La presentación fue realizada durante la Cumbre Nacional “Vivir Bien Sin Violencia” que se realizó en la ciudad de La Paz el 24 y 25 de noviembre de 2014.
Este documento presenta una guía metodológica para el patrullaje por sector en los gobiernos locales. Define conceptos clave como jurisdicción policial, sector, subsector y cuadrante para organizar territorialmente el patrullaje. Propone formatos de registro diario y mensual para el patrullaje motorizado y a pie. Además, explica cómo elaborar un mapa del delito a partir de denuncias y ocurrencias, e implementar un centro de monitoreo para brindar información a la ciudadanía. El objetivo final es coordinar de manera té
Este documento resume la historia del paramilitarismo en Colombia desde su surgimiento en la década de 1960 hasta la actualidad. Explica cómo los grupos paramilitares nacieron como una iniciativa del gobierno para combatir a las guerrillas marxistas, pero terminaron aliándose con el narcotráfico. Además, critica la corrupción gubernamental y la estupidez que permitieron que el paramilitarismo se convirtiera en una pesadilla para Colombia.
El documento discute la diferencia entre sexo y género. Explica que el sexo se refiere a las características biológicas mientras que el género es una construcción social basada en atributos socioculturales. Además, señala que el género depende de las costumbres de cada sociedad y puede variar entre países, épocas y culturas.
Este documento resume la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia en Bolivia. Explica los diferentes tipos de violencia contra las mujeres, como se prevenirá, protegerá y sancionará la violencia, y modifica artículos del código penal para aumentar las penas por delitos de violencia contra las mujeres.
mandatos de la Ley N° 348 para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Vio...Ministerio de Autonomías
Este documento presenta la Ley 348 de Bolivia para garantizar una vida sin violencia para las mujeres. Describe las situaciones que mantienen la desigualdad de género como el patriarcado y los estereotipos culturales. Establece mecanismos de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres a nivel educativo, de salud, laboral y de justicia. Designa nuevas instituciones como los Servicios Integrados de Justicia Plurinacional y el Servicio Plurinacional de Defensa a la Víctima para implement
La Ley 1257 de 2008 establece normas para prevenir y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres en Colombia. Define violencia contra la mujer y tipos de daño como físico, sexual, psicológico y patrimonial. Establece derechos de las mujeres y víctimas de violencia a una vida libre de violencia, atención integral, y verdad, justicia y reparación. También dicta medidas de sensibilización, prevención y sanción de la violencia contra las mujeres en los ámbitos educativo, laboral, de salud y a
Este documento define la violencia contra la mujer, las diversas formas en que se manifiesta (física, psicológica, sexual, económica), e indica las acciones a tomar si una mujer sufre violencia, como pedir ayuda a los Centros de la Mujer u otros servicios de apoyo, o denunciar ante la policía, fiscalía u otros organismos. Además, enumera los Centros de la Mujer disponibles a lo largo de Chile.
Conocer lo que opinan de las mujeres víctimas de violencia de género en las relaciones de pareja o expareja, en el contexto del servicio que les presta o les han dispensado las Fuerzas de Seguridad, es de vital importancia para poder arbitar las medidas, en su caso, conducentes a una mejor atención. En este artículo, son precisamente ellas las que hablan, las que cuentan el sufrimiento que han padecido, en algunas ocasiones de años, y la valoración del servicio que las Unidades Policiales les han facilitado.
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La Ley 1257 de 2008 establece normas para prevenir y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres en Colombia. Define violencia contra la mujer y tipos de daño como físico, sexual, psicológico y patrimonial. Establece derechos de las mujeres y víctimas de violencia a una vida libre de violencia, atención integral, y verdad, justicia y reparación. También dicta medidas de sensibilización, prevención y sanción de la violencia contra las mujeres en los ámbitos educativo, laboral, de salud y a
Este documento define la violencia contra la mujer, las diversas formas en que se manifiesta (física, psicológica, sexual, económica), e indica las acciones a tomar si una mujer sufre violencia, como pedir ayuda a los Centros de la Mujer u otros servicios de apoyo, o denunciar ante la policía, fiscalía u otros organismos. Además, enumera los Centros de la Mujer disponibles a lo largo de Chile.
Conocer lo que opinan de las mujeres víctimas de violencia de género en las relaciones de pareja o expareja, en el contexto del servicio que les presta o les han dispensado las Fuerzas de Seguridad, es de vital importancia para poder arbitar las medidas, en su caso, conducentes a una mejor atención. En este artículo, son precisamente ellas las que hablan, las que cuentan el sufrimiento que han padecido, en algunas ocasiones de años, y la valoración del servicio que las Unidades Policiales les han facilitado.
Este documento establece el reglamento del personal de la Policía Nacional de Bolivia. Define la organización, funciones, derechos, obligaciones, incorporaciones, escalafón, jerarquía, evaluación de desempeño, calificación de méritos y ascensos del personal policial. Prescribe los procedimientos y normas que rigen el ejercicio de la función policial.
Este documento describe el Sistema de Protección Integral a la Primera Infancia de Chile llamado "Chile Crece Contigo". El sistema provee apoyo y acompañamiento a niños desde la gestación hasta que entran a prekínder. El documento explica los componentes clave del sistema como las Redes Comunales, la Credencial Chile Crece Contigo y los instrumentos de apoyo a la gestión local del sistema.
Este documento presenta un resumen de la Ley 548 de Derechos de la Niñez y Adolescencia de Bolivia. En 3 oraciones resume que la ley fue creada en 2014 y protege los derechos de niñas, niños y adolescentes en áreas como salud, educación, identidad, filiación, medio ambiente, y protección contra la violencia. También establece sanciones para aquellos que violen estos derechos.
El documento habla sobre la violencia de género en España, donde según el Ministerio de Igualdad unas 400.000 mujeres sufren este tipo de violencia. Aunque muchos casos no se denuncian por miedo, es un problema frecuente en la sociedad. Se pide poner fin al machismo y la infravaloración de la mujer, y animar a las víctimas a pedir ayuda y no sufrir en silencio.
¿Qué es la masculinidad? ¿Qué tipo de hombres formamos? ¿Qué tipo de hombres queremos? Hacia la Equidad de Género, construyendo nuevos roles sociales para mujeres y hombres
Este documento presenta las líneas generales para el nuevo modelo policial en Venezuela, el cual busca que la policía sea una institución que proteja los derechos humanos del pueblo y promueva la participación ciudadana. Entre otros aspectos, señala que la policía no debe criminalizar a los sectores populares, debe resolver conflictos de manera no violenta y sólo usar la fuerza cuando sea estrictamente necesario para proteger derechos. El documento también resalta que la policía debe ser una institución civil obediente al estado de derecho.
Pedro guevara informe final violencia familiar un enfoque desde la transdicip...Pedro Guevara
Este documento presenta un informe final sobre un proyecto de investigación acerca de la violencia familiar en Venezuela desde una perspectiva transdisciplinaria en psicología. Introduce el tema de la violencia familiar como un problema prominente que afecta el desarrollo de los niños y viola los derechos humanos. Explica que la investigación busca identificar los factores más influyentes de la violencia familiar y proponer opciones preventivas desde la intervención individual y colectiva. Finalmente, justifica la investigación por la necesidad de describir medidas existentes para prevenir la
PLAN departamental multisectorial de lucha contra la violencia hacia la mujer. UNFPA Boliva
PLAN departamental multisectorial de lucha contra la violencia hacia la mujer.
Autor: Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).
El documento describe el Programa Nacional Aurora, el cual desarrolla intervenciones para prevenir la violencia contra las mujeres y brinda servicios de atención y protección a personas afectadas por violencia. Explica los servicios que brinda como centros de atención, hogares de refugio temporal, estrategias rurales, asistencia económica y más. También presenta la estructura organizacional del programa y los enfoques de atención utilizados.
Este documento presenta 14 leyes, decretos, directivas y protocolos relacionados con la prevención y atención de la violencia contra la mujer en Perú. Los establecimientos de salud deben brindar atención integral gratuita a las víctimas de violencia siguiendo protocolos estandarizados. Se crean centros de emergencia para la mujer y rutas de atención coordinadas entre sectores. El objetivo es reducir las consecuencias de la violencia y garantizar una respuesta oportuna con enfoque de derechos humanos.
Este documento propone la creación de un Programa Municipal de Lucha contra la Violencia de Género en San Isidro. Presenta estadísticas sobre la violencia de género en el país y la provincia de Buenos Aires. Propone fortalecer la Dirección de la Mujer, capacitar agentes, implementar protocolos, y crear recursos como una cámara Gesell, un refugio para víctimas, equipos de apoyo psicológico y legal, y un sistema de alertas y monitoreo con botones de pánico. El objetivo general
El documento presenta un resumen de las leyes y programas del estado de Jalisco, México para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Establece un Consejo Estatal y un Programa Estatal para detectar, atender y prevenir la violencia. Define diversas formas de violencia y ámbitos en los que puede ocurrir. Modifica el código civil, penal y de procedimientos para tipificar delitos relacionados con la violencia de género y facilitar la denuncia y protección de las víctimas.
Este documento establece las bases para un sistema y programa de atención, prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el estado de Jalisco. Se define la violencia de género y se crea un consejo estatal y un programa para combatirla. También reforma los códigos civil, penal y de procedimientos para prevenir la violencia, proteger a las víctimas y sancionar a los agresores.
La Estrategia Justicia de Género de Bogotá es un instrumento para garantizar los derechos de las mujeres víctimas de violencia en la ciudad. Se compone de cuatro componentes: litigio de género, agenda normativa, formación en justicia de género y gestión del conocimiento. Ha logrado atender a miles de mujeres, representar cientos de casos, generar jurisprudencia y formar a servidores públicos. Es una buena práctica por su efectividad al brindar asesoría y representación legal a mujeres, y por incidir
NORMA TECNICA DE VIOLENCIA DE GENERO (1).pdfilianamedina13
Este documento presenta la Norma Técnica de Atención Integral en Violencia de Género del Ministerio de Salud Pública de Ecuador de 2014. La norma establece procedimientos para la prevención, identificación, atención oportuna y seguimiento de víctimas de violencia de género en el sistema de salud ecuatoriano. La norma también busca facilitar el acceso a la justicia para las víctimas y coordinar acciones con otros sistemas de protección. El documento incluye el marco legal que sustenta la norma
Este documento presenta la Norma Técnica de Atención Integral en Violencia de Género del Ministerio de Salud Pública de Ecuador de 2014. La norma provee lineamientos y procedimientos para la atención integral a víctimas de violencia de género en el sistema de salud ecuatoriano. El documento justifica la necesidad de la norma debido a la alta prevalencia de violencia de género en Ecuador y los efectos negativos en la salud de las víctimas. Además, resalta el marco legal nacional
Este documento presenta el Protocolo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual del departamento. Describe los objetivos del protocolo, que incluyen brindar una herramienta para el abordaje integral de víctimas y garantizar sus derechos. Explica los 15 pasos fundamentales para la atención, como la preparación de la comunidad, recepción de la víctima, exámenes médicos, tratamientos y seguimiento del caso. El protocolo busca estandarizar la atención con calidad en el departamento de acuer
Presupuesto Abierto 2018 - Secretaria Contra la Violencia Sexual, Explotación...redciudadanagt
La Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET) tiene la visión de ser la institución líder en la reducción de estos delitos en Guatemala. Su programa principal busca proteger a las víctimas mediante la atención, asesoría, capacitación y sensibilización de la población. La SVET coordina con otras instituciones y requiere un presupuesto anual promedio de Q38.4 millones para cumplir con su misión de prevenir estos delitos y promover una cultura de denuncia.
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Este documento presenta el plan 2018-2021 para la erradicación de la violencia de género hacia la niñez, adolescencia y mujeres. Describe la nueva institucionalidad de la Secretaría de Derechos Humanos y su enfoque de derechos. Explica conceptos clave como género y violencia de género. También resume la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y las medidas administrativas de protección que otorga a las víctimas.
El Nodo Género y Políticas de Equidad adhirió oportunamente al documento “Hacia la construcción de una agenda de trabajo para un Plan Nacional Integral contra la violencia hacia las mujeres”, el que fue redactado por más de 100 representantes de organizaciones de la sociedad civil y activistas por los derechos humanos de las mujeres, el 25 de noviembre en el marco del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, encuentro que tuvo lugar en el anexo de la Cámara de Diputados de la Nación.
La ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México establecen sistemas para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres. Definen tipos de violencia como psicológica, física y sexual. Establecen medidas de protección como órdenes de protección de emergencia, refugios para víctimas, y mecanismos de alerta de violencia de género. Ambas leyes entraron en
El documento describe las leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México (LAMVLVEM). Ambas leyes buscan prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, garantizando su acceso a una vida libre de violencia a través de la coordinación entre diferentes niveles de gobierno y la implementación de medidas como órdenes de protección, sistemas de apoyo, refugios y alertas de
Violencia contra la mujer/VIOLENCIA DE GENEROJosé Romero
La ley define 16 formas de violencia contra las mujeres y establece nuevos tipos penales como el feminicidio y la violencia doméstica. Asigna responsabilidades a varias instituciones públicas para crear servicios de atención e implementar medidas de prevención. Sin embargo, existen desafíos como garantizar la asignación de recursos suficientes y mecanismos para asegurar la implementación efectiva de la ley y la protección de las mujeres.
La ley define 16 formas de violencia contra las mujeres y establece nuevos tipos penales como el feminicidio y la violencia doméstica. Asigna responsabilidades a varias instituciones públicas para crear servicios de atención e implementar medidas de prevención. Sin embargo, existen desafíos como garantizar la asignación de recursos suficientes y mecanismos para asegurar la implementación efectiva de la ley y la protección de las mujeres.
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El documento fue presentado en el I Encuentro de Gestión Pública Departamental, organizado por la Dirección General de Autonomías Departamentales del Ministerio de Autonomías, y el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
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D.S. N° 2145 Viabiliza y reglamenta la Ley N° 348 Integral para Garantizar a las mujeres una vida libre de violencia
1. DECRETO SUPREMO Nº 2145
Viabiliza y Reglamenta la Ley Nº 348
Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida
Libre de Violencia
2. Estado del gasto 2013 – 2014
en lucha contra la violencia hacia la
mujer
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
En 2013 los Gobiernos
Departamentales ejecutaron 353
Millones de Bs. en programas de
gestión social que incluyen los
servicios de gestión social, programas
para niñez y adolescencia, adulto
mayor y otros.
De ese monto, se estima que
solamente el 1 %, vale
decir 3,5 millones de
Bs., se invirtieron en programas
o proyectos relacionados en
contra de la violencia hacia la
mujer.
En 2014 el presupuesto de los
Gobiernos Departamentales en
gestión social asciende a 360 Millones
de Bs.
De ese monto, se estima que
solamente el 3 %, vale
decir 10 millones de Bs.,
se invertirán en programas o
proyectos relacionados en contra
de la violencia hacia la mujer.
3. Estado del gasto 2013 – 2014
en lucha contra la violencia hacia la
mujer
GOBIERNOS MUNICIPALES
En 2013 los Gobiernos Municipales
ejecutaron alrededor 137 millones de
Bs. en programas de promoción y
políticas de género así como defensa
y protección de niñez y familia .
De ese monto, se estima que
el 30%, vale decir 41
millones de Bs. se
invirtieron en programas o
proyectos relacionados en
contra de la violencia hacia la
mujer, fundamentalmente a
partir del funcionamiento de los
SLIMS en alrededor de 200
municipios.
En 2014 el presupuesto de los
Gobiernos Autónomos Municipales en
estos programas asciende a 210
Millones de Bs.
De los cuales se estima que el monto
presupuestado aproximado en
programas relacionados en contra de
la violencia hacia la mujer asciende
al 30 %, vale decir 63
millones de Bs.
4. DECRETO SUPREMO Nº 2145
OBJETO
• Reglamentar la Ley Nº 348, estableciendo mecanismos
de prevención, atención, protección, reparación y
recursos para su implementación.
APLICACIÓN
• Los servicios prestados protegen a:
• Mujeres que se encuentren en situación de
violencia, sin ningún tipo de discriminación.
• Hijas, hijos y otras personas dependientes de las
mujeres en situación de violencia, respecto a los
cuales se aplican todas las medidas de protección
y acciones de auxilio.
5. FALTAS Y CONTRAVENCIONES
Publicación y
difusión de
mensajes e
imágenes
estereotipadas
• Que promuevan sumisión de las mujeres
• Uso sexista de su imagen
• Violencia mediática, simbólica y/o encubierta
Agresiones
verbales
• Discriminación, maltrato, incumplimiento de deberes
• Violencia institucional, violencia psicológica, contra la dignidad,
la honra y el nombre, violencia contra los derechos
reproductivos, derecho a la salud y a la libertad sexual
Acoso Laboral y
Violencia
Laboral
• Denuncia ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión
Social
6. FALTAS Y CONTRAVENCIONES
En todos los procesos administrativos se
deberán disponer de forma inmediata para
garantizar la protección
• La aplicación de sanciones no impide el
ejercicio de las acciones civiles emergentes
Todas las instituciones públicas y privadas
que reciban denuncias por faltas y
contravenciones, reportarán al SIPPASE bajo
responsabilidad de incumpliendo de deberes
7. Políticas Públicas
Toda Política Pública, y Plan Nacional que se
adopte en el Órgano Ejecutivo, debe incluir de
manera integral y transversal, medidas e
indicadores dirigidos a mejorar la situación de
las mujeres para garantizar el ejercicio pleno de
todos sus derechos.
Deberán contener mecanismos y acciones
para la prevención, atención y protección de
casos de violencia hacia las mujeres de acuerdo
a sus atribuciones
8. Declaratoria de Alerta
El Ministerio de Justicia declarará
alerta en el ámbito nacional con
Resolución Ministerial
El Ente Rector y las ETAS contemplarán
mínimamente:
* Determinación del ámbito o zona objeto de la
alerta
* Conformación de comisiones interinstitucionales
* Implementación del Plan de Acción
* Reasignación de recursos económicos
El SIPPASE elaborará indicadores y la línea base para establecer
los tipos y los ámbitos para determinar alerta de violencia hacia las
mujeres.
Las Organizaciones sociales e instituciones de
mujeres apoyarán con acciones definidas en caso
de alerta.
9. RECURSOS
Se autoriza a las ETAs el uso de recursos provenientes
del IDH, asignados a SEGURIDAD CIUDADANA en el
marco de la Ley Nº 264.
Los GAD utilizarán el 30% del total de los recursos del
IDH para la construcción de las Casas de Acogida y
Refugios Temporales, durante la primera gestión fiscal
siguiente a la publicación del Decreto.
A partir del segundo año el 10% del total de los recursos
del IDH para mantenimiento y atención, para provisión
de
de personal y gastos de funcionamiento.
10. RECURSOS
Los GAM durante la primera gestión fiscal
destinarán para infraestructura, equipamiento,
mantenimiento y atención de los Servicios
Legales Integrales Municipales, utilizarán el 25%
del total de los recursos del IDH (mayor a 50,000
hab.) y 30% (menor a 50,000 hab.)
A partir del segundo año el 10% del total de los
recursos
del IDH para mantenimiento y atención, para
provisión de personal y gastos de funcionamiento.
11. RECURSOS
Del total de recursos asignados a
seguridad ciudadana por las ETAS, la
Policía Boliviana solicitará como mínimo
el 5% para el fortalecimiento de la
Fuerza Especial de Lucha contra la
Violencia - FELCV
Estos recursos serán adicionales a lo
establecido en la Ley Nº 348
12. TOTAL RECURSOS QUE APORTARÁN
LAS ETAS PARA LUCHAR CONTRA LA
VIOLENCIA HACIA LA MUJER
El DS establece que los recursos
son adicionales a los del 2014
Presupuesto estimado gobernaciones 2014
( se mantiene en 2015 ) 10.000.000 10.000.000
Presupuesto estimado municipios 2014
( se mantiene en 2015) 63.000.000 63.000.000
Mas +
Presupuesto estimado gobernaciones 2015 38.794.679 12.931.560
Presupuesto estimado municipios 2015 70.362.656 26.301.817
Mas +
5 % del total presupuestado en Seg. C. para la FELCV 40.000.000 40.000.000
Estimado ETAs en 2014 : 10 GOB
63 MUN.
Total : 73 Millones
2015 en adelante
año 1 siguientes años
222.157.335 152.233.376
Incremento de más del
200% con respecto al
2014
13. ACCIONES PREVENTIVAS
1
• Ministerios de Defensa y de Gobierno
• Implementación de programas y acciones de prevención de
la violencia dirigidos miembros de las Fuerzas Armadas y
Policía Boliviana.
2
• Ministerio de Educación coordinación Ministerio de Justicia
• Incorporación temas de prevención y erradicación de la violencia
en los contenidos curriculares del Sistema Educativo Plurinacional.
• El responsable del Sistema de Educación tiene la obligación de
denunciar los casos de violencia.
• Las Direcciones Distritales de Educación garantizarán el traspaso
inmediato de hijas e hijos o dependientes de las mujeres en
situación de violencia.
3
• Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
• Las mujeres tendrán tolerancia y flexibilidad de horarios de
trabajo para asistir a los actos procesales, recibir
tratamiento o terapia médica, psicológica o cualquier otra
emergente.
14. ACCIONES PREVENTIVAS
Ministerio de Salud
Obligación de
denunciar
El personal de todos los
niveles públicos y
servicios privados, si
detectan violencia,
reportarán al SLIM más
próximo y a la FELCV.
Responsabilidades:
Desarrollar Procesos de
formación y capacitación
permanente en el
Sistema Nacional de
Salud, para la
prevención, promoción y
atención integral.
Responsabilidades
Promover y realizar
investigaciones sobre
factores de riesgo,
desencadenantes,
consecuencias
asociados a la violencia.
Coordinará con el Instituto de Investigación Médico Forenses – IDIF - la
adopción y aplicación de protocolos e instrumentos para la atención
a mujeres en situación de violencia y la HOMOLOGACIÓN DE
CERTIFICADOS MÉDICOS.
15. ACCIONES PREVENTIVAS
• Elaborará contenidos mínimos de difusión para
prevenir y erradicar hechos de violencia.
• Remitirá contenidos a medios de comunicación
para su emisión gratuita.
Ministerio de
Comunicación
• Elaborar, implementar y cumplir sus Códigos de Ética en la
difusión de programación y publicidad para prevenir y erradicar
estereotipos y violencia.
• Transmitir información preservando intimidad, identidad y
dignidad de las mujeres en situación de violencia y de sus hijas
e hijos.
• Difundir información relativa a violencia contra las mujeres sin
sensacionalismo, con objetividad y ética.
• Difusión de contenidos para la prevención y educación:
• En canales de televisión al menos 10 min;
• En radioemisoras al menos 20 min;
• En diarios y semanarios al menos 1 página al mes;
• En revistas al menos ½ página;
• En periódico digital al menos 1 espacio al mes;
• HORARIOS Y ESPACIOS PREFERENCIALES
Medios de
Comunicación
16. FUERZA DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA
- FELCV
Seguimiento por 72
horas a mujeres en
situación de violencia,
mediante visitas
domiciliarias u otras
dentro el proceso de
investigación, debiendo
presentar un informe
Luego visitas periódicas
hasta que cese la
situación de riesgo
La Policía Boliviana asignará
presupuesto suficiente para
infraestructura adecuada,
equipamiento de trabajo e
investigación, capacitación y
formación del personal y otros
necesarios
Sus servidoras /es
policiales
desarrollarán sus
funciones de manera
exclusiva y
permanente
17. • EXAMEN
MÉDICO
• Se realizará
preservando la
salud y
dignidad de la
examinada.
• Al acto asistirá
una persona de
confianza de la
examinada.
• La copia de la
certificación
médica deberá
adjuntarse
obligatoriame
nte al Historial
Clínico.
• DEBER DE
INFORMAR
• Instituciones
promotoras y
receptoras de
la denuncia
deben en
todas las
etapas del
proceso legal,
brindar
información de
forma diligente
y adecuada
las mujeres y
en el idioma
de su
comprensión.
• ATENCIÓN
CON CALIDEZ
• Las
servidoras/es
públicos que
atiendan casos
de mujeres en
situación de
violencia darán
un trato
digno,
respetuoso,
con calidad y
calidez .