestos, tasa y contribuciones especiales.
8. Bibliografía
Wikipedia, la enciclopedia libre (2007) Derecho Tributario. [Documento en línea]
Disponible: https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_tributario [Consulta: 02 de
septiembre de 2015].
Temas de derecho y más (2012) Derecho Tributario. [Documento en línea]
Disponible: https://derecho2008.wordpress.com/2012/12/15/derecho-tributario/
[Consulta: 02 de septiembre de 2015].
Villegas, H. (2002) Curso de Finanzas, Derecho Financiero y tributario. Editorial
Astrea. Buenos Aires.
Yadira Romero (2009) Conceptos básicos derecho tributario. [Documento en línea]
Disponible: http://unimet-derechotributario.blogspot.com/2009/01/conceptos-
basicos-derecho-tributario.html [Consulta: 02 de septiembre de 2015].
Edward Blog spot (2009) Teoría General del Derecho Tributario. [Documento en
línea] Disponible: http://edward-eur.blogspot.com/2009/08/teoria-general-del-
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Diana Margarita Sánchez (2009) Legislación Fiscal. [Documento en línea]
Disponible: http://dianamargaritasanchez.blogspot.com/2009/08/tributos-
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