Dr. Jorge Luis Reyes Huamán
Según el sistema
jurídico concreto, la
personalidad puede ser
determinada por el
mero nacimiento (teorí
a de la vitalidad), o
bien el recién nacido
debe de cumplir una
serie de requisitos
añadidos (teoría de la
viabilidad).
Expulsión prematura y
violenta del producto de la
concepción, con
independencia de todas las
circunstancias de la
edad, viabilidad y aún
formación regular de este
producto.
“Aborto en Medicina Legal
es la interrupción
provocada del embarazo
con expulsión o no del
feto sin vida, fuera de las
excepciones legales”
Aborto Accidental (mecánicas)
•Caída
•Esfuerzo exagerado
•Golpes violentos
Aborto Espontáneo
•Enfermedades: Infecciosas.
•Parasitarias.
•Intoxicación.
Aborto provocado
•Terapéutico Art. 119° y 120°
•Criminal (doloso) es un homicidio
directo.
En el capítulo II del Título I del
Libro Segundo del Código
Penal se contempla una serie
de conductas que afectan a la
vida humana dependiente. El
aborto provocado es un delito
contra la vida del embrión o
feto, es decir, contra la vida
humana dependiente (una
vida humana que aún no tiene
la calidad de persona). Esto
tiene su fundamento en el inc.
1 art. 2, donde se establece
que el concebido es sujeto de
derecho en todo cuanto le
favorezca
El Artículo 114 del Código
Penal describe la figura del
autoaborto en los
siguientes términos:
“La mujer que causa su
aborto, o consiente que
otro le practique, será
reprimida con pena
privativa de la libertad no
mayor de dos años o con
prestación de servicio
comunitario de
cincuentidós a ciento
cuatro jornadas”.
La figura está prevista en el
Artículo 115 del Código Penal
en los siguientes términos:
“El que causa el aborto de una
mujer con el consentimiento
de la gestante, será reprimido
con pena privativa de la
libertad no menor de uno ni
mayor de cuatro años”.
“Si sobreviene la muerte de la
mujer y el agente pudo prever
este resultado, la pena será
no menor de dos ni mayor de
cinco años”.
El Código Penal en su Art.
116, describe el aborto no
consentido de la siguiente
forma:
“El que hace abortar a una
mujer, sin su
consentimiento, será
reprimido con pena privativa
de la libertad no menor de
tres ni mayor de cinco años.
Si sobreviene la muerte de la
mujer y el agente pudo prever
este resultado la pena será no
menor de cinco ni mayor de
diez años”.
El Artículo 117 del Código
Penal precisa una
circunstancia agravante para
un determinado grupo de
personas que abusivamente
causen un aborto, el
mencionado artículo señala lo
siguiente:
“El
médico, obstetra, farmacéutic
o, o cualquier profesional
sanitario, que abusa de su
ciencia o arte para causar el
aborto, será reprimido con la
pena de los Artículos 115 y
116 e inhabilitación conforme
al Artículo 36 Incisos 4 y 8”.
El que con
violencia, ocasiona un
aborto, sin haber
tenido el propósito de
causarlo, siendo
notorio o constándole
el embarazo, será
reprimido con pena
privativa de libertad no
mayor de dos años o
con prestación de
servicio comunitario de
52 a 104 jornadas
Indiscutible es en la doctrina la
impunidad del aborto
terapéutico. Sin embargo, los
autores discrepan en cuanto al
fundamento de esta regla.
Así, algunos consideran que la
razón de la eximente está en el
derecho de impunidad de la
profesión médica.
La madre representa un derecho
adquirido a la vida, y el producto
de la concepción una simple
expectativa. Planteada la
disyuntiva entre estos dos
derechos, debe preferirse el de
la madre, por ser más definido.
 Ser practicado por un
profesional médico
 Consentimiento de la
agraviada
 Que se cuente para la
ejecución del aborto con la
opinión favorable de dos
médicos, distintos al
practicante, que haya
estudiado el caso en
consulta
 Que el aborto constituya el
único medio disponible
para poner a salvo la vida
de la embarazada o para
evitarle un mal grave y
permanente a su salud
Aborto Ético o sentimental
•Cuando el embarazo sea consecuencia de
violación sexual fuera del matrimonio o
inseminación artificial no consentida y
ocurrida fuera del matrimonio, siempre
que los hechos hubieran sido
denunciados o investigados, cuando
menos policialmente;
Aborto Eugenésico
•Cuando es probable que el ser en
formación conlleve al nacimiento graves
taras físicas o psíquicas, siempre que
exista diagnóstico médico (eugenésico).
El Aborto

El Aborto

  • 1.
    Dr. Jorge LuisReyes Huamán
  • 2.
    Según el sistema jurídicoconcreto, la personalidad puede ser determinada por el mero nacimiento (teorí a de la vitalidad), o bien el recién nacido debe de cumplir una serie de requisitos añadidos (teoría de la viabilidad).
  • 3.
    Expulsión prematura y violentadel producto de la concepción, con independencia de todas las circunstancias de la edad, viabilidad y aún formación regular de este producto. “Aborto en Medicina Legal es la interrupción provocada del embarazo con expulsión o no del feto sin vida, fuera de las excepciones legales”
  • 4.
    Aborto Accidental (mecánicas) •Caída •Esfuerzoexagerado •Golpes violentos Aborto Espontáneo •Enfermedades: Infecciosas. •Parasitarias. •Intoxicación. Aborto provocado •Terapéutico Art. 119° y 120° •Criminal (doloso) es un homicidio directo.
  • 5.
    En el capítuloII del Título I del Libro Segundo del Código Penal se contempla una serie de conductas que afectan a la vida humana dependiente. El aborto provocado es un delito contra la vida del embrión o feto, es decir, contra la vida humana dependiente (una vida humana que aún no tiene la calidad de persona). Esto tiene su fundamento en el inc. 1 art. 2, donde se establece que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorezca
  • 6.
    El Artículo 114del Código Penal describe la figura del autoaborto en los siguientes términos: “La mujer que causa su aborto, o consiente que otro le practique, será reprimida con pena privativa de la libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de cincuentidós a ciento cuatro jornadas”.
  • 7.
    La figura estáprevista en el Artículo 115 del Código Penal en los siguientes términos: “El que causa el aborto de una mujer con el consentimiento de la gestante, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años”. “Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no menor de dos ni mayor de cinco años”.
  • 8.
    El Código Penalen su Art. 116, describe el aborto no consentido de la siguiente forma: “El que hace abortar a una mujer, sin su consentimiento, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado la pena será no menor de cinco ni mayor de diez años”.
  • 9.
    El Artículo 117del Código Penal precisa una circunstancia agravante para un determinado grupo de personas que abusivamente causen un aborto, el mencionado artículo señala lo siguiente: “El médico, obstetra, farmacéutic o, o cualquier profesional sanitario, que abusa de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena de los Artículos 115 y 116 e inhabilitación conforme al Artículo 36 Incisos 4 y 8”.
  • 10.
    El que con violencia,ocasiona un aborto, sin haber tenido el propósito de causarlo, siendo notorio o constándole el embarazo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de 52 a 104 jornadas
  • 11.
    Indiscutible es enla doctrina la impunidad del aborto terapéutico. Sin embargo, los autores discrepan en cuanto al fundamento de esta regla. Así, algunos consideran que la razón de la eximente está en el derecho de impunidad de la profesión médica. La madre representa un derecho adquirido a la vida, y el producto de la concepción una simple expectativa. Planteada la disyuntiva entre estos dos derechos, debe preferirse el de la madre, por ser más definido.
  • 12.
     Ser practicadopor un profesional médico  Consentimiento de la agraviada  Que se cuente para la ejecución del aborto con la opinión favorable de dos médicos, distintos al practicante, que haya estudiado el caso en consulta  Que el aborto constituya el único medio disponible para poner a salvo la vida de la embarazada o para evitarle un mal grave y permanente a su salud
  • 13.
    Aborto Ético osentimental •Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera del matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera del matrimonio, siempre que los hechos hubieran sido denunciados o investigados, cuando menos policialmente; Aborto Eugenésico •Cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico (eugenésico).