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Al final de la II Guerra Mundial, con el res-
tañar de las armas todavía en los oídos,
un grupo de personas clarividentes com-
prendió la necesidad aportar nuevos
ideales a la humanidad. Frente al grito
que recogía el anhelo de que no hubiera
más guerras, la ambición de crear una cul-
tura diferente: la cultura de la paz.
Deseaban un mundo nuevo, un
mundo mejor y, para lograrlo, adoptaron
un papel preventivo, generador de nue-
vos ideales, ilusiones y valores que se
19
RESUMEN. Los Derechos Humanos se han constituido, en los últimos años, en uno
de los referentes más significativos de las sociedades occidentales. Sin embargo, a
la perspectiva educativa de los mismos, no se le ha prestado la atención requerida.
En este trabajo, se aborda la cuestión de los Derechos Humanos y la dignidad
de la persona como fundamento de los mismos, así como las diferentes genera-
ciones que se han ido produciendo en la conquista de nuevos derechos y los valo-
res asociados a éstos. De igual forma se apuntan los peligros que acechan a los
Derechos Humanos en las sociedades democráticas; peligros muy sutiles y difíci-
les de identificar.
Finaliza aportando directrices generales a tener en cuenta para una mejor
educación de los Derechos Humanos, con el fin de propiciar una educación
democrática y solidaria para una nueva sociedad.
ABSTRACT. In recent years the issue of Human Rights has become one of the most
significant concerns of Western society. However, from an educational perspecti-
ve this issue has not received adequate attention.
This paper looks at the issue of Human Rights and individual dignity as a basis
for the former, as well as the different generations produced through the conti-
nual achievement of new rights and the values associated with those rights. By the
same token, the threats to Human Rights in democratic societies are also noted;
very subtle threats which are difficult to identify.
The paper concludes by providing general guidelines for a better education
in Human Rights, aiming to make a collective and democratic education possible
and paving the way for a new society.
DERECHOS HUMANOS Y EDUCACIÓN SOCIAL
GLORIA PÉREZ SERRANO(*)
(*) Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Revista de Educación, núm. 336 (2005), pp. 19-39.
Fecha de entrada: 15-10-2004 Fecha de aceptación: 05-01-2005
plasmaron en la Declaración Universal de
los Derechos Humanos. Consideraron
que la clave para lograr este mundo dife-
rente era lograr un cambio de la mente y
de los corazones que diera lugar al naci-
miento una nueva conciencia ética, y esto
sólo sería posible mediante la educación.
El paso de una cultura bélica a una
cultura de la paz exige un cambio radical
en los hábitos de comportamiento, y la
educación es la clave de esta transforma-
ción pacífica, el pilar capaz de garantizar
el desarrollo cultural y material de la
sociedad y asegurar la gobernabilidad
democrática.
De este modo, la educación debe ser
un derecho al que todos deben tener
acceso, especialmente a los más jóvenes,
a los que han de facilitárseles los medios
necesarios para formarse y reflexionar.
Hoy en día, existe una desigualdad evi-
dente entre los que no disponen de lo
imprescindible y los que se muestran
indiferentes porque lo tienen casi todo
sin haber soñado casi nada, y lo que no se
ha soñado no se aprecia.
Es propio de los jóvenes abrir nuevos
horizontes y arriesgarse, y, en este senti-
do, es necesario hacerles notar las dificul-
tades que entraña la construcción de una
sociedad más justa y solidaria, que se
mueva –como decía Havel– entre la habi-
lidad para realizar lo posible y la ilusión
para llevar acabo lo imposible.
El futuro, debemos iluminarlo con
grandes ideales, inspiradores de vida:
libertad, justicia y solidaridad ética y
moral. Los valores y los principios no
deben situarse a ras del suelo, sino en lo
alto. La luna se refleja tanto en el mar,
como en el río y en el lago porque se sitúa
en lo alto. Aunque, actualmente, la socie-
dad se mueve por directrices económicas
y de mercado, éstas no pueden ser nues-
tro referente normativo; antes bien, se
debe luchar para que los ideales y los
valores ocupen este lugar.
Los informes internacionales coinci-
den en señalar la importancia del papel
que la educación está llamada a desempe-
ñar como factor de promoción, desarrollo
e igualdad entre los pueblos, pues hoy
nadie duda de que la educación es el pilar
fundamental para construir la paz y la
libertad de las personas, y de que sin ella
no habrá desarrollo posible. Este desarro-
llo tiene que ser endógeno, no se da, se
gana cada día, es algo que, como la liber-
tad, ha de ser conquistado.
La educación es uno de los conceptos
más amplios y, también, uno de los que
tiene más posibilidades de propiciar una
convivencia armónica. En este sentido, la
evaluación del Libro Blanco de las
Comunidades Europeas sitúa «la educa-
ción y la formación en el centro de un
proyecto de sociedad. Para dar cuerpo a
esta perspectiva, la Comisión ha querido
sensibilizar a la población sobre la necesi-
dad de construir la sociedad del conoci-
miento para que Europa sea más compe-
titiva y más consciente de sí misma y de
sus valores intrínsecos».
La mejor manera de preparar el futu-
ro es diseñar una educación de calidad,
capaz de ofrecer a las nuevas generacio-
nes un mensaje espiritual atrayente. Pues
¿cómo no pensar que la educación es la
base de la democracia y del porvenir de
los pueblos?
Este artículo se centra en los
Derechos Humanos, y en la dignidad de
la persona como fundamento de los mis-
mos, y presta también atención a las dife-
rentes generaciones de la conquista de
los nuevos derechos y de los valores aso-
ciados a ellos.
Se tiende a pensar que en las socieda-
des democráticas no debería existir nin-
gún tipo de peligro para los derechos
humanos y, sin embargo, en ellas, los peli-
gros son más sutiles, por lo que, muchas
veces, pasan desapercibidos, dado que
20
este tipo de sociedades no vigilan su cum-
plimiento. Es importante no adormecerse
y, sobre todo, desarrollar una cultura de
la prevención, ya que ésta, pese a ser
intangible e invisible, resulta, con diferen-
cia, la más efectiva y duradera, puesto que
permite evitar el sufrimiento, el dolor y el
enfrentamiento.
Sin embargo, la sociedad aún no está
preparada para valorar la cultura de la paz
y la prevención, falta la costumbre. Si un
general gana una guerra, es condecorado,
si la evita, nadie se acordará de él. Como
señala el aforismo «ojos que no ven, cora-
zón que no siente».
En este artículo, se analizan también
las grandes tendencias que se pueden
apreciar en la sociedad actual, así como
su carácter global y su incidencia en la
educación.
FUNDAMENTO
DE LOS DERECHOS HUMANOS
El precisar qué se entiende por derechos
humanos no es una tarea fácil. No obstan-
te, aunque los diccionarios no suelen pro-
porcionarnos una definición a la que
podamos adherirnos, se puede afirmar
que son algo específico del ser humano.
Son inherentes a la naturaleza humana y
sin ellos no es posible vivir como seres
humanos (Naciones Unidas, 2002). Es
decir, son los derechos que tiene una per-
sona por el hecho de serlo.
Los derechos humanos son derechos,
en cuanto tienen que ver con la justi-
cia (dar lo justo, lo propio, ni más ni
menos) (López Calera, 2000, p. 171).
Un derecho humano es, pues, algo
que el hombre determina a partir de
aspectos y dimensiones de la realidad
humana que valora especialmente y
que considera propio del hombre y
sólo de él, y por lo que se siente com-
prometido; sea a respetarlo, sea a ayu-
dar a su realización… los derechos
humanos son un veredicto del hom-
bre sobre el hombre, un veredicto
transido de valoración positiva sobre
sí mismo (Cobo, 1993, p. 144).
Se consideran derechos aquellos bie-
nes que constituyen una verdadera pro-
piedad del ser humano y le corresponden
en cuanto tal. De este modo, se vincula el
derecho-necesidad con la obligación de
respetar la carencia y de reconocer, en
definitiva, que algo se le debe a alguien
como propio, es decir, le pertenece. Se
trata, en definitiva, del reconocimiento
tanto de los derechos que se tienen,
como de la obligación de respetarlos y
velar por su cumplimiento.
Los derechos humanos y las liberta-
des fundamentales nos permiten desarro-
llar nuestras cualidades, nuestra inteli-
gencia, nuestro talento y nuestra concien-
cia, y satisfacer nuestras variadas necesi-
dades, entre ellas, las espirituales. Se
basan en la creciente exigencia de la
humanidad de que la dignidad y el valor
inherentes a cada ser humano sean respe-
tados y protegidos.
LA DIGNIDAD DE LA PERSONA
COMO FUNDAMENTO
DE LOS DERECHOS HUMANOS
El concepto de dignidad de la persona es
el fundamento de todos los derechos, y
así se pone de relieve en el Preámbulo de
la Declaración Universal de los Derechos
Humanos: «Considerando que la libertad,
la justicia y la paz en el mundo tienen por
base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la
familia humana». Sin embargo, este con-
cepto es muy amplio y resulta poco ope-
rativo. Por ello, históricamente, se ha ido
dotando de contenido mediante el reco-
nocimiento de derechos humanos con-
21
cretos que, como las piezas de un «puzz-
le», van conformando el verdadero perfil
de esa dignidad.
La conquista de los Derechos Huma-
nos ha supuesto un largo proceso que
tiene ya una historia bicentenaria, a lo
largo del cual se ha ido trazando un cami-
no que nos ha llevado, progresivamente,
desde el reconocimiento de los llamados
derechos naturales, hasta la universaliza-
ción de estos en los derechos fundamen-
tales, proclamados por nuestras socieda-
des como derechos civiles, sociales, eco-
nómicos y políticos.
El fundamento de los derechos
humanos es la dignidad de la persona
humana. Por ello, toda persona es sujeto
tanto de los derechos, como de los debe-
res que éstos comportan. El nexo entre
derechos y deberes tiende a regular las
relaciones entre los hombres y los pue-
blos. Hoy en día, el respeto a los
Derechos Humanos se ha convertido en
el principio de moralidad universal, dado
que se toma como criterio que juzga la
conducta tanto individual, como social.
Los Derechos Humanos constituyen, por
tanto, un referente ético, y no sólo se
aspira a lograr su máximo desarrollo, sino
que se consideran principios internacio-
nales de comportamiento.
La inclusión del concepto de dignidad
de la persona en la Carta de las Naciones
Unidas de 1948 trajo consigo la interna-
cionalización de los Derechos Humanos,
lo que supuso todo un logro en el ámbito
del derecho internacional. La obligación
de respetarlos constituye un deber inelu-
dible de los Estados, que deben respon-
der de su observancia ante la comunidad
internacional.
No obstante, la protección de la digni-
dad humana es un ideal anterior a la apa-
rición del concepto jurídico de «derechos
humanos». Sus orígenes se pierden en la
historia, si bien, ciñéndonos a la edad
moderna, podemos mencionar algunos
momentos significativos.
Los primeros intentos de dotar el
orden social y político de un contenido
ético se pueden remontar al siglo XVIII,
con la aparición de teorías como el con-
trato social de John Locke, la separación
de poderes de Montesquieu y la sobera-
nía popular de Rousseau –que son, todas
ellas, fuentes del constitucionalismo.
Rousseau sostenía que la soberanía resi-
día en la nación y no en el rey, que los
individuos que habitaban en un territorio
no eran súbditos, sino ciudadanos, suje-
tos de derechos y deberes.
La idea del contrato social y de la exis-
tencia de una esfera de vida social de la
cual el gobernante estaba excluido inspi-
ró la Declaración de Independencia
Americana de 1776 y la Declaración
Francesa de los Derechos de Hombre y
del Ciudadano de 1789. Con ambas,
queda consagrado, en el ámbito del dere-
cho nacional, el concepto de que los
derechos individuales son una parte de la
vida de los individuos en la que el gobier-
no tiene que abstenerse de intervenir.
Las primeras declaraciones que pre-
tendieron la universalidad del reconoci-
miento de los derechos humanos datan
del siglo XVII. Aún no se ha logrado este
hito histórico que puede considerarse
decisivo, dado que implica una conquista
progresiva y permanente. En cualquier
caso, los derechos humanos no adquie-
ren dimensión internacional hasta des-
pués de la II Guerra Mundial.
La Declaración de los Derechos del
Hombre y del Ciudadano de la Asamblea
Constituyente de la Revolución Francesa
es un hecho decisivo en la historia, ya que
supuso el inicio del proceso por el que
los derechos humanos adquirieron rango
constitucional y pasaron del ámbito de las
exigencias filosóficas a la máxima jerar-
quía jurídica.
22
La historia se escribe, se va escribien-
do, con pequeños logros y conquistas.
Actualmente, se constata una brecha
entre el marco que diseñan los derechos
humanos y la plasmación jurídica de los
mismos, y la cruda realidad en la que
viven muchas personas a las que no se les
reconocen sus derechos.
Así, se producen por doquier abusos
de poder que engendran sumisión, ham-
bre y guerras, a la vez que, en muchos
lugares, masas ingentes se ven condena-
das por la intolerancia, la injusticia y la
muerte. Vivimos en un mundo desigual
donde el poder y la riqueza se acumulan
en los países desarrollados y, más concre-
tamente, en algunos sectores de los mis-
mos. El hecho de que estas desigualdades
se vayan incrementando interroga a toda
la humanidad pues, en tanto no haya una
mejor distribución de la riqueza, no se
podrá hablar de paz.
Esta situación debe movernos a tratar
de lograr nuevas conquistas, pues la his-
toria de los derechos humanos es la histo-
ria de una evolución que se ha ido produ-
ciendo con cada uno de los logros alcan-
zados. Este hiato entre la situación ideal y
una realidad alicorta nos invita seguir
buscando. La conquista de todos los dere-
chos ha supuesto un gran esfuerzo y
lucha constante, y esta tarea, siempre
inacabada, está orientada a «lograr el ma-
yor bienestar para el mayor número» de
seres humanos.
La Declaración Universal de los
Derechos Humanos, proclamada por la
Organización de las Naciones Unidas
(ONU) en 1948, consta de un Preámbulo y
30 artículos con 50 cláusulas. Esta decla-
ración representa un primer catálogo de
garantías de la persona a escala práctica-
mente universal, si bien también ha sido
criticada por considerar que ha sido ela-
borada por y para la cultura occidental.
No obstante, a pesar de las reticencias
que se manifestaron en su momento, con-
siguió un apoyo casi unánime.
El punto de vista común de la huma-
nidad se logra a partir de lo que pudiéra-
mos llamar el nivel natural, que permite
dialogar, coincidir y subrayar lo común a
gentes de las condiciones más variadas.
Jacques Maritain –que intervino en la
redacción de la Declaración de los
Derechos Humanos de las Naciones
Unidas– decía que, curiosamente, en la
redacción de esos derechos se pusieron
de acuerdo representantes de distintas
religiones e, incluso, agnósticos, pues
eran connaturales a la condición humana.
No es que los gobiernos los crearan o los
decretaran, sencillamente los reconocie-
ron, y, en consecuencia, se les instaba a
tenerlos en cuenta en sus propias legisla-
ciones. Lo importante era reconocer que,
con independencia de la ideología, se
estaba de acuerdo en esos derechos.
Esa moral natural arranca de nuestra
común condición, de las necesidades
humanas y de los bienes en los que hallan
su cumplimiento. Esas prescripciones tie-
nen carácter moral porque salvaguardan
la dignidad humana.
La internacionalización de los dere-
chos humanos, lejos de ser una evolución
natural, supone una auténtica ruptura.
Deberíamos estar bastante sorprendidos
por el hecho de que los estados hayan
aceptado comprometerse a ello y asom-
brados de lo que se ha logrado hasta
ahora, pues los estados soberanos son los
que han negociado y adoptado los textos,
los que han ido tejiendo un entramado de
obligaciones cada vez más denso.
Al comprometerse en la defensa de
los derechos humanos, los estados han
admitido que las relaciones entre los
poderes públicos y la protección están
reguladas por normas internacionales.
Ello significa que, a pesar de que existan
algunas voces discordantes, la invocación
23
de los derechos humanos no puede con-
siderarse una injerencia en los asuntos
internos de un estado. Ante nuestros
ojos, se está produciendo, lenta pero pro-
gresivamente, una transformación de las
estructuras y el propio concepto de las
relaciones internacionales.
Este progreso no impide que se aten-
te de forma inadmisible contra la digni-
dad de muchos hombres y mujeres. Si
miramos a nuestro alrededor, somos testi-
gos de cómo a menudo, los derechos
humanos son violados. Pero estos, lejos
de caer en el olvido, tienen una presencia
extraordinaria. Constituyen una aspira-
ción irreprimible, y eso les ha conducido
a ocupar un lugar privilegiado entre las
preocupaciones de los estados. No es
posible ignorar los derechos humanos, ya
que estos se imponen como exigencia
ética universal.
Otro momento fundamental en la his-
toria de la humanidad fue la creación de
la UNESCO. Después de las dos guerras
mundiales, un grupo de políticos tomó
conciencia de la necesidad de promover
la paz con el fin de evitar las desastrosas
consecuencias de las guerras. Esto condu-
jo a la creación de la UNESCO, organiza-
ción cuyo principal objetivo es promover
la cultura de la paz. En una reunión que
tuvo lugar en Londres en Noviembre de
1945, los representantes de los estados
firmaron el Acta Constitutiva, en la que se
declara que: si las guerras nacen en las
mentes de los hombres, es en las mentes
de los hombres donde deben erigirse los
baluartes de la paz.
Se estimó que una paz fundada sólo
en acuerdos políticos y económicos no
podía ser duradera, y que la paz debía
tener su origen en la solidaridad y el fin
de la incomprensión mutua, la descon-
fianza y el recelo, que son las causas de
las guerras. El propósito general de la
UNESCO es fundamentalmente ético, ya
que se orienta a la defensa de los De-
rechos Humanos, la paz y la cooperación
internacional.
La Declaración de los Derechos
Humanos proclama, por primera vez en la
historia, que los derechos individuales y
la relación entre los gobiernos y los gru-
pos de individuos son una legitimación
referida a la humanidad. Esta proclama-
ción está basada en el concepto de la exis-
tencia de derechos universales que debie-
ran ser reconocidos y defendidos por la
comunidad mundial. Los derechos y liber-
tades garantizados por los Derechos
Humanos se subdividen en cuatro gru-
pos, según estén orientados a:
24
GRÁFICO I
Clasificación de los Derechos Humanos
DERECHOS HUMANOS
Proteger la vida y la
integridad física de
las personas
Eliminar todo
tipo de
discriminaciones
Garantizar el ejercicio de
los derechos y libertades
individuales
Asegurar unas
condiciones
mínimas de vida
• Proteger la vida y la integridad físi-
ca de las personas.
• Garantizar el ejercicio de los dere-
chos y libertades individuales.
• Eliminar todo tipo de discrimina-
ciones.
• Asegurar unas condiciones míni-
mas de vida.
Desde la proclamación de los Dere-
chos Humanos, hemos visto aparecer
nuevas necesidades, y nuevas amenazas y
restricciones de las libertades que deben
ser tenidas en cuenta. Los derechos
humanos, en su pretensión de alcanzar
un horizonte de nuevas conquistas, han
de hacer frente a nuevos desafíos.
Conviene subrayar que los derechos
de la ciudadanía han sido siempre, a lo
largo de la historia, una conquista, el
resultado de una lucha constante contra
la jerarquía en su tradicional forma feu-
dal, y contra la injusticia social y la des-
igualdad, que, muchas veces, tenía su ori-
gen en las propias instituciones estatales.
Los derechos se han ido consiguiendo
poco a poco, se ha luchado por ellos y,
una vez logrados, han de ser protegidos.
En la raíz de estos procesos, se halla el
delicado equilibrio entre las fuerzas polí-
ticas y sociales.
GENERACIONES EN LA CONQUISTA
DE LOS DERECHOS HUMANOS
La mutación histórica de los Derechos
Humanos ha dado lugar –en función de
un enfoque periódico basado en la pro-
gresiva cobertura de los mismos– al esta-
blecimiento de lo que se ha denominado
generaciones.
PRIMERA GENERACIÓN
La primera generación de Derechos
Humanos tiene su fundamento en la
libertad y está constituida por aquellos
que nacen con una impronta individua-
lista, como libertades individuales y la
defensa de éstas ante los poderes públi-
cos.
Los derechos políticos y civiles hacen
referencia a la «civis». En este sentido,
podrían hacer mención a los derechos del
ciudadano. No obstante, desde el punto
de vista etimológico, es muy difícil preci-
sar el sentido de los derechos civiles,
dada la polisemia del término.
Las sucesivas declaraciones han refle-
jado fluctuaciones en la forma de conce-
bir tanto el ser humano, como la socie-
dad, y se pasado de un enfoque funda-
mentalmente individualista a otro de
carácter más social. El primer enfoque
refleja mejor la mentalidad liberal de exal-
tación del individuo y se traduce en las
llamadas libertades individuales o dere-
chos civiles.
Desde esta perspectiva, el enfoque
individualista implica el reconocimiento
de un ámbito de actuación personal que
debe ser respetado por todos y, en espe-
cial, por los poderes públicos, a los cuales
se les encomienda garantizar la inviolabi-
lidad de ese espacio propio de cada per-
sona. Los derechos básicos del ciudadano
son: el derecho a la vida, a la intimidad, y
a la integridad física y psíquica. Son
importantes también derechos como la
libertad de creencia, de expresión, de
reunión y de asociación; y los referentes a
la dimensión moral de la persona, sus
creencias morales y la manifestación de
las mismas.
Estos derechos se caracterizan por-
que:
• Imponen un deber de abstención a
los estados. Por ejemplo, respetar
la libertad de expresión, es decir,
no impedirla.
• El titular de estos derechos es todo
ser humano en general y, en el caso
25
de los derechos políticos, todo ciu-
dadano.
• Pueden ser reclamados en todo
momento y lugar.
SEGUNDA GENERACIÓN
La segunda generación de Derechos
Humanos tiene su fundamento en la
igualdad y en ella se incluyen los Dere-
chos Económicos, Sociales y Culturales.
La observación de los derechos civiles
no fue suficiente para garantizar una con-
vivencia pacífica y en la que imperase la
justicia, si bien su consecución supuso un
paso importante en la conquista de otros
derechos. Las reivindicaciones –a lo largo
del siglo XIX y la primera parte del XX–
tanto del movimiento obrero, como de
otros colectivos discriminados consiguie-
ron que el estado tomara una postura
más proclive al restablecimiento de la
igualdad. Éste fue el origen de los dere-
chos de la segunda generación: los dere-
chos económicos, sociales y culturales.
Tras un largo proceso a lo largo del
cual se sucedieron las reivindicaciones, el
estado liberal de derecho se fue transfor-
mando en estado social de derecho.
Ahora corresponde a los poderes públi-
cos el facilitar el acceso efectivo de todos
los ciudadanos a los bienes económicos,
sociales y culturales. De este modo, los
individuos esperan de la sociedad la aten-
ción y las ayudas que precisen para ejer-
cer esos derechos, y, al mismo tiempo, la
sociedad está obligada moralmente a bus-
car los cauces y recursos necesarios para
que los ciudadanos puedan hacerlo.
Esto implica que los ciudadanos tie-
nen también determinados deberes con
la sociedad a la que pertenecen, y que
deben cumplirlos con el fin de que los
recursos dedicados a la atención de sus
miembros se extiendan al mayor número
posible de estos. Al aceptar los derechos
de la segunda generación, el estado se
obliga a proveer los medios materiales
para la realización de los servicios públi-
cos.
Los derechos de segunda generación:
• Imponen a los estados un deber
positivo, puesto que tienen la obli-
gación de proporcionar los recur-
sos para la satisfacción de tales
necesidades.
• Son derechos de carácter colectivo
más que individual, es decir, su
titular es el individuo en comuni-
dad.
• No pueden ser reclamados inme-
diata y directamente, sino que se
encuentran condicionados a las
posibilidades de cada país.
Dentro de este grupo, se pueden enu-
merar:
• El derecho al trabajo.
• El derecho a percibir un salario
decoroso como medio para subve-
nir a las necesidades individuales y
familiares.
• El derecho a la realización humana
en el trabajo.
• El derecho a que las condiciones
de salud y de calidad de vida en el
trabajo sean adecuadas.
• El derecho a la seguridad social y
económica.
• El derecho a la educación y a la
capacitación profesional.
• El derecho a las vacaciones, al
medio ambiente y al ocio.
Insistimos en que el papel del estado
no es proporcionar a cada uno la realiza-
ción plena de estos derechos, sino crear
un marco de condiciones que permita a
todos el acceso efectivo a ellos. Esta dife-
rencia no carece de trascendencia: supo-
26
ne el paso de una sociedad de «menores
de edad», en la que un estado paternalis-
ta lo hace todo, a una sociedad personali-
zada y que humaniza a sus miembros.
Los derechos sociales no sustituyen a
los civiles, sino que los complementan.
Unos y otros se corresponden con sendos
aspectos de la dignidad de la persona,
con lo que se armonizan la dimensión
individual (libertad y autonomía) y la
dimensión social (integración en la socie-
dad y mutua interacción en ella).
Por su parte, los derechos culturales
se orientan a la consecución de nuevos
logros, dado que constituyen la categoría
menos desarrollada de los Derechos
Humanos. La Conferencia Mundial Edu-
cación para Todos, celebrada bajo el aus-
picio de la UNESCO en Jomtiem (1990) y
dedicada a las necesidades básicas del
aprendizaje para todos señaló como obje-
tivo esencial del desarrollo de la educa-
ción la transmisión y el enriquecimiento
de los valores culturales y morales comu-
nes, en los que el individuo y la sociedad
han de asentar su identidad y su dignidad.
La Comisión Mundial de la Cultura y
del Desarrollo (UNESCO, 1997) ha publica-
do la obra Nuestra diversidad creativa,
en la que se pone de relieve la incidencia
de la cultura en el desarrollo de los pue-
blos, a la vez que se destaca que no podrá
haber esperanza de paz para la humani-
dad en tanto se niegue su especificidad
cultural, dado que esto equivale a negar
su dignidad.
El reconocimiento de que todos los
ciudadanos son sujetos de derechos
sociales implica para Cobo (1993, p. 100)
«dos avances en la comprensión de los
mismos. Uno, que lo que fundamenta en
primer término estos derechos no es el
trabajo, sino la ciudadanía, el formar
parte de una sociedad. Y el segundo, que
el fundamento último de estos derechos
es la misma realidad humana que postula
esas ayudas para poder realizarse adecua-
damente; o lo que es lo mismo, el avance
de reconocer que esos derechos son y
merecen el tratamiento de derechos
humanos».
Según Magendzo (2001, p. 149), los
derechos económicos, sociales y cultura-
les que forman esta segunda generación
son:
• Toda persona tiene derecho a la
seguridad social y a obtener la satis-
facción de los derechos económi-
cos, sociales y culturales.
• Toda persona tiene derecho al tra-
bajo en condiciones equitativas y
satisfactorias.
• Toda persona tiene derecho a for-
mar sindicatos para la defensa de
sus intereses.
• Toda persona tiene derecho a un
nivel de vida adecuado que le ase-
gure, así como a su familia, la
salud, la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios.
• Toda persona tiene derecho a la
salud física y mental.
• La maternidad y la infancia tienen
derechos a cuidados y asistencia
especiales.
• Toda persona tiene derecho a la
educación en sus diversas modali-
dades.
• La educación primaria será gratuita.
• Los padres tienen derecho a esco-
ger el tipo de educación que habrá
de darse a sus hijos.
TERCERA GENERACIÓN
La tercera generación de Derechos
Humanos tiene su fundamento en la soli-
daridad. A estos derechos se les denomi-
na Derechos de los Pueblos o Derechos
de Solidaridad, si bien se hallan todavía
poco definidos.
27
La estrategia reivindicativa de los
derechos de la tercera generación se pola-
riza actualmente en torno a temas como
el derecho a la paz, a la calidad de vida
(que incluye el derecho al medio ambien-
te) y a la libertad informática, que cons-
tituye una respuesta a lo que se ha dado
en llamar la contaminación de las liberta-
des.
Estos derechos hacen referencia a tres
tipos de bienes que podemos englobar
en:
• Derecho a la paz: Derechos civiles y
políticos.
• Derecho al desarrollo: Derechos
económicos, sociales y culturales.
• Derecho al medio ambiente:
Derechos de los pueblos.
Como características de estos dere-
chos podemos destacar:
• Los Derechos de los Pueblos pue-
den ser reclamados ante el propio
Estado por grupos pertenecientes
al mismo, pero su titular puede ser
también otro estado.
• Requieren para su cumplimiento
de prestaciones positivas por parte
tanto del Estado, como de la
Comunidad Internacional.
• Estos derechos se involucran en el
concepto de paz en su sentido más
amplio. Por ello, con frecuencia, se
asocian los derechos de la tercera
generación y el derecho a la paz.
En los últimos años, la paz ha adquiri-
do un protagonismo fundamental entre
las necesidades insatisfechas de los pue-
blos, pues la paz –como ya indicó la
UNESCO (1996, p. 1)– «debe basarse en la
solidaridad intelectual y moral de la
humanidad». Hoy, los derechos deben
plantearse desde la perspectiva de la paz,
el desarme y el desarrollo de una solidari-
dad humana que permita vivir dignamen-
te a todos los pueblos.
Derechos humanos y paz se presen-
tan estrechamente vinculados. El derecho
a la paz es un derecho «síntesis» de otros,
es una condición previa al ejercicio de
todos los derechos. Sin paz, los demás
derechos resultan vanos y se vacían de
contenido. Todo ello, a pesar de que el
referido derecho a la paz es, en la política
internacional, una idea relativamente
reciente.
Como señala Mayor Zaragoza, el dere-
cho a la paz es un derecho fundamental
que la comunidad internacional debería
reconocer –tal y como ya ha hecho con el
derecho al desarrollo. Sin paz, todos los
derechos son letra muerta.
Por otro lado, las condiciones del
medio ambiente están cobrando una
importancia creciente en la existencia
humana y su influencia en la vida de las
generaciones actuales y futuras justifica
su inclusión en el estatuto de los dere-
chos fundamentales de la calidad de vida.
El derecho a la paz, el derecho a la calidad
de vida y el derecho al desarrollo están
íntimamente ligados y son, además, com-
plementarios.
Los derechos de la tercera generación
tienen una nueva fundamentación. Los de
la primera generación buscaban la liber-
tad, los de la segunda la igualdad y los de
la tercera tienen como principal valor de
referencia la solidaridad.
Los derechos de la tercera generación
o derechos de los pueblos son, según
Magendzo (1993, p. 150):
• Derecho a la autodeterminación.
• Derecho a la independencia econó-
mica y política.
• Derecho a la identidad nacional y
cultural.
• Derecho a la paz.
• Derecho a la coexistencia pacífica,
el entendimiento y la confianza.
28
• Derecho a la cooperación interna-
cional y regional.
• Derecho al desarrollo.
• Derecho a la justicia social interna-
cional.
• Derecho al uso de los avances de las
ciencias y las tecnologías.
• Derecho a la solución de los proble-
mas alimenticios, demográficos,
educativos y ecológicos.
• Derecho al medio ambiente.
• Derecho al patrimonio común de la
humanidad.
• Derecho a un medio de calidad, que
permita una vida digna.
A estos derechos podríamos añadir
otros que están surgiendo con fuerza en
la sociedad actual, entre los que se pue-
den mencionar los vinculados con los
nuevos modos de comunicación a través
de la red, la protección de la intimidad de
personajes públicos, los derechos de los
excluidos, etc.
En cualquier caso, los nuevos dere-
chos humanos se caracterizan por su inci-
dencia universal en la vida de las personas
y exigen una comunidad de esfuerzos y
responsabilidades a escala planetaria.
Sólo mediante un espíritu solidario
de sinergia, es decir, de cooperación y
sacrificio voluntario y altruista, será
posible satisfacer plenamente las
necesidades y aspiraciones globales
comunes, relativas a la paz y a la cali-
dad de vida (Pérez Luño, 2004, p. 3).
La primera generación de derechos
reivindicaba el derecho al propio disfrute
de los derechos humanos y la segunda
reconocía derechos a los grupos sociales
y económicos, pero ha sido la tercera
generación la que ha contribuido, de
forma decisiva, a crear conciencia de la
necesidad de ampliar, a escala planetaria,
el reconocimiento de su titularidad para
así lograr su realización total y solidaria.
El mismo Pérez Luño manifiesta que hoy:
El individuo y las colectividades resul-
tan insuficientes para responder a
unas agresiones que, por afectar a
toda la humanidad, sólo pueden ser
contrarrestadas a través de derechos,
cuya titularidad corresponde solidaria
y universalmente a todos los hombres
(2004, p. 10).
El carácter solidario está indefectible-
mente ligado a los derechos de la tercera
generación, y ha de ser también el impul-
so que nos mueva a actuar para que los
derechos individuales y colectivos se rea-
licen en todo el planeta. Estamos, pues,
ante una globalización de los derechos de
los individuos y de los pueblos que cons-
tituye una garantía para la supervivencia
de toda cultura y civilización humana.
29
LAS TRES
GENERACIONES
DE LOS
DERECHOS
HUMANOS
GRÁFICO II
Generaciones de los Derechos Humanos
LIBERTAD
SOLIDARIDAD
IGUALDAD
PELIGROS
PARA LOS DERECHOS HUMANOS
EN LAS SOCIEDADES DEMOCRÁTICAS
Algunos pensarán que hablar de demo-
cracia y derechos humanos es una tauto-
logía. A menudo, se tiende a pensar que si
en una democracia los derechos humanos
estuvieran en peligro, la razón no sería
otra que la desnaturalización, la perver-
sión de esa democracia. En una verdade-
ra democracia, los derechos humanos no
pueden estar expuestos a ningún riesgo.
Sin embargo, el peligro no sólo viene de
las dictaduras, sino que, en las apacibles
sociedades democráticas, pueden existir
peligros más sutiles.
Es difícil darse cuenta de todas las vio-
laciones que se comenten contra los dere-
chos humanos en nuestras democracias.
La mayoría de las veces se producen de
forma silenciosa y pasan desapercibidas.
Estas violaciones suelen afectar a los que
viven al margen de nuestras ciudades o,
simplemente, a los que son diferentes.
Esta situación se manifiestan en fenóme-
nos como el racismo, la xenofobia, etc.
Por ello, como ciudadanos, debemos
estar especialmente atentos a la vulnera-
ción de estos derechos.
En una democracia, la cuestión de los
derechos humanos no se plantea necesa-
riamente en términos de lucha o resisten-
cia al poder público, tal y como ocurre en
una dictadura, sino en términos de vigi-
lancia y de prevención. Corremos el ries-
go de que el «ambiente democrático»
adormezca nuestras facultades y los dere-
chos humanos se conviertan en algo insí-
pido. Tenemos que ser conscientes de
que los derechos humanos son frágiles y,
precisamente por ello, necesitan contar
con el apoyo de todos. Es la única forma
de lograr que se respete la dignidad de
los seres humanos en todos los lugares
del planeta.
Llegado a este punto, hay que señalar
que si, hace décadas, los derechos huma-
nos eran importantes, ahora son el col-
chón de seguridad que nos sostiene. Los
derechos humanos vienen a cubrir el
vacío que ha quedado tras el hundimien-
to de las ideologías que nos permitían jus-
tificar y comprender nuestras sociedades,
sus contradicciones y su futuro.
Tras el desencanto de estos años, no
nos queda casi nada. Los sistemas religio-
sos y morales que en otras épocas servían
para ordenar y estructurar la sociedad
han quedado circunscritos, en la actuali-
dad, a la esfera privada, ya que se ha pro-
ducido una privatización de la religión. El
espacio público se ha convertido en algo
completamente neutral.
En este sentido, se ha producido
–como señala Medina (2000, p. 33)– un
relevo generacional de las ideologías a
nivel político y sociológico en lo que
atañe a la configuración de las socieda-
des. Ya que las religiones y las cosmovisio-
nes no son compartidas por todos, para
derivar de ellas los criterios o las normas
morales, se recurre a un elemento común
(la razón moral) que asume la tarea de
fundamentar unas normas morales comu-
nes a todos, capaces de servir de marco
orientador para el establecimiento de la
norma positiva y educativa de los diferen-
tes estados. Como señala Camps:
El culto de nuestro tiempo es el de los
Derechos Humanos. Producto de la
secularización de la cultura, ocupan
el lugar que en tiempos tuvo la reli-
gión; el lugar de los mandamientos y
deberes morales inspirados en la
revelación divina, etc. La educación
ha ido sustituyendo la formación reli-
giosa por una formación ética cuyo
horizonte lo constituyen los dere-
chos fundamentales (Camps, 2003, p.
134).
30
No hay ética sin memoria, sin visión
global. No se debe olvidar que nuestra
libertad ha costado muchas vidas. El futu-
ro que anhelamos no será posible si nos
limitamos a aferrarnos a aquello de lo que
estamos seguro, hemos de buscarlo en la
creación de ideales que permitan cons-
truir una sociedad mejor y en la defensa a
ultranza de los mismos.
¿QUÉ PODEMOS HACER?
En el fondo de la Declaración de los
Derechos Humanos subyace la idea de la
dignidad de la persona humana, que deri-
va de la noción fundamental de alteridad,
germen del pensamiento occidental de
los derechos humanos.
Esta idea es fundamental hasta tal
punto que se ha llegado decir que «los
derechos humanos son derechos del
otro». Sin embargo, este concepto –que
debería ser el foco de un desarrollo más
amplio de los derechos humanos– se va
desdibujando paulatinamente. La aporta-
ción más importante de los Derechos
Humanos es haber situado a la persona
en el centro mismo de tales derechos, y
esto es algo no debemos perder de vista.
Podemos preguntarnos: ¿Son los
Derechos Humanos derechos del otro?
¿Quién cree esto hoy en día? ¿No se trata
más bien de nuestros derechos? Pen-
semos en los extranjeros, los pobres, los
disminuidos, etc. Un hecho significativo,
que nos invita a realizar esta reflexión es
que, en la sociedad actual, hablamos más
de derechos que de libertades.
La humanidad se encuentra aún en
un período de aprendizaje. Por ello, la
educación juega un papel esencial en la
tarea siempre inacabada que es la forma-
ción de la persona. Los derechos huma-
nos son tan sólo el lenguaje que humani-
za a las personas, y lo que queda por
hacer compete, sobre todo, a la educa-
ción. Las violaciones de los derechos
humanos no son sólo violaciones de la
ley, pues la ley no es el único medio de
asegurar el respeto de estos derechos, y
ordena, ante todo, lo que no hay que
hacer y no lo que habría que hacer.
Además, los derechos humanos no
son algo innato, sino adquirido. Se apren-
den, pero no pueden ser impuestos por
decreto. El respeto a la dignidad de la
persona no puede garantizarse sólo
mediante prescripciones normativas.
No podemos conformarnos con «res-
petar los derechos humanos», es decir,
no-violarlos, no basta con adoptar una
actitud negativa, pasiva. Los derechos exi-
gen que se lleven a cabo acciones y pro-
meven iniciativas en su defensa y que
fomenten su desarrollo, y esto va más allá
de los mandatos legales.
Se puede pasar del plano de la ética al
derecho, pero el derecho no basta por sí
sólo, necesita de la ética. La educación y
la formación en derechos humanos son
esenciales. El objetivo es llegar a crear
una verdadera cultura de los Derechos
Humanos, porque, aunque la ley puede
obligarme a respetar al otro, no puede
obligarme a aceptarlo en el sentido más
amplio del término.
Se puede aludir a los avances que se
han producido en lo que se refiere a
determinadas cuestiones, como los dere-
chos de la mujer, de los niños, de los
excluidos, los inmigrantes, etc., o el dere-
cho al desarrollo y el fortalecimiento del
derecho a la educación. En las últimas
décadas, estos derechos se han ido perfi-
lando y han visto la luz con la elaboración
de varios protocolos al Convenio
Europeo de los derechos humanos:
• El convenio para la prevención de
la tortura.
• La carta social europea.
• Los proyectos sobre minorías,
sobre el racismo y la intolerancia, y
sobre la igualdad entre hombres y
mujeres.
31
De igual forma, la Constitución Euro-
pea ha impulsado significativamente estos
derechos en el seno de la Unión Europea.
En esta línea, también cabe destacar
lo acontecido en la Cumbre Iberoameri-
cana celebrada en Venezuela (Noviembre,
1997), y en la que se formuló una decla-
ración expresa de condena a todas las for-
mas de discriminación y/o «multidiscrimi-
nación» por género y orientación sexual,
raza, etnia, religión, grupo social o cultu-
ral, nacionalidad y opinión política. En
esta declaración, se invita a los estados a
llevar a la práctica lo acordado en los tra-
tados internacionales ya ratificados.
La impunidad –entendida como una
ausencia de verdad y justicia frente a las
graves violaciones de los derechos huma-
nos– penetra en nuestra sociedad y la
corroe. Es necesario crear una cultura en
lo referente a los Derechos Humanos, es
decir, formar las mentes y los corazones.
Todos sabemos que el 50% de la
población mundial se ve privado de los
derechos fundamentales que proclama-
mos. Se está produciendo un gran desfase
entre el plano normativo y la realidad dia-
ria. No podemos ignorar la importancia
del hiato existente entre los progresos
logrados en los planos normativos e inter-
nacionales y las realidades nacionales, que
demuestra que, más allá de los regímenes
jurídicos, es necesario preocuparse sobre
todo por las sociedades, que deben ser
«verdaderamente democráticas».
UNA NUEVA EDUCACIÓN
PARA UNOS TIEMPO NUEVOS
Los informes internacionales de los últi-
mos años coinciden a la hora de hacer
referencia a una cuestión que consideran
clave de cara a un futuro que se nos pre-
senta incierto, y ponen en ella sus espe-
ranzas. Dichos informes destacan el papel
que la educación está llamada a desempe-
ñar como factor de promoción, desarrollo
e igualdad entre los pueblos. Hoy día,
nadie duda de que la educación es el pilar
fundamental sobre el que hay que cons-
truir la paz y la libertad de las personas.
Sin ella, no habrá desarrollo posible.
Coincidimos con Mayor Zaragoza
cuando afirma que educar no consiste
solamente en inculcar saber, ya que para
educar hay que despertar el enorme
potencial de creación que cada uno de
nosotros encierra y proporcionar las con-
diciones óptimas para que se desarrolle y
haga su mejor contribución a la vida en
sociedad.
En lo que se refiere a los derechos
humanos, consideramos que un derecho
clave es el derecho a la educación, ya que
hace posibles otros derechos. Gracias a la
educación, el sujeto tiende a desarrollar
todas sus posibilidades. Sin embargo, no
debemos quedarnos ahí, la sociedad tam-
bién tiene la obligación de transformar
esas posibilidades en relaciones efectivas
y útiles.
La educación es uno de los conceptos
más amplios y con más posibilidades de
propiciar y generar una convivencia
armónica en unas sociedades que se
encuentran debatiéndose entre el equili-
brio y el terror. Como manifiesta Wells, la
historia humana se está convirtiendo cada
vez más en una carrera entre la educación
y la catástrofe. Así, en el contexto de una
«mundialización» creciente de la sociedad
humana, la educación puede considerar-
se como un factor armonizador.
La mejor garantía del respeto a los
Derechos Humanos es, sin duda, la
implantación de una cultura y una educa-
ción para esos derechos. Como señala
Medina (2000, p. 40), los derechos, por
muy consagrados que estén en las consti-
tuciones, tan sólo se respetan cuando son
conocidos y ejercitados, y, para ello, se
requiere que, previamente, se haya pro-
32
porcionado la correspondiente forma-
ción.
Los valores que implican sólo adquie-
ren sentido cuando se asumen activamen-
te y pasan a ser parte integrante de las
propias vivencias personales. Hace siglos,
Aristóteles ya señalaba que las leyes más
útiles, las que son aprobadas por la mayo-
ría de ciudadanos, resultan ilusorias si la
educación y las costumbres no están en
sintonía con los principios políticos.
Así, estamos de acuerdo con Medina
en su apreciación de que la educación es
base ineludible y condición necesaria,
aunque no suficiente, para la promoción
y la vigencia de una cultura de los dere-
chos humanos. Sólo una educación en
estos valores puede garantizar el desarro-
llo de los mismos.
Sin embargo, hacer nuestros estos
derechos no es tarea fácil porque, a dife-
rencia de los derechos ordinarios, cuyo
ejercicio agota en sí mismo el contenido
concreto de esos derechos, el ejercicio de
los Derechos Humanos, dada su potencia-
lidad moral, no se limita a la satisfacción
momentánea de unos derechos o debe-
res. Por su potencialidad moral, la educa-
ción en los Derechos Humanos constitu-
ye un desafío permanente y sin fin para
las diferentes instancias educativas. «Nada
hay más fecundo que el arte de ser libre;
pero nada asimismo tan duro como el
aprendizaje de la libertad» (Tocqueville,
1984, p. 242).
En consecuencia, la mejor manera de
preservar el futuro es diseñar una educa-
ción cívica eficaz, razonable y capaz de
ofrecer a los jóvenes un mensaje espiri-
tual de calidad. Pues ¿cómo no creer que
la educación genera la democracia y pro-
porciona un porvenir a los pueblos?
Si tenemos en cuenta todo lo que
hemos señalado con anterioridad, la revi-
sión de las investigaciones realizadas
sobre este tema desde diferentes perspec-
tivas ideológicas viene a corroborar la
idea de que el objetivo primordial que la
educación en Derechos Humanos debe
perseguir es crear y afianzar las «virtudes
morales», para lograr de este modo que la
persona se comporte de acuerdo con
ellas. Así, no se imponen pautas de com-
portamiento, sino que se pretende su
libre aceptación por parte del sujeto.
Además, hay que tener en cuenta que los
hábitos de comportamiento que genera-
mos deben integrar tanto la dimensión
cognoscitiva, como la afectiva.
La educación en los Derechos
Humanos adquiere una dimensión ética,
ya que pretende el desarrollo de una fuer-
za moral que permita obrar de acuerdo
con el juicio del propio sujeto. En conse-
cuencia, éste debe ser consciente en todo
momento de la importancia que para
cualquier sociedad tiene la práctica de los
valores que propugnan los Derechos
Humanos.
Para ello, es fundamental elaborar un
nuevo modelo de educación que armoni-
ce los intereses individuales y la participa-
ción en la comunidad, lo que conlleva
realizar una profunda reflexión sobre las
condiciones mínimas necesarias para que
sea posible un comportamiento democrá-
tico.
Cualquier intento de abordar la edu-
cación desde la vertiente social requiere
cambios significativos que afectan a los
planteamientos, los procesos metodológi-
cos... Esto nos invita a realizar mayores
esfuerzos para integrar los Derechos
Humanos y los valores cívico-sociales en
el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Para ello, es necesario:
• Ampliar las oportunidades que tie-
nen las personas para involucrarse
y participar en mayor media en sus
comunidades, de modo que pue-
dan valorar esta dimensión práctica
de la inmersión en la realidad
como una parte integral de la vida.
33
• Definir bien las finalidades de la
educación: concebirla como un
principio para el desarrollo integral
de un individuo con la capacidad
de abrirse a una sociedad pluralista.
• Propiciar una mayor conexión
entre las organizaciones cívicas y
las instituciones educativas locales.
• Formar no solamente individuos,
sino seres sociales abiertos a la
comunicación y al diálogo, ciuda-
danos capaces de asumir responsa-
bilidades.
• Considerar la sociedad civil como
una fuente posible de trabajo.
• Luchar contra la desigualdad de
oportunidades.
• Fomentar la participación de las
personas, los educadores y las
organizaciones cívicas en la planifi-
cación de la experiencia educativa.
El 20 de diciembre de 1996, el Diario
de las Comunidades Europeas subraya,
en sus conclusiones sobre una política de
educación permanente, que la educación
a lo largo de la vida debe adoptar un enfo-
que claramente integral en lo que respeta
al desarrollo del individuo y la comuni-
dad local.
La formación pueden contribuir al
desarrollo de las comunidades locales y al
fomento de la educación permanente y su
difusión entre sus miembros. Así, estas
deberían convertirse en verdaderas comu-
nidades educativas, con lo que ello con-
lleva para el desarrollo social, cultural y
económico continuado del individuo y de
la propia comunidad local.
El comportamiento democrático im-
plica reconocer al otro como igual, susci-
tar el interés y la inquietud de las perso-
nas y comprometerse activa y responsa-
blemente con los procesos y sucesos de la
sociedad del momento.
Todos sabemos que para poder hablar
de los derechos de ciudadanía es necesa-
rio disfrutar de un espacio de posibilida-
des y oportunidades económicas, sociales
y culturales, y, por tanto, de derechos
políticos y de la posibilidad misma de la
democracia.
En el nuevo milenio, nos enfrentamos
al reto de reflexionar acerca del curso que
ha de seguir la educación y, para ello,
debemos tener en cuenta que la fuerza
del mercado y la eficacia de nuestra forma
democrática de gobierno dependen siem-
pre de la vitalidad de la sociedad civil,
considerada como fuente de nuestra rea-
lización como personas.
En la actualidad, las tendencias emer-
gentes en el ámbito de la educación nos
ofrecen la posibilidad de diseñar una
serie de aplicaciones educativas orienta-
das a crear un mundo nuevo. A continua-
ción, se hará alusión tan solo a algunas de
ellas:
• Una educación basada en el multi-
culturalismo y el interculturalismo,
aunque sin ignorar las peculiarida-
des de las culturas locales. La edu-
cación global debe, desde esta
perspectiva, poner el énfasis en el
diálogo de las culturas, que ha de
establecerse bajo el paraguas de la
«unidad y la diversidad».
• Es necesario adoptar una pedago-
gía intercultural que permita a
todas las personas abrirse a la
noción de alteridad y asumir su
propia identidad y superarla, para,
de este modo, poder comprender
la universalidad y los valores huma-
nos. Ahora bien, tanto los indivi-
duos, como las comunidades tie-
nen derecho a preservar y enrique-
cer su identidad cultural, pues ésta
no puede considerarse, en modo
alguno, un obstáculo para la inte-
gración.
• El ser humano desarrollará un pensa-
miento no-dogmático y la educación
34
aparecerá conectada con la vida. La
educación se desarrollará, por lo
tanto, a lo largo de la toda la vida.
Son muchos los ámbitos que com-
parten el objetivo de una educa-
ción y una formación permanentes,
circunstancia que, claramente,
guarda relación con el hecho de
que nos encontremos inmersos en
la sociedad del conocimiento. Para
alcanzar dicho objetivo, se servirán
de las herramientas que la sociedad
de la información les proporciona,
lo que pone de manifiesto la perti-
nencia de las acciones que integran
ambos ámbitos –la educación y la
formación. Hoy día, todo el mundo
reconoce la necesidad de mejorar
la convergencia entre la enseñanza
general y la formación profesional.
La educación debe evolucionar de
una cultura de la memoria a una
cultura de la creatividad, lo que
implica un giro copernicano en los
propósitos de la educación, la eva-
luación, el currículum, la forma-
ción del profesorado, etc.
• Hay que fomentar una visión inte-
gral del sujeto frente a la visión ato-
mista. Se necesitan nuevas teorías
para hacer frente a la era de la
información atomizada, en la que
impera la «superespecialización» y
se ignora el resto de los saberes.
• Es necesario realizar una seria revi-
sión del concepto de inteligencia.
¿Qué entendemos cada uno de nos-
otros por inteligencia? Hoy se habla,
por ejemplo, de inteligencia emo-
cional y de inteligencias múltiples.
• Hay que fomentar tanto la innova-
ción, como la capacidad de apren-
der a pensar y a crear. Como indica
el sabio egipcio Mahmound: «si la
mente humana no inventa, innova
y crea, no es una mente».
• La educación ha de convertirse en
un mecanismo de movilidad so-
cioeconómica para los que carecen
de otros recursos. Por tanto, la edu-
cación deberá adoptar el concepto
de «clínica de destrezas» para diag-
nosticar la destreza alterada y pres-
cribir acciones orientadas a reme-
diar esta situación.
• Hacen falta más políticas y menos
políticos: si la educación es una
cuestión social, debería quedar al
margen de la caprichosa política y
tener con unos objetivos bien defi-
nidos, que cuenten con un consen-
so lo más amplio posible y no
dependan de los vaivenes del parti-
do de turno. Desde nuestra pers-
pectiva, el debate acerca de la edu-
cación debe ser un debate social.
Es decir, para desarrollar bien las
tareas antes mencionadas, es preci-
so que el problema de la educación
constituya un debate público en el
que no sólo participen las institu-
ciones, los gobiernos y las organi-
zaciones no gubernamentales. El
debate sobre la educación concier-
ne a la sociedad civil y, por tanto,
todos los individuos deben sentirse
implicados.
• Se necesita más acción y menos
palabras: los estudios son útiles e
ilustrativos, pero nunca deberían
constituir un fin en sí mismos.
Muchos investigadores y, sobre
todo, los educadores necesitan
hacer un alto en el camino, mirar a
los ojos a los destinatarios de sus
actuaciones y preguntarse: ¿Están
realmente aprendiendo? De esta
forma, la figura del educador y sus
explicaciones no son tan importan-
tes como el protagonista de este
proceso: el sujeto que aprende. Y es
en esta cuestión en lo que quiere
35
hacer especial énfasis el nuevo
espacio educativo europeo.
Para finalizar este apartado, se presen-
tan unas inspiradoras orientaciones meto-
dológicas que facilitan la formación en
Derechos Humanos (Medina, 2000, pp.
41-42):
• Este tipo de educación debe tener
como referencia constante la De-
claración Universal de los Derechos
Humanos y los valores que en ella
subyacen. El padre de la sociología
moderna –Emile Durkheim– afir-
maba al respecto: «Enseñar moral
no es predicarla ni es inculcarla, es
explicarla. Rehusar al niño toda
explicación de este tipo, no inten-
tar hacerle comprender las razones
de las reglas que debe seguir es
condenarlo a una moralidad in-
completa e inferior» (Durkheim,
1963, p. 101)
• La educación para los Derechos
Humanos no debería ser una asig-
natura más del currículum escolar,
sino una «dimensión transversal»
del mismo que impregnase el currí-
culum de cualquier materia. En
esta línea, la UNESCO (1994) apunta
que los derechos no pueden que-
dar en meros enunciados teóricos
o de principios, sino que han de
ser valores que cada ser humano
tiene que encarnar y hacer propios;
han de ser vivencias que acompa-
ñen al sujeto, la escuela o la institu-
ción educativa en todo instante, y
no un tema que se imparta en cla-
ses o como parte de enseñanzas
tradicionales.
• Un factor fundamental del ejercicio
de estos derechos es el nivel de jus-
ticia institucional y la atmósfera
moral en que se desarrollan las
actividades escolares en el aula. «No
se enseñan ni se aprenden los dere-
chos humanos sin vivirlos. La escue-
la debe estar organizada de manera
que los derechos humanos en gene-
ral sean permanentemente respeta-
dos» (Soler Roca, 1988, p. 18).
• Por último, el autor aconseja –con
el fin de potenciar la educación en
los Derechos Humanos– el desarro-
llo una gran variedad de técnicas
participativas y dialogísticas, como
el «diálogo reflexivo», la «participa-
ción guiada», la técnica de «clarifi-
cación de valores», los «practicums
morales», el role talking o el role
playing (la capacidad de asumir
distintos papeles). Estas técnicas
ayudan al alumno a ponerse en el
lugar del otro y a experimentar la
alteridad, y le permiten desarrollar
las capacidades relacionadas con el
diálogo, la comprensión y el enten-
dimiento mutuo.
CONCLUSIONES
La educación en los Derechos Humanos
se revela como una prioridad, como algo
que hay que tener en cuenta en todos los
sistemas educativos. En este sentido, es
importante –si bien los derechos no se
aprenden si no se ejercitan– prestar tam-
bién atención a la dimensión cognosciti-
va. Aunque este tipo de educación siem-
pre ha sido importante, ha de tener aún
más relevancia en las sociedades pluralis-
tas, en esencia más complejas, ya que el
ejercicio de los derechos se hace impres-
cindible para propiciar una convivencia
armónica.
Las sociedades actuales son cada vez
más diversas, en ellas, conviven gentes de
razas y culturas diferentes. Este hecho es
cada día más patente en Europa, debido
tanto a las tendencias migratorias, como a
la imagen que transmiten los medios de
36
comunicación social. Es urgente tomar
conciencia de que vivimos en una socie-
dad compleja, y de lo que implica: la
necesidad de formar en los valores que
defienden los Derechos Humanos. De
este modo, podremos construir un futuro
mejor y una sociedad más plural, y podre-
mos ser partícipes de la riqueza que apor-
ta la diversidad creativa.
La sociedad actual es ya un mosaico
pluricultural y multiétnico, y la sociedad
futura lo será en mayor medida. La educa-
ción para la ciudadanía en este tipo de
sociedades resulta, al mismo tiempo, alta-
mente compleja y muy rica en oportuni-
dades, y presenta una exigencia ineludi-
ble, ya que para vivir en ellas se precisa de
una formación cívica cada vez más sólida
que propicie una convivencia pacífica y a
la vez solidaria.
De todos es sabido que la compleji-
dad y la diversidad engendran riqueza,
variedad y colorido, pero también exigen
que todos los miembros de este tipo de
comunidades desarrollen actitudes de
respeto a la dignidad y libertad de la per-
sona, pues la ciudadanía entraña los mis-
mos derechos y deberes para todos.
En la sociedad actual, se valora cada
vez más la convivencia, la capacidad de
diálogo, de relación y de comunicación.
Por ello, en los próximos años, se hará
más necesaria una formación en los
Derechos Humanos, que posibilite la con-
vivencia y el respeto entre personas de
diversas razas, culturas, religiones y cos-
tumbres.
Por otro lado, durante mucho tiempo,
la misión de la educación se ha centrado
en la tarea de preparar a la próxima gene-
ración para ser productiva en el mercado
y, ahora, sin embargo, es necesario redefi-
nir la naturaleza misma del trabajo. La era
de la información nos invita a preparar a
las personas para la búsqueda de alterna-
tivas de trabajo en el sector terciario, que
se está transformando progresivamente
en una red necesaria e imprescindible
para propiciar las relaciones y la convi-
vencia entre las personas, lo que exige un
importante replanteamiento de la educa-
ción. Mirando al futuro, las redes telemá-
ticas nos facilitarán la posibilidad de con-
tactar con el otro distante y lejano.
Además, se deben cultivar también la
relación y la convivencia con el próximo,
el vecino, el compañero y amigo. La con-
vivencia se crea, se desarrolla y se cultiva.
No es algo que nos venga dado, exige
tiempo, cuidado, recreación, el esfuerzo
de mirar al otro y tener en cuenta sus
intereses, y, sobre todo, presencia –estar y
sentir con el otro. La convivencia se crea,
se va creando día a día, implica irse
haciendo con el otro y con los otros. Hay
que aprender a vivir juntos, «a convivir», y
a desarrollar las potencialidades de cada
persona.
Debemos fomentar al mismo tiempo
el sentido de pertenencia a una comuni-
dad concreta y la vinculación con la socie-
dad global. Así, cada vez se revela más
necesaria una educación que permita
armonizar la propia identidad y el des-
arrollo de los valores característicos de un
modo de ser cosmopolita, universal.
Como señala Ortega, sólo si sabe vivir de
manera armónica ambas dimensiones,
puede una persona estar situada «en su
pleno quicio y eficacia».
La convivencia es un arte que se
aprende, algo que merece la pena descu-
brir. Implica no exigir a los demás que
vivan a nuestro ritmo, sino hacer que
merezca la pena acomodarnos a las nece-
sidades y los ritmos de los otros. En la
convivencia, hay que desarrollar un talan-
te conciliador, aprender a coordinar la
propia autonomía con la libertad de los
demás, y respetar los derechos del otro.
Tanto en el plano personal y familiar,
como en el nacional e internacional la
37
convivencia es importante. La Declara-
ción de los Derechos Humanos debe ser
la referencia principal a la hora de fomen-
tar la cooperación y la solidaridad inter-
nacionales y la cultura de la paz. El diálo-
go, las consultas y la voluntad de apren-
der unos de otros y compartir constituyen
los pilares de esta cooperación, en la que
debería tener cabida el respeto de la
diversidad.
Creo conveniente subrayar, en suma,
que los Derechos Humanos no son los
textos, ni los mecanismos que se violan o
se olvidan con rapidez, son una escuela
de vida, y nos enseñan a conservar en
nosotros mismos la capacidad de indig-
narnos, pero de forma paciente y toleran-
te. No debemos dejarnos vencer por el
desánimo o por el fatalismo –sutil moda-
lidad de la indiferencia. Los Derechos
Humanos deben ser reivindicativos, pero
el espíritu de sus reivindicaciones ha de
ser verdaderamente solidario; y deben
compaginar el sentido de los límites y el
de la urgencia. Porque, si bien es cierto
que los Derechos Humanos están presen-
tes en las grandes causas, también forman
parte de la vida diaria, de lo anónimo, y,
en consecuencia, no podemos esperar
que su defensa nos aporte la menor
recompensa. Paciencia y vigilancia. Es
necesario tomar conciencia de que, desde
sus orígenes, el fermento y la levadura del
mundo ha sido la inquebrantable obsti-
nación de los pacíficos.
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Derechos humanos

  • 1. Al final de la II Guerra Mundial, con el res- tañar de las armas todavía en los oídos, un grupo de personas clarividentes com- prendió la necesidad aportar nuevos ideales a la humanidad. Frente al grito que recogía el anhelo de que no hubiera más guerras, la ambición de crear una cul- tura diferente: la cultura de la paz. Deseaban un mundo nuevo, un mundo mejor y, para lograrlo, adoptaron un papel preventivo, generador de nue- vos ideales, ilusiones y valores que se 19 RESUMEN. Los Derechos Humanos se han constituido, en los últimos años, en uno de los referentes más significativos de las sociedades occidentales. Sin embargo, a la perspectiva educativa de los mismos, no se le ha prestado la atención requerida. En este trabajo, se aborda la cuestión de los Derechos Humanos y la dignidad de la persona como fundamento de los mismos, así como las diferentes genera- ciones que se han ido produciendo en la conquista de nuevos derechos y los valo- res asociados a éstos. De igual forma se apuntan los peligros que acechan a los Derechos Humanos en las sociedades democráticas; peligros muy sutiles y difíci- les de identificar. Finaliza aportando directrices generales a tener en cuenta para una mejor educación de los Derechos Humanos, con el fin de propiciar una educación democrática y solidaria para una nueva sociedad. ABSTRACT. In recent years the issue of Human Rights has become one of the most significant concerns of Western society. However, from an educational perspecti- ve this issue has not received adequate attention. This paper looks at the issue of Human Rights and individual dignity as a basis for the former, as well as the different generations produced through the conti- nual achievement of new rights and the values associated with those rights. By the same token, the threats to Human Rights in democratic societies are also noted; very subtle threats which are difficult to identify. The paper concludes by providing general guidelines for a better education in Human Rights, aiming to make a collective and democratic education possible and paving the way for a new society. DERECHOS HUMANOS Y EDUCACIÓN SOCIAL GLORIA PÉREZ SERRANO(*) (*) Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Revista de Educación, núm. 336 (2005), pp. 19-39. Fecha de entrada: 15-10-2004 Fecha de aceptación: 05-01-2005
  • 2. plasmaron en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Consideraron que la clave para lograr este mundo dife- rente era lograr un cambio de la mente y de los corazones que diera lugar al naci- miento una nueva conciencia ética, y esto sólo sería posible mediante la educación. El paso de una cultura bélica a una cultura de la paz exige un cambio radical en los hábitos de comportamiento, y la educación es la clave de esta transforma- ción pacífica, el pilar capaz de garantizar el desarrollo cultural y material de la sociedad y asegurar la gobernabilidad democrática. De este modo, la educación debe ser un derecho al que todos deben tener acceso, especialmente a los más jóvenes, a los que han de facilitárseles los medios necesarios para formarse y reflexionar. Hoy en día, existe una desigualdad evi- dente entre los que no disponen de lo imprescindible y los que se muestran indiferentes porque lo tienen casi todo sin haber soñado casi nada, y lo que no se ha soñado no se aprecia. Es propio de los jóvenes abrir nuevos horizontes y arriesgarse, y, en este senti- do, es necesario hacerles notar las dificul- tades que entraña la construcción de una sociedad más justa y solidaria, que se mueva –como decía Havel– entre la habi- lidad para realizar lo posible y la ilusión para llevar acabo lo imposible. El futuro, debemos iluminarlo con grandes ideales, inspiradores de vida: libertad, justicia y solidaridad ética y moral. Los valores y los principios no deben situarse a ras del suelo, sino en lo alto. La luna se refleja tanto en el mar, como en el río y en el lago porque se sitúa en lo alto. Aunque, actualmente, la socie- dad se mueve por directrices económicas y de mercado, éstas no pueden ser nues- tro referente normativo; antes bien, se debe luchar para que los ideales y los valores ocupen este lugar. Los informes internacionales coinci- den en señalar la importancia del papel que la educación está llamada a desempe- ñar como factor de promoción, desarrollo e igualdad entre los pueblos, pues hoy nadie duda de que la educación es el pilar fundamental para construir la paz y la libertad de las personas, y de que sin ella no habrá desarrollo posible. Este desarro- llo tiene que ser endógeno, no se da, se gana cada día, es algo que, como la liber- tad, ha de ser conquistado. La educación es uno de los conceptos más amplios y, también, uno de los que tiene más posibilidades de propiciar una convivencia armónica. En este sentido, la evaluación del Libro Blanco de las Comunidades Europeas sitúa «la educa- ción y la formación en el centro de un proyecto de sociedad. Para dar cuerpo a esta perspectiva, la Comisión ha querido sensibilizar a la población sobre la necesi- dad de construir la sociedad del conoci- miento para que Europa sea más compe- titiva y más consciente de sí misma y de sus valores intrínsecos». La mejor manera de preparar el futu- ro es diseñar una educación de calidad, capaz de ofrecer a las nuevas generacio- nes un mensaje espiritual atrayente. Pues ¿cómo no pensar que la educación es la base de la democracia y del porvenir de los pueblos? Este artículo se centra en los Derechos Humanos, y en la dignidad de la persona como fundamento de los mis- mos, y presta también atención a las dife- rentes generaciones de la conquista de los nuevos derechos y de los valores aso- ciados a ellos. Se tiende a pensar que en las socieda- des democráticas no debería existir nin- gún tipo de peligro para los derechos humanos y, sin embargo, en ellas, los peli- gros son más sutiles, por lo que, muchas veces, pasan desapercibidos, dado que 20
  • 3. este tipo de sociedades no vigilan su cum- plimiento. Es importante no adormecerse y, sobre todo, desarrollar una cultura de la prevención, ya que ésta, pese a ser intangible e invisible, resulta, con diferen- cia, la más efectiva y duradera, puesto que permite evitar el sufrimiento, el dolor y el enfrentamiento. Sin embargo, la sociedad aún no está preparada para valorar la cultura de la paz y la prevención, falta la costumbre. Si un general gana una guerra, es condecorado, si la evita, nadie se acordará de él. Como señala el aforismo «ojos que no ven, cora- zón que no siente». En este artículo, se analizan también las grandes tendencias que se pueden apreciar en la sociedad actual, así como su carácter global y su incidencia en la educación. FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS El precisar qué se entiende por derechos humanos no es una tarea fácil. No obstan- te, aunque los diccionarios no suelen pro- porcionarnos una definición a la que podamos adherirnos, se puede afirmar que son algo específico del ser humano. Son inherentes a la naturaleza humana y sin ellos no es posible vivir como seres humanos (Naciones Unidas, 2002). Es decir, son los derechos que tiene una per- sona por el hecho de serlo. Los derechos humanos son derechos, en cuanto tienen que ver con la justi- cia (dar lo justo, lo propio, ni más ni menos) (López Calera, 2000, p. 171). Un derecho humano es, pues, algo que el hombre determina a partir de aspectos y dimensiones de la realidad humana que valora especialmente y que considera propio del hombre y sólo de él, y por lo que se siente com- prometido; sea a respetarlo, sea a ayu- dar a su realización… los derechos humanos son un veredicto del hom- bre sobre el hombre, un veredicto transido de valoración positiva sobre sí mismo (Cobo, 1993, p. 144). Se consideran derechos aquellos bie- nes que constituyen una verdadera pro- piedad del ser humano y le corresponden en cuanto tal. De este modo, se vincula el derecho-necesidad con la obligación de respetar la carencia y de reconocer, en definitiva, que algo se le debe a alguien como propio, es decir, le pertenece. Se trata, en definitiva, del reconocimiento tanto de los derechos que se tienen, como de la obligación de respetarlos y velar por su cumplimiento. Los derechos humanos y las liberta- des fundamentales nos permiten desarro- llar nuestras cualidades, nuestra inteli- gencia, nuestro talento y nuestra concien- cia, y satisfacer nuestras variadas necesi- dades, entre ellas, las espirituales. Se basan en la creciente exigencia de la humanidad de que la dignidad y el valor inherentes a cada ser humano sean respe- tados y protegidos. LA DIGNIDAD DE LA PERSONA COMO FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS El concepto de dignidad de la persona es el fundamento de todos los derechos, y así se pone de relieve en el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: «Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana». Sin embargo, este con- cepto es muy amplio y resulta poco ope- rativo. Por ello, históricamente, se ha ido dotando de contenido mediante el reco- nocimiento de derechos humanos con- 21
  • 4. cretos que, como las piezas de un «puzz- le», van conformando el verdadero perfil de esa dignidad. La conquista de los Derechos Huma- nos ha supuesto un largo proceso que tiene ya una historia bicentenaria, a lo largo del cual se ha ido trazando un cami- no que nos ha llevado, progresivamente, desde el reconocimiento de los llamados derechos naturales, hasta la universaliza- ción de estos en los derechos fundamen- tales, proclamados por nuestras socieda- des como derechos civiles, sociales, eco- nómicos y políticos. El fundamento de los derechos humanos es la dignidad de la persona humana. Por ello, toda persona es sujeto tanto de los derechos, como de los debe- res que éstos comportan. El nexo entre derechos y deberes tiende a regular las relaciones entre los hombres y los pue- blos. Hoy en día, el respeto a los Derechos Humanos se ha convertido en el principio de moralidad universal, dado que se toma como criterio que juzga la conducta tanto individual, como social. Los Derechos Humanos constituyen, por tanto, un referente ético, y no sólo se aspira a lograr su máximo desarrollo, sino que se consideran principios internacio- nales de comportamiento. La inclusión del concepto de dignidad de la persona en la Carta de las Naciones Unidas de 1948 trajo consigo la interna- cionalización de los Derechos Humanos, lo que supuso todo un logro en el ámbito del derecho internacional. La obligación de respetarlos constituye un deber inelu- dible de los Estados, que deben respon- der de su observancia ante la comunidad internacional. No obstante, la protección de la digni- dad humana es un ideal anterior a la apa- rición del concepto jurídico de «derechos humanos». Sus orígenes se pierden en la historia, si bien, ciñéndonos a la edad moderna, podemos mencionar algunos momentos significativos. Los primeros intentos de dotar el orden social y político de un contenido ético se pueden remontar al siglo XVIII, con la aparición de teorías como el con- trato social de John Locke, la separación de poderes de Montesquieu y la sobera- nía popular de Rousseau –que son, todas ellas, fuentes del constitucionalismo. Rousseau sostenía que la soberanía resi- día en la nación y no en el rey, que los individuos que habitaban en un territorio no eran súbditos, sino ciudadanos, suje- tos de derechos y deberes. La idea del contrato social y de la exis- tencia de una esfera de vida social de la cual el gobernante estaba excluido inspi- ró la Declaración de Independencia Americana de 1776 y la Declaración Francesa de los Derechos de Hombre y del Ciudadano de 1789. Con ambas, queda consagrado, en el ámbito del dere- cho nacional, el concepto de que los derechos individuales son una parte de la vida de los individuos en la que el gobier- no tiene que abstenerse de intervenir. Las primeras declaraciones que pre- tendieron la universalidad del reconoci- miento de los derechos humanos datan del siglo XVII. Aún no se ha logrado este hito histórico que puede considerarse decisivo, dado que implica una conquista progresiva y permanente. En cualquier caso, los derechos humanos no adquie- ren dimensión internacional hasta des- pués de la II Guerra Mundial. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Asamblea Constituyente de la Revolución Francesa es un hecho decisivo en la historia, ya que supuso el inicio del proceso por el que los derechos humanos adquirieron rango constitucional y pasaron del ámbito de las exigencias filosóficas a la máxima jerar- quía jurídica. 22
  • 5. La historia se escribe, se va escribien- do, con pequeños logros y conquistas. Actualmente, se constata una brecha entre el marco que diseñan los derechos humanos y la plasmación jurídica de los mismos, y la cruda realidad en la que viven muchas personas a las que no se les reconocen sus derechos. Así, se producen por doquier abusos de poder que engendran sumisión, ham- bre y guerras, a la vez que, en muchos lugares, masas ingentes se ven condena- das por la intolerancia, la injusticia y la muerte. Vivimos en un mundo desigual donde el poder y la riqueza se acumulan en los países desarrollados y, más concre- tamente, en algunos sectores de los mis- mos. El hecho de que estas desigualdades se vayan incrementando interroga a toda la humanidad pues, en tanto no haya una mejor distribución de la riqueza, no se podrá hablar de paz. Esta situación debe movernos a tratar de lograr nuevas conquistas, pues la his- toria de los derechos humanos es la histo- ria de una evolución que se ha ido produ- ciendo con cada uno de los logros alcan- zados. Este hiato entre la situación ideal y una realidad alicorta nos invita seguir buscando. La conquista de todos los dere- chos ha supuesto un gran esfuerzo y lucha constante, y esta tarea, siempre inacabada, está orientada a «lograr el ma- yor bienestar para el mayor número» de seres humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1948, consta de un Preámbulo y 30 artículos con 50 cláusulas. Esta decla- ración representa un primer catálogo de garantías de la persona a escala práctica- mente universal, si bien también ha sido criticada por considerar que ha sido ela- borada por y para la cultura occidental. No obstante, a pesar de las reticencias que se manifestaron en su momento, con- siguió un apoyo casi unánime. El punto de vista común de la huma- nidad se logra a partir de lo que pudiéra- mos llamar el nivel natural, que permite dialogar, coincidir y subrayar lo común a gentes de las condiciones más variadas. Jacques Maritain –que intervino en la redacción de la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas– decía que, curiosamente, en la redacción de esos derechos se pusieron de acuerdo representantes de distintas religiones e, incluso, agnósticos, pues eran connaturales a la condición humana. No es que los gobiernos los crearan o los decretaran, sencillamente los reconocie- ron, y, en consecuencia, se les instaba a tenerlos en cuenta en sus propias legisla- ciones. Lo importante era reconocer que, con independencia de la ideología, se estaba de acuerdo en esos derechos. Esa moral natural arranca de nuestra común condición, de las necesidades humanas y de los bienes en los que hallan su cumplimiento. Esas prescripciones tie- nen carácter moral porque salvaguardan la dignidad humana. La internacionalización de los dere- chos humanos, lejos de ser una evolución natural, supone una auténtica ruptura. Deberíamos estar bastante sorprendidos por el hecho de que los estados hayan aceptado comprometerse a ello y asom- brados de lo que se ha logrado hasta ahora, pues los estados soberanos son los que han negociado y adoptado los textos, los que han ido tejiendo un entramado de obligaciones cada vez más denso. Al comprometerse en la defensa de los derechos humanos, los estados han admitido que las relaciones entre los poderes públicos y la protección están reguladas por normas internacionales. Ello significa que, a pesar de que existan algunas voces discordantes, la invocación 23
  • 6. de los derechos humanos no puede con- siderarse una injerencia en los asuntos internos de un estado. Ante nuestros ojos, se está produciendo, lenta pero pro- gresivamente, una transformación de las estructuras y el propio concepto de las relaciones internacionales. Este progreso no impide que se aten- te de forma inadmisible contra la digni- dad de muchos hombres y mujeres. Si miramos a nuestro alrededor, somos testi- gos de cómo a menudo, los derechos humanos son violados. Pero estos, lejos de caer en el olvido, tienen una presencia extraordinaria. Constituyen una aspira- ción irreprimible, y eso les ha conducido a ocupar un lugar privilegiado entre las preocupaciones de los estados. No es posible ignorar los derechos humanos, ya que estos se imponen como exigencia ética universal. Otro momento fundamental en la his- toria de la humanidad fue la creación de la UNESCO. Después de las dos guerras mundiales, un grupo de políticos tomó conciencia de la necesidad de promover la paz con el fin de evitar las desastrosas consecuencias de las guerras. Esto condu- jo a la creación de la UNESCO, organiza- ción cuyo principal objetivo es promover la cultura de la paz. En una reunión que tuvo lugar en Londres en Noviembre de 1945, los representantes de los estados firmaron el Acta Constitutiva, en la que se declara que: si las guerras nacen en las mentes de los hombres, es en las mentes de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz. Se estimó que una paz fundada sólo en acuerdos políticos y económicos no podía ser duradera, y que la paz debía tener su origen en la solidaridad y el fin de la incomprensión mutua, la descon- fianza y el recelo, que son las causas de las guerras. El propósito general de la UNESCO es fundamentalmente ético, ya que se orienta a la defensa de los De- rechos Humanos, la paz y la cooperación internacional. La Declaración de los Derechos Humanos proclama, por primera vez en la historia, que los derechos individuales y la relación entre los gobiernos y los gru- pos de individuos son una legitimación referida a la humanidad. Esta proclama- ción está basada en el concepto de la exis- tencia de derechos universales que debie- ran ser reconocidos y defendidos por la comunidad mundial. Los derechos y liber- tades garantizados por los Derechos Humanos se subdividen en cuatro gru- pos, según estén orientados a: 24 GRÁFICO I Clasificación de los Derechos Humanos DERECHOS HUMANOS Proteger la vida y la integridad física de las personas Eliminar todo tipo de discriminaciones Garantizar el ejercicio de los derechos y libertades individuales Asegurar unas condiciones mínimas de vida
  • 7. • Proteger la vida y la integridad físi- ca de las personas. • Garantizar el ejercicio de los dere- chos y libertades individuales. • Eliminar todo tipo de discrimina- ciones. • Asegurar unas condiciones míni- mas de vida. Desde la proclamación de los Dere- chos Humanos, hemos visto aparecer nuevas necesidades, y nuevas amenazas y restricciones de las libertades que deben ser tenidas en cuenta. Los derechos humanos, en su pretensión de alcanzar un horizonte de nuevas conquistas, han de hacer frente a nuevos desafíos. Conviene subrayar que los derechos de la ciudadanía han sido siempre, a lo largo de la historia, una conquista, el resultado de una lucha constante contra la jerarquía en su tradicional forma feu- dal, y contra la injusticia social y la des- igualdad, que, muchas veces, tenía su ori- gen en las propias instituciones estatales. Los derechos se han ido consiguiendo poco a poco, se ha luchado por ellos y, una vez logrados, han de ser protegidos. En la raíz de estos procesos, se halla el delicado equilibrio entre las fuerzas polí- ticas y sociales. GENERACIONES EN LA CONQUISTA DE LOS DERECHOS HUMANOS La mutación histórica de los Derechos Humanos ha dado lugar –en función de un enfoque periódico basado en la pro- gresiva cobertura de los mismos– al esta- blecimiento de lo que se ha denominado generaciones. PRIMERA GENERACIÓN La primera generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la libertad y está constituida por aquellos que nacen con una impronta individua- lista, como libertades individuales y la defensa de éstas ante los poderes públi- cos. Los derechos políticos y civiles hacen referencia a la «civis». En este sentido, podrían hacer mención a los derechos del ciudadano. No obstante, desde el punto de vista etimológico, es muy difícil preci- sar el sentido de los derechos civiles, dada la polisemia del término. Las sucesivas declaraciones han refle- jado fluctuaciones en la forma de conce- bir tanto el ser humano, como la socie- dad, y se pasado de un enfoque funda- mentalmente individualista a otro de carácter más social. El primer enfoque refleja mejor la mentalidad liberal de exal- tación del individuo y se traduce en las llamadas libertades individuales o dere- chos civiles. Desde esta perspectiva, el enfoque individualista implica el reconocimiento de un ámbito de actuación personal que debe ser respetado por todos y, en espe- cial, por los poderes públicos, a los cuales se les encomienda garantizar la inviolabi- lidad de ese espacio propio de cada per- sona. Los derechos básicos del ciudadano son: el derecho a la vida, a la intimidad, y a la integridad física y psíquica. Son importantes también derechos como la libertad de creencia, de expresión, de reunión y de asociación; y los referentes a la dimensión moral de la persona, sus creencias morales y la manifestación de las mismas. Estos derechos se caracterizan por- que: • Imponen un deber de abstención a los estados. Por ejemplo, respetar la libertad de expresión, es decir, no impedirla. • El titular de estos derechos es todo ser humano en general y, en el caso 25
  • 8. de los derechos políticos, todo ciu- dadano. • Pueden ser reclamados en todo momento y lugar. SEGUNDA GENERACIÓN La segunda generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la igualdad y en ella se incluyen los Dere- chos Económicos, Sociales y Culturales. La observación de los derechos civiles no fue suficiente para garantizar una con- vivencia pacífica y en la que imperase la justicia, si bien su consecución supuso un paso importante en la conquista de otros derechos. Las reivindicaciones –a lo largo del siglo XIX y la primera parte del XX– tanto del movimiento obrero, como de otros colectivos discriminados consiguie- ron que el estado tomara una postura más proclive al restablecimiento de la igualdad. Éste fue el origen de los dere- chos de la segunda generación: los dere- chos económicos, sociales y culturales. Tras un largo proceso a lo largo del cual se sucedieron las reivindicaciones, el estado liberal de derecho se fue transfor- mando en estado social de derecho. Ahora corresponde a los poderes públi- cos el facilitar el acceso efectivo de todos los ciudadanos a los bienes económicos, sociales y culturales. De este modo, los individuos esperan de la sociedad la aten- ción y las ayudas que precisen para ejer- cer esos derechos, y, al mismo tiempo, la sociedad está obligada moralmente a bus- car los cauces y recursos necesarios para que los ciudadanos puedan hacerlo. Esto implica que los ciudadanos tie- nen también determinados deberes con la sociedad a la que pertenecen, y que deben cumplirlos con el fin de que los recursos dedicados a la atención de sus miembros se extiendan al mayor número posible de estos. Al aceptar los derechos de la segunda generación, el estado se obliga a proveer los medios materiales para la realización de los servicios públi- cos. Los derechos de segunda generación: • Imponen a los estados un deber positivo, puesto que tienen la obli- gación de proporcionar los recur- sos para la satisfacción de tales necesidades. • Son derechos de carácter colectivo más que individual, es decir, su titular es el individuo en comuni- dad. • No pueden ser reclamados inme- diata y directamente, sino que se encuentran condicionados a las posibilidades de cada país. Dentro de este grupo, se pueden enu- merar: • El derecho al trabajo. • El derecho a percibir un salario decoroso como medio para subve- nir a las necesidades individuales y familiares. • El derecho a la realización humana en el trabajo. • El derecho a que las condiciones de salud y de calidad de vida en el trabajo sean adecuadas. • El derecho a la seguridad social y económica. • El derecho a la educación y a la capacitación profesional. • El derecho a las vacaciones, al medio ambiente y al ocio. Insistimos en que el papel del estado no es proporcionar a cada uno la realiza- ción plena de estos derechos, sino crear un marco de condiciones que permita a todos el acceso efectivo a ellos. Esta dife- rencia no carece de trascendencia: supo- 26
  • 9. ne el paso de una sociedad de «menores de edad», en la que un estado paternalis- ta lo hace todo, a una sociedad personali- zada y que humaniza a sus miembros. Los derechos sociales no sustituyen a los civiles, sino que los complementan. Unos y otros se corresponden con sendos aspectos de la dignidad de la persona, con lo que se armonizan la dimensión individual (libertad y autonomía) y la dimensión social (integración en la socie- dad y mutua interacción en ella). Por su parte, los derechos culturales se orientan a la consecución de nuevos logros, dado que constituyen la categoría menos desarrollada de los Derechos Humanos. La Conferencia Mundial Edu- cación para Todos, celebrada bajo el aus- picio de la UNESCO en Jomtiem (1990) y dedicada a las necesidades básicas del aprendizaje para todos señaló como obje- tivo esencial del desarrollo de la educa- ción la transmisión y el enriquecimiento de los valores culturales y morales comu- nes, en los que el individuo y la sociedad han de asentar su identidad y su dignidad. La Comisión Mundial de la Cultura y del Desarrollo (UNESCO, 1997) ha publica- do la obra Nuestra diversidad creativa, en la que se pone de relieve la incidencia de la cultura en el desarrollo de los pue- blos, a la vez que se destaca que no podrá haber esperanza de paz para la humani- dad en tanto se niegue su especificidad cultural, dado que esto equivale a negar su dignidad. El reconocimiento de que todos los ciudadanos son sujetos de derechos sociales implica para Cobo (1993, p. 100) «dos avances en la comprensión de los mismos. Uno, que lo que fundamenta en primer término estos derechos no es el trabajo, sino la ciudadanía, el formar parte de una sociedad. Y el segundo, que el fundamento último de estos derechos es la misma realidad humana que postula esas ayudas para poder realizarse adecua- damente; o lo que es lo mismo, el avance de reconocer que esos derechos son y merecen el tratamiento de derechos humanos». Según Magendzo (2001, p. 149), los derechos económicos, sociales y cultura- les que forman esta segunda generación son: • Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satis- facción de los derechos económi- cos, sociales y culturales. • Toda persona tiene derecho al tra- bajo en condiciones equitativas y satisfactorias. • Toda persona tiene derecho a for- mar sindicatos para la defensa de sus intereses. • Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le ase- gure, así como a su familia, la salud, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. • Toda persona tiene derecho a la salud física y mental. • La maternidad y la infancia tienen derechos a cuidados y asistencia especiales. • Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modali- dades. • La educación primaria será gratuita. • Los padres tienen derecho a esco- ger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. TERCERA GENERACIÓN La tercera generación de Derechos Humanos tiene su fundamento en la soli- daridad. A estos derechos se les denomi- na Derechos de los Pueblos o Derechos de Solidaridad, si bien se hallan todavía poco definidos. 27
  • 10. La estrategia reivindicativa de los derechos de la tercera generación se pola- riza actualmente en torno a temas como el derecho a la paz, a la calidad de vida (que incluye el derecho al medio ambien- te) y a la libertad informática, que cons- tituye una respuesta a lo que se ha dado en llamar la contaminación de las liberta- des. Estos derechos hacen referencia a tres tipos de bienes que podemos englobar en: • Derecho a la paz: Derechos civiles y políticos. • Derecho al desarrollo: Derechos económicos, sociales y culturales. • Derecho al medio ambiente: Derechos de los pueblos. Como características de estos dere- chos podemos destacar: • Los Derechos de los Pueblos pue- den ser reclamados ante el propio Estado por grupos pertenecientes al mismo, pero su titular puede ser también otro estado. • Requieren para su cumplimiento de prestaciones positivas por parte tanto del Estado, como de la Comunidad Internacional. • Estos derechos se involucran en el concepto de paz en su sentido más amplio. Por ello, con frecuencia, se asocian los derechos de la tercera generación y el derecho a la paz. En los últimos años, la paz ha adquiri- do un protagonismo fundamental entre las necesidades insatisfechas de los pue- blos, pues la paz –como ya indicó la UNESCO (1996, p. 1)– «debe basarse en la solidaridad intelectual y moral de la humanidad». Hoy, los derechos deben plantearse desde la perspectiva de la paz, el desarme y el desarrollo de una solidari- dad humana que permita vivir dignamen- te a todos los pueblos. Derechos humanos y paz se presen- tan estrechamente vinculados. El derecho a la paz es un derecho «síntesis» de otros, es una condición previa al ejercicio de todos los derechos. Sin paz, los demás derechos resultan vanos y se vacían de contenido. Todo ello, a pesar de que el referido derecho a la paz es, en la política internacional, una idea relativamente reciente. Como señala Mayor Zaragoza, el dere- cho a la paz es un derecho fundamental que la comunidad internacional debería reconocer –tal y como ya ha hecho con el derecho al desarrollo. Sin paz, todos los derechos son letra muerta. Por otro lado, las condiciones del medio ambiente están cobrando una importancia creciente en la existencia humana y su influencia en la vida de las generaciones actuales y futuras justifica su inclusión en el estatuto de los dere- chos fundamentales de la calidad de vida. El derecho a la paz, el derecho a la calidad de vida y el derecho al desarrollo están íntimamente ligados y son, además, com- plementarios. Los derechos de la tercera generación tienen una nueva fundamentación. Los de la primera generación buscaban la liber- tad, los de la segunda la igualdad y los de la tercera tienen como principal valor de referencia la solidaridad. Los derechos de la tercera generación o derechos de los pueblos son, según Magendzo (1993, p. 150): • Derecho a la autodeterminación. • Derecho a la independencia econó- mica y política. • Derecho a la identidad nacional y cultural. • Derecho a la paz. • Derecho a la coexistencia pacífica, el entendimiento y la confianza. 28
  • 11. • Derecho a la cooperación interna- cional y regional. • Derecho al desarrollo. • Derecho a la justicia social interna- cional. • Derecho al uso de los avances de las ciencias y las tecnologías. • Derecho a la solución de los proble- mas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. • Derecho al medio ambiente. • Derecho al patrimonio común de la humanidad. • Derecho a un medio de calidad, que permita una vida digna. A estos derechos podríamos añadir otros que están surgiendo con fuerza en la sociedad actual, entre los que se pue- den mencionar los vinculados con los nuevos modos de comunicación a través de la red, la protección de la intimidad de personajes públicos, los derechos de los excluidos, etc. En cualquier caso, los nuevos dere- chos humanos se caracterizan por su inci- dencia universal en la vida de las personas y exigen una comunidad de esfuerzos y responsabilidades a escala planetaria. Sólo mediante un espíritu solidario de sinergia, es decir, de cooperación y sacrificio voluntario y altruista, será posible satisfacer plenamente las necesidades y aspiraciones globales comunes, relativas a la paz y a la cali- dad de vida (Pérez Luño, 2004, p. 3). La primera generación de derechos reivindicaba el derecho al propio disfrute de los derechos humanos y la segunda reconocía derechos a los grupos sociales y económicos, pero ha sido la tercera generación la que ha contribuido, de forma decisiva, a crear conciencia de la necesidad de ampliar, a escala planetaria, el reconocimiento de su titularidad para así lograr su realización total y solidaria. El mismo Pérez Luño manifiesta que hoy: El individuo y las colectividades resul- tan insuficientes para responder a unas agresiones que, por afectar a toda la humanidad, sólo pueden ser contrarrestadas a través de derechos, cuya titularidad corresponde solidaria y universalmente a todos los hombres (2004, p. 10). El carácter solidario está indefectible- mente ligado a los derechos de la tercera generación, y ha de ser también el impul- so que nos mueva a actuar para que los derechos individuales y colectivos se rea- licen en todo el planeta. Estamos, pues, ante una globalización de los derechos de los individuos y de los pueblos que cons- tituye una garantía para la supervivencia de toda cultura y civilización humana. 29 LAS TRES GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS GRÁFICO II Generaciones de los Derechos Humanos LIBERTAD SOLIDARIDAD IGUALDAD
  • 12. PELIGROS PARA LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS SOCIEDADES DEMOCRÁTICAS Algunos pensarán que hablar de demo- cracia y derechos humanos es una tauto- logía. A menudo, se tiende a pensar que si en una democracia los derechos humanos estuvieran en peligro, la razón no sería otra que la desnaturalización, la perver- sión de esa democracia. En una verdade- ra democracia, los derechos humanos no pueden estar expuestos a ningún riesgo. Sin embargo, el peligro no sólo viene de las dictaduras, sino que, en las apacibles sociedades democráticas, pueden existir peligros más sutiles. Es difícil darse cuenta de todas las vio- laciones que se comenten contra los dere- chos humanos en nuestras democracias. La mayoría de las veces se producen de forma silenciosa y pasan desapercibidas. Estas violaciones suelen afectar a los que viven al margen de nuestras ciudades o, simplemente, a los que son diferentes. Esta situación se manifiestan en fenóme- nos como el racismo, la xenofobia, etc. Por ello, como ciudadanos, debemos estar especialmente atentos a la vulnera- ción de estos derechos. En una democracia, la cuestión de los derechos humanos no se plantea necesa- riamente en términos de lucha o resisten- cia al poder público, tal y como ocurre en una dictadura, sino en términos de vigi- lancia y de prevención. Corremos el ries- go de que el «ambiente democrático» adormezca nuestras facultades y los dere- chos humanos se conviertan en algo insí- pido. Tenemos que ser conscientes de que los derechos humanos son frágiles y, precisamente por ello, necesitan contar con el apoyo de todos. Es la única forma de lograr que se respete la dignidad de los seres humanos en todos los lugares del planeta. Llegado a este punto, hay que señalar que si, hace décadas, los derechos huma- nos eran importantes, ahora son el col- chón de seguridad que nos sostiene. Los derechos humanos vienen a cubrir el vacío que ha quedado tras el hundimien- to de las ideologías que nos permitían jus- tificar y comprender nuestras sociedades, sus contradicciones y su futuro. Tras el desencanto de estos años, no nos queda casi nada. Los sistemas religio- sos y morales que en otras épocas servían para ordenar y estructurar la sociedad han quedado circunscritos, en la actuali- dad, a la esfera privada, ya que se ha pro- ducido una privatización de la religión. El espacio público se ha convertido en algo completamente neutral. En este sentido, se ha producido –como señala Medina (2000, p. 33)– un relevo generacional de las ideologías a nivel político y sociológico en lo que atañe a la configuración de las socieda- des. Ya que las religiones y las cosmovisio- nes no son compartidas por todos, para derivar de ellas los criterios o las normas morales, se recurre a un elemento común (la razón moral) que asume la tarea de fundamentar unas normas morales comu- nes a todos, capaces de servir de marco orientador para el establecimiento de la norma positiva y educativa de los diferen- tes estados. Como señala Camps: El culto de nuestro tiempo es el de los Derechos Humanos. Producto de la secularización de la cultura, ocupan el lugar que en tiempos tuvo la reli- gión; el lugar de los mandamientos y deberes morales inspirados en la revelación divina, etc. La educación ha ido sustituyendo la formación reli- giosa por una formación ética cuyo horizonte lo constituyen los dere- chos fundamentales (Camps, 2003, p. 134). 30
  • 13. No hay ética sin memoria, sin visión global. No se debe olvidar que nuestra libertad ha costado muchas vidas. El futu- ro que anhelamos no será posible si nos limitamos a aferrarnos a aquello de lo que estamos seguro, hemos de buscarlo en la creación de ideales que permitan cons- truir una sociedad mejor y en la defensa a ultranza de los mismos. ¿QUÉ PODEMOS HACER? En el fondo de la Declaración de los Derechos Humanos subyace la idea de la dignidad de la persona humana, que deri- va de la noción fundamental de alteridad, germen del pensamiento occidental de los derechos humanos. Esta idea es fundamental hasta tal punto que se ha llegado decir que «los derechos humanos son derechos del otro». Sin embargo, este concepto –que debería ser el foco de un desarrollo más amplio de los derechos humanos– se va desdibujando paulatinamente. La aporta- ción más importante de los Derechos Humanos es haber situado a la persona en el centro mismo de tales derechos, y esto es algo no debemos perder de vista. Podemos preguntarnos: ¿Son los Derechos Humanos derechos del otro? ¿Quién cree esto hoy en día? ¿No se trata más bien de nuestros derechos? Pen- semos en los extranjeros, los pobres, los disminuidos, etc. Un hecho significativo, que nos invita a realizar esta reflexión es que, en la sociedad actual, hablamos más de derechos que de libertades. La humanidad se encuentra aún en un período de aprendizaje. Por ello, la educación juega un papel esencial en la tarea siempre inacabada que es la forma- ción de la persona. Los derechos huma- nos son tan sólo el lenguaje que humani- za a las personas, y lo que queda por hacer compete, sobre todo, a la educa- ción. Las violaciones de los derechos humanos no son sólo violaciones de la ley, pues la ley no es el único medio de asegurar el respeto de estos derechos, y ordena, ante todo, lo que no hay que hacer y no lo que habría que hacer. Además, los derechos humanos no son algo innato, sino adquirido. Se apren- den, pero no pueden ser impuestos por decreto. El respeto a la dignidad de la persona no puede garantizarse sólo mediante prescripciones normativas. No podemos conformarnos con «res- petar los derechos humanos», es decir, no-violarlos, no basta con adoptar una actitud negativa, pasiva. Los derechos exi- gen que se lleven a cabo acciones y pro- meven iniciativas en su defensa y que fomenten su desarrollo, y esto va más allá de los mandatos legales. Se puede pasar del plano de la ética al derecho, pero el derecho no basta por sí sólo, necesita de la ética. La educación y la formación en derechos humanos son esenciales. El objetivo es llegar a crear una verdadera cultura de los Derechos Humanos, porque, aunque la ley puede obligarme a respetar al otro, no puede obligarme a aceptarlo en el sentido más amplio del término. Se puede aludir a los avances que se han producido en lo que se refiere a determinadas cuestiones, como los dere- chos de la mujer, de los niños, de los excluidos, los inmigrantes, etc., o el dere- cho al desarrollo y el fortalecimiento del derecho a la educación. En las últimas décadas, estos derechos se han ido perfi- lando y han visto la luz con la elaboración de varios protocolos al Convenio Europeo de los derechos humanos: • El convenio para la prevención de la tortura. • La carta social europea. • Los proyectos sobre minorías, sobre el racismo y la intolerancia, y sobre la igualdad entre hombres y mujeres. 31
  • 14. De igual forma, la Constitución Euro- pea ha impulsado significativamente estos derechos en el seno de la Unión Europea. En esta línea, también cabe destacar lo acontecido en la Cumbre Iberoameri- cana celebrada en Venezuela (Noviembre, 1997), y en la que se formuló una decla- ración expresa de condena a todas las for- mas de discriminación y/o «multidiscrimi- nación» por género y orientación sexual, raza, etnia, religión, grupo social o cultu- ral, nacionalidad y opinión política. En esta declaración, se invita a los estados a llevar a la práctica lo acordado en los tra- tados internacionales ya ratificados. La impunidad –entendida como una ausencia de verdad y justicia frente a las graves violaciones de los derechos huma- nos– penetra en nuestra sociedad y la corroe. Es necesario crear una cultura en lo referente a los Derechos Humanos, es decir, formar las mentes y los corazones. Todos sabemos que el 50% de la población mundial se ve privado de los derechos fundamentales que proclama- mos. Se está produciendo un gran desfase entre el plano normativo y la realidad dia- ria. No podemos ignorar la importancia del hiato existente entre los progresos logrados en los planos normativos e inter- nacionales y las realidades nacionales, que demuestra que, más allá de los regímenes jurídicos, es necesario preocuparse sobre todo por las sociedades, que deben ser «verdaderamente democráticas». UNA NUEVA EDUCACIÓN PARA UNOS TIEMPO NUEVOS Los informes internacionales de los últi- mos años coinciden a la hora de hacer referencia a una cuestión que consideran clave de cara a un futuro que se nos pre- senta incierto, y ponen en ella sus espe- ranzas. Dichos informes destacan el papel que la educación está llamada a desempe- ñar como factor de promoción, desarrollo e igualdad entre los pueblos. Hoy día, nadie duda de que la educación es el pilar fundamental sobre el que hay que cons- truir la paz y la libertad de las personas. Sin ella, no habrá desarrollo posible. Coincidimos con Mayor Zaragoza cuando afirma que educar no consiste solamente en inculcar saber, ya que para educar hay que despertar el enorme potencial de creación que cada uno de nosotros encierra y proporcionar las con- diciones óptimas para que se desarrolle y haga su mejor contribución a la vida en sociedad. En lo que se refiere a los derechos humanos, consideramos que un derecho clave es el derecho a la educación, ya que hace posibles otros derechos. Gracias a la educación, el sujeto tiende a desarrollar todas sus posibilidades. Sin embargo, no debemos quedarnos ahí, la sociedad tam- bién tiene la obligación de transformar esas posibilidades en relaciones efectivas y útiles. La educación es uno de los conceptos más amplios y con más posibilidades de propiciar y generar una convivencia armónica en unas sociedades que se encuentran debatiéndose entre el equili- brio y el terror. Como manifiesta Wells, la historia humana se está convirtiendo cada vez más en una carrera entre la educación y la catástrofe. Así, en el contexto de una «mundialización» creciente de la sociedad humana, la educación puede considerar- se como un factor armonizador. La mejor garantía del respeto a los Derechos Humanos es, sin duda, la implantación de una cultura y una educa- ción para esos derechos. Como señala Medina (2000, p. 40), los derechos, por muy consagrados que estén en las consti- tuciones, tan sólo se respetan cuando son conocidos y ejercitados, y, para ello, se requiere que, previamente, se haya pro- 32
  • 15. porcionado la correspondiente forma- ción. Los valores que implican sólo adquie- ren sentido cuando se asumen activamen- te y pasan a ser parte integrante de las propias vivencias personales. Hace siglos, Aristóteles ya señalaba que las leyes más útiles, las que son aprobadas por la mayo- ría de ciudadanos, resultan ilusorias si la educación y las costumbres no están en sintonía con los principios políticos. Así, estamos de acuerdo con Medina en su apreciación de que la educación es base ineludible y condición necesaria, aunque no suficiente, para la promoción y la vigencia de una cultura de los dere- chos humanos. Sólo una educación en estos valores puede garantizar el desarro- llo de los mismos. Sin embargo, hacer nuestros estos derechos no es tarea fácil porque, a dife- rencia de los derechos ordinarios, cuyo ejercicio agota en sí mismo el contenido concreto de esos derechos, el ejercicio de los Derechos Humanos, dada su potencia- lidad moral, no se limita a la satisfacción momentánea de unos derechos o debe- res. Por su potencialidad moral, la educa- ción en los Derechos Humanos constitu- ye un desafío permanente y sin fin para las diferentes instancias educativas. «Nada hay más fecundo que el arte de ser libre; pero nada asimismo tan duro como el aprendizaje de la libertad» (Tocqueville, 1984, p. 242). En consecuencia, la mejor manera de preservar el futuro es diseñar una educa- ción cívica eficaz, razonable y capaz de ofrecer a los jóvenes un mensaje espiri- tual de calidad. Pues ¿cómo no creer que la educación genera la democracia y pro- porciona un porvenir a los pueblos? Si tenemos en cuenta todo lo que hemos señalado con anterioridad, la revi- sión de las investigaciones realizadas sobre este tema desde diferentes perspec- tivas ideológicas viene a corroborar la idea de que el objetivo primordial que la educación en Derechos Humanos debe perseguir es crear y afianzar las «virtudes morales», para lograr de este modo que la persona se comporte de acuerdo con ellas. Así, no se imponen pautas de com- portamiento, sino que se pretende su libre aceptación por parte del sujeto. Además, hay que tener en cuenta que los hábitos de comportamiento que genera- mos deben integrar tanto la dimensión cognoscitiva, como la afectiva. La educación en los Derechos Humanos adquiere una dimensión ética, ya que pretende el desarrollo de una fuer- za moral que permita obrar de acuerdo con el juicio del propio sujeto. En conse- cuencia, éste debe ser consciente en todo momento de la importancia que para cualquier sociedad tiene la práctica de los valores que propugnan los Derechos Humanos. Para ello, es fundamental elaborar un nuevo modelo de educación que armoni- ce los intereses individuales y la participa- ción en la comunidad, lo que conlleva realizar una profunda reflexión sobre las condiciones mínimas necesarias para que sea posible un comportamiento democrá- tico. Cualquier intento de abordar la edu- cación desde la vertiente social requiere cambios significativos que afectan a los planteamientos, los procesos metodológi- cos... Esto nos invita a realizar mayores esfuerzos para integrar los Derechos Humanos y los valores cívico-sociales en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Para ello, es necesario: • Ampliar las oportunidades que tie- nen las personas para involucrarse y participar en mayor media en sus comunidades, de modo que pue- dan valorar esta dimensión práctica de la inmersión en la realidad como una parte integral de la vida. 33
  • 16. • Definir bien las finalidades de la educación: concebirla como un principio para el desarrollo integral de un individuo con la capacidad de abrirse a una sociedad pluralista. • Propiciar una mayor conexión entre las organizaciones cívicas y las instituciones educativas locales. • Formar no solamente individuos, sino seres sociales abiertos a la comunicación y al diálogo, ciuda- danos capaces de asumir responsa- bilidades. • Considerar la sociedad civil como una fuente posible de trabajo. • Luchar contra la desigualdad de oportunidades. • Fomentar la participación de las personas, los educadores y las organizaciones cívicas en la planifi- cación de la experiencia educativa. El 20 de diciembre de 1996, el Diario de las Comunidades Europeas subraya, en sus conclusiones sobre una política de educación permanente, que la educación a lo largo de la vida debe adoptar un enfo- que claramente integral en lo que respeta al desarrollo del individuo y la comuni- dad local. La formación pueden contribuir al desarrollo de las comunidades locales y al fomento de la educación permanente y su difusión entre sus miembros. Así, estas deberían convertirse en verdaderas comu- nidades educativas, con lo que ello con- lleva para el desarrollo social, cultural y económico continuado del individuo y de la propia comunidad local. El comportamiento democrático im- plica reconocer al otro como igual, susci- tar el interés y la inquietud de las perso- nas y comprometerse activa y responsa- blemente con los procesos y sucesos de la sociedad del momento. Todos sabemos que para poder hablar de los derechos de ciudadanía es necesa- rio disfrutar de un espacio de posibilida- des y oportunidades económicas, sociales y culturales, y, por tanto, de derechos políticos y de la posibilidad misma de la democracia. En el nuevo milenio, nos enfrentamos al reto de reflexionar acerca del curso que ha de seguir la educación y, para ello, debemos tener en cuenta que la fuerza del mercado y la eficacia de nuestra forma democrática de gobierno dependen siem- pre de la vitalidad de la sociedad civil, considerada como fuente de nuestra rea- lización como personas. En la actualidad, las tendencias emer- gentes en el ámbito de la educación nos ofrecen la posibilidad de diseñar una serie de aplicaciones educativas orienta- das a crear un mundo nuevo. A continua- ción, se hará alusión tan solo a algunas de ellas: • Una educación basada en el multi- culturalismo y el interculturalismo, aunque sin ignorar las peculiarida- des de las culturas locales. La edu- cación global debe, desde esta perspectiva, poner el énfasis en el diálogo de las culturas, que ha de establecerse bajo el paraguas de la «unidad y la diversidad». • Es necesario adoptar una pedago- gía intercultural que permita a todas las personas abrirse a la noción de alteridad y asumir su propia identidad y superarla, para, de este modo, poder comprender la universalidad y los valores huma- nos. Ahora bien, tanto los indivi- duos, como las comunidades tie- nen derecho a preservar y enrique- cer su identidad cultural, pues ésta no puede considerarse, en modo alguno, un obstáculo para la inte- gración. • El ser humano desarrollará un pensa- miento no-dogmático y la educación 34
  • 17. aparecerá conectada con la vida. La educación se desarrollará, por lo tanto, a lo largo de la toda la vida. Son muchos los ámbitos que com- parten el objetivo de una educa- ción y una formación permanentes, circunstancia que, claramente, guarda relación con el hecho de que nos encontremos inmersos en la sociedad del conocimiento. Para alcanzar dicho objetivo, se servirán de las herramientas que la sociedad de la información les proporciona, lo que pone de manifiesto la perti- nencia de las acciones que integran ambos ámbitos –la educación y la formación. Hoy día, todo el mundo reconoce la necesidad de mejorar la convergencia entre la enseñanza general y la formación profesional. La educación debe evolucionar de una cultura de la memoria a una cultura de la creatividad, lo que implica un giro copernicano en los propósitos de la educación, la eva- luación, el currículum, la forma- ción del profesorado, etc. • Hay que fomentar una visión inte- gral del sujeto frente a la visión ato- mista. Se necesitan nuevas teorías para hacer frente a la era de la información atomizada, en la que impera la «superespecialización» y se ignora el resto de los saberes. • Es necesario realizar una seria revi- sión del concepto de inteligencia. ¿Qué entendemos cada uno de nos- otros por inteligencia? Hoy se habla, por ejemplo, de inteligencia emo- cional y de inteligencias múltiples. • Hay que fomentar tanto la innova- ción, como la capacidad de apren- der a pensar y a crear. Como indica el sabio egipcio Mahmound: «si la mente humana no inventa, innova y crea, no es una mente». • La educación ha de convertirse en un mecanismo de movilidad so- cioeconómica para los que carecen de otros recursos. Por tanto, la edu- cación deberá adoptar el concepto de «clínica de destrezas» para diag- nosticar la destreza alterada y pres- cribir acciones orientadas a reme- diar esta situación. • Hacen falta más políticas y menos políticos: si la educación es una cuestión social, debería quedar al margen de la caprichosa política y tener con unos objetivos bien defi- nidos, que cuenten con un consen- so lo más amplio posible y no dependan de los vaivenes del parti- do de turno. Desde nuestra pers- pectiva, el debate acerca de la edu- cación debe ser un debate social. Es decir, para desarrollar bien las tareas antes mencionadas, es preci- so que el problema de la educación constituya un debate público en el que no sólo participen las institu- ciones, los gobiernos y las organi- zaciones no gubernamentales. El debate sobre la educación concier- ne a la sociedad civil y, por tanto, todos los individuos deben sentirse implicados. • Se necesita más acción y menos palabras: los estudios son útiles e ilustrativos, pero nunca deberían constituir un fin en sí mismos. Muchos investigadores y, sobre todo, los educadores necesitan hacer un alto en el camino, mirar a los ojos a los destinatarios de sus actuaciones y preguntarse: ¿Están realmente aprendiendo? De esta forma, la figura del educador y sus explicaciones no son tan importan- tes como el protagonista de este proceso: el sujeto que aprende. Y es en esta cuestión en lo que quiere 35
  • 18. hacer especial énfasis el nuevo espacio educativo europeo. Para finalizar este apartado, se presen- tan unas inspiradoras orientaciones meto- dológicas que facilitan la formación en Derechos Humanos (Medina, 2000, pp. 41-42): • Este tipo de educación debe tener como referencia constante la De- claración Universal de los Derechos Humanos y los valores que en ella subyacen. El padre de la sociología moderna –Emile Durkheim– afir- maba al respecto: «Enseñar moral no es predicarla ni es inculcarla, es explicarla. Rehusar al niño toda explicación de este tipo, no inten- tar hacerle comprender las razones de las reglas que debe seguir es condenarlo a una moralidad in- completa e inferior» (Durkheim, 1963, p. 101) • La educación para los Derechos Humanos no debería ser una asig- natura más del currículum escolar, sino una «dimensión transversal» del mismo que impregnase el currí- culum de cualquier materia. En esta línea, la UNESCO (1994) apunta que los derechos no pueden que- dar en meros enunciados teóricos o de principios, sino que han de ser valores que cada ser humano tiene que encarnar y hacer propios; han de ser vivencias que acompa- ñen al sujeto, la escuela o la institu- ción educativa en todo instante, y no un tema que se imparta en cla- ses o como parte de enseñanzas tradicionales. • Un factor fundamental del ejercicio de estos derechos es el nivel de jus- ticia institucional y la atmósfera moral en que se desarrollan las actividades escolares en el aula. «No se enseñan ni se aprenden los dere- chos humanos sin vivirlos. La escue- la debe estar organizada de manera que los derechos humanos en gene- ral sean permanentemente respeta- dos» (Soler Roca, 1988, p. 18). • Por último, el autor aconseja –con el fin de potenciar la educación en los Derechos Humanos– el desarro- llo una gran variedad de técnicas participativas y dialogísticas, como el «diálogo reflexivo», la «participa- ción guiada», la técnica de «clarifi- cación de valores», los «practicums morales», el role talking o el role playing (la capacidad de asumir distintos papeles). Estas técnicas ayudan al alumno a ponerse en el lugar del otro y a experimentar la alteridad, y le permiten desarrollar las capacidades relacionadas con el diálogo, la comprensión y el enten- dimiento mutuo. CONCLUSIONES La educación en los Derechos Humanos se revela como una prioridad, como algo que hay que tener en cuenta en todos los sistemas educativos. En este sentido, es importante –si bien los derechos no se aprenden si no se ejercitan– prestar tam- bién atención a la dimensión cognosciti- va. Aunque este tipo de educación siem- pre ha sido importante, ha de tener aún más relevancia en las sociedades pluralis- tas, en esencia más complejas, ya que el ejercicio de los derechos se hace impres- cindible para propiciar una convivencia armónica. Las sociedades actuales son cada vez más diversas, en ellas, conviven gentes de razas y culturas diferentes. Este hecho es cada día más patente en Europa, debido tanto a las tendencias migratorias, como a la imagen que transmiten los medios de 36
  • 19. comunicación social. Es urgente tomar conciencia de que vivimos en una socie- dad compleja, y de lo que implica: la necesidad de formar en los valores que defienden los Derechos Humanos. De este modo, podremos construir un futuro mejor y una sociedad más plural, y podre- mos ser partícipes de la riqueza que apor- ta la diversidad creativa. La sociedad actual es ya un mosaico pluricultural y multiétnico, y la sociedad futura lo será en mayor medida. La educa- ción para la ciudadanía en este tipo de sociedades resulta, al mismo tiempo, alta- mente compleja y muy rica en oportuni- dades, y presenta una exigencia ineludi- ble, ya que para vivir en ellas se precisa de una formación cívica cada vez más sólida que propicie una convivencia pacífica y a la vez solidaria. De todos es sabido que la compleji- dad y la diversidad engendran riqueza, variedad y colorido, pero también exigen que todos los miembros de este tipo de comunidades desarrollen actitudes de respeto a la dignidad y libertad de la per- sona, pues la ciudadanía entraña los mis- mos derechos y deberes para todos. En la sociedad actual, se valora cada vez más la convivencia, la capacidad de diálogo, de relación y de comunicación. Por ello, en los próximos años, se hará más necesaria una formación en los Derechos Humanos, que posibilite la con- vivencia y el respeto entre personas de diversas razas, culturas, religiones y cos- tumbres. Por otro lado, durante mucho tiempo, la misión de la educación se ha centrado en la tarea de preparar a la próxima gene- ración para ser productiva en el mercado y, ahora, sin embargo, es necesario redefi- nir la naturaleza misma del trabajo. La era de la información nos invita a preparar a las personas para la búsqueda de alterna- tivas de trabajo en el sector terciario, que se está transformando progresivamente en una red necesaria e imprescindible para propiciar las relaciones y la convi- vencia entre las personas, lo que exige un importante replanteamiento de la educa- ción. Mirando al futuro, las redes telemá- ticas nos facilitarán la posibilidad de con- tactar con el otro distante y lejano. Además, se deben cultivar también la relación y la convivencia con el próximo, el vecino, el compañero y amigo. La con- vivencia se crea, se desarrolla y se cultiva. No es algo que nos venga dado, exige tiempo, cuidado, recreación, el esfuerzo de mirar al otro y tener en cuenta sus intereses, y, sobre todo, presencia –estar y sentir con el otro. La convivencia se crea, se va creando día a día, implica irse haciendo con el otro y con los otros. Hay que aprender a vivir juntos, «a convivir», y a desarrollar las potencialidades de cada persona. Debemos fomentar al mismo tiempo el sentido de pertenencia a una comuni- dad concreta y la vinculación con la socie- dad global. Así, cada vez se revela más necesaria una educación que permita armonizar la propia identidad y el des- arrollo de los valores característicos de un modo de ser cosmopolita, universal. Como señala Ortega, sólo si sabe vivir de manera armónica ambas dimensiones, puede una persona estar situada «en su pleno quicio y eficacia». La convivencia es un arte que se aprende, algo que merece la pena descu- brir. Implica no exigir a los demás que vivan a nuestro ritmo, sino hacer que merezca la pena acomodarnos a las nece- sidades y los ritmos de los otros. En la convivencia, hay que desarrollar un talan- te conciliador, aprender a coordinar la propia autonomía con la libertad de los demás, y respetar los derechos del otro. Tanto en el plano personal y familiar, como en el nacional e internacional la 37
  • 20. convivencia es importante. La Declara- ción de los Derechos Humanos debe ser la referencia principal a la hora de fomen- tar la cooperación y la solidaridad inter- nacionales y la cultura de la paz. El diálo- go, las consultas y la voluntad de apren- der unos de otros y compartir constituyen los pilares de esta cooperación, en la que debería tener cabida el respeto de la diversidad. Creo conveniente subrayar, en suma, que los Derechos Humanos no son los textos, ni los mecanismos que se violan o se olvidan con rapidez, son una escuela de vida, y nos enseñan a conservar en nosotros mismos la capacidad de indig- narnos, pero de forma paciente y toleran- te. No debemos dejarnos vencer por el desánimo o por el fatalismo –sutil moda- lidad de la indiferencia. Los Derechos Humanos deben ser reivindicativos, pero el espíritu de sus reivindicaciones ha de ser verdaderamente solidario; y deben compaginar el sentido de los límites y el de la urgencia. Porque, si bien es cierto que los Derechos Humanos están presen- tes en las grandes causas, también forman parte de la vida diaria, de lo anónimo, y, en consecuencia, no podemos esperar que su defensa nos aporte la menor recompensa. Paciencia y vigilancia. Es necesario tomar conciencia de que, desde sus orígenes, el fermento y la levadura del mundo ha sido la inquebrantable obsti- nación de los pacíficos. BIBLIOGRAFÍA ARÀGA, M.; DELGADO, J. F.: Los derechos y deberes de los seres humanos. Barcelona, Edebé, 2003. CALVO GARCÍA, M.: Identidades cultura- les y derechos humanos. Madrid, Dykinson, 2002. CAMPS, V.; GINER, S.: Manual de civismo. Barcelona, Ariel, 1998. CAMPS, V.: Virtudes públicas. Madrid, Espasa-Calpe, 2003. CANTILLO CARMONA, J. y otros: Ética, dere- chos humanos, bases de una ética cívica. Valencia, Tilde, 2003. CARRILLO SALCEDO, J. A: Soberanía de los estados y derechos humanos en el derecho internacional contemporá- neo. Madrid, Técnos, 1995. CARRILLO, J. A.: Dignidad frente a barba- rie. La Declaración Universal de Derechos Humanos. Madrid, Trotta, 1999. CARTER, S. L.: Civility, Manners, Morals and The Etiquette of Democracy. New York, Basic Books, 1998 COBO, J. M.: Educación ética para un mundo en cambio y hacia una socie- dad plural. Madrid, Endimión, 1993. COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS: Evaluación de la aplica- ción del libro blanco. «Enseñar y aprender. Hacia la sociedad del conocimiento». Bruselas, Comisión de las Comunidades Europeas, 1997. CRUZ ROJA ESPAÑOLA: Derechos humanos. Algo que enseñar, algo que aprender. Toledo, Cruz Roja, 2004. DELORS, J.: Aprender para el siglo XXI. La educación encierra un tesoro. DEWEY, J.: Democracia y educación. Buenos Aires, Losada, 1978. DURKHEIM, E.: La educación moral. París, RUF, 2002. Educadores. Santiago de Chile, PIIE, 1993. FARIÑAS DULCE, M. J.: Globalización, ciu- dadanía y derechos humanos. Ma- drid, Dykinson, 2004. FERNÁNDEZ-RUIZ GÁLVEZ, M. E.: Igualdad y derechos humanos. Madrid, Tecnos, 2003. HERRERO, A. (ed.): La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Una perspectiva pluridisciplinar. Zamora, Fundación Rei Afonso Henriquez. 38
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