Las importaciones de envíos de socorro están exentas del pago de tributos. Estos incluyen bienes importados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro para atender catástrofes, epidemias u otros desastres. Para acceder a la exención, la entidad debe presentar una Declaración Aduanera Simplificada detallando la mercancía, cantidades, fecha y lugar de arribo. En el caso de organizaciones privadas, también se requiere un certificado otorgado por la Secretaría de Estado competente.