Este documento resume los resultados de un encuentro entre la Comisión Colombiana de Juristas y 35 víctimas del paramilitarismo. Las víctimas discutieron sus experiencias con la ley de Justicia y Paz de 2005 y cómo esta ley ha fallado en garantizar sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. El documento también describe la metodología usada en el encuentro y destaca la necesidad de que las víctimas participen en los procesos relacionados con el conflicto armado colombiano.
Este documento presenta el marco y objetivos de un informe sobre las víctimas de violaciones de derechos humanos en el contexto de la violencia política en el País Vasco. El Parlamento Vasco encargó un informe para reconocer y brindar reparaciones a estas víctimas. El informe analizará la situación desde una perspectiva jurídica basada en la Constitución y el derecho internacional de derechos humanos, y propondrá categorías y recomendaciones, incluidas medidas de reparación.
El documento describe la justicia restaurativa como un nuevo enfoque de los métodos alternativos de resolución de conflictos. Explica que la justicia restaurativa busca restaurar el tejido social y satisfacer los intereses de las víctimas y los infractores, a diferencia de los enfoques distributivo y retributivo. También resume los principios y mecanismos de la justicia restaurativa según la legislación y jurisprudencia colombianas, así como las diferencias entre la conciliación y la mediación como métodos de justicia restaurativa.
El documento analiza si en Colombia se han desmantelado realmente los grupos paramilitares. Concluye que no es así y que dichos grupos continúan operando bajo nuevas denominaciones como "bandas criminales", cometiendo graves violaciones a los derechos humanos. Además, señala que la ley de "Justicia y Paz" ha beneficiado a los paramilitares con amnistías de facto y que el Estado no ha cumplido con su obligación de desmantelar estos grupos ni garantizar los derechos de las víctimas.
El documento presenta una introducción sobre los acuerdos de paz en Guatemala, incluyendo antecedentes del conflicto armado interno y esfuerzos para alcanzar la paz. Luego resume varios acuerdos de paz clave como Esquipulas II, el Acuerdo de Oslo, el Acuerdo de México y las instancias creadas para cumplir los acuerdos de paz. Finalmente, ofrece más detalles sobre el contenido y puntos clave de Esquipulas II, el Acuerdo de Oslo y el Acuerdo de México.
Cartilla: Proceso de Paz - Acuerdo sobre las víctimas del conflictoj g
El documento describe el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición acordado entre el Gobierno de Colombia y las FARC para atender a las víctimas del conflicto armado. El Sistema consiste en varios mecanismos como la Comisión de la Verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz y medidas de reparación, que trabajarán de manera coordinada para satisfacer los derechos de las víctimas, garantizar la no repetición y la reconciliación. Más de 7 millones de personas han sido víctimas
Régimen jurídico de la empresa agraria lectura2agustinc3333
1) El documento habla sobre los contratos agrarios y los principios generales de los contratos según el Código Civil y Comercial de Argentina. 2) Explica que los contratos requieren de dos o más partes, consentimiento, un fin, un objeto y una causa. 3) También cubre el principio de autonomía de la voluntad y los límites legales de los contratos.
El documento describe la evolución de la justicia penal internacional y la justicia restaurativa. Se establecieron tribunales internacionales después de la Segunda Guerra Mundial para juzgar crímenes de guerra y contra la humanidad. Más recientemente se creó la Corte Penal Internacional en 1998 para juzgar estos crímenes. La justicia restaurativa se enfoca en reparar el daño a las víctimas y las relaciones, a diferencia de sólo enfocarse en castigar a los ofensores. Reconoce los derechos de las
Este documento presenta el fundamento constitucional de la conciliación en equidad en Colombia. En 3 oraciones:
1) La Constitución establece que Colombia es un Estado Social de Derecho que busca la justicia social, lo que implica que todos los ciudadanos puedan acceder a mecanismos como la conciliación en equidad para hacer efectivos sus derechos de manera gratuita e informal.
2) La Constitución también define a Colombia como un Estado democrático y participativo, por lo que la conciliación en equidad permite que los ciudadanos particip
Este documento presenta el marco y objetivos de un informe sobre las víctimas de violaciones de derechos humanos en el contexto de la violencia política en el País Vasco. El Parlamento Vasco encargó un informe para reconocer y brindar reparaciones a estas víctimas. El informe analizará la situación desde una perspectiva jurídica basada en la Constitución y el derecho internacional de derechos humanos, y propondrá categorías y recomendaciones, incluidas medidas de reparación.
El documento describe la justicia restaurativa como un nuevo enfoque de los métodos alternativos de resolución de conflictos. Explica que la justicia restaurativa busca restaurar el tejido social y satisfacer los intereses de las víctimas y los infractores, a diferencia de los enfoques distributivo y retributivo. También resume los principios y mecanismos de la justicia restaurativa según la legislación y jurisprudencia colombianas, así como las diferencias entre la conciliación y la mediación como métodos de justicia restaurativa.
El documento analiza si en Colombia se han desmantelado realmente los grupos paramilitares. Concluye que no es así y que dichos grupos continúan operando bajo nuevas denominaciones como "bandas criminales", cometiendo graves violaciones a los derechos humanos. Además, señala que la ley de "Justicia y Paz" ha beneficiado a los paramilitares con amnistías de facto y que el Estado no ha cumplido con su obligación de desmantelar estos grupos ni garantizar los derechos de las víctimas.
El documento presenta una introducción sobre los acuerdos de paz en Guatemala, incluyendo antecedentes del conflicto armado interno y esfuerzos para alcanzar la paz. Luego resume varios acuerdos de paz clave como Esquipulas II, el Acuerdo de Oslo, el Acuerdo de México y las instancias creadas para cumplir los acuerdos de paz. Finalmente, ofrece más detalles sobre el contenido y puntos clave de Esquipulas II, el Acuerdo de Oslo y el Acuerdo de México.
Cartilla: Proceso de Paz - Acuerdo sobre las víctimas del conflictoj g
El documento describe el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición acordado entre el Gobierno de Colombia y las FARC para atender a las víctimas del conflicto armado. El Sistema consiste en varios mecanismos como la Comisión de la Verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz y medidas de reparación, que trabajarán de manera coordinada para satisfacer los derechos de las víctimas, garantizar la no repetición y la reconciliación. Más de 7 millones de personas han sido víctimas
Régimen jurídico de la empresa agraria lectura2agustinc3333
1) El documento habla sobre los contratos agrarios y los principios generales de los contratos según el Código Civil y Comercial de Argentina. 2) Explica que los contratos requieren de dos o más partes, consentimiento, un fin, un objeto y una causa. 3) También cubre el principio de autonomía de la voluntad y los límites legales de los contratos.
El documento describe la evolución de la justicia penal internacional y la justicia restaurativa. Se establecieron tribunales internacionales después de la Segunda Guerra Mundial para juzgar crímenes de guerra y contra la humanidad. Más recientemente se creó la Corte Penal Internacional en 1998 para juzgar estos crímenes. La justicia restaurativa se enfoca en reparar el daño a las víctimas y las relaciones, a diferencia de sólo enfocarse en castigar a los ofensores. Reconoce los derechos de las
Este documento presenta el fundamento constitucional de la conciliación en equidad en Colombia. En 3 oraciones:
1) La Constitución establece que Colombia es un Estado Social de Derecho que busca la justicia social, lo que implica que todos los ciudadanos puedan acceder a mecanismos como la conciliación en equidad para hacer efectivos sus derechos de manera gratuita e informal.
2) La Constitución también define a Colombia como un Estado democrático y participativo, por lo que la conciliación en equidad permite que los ciudadanos particip
Este documento presenta un resumen de los conceptos y presupuestos de la responsabilidad civil. Define la responsabilidad civil como una técnica jurídica que transfiere el daño de la víctima a otra persona considerada responsable. Explora los cuatro presupuestos de la responsabilidad civil: antijuridicidad, factor de atribución, nexo causal y daño. Finalmente, analiza diversos tipos de daños reconocidos, incluyendo daños al proyecto de vida y "daño a las vacaciones arruinadas".
Este documento presenta los conceptos fundamentales de la justicia restaurativa. En primer lugar, define la justicia restaurativa como un proceso en el que la víctima, el infractor y la comunidad participan activamente en la resolución de un delito, generalmente con la ayuda de un facilitador. Luego, describe las características, presupuestos, principios y fundamentos de la justicia restaurativa, incluida su relación con el derecho. Finalmente, menciona algunas formas de implementar programas concretos de justicia restaurativa.
La participación desde los Derechos Humanos posibilidades y límites (2)Antonio Díaz Piña
Este documento resume brevemente la historia de la reforma constitucional en México para incluir los derechos humanos. Incluye la aprobación del artículo primero de la constitución para reconocer los derechos humanos y la obligación del estado de promoverlos y protegerlos. También discute conceptos como el control de convencionalidad, el bloque de constitucionalidad, y la interpretación conforme con los principios de los derechos humanos.
Este documento presenta las demandas de organizaciones de familiares de personas desaparecidas en México sobre la futura Ley General sobre Desaparición Forzada y Desaparición de Personas por Particulares. Piden que la ley reconozca la magnitud de la crisis de desapariciones en el país, garantice la participación de las víctimas en su elaboración e implementación, y establezca mecanismos para la rendición de cuentas de las autoridades.
Este documento analiza los regímenes de responsabilidad objetiva del Estado en Colombia, incluyendo el daño especial y el riesgo excepcional. Explica que el daño especial se configura cuando una actuación lícita del Estado causa un daño grave a una persona o grupo, rompiendo la igualdad ante las cargas públicas. El riesgo excepcional se aplica cuando una actividad peligrosa del Estado genera un riesgo anormal. Finalmente, el documento examina cómo la jurisprudencia ha aplicado estas teorías y concluye que en ocasiones se ha
Este documento resume la situación de los derechos humanos y el derecho humanitario en Colombia entre julio de 2007 y junio de 2008. Se registraron al menos 1,470 violaciones al derecho a la vida por fuera de combate durante este período, incluyendo 1,344 homicidios y 176 desapariciones forzadas. La mayoría de las violaciones (50.38%) fueron atribuidas a grupos guerrilleros, mientras que el 32.42% fueron atribuidas a la fuerza pública y el 17.20% a paramilitares. El documento
Los conflictos que se generan en los grupos sociales, deben ser resueltos de manera armónica, reduciendo costos económicos y previniendo la aparición de nuevos conflictos.
Con la intención de alcanzar el objetivo la paz y bienestar en la comunidad, el sistema jurídico peruano; ha incorporado formas para solucionar conflictos, con la salvedad de solucionar los conflictos sin generar mayores gastos, tiempo entre las partes. Los medios de solución más difundidos son los siguientes: la conciliación, el arbitraje y la Transacción de los cuales tratará el presente artículo.
Este documento discute la evolución del hecho imputable como elemento de la responsabilidad civil extracontractual. Explica que 1) originalmente los hechos generadores de responsabilidad se confundían con los delitos, pero luego evolucionaron a incluir cualquier hecho que cause daño, 2) el hecho se ha independizado de la culpa a través de la objetivación del concepto de culpa y la ampliación de las presunciones de culpa por el hecho propio, y 3) el hecho también se ha independizado de su autor a través del surgimiento de una responsabilidad vicaria
Manual de derecho civil vol.ii antonio vodanovicAlexk Teiguel
Este documento es el manual de derecho civil de Antonio Vodanovic. Resume la segunda parte de la sección preliminar y general. Explica la noción y clasificación de los hechos jurídicos, dividiéndolos en naturales y humanos. Los hechos humanos son actos jurídicos o hechos jurídicos en sentido estricto, y pueden ser lícitos o ilícitos, potestativos o debidos.
Este documento describe los principios y prácticas de la justicia restaurativa y la mediación víctima-victimario. La justicia restaurativa busca reparar el daño causado por los delitos y reintegrar a las víctimas y victimarios en la comunidad. La mediación víctima-victimario permite que las víctimas y victimarios se reúnan de forma segura para que el victimario asuma responsabilidad y se pueda lograr la reparación. La mediación tiene muchos beneficios para las víctimas, victimarios y la comunidad, pero
El artículo habla sobre varios temas relacionados con el gobernador de Oaxaca y su llamado a organizaciones sociales a sumarse al "Pacto por la gobernabilidad y concordia". El gobernador dice que las organizaciones no pueden considerar a Oaxaca como su patrimonio y deben respetar los derechos de terceros. También cancela órdenes de captura contra ex colaboradores del ex gobernador Ulises Ruiz y dice que no habrá ningún acuerdo político con la administración anterior.
La justicia restaurativa es una corriente jurídica alternativa que busca la reparación del daño causado a la víctima y a la sociedad por parte del victimario. Surge hace 30 años para subsanar las limitaciones del sistema de justicia penal tradicional. Aunque se contempla en la legislación de algunos estados mexicanos, su aplicación ha sido limitada debido a falta de difusión y cultura sobre este enfoque. Se requiere mayor formalidad jurídica y cambios culturales para que la justicia restaurativa sea una opción más efectiva.
Este documento presenta una comparación entre la justicia penal tradicional y la justicia restaurativa. La justicia restaurativa se centra en la reparación del daño causado a la víctima y la comunidad, en lugar de enfocarse únicamente en el castigo del delincuente. Involucra a la víctima, el delincuente y la comunidad en el proceso de justicia con el objetivo de lograr la reconciliación.
Este documento describe la mediación ambiental como un mecanismo alternativo para resolver controversias ambientales. Explica que la mediación permite que las partes en conflicto identifiquen sus propias soluciones de manera cooperativa, con la ayuda de un mediador experto. También presenta ejemplos del uso de la mediación en leyes mexicanas y concluye que la mediación construye alternativas que respetan la sustentabilidad mejor que los procesos legales formales.
Que cese el fuego contra la población civilteleSUR TV
1ER INFORME DE SITUACIÓN DE DERECHOS HUMANOS 50 DÍAS DE CESE AL FUEGO BILATERAL Y TEMPORAL DE CARÁCTER NACIONAL GOBIERNO Y EJÉRCITO DE LIBERACIÓN NACIONAL ELN
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del material de apoyo sobre Derecho Civil - Contratos elaborado por el grupo Duarte - Adorno. Explica los elementos esenciales de un contrato, la clasificación de los contratos en unilaterales y bilaterales, y la distinción entre contratos onerosos y gratuitos.
Este documento discute los derechos de las víctimas en un conflicto armado en la República Cardenal. Resume que las víctimas sufrieron graves violaciones a sus derechos como la violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. Aunque el estado tuvo responsabilidad por estas violaciones, también tomó medidas como indemnizaciones, programas de rehabilitación y la creación de comisiones para investigar los hechos y garantizar la no repetición. El documento concluye que el estado cumplió su deber de reparar a las ví
Este documento describe la justicia restaurativa, una teoría y movimiento que busca reformar el sistema de justicia penal. En lugar de ver el crimen solo como una violación a la ley, la justicia restaurativa lo ve como un daño contra las personas y las relaciones. El documento explica los orígenes históricos de este enfoque, cómo se practica en diferentes países, y sus principios centrales de reparación, reintegración y participación de las víctimas y los ofensores.
Este documento es el manual de derecho civil de Ramón Meza Barros sobre las fuentes de las obligaciones. Presenta una introducción sobre las fuentes de las obligaciones según el código civil chileno y la división de la materia, iniciando con el estudio de los contratos. Luego aborda las generalidades de los contratos, sus elementos y las diversas clasificaciones de los contratos según el código, incluyendo contratos unilaterales y bilaterales.
El documento describe la epilepsia como un trastorno paroxístico y recurrente del funcionamiento cerebral caracterizado por breves crisis de alteración de la conciencia acompañadas de actividad motora, sensorial o conductual inapropiada, causado por una descarga neuronal excesiva. Se requieren al menos dos episodios convulsivos para diagnosticar epilepsia. La convulsión se produce por descargas anormales, excesivas e hipersincrónicas de un grupo de neuronas en el sistema nervioso central.
La ley 951 de 2005 establece normas para la entrega y recepción de asuntos y recursos públicos entre servidores públicos en Colombia. Requiere que los servidores públicos presenten un informe de gestión al separarse de su cargo describiendo los asuntos a su cargo y la situación de los recursos administrativos, financieros y humanos. También establece plazos y procedimientos para la preparación, entrega y verificación del informe de gestión.
Este documento presenta un resumen de los conceptos y presupuestos de la responsabilidad civil. Define la responsabilidad civil como una técnica jurídica que transfiere el daño de la víctima a otra persona considerada responsable. Explora los cuatro presupuestos de la responsabilidad civil: antijuridicidad, factor de atribución, nexo causal y daño. Finalmente, analiza diversos tipos de daños reconocidos, incluyendo daños al proyecto de vida y "daño a las vacaciones arruinadas".
Este documento presenta los conceptos fundamentales de la justicia restaurativa. En primer lugar, define la justicia restaurativa como un proceso en el que la víctima, el infractor y la comunidad participan activamente en la resolución de un delito, generalmente con la ayuda de un facilitador. Luego, describe las características, presupuestos, principios y fundamentos de la justicia restaurativa, incluida su relación con el derecho. Finalmente, menciona algunas formas de implementar programas concretos de justicia restaurativa.
La participación desde los Derechos Humanos posibilidades y límites (2)Antonio Díaz Piña
Este documento resume brevemente la historia de la reforma constitucional en México para incluir los derechos humanos. Incluye la aprobación del artículo primero de la constitución para reconocer los derechos humanos y la obligación del estado de promoverlos y protegerlos. También discute conceptos como el control de convencionalidad, el bloque de constitucionalidad, y la interpretación conforme con los principios de los derechos humanos.
Este documento presenta las demandas de organizaciones de familiares de personas desaparecidas en México sobre la futura Ley General sobre Desaparición Forzada y Desaparición de Personas por Particulares. Piden que la ley reconozca la magnitud de la crisis de desapariciones en el país, garantice la participación de las víctimas en su elaboración e implementación, y establezca mecanismos para la rendición de cuentas de las autoridades.
Este documento analiza los regímenes de responsabilidad objetiva del Estado en Colombia, incluyendo el daño especial y el riesgo excepcional. Explica que el daño especial se configura cuando una actuación lícita del Estado causa un daño grave a una persona o grupo, rompiendo la igualdad ante las cargas públicas. El riesgo excepcional se aplica cuando una actividad peligrosa del Estado genera un riesgo anormal. Finalmente, el documento examina cómo la jurisprudencia ha aplicado estas teorías y concluye que en ocasiones se ha
Este documento resume la situación de los derechos humanos y el derecho humanitario en Colombia entre julio de 2007 y junio de 2008. Se registraron al menos 1,470 violaciones al derecho a la vida por fuera de combate durante este período, incluyendo 1,344 homicidios y 176 desapariciones forzadas. La mayoría de las violaciones (50.38%) fueron atribuidas a grupos guerrilleros, mientras que el 32.42% fueron atribuidas a la fuerza pública y el 17.20% a paramilitares. El documento
Los conflictos que se generan en los grupos sociales, deben ser resueltos de manera armónica, reduciendo costos económicos y previniendo la aparición de nuevos conflictos.
Con la intención de alcanzar el objetivo la paz y bienestar en la comunidad, el sistema jurídico peruano; ha incorporado formas para solucionar conflictos, con la salvedad de solucionar los conflictos sin generar mayores gastos, tiempo entre las partes. Los medios de solución más difundidos son los siguientes: la conciliación, el arbitraje y la Transacción de los cuales tratará el presente artículo.
Este documento discute la evolución del hecho imputable como elemento de la responsabilidad civil extracontractual. Explica que 1) originalmente los hechos generadores de responsabilidad se confundían con los delitos, pero luego evolucionaron a incluir cualquier hecho que cause daño, 2) el hecho se ha independizado de la culpa a través de la objetivación del concepto de culpa y la ampliación de las presunciones de culpa por el hecho propio, y 3) el hecho también se ha independizado de su autor a través del surgimiento de una responsabilidad vicaria
Manual de derecho civil vol.ii antonio vodanovicAlexk Teiguel
Este documento es el manual de derecho civil de Antonio Vodanovic. Resume la segunda parte de la sección preliminar y general. Explica la noción y clasificación de los hechos jurídicos, dividiéndolos en naturales y humanos. Los hechos humanos son actos jurídicos o hechos jurídicos en sentido estricto, y pueden ser lícitos o ilícitos, potestativos o debidos.
Este documento describe los principios y prácticas de la justicia restaurativa y la mediación víctima-victimario. La justicia restaurativa busca reparar el daño causado por los delitos y reintegrar a las víctimas y victimarios en la comunidad. La mediación víctima-victimario permite que las víctimas y victimarios se reúnan de forma segura para que el victimario asuma responsabilidad y se pueda lograr la reparación. La mediación tiene muchos beneficios para las víctimas, victimarios y la comunidad, pero
El artículo habla sobre varios temas relacionados con el gobernador de Oaxaca y su llamado a organizaciones sociales a sumarse al "Pacto por la gobernabilidad y concordia". El gobernador dice que las organizaciones no pueden considerar a Oaxaca como su patrimonio y deben respetar los derechos de terceros. También cancela órdenes de captura contra ex colaboradores del ex gobernador Ulises Ruiz y dice que no habrá ningún acuerdo político con la administración anterior.
La justicia restaurativa es una corriente jurídica alternativa que busca la reparación del daño causado a la víctima y a la sociedad por parte del victimario. Surge hace 30 años para subsanar las limitaciones del sistema de justicia penal tradicional. Aunque se contempla en la legislación de algunos estados mexicanos, su aplicación ha sido limitada debido a falta de difusión y cultura sobre este enfoque. Se requiere mayor formalidad jurídica y cambios culturales para que la justicia restaurativa sea una opción más efectiva.
Este documento presenta una comparación entre la justicia penal tradicional y la justicia restaurativa. La justicia restaurativa se centra en la reparación del daño causado a la víctima y la comunidad, en lugar de enfocarse únicamente en el castigo del delincuente. Involucra a la víctima, el delincuente y la comunidad en el proceso de justicia con el objetivo de lograr la reconciliación.
Este documento describe la mediación ambiental como un mecanismo alternativo para resolver controversias ambientales. Explica que la mediación permite que las partes en conflicto identifiquen sus propias soluciones de manera cooperativa, con la ayuda de un mediador experto. También presenta ejemplos del uso de la mediación en leyes mexicanas y concluye que la mediación construye alternativas que respetan la sustentabilidad mejor que los procesos legales formales.
Que cese el fuego contra la población civilteleSUR TV
1ER INFORME DE SITUACIÓN DE DERECHOS HUMANOS 50 DÍAS DE CESE AL FUEGO BILATERAL Y TEMPORAL DE CARÁCTER NACIONAL GOBIERNO Y EJÉRCITO DE LIBERACIÓN NACIONAL ELN
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del material de apoyo sobre Derecho Civil - Contratos elaborado por el grupo Duarte - Adorno. Explica los elementos esenciales de un contrato, la clasificación de los contratos en unilaterales y bilaterales, y la distinción entre contratos onerosos y gratuitos.
Este documento discute los derechos de las víctimas en un conflicto armado en la República Cardenal. Resume que las víctimas sufrieron graves violaciones a sus derechos como la violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. Aunque el estado tuvo responsabilidad por estas violaciones, también tomó medidas como indemnizaciones, programas de rehabilitación y la creación de comisiones para investigar los hechos y garantizar la no repetición. El documento concluye que el estado cumplió su deber de reparar a las ví
Este documento describe la justicia restaurativa, una teoría y movimiento que busca reformar el sistema de justicia penal. En lugar de ver el crimen solo como una violación a la ley, la justicia restaurativa lo ve como un daño contra las personas y las relaciones. El documento explica los orígenes históricos de este enfoque, cómo se practica en diferentes países, y sus principios centrales de reparación, reintegración y participación de las víctimas y los ofensores.
Este documento es el manual de derecho civil de Ramón Meza Barros sobre las fuentes de las obligaciones. Presenta una introducción sobre las fuentes de las obligaciones según el código civil chileno y la división de la materia, iniciando con el estudio de los contratos. Luego aborda las generalidades de los contratos, sus elementos y las diversas clasificaciones de los contratos según el código, incluyendo contratos unilaterales y bilaterales.
El documento describe la epilepsia como un trastorno paroxístico y recurrente del funcionamiento cerebral caracterizado por breves crisis de alteración de la conciencia acompañadas de actividad motora, sensorial o conductual inapropiada, causado por una descarga neuronal excesiva. Se requieren al menos dos episodios convulsivos para diagnosticar epilepsia. La convulsión se produce por descargas anormales, excesivas e hipersincrónicas de un grupo de neuronas en el sistema nervioso central.
La ley 951 de 2005 establece normas para la entrega y recepción de asuntos y recursos públicos entre servidores públicos en Colombia. Requiere que los servidores públicos presenten un informe de gestión al separarse de su cargo describiendo los asuntos a su cargo y la situación de los recursos administrativos, financieros y humanos. También establece plazos y procedimientos para la preparación, entrega y verificación del informe de gestión.
Por medio de la cual se introducen modificaciones a la ley 975 de 2005 "por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios" y se dictan otras disposiciones
La Ley 1581 de 2012 regula el tratamiento de datos personales en Colombia y desarrolla el derecho a la habeas data. Establece principios como legalidad, finalidad y calidad de la información. Define conceptos clave como datos personales, sujetos del tratamiento, y categorías especiales de datos. Determina derechos de los titulares y deberes de los responsables y encargados del tratamiento de datos. Además, reglamenta procedimientos y sanciones por incumplimiento de la ley.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 sobre transparencia y acceso a la información pública en Colombia. Establece directrices para que los sujetos obligados publiquen de manera proactiva información como el directorio de servidores públicos, los trámites que ofrecen y los procesos de contratación, utilizando plataformas como el SIGEP, SUIT y SECOP. También define los contenidos mínimos que deben publicarse en la sección de "Transparencia" de los sitios web institucionales.
Resolución no. 12, adopta plan anticorrupcion 2013mannotazs
La resolución aprueba y adopta el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano para el año 2013 del Concejo Municipal de Cocorná, Antioquia. El plan incluye el mapa de riesgos de corrupción, medidas anti trámites, rendición de cuentas y mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. La presidencia del Concejo será responsable de implementar las acciones del plan con apoyo de todos los servidores públicos. El plan es obligatorio y promueve valores éticos, transparencia, den
La Ley 1448 de 2011 establece medidas de reparación integral para las víctimas del conflicto armado interno en Colombia, incluyendo asistencia humanitaria, salud, educación, reunificación familiar, restitución de tierras, e indemnización. El documento explica el sistema nacional creado para implementar estas medidas y garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
La guía explica el proceso de conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo en Colombia. Detalla que la conciliación es un requisito de procedibilidad obligatorio antes de presentar una demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Responde preguntas frecuentes sobre qué es la conciliación, ante quién se presenta la solicitud, los requisitos de la solicitud, y el proceso cuando no se logra un acuerdo conciliatorio.
VIOLACION DATOS PERSONALES - DELITO INFORMATICOCatherine Mejia
Este documento analiza el delito de violación de datos personales establecido en la Ley 1273 de 2009 en Colombia. Explica conceptos clave como delitos informáticos, categorías de estos delitos (manipulación de datos, daños a programas y datos, falsificaciones), y precedentes jurídicos que llevaron a la creación de esta ley, como casos de fraude cibernético. El documento concluye que la ley buscó proteger la privacidad de los usuarios ante el aumento de conductas antijurídicas en internet, donde falt
Este documento resume el régimen de contratación estatal en Colombia según las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007. Describe los tipos de contratos estatales como obra, consultoría, prestación de servicios y concesión. También explica las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado, así como las entidades estatales y excepciones al régimen.
El documento describe un proyecto de innovación pedagógica para mejorar el aprendizaje de matemáticas en primaria a través del uso de materiales lúdicos. Explica que la falta de preparación de material didáctico y el uso de metodologías tradicionales han llevado a que muchos alumnos desaprueben matemáticas. El proyecto busca capacitar docentes, diseñar materiales lúdicos y aplicar estrategias de enseñanza basadas en el juego para hacer las matemáticas más atractivas y mejorar
Este documento resume la estructura financiera colombiana y la normatividad legal que la rige. Describe las principales instituciones que componen el sistema financiero colombiano como establecimientos de crédito, sociedades de servicios financieros, sociedades de capitalización, entidades aseguradoras e intermediarios. También explica las diferentes clases de cada una de estas instituciones y sus funciones principales.
La Ley 962 de 2005 busca facilitar las relaciones entre los ciudadanos y la administración pública mediante la optimización de trámites y servicios. La ley pretende contar con un estado más eficaz y transparente, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y lograr una mayor eficiencia en la administración pública. Algunas de sus disposiciones incluyen prohibir requisitos adicionales no contemplados en la ley, otorgar citas de manera automática y facilitar el acceso a formularios of manera gratuita.
Este documento establece los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en Colombia. Define TIC y crea la Agencia Nacional de Espectro para regular su uso. Establece los objetivos, principios y funciones del Estado para formular políticas públicas sobre TIC, promover la inversión y garantizar el acceso equitativo a la sociedad de la información.
La participación ciudadana es fundamental en el marco de la justicia transicional para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. La Constitución reconoce la democracia participativa y ofrece mecanismos para que los ciudadanos incidan en las políticas públicas. La ley 975 de 2005 regula la desmovilización de grupos armados y protege los derechos de las víctimas. La Procuraduría General de la Nación vela por el cumplimiento de esta ley y promueve la
El documento analiza los mecanismos de participación ciudadana utilizados para proteger los derechos de las víctimas en el proceso de restitución de tierras en Colombia. Explica que la comunidad utilizó la consulta popular definida en la Ley 134 de 1994 para defender sus derechos vulnerados. Además, destaca que el Gobierno promulgó la Ley 1448 de 2011 para crear un procedimiento especial de restitución de tierras y establecer un sistema nacional de atención y reparación a las víctimas.
Víctimas del Conflicto Armado y el Control Social en ColombiaJairo Sandoval H
El documento describe los mecanismos de control social, seguimiento y evaluación que las víctimas pueden utilizar para incidir en las políticas públicas relacionadas con su atención y reparación. Estos incluyen la veeduría ciudadana, consulta previa, rendición de cuentas y otros procesos legales. El control social de las víctimas ha ayudado a lograr cambios positivos como la Ley de Víctimas de 2011, pero se requiere que continúen participando activamente en el seguimiento e implementación de esta política.
Este documento explica los conceptos de verdad, justicia y reparación. Define la verdad como el reconocimiento de las violaciones cometidas, las víctimas afectadas y los responsables. Explica que la búsqueda de la verdad es un proceso para descubrir qué ocurrió, por qué y quiénes son los responsables. Además, destaca que la verdad, la justicia y la reparación son derechos de las víctimas y la sociedad, y que el Estado es responsable de garantizar estos derechos.
Este artículo analiza las acciones de grupo en Colombia. Se introducen las acciones de grupo como una forma de acción colectiva creada en la Constitución de 1991 para proteger los derechos e intereses colectivos. La Ley 472 de 1998 reglamentó aspectos particulares de las acciones de grupo y el procedimiento a seguir. Este artículo examina los derechos que pueden protegerse a través de acciones de grupo, la composición del grupo y algunos aspectos procedimentales discutidos en la doctrina.
Tratado de derecho administrativo Roberto DromiFxalarcon1
El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo argentino, incluyendo la Constitución de 1994, leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, jurisprudencia judicial y administrativa, y doctrina contemporánea. Se enfoca en los cambios introducidos por la Reforma del Estado en 1989 y la Reforma de la Constitución en 1994, que modernizaron el marco legal y fortalecieron los derechos, garantías e instituciones en el país.
Las garantías de no repetición son medidas encaminadas a desaparecer las condiciones que provocaron violaciones a los derechos humanos y asegurar que dichas violaciones no vuelvan a ocurrir. Incluyen cambios institucionales, educación en derechos humanos, desarme y desmovilización de grupos armados ilegales, y difusión de la verdad sobre lo ocurrido. Tienen un alcance individual para las víctimas y general para prevenir futuros abusos, y deben diseñarse considerando el contexto específico
La conciliación en equidad como vía para el ejercicio de la justicia restaura...teoriadelaconciliacion
El documento presenta una ruta de trabajo sugerida sobre la conciliación en equidad en Colombia. Aborda conceptos como los antecedentes históricos, el marco legal, y características de la conciliación en equidad. También explica conceptos clave sobre la justicia restaurativa y su aplicación en Colombia. Finalmente, propone que la conciliación en equidad puede servir como vehículo de la justicia restaurativa al reunir características similares y aplicar prácticas restaurativas como el diálogo asistido y los círculos de p
Este documento presenta los principios y definiciones clave de la Ley 975 de 2005 sobre la reincorporación de miembros de grupos armados ilegales en Colombia. Establece que la ley busca facilitar los procesos de paz y la reincorporación de estos grupos a la vida civil, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Define conceptos como "grupo armado organizado", "alternatividad" y "víctima", y establece que la interpretación y aplicación de la ley debe real
Ponencia segundo debate Ley de Víctimas Cámara. DPS
Informe de Ponencia para segundo debate. Proyecto de Ley Número 107 de 2010 Cámara “Por la cual se dictan medidas de atención y reparación integral a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario”. – ACUMULADO Proyecto de Ley No. 85 de 2010 Cámara, “Por la cual se establecen normas transicionales para la restitución de tierras”.
Este documento es un libro publicado por la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) que analiza críticamente la Ley 975 de 2005 (también conocida como la Ley de Justicia y Paz) desde la perspectiva de los derechos de las víctimas. El libro contiene varios artículos que examinan temas como los procedimientos establecidos en la ley, los efectos de la sentencia C-370 de la Corte Constitucional, los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación,
Derecho internacional de los derechos humanos en chileYeison Yance Soto
Este documento presenta un estudio introductorio sobre la recepción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en Chile. Explica que el DIDH se desarrolló en el siglo XX como respuesta al fracaso de los sistemas tradicionales de protección de los individuos. Luego, analiza cómo se configura la relación entre el derecho interno e internacional en materia de derechos humanos, y los instrumentos para la aplicación de tratados internacionales en Chile, como el Bloque de Constitucionalidad y el Control de Convencionalidad.
Que es, Características, Derecho comparado, procedimiento en Colombia, antecedentes de las acciones populares en Colombia, antecedentes jurisprudenciales, Derechos que protege,
El documento resume el 13er informe trimestral del Secretario General de la OEA sobre la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia. Resalta avances en la aplicación de la Ley de Justicia y Paz, pero también desafíos como la seguridad de víctimas y funcionarios. Más de 219,000 víctimas han participado, aunque se necesita mejorar la representación legal y la atención en zonas remotas.
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El documento discute los conceptos de acuerdo previo, consulta y consentimiento en relación con los derechos territoriales de los pueblos indígenas frente a las industrias extractivas. Explica que el acuerdo previo se basa en la autonomía de la voluntad contractual, mientras que la consulta y el consentimiento se fundamentan en la autonomía colectiva y la autodeterminación. Concluye que sólo debe aplicarse el régimen del acuerdo previo cuando no hay pueblos indígenas involucrados, y de lo contrario debe primar el consentimiento lib
Acuerdo sobre las víctimas del conflicto (comunicado conjunto 64)Urna de Cristal
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Similar a Encuentro nacional para la Reflexión y el Análisis de la Aplicación de la Ley 975 de 2005 (20)
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The Colombian Commission of Jurists (CCJ) is a Colombian NGO established in 1988 with the dual mission of improving human rights in Colombia and developing international human rights law worldwide. The CCJ aims to promote the rule of law and achieve peace in Colombia through activities like research, litigation, and advocacy focused on vulnerable groups. It produces reports, represents victims in national and international courts, and lobbies the Colombian government. Composed of around 50 staff with consultative status at the UN, the CCJ has become a prominent voice on human rights in Colombia and a reference for international organizations.
La Comisión Colombiana de Juristas tiene como misión contribuir a mejorar la situación de los derechos humanos en Colombia y promover el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos. Para lograr esto, realiza investigación, litigio y actividades de incidencia política relacionadas con los derechos humanos. La organización fue fundada en 1988 y desde entonces ha tenido logros importantes en la legislación y jurisprudencia colombiana en pro de los derechos humanos.
En 1987, 19 comerciantes fueron detenidos por militares y posteriormente asesinados y descuartizados por paramilitares cerca de Cimitarra, Santander. Veinticinco años después, no se ha hecho justicia por el crimen y los militares vinculados no han sido juzgados a pesar de las pruebas en su contra. La Corte Interamericana determinó la responsabilidad del Estado colombiano pero aún no se han cumplido las medidas de reparación ordenadas. Los familiares exigen que se identifique a todos los responsables y se haga justicia
La Unión Europea ha anunciado nuevas sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen prohibiciones de viaje y congelamiento de activos para más funcionarios rusos, así como restricciones a las importaciones de productos rusos de acero y tecnología. Los líderes de la UE esperan que estas medidas adicionales aumenten la presión sobre Rusia para poner fin a su guerra contra Ucrania.
El documento trata sobre la Comisión Colombiana de Juristas, una organización no gubernamental que busca promover y proteger los derechos humanos en Colombia a través de medios jurídicos. Su mandato es garantizar el respeto de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, así como del derecho humanitario. La Comisión concibe los derechos humanos como valores universales e indivisibles. Tiene estatus consultivo ante Naciones Unidas y está afiliada a otras comisiones internacionales de juristas.
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
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conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
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Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
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Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
6. RECONOCIMIENTOS
Reconocimientos
En el Encuentro Nacional para la Reflexión y el Análisis
de la aplicación de la ley 975 de 2005, base para la ela-
boración de este documento, participó todo el equipo
constituido en la CCJ para defender los derechos de las
víctimas bajo la aplicación de la ley 975 de 2005: las
y los litigantes, las psicólogas, el área de promoción y
debates, y el área de investigación; bajo la dirección
de Gustavo Gallón.
La organización del evento, así como la elaboración del
presente documento, estuvo a cargo de Lucía Beatriz
Pfizenmaier. Se contó con el apoyo logístico de Diana
Lancheros y Janeth Delgado.
Este escrito recoge textualmente las opiniones de 35
personas víctimas de violaciones a derechos humanos,
quienes aportaron sus experiencias y conocimientos. A
ellas, a las víctimas que representamos judicialmente,
y a todas las víctimas de violaciones a derechos huma-
nos e infracciones al derecho humanitario en Colombia
está dedicado el documento.
7.
8. TablaContenido
de
Presentación 9
Capítulo 1: Conceptos y definiciones: apropiación
de los derechos como experiencia
de vida 13
1. Derecho a la justicia 15
2. Derecho a la verdad 17
3. Derecho a la reparación 19
4. Garantías de no repetición 24
5. Reparación colectiva 28
Capítulo 2: Panorama de aplicación de la
ley 975 de 2005 31
1. Sobre el derecho a la justicia 33
2. Sobre el derecho a la verdad 35
3. Sobre el derecho a la reparación 36
4. Sobre las garantías de no repetición 39
5. Sobre la reparación colectiva 41
Capítulo 3: Gozar efectivamente de los
derechos significa 45
1. A la justicia 47
2. A la verdad 49
3. A la reparación 51
7
9. Tabla Contenido
de
4. A las garantías de no repetición 53
5. Sobre la reparación colectiva 55
Capítulo 4: Participación e intervención:
exigiendo procesos reales de
justicia y paz 59
1. ¿Qué significa participar?, ¿para qué
participar? 61
2. ¿Vale la pena participar e intervenir
en los procedimientos establecidos
por la ley 975 de 2005? y, ¿en los de
la jurisdicción ordinaria? 64
3. Perspectivas de participación hacia el
futuro 65
4. Exigibilidad colectiva de derechos 67
Conclusiones 69
8
10. PRESENTACIÓN
Presentación
E l presente libro es el resultado de un ejercicio de
construcción colectiva donde se develan los alcan-
ces de implementación local, regional y nacional, de
la denominada ley de Justicia y Paz, en Colombia. En
cada una de estas páginas se ilustra, textualmente, la
posición que comparten hombres y mujeres, como su-
jetos sociales y políticos activos de la realidad nacio-
nal, que históricamente han sido víctimas del parami-
litarismo en este país.
En este sentido, son los conocimientos, las prácticas
y las experiencias compartidas, en el Encuentro para
el análisis y la reflexión de la aplicación de la ley 975
de 2005; su principal referente. Un espacio facilita-
do por la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) para
dar protagonismo absoluto a la voz de las víctimas
que hoy representa, judicialmente1, ante los procedi-
mientos establecidos en la mencionada ley y la juris-
dicción ordinaria.
Tal evento contó con la destacada participación de
treinta y cinco personas que otorgaron poder judicial
a la CCJ, provenientes de las regiones a las cuales
pertenecen, como son, el Magdalena Medio, el Urabá
1
Actualmente, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) representa cuatrocientas
ochenta y seis (486) víctimas del paramilitarismo ante los procedimientos estableci-
dos por la ley 975 de 2005 y la jurisdicción ordinaria.
9
11. PRESENTACIÓN
Presentación
antioqueño y los Montes de María. De igual manera
asistieron de Buenaventura, Pereira, y de las comuni-
dades indígenas Embera Chamí (Riosucio/Risaralda) y
Embera Katio (Tierralta/Córdoba).
Conjuntamente con funcionarios y funcionarias de la
CCJ, los/as participantes se involucraron propositiva-
mente en una dinámica de trabajo que movilizó su aná-
lisis y la identificación de problemáticas relevantes en
torno a las siguientes temáticas: derecho a la verdad
(acceso a la información, conocimiento y asistencia
a las versiones libres, trato de las y los funcionarios
públicos a las víctimas, acciones investigativas, cono-
cimiento de los hechos y los contextos), derecho a la
justicia (impunidad, garantías de los derechos de las
víctimas, efectos de las extradiciones de los paramilil-
tares), derecho a la reparación (acciones tendientes
a la restitución, la indemnización, la rehabilitación y
la satisfacción), garantías de no repetición (acción
de los grupos armados, principales amenazas y viola-
ciones a los derechos de la población, respuesta de
las autoridades frente a tales amenazas), significado
de la reparación colectiva (aspectos que debe incluir
una reparación colectiva, acciones adelantadas sobre
la materia), y normatividad reciente en torno a la
reparación (posiciones sobre la reparación adminis-
trativa, implicaciones de la reparación administrativa
para la población, campaña del gobierno en torno a la
reparación administrativa, incidentes de reparación,
proyecto de Ley 157 de 2007 del Senado, 044 de 2008
Cámara “Por el cual se crea el Estatuto de las Víctimas
de crímenes y actos violentos en el marco del conflicto
colombiano”).
Para tal efecto se dispusieron seis (6) mesas de trabajo
donde los y las asistentes, se inscribieron voluntaria-
10
12. PRESENTACIÓN
Presentación
mente para discutir y elaborar un documento que se
compartiría, posteriormente, con la plenaria del en-
cuentro. Estos textos dieron paso a la construcción y
convalidación de un panorama de aplicación de la Ley
975 de 2005; proceso en el cual participaron la tota-
lidad de los y las asistentes de manera simultánea. El
ejercicio señala, contundentemente, cómo los efectos
de la política gubernamental se han manifestado en la
implementación de una ley que promueve la impunidad
y vulnera los derechos de las víctimas de la violencia
sociopolítica en el país.
El evento culminó con una breve reflexión concernien-
te a las posibilidades de participación, e intervención,
de las víctimas del paramilitarismo en los procesos
señalados por la Ley 975 de 2005, en el marco de la
defensa de la integralidad de sus derechos; haciendo
especial énfasis en los derechos a la verdad, la justi-
cia, la reparación y las garantías de no repetición. En
esta ocasión se enfocó el trabajo en cuatro módulos
de dinámicas participativas, que lograron aterrizar las
perspectivas grupales sobre los siguientes aspectos:
¿qué significa participar e intervenir?, ¿para qué?;
participación de las víctimas en los procedimientos
establecidos por la Ley 975 de 2005 y la jurisdic-
ción ordinaria; exigibilidad colectiva de derechos; y,
perspectivas de participación frente al futuro de la
Ley 975 de 2005.
De esta forma, el documento presente hará alusión a
la estructura metodológica del evento haciendo una
recopilación de sus memorias y resaltando el contraste
existente entre lo estipulado por la Ley 975 de 20052,
2
En conformidad con la sentencia C-370 de 2006.
11
13. PRESENTACIÓN
Presentación
y las múltiples realidades articuladas y coexistentes en
el país. El texto se ha dividió en cuatro capítulos según
los resultados arrojados por el desarrollo del encuen-
tro: Conceptos y definiciones, apropiación de los de-
rechos como experiencia de vida; Panorama de aplica-
ción de la ley 975 de 2005; Gozar efectivamente de los
derechos significa; y, por último, el capítulo final hace
referencia a la Participación e intervención, exigiendo
procesos reales de justicia y paz.
Adicionalmente, en el marco de los objetivos de la CCJ,
el texto busca impulsar y fortalecer el papel político de
las víctimas de la violencia sociopolítica en el escenario
público, en reconocimiento del arduo camino que han
recorrido por la defensa de sus derechos y la memoria
de sus familiares. Es una recolección de posicionamien-
tos, que aporta nuevos e importantes elementos en tor-
no a los sucesos históricos de violencia que han ensom-
brecido el goce efectivo de los derechos de la totalidad
de las ciudadanas y ciudadanos colombianos.
12
14. CAPÍTULO 1
Conceptos y
definiciones:
apropiación
de los
derechos
como
experiencia
de vida
15.
16. 1. Derecho a la justicia
“A rtículo 6. De acuerdo con las disposiciones lega-
les vigentes, el Estado tiene el deber de realizar
una investigación efectiva que conduzca a la identifica-
ción, captura y sanción de las personas responsables por
delitos cometidos por los miembros de grupos armados
al margen de la ley; asegurar a las víctimas de esas
conductas el acceso a recursos eficaces que reparen el
daño infligido, y tomar todas las medidas destinadas a
evitar la repetición de tales violaciones.
Las autoridades públicas que intervengan en los proce-
sos que se tramiten con fundamento en la presente ley
deberán atender, primordialmente, el deber de que
trata este artículo”.
15
17. ARTÍCULO 6
Derecho a la justicia
La búsqueda de la justicia es competencia
del Estado. El debe investigar, buscar
y encontrar a los responsables
para que se haga justicia.
El acceso a la justicia es un derecho fundamental
que debe ser garantizado por el Estado: garantizar el
traslado a las audiencias, la información y la seguridad
de las víctimas.
A pesar de que hayan existido algunas condenas
contra algunos responsables, eso no quiere decir que
haya habido justicia. Para eso se requiere la identi-
ficación plena de cada uno de los responsables y su
debida sanción.
Significa que no se sancione solo a los actores inte-
lectuales sino también a los materiales. Adicionalmen-
te, que los victimarios no tengan la posibilidad de ejer-
cer cargos políticos. Que estén excluidos de por vida.
16
18. 2. Derecho a la verdad
“A rtículo 7. La sociedad, y en especial las vícti-
mas, tienen el derecho inalienable, pleno y
efectivo de conocer la verdad sobre los delitos come-
tidos por grupos armados organizados al margen de la
ley, y sobre el paradero de las víctimas de secuestro y
desaparición forzada.
Las investigaciones y procesos judiciales a los que se
aplique la presente ley deben promover la investiga-
ción de lo sucedido a las víctimas de esas conductas e
informar a sus familiares lo pertinente.
Los procesos judiciales que se adelanten a partir de la
vigencia de la presente ley no impedirán que en el fu-
turo puedan aplicarse otros mecanismos no judiciales
de reconstrucción de la verdad”.
17
19. ARTÍCULO 7 a la verdad
Derecho
La verdad hace parte de la justicia
La verdad dignifica a las personas al limpiar su
buen nombre.
La verdad apacigua la rabia y alivia los sentimientos
de dolor pues se tiene la certeza de que se hará justi-
cia. Esto nos libera del pasado.
La verdad nos purifica y nos quita el deseo de odio
y de venganza.
La verdad castiga al victimario.
La verdad previene que se repitan nuevos hechos.
18
20. 3. Derecho a la reparación
“A rtículo 8. El derecho de las víctimas a la re-
paración comprende las acciones que propen-
dan por la restitución, indemnización, rehabilitación,
satisfacción; y las garantías de no repetición de las
conductas.
Restitución es la realización de las acciones que pro-
pendan por regresar a la víctima a la situación ante-
rior a la comisión del delito.
La indemnización consiste en compensar los perjuicios
causados por el delito.
La rehabilitación consiste en realizar acciones tendien-
tes a la recuperación de las víctimas que sufren trau-
mas físicos y sicológicos como consecuencia del delito.
La satisfacción o compensación moral consiste en rea-
lizar las acciones tendientes a restablecer la dignidad
de la víctima y difundir la verdad sobre lo sucedido.
Las garantías de no repetición comprenden, entre
otras, la desmovilización y el desmantelamiento de los
grupos armados al margen de la ley.
Se entiende por reparación simbólica toda prestación
realizada a favor de las víctimas o de la comunidad
en general que tienda a asegurar la preservación de
la memoria histórica, la no repetición de los hechos
19
21. ARTÍCULO 8a la reparación
Derecho
victimizantes, la aceptación pública de los hechos, el
perdón público y el restablecimiento de la dignidad de
las víctimas.
La reparación colectiva debe orientarse a la recons-
trucción sico-social de las poblaciones afectadas por la
violencia. Este mecanismo se prevé de manera espe-
cial para las comunidades afectadas por la ocurrencia
de hechos de violencia sistemática.
Las autoridades judiciales competentes fijarán las re-
paraciones individuales, colectivas o simbólicas que
sean del caso, en los términos de esta ley”.
20
22. ARTÍCULO 8a la reparación
Derecho
La reparación tiene muchos elementos
que tienen que ir amarrados. La verdad
repara y la justicia repara.
La reparación no es solamente plata. Si bien la re-
paración tiene un objetivo material, tiene otro compo-
nente que no es tan tangible.
No hay dinero que alcance a reparar el daño oca-
sionado.
Si no hay justicia ni verdad, no puede haber una
reparación.
Debe ser una reparación digna.
Pensar en las condiciones de acceso de vida digna,
donde se tengan en cuenta aquellos derechos que
tenemos sin necesidad de haber sido víctimas de la
violencia3.
3
Este párrafo hace referencia a la importancia de gozar efectivamente de los dere-
chos económicos, sociales y culturales; como una condición que se debe alcanzar
antes de hablar de una reparación.
21
23. ARTÍCULO 8a la reparación
Derecho
* Posición de las víctimas
frente a la normatividad
reciente en torno al acceso al
derecho a la reparación4
El panorama en materia de reparación es
incierto. Por el lado de la administrativa
es un mecanismo para ocultar la verdad; y
por el lado de los incidentes de reparación,
hasta ahora está comenzando. No se sabe qué
resultados van a tener.
L a reparación es la restitución integral por los
daños causados.
Hay dos vías para la reparación: la administrativa y
la judicial.
La reparación administrativa se ha convertido en un
mecanismo para que la gente no busque la verdad ni la
justicia. Solo se preocupa por el lado material y deja
por fuera la reparación de los daños morales que mu-
chas veces es más importante.
En los incidentes de reparación, la víctima tiene la
posibilidad de ver a los ojos al victimario cuando lo
4
En este punto se analizó el Decreto 1290 sobre reparaciones administrativas; el
Proyecto de ley 157 de 2007 del Senado, 044 de 2008 Cámara “Por el cual se crea
el estatuto de las víctimas de crímenes y actos violentos en el marco del conflicto
armado”; y la sentencia sobre incidentes de reparación en el caso de Wilson Salazar
Carrascal alias “el Loro” del Tribunal Superior de Bogotá, M.P.: Eduardo Castellanos
Roso, proferida el 19 de Marzo de 2009.
22
24. ARTÍCULO 8a la reparación
Derecho
juzgan y lo sancionan; es decir, cómo responde por los
delitos cometidos.
Las víctimas están muy preocupadas porque con
las reparaciones administrativas no hay ningún avance
frente a la justicia.
Resulta poco reparador e irrespetuoso que la plata
se entregue en varios años y en varias cuotas.
Las víctimas son muy importantes en los incidentes
de reparación.
El gobierno se contradice al asumir la reparación
como solidaridad.
Lo que otorga la reparación administrativa no es ni
el 3% de lo que reconoce la jurisprudencia. Es un inten-
to por sacar la reparación lo más barata posible.
En la Ley 975 de 2005 no hay un artículo específico
para el caso de los indígenas. Debería ser agregado en
la verdad, la justicia y la reparación diferencial.
El gobierno debe tener en cuenta a las comunidades
indígenas y a sus autoridades antes de realizar cual-
quier negociación. También en el caso de las comuni-
dades afrocolombianas.
El perdón es un proceso personal. Es una facultad
personal de cuando se sienta que se debe realizar. Es
un acto privado.
No queremos que la reparación sea solo un cheque.
Debe ser integral e incluir la verdad y la justicia.
23
25. 4. Garantías de no
repetición
“A rtículo 8. Derecho a la reparación (…) las ga-
rantías de no repetición comprenden, entre
otras, la desmovilización y el desmantelamiento de los
grupos armados al margen de la ley”.
“Artículo 48. Medidas de satisfacción y garantías
de no repetición. Las medidas de satisfacción y las
garantías de no repetición, adoptadas por las distintas
autoridades directamente comprometidas en el proce-
so de reconciliación nacional, deberán incluir:
49.1 La verificación de los hechos y la difusión públi-
ca y completa de la verdad judicial, en la medida en
que no provoque más daños innecesarios a la víctima,
los testigos u otras personas, ni cree un peligro para
su seguridad.
49.2 La búsqueda de los desaparecidos o de las perso-
nas muertas y la ayuda para identificarlas y volverlas
a inhumar según las tradiciones familiares y comuni-
tarias. Esta tarea se encuentra principalmente a car-
go de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia
y la Paz.
49.3 La decisión judicial que restablezca la dignidad,
reputación y derechos de la víctima y las de sus pa-
rientes en primer grado de consanguinidad”.
24
26. ARTÍCULOS 8/48 no repetición
Garantías de
49.4 La disculpa, que incluya el reconocimiento públi-
co de los hechos y la aceptación de responsabilidades.
49.5 La aplicación de sanciones a los responsables de
las violaciones, todo lo cual estará a cargo de los órga-
nos judiciales que intervengan en los procesos de que
trata la presente ley.
49.6 La sala competente del Tribunal Superior de Dis-
trito Judicial podrá ordenar conmemoraciones, home-
najes y reconocimiento a las víctimas de los grupos
armados al margen de la ley. Adicionalmente, la Co-
misión Nacional de Reparación y Reconciliación podrá
recomendar a los órganos políticos o de gobierno de los
distintos niveles, la adopción de este tipo de medidas.
49.7 La prevención de violaciones de derechos humanos.
49.8 La asistencia a cursos de capacitación en materia
de derechos humanos a los responsables de las viola-
ciones. Esta medida podrá ser impuesta a los conde-
nados por la sala competente del Tribunal Superior de
Distrito Judicial.
25
27. ARTÍCULOS 8/48 no repetición
Garantías de
Es importante que se asuman las
responsabilidades. Que se remuevan todos
los elementos que constituyen los grupos
paramilitares, no se trata solamente de poner
fin a las estructuras armadas.
Las garantías de no repetición significa que no vuel-
van a repetirse de nuevo los actos del conflicto armado.
L as garantías de no repetición serían:
a. El desmantelamiento de los grupos armados.
b. Que tanto los paramilitares como el Estado, y las
empresas que patrocinaron a los paramilitares,
asuman la responsabilidad de lo sucedido.
c. Hacer reformas institucionales concretas. Las
normas existentes no se cumplen, no tienen se-
guimiento y otras las modifican a su convenien-
cia. La ley debería ser una donde lo más impor-
tante sea el respeto por los Derechos Humanos.
d. Aclarar cuáles fueron las causas del conflicto.
Tener un diálogo para saber en dónde está la raíz
del problema para solucionarlo y que no se vuel-
va a repetir.
e. Una reparación completa a las víctimas del con-
flicto. Eso incluye una verdad absoluta.
f. Educación en Derechos Humanos para la no re-
petición. Aumentar consciencia como sujetos de
26
28. ARTÍCULOS 8/48 no repetición
Garantías de
derechos. La reflexión quita la idea de utilizar las
vías de la violencia para resolver los problemas.
g. Que las víctimas no sean discriminadas. Todos
somos víctimas. Los crímenes ofenden la cons-
ciencia de todas las personas y todos estamos
tocados por ellos. Por esa razón se llaman críme-
nes de lesa humanidad.
h. Que los pueblos indígenas sean respetados en su
autonomía, autodeterminación para el desarrollo
de las mismas desde su visión y cosmovisión; y su
territorio. Respeto a la diversidad de las diferen-
tes culturas a nivel nacional. Tener este aspecto
en cuenta para la totalidad de las mismas.
i. Que los territorios que han sido usurpados, sean
devueltos a las personas que se les quitó. Refor-
ma agraria.
j. Que la población civil concierte cómo quiere ser
reparada.
27
29. 5. Reparación colectiva
“A rtículo 8. (…) la reparación colectiva debe
orientarse a la reconstrucción sico-social de
las poblaciones afectadas por la violencia. Este me-
canismo se prevé de manera especial para las comu-
nidades afectadas por la ocurrencia de hechos de vio-
lencia sistemática (…)”
“Artículo 49. Programas de reparación colectiva. El
Gobierno, siguiendo las recomendaciones de la Comi-
sión Nacional de Reparación y Reconciliación, deberá
implementar un programa institucional de reparación
colectiva que comprenda acciones directamente orien-
tadas a recuperar la institucionalidad propia del Esta-
do Social de Derecho particularmente en las zonas más
afectadas por la violencia; a recuperar y promover los
derechos de los ciudadanos afectados por hechos de
violencia, y a reconocer y dignificar a las víctimas de
la violencia”.
28
30. ARTÍCULOSReparación colectiva
8/49
Como se afectó prácticamente todo,
para mí una reparación colectiva incluiría a
todo el que le sucedió esta masacre, donde nos
devolvieran los beneficios que nosotros
teníamos anteriormente (…).
La reparación colectiva es un derecho de las co-
munidades que hayan sido afectadas por el conflicto
armado; bien sea paramilitares, Fuerza Pública, gue-
rrilla, delincuencia común, empresas o políticos que
estigmatizan a las comunidades. Debe orientarse a una
reparación integral, que no debe ser solo psico-social
como lo plantea la ley 975, sino que restituya la forta-
leza de las comunidades al devolvernos la tranquilidad
y los derechos que debería tener una comunidad; como
la salud, la educación, la vivienda, la tierra en donde
trabajar, los territorios; para vivir mejor.
Derecho de una comunidad donde el Estado le re-
conozca todas las violaciones que ha cometido hacia la
misma, y que restituya todos los compromisos que ésta
le exija como una reparación colectiva.
29
34. 1. Sobre el derecho
a la justicia...
Actualmente, los victimarios tienen derecho
a todo: les dan trabajo, tierras y educación.
En cambio las víctimas no tienen derechos; no
hay justicia para las víctimas.
E xisten opositores a que se haga justicia y por esa
razón no se ha conseguido. Por ejemplo, el go-
bierno siempre va a trabajar a favor de los victimarios,
nunca de las víctimas.
La justicia que se imparte por los tribunales milita-
res, a los funcionarios del Estado, usualmente absuelve
a los responsables de los hechos y por tal razón nos
hace falta justicia de manera seria.
Al momento actual las víctimas no tienen la posibi-
lidad de interrogar a los victimarios.
En este momento no se están juzgando a los políti-
cos y funcionarios públicos involucrados.
La extradición frena y para el proceso.
33
35. SOBRE EL DERECHO justicia...
a la
La Corte Suprema de Justicia generó un avance im-
portante en torno al tema de las extradiciones, de di-
ferentes formas5.
No será posible un incidente de reparación en el
caso de las extradiciones6.
Se han logrado modificaciones de la ley a través de
la intervención que ha venido adelantando la Comisión
Colombiana de Juristas d e la mano de las personas que
representa judicialmente.
5
El punto hace referencia a la decisión que tomó la Corte Suprema de Justicia, el 19
de agosto de 2009, de frenar la extradición de “alias comandante Chaparro”: “(…)
La Corte –Suprema de Justicia- debió revaluar su postura –frente a las extradiciones-,
pues, según adujo, “La experiencia reciente demuestra que extradiciones concedi-
das y ejecutadas por el Estado han permitido que en los procesos de Justicia y Paz
se paralice el conocimiento a la verdad, dado que los postulados extraditados no han
podido seguir confesando los crímenes cometidos. Y así, las víctimas están quedando
sin saber la verdad y la sociedad sin garantías de no repetición”. Atendiendo estos
planteamientos, la Corte cambió su jurisprudencia y negó la extradición del para-
militar –Luis Édgar Medina Flórez alias comandante Chaparro-, protegiendo así los
derechos de las víctimas que podían resultar vulnerados con la extradición de alias
“comandante Chaparro””. Comisión Colombiana de Juristas, Tres jefes paramilita-
res extraditados anuncian su retiro de la ley 975 de 2005, Boletín n.º 40: Serie sobre
los derechos de las víctimas y aplicación de la aplicación de la Ley 975, Bogotá, 19
de octubre de 2009.
6
Haciendo referencia a los jefes paramilitares que han sido extraditados en el trans-
curso del año.
34
36. 2. Sobre el derecho
a la verdad...
A las víctimas se les oculta la verdad pues
hay muchas élites involucradas como es el
gobierno, que no quieren ser reconocidos como
los responsables y buscan que la verdad que se
conozca sea la oficial. Así, distorsionan los
hechos, para que la única verdad que se sepa
sea la oficial y así se mantiene la impunidad.
L
os victimarios dicen que tuvieron varias razones
para perpetrar los hechos, como es la calumnia,
la venganza, la envidia, porque la gente estorbaba (es-
taba en la mitad), por dinero, por abaratar los costos
de la tierra. Para aterrorizar a las víctimas.
El actual gobierno le da más relevancia a castigar
el narcotráfico que los crímenes cometidos por los
paramilitares.
Hay un riesgo que se corre al saber la verdad. Al rea-
lizarse la extradición queda bastante complicado saber
la verdad; es un instrumento del gobierno para que no
se sepa la verdad y por tanto queda en la impunidad.
La ley7 favorece al victimario, no a la víctima.
7
Señalando la Ley 975 de 2005 de Justicia y Paz.
35
37. 3. Sobre el derecho
a la reparación
Nos han puesto un precio. Los autores
de la reparación administrativa lo hicieron.
No debe ser así.
U
na pena de cinco (5) a ocho (8) años no es nada
severa. Actualmente hay mucha gente inocen-
te cumpliendo una pena, injustamente, de muchos
años más8.
Un grueso de paramilitares que cometieron lo mate-
rial, no respondieron por los crímenes y se fueron por
el decreto 1289. Ellos reciben mejor trato que las mis-
mas víctimas. Esas personas han seguido cometiendo
crímenes que quedan en la impunidad. Es como si a los
8
El Artículo 29 de la ley 975 de 2005 estipula que, “(…) En caso que el condenado haya
cumplido las condiciones previstas en esta ley, la Sala –competente del Tribunal
Superior de Distrito Judicial- le impondrá una pena alternativa que consiste en pri-
vación de la libertad por un período mínimo de cinco (5) años y no superior a ocho
(8) años, tasada de acuerdo con la gravedad de los delitos y su colaboración efectiva
en el esclarecimiento de los mismos. Para tener derecho a la pena alternativa se
requerirá que el beneficiario se comprometa a contribuir con su resocialización a
través del trabajo, estudio o enseñanza durante el tiempo que permanezca privado
de la libertad, y a promover actividades orientadas a la desmovilización del grupo
armado al margen de la ley al cual perteneció (…)”
9
Decreto No. 128 de 2003 por el cual se reglamenta la Ley 418 de 1997, prorrogada y
modificada por la Ley 548 de 1999 y la Ley 782 de 2002 en materia de reincorpora-
ción a la sociedad civil.
36
38. SOBRE EL DERECHO
a la reparación
paramilitares les dan licencia para matar y además les
pagan. En cambio, las víctimas no tienen protección.
Las víctimas muchas veces dicen que “les pagaron
el muerto”; algunas veces por el nivel educativo. Y es
que el Estado no ha generado una política para decirle
verdaderamente a las víctimas qué es lo que tienen
que hacer.
El Presidente ha dicho en varias ocasiones que no
habrá reparación completa10 , entonces, ¿quién se va a
encargar de la reparación?
El dolor no se puede reparar de la manera en la cual
se plantea la reparación administrativa, ¿quién hizo
ese formulario? La tabla que se tiene es una ofensa
para las víctimas.
Las víctimas comparten un sentimiento de insatis-
facción al ver que no se tuvo en cuenta las medidas de
reparación simbólica en la sentencia que se hizo para
el caso de alias “El Loro”11.
Actualmente, la reparación administrativa reduce a
más de la mitad los montos indemnizatorios que, ade-
más, ya no es para cada persona sino que debe ser
repartido entre las familias; no se obliga al Estado a
suplir lo que el paramilitar no entregó para la repara-
ción. El Estado sigue invirtiendo dinero para la guerra
pero no para la indemnización de las víctimas.
10
Palabras del Presidente Uribe en la entrega de indemnizaciones por vía administra-
tiva a víctimas de la violencia, 12 de julio de 2009, Montería (Córdoba) en:
http://web.presidencia.gov.co/sp/2009/julio/12/03122009.html
11
Al respecto ver: Comisión Colombiana de Juristas, Primer paramilitar sentenciado
por ley 975: justicia aparente, Boletín N.°35: Serie sobre los derechos de las vícti-
mas y aplicación de la ley 975, Bogotá, 6 de mayo de 2009.
37
39. * Sobre la normatividad
reciente en torno a la
reparación...
A ctualmente se pueden complementar los me-
canismos existentes entre la vía judicial y la
administrativa.
241.000 personas firmaron para acceder a las repa-
raciones administrativas. Ahora están en silencio por-
que recibieron un cheque; los callaron a través de Ac-
ción Social que es una fachada.
Es necesario que existan medidas de seguridad para
que las víctimas puedan participar en los incidentes
de reparación. Uno puede ser sujeto de amenazas por
reclamar y exigir reparación.
El gobierno ha venido perdiendo en pensar que la
gente iba a aceptar solamente la reparación adminis-
trativa.
38
40. 4. Sobre las garantías
de no repetición...
En Colombia no existen las garantías
de no repetición. Todavía existen
los paramilitares.
L as comunidades no deben ser involucradas en el
conflicto armado. No obstante, actualmente, la
Fuerza Pública involucra a la población; la situación
económica hace que muchos jóvenes vean que su úni-
ca posibilidad para salir adelante es hacer parte de los
grupos armados.
Aquellos/as que fueron asesinados/as eran inocentes.
Los culpables están encorbatados por ahí gobernando.
En Colombia, el mecanismo existente no funciona.
Acá el gobierno pone las leyes, no se le consulta a na-
die, no hay participación. El Presidente hizo la ley para
beneficiarse él o ellos. Cuando consultan las leyes y ven
que la gente está opinando, hunden los proyectos.
39
41. SOBRE LAS GARANTÍAS repetición...
de no
Algunos de los grupos armados se han entregado,
pero el gobierno incumple a los/las que estaban al-
zados en armas, también, y por eso los que estaban
armados piensan en volver a tomar las armas.
No se han dado todas las garantías: la resolución de
los problemas sociales, los problemas de empleo. No es
suficiente dejar las armas.
No hay espacios para la resolución de los conflictos.
Hay algunos mecanismos para garantizar la no repe-
tición, pero el Estado no los usa.
Por el trato que nos dan, parece que las víctimas
fueron los victimarios.
Los grupos paramilitares siguen existiendo con otros
nombres:
a. Las actuaciones son las mismas, las violaciones son
las mismas, siguen amenazando a las personas.
b. Algunos se desmovilizaron.
c. Cambiaron el nombre para que el Estado pueda
decir que dejaron de existir.
d. Los mandos medios entraron a cubrir las acciones
de los que anteriormente se encontraban ahí.
e. Ahora van con el nombre de “Águilas Negras”
Persiste el miedo. La gente no puede expresar lo
que siente y lo que vive. Continúan los señalamientos
en contra de las víctimas.
40
42. 5. Sobre la reparación
colectiva...
La Fuerza Pública se ha ubicado en
los colegios, en los sitios cerrados de la
comunidad; como la vivienda y los centros
culturales que son espacios de diálogo.
A
unque existen autos de la Corte Constitucional12
por el respeto del territorio de las comunidades,
se han irrespetado los espacios.
Los grupos armados se encuentran en el territorio.
Como la guerrilla y los paramilitares, que no se han desmo-
vilizado, y que ahora se hacen llamar “Águilas Negras”.
Las comunidades se encuentran afectadas por las
multinacionales porque quieren explotar lo que no se
puede explotar que pertenece a la comunidad, como
son los recursos minerales.
En el proceso de planes piloto con la Comisión Na-
cional de Reparación y Reconciliación (CNRR), se ha
12
Auto 004/ 09 de la Corte Constitucional Referencia: Protección de los derechos fun-
damentales de las personas y los pueblos indígenas desplazados por el conflicto
armado o en riesgo de desplazamiento forzado, en el marco de la superación del
estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004, después
de la sesión pública de información técnica realizada el 21 de septiembre de 2007
ante la Sala Segunda de Revisión.
41
43. SOBRE LA REPARACIÓN
colectiva...
estado hablando del tema del Centro de Coordinación
Integral de la Presidencia de la República (CCAI)13,
donde participan 14 entidades donde se incluyen las
Fuerzas Militares, para hacer diagnósticos iniciales.
Nosotros dijimos que no podía incluir a la Fuerza Pú-
blica. Sin embargo, se han metido en todos los espa-
cios. Nosotros queremos que se dediquen únicamente
al tema de la seguridad.
El gobierno no ha legislado ni la ampliación ni el
saneamiento de los territorios indígenas. Y más ahora
que salió el auto 004 donde la Corte le dice que tienen
que cumplir las entidades del gobierno, en la tarea
de garantizar los Derechos Humanos. Dentro de las
propuestas de planes de desarrollo debe incluirse un
punto sobre los Derechos Humanos de las comunida-
des, pero nunca lo hacen. Esta situación es histórica.
A pesar de tener títulos coloniales hay terratenien-
tes que siguen ahí haciendo cosas atroces como fincas
de recreación y de explotación extensivas. Como por
ejemplo, la explotación de madera, de oro o la cons-
trucción de infraestructura.
La Fuerza Pública está en el territorio indígena. Sus
helicópteros, al aterrizar, han destruido cosechas de los
indígenas; destruyendo los cultivos que son el sustento
13
Acción Social define el CCAI como la materialización de la acción coordinada de
catorce entidades del Estado, que “tiene como objetivo garantizar la gobernabili-
dad, legitimidad, presencia y confianza de los ciudadanos en el Estado, mediante
la recuperación del territorio, a partir de los avances en el control de este, la
movilidad de los ciudadanos y el fortalecimiento institucional a través de la pre-
sencia del Estado y la prestación de los servicios sociales a todos los colombianos”
(Recuperado de: http://www.accionsocial.gov.co/documentos/Boletin_Hechos/
BOLETIN_RST_Diciembre_2008.pdf). Adicionalmente, el CCAI es el instrumento de
aplicación de la Doctrina de Acción Integral (DAI), “principal herramienta para la
coordinación del uso legítimo de la fuerza y la acción social del Estado” (Política
de Consolidación de la Seguridad Democrática. Página 36), que se constituye en el
aspecto fundamental, de la actual Política de Consolidación de la Seguridad Demo-
crática, adelantada por el Ministerio de Defensa Nacional.
42
44. SOBRE LA REPARACIÓN
colectiva...
de la alimentación de las comunidades indígenas.
Hemos venido hablando de un protocolo pero la Fuerza
Pública no lo cumple. Llegan a nuestros territorios
y nosotros los indígenas no llevamos documentos de
identificación; ellos nos piden documentos, y eso no
lo hace la comunidad. La Fuerza Pública les pregunta
si son guerrilleros y muchos indígenas no entienden lo
que se les dice.
43
45.
46. CAPÍTULO 3
Gozar
efectivamente
de los derechos
significa…
47.
48. 1. A la justicia...
Es necesario modificar la ley 975 de 2005
por una que sea justa. Debería ser revocada
porque no tiene en cuenta a la víctima. Es un
atropello y una burla hacia las víctimas. Es
indigno. Es hecha para la impunidad. Deben
abrirse escenarios de discusión y consulta
de reformas de la ley donde las víctimas se
sientan recogidas en la misma. No cumple las
expectativas de las víctimas.
Q ue se sancione a todo lo que fue el grupo arma-
do paramilitar. Actualmente no todos están en
la cárcel.
Los victimarios deben recibir penas y sanciones de
acuerdo a la gravedad de los hechos; no que sean los
cinco (5) u ocho (8) que plantea la Ley 975 sino acorde a
las circunstancias y los hechos. Muchos victimarios sal-
drán libres sin que las víctimas hayan sido reparadas.
Para alcanzar la justicia se debe apelar a otros medios,
como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Las víctimas deben tener las garantías para partici-
par activamente durante todo el proceso relacionado
47
49. A LA JUSTICIA justicia...
A la
con la justicia; por ejemplo, se debe facilitar que las
víctimas confronten al victimario sobre lo que dice que
sucedió. El Estado está en la obligación de mantenerlas
informadas sobre cada paso.
Es necesario hacer un ejercicio de cómo dar cuenta
de los daños que no son económicos sino que tienen
que ver con lo personal; cómo demostrarlo en los
escenarios judiciales y cómo las víctimas consideran
que deben ser reparadas.
48
50. 2. A la verdad...
Se debe escuchar y creer a las víctimas.
L os victimarios tienen la obligación de contar
por qué, cómo y para qué realizaron los hechos.
Deben responder a todas las preguntas que tengan las
víctimas.
Todas las víctimas tienen el derecho de saber qué fue
lo que pasó con sus familiares. Quiénes fueron los auto-
res materiales e intelectuales de los hechos; incluyendo
las autoridades que estuvieron involucradas al permitir
que sucedieran o que participaran directamente.
Al facilitar encuentros donde personas de diferentes
regiones que han sido víctimas, se posibilita la cons-
trucción de una verdad colectiva.
La verdad se crea mediante la memoria colectiva en
todos y cada uno de los casos.
A la verdad se puede llegar al utilizar los mecanis-
mos judiciales existentes. Sin embargo, es el Estado
quien debe garantizar el acceso a la justicia para saber
la verdad sobre los responsables de lo sucedido. Debe
garantizar la imparcialidad tanto de los jueces como
de los fiscales involucrados, durante la totalidad del
proceso, incluyendo los informes.
49
51. A LA VERDAD la verdad...
A
Frente al tema de la verdad es muy importante
fortalecer la memoria histórica, que puede esclarecer
los hechos.
Se puede conocer la verdad al publicar lo sucedido.
También a través del proceso de representación judi-
cial que se adelanta con la Comisión Colombiana de Ju-
ristas quienes cumplen el papel de intermediarios en-
tre las víctimas y el gobierno para que se esclarezcan
las razones por las cuales masacraron a los familiares.
Las víctimas muestran su fortaleza al manifestar
constantemente que se esclarezca la verdad de lo su-
cedido a cada una de las víctimas mortales.
A la verdad se llega mediante mecanismos legales
y judiciales. Cuando se llega a la verdad, se llega a la
justicia y se repara a las víctimas.
Para saber la verdad es necesario que nos respeten
y no amenacen a las víctimas que quieren saber la ver-
dad. Protección.
Que el mismo gobierno dijera la verdad sobre las ra-
zones por las cuales extraditaron a los paramilitares.
Que el gobierno diga cómo es que ha participado en
los hechos.
50
52. 3. A la reparación...
Es importante que nosotros les demos un valor
moral a todos nuestros familiares
A spectos que debe incluir una reparación:
a. La verdad. Nosotros sabemos qué pasó pero en
muchas ocasiones no lo decimos por temor.
b. Un trato digno. La persona debe ser llamada por
su nombre y no desde los falsos planteamientos
que les han hecho.
c. Igualdad. Se trata mejor a los victimarios que a
las víctimas.
d. Que se tenga en cuenta el daño puntual que se
causó y lo que se hizo a la víctima. Qué significó
para la familia esa pérdida. Causa indignación
que le pongan precio a una víctima, a una per-
sona. Pasa con los homicidios y con otros sucesos
que son igualmente graves; como por ejemplo,
el desplazamiento.
e. Libertad y seguridad al momento de reclamar
los derechos.
51
53. A LA REPARACIÓN
A la reparación...
f. Que las indemnizaciones monetarias sean justas.
Que los funcionarios no hagan sentir que lo que
se exige es incoherente.
g. Reparación material.
h. Tratamiento psicológico a los afectados.
i. Que se le pregunte al victimario si es consciente
del daño que causó y si se siente orgulloso por
lo que hizo. Esto puede darle mayores elemen-
tos al juez al momento de otorgar la pena y
el nivel de reparación de las víctimas. Estamos
buscando es la justicia para esas personas. El
perdón a nosotros no es lo único que nos sirve.
Que se castigue.
La reparación debe ser integral.
Pensar en la posibilidad de una indemnización vita-
licia, de por vida.
Tener claridad para exigir el respeto propio y de
nuestros familiares.
El proceso judicial en sí mismo debe ser reparador.
52
54. 4. A las garantías de
no repetición...
Las comunidades no deben ser involucradas
en el conflicto armado.
Reconstruir la verdad de lo sucedido y que esa ver-
dad constituya una memoria colectiva. Se tiene que
saber la verdad.
Tener actitud de cambio dentro de la misma edu-
cación.
Tiene que haber memoria y que la verdad se publi-
que. Sería bueno que nos pidan perdón porque eso no
tiene un nivel de reconocimiento. Pero nos debemos
esforzar por un castigo más fuerte. Pensar en lo que
nos pudieran haber dado los familiares si estuvieran
con nosotros.
A través del castigo es que saben que eso no se pue-
de volver a hacer.
Las zonas donde ocurrieron los hechos se deben con-
vertir en zonas neutrales donde los grupos armados no
tengan la posibilidad de entrar.
53
55. A LAS GARANTÍAS
de no repetición...
Que no haya más señalamientos, amenazas, intimi-
daciones, persecuciones, desplazamientos, asesina-
tos, desapariciones, torturas, maltratos psicológicos
y físicos.
Respeto por los Derechos Humanos y el Derecho In-
ternacional Humanitario.
El gobierno debe garantizar los derechos de todas
las poblaciones.
Que se desmantelen los grupos paramilitares y se
desmovilicen los grupos guerrilleros.
El Estado y las leyes deben ser incorruptibles.
Que las leyes sean justas y se revisen pensando en
las necesidades de las víctimas.
Las Fuerzas Armadas deben respetar los Derechos
Humanos.
Respeto por la multiculturalidad y la autodetermi-
nación de las comunidades de la nación. Que prevalez-
can las autoridades civiles.
Los pueblos indígenas requieren sus territorios.
54
56. 5. Sobre la reparación
colectiva...
No es solo ponerlo en una ley. No hay un
gobierno que resuelva las situaciones de
nuestro país; hasta que no haya políticas
desde el Senado con unas condiciones
justas para todos, como los pobres y los
empobrecidos de este país.
E lementos de la reparación colectiva:
a. La reparación colectiva debe ser diferente por
regiones, por costumbres. Acorde a la historia
y la memoria de cada pueblo, de todo un sec-
tor sufrido.
b. Que no haya presencia de los grupos armados en
los territorios donde viven las comunidades; in-
cluyendo la Fuerza Pública. Nosotros no confia-
mos en ellos. El Estado debe comprometerse con
las Garantías de no Repetición.
55
57. SOBRE LA REPARACIÓN
colectiva...
c. Restitución de las tierras. Sin ellas habrán más
desplazamientos.
La reparación colectiva en Colombia es nueva. Te-
nemos que construirla con todo aquello que las vícti-
mas consideran que se debe incluir.
Cualquier proceso de negociación, de organización
política debe incluir una consulta previa a las comuni-
dades afrocolombianas respetando su cultura, costum-
bres, tradiciones y decisiones.
Devolver el tiempo en que no había nada de lo que
había pasado. No vivir en temor.
Tener tranquilidad y que no vuelva a vivir lo que
hace años vivimos.
Que haya políticas públicas que conlleven a resol-
ver las necesidades básicas de nuestros pueblos. Sobre
todo de los que no viven en condiciones dignas.
Que dejen con tranquilidad a los pueblos indígenas
en su territorio. Antes el territorio estaba solo y no
contaba con la presencia de los terratenientes.
Respeto por el territorio, la cultura, la educación,
la salud y la producción del pueblo indígena.
Asegurar la protección a niños y niñas que es la ge-
neración que va a permitir que estas cosas no ocurran
56
58. SOBRE LA REPARACIÓN
colectiva...
ya que son las generaciones futuras que seguirán te-
niendo una identidad de vida.
Que las familias indígenas puedan realizar eventos
para hacer políticas de desarrollo acorde a su cultura.
Una reforma agraria que sea integral.
57
59.
60. CAPÍTULO 4
Participación
e intervención:
exigiendo
procesos
reales de
justicia
y paz
61.
62. 1. ¿Qué significa participar?,
¿para qué participar?
L a participación es la memoria del viviente.
La participación es una acción de voluntad de bús-
queda para alcanzar un saber que hace falta. Tenemos
que recordar los hechos sucedidos.
La participación es un derecho que va más allá de la
ley 975 de 2005.
Todos queremos participar e intervenir y lo hacemos
por voluntad propia.
Adelantar acciones ha servido para mejorar nuestro
bienestar; para la unión, apoyarnos, construir juntos;
y generar autonomía.
Condiciones que limitan el acceso a la participa-
ción efectiva:
a. Falta de conocimiento de los procedimientos y
mecanismos establecidos.
b. Sentimiento de impotencia ante la situación.
c. Falta de credibilidad en el Estado.
61
63. ¿QUÉ SIGNIFICA¿para qué participar?
PARTICIPAR?
d. Temores.
e. Falta de voluntad política, por parte del Estado,
para que las víctimas accedan a la protección de
sus derechos.
f. Miedo.
g. Precaria situación económica.
Ideas para continuar:
a. Avanzar en dar a conocer los hechos, y nuestra
situación, a la comunidad internacional.
b. Involucrar a los medios de comunicación. Que
estén presentes cuando hablemos.
c. Que el Estado se encargue efectivamente de
costear los gastos para que podamos acceder a
las diligencias.
d. Capacitar a los funcionarios.
e. Organizar una minga para que los derechos no
queden impunes.
f. Establecer mecanismos legales que tengan aco-
gida en todas las víctimas.
g. Si se llega a aprobar la Ley de Víctimas, que sea
consultada con las víctimas.
62
64. ¿QUÉ SIGNIFICA¿para qué participar?
PARTICIPAR?
h. Exigir que regresen a Colombia los jefes parami-
litares que se encuentran extraditados.
i. Mantener la exigencia por las garantías de no
repetición.
j. Que las víctimas sean multiplicadoras de las ex-
periencias que tienen, sobre la ley, en diferen-
tes espacios.
63
65. 2. ¿Vale la pena participar
e intervenir en los
procedimientos establecidos
por la ley 975 de 2005? y,
¿en los de la jurisdicción
ordinaria?
S e justifica en tanto permite presionar a los para-
militares en los interrogatorios.
Se justifica participar en la jurisdicción ordinaria
para reconocer la construcción de los hechos mediante
la intervención como parte civil.
Se justifica participar simultáneamente pues así se da
mayor garantía a las víctimas de ser parte del proceso.
Es bueno intervenir en las dos, al mismo tiempo,
pues se complementan.
64
66. 3. Perpectivas de
participación hacia
el futuro
L os resultados de la Ley 975 de 2005, son muy
deficientes. Actualmente, como víctimas, no co-
nocemos los números reales de paramilitares y de em-
presas que han participado en los hechos. Adicional a
esto, se necesita un desmantelamiento masivo de las
estructuras paramilitares, que no se ha dado. La Ley
975 de 2005 es un proceso deficiente.
Las víctimas no tienen garantías para la participa-
ción e intervención en los procesos establecidos por la
Ley 975 de 2005. Por miedo o temor, muchas veces no
se asume. El Estado protege más a los procesados que
a las víctimas.
No se ha cumplido con el buen trato a las víctimas
por parte de las autoridades locales. No tenemos in-
formación clara. No es digno que un paramilitar diga
que asesinó a nuestros familiares porque los señalaron
de guerrilleros.
Las extradiciones son una fachada del gobierno para
ocultar que existen funcionarios involucrados en los
procesos; se preocupan más por los delitos cometidos
en otros países que en aquellos cometidos en Colom-
bia. Importa más el país vecino.
65
67. PERSPECTIVAS DE PARTICIPACIÓN el futuro
hacia
De algo ha servido que se pongan estos decretos y
leyes, aunque lo hayan hecho con otra mentalidad.
Ahora la tenemos que hacer respetar y que se cumpla.
Lo que está mal hecho, tenemos que reformarlo.
Para que se pueda avanzar en la participación e in-
tervención, las víctimas debemos permanecer unidas.
Debemos continuar mirando cómo presionar que se cum-
plan los derechos. Merecemos un trato dignificante.
Se debe comenzar con la reflexión sobre lo que te-
nemos en este momento. Actualmente se cuenta con
una agenda de trabajo conjunta entre diferentes orga-
nizaciones y las víctimas. Este es un compromiso para
exigir nuestros derechos. También existe una norma-
tividad que permite que se exijan derechos tanto en
Colombia como en el exterior.
66
68. 4. Exigibilidad colectiva
de derechos
P ara la reparación colectiva debemos tener en
cuenta las garantías de no repetición. Muy po-
siblemente el gobierno nos llevará algunas cosas y ya;
eso no es lo único que exigimos.
Como ciudadanos y ciudadanas también tenemos
muchos derechos, ¿cuándo tendremos esos derechos?
67
69.
70. CONCLUSIONES
Conclusiones
L a posición política de las víctimas de la violencia
en Colombia, en rechazo a la situación histórica
de vulneración de sus derechos, es una voz cada vez
más fuerte. No ha logrado ser opacada por el tiempo ni
la indiferencia. Al contrario, continúa abriendo caminos
para la reflexión colectiva, al poner en marcha accio-
nes concretas que tengan como referente la dignidad
humana, en el pleno ejercicio de los Derechos Humanos
y la vigencia del Derecho Internacional Humanitario.
No obstante, como muestra el ejercicio realizado du-
rante el evento, la implementación de la denominada
ley de Justicia y Paz, se ha convertido en una amenaza
directa a tal posicionamiento en el escenario público.
La ley 975 de 2005 no ha cumplido con ninguno de los
objetivos que se plantea. Al contrario, ha otorgado al-
tos niveles de protagonismo a los victimarios y ha des-
dibujado el compromiso del Estado con las víctimas de
violaciones a los Derechos Humanos y de graves infrac-
ciones al Derecho Internacional Humanitario.
Al respecto se concluye, principalmente,
a. La impunidad no es una consecuencia o una fa-
lencia del sistema judicial; es una intención di-
recta del gobierno nacional.
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71. CONCLUSIONES
Conclusiones
b. La extradición de los altos jefes paramilitares es
una estrategia del gobierno para evitar que se
revelen nombres de altos funcionarios públicos
involucrados directamente en los hechos.
c. Las estructuras paramilitares no han desapareci-
do. Permanecen vigentes bajo distintos nombres
entre ellos el de “Águilas Negras”. Al respecto,
los hombres y mujeres que participaron en el
evento, resaltan el alto nivel de impunidad ante
los hechos cometidos; no solo frente a los pa-
ramilitares, sino también señalando a aquellas
y aquellos funcionarios públicos, y empresas del
sector privado, que también son responsables y
participaron directa y estratégicamente en los
acontecimientos. Hasta el momento los avances
han sido pocos e insuficientes.
d. La reparación administrativa constituye un irres-
peto hacia la memoria de los familiares de las
víctimas. Los montos planteados son un insulto y
su implementación busca dispersar la búsqueda
de verdad y justicia en el país.
e. No hay una política gubernamental que reconoz-
ca la multiculturalidad existente en Colombia,
para la búsqueda de la verdad, la justicia y la
reparación. Especialmente en el caso de las co-
munidades indígenas y afrocolombianas.
f. Las garantías de no repetición en Colombia, no
existen. La violencia continúa; las víctimas son
amenazadas y vulneradas en sus derechos por la
totalidad de los grupos armados: Fuerza Pública,
grupos paramilitares y grupos guerrilleros.
70
72. CONCLUSIONES
Conclusiones
g. El futuro de la reparación es incierto. El Estado
no ha asumido su responsabilidad y esto frena la
posibilidad de avanzar frente a la materia.
En síntesis, hasta tanto el gobierno no reconozca la
voz de las víctimas, no habrá justicia ni paz; siendo la
ley 975 de 2005, precisamente, un reflejo determinante
de tal situación. La decisión política por descontinuar
los ciclos de violencia, aún no se ha tomado; y cada vez
sus efectos son más notorios. Esta es la manifestación
de hombres y mujeres que se niegan a abandonar la
exigencia de sus derechos, y es la voz a la cual se une,
y apoya, la Comisión Colombiana de Juristas.
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73. Este libro se terminó de imprimir en la ciudad de Bogotá, D.C.
en el mes de febrero en los talleres de Opciones Gráficas Editores Ltda.