El documento resume un caso judicial sobre falsificación de documentos públicos. El fiscal solicitó la elevación a juicio de los acusados por falsificar documentos para transferir ilegalmente un automóvil. Las defensas de dos acusados solicitaron su sobreseimiento. El juez rechazó los pedidos de sobreseimiento y decidió elevar toda la causa a juicio para que se debatan las acusaciones.
El documento presenta una serie de solicitudes y recursos ante un juez de paz. Primero, el demandado se presenta y designa un abogado defensor. Luego interpone una excepción por incompetencia territorial y solicita ser notificado en su domicilio habitual. También interpone la nulidad de una notificación y solicita absolver la demanda ejecutiva e interponer una contradicción al mandato ejecutivo negando los fundamentos de la demandante. Finalmente, solicita una audiencia especial y otorga representación a su abogado.
Este documento contiene 10 cláusulas que describen diferentes tipos de escrituras notariales en Nicaragua. Estas incluyen la apertura y cierre de un protocolo notarial, escrituras para reconocimiento de hijos, emancipación, corrección de errores en partidas de nacimiento, cambio de nombre e identificación notarial, autorización para viajar y permiso múltiple para viajar.
Rosa Carmen Peralta Jiménez solicita la rectificación de su partida de nacimiento ante el Juez de Paz Letrado de Chorrillos debido a un error en el que su primer nombre aparece registrado como "ROSA" y luego como "ROZA". Argumenta que el nombre correcto es "ROSA" y pide que se corrija el error manifiesto para poder obtener su documento nacional de identidad. Adjunta copia de su partida de nacimiento y comprobante de pago de tasas judiciales.
Alberto Lara López presenta una demanda ante el Juez de Primera Instancia de lo Familiar para cancelar la obligación alimenticia que tiene hacia su hija Karina Lara Tapia. Argumenta que su hija ya es mayor de edad y recientemente contrajo matrimonio, por lo que ya no requiere los alimentos. Solicita que se cite a Karina Lara Tapia, se ofrezcan pruebas como declaraciones y documentos, y en su momento se dicte sentencia a favor de la cancelación de la obligación alimenticia.
1. Luis Ríos Reyes demanda la nulidad de varios actos jurídicos relacionados con un predio de su propiedad.
2. Alega que compró legalmente el predio en 1983 pero no pudo inscribir su propiedad debido a procesos judiciales.
3. En 2009, Juan Francisco Hidalgo Pérez obtuvo un título de propiedad sobre el mismo predio de manera fraudulenta a través de COFOPRI y la municipalidad, sin realizar una inspección.
Este documento resume una causa judicial relacionada con la falsificación de documentos para transferir el dominio de un automóvil. Se investiga si la transferencia del dominio del vehículo con patente B 2.423.822 a nombre de Amado Boudou en el año 2003 involucró el uso de documentación falsa. Varias pruebas fueron recolectadas, incluyendo peritajes, informes de registros e investigaciones policiales. El documento determina la situación procesal de las personas involucradas, incluyendo a Boudou, gestores, empleados del registro
Auto supremo SOBRE nulidad de escritura publicaTomas Villarte
Este documento resume un auto supremo emitido por el Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia. El auto analiza dos recursos de casación presentados contra una sentencia que declaró la nulidad de una escritura pública. El Tribunal Supremo confirma la sentencia recurrida y rechaza los recursos de casación, concluyendo que no se violaron los derechos de los demandados ni hubo errores en la interpretación o aplicación de la ley.
El documento describe el proceso judicial entre Hermes Xavier Delgado Ochoa y Olga Fabiola López Obando por la propiedad de un inmueble. El juez acepta la demanda de Delgado Ochoa y falla a su favor, ordenando que López Obando restituya la propiedad dentro de 15 días. López Obando apela la sentencia pero su apelación es negada. Finalmente, López Obando desiste de la demanda y se ordena levantar la inscripción de la misma.
El documento presenta una serie de solicitudes y recursos ante un juez de paz. Primero, el demandado se presenta y designa un abogado defensor. Luego interpone una excepción por incompetencia territorial y solicita ser notificado en su domicilio habitual. También interpone la nulidad de una notificación y solicita absolver la demanda ejecutiva e interponer una contradicción al mandato ejecutivo negando los fundamentos de la demandante. Finalmente, solicita una audiencia especial y otorga representación a su abogado.
Este documento contiene 10 cláusulas que describen diferentes tipos de escrituras notariales en Nicaragua. Estas incluyen la apertura y cierre de un protocolo notarial, escrituras para reconocimiento de hijos, emancipación, corrección de errores en partidas de nacimiento, cambio de nombre e identificación notarial, autorización para viajar y permiso múltiple para viajar.
Rosa Carmen Peralta Jiménez solicita la rectificación de su partida de nacimiento ante el Juez de Paz Letrado de Chorrillos debido a un error en el que su primer nombre aparece registrado como "ROSA" y luego como "ROZA". Argumenta que el nombre correcto es "ROSA" y pide que se corrija el error manifiesto para poder obtener su documento nacional de identidad. Adjunta copia de su partida de nacimiento y comprobante de pago de tasas judiciales.
Alberto Lara López presenta una demanda ante el Juez de Primera Instancia de lo Familiar para cancelar la obligación alimenticia que tiene hacia su hija Karina Lara Tapia. Argumenta que su hija ya es mayor de edad y recientemente contrajo matrimonio, por lo que ya no requiere los alimentos. Solicita que se cite a Karina Lara Tapia, se ofrezcan pruebas como declaraciones y documentos, y en su momento se dicte sentencia a favor de la cancelación de la obligación alimenticia.
1. Luis Ríos Reyes demanda la nulidad de varios actos jurídicos relacionados con un predio de su propiedad.
2. Alega que compró legalmente el predio en 1983 pero no pudo inscribir su propiedad debido a procesos judiciales.
3. En 2009, Juan Francisco Hidalgo Pérez obtuvo un título de propiedad sobre el mismo predio de manera fraudulenta a través de COFOPRI y la municipalidad, sin realizar una inspección.
Este documento resume una causa judicial relacionada con la falsificación de documentos para transferir el dominio de un automóvil. Se investiga si la transferencia del dominio del vehículo con patente B 2.423.822 a nombre de Amado Boudou en el año 2003 involucró el uso de documentación falsa. Varias pruebas fueron recolectadas, incluyendo peritajes, informes de registros e investigaciones policiales. El documento determina la situación procesal de las personas involucradas, incluyendo a Boudou, gestores, empleados del registro
Auto supremo SOBRE nulidad de escritura publicaTomas Villarte
Este documento resume un auto supremo emitido por el Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia. El auto analiza dos recursos de casación presentados contra una sentencia que declaró la nulidad de una escritura pública. El Tribunal Supremo confirma la sentencia recurrida y rechaza los recursos de casación, concluyendo que no se violaron los derechos de los demandados ni hubo errores en la interpretación o aplicación de la ley.
El documento describe el proceso judicial entre Hermes Xavier Delgado Ochoa y Olga Fabiola López Obando por la propiedad de un inmueble. El juez acepta la demanda de Delgado Ochoa y falla a su favor, ordenando que López Obando restituya la propiedad dentro de 15 días. López Obando apela la sentencia pero su apelación es negada. Finalmente, López Obando desiste de la demanda y se ordena levantar la inscripción de la misma.
La presidenta de la Asociación Civil No Inscrita "REYNAGA" denuncia al alcalde de Pacasmayo y a otros posibles responsables por los delitos de usurpación agravada, daño agravado y ejercicio arbitrario del derecho por propia mano. La denuncia surge porque el alcalde y personal municipal han intentado desalojar por la fuerza a los asociados que se encuentran posesionados de unos terrenos, sin mostrar una orden judicial que lo autorice. Se solicita al fiscal que intervenga para evitar posibles daños a las personas y bienes
Este documento es una solicitud de juicio sucesorio presentada ante el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 47. El solicitante, Juan Pérez Pérez, busca que se le reconozca la calidad de ejidatario respecto a los derechos agrarios que correspondían a su difunta esposa, Gloria Marín Marín. Solicita que se le expida un nuevo certificado parcelario a su nombre una vez dictada sentencia a su favor.
La abogada Andrea Ximena Ramos Castillo presenta una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía en representación de Hermila Reyes Motta contra Alvaro Reyes Motta para el cobro de una deuda de $7 millones representada en una letra de cambio, más intereses de plazo, moratorios y costas. Solicita el embargo preventivo de dos predios rurales del demandado como medida cautelar.
Demanda de retracto acumulacion subjetiva oroginariarsedanog
1) Diego Chávez Ampuero demanda a Daniel Lira López y Melanie Vargas Paredes para ejercer su derecho de retracto sobre un inmueble que adquirió en copropiedad con Daniel Lira López.
2) Daniel Lira López dio su parte del inmueble en pago de una deuda que mantenía con Melanie Vargas Paredes.
3) Como copropietario, Diego Chávez Ampuero tiene derecho de retracto sobre la transmisión de la parte de Daniel Lira López a Melanie Vargas Paredes, y solicita ser sub
Este documento presenta una denuncia penal contra el Fiscal Provincial Dr. Leoncio Miguel Paredes Cáceres por cometer varios delitos como prevaricato y obstrucción de la justicia. La denuncia alega que el Fiscal se ha negado a ejercer la acción penal durante nueve años en un caso de estafa contra la empresa COPY DEPOT S.A. Además, el Fiscal ha emitido cuatro dictámenes sucesivos opinando que no hay mérito para formular una acusación fiscal a pesar de las pruebas presentadas. Finalmente, la denuncia
Este documento notarial contiene la declaración jurada de un señor llamado Horacio Cancinos ante un notario. En la declaración, Cancinos jura que la información proporcionada en un formulario de declaración de obra para AEI-Guatemala es real y exacta, que las obras declaradas son de su autoría y propiedad, y que no habían sido registradas anteriormente. Además, jura que cualquier falsedad en su declaración dará lugar a la anulación de su membresía en AEI-Guatemala.
El documento presenta la respuesta de Alberto Aguilar Ccalla a la demanda presentada por Grimaldo Valencia Ttito sobre la reivindicación de un inmueble. En su respuesta, Aguilar Ccalla alega que la demanda es improcedente debido a una indebida acumulación de pretensiones y que los documentos en los que Valencia se basa para reclamar la propiedad son nulos. Además, afirma que mantiene un título de propiedad vigente sobre el inmueble desde 1983 y que, por lo tanto, es el legít
Este documento presenta tres pruebas testimoniales y documentales relacionadas con un caso de divorcio necesario. La primera prueba es testimonial y consiste en los testimonios de dos personas sobre los hechos de la demanda. La segunda prueba es un acta de matrimonio que demuestra el vínculo matrimonial entre las partes. La tercera prueba son las actas de nacimiento de los hijos menores de las partes.
El inspector de trabajo Mynor Grijalva presenta una denuncia contra la Asociación Guatemalteca de Historia Natural por cometer faltas contra las leyes laborales. La Asociación no cumplió con asistir a una audiencia sobre violaciones al pacto colectivo de trabajo y no subsanó incumplimientos relacionados a higiene y seguridad. El inspector solicita que se imponga una multa a la Asociación por las faltas cometidas.
Denuncia ante Fiscalia por Desalojos ArbitrariosLMQW3544
Este documento describe una denuncia presentada ante la Fiscal General de Venezuela por abogados que representan a 36 familias que fueron desalojadas de un edificio sin una orden judicial. Los abogados alegan que la Fiscal Milagros Rengifo ordenó el desalojo forzoso y la incautación de bienes de las familias, violando sus derechos. También describen un caso similar ocurrido previamente donde otra fiscal estuvo involucrada. Los abogados piden que se abra una investigación administrativa contra la Fiscal Rengifo por un presunto ab
Este documento presenta la sentencia de un caso de despido en el que el trabajador alegaba haber sido despedido verbalmente el 30 de agosto de 2004. Sin embargo, la empresa presentó un documento firmado por el trabajador indicando su baja voluntaria a partir del 30 de agosto por asuntos personales. Aunque el trabajador luego negó haber firmado ese documento, la sentencia concluye que efectivamente lo firmó de forma voluntaria basándose en pruebas testificales y documentales. Por lo tanto, se determina que no hubo despido sino baja
Este documento describe el proceso para solicitar un cambio de nombre en Perú. Explica que la solicitud debe presentarse ante un juez civil o mixto y enumera los requisitos como una demanda firmada, copia del DNI, partida de nacimiento, certificados de antecedentes y tasas judiciales. Además, detalla el procedimiento que incluye la publicación de edictos, una audiencia y una sentencia final que puede aprobar o denegar el cambio de nombre.
Este documento presenta un recurso de casación interpuesto por Daniela Apaza Jaén contra una sentencia que la declara infundada en un proceso de reivindicación inmobiliaria. El recurso alega varios errores de hecho y derecho en la sentencia recurrida, argumentando que se basa en un título nulo y que no se identificó correctamente la propiedad en disputa. La pretensión concreta es que la Corte Suprema declare la nulidad de la sentencia recurrida y ordene reenviar el caso a un nuevo proceso.
La Corte Suprema de Justicia de la República declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por la Sociedad de Beneficencia Pública de Cajamarca contra una sentencia que declaró la prescripción adquisitiva de dominio de un terreno a favor de José Jesús Huamán Chunqui. La Corte determinó que el terreno en cuestión era de dominio privado del Estado y no público, por lo que era posible adquirirlo mediante prescripción. Además, consideró que las instancias inferiores habían motivado adecuadamente sus sent
El documento presenta una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra varios demandados. El demandante argumenta que en un proceso anterior sobre otorgamiento de escritura pública, los demandados y su abogado actuaron con fraude y colusión al omitir documentos que acreditaban la existencia de una servidumbre de paso a favor del demandante. El demandante busca que se declare nula la sentencia del proceso anterior debido a estas irregularidades que afectaron su derecho a un debido proceso.
1) Constructora Asociados C&C S.A.C. presenta una denuncia por apropiación ilícita contra Jesús Alberto López Guevara.
2) La constructora le prestó gratuitamente un minicargador a López Guevara el 7 de setiembre de 2016 con el acuerdo de devolverlo el 7 de octubre.
3) Han pasado más de dos meses y López Guevara no ha devuelto el minicargador ni ha respondido a los intentos de contacto de la constructora.
Este documento presenta una demanda ordinaria civil por simulación de contrato. Alega que un contrato de compraventa de un lote de terreno es simulado porque el precio fue inferior a la mitad del valor real y la compradora no pagó. Solicita que se declare nulo el contrato, se condene a la demandada a pagar el precio justo o restituir el lote, y se ordene la cancelación del registro de la escritura pública. Presenta pruebas documentales, testimoniales, interrogatorio y pericial para sustentar la demanda.
Carmen Fiorela Postigo de la Motta solicita autorización judicial para vender una propiedad en Tarapoto que pertenece a sus hijos menores, Cesar e Ivan Flores Postigo. La propiedad fue heredada de su padre fallecido, Mario Moisés Flores Gonzales, según su testamento. Carmen busca vender la propiedad para cancelar la diferencia adeudada por la compra de una nueva casa en Lima, donde sus hijos estudian actualmente. Ampara su solicitud en los artículos del Código Civil sobre la patria potestad y en la necesidad de
Este documento presenta una demanda de mejor derecho de posesión interpuesta por Pilar Reátegui Mori contra Angel Aguirre Becerra y Yoole Blanca Guerrero Beltrán. Reátegui Mori alega haber adquirido posesión de un terreno en 1990 a través de una donación, y haber construido una vivienda en él. En 2006, Aguirre Becerra y Guerrero Beltrán desalojaron violentamente a la nueva poseedora del terreno, Guadalupe Gallegos Luna, destruyendo la vivienda. Reátegui Mor
Escrito inicial de demanda de amparo indirecto en materia civilLuis Alafita Leon
José de Jesús Orrantia Leyva y Angelica María Soto Dourient de Orrantia solicitan amparo contra actos de autoridades judiciales que ordenan su desalojo de una propiedad hipotecada sin seguir el debido proceso. Solicitan la suspensión provisional y definitiva de los actos reclamados para mantener el estado actual donde residen la propiedad, alegando violaciones a sus garantías de audiencia y legalidad.
El documento presenta el programa de partidos de rugby para diferentes categorías que tendrá lugar el 13 de diciembre de 2014 en Salamanca. Se detallan los equipos, campos, horarios y duración de los partidos para las categorías Sub 6, Sub 8, Sub 10, Sub 12, Sub 14 y equipos senior.
Este documento describe la estructura organizativa de un centro escolar, incluyendo los órganos de gobierno, representación, coordinación docente y unipersonales. Explica que el centro cuenta con un Consejo Escolar, Claustro de Profesores y Equipo Directivo compuesto por el Director, Jefe de Estudios y Secretario. También describe los órganos de coordinación docente como los Equipos de Nivel, Tutores y Comisión de Coordinación Pedagógica.
La presidenta de la Asociación Civil No Inscrita "REYNAGA" denuncia al alcalde de Pacasmayo y a otros posibles responsables por los delitos de usurpación agravada, daño agravado y ejercicio arbitrario del derecho por propia mano. La denuncia surge porque el alcalde y personal municipal han intentado desalojar por la fuerza a los asociados que se encuentran posesionados de unos terrenos, sin mostrar una orden judicial que lo autorice. Se solicita al fiscal que intervenga para evitar posibles daños a las personas y bienes
Este documento es una solicitud de juicio sucesorio presentada ante el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 47. El solicitante, Juan Pérez Pérez, busca que se le reconozca la calidad de ejidatario respecto a los derechos agrarios que correspondían a su difunta esposa, Gloria Marín Marín. Solicita que se le expida un nuevo certificado parcelario a su nombre una vez dictada sentencia a su favor.
La abogada Andrea Ximena Ramos Castillo presenta una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía en representación de Hermila Reyes Motta contra Alvaro Reyes Motta para el cobro de una deuda de $7 millones representada en una letra de cambio, más intereses de plazo, moratorios y costas. Solicita el embargo preventivo de dos predios rurales del demandado como medida cautelar.
Demanda de retracto acumulacion subjetiva oroginariarsedanog
1) Diego Chávez Ampuero demanda a Daniel Lira López y Melanie Vargas Paredes para ejercer su derecho de retracto sobre un inmueble que adquirió en copropiedad con Daniel Lira López.
2) Daniel Lira López dio su parte del inmueble en pago de una deuda que mantenía con Melanie Vargas Paredes.
3) Como copropietario, Diego Chávez Ampuero tiene derecho de retracto sobre la transmisión de la parte de Daniel Lira López a Melanie Vargas Paredes, y solicita ser sub
Este documento presenta una denuncia penal contra el Fiscal Provincial Dr. Leoncio Miguel Paredes Cáceres por cometer varios delitos como prevaricato y obstrucción de la justicia. La denuncia alega que el Fiscal se ha negado a ejercer la acción penal durante nueve años en un caso de estafa contra la empresa COPY DEPOT S.A. Además, el Fiscal ha emitido cuatro dictámenes sucesivos opinando que no hay mérito para formular una acusación fiscal a pesar de las pruebas presentadas. Finalmente, la denuncia
Este documento notarial contiene la declaración jurada de un señor llamado Horacio Cancinos ante un notario. En la declaración, Cancinos jura que la información proporcionada en un formulario de declaración de obra para AEI-Guatemala es real y exacta, que las obras declaradas son de su autoría y propiedad, y que no habían sido registradas anteriormente. Además, jura que cualquier falsedad en su declaración dará lugar a la anulación de su membresía en AEI-Guatemala.
El documento presenta la respuesta de Alberto Aguilar Ccalla a la demanda presentada por Grimaldo Valencia Ttito sobre la reivindicación de un inmueble. En su respuesta, Aguilar Ccalla alega que la demanda es improcedente debido a una indebida acumulación de pretensiones y que los documentos en los que Valencia se basa para reclamar la propiedad son nulos. Además, afirma que mantiene un título de propiedad vigente sobre el inmueble desde 1983 y que, por lo tanto, es el legít
Este documento presenta tres pruebas testimoniales y documentales relacionadas con un caso de divorcio necesario. La primera prueba es testimonial y consiste en los testimonios de dos personas sobre los hechos de la demanda. La segunda prueba es un acta de matrimonio que demuestra el vínculo matrimonial entre las partes. La tercera prueba son las actas de nacimiento de los hijos menores de las partes.
El inspector de trabajo Mynor Grijalva presenta una denuncia contra la Asociación Guatemalteca de Historia Natural por cometer faltas contra las leyes laborales. La Asociación no cumplió con asistir a una audiencia sobre violaciones al pacto colectivo de trabajo y no subsanó incumplimientos relacionados a higiene y seguridad. El inspector solicita que se imponga una multa a la Asociación por las faltas cometidas.
Denuncia ante Fiscalia por Desalojos ArbitrariosLMQW3544
Este documento describe una denuncia presentada ante la Fiscal General de Venezuela por abogados que representan a 36 familias que fueron desalojadas de un edificio sin una orden judicial. Los abogados alegan que la Fiscal Milagros Rengifo ordenó el desalojo forzoso y la incautación de bienes de las familias, violando sus derechos. También describen un caso similar ocurrido previamente donde otra fiscal estuvo involucrada. Los abogados piden que se abra una investigación administrativa contra la Fiscal Rengifo por un presunto ab
Este documento presenta la sentencia de un caso de despido en el que el trabajador alegaba haber sido despedido verbalmente el 30 de agosto de 2004. Sin embargo, la empresa presentó un documento firmado por el trabajador indicando su baja voluntaria a partir del 30 de agosto por asuntos personales. Aunque el trabajador luego negó haber firmado ese documento, la sentencia concluye que efectivamente lo firmó de forma voluntaria basándose en pruebas testificales y documentales. Por lo tanto, se determina que no hubo despido sino baja
Este documento describe el proceso para solicitar un cambio de nombre en Perú. Explica que la solicitud debe presentarse ante un juez civil o mixto y enumera los requisitos como una demanda firmada, copia del DNI, partida de nacimiento, certificados de antecedentes y tasas judiciales. Además, detalla el procedimiento que incluye la publicación de edictos, una audiencia y una sentencia final que puede aprobar o denegar el cambio de nombre.
Este documento presenta un recurso de casación interpuesto por Daniela Apaza Jaén contra una sentencia que la declara infundada en un proceso de reivindicación inmobiliaria. El recurso alega varios errores de hecho y derecho en la sentencia recurrida, argumentando que se basa en un título nulo y que no se identificó correctamente la propiedad en disputa. La pretensión concreta es que la Corte Suprema declare la nulidad de la sentencia recurrida y ordene reenviar el caso a un nuevo proceso.
La Corte Suprema de Justicia de la República declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por la Sociedad de Beneficencia Pública de Cajamarca contra una sentencia que declaró la prescripción adquisitiva de dominio de un terreno a favor de José Jesús Huamán Chunqui. La Corte determinó que el terreno en cuestión era de dominio privado del Estado y no público, por lo que era posible adquirirlo mediante prescripción. Además, consideró que las instancias inferiores habían motivado adecuadamente sus sent
El documento presenta una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra varios demandados. El demandante argumenta que en un proceso anterior sobre otorgamiento de escritura pública, los demandados y su abogado actuaron con fraude y colusión al omitir documentos que acreditaban la existencia de una servidumbre de paso a favor del demandante. El demandante busca que se declare nula la sentencia del proceso anterior debido a estas irregularidades que afectaron su derecho a un debido proceso.
1) Constructora Asociados C&C S.A.C. presenta una denuncia por apropiación ilícita contra Jesús Alberto López Guevara.
2) La constructora le prestó gratuitamente un minicargador a López Guevara el 7 de setiembre de 2016 con el acuerdo de devolverlo el 7 de octubre.
3) Han pasado más de dos meses y López Guevara no ha devuelto el minicargador ni ha respondido a los intentos de contacto de la constructora.
Este documento presenta una demanda ordinaria civil por simulación de contrato. Alega que un contrato de compraventa de un lote de terreno es simulado porque el precio fue inferior a la mitad del valor real y la compradora no pagó. Solicita que se declare nulo el contrato, se condene a la demandada a pagar el precio justo o restituir el lote, y se ordene la cancelación del registro de la escritura pública. Presenta pruebas documentales, testimoniales, interrogatorio y pericial para sustentar la demanda.
Carmen Fiorela Postigo de la Motta solicita autorización judicial para vender una propiedad en Tarapoto que pertenece a sus hijos menores, Cesar e Ivan Flores Postigo. La propiedad fue heredada de su padre fallecido, Mario Moisés Flores Gonzales, según su testamento. Carmen busca vender la propiedad para cancelar la diferencia adeudada por la compra de una nueva casa en Lima, donde sus hijos estudian actualmente. Ampara su solicitud en los artículos del Código Civil sobre la patria potestad y en la necesidad de
Este documento presenta una demanda de mejor derecho de posesión interpuesta por Pilar Reátegui Mori contra Angel Aguirre Becerra y Yoole Blanca Guerrero Beltrán. Reátegui Mori alega haber adquirido posesión de un terreno en 1990 a través de una donación, y haber construido una vivienda en él. En 2006, Aguirre Becerra y Guerrero Beltrán desalojaron violentamente a la nueva poseedora del terreno, Guadalupe Gallegos Luna, destruyendo la vivienda. Reátegui Mor
Escrito inicial de demanda de amparo indirecto en materia civilLuis Alafita Leon
José de Jesús Orrantia Leyva y Angelica María Soto Dourient de Orrantia solicitan amparo contra actos de autoridades judiciales que ordenan su desalojo de una propiedad hipotecada sin seguir el debido proceso. Solicitan la suspensión provisional y definitiva de los actos reclamados para mantener el estado actual donde residen la propiedad, alegando violaciones a sus garantías de audiencia y legalidad.
El documento presenta el programa de partidos de rugby para diferentes categorías que tendrá lugar el 13 de diciembre de 2014 en Salamanca. Se detallan los equipos, campos, horarios y duración de los partidos para las categorías Sub 6, Sub 8, Sub 10, Sub 12, Sub 14 y equipos senior.
Este documento describe la estructura organizativa de un centro escolar, incluyendo los órganos de gobierno, representación, coordinación docente y unipersonales. Explica que el centro cuenta con un Consejo Escolar, Claustro de Profesores y Equipo Directivo compuesto por el Director, Jefe de Estudios y Secretario. También describe los órganos de coordinación docente como los Equipos de Nivel, Tutores y Comisión de Coordinación Pedagógica.
O documento descreve um equipamento airless bi-componente com relação de mistura fixa, que permite a aplicação uniforme de duas resinas sem a necessidade de ajustes manuais constantes.
Newtech Group has over 15 years of experience in real estate. They are developing an apartment project in Noida with 2-3 bedroom units ranging from 995-1495 square feet, priced between 30.51-45.6 lakhs. The apartments have individual terraces and three-side open terraces for fresh air. The project is near key amenities like the Yamuna Expressway, Buddh International Circuit, and proposed metro links.
This document provides an overview of the role of a quantity surveyor (QS). It discusses that a QS calculates construction costs and quantities of materials and labor needed based on design drawings. They prepare bill of quantities and cost estimates to manage costs. A QS works with various parties like engineers, contractors, and clients. The document also describes the different types of drawings a QS reviews like preliminary, tender drawings and contract documents at various stages of a construction project from planning to tender selection and contract agreement.
Periodismo, Historia y Nuevos Códigos Narrativos // La Web como máquina del t...alvaroliuzzi
El documento discute la evolución del periodismo a través del tiempo, desde el siglo XIX hasta la actualidad web hipertextual, y cómo nuevos códigos narrativos han emergido para contar historias en formatos digitales como hashtag y proyectos de archivo abierto.
El documento habla sobre la materia. Define la materia como todo aquello que ocupa un espacio, tiene masa y peso. Explica que la materia se puede clasificar en sustancias puras como el oxígeno, sal común y agua, o mezclas que pueden ser homogéneas o heterogéneas. Las mezclas homogéneas tienen partículas pequeñas de la fase dispersa, mientras que las heterogéneas tienen partículas grandes.
This document provides an overview and instructions for installing and using the MedeA® materials modeling software. It covers installation scenarios for single machines, small clusters and larger clusters. Instructions are provided for installing from DVD, updating an existing installation, adding resources like additional front ends or job servers, and configuring job servers and task servers. The document also covers basic usage of MedeA®, including launching and monitoring jobs, and managing job security and sharing. Finally, it briefly introduces the various functionality and theoretical background covered in the software.
- Flip-flops are sequential circuits that have two stable states and can serve as one bit of memory. Common types include the SR flip-flop, JK flip-flop, D flip-flop, and T flip-flop.
- The SR flip-flop can be constructed using either NAND gates or NOR gates. It has two inputs, Set and Reset, and two outputs, Q and not-Q. The state of the flip-flop depends on the previous state and current input conditions.
- Truth tables and timing diagrams are used to analyze the behavior of flip-flops and determine the output states based on the input conditions like Set, Reset, Clock, etc.
Fuentes de la información. 2era clase ( enfoques de periodismo)Martín Acosta
El documento clasifica los tipos de periodismo en tres categorías: informativo, opinión e interpretativo. El periodismo informativo transmite hechos de manera objetiva sin opiniones personales. El periodismo de opinión expresa el punto de vista del escritor e incluye géneros como el editorial y el artículo. El periodismo interpretativo informa sobre un suceso mientras expresa la opinión del periodista, relacionando el contexto y ofreciendo hipótesis explicativas.
Este documento describe varios marcadores bioquímicos utilizados para el diagnóstico de infarto agudo de miocardio. La creatincinasa aumenta entre las 2 y 6 horas tras el infarto y alcanza su máximo a las 18-24 horas. La troponina I y T son específicas del músculo cardíaco y aumentan más tarde, siendo útiles para diagnosticar infartos pequeños. La mioglobina, lactato deshidrogenasa y aminotransferasa aspartica también se elevan tras la muerte del tejido cardíaco
Este documento resume un auto judicial en el proceso de liquidación de Henry López Muñoz. Se presentaron varias objeciones al inventario valorado y a los créditos reconocidos. El juez falla a favor de practicar nuevas pruebas periciales para evaluar los bienes del patrimonio, debido a que existen discrepancias sobre los valores presentados. También ordena oficios a otros juzgados y notarías para verificar información relevante a algunas de las objeciones.
Anexo cuadro comparativo la sentencias SU-132 de 2002, T- 916 de 2008 y por ú...Luz Arcila
En el presente escrito usted encontrará un análisis de la sentencias SU-132 de 2002, T- 916 de 2008 y por último T-044 de 2013, todas estas parte de la jurisprudencia Colombiana. El presente análisis también pretende identificar en casos concretos como se ha llevado a cabo la valoración de la prueba, teniendo como principal medio la sana critica para lograr determinar si en los casos nombrados dentro de estas sentencias se da o no dicha valoración teniendo en cuenta los preceptos legales, toda vez que además de los derechos presuntamente vulnerados, se presentan pruebas procedentes de medios electrónicos y documentales, tal es el caso de medios como el correo electrónico, aquí será determinante la obtención de la prueba, pues de lo contrario la prueba no podrá ser tenida en cuenta.
Este documento resume un fallo judicial relacionado con cargos de fraude en contra de varios acusados, incluyendo a Oscar Alberto Pepa, ex intendente de Intendente Alvear, La Pampa. Se describe la acusación fiscal contra los acusados por presuntos delitos de fraude en perjuicio de la administración pública. También se resumen los argumentos de la defensa cuestionando aspectos del proceso y solicitando la prescripción de los cargos. Finalmente, Pepa da una declaración confesional describiendo eventos relacionados con el proyecto de
Este documento describe un fallo judicial relacionado con cargos de fraude en contra de varios acusados, incluyendo a Oscar Alberto Pepa, ex intendente de Intendente Alvear, La Pampa. Se detallan los cargos específicos contra cada acusado y sus roles alegados en irregularidades relacionadas con una obra pública. También se resumen los argumentos presentados por los abogados defensores y la fiscalía durante el juicio.
La apelante Bianca Elizabeth Iriarte Urquizu presenta un recurso de apelación contra una sentencia que declaró improbadas sus pretensiones en un proceso de usucapión decenal sobre un inmueble. Argumenta que cumplió con los requisitos de posesión pacífica, pública y continua por más de 10 años, y que las inscripciones posteriores en el registro de propiedad no interrumpieron su posesión. Solicita que se revoque la sentencia y se declare probada su demanda de usucapión.
Ante el juez, Boudou se negó a contestar preguntas y sólo escuchó la imputación en su contra por parte de Bonadío quien ahora tiene diez días para resolver la situación procesal del Vicepresidente quien fue procesado hace semanas en el caso de la ex Ciccone Calcográfica.
En 3 oraciones o menos:
Los demandantes Jordan y Alfredo Guzmán Nassi, representados por su abogado Aharón Jáuregui Luján, interpusieron una demanda de división y partición de un inmueble copropiedad contra Ana Guzmán Nassi. La demandada Ana Guzmán Nassi contestó la demanda admitiendo los primeros dos hechos pero negando el tercer hecho en que se fundamenta la demanda. El caso será resuelto por el Juzgado Especializado en lo Civil del Primer Juzgado.
Este documento presenta la contestación de demanda de Juan Gabriel Susanibar Palomino en un caso de nulidad de acto jurídico. Susanibar Palomino argumenta que la demanda debe ser declarada infundada, ya que no se ha demostrado la simulación absoluta ni la falta de manifestación de voluntad en la escritura pública de donación que transfirió el 14% de acciones de una propiedad a su favor. Niega las acusaciones del demandante y sostiene que la donación cumplió con todos los requisitos legales.
La Fiscalía apeló la sentencia que sobreseyó el caso contra Adonis Canales por el delito de invasión. Alega que la jueza valoró de manera parcial las pruebas y que la motivación de la sentencia adolece de contradicciones e ilogicidad. Según la Fiscalía, la jueza no resolvió adecuadamente sobre las pruebas presentadas por el Ministerio Público y sólo mencionó de forma parcial las declaraciones de los testigos. Además, la Fiscalía considera que la jueza no cumplió
La Fiscal presentó recurso de apelación contra la sentencia que decretó el sobreseimiento del caso. Alega que hubo vicios de falta de motivación e ilogicidad en la sentencia. Argumenta que la jueza valoró de manera parcial las pruebas y no resolvió varios puntos. También indica que la motivación de la sentencia es ilógica y contradictoria. Pide que se revoque la sentencia y se ordene un nuevo juicio.
Este documento contiene la resolución de una audiencia única virtual en un caso de aumento de alimentos. La jueza rechaza la devolución de una notificación y declara convalidada la notificación al demandado. También se declara frustrada la etapa conciliatoria y los abogados de ambas partes presentan sus alegatos iniciales sobre los ingresos alegados del demandado y las necesidades de los alimentistas.
El demandante apela una sentencia relacionada a una demanda de alimentos para una menor. Argumenta que la sentencia contiene errores de hecho y derecho, incluyendo que la partida de nacimiento presentada por el demandado es falsa, que se ha demostrado la relación entre el demandado y la madre de la menor, y que la sentencia no tutela efectivamente los derechos de la menor. Pide que se revoque la sentencia y se garantice la pensión alimenticia para la menor.
Este documento resume una resolución de un tribunal registral que declara improcedente un recurso de apelación. En específico:
1) Se presentó un título para inscribir la declaratoria de fábrica, reglamento interno e independización sobre un terreno.
2) La registradora observó el título y solicitó subsanar ciertas omisiones y discrepancias.
3) El recurrente presentó el recurso de apelación alegando haber subsanado los defectos señalados, sin impugnar la decisión de la registrad
La recurrente solicita la rectificación de su partida de nacimiento debido a un error ortográfico en el apellido materno y una omisión en el distrito. Pide que se corrija el apellido "YUJRA" por "YUGRA" y que se agregue "ILAVE" como distrito. Alega que el registrador cometió estos errores al asentar su nacimiento y que esto causa dificultades jurídicas. Cita artículos del Código Procesal Civil que facultan la rectificación de partidas por errores manifiestos. Ad
Este documento resume una resolución judicial que declara la nulidad de un proceso de usucapión iniciado por Siria Brigida Chavez Torrez sobre un terreno en disputa. La nulidad se declara debido a que los verdaderos propietarios, Ninfa Bascope Villanueva y Hans Manuel Bascope, demostraron haber estado en indefensión al no haber sido debidamente notificados del proceso, vulnerando así su derecho a la defensa. Se ordena cancelar la inscripción del derecho de propiedad de Siria Brigida Chavez Torrez sobre
1. El demandante presenta una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra una sentencia previa de alimentos. 2. Alega que nunca fue debidamente notificado del proceso anterior ya que las notificaciones fueron enviadas a una dirección donde no reside. 3. Solicita que se declare la nulidad del proceso anterior debido a que no tuvo oportunidad de defenderse por no haber sido notificado correctamente.
El documento presenta una demanda de reivindicación y desalojo interpuesta por José Luis Moreno Aguilar contra Julio Tito Cardenas Pesantes. Moreno Aguilar alega ser el propietario legítimo de la propiedad en disputa según la partida registral, mientras que Cardenas Pesantes es un ocupante precario. Se solicita la restitución del bien, el pago de frutos civiles y daños y perjuicios, y que se determine al titular legal de la propiedad.
Fiscal apela el rechazo a reabrir causa contra CFKCba24n
El fiscal federal Gerardo Pollicita interpone recurso de apelación contra la resolución del juez que rechazó la solicitud de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) para ser parte querellante y reabrir la causa. El fiscal argumenta que el juez omitió valorar adecuadamente una nueva prueba aportada y no solicitó otra prueba relevante, afectando el derecho a tutela judicial efectiva de la DAIA.
El documento resume una resolución judicial que incorpora nuevas reglas de conducta para Patricio Rogelio Santos Fontanet, quien se encuentra en libertad condicional. La resolución prohíbe a Santos Fontanet organizar o participar en la organización de espectáculos públicos, pero le permite trabajar como músico contratado. También requiere que la productora de los próximos conciertos en los que participará haga público que es la única responsable de la organización y seguridad de los eventos.
La balanza comercial presentó un déficit de U$S938 millones, con un crecimiento interanual de las exportaciones del 6,2% frente a uno del 22,7% en las importaciones.
El juez ordenó la captura internacional de quien dijo haber pagado coimas a Gustavo Arribas por considerar que mintió para perjudicar al actual titular de la AFI.
Este documento presenta el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) de febrero de 2018 publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de Argentina. Reporta que en febrero de 2018 el EMAE creció 5,1% respecto al mismo mes del año anterior. El indicador desestacionalizado disminuyó 0,2% con respecto a enero de 2018. Incluye tablas y gráficos con datos sobre el desempeño del EMAE a nivel general y por sector económico.
Este documento resume un caso judicial en el que Gustavo Vera está siendo investigado por presunta malversación de caudales públicos relacionados con su rol como depositario judicial de máquinas de coser incautadas en otra causa. Se enumeran las pruebas recolectadas, incluidos testimonios y documentación. Vera declaró que las máquinas fueron reparadas y almacenadas temporalmente con fines de reutilización social, pero que no puede garantizar que sean exactamente las mismas máquinas originales. Solicitó más medidas probatorias.
Este documento presenta los resultados de la Encuesta de Centros de Compras realizada por el INDEC en febrero de 2018. Las ventas totales a precios corrientes aumentaron 24.1% respecto a febrero de 2017, mientras que las ventas a precios constantes crecieron 6.6%. Los rubros con mayores incrementos fueron Otros, Electrónicos y Ropa Deportiva. En la CABA, los rubros con mayores aumentos fueron Otros, Electrónicos y Ropa Deportiva. En el Gran Buenos Aires, los rubros con mayores incrementos fueron
Este documento propone varias enmiendas a las leyes de telecomunicaciones de Argentina para promover la competencia y el acceso abierto a la infraestructura de telecomunicaciones. Algunas de las principales enmiendas propuestas son: 1) Requerir que los titulares de infraestructura compartan su uso con otros operadores de manera no discriminatoria; 2) Facilitar el acceso de los operadores de telecomunicaciones a la infraestructura pasiva propiedad del estado; 3) Establecer salvaguardas para promover la competencia en localidades pequeñas.
Este documento presenta los resultados de la Encuesta Permanente de Hogares correspondientes al cuarto trimestre de 2017. Incluye indicadores demográficos y socioeconómicos de la población en 31 aglomerados urbanos de Argentina. Divide la información por regiones y presenta datos sobre tamaño y composición de los hogares, población por edad, sexo y parentesco, y tasas de empleo y desocupación de la población de 14 años o más.
Este documento presenta los resultados de la valorización mensual de la Canasta Básica Alimentaria y la Canasta Básica Total para el Gran Buenos Aires en febrero de 2018. La variación mensual de la CBA fue de 2,9% y de la CBT fue de 3,3%, mientras que la variación interanual fue de 24,2% para la CBA y 28,3% para la CBT. Se incluyen tablas con la composición de la CBA, variaciones porcentuales respecto a otros períodos, y ejemplos del cálculo de la CBA y C
Este documento presenta los resultados de la balanza de pagos, posición de inversión internacional y deuda externa del cuarto trimestre de 2017. Los principales hallazgos son:
1. La balanza de pagos registró un déficit en la cuenta corriente de US$ 8.738 millones, explicado por los saldos negativos de la balanza comercial y de ingresos primarios. La cuenta financiera mostró un ingreso neto de capitales de US$ 8.338 millones.
2. La posición de inversión internacional neta alcanzó los
Este documento presenta estimaciones provisionales del Producto Interno Bruto (PIB) para el cuarto trimestre de 2017 en Argentina. Reporta un aumento del PIB del 3.9% interanual y del 1% desestacionalizado respecto al trimestre anterior. También analiza la oferta y demanda globales, destacando incrementos en la formación bruta de capital fijo, consumo privado y público, e importaciones. Además, revisa estimaciones preliminares del valor agregado por sector económico.
Este informe presenta los resultados de la Encuesta Permanente de Hogares correspondientes al cuarto trimestre de 2017 para 31 aglomerados urbanos de Argentina. Algunos de los hallazgos clave son: la tasa de desocupación fue de 7.2%, la tasa de actividad fue de 46.4%, y la tasa de empleo fue de 43%. El informe también incluye tasas detalladas para diferentes regiones geográficas y aglomerados urbanos.
La Corte ordenó volver a sortear tribunalcravanzini
Oordenó volver a sortear las causas asignadas al Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 9, que tiene a cargo los expedientes por el presunto direccionamiento de la obra pública en favor del empresario Lázaro Báez y la denuncia por encubrimiento del atentado a la AMIA, en los cuales está acusada la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Este documento presenta los resultados del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondientes al mes de febrero de 2018 para Argentina. El nivel general del IPC aumentó 2,4% respecto al mes anterior. Los alimentos y bebidas no alcohólicas aumentaron 2,2%, mientras que la vivienda, agua, electricidad y gas aumentaron 3,8%. Respecto a diciembre de 2017, el nivel general aumentó 4,2%, con aumentos de 4,3% en alimentos y 4,9% en vivienda.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo. El embargo prohibiría las importaciones de petróleo ruso por mar y por oleoducto, aunque se concederían exenciones temporales a Hungría y Eslovaquia. Este sexto paquete de sanciones de la UE pretende aumentar la presión económica sobre Rusia para que ponga fin a su invasión de Ucrania.
Este documento presenta los resultados del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para enero de 2018 en Argentina. El nivel general del IPC aumentó 1,8% con respecto a diciembre de 2017, impulsado principalmente por aumentos en los precios de alimentos, transporte y restaurantes. Los bienes subieron 1,6% y los servicios 2,1%. En comparación con enero de 2017, el IPC general aumentó 25%, con alzas mayores en servicios que en bienes.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Derechos de las niñas, niños y adolescentes frente a a la violencia.pdfJosé María
La lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover
el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia.
1. Poder Judicial de la Nación CN° 12390/09
USO OFICIAL
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014.-
AUTOS:
Para resolver en la presente causa que lleva el N° 12.390/09 caratulada:
“Soto Andrés Alberto y otros S/ Falsificación de documentos Públicos” del registro
de la Secretaría N° 22 a cargo de la doctora Laura Charnis, de este Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal N° 11, a cargo del suscripto, y respecto de la oposición a la
elevación a juicio de los procesados: María Graciela Angélica TABOADA de PIÑERO,
C.I. N° 4.892.508, de nacionalidad argentina, viuda, nacida el 9 de julio de 1943 en esta
ciudad, hija de Cosme Felix y de Angélica Matilde Orozco, abogada, con domicilio en la
calle San José 151 - piso 2° - de esta ciudad; Amado BOUDOU, D.N.I. N° 16.012.714, de
nacionalidad argentino, divorciado, hijo de Armando Rubén y de Azul Sapín Costa
Alvarez, nacido el 19 de noviembre de 1962 en esta ciudad, licenciado en economía, con
domicilio en la Macacha Güemes 334 – piso 7° - departamento “C” de esta ciudad;
Agustina SEGUIN, D.N.I. N° 21.471.820, de nacionalidad argentina, soltera, hija de
Jorge Nicolás y de Susan Funes, nacida el 16 de febrero de 1970 en la ciudad de Buenos
Aires, de profesión agente de viaje, con domicilio en la calle Cerrito 822 - piso 4°-
departamento “A” de la CABA; Andres Alberto SOTO, D.N.I. N° 4.379.105, de
nacionalidad argentina, casado, hijo de Andrés Ambrosio y de Ángeles Salinas, nacido el
15 de septiembre 1941 en Capital Federal, de profesión gestor, con domicilio real en la calle
Artigas 5488 -piso 1°-, departamento “A”, de esta Ciudad; y de Rodolfo BASIMIANI,
D.N.I. N° 5.591.105, de nacionalidad argentina, casado, hijo de Juan y Francisca Acosta,
nacido 18 de julio 1944 en Villa Guillermina, pcia. de Santa Fe, de profesión gestor, y con
domicilio real en la calle Rivadavia 7063 -entre piso- departamento “A”, también de esta
Ciudad; y
VISTOS:
Que en oportunidad de contestar la vista conferida en los términos del art.
346 del C.P.P., el Sr. Agente Fiscal Dr. Guillermo F. Marijuan, titular de la Fiscalía
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°9, solicitó la clausura de la instrucción
y elevación de la presente causa a juicio respecto de todos los aquí procesados.-
2. Notificadas que fueran las defensas técnicas de las conclusiones del
dictamen del Sr. Agente Fiscal, de conformidad con lo normado en el Art. 349 del CPPN,
los abogados de TABOADA DE PIÑERO y BOUDOU solicitaron sus respectivos
sobreseimientos, en base a los argumentos que se detallarán.-
Por su parte, la asistencia de SEGUIN, pidió -aunque extemporáneamente-,
la elevación de estos actuados a juicio, a fin de debatir en el mismo con amplitud las
circunstancias que demostrarán, a criterio de la defensa, la inocencia de su defendida.-
Nada dijeron los imputados SOTO y BASIMIANI, ni sus letrados; y
CONSIDERANDO:
Los “argumentos” de las partes:
I. Como se adelantó, contra el pedido de elevación a juicio postulado por el
Ministerio Público Fiscal, el Dr. Mariano E. Goyeneche Argibay -defensor de TABOADA
de PIÑERO- solicitó el sobreseimiento de su asistida mediante el escrito glosado a fs.
1279/1281, indicando que el Sr. Fiscal omitió en su requerimiento de elevación a juicio
formular una imputación “clara, precisa y circunstanciada de los hechos”, tal como lo exige
el art. 347 del C.P.P.N.. Que por ello, no estaba acreditada la coautoría de su defendida
agregando que las pruebas enumeradas por el fiscal, “no fueron ponderadas con su accionar
particular”.-
Sobre estos preceptos, concluyó que la acusación formulada no podía
sostenerse válidamente en un futuro juicio oral y, sin perjuicio de considerar agotada esta
etapa procesal, se opuso a la elevación a juicio y solicitó que se dicte el sobreseimiento de su
ahijada procesal.-
Cabe mencionar que aunque no se realizara en la referida presentación un
expreso pedido de nulidad, atento a que los fundamentos expuestos por la parte apuntaban a
ello, los mismos fueron tratados en el Incidente que se formó a partir del ya si, en ese caso,
formal planteo de nulidad del requerimiento de elevación a juicio instado por la defensa de
Amado BOUDOU, como se verá.-
3. Poder Judicial de la Nación CN° 12390/09
USO OFICIAL
II. Los letrados de BOUDOU requirieron a fs. 1282/1290 el sobreseimiento
de su defendido, postulando además, como se dijera, la nulidad de requerimiento de
elevación a juicio del Dr. Marijuan, nulidad que fue rechazada tanto en esta instancia como
ante el Superior.-
Según las razones mencionadas en su extenso escrito, los Dres. Grossman y
Magram reiteraron, una vez más y casi en idénticos términos, sus anteriores solicitudes de
sobreseimiento, a las cuales me remito toda vez que no aportan elementos nuevos que
merezcan ser reproducidos.-
Este tribunal se encuentra, a esta altura, en condiciones de resolver.-
Del pedido de Elevación a juicio:
Por las reflexiones que se consignarán a continuación, el suscripto habrá de
mantener la imputación dirigida contra los aquí procesados y rechazará los pedidos de
sobreseimiento impetrados tanto por el Dr. Goyeneche Argibay como por los Dres.
Grossman y Magram; no obstante ello, y tal como lo establece la última parte del art. 351
de C.P.P.N., este dispositivo alcanzará a la totalidad de los causantes.-
A. Hechos requeridos:
El Dr. Marijuan entendió acreditado, en base al plexo probatorio colectado
durante esta instrucción, que los gestores Andrés Alberto SOTO y Rodolfo BASIMIANI,
y la encargada del Registro Seccional N° 2 de la Propiedad Automotor y Créditos
Prendarios de esta Ciudad Graciela TABOADA de PIÑERO, con la participación de
Amado BOUDOU y Agustina SEGUIN, actuaron asociadamente con la finalidad de lograr
la transferencia irregular -mediante documentación falsa- del automóvil marca Honda,
modelo CRX, dominio B 2.423.822, expidiéndose a consecuencia de dicha maniobra un
título de propiedad y una cédula de identificación automotor de dicho vehículo
ideológicamente falsos, por cuanto el vendedor nunca enajenó el vehículo a favor de
BOUDOU, ni este último posee el domicilio que consignan dichos documentos públicos, y
tampoco se corresponde el número de motor que posee el rodado.-
A opinión del Fiscal, la maniobra se llevó a cabo de la siguiente forma: con
fecha 24 de enero de 2003, el gestor Alberto SOTO o alguna otra persona no identificada,
4. presentó ante el Registro del Automotor Capital N° 2, a cargo de la Dra. Graciela
TABOADA de PIÑERO, un formulario N° 04 N° 03612451 de “solicitud de cambio de
domicilio del titular que fija el lugar de radicación del automotor”, en el que se denunciaba
como nuevo domicilio del adquirente Amado BOUDOU, el de la calle Berón de Astrada
2708 de esta ciudad. La firma de BOUDOU colocada en el ítem “I” se encuentra certificada
por el Escribano Alberto Gonzalez Venzano, no teniendo irregularidades. A los fines de
acreditar el nuevo domicilio se adjuntaba al formulario 04, una copia del DNI. 16.012.714
del nombrado en sus hojas primera, segunda y tercera, siendo que en ésta última figura un
cambio de domicilio al ya indicado, copias éstas que lucen certificadas de sus originales por
la titular del Registro Seccional N° 2 Dra. TABOADA de PIÑERO, domicilio éste que,
conforme las tareas de inteligencia efectuadas por el Tribunal, es inexistente. De tal manera
fraudulenta se logró el cambio de radicación del Legajo al Registro Seccional N° 2, lugar en
el que, y gracias a la connivencia de su titular, se permitió que la maniobra se llevara a
cabo. Asimismo, se presentó también un formulario 08 de “contrato de transferencia e
inscripción de dominio” N° 14045144, formulario éste supuestamente firmado por
BOUDOU como comprador -aunque se determinó que sus firmas eran falsas-, con
domicilio en Berón de Astrada 2708, y por Omar Osvaldo Opissi como apoderado de los
vendedores Cayetano Campione y María Parisi, siendo que la certificación de firmas de
todos los nombrados es falsa, por cuanto el formulario F 000059997 de certificación de
firmas adjunta a dicho documento también es falso. Asimismo, también se acompañó al
Registro Seccional N° 2 un formulario 12 N° 13721484 falso, toda vez que da cuenta de
una supuesta verificación policial del auto nunca realizada. Mediante la presentación de
tales formularios, finalmente se logró la transferencia y reempadronamiento del dominio en
favor de BOUDOU, acto éste que tuvo lugar con fecha 14 de febrero de 2003, cuando la
Encargada del Registro Seccional N° 2 asentó en el legajo B del nuevo dominio WYT-
716 dicha transferencia, y expidió el título –control RALC N° 9441907- y la cédula verde -
control RALC N° 19344237-, documentación resultante que fue retirada por SOTO y
BASIMIANI, y que posee un domicilio que evidentemente no corresponde a su titular
registral. Por último, se ha determinado que el auto ha sido objeto de una sustitución del
motor desde aproximadamente el año 1995 -fecha ésta en la habría sido importado-,
sustitución que nunca fuera denunciada ante el Registro de la Propiedad Automotor,
habiéndose comprobado que el vehículo posee colocado el motor N° D16Z60300018. Por lo
tanto, al no haber sido denunciado el cambio de motor, no figura en la documentación
expedida (cédula de identificación automotor y título ya mencionados) por la titular del
Registro Seccional N° 2 de esta ciudad, lo que hace a esos documentos, también en orden a
esta -conducta- ideológicamente falsos.-
5. Poder Judicial de la Nación CN° 12390/09
USO OFICIAL
Conforme las pruebas que en su escrito enunció el Dr. Guillermo Marijuan,
las que consideró aptas para fundar el avance a la siguiente etapa procesal, calificó las
conductas de los encausados en la figura de falsedad ideológica prevista por el art. 293 del
Código Penal, agravado por el art. 298 del mismo texto (este último, solo en relación a la
encargada), siendo coautores TABOADA de PIÑEIRO, SOTO y BASIMIANI, y
partícipes necesarios Amado BOUDOU y Agustina SEGUIN.-
B. Oposiciones de las partes y solución del Tribunal.-
Ambos planteos oponiéndose a la elevación a juicio e instando el
sobreseimiento, tanto el de la defensa de TABOADA (ver fs. 1279/1281), pero
especialmente el de la de BOUDOU (fs. 1282/1290), insisten en cuestiones ya analizadas
no solo en una sino en varias oportunidades, y son además, similares a las alegados también
en el planteo de nulidad que ya fuera rechazado. Planteos éstos que, en esencia, giran todos
en torno a la disconformidad de los abogados con la asignación de responsabilidad en los
hechos a sus defendidos. Responsabilidad que, vale aclarar, no solo fué declarada
provisionalmente por el suscripto sino confirmada por la Alzada escaso tiempo atrás sin que
a partir de ello, hubiesen variado las circunstancias que motivaran tal pronunciamiento.-
En este sentido, el Dr. Goyeneche Argibay sostuvo que “el requerimiento de
elevación, en relación a su defendida continúa sin lograr advertir cuál es la conducta
específicamente reprochada… y … la imposibilidad de relacionar puntualmente las pruebas
con el marco legal y a la real conducta de la Sra. Taboada…”.-
Los Dres. Magram y Grossman, persisten en la ajenidad del Sr. BOUDOU
en los hechos, repitiendo machaconamente las razones que alegaran en cada una de sus
presentaciones anteriores, solicitando la realización de nuevas pruebas que descartarían su
autoría, en un intento tan repetido que solo trasluce su intención de evitar el avance del
proceso a la instancia del debate oral.-
Al respecto, es tan meridiana la descripción del hecho que hace el Fiscal en
su requerimiento de elevación a juicio, y su relación con las pruebas glosadas en el sumario,
que su sola lectura me eximiría de todo comentario. La resolución que se cuestiona contiene
una extensa descripción que incluye situaciones y circunstancias que rodearon el hecho
ilícito imputado a los cinco causantes, que abarca carillas y abunda en detalles.-
6. Pero, ante la insistencia de los defensores, habré de transcribir solo algunos
de los fundamentos del Dr. Marijuan al requerir la elevación, a fin de brindarles a los
letrados una orientación sobre las pruebas que tanto el suscripto, la Alzada y el Sr. Agente
Fiscal han considerado aptas para tener por configurados “prima facie”, en cada caso, los
hechos por los que se instara la acción, y por los cuales la fiscalía formulara su requermiento
de elevación.-
Así entonces, en el caso de TABOADA, resulta ilustrativo el siguiente
párrafo: “…Así, desde su condición de Encargada Titular no pudo no advertir que la
documentación presentada no era apócrifa. Destáquese que el acta notarial adjuntada
carecía del filamento metálico de seguridad en su margen y el sello de agua de a contraluz;
no obstante haberse manifestado en la causa que el Registro tenía el instrumental necesario
para cotejar la autenticidad de los documentos presentados. También resulta llamativo que
la imputada no haya advertido la diferencia entre el valor del auto consignado en el
formulario 08 del valor de mercado para la época en que se realizó la operación. Igual
importancia reviste la circunstancia de desconocerse la identidad de la persona que
adquirió, en el Registro a su cargo, el Formulario 08 que hoy se encuentra cuestionado.-…”
(ver fs. 1252).-
“…En cuanto a la participación de BOUDOU, ha quedado claro que el
mismo estampó su firma en el Formulario 04 requerido para el cambio de radicación del
Legajo B, que se usó para acceder al Registro Seccional N° 2 de la C.A.B.A., en donde su
titular se hallaba advertida de la irregular denuncia de un domicilio que no figura en el
D.N.I. –duplicado- de Amado BOUDOU (ver fs. 1255)…”.-
Sentado ello, solo cabe concluír, ante la falta de nuevos elementos
introducidos en los pedidos de sobreseimientos, en la carencia absoluta de fundamentos que
desvirtúen los ya analizados oportunamente por este Tribunal al dictar el procesamiento de
los imputados, por la Alzada al confirmarlos y por el Sr. Agente Fiscal al requerir la
elevación a juicio de esta causa. Ello así, ya que los motivos que esgrimen en esta ocasión no
solo resultan errados sino que replican juicios ya expresados, estudiados y precluídos, y no
aportan ningún ingrediente novedoso que merezca ser debatido. Como correlato, menos aún
resultan conducentes ya en esta instancia, las medidas de prueba sugeridas por los letrados
de BOUDOU (una testimonial, la reconstrucción de los autos “Andriuolo, Daniela
Claudia c/BOUDOU Amado s/acción sumaria y medidas cautelates”, y un peritaje
caligráfico) en cuanto apuntan a cuestiones ya cerradas en esta etapa.-
7. Poder Judicial de la Nación CN° 12390/09
USO OFICIAL
Cabe aquí citar lo resuelto por la Alzada en solo uno de los innumerables
casos en los que así lo ha hecho, en cuanto a que el art. 351 del código ritual … se
circunscribe a que el a quo resuelva la controversia suscitada entre las partes –ante su
oposición a que la causa transite hacia el siguiente estadio procesal-, mas no le es exigido el
dictado de un nuevo auto de mérito (cfr. CCCF, Sala I, 4 de noviembre de 2014, CFP
8566/1996/93/CA95” .-
Respecto a lo que el Superior acota sobre el instituto de la prescripción a
tenor de lo planteado por la defensa de Amado BOUDOU, y habiendo el Suscripto ya
opinado sobre su procedencia a tenor de lo establecido a fs. 662vta./3 a lo que me remito en
honor a la brevedad.-
En base a lo dicho es que habré de dar por concluida la instrucción
rechazando los sobreseimientos requeridos, permitiendo el avance de la causa al debate oral,
momento en el cual las partes podrán controvertir con amplitud la totalidad de las pruebas
reunidas en la instrucción que solo tuvieron, hasta aquí, la finalidad de acreditar “prima
facie” la existencia de un hecho delictivo y la responsabilidad que en el mismo les cabe a
los presuntos autores o partícipes en él.-
Habiéndose cumplido con los recaudos del art. 351 del C.P.P, en tanto
establece que el auto de elevación a juicio deberá contener la fecha, los datos personales del
imputado, una relación clara precisa y circunstanciada de los hechos, su calificación legal y
la parte dispositiva, corresponde declarar clausurada la presente instrucción.-
Por todo lo expuesto, y porque se ajusta a derecho es que así;
RESUELVO:
I.- RECHAZAR LOS PEDIDOS DE SOBRESEIMIENTO DE MARIA
GRACIELA TABOADA DE PIÑEIRO Y DE AMADO BOUDOU, y en
consecuencia, DECLARAR CLAUSURADA LA INSTRUCCIÓN de la presente
causa que lleva el N° 12.390/09 y ELEVAR ESTOS AUTOS A JUICIO, a fin de que se
analicen los hechos que les fueran imputados a los encausados cuyos datos personales obran
al inicio, remitiendo las presentes a la Excma. Cámara Federal de Casación Penal mediante
8. minuta de estilo, para que por sorteo de práctica se determine que Tribunal Oral en lo
Criminal Federal habrá continuar con este trámite (arts.350 y concordantes del C.P.P.N.).-
II.- Tener presentes las reservas formuladas por las defensas técnicas en los
escritos de oposición a la elevación a juicio.-
III.- Notifíquese a las partes mediante cédula de urgente diligenciamiento.-
IV.- Oportunamente, remítanse los incidentes que corren por cuerda, y la
documentación reservada al Tribunal Oral que resulte sorteado.-
Notifíquese, regístrese y elévese sirviendo lo proveído de muy atenta nota
de envío.-
Ante mí:
En ____/____ del mismo notifiqué al Sr. Agente Fiscal quien firmó por ante mí. DOY FE.-
9. Poder Judicial de la Nación CN° 12390/09
USO OFICIAL
En del mismo se libraron cédulas. CONSTE.-