2. EL CONVENIO 175 DE LA
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL
TRABAJO
■ El convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el
trabajo a tiempo parcial, fue ratificado por el Congreso en el 2017. En junio
del 2019 fue publicado el reglamento respectivo, elaborado por el Ministerio
de Trabajo. Sin embargo, en octubre de ese año fue suspendido por una
acción de inconstitucionalidad presentado por las centrales sindicales y fue
hasta julio de 2021 cuando la Corte de Constitucionalidad (CC) revocó la
suspensión.
■ El Código de Trabajo ya incluía el trabajo a tiempo parcial como una
posibilidad, sin embargo, la certeza no existía hasta que el convenio 175 fue
ratificado, pero pasaron dos años (después de que rechazaran los recursos de
inconstitucionalidad) para que comenzaran a aumentar las contrataciones”,
“Cuando entró en vigor el reglamento del Convenio 175 habían más o menos
alrededor de 6 mil contratos a tiempo parcial, hoy son alrededor 34 mil 71
contratos a tiempo parcial”.
3. A QUE PRESTACIONES TIENE
DERECHO UN TRABAJADOR A
TIEMPO PARCIAL
■ Aguinaldo
■ Bono 14
■ Vacaciones
■ Indemnización en caso de despido injustificado
■ IGSS
■ Bonificación Incentivo Q250
■ Serán proporcionales al tiempo y sueldo devengado por el empleado, a
excepción de la Bonificación Incentivo.
4. EL TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
PROTEGE LA MATERNIDAD
■ Sí. La trabajadora tiene derecho a gozar de un descanso
pagado con el 100% de su salario, 30 días antes del
parto y los 54 días post-parto.
■ También tiene derecho a una hora de lactancia durante
10 meses, contados a partir de su regreso al trabajo
después del período por maternidad.
5. TIENE DERECHO AL DESCANSO SEMANAL
EL TRABAJADOR DE TIEMPO PARCIAL
■ Sí. El trabajador a tiempo parcial tiene derecho a gozar
de un descanso pagado si su relación laboral es durante
5 o 6 días consecutivos a la semana, artículo 126 del
Código de Trabajo.
6. PUEDE UN TRABAJADOR DE JORNADA
COMPLETA TRASLADARSE A JORNADA DE
TIEMPO PARCIAL
■ Sí. Esto se puede hacer de mutuo acuerdo, dejando una
constancia por escrito. En el documento deben constar
las horas y días de la jornada laboral. No es permitido
imponerlo.
7. TIENE EL TRABAJADOR DE JORNADA
PARCIAL DERECHO A VACACIONES PAGADAS
Sí. Cumplido un año calendario de trabajo en tiempo parcial, el
trabajador tiene derecho a tomar las horas/día para las que se le
contrató, artículo 130 del Código de Trabajo.
Para gozar vacaciones se debe tener un mínimo de ciento cincuenta
(150) días trabajados en un año continuo, artículo 130 del Código de
Trabajo.
(Ejemplo: lunes, martes y miércoles consecutivamente hasta
completar los 15 días que establece el Código de Trabajo)
8. TIENE DERECHO EL TRABAJADOR DE
JORNADA PARCIAL AL IGSS
SÍ. El trabajador a tiempo parcial tiene derecho a
previsión y seguridad social.
9. TIENE DERECHO A LA BONIFICACION POR
PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DE Q 250.00
MENSUAL
■ SÍ. El trabajador a tiempo parcial tiene derecho a la
bonificación incentivo de Q250 la cual debe ser pagada
junto al salario y no puede ser menor.
10. QUIEN PUEDE CONTRATAR UN
TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL
■ El Reglamento va dirigido al sector privado. El Sector
Público tiene un régimen especial por medio de la
Oficina Nacional de Servicio Civil, la cual deberá
establecer un régimen y renglón especial para este
caso.
11. EL TIEMPO PARCIAL ES TODO TRABAJO QUE SEA
MENOR A LA JORNADA COMPLETA ORDINARIA
ESTABLECIDA EN EL CODIGO DE TRABAJO
■ Jornada ordinaria diurna de hasta 8 horas
■ Jornada ordinaria mixta de hasta 7 horas
■ Jornada ordinaria nocturna de hasta 6 horas
■ El empleado puede llegar a completar hasta 12 horas
de trabajo continuo contando las horas extras, según
indica el Código de Trabajo.
12. COMO SE CALCULA EL SALARIO DE
UN TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL
No puede ser inferior al salario mínimo fijado por
hora.
Actividad Económica Hora diurna Hora nocturna
Agrícola Q.13.39 Q.17.85
No agrícola Q.13.88 Q.18.50
Maquila Q.12.68 Q.16.90
13. PUEDE UNA PERSONA TENER MULTIPLES
RELACIONES LABORALES A TIEMPO PARCIAL
Sí. Siempre y cuando no se haya sujetado a la
exclusividad en uno de ellos.
14. EL TRABAJADOR Y EL PATRONO PUEDEN
ACORDAR REVERTIR EL CONTRATO A TIEMPO
PARCIAL
Sí. Siempre y cuando lo hagan
voluntariamente y de común acuerdo, y en el
entendido que las prestaciones generadas
durante el tiempo parcial, serán calculadas
conforme lo trabajado en ese periodo.
15. LOS TRABAJADORES A TIEMPO
PARCIAL TIENEN DERECHO A
SINDICALIZARSE
■ Sí. Se trata de un derecho proclamado en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos
(1948). El derecho de sindicación y de
constitución de sindicatos y organizaciones de
empleadores y de trabajadores es el requisito
necesario para la solidez de la negociación
colectiva y del diálogo social.
16. SE DEBE DAR AVISO AL MINISTERIO DE
TRABAJO DE ESTE TIPO DE CONTRATO
LABORAL
Sí. El contrato de trabajo se debe registrar en la Inspección General
del Trabajo (Mintrab) dentro de los quince días siguientes a su
celebración. Las actualizaciones del contrato de trabajo también se
deben registrar.
Las empresas que requieren empleados de medio tiempo son
principalmente del sector no agrícola, las de enseñanza,
telecomunicaciones, comercio y servicio al cliente.
Estamos viendo muchas contrataciones a tiempo parcial en la
industria textil, de Contact Center, en el comercio minorista;
dependientes o cajeros; también en el ámbito educativo y
tecnológico, sobre todo para personas que trabajan en horarios
nocturnos o fines de semana”
17. ¿QUE CARACTERISTICAS TIENEN LOS
CONTRATOS A JORNADA PARCIAL?
■ Establece una carga de trabajo inferior a las 40
horas semanales que conforman la jornada
completa.
■ No permite la realización de horas extras (salvo
emergencias).
■ Permite la realización de horas
complementarias, previamente pactadas con el
empleador.
18. DEBE LLEVARSE UN LIBRO ESPECIAL PARA EL
REGISTRO DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO
PARCIAL
No es obligatorio pero puede hacerse por motivos de
facilitar la consulta de los mismos o los procedimientos de
cálculo.