La Sociedad Uruguaya de Tele Salud y Tele Medicina es una organización sin fines de lucro cuyos objetivos incluyen promover el desarrollo de la telemedicina y la telesalud, fomentar su inclusión en la formación de profesionales de la salud, y proponer cambios en la legislación para reconocer registros médicos electrónicos. Los estatutos describen la constitución de la sociedad, los derechos y obligaciones de los asociados, las autoridades como la Asamblea General y la Comisión Directiva, y los procedimientos
Estatutos Sociedad Uruguaya de Telemedicina y Telesalud al 18/11/14Secretaria Sutmts
Este documento presenta los estatutos de la Sociedad Uruguaya de Telesalud y Telemedicina. Establece que la sociedad tiene fines como crear un ámbito para el desarrollo de la telesalud, fomentar su uso en la formación de profesionales de la salud, y proponer cambios en la legislación para aceptar registros médicos electrónicos. También define las diferentes categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y los procedimientos para la expulsión. Finalmente, describe que la asamblea general y la comis
Este documento presenta el estatuto del Sindicato Único de Guardavidas y Afines, el cual agrupa a trabajadores de playas, piletas y natatorios. Define los objetivos del sindicato, que incluyen la defensa de intereses laborales, establecer instituciones de asistencia social, y promover la instrucción de sus afiliados. También describe las categorías de afiliados, sus derechos y deberes, y el proceso para ingresar o retirarse del sindicato. Por último, establece las normas de disciplina
Este documento presenta los estatutos de una asociación juvenil llamada Asociación Juvenil Camina Conmigo. Detalla la constitución, fines, actividades, órganos de gobierno y funcionamiento de la asociación. Los órganos principales son la Asamblea General y la Junta Directiva. La asociación busca organizar actividades para jóvenes y fomentar su participación en eventos locales.
La resolución establece nuevas reglas para la afiliación de jubilados y pensionados a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) en Mendoza. Los jubilados que hayan trabajado en el sector público durante los últimos 10 años podrán afiliarse a OSEP. También podrán afiliarse los pensionados cuyos titulares trabajaron en el sector público. Finalmente, las pensiones por fallecimiento de jubilados de OSEP también podrán afiliarse.
El documento presenta un proyecto de reglamento electoral para las elecciones del Colegio de Asistentes Sociales de Santa Fe. Señala que es necesario modificar los estatutos sociales del Colegio debido a contradicciones y errores. Propone un reglamento que se base en las normas estatutarias pero las adecue para un proceso electoral organizado, no contradictorio e imparcial. El reglamento detalla los pasos del proceso electoral como la conformación de la junta electoral, el padrón, la oficialización de listas y el desarrollo
Este documento establece el reglamento de la Delegación Zona Norte del Colegio de Asistentes Sociales de la Primera Circunscripción de la provincia de Santa Fe, Argentina. La delegación tiene jurisdicción sobre tres departamentos y sus funciones incluyen velar por el cumplimiento de los estatutos y reglamentos del Colegio, atender a los colegiados, y organizar cursos de capacitación. El delegado titular tiene facultades como informar sobre infracciones, comunicar resoluciones a los colegiados, administrar los fondos y bienes de
Este decreto reglamenta la Ley 743 de 2002 sobre organizaciones comunales en Colombia. Establece requisitos como el número mínimo de afiliados para constituir diferentes tipos de organizaciones comunales, los requisitos para afiliarse y ser delegado, la actualización de estatutos, y la creación de comisiones de convivencia y conciliación para resolver conflictos internos. El decreto busca brindar autonomía a las organizaciones comunales pero también establecer mecanismos de control e inspección por parte del gobierno.
Estatutos Sociedad Uruguaya de Telemedicina y Telesalud al 18/11/14Secretaria Sutmts
Este documento presenta los estatutos de la Sociedad Uruguaya de Telesalud y Telemedicina. Establece que la sociedad tiene fines como crear un ámbito para el desarrollo de la telesalud, fomentar su uso en la formación de profesionales de la salud, y proponer cambios en la legislación para aceptar registros médicos electrónicos. También define las diferentes categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y los procedimientos para la expulsión. Finalmente, describe que la asamblea general y la comis
Este documento presenta el estatuto del Sindicato Único de Guardavidas y Afines, el cual agrupa a trabajadores de playas, piletas y natatorios. Define los objetivos del sindicato, que incluyen la defensa de intereses laborales, establecer instituciones de asistencia social, y promover la instrucción de sus afiliados. También describe las categorías de afiliados, sus derechos y deberes, y el proceso para ingresar o retirarse del sindicato. Por último, establece las normas de disciplina
Este documento presenta los estatutos de una asociación juvenil llamada Asociación Juvenil Camina Conmigo. Detalla la constitución, fines, actividades, órganos de gobierno y funcionamiento de la asociación. Los órganos principales son la Asamblea General y la Junta Directiva. La asociación busca organizar actividades para jóvenes y fomentar su participación en eventos locales.
La resolución establece nuevas reglas para la afiliación de jubilados y pensionados a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) en Mendoza. Los jubilados que hayan trabajado en el sector público durante los últimos 10 años podrán afiliarse a OSEP. También podrán afiliarse los pensionados cuyos titulares trabajaron en el sector público. Finalmente, las pensiones por fallecimiento de jubilados de OSEP también podrán afiliarse.
El documento presenta un proyecto de reglamento electoral para las elecciones del Colegio de Asistentes Sociales de Santa Fe. Señala que es necesario modificar los estatutos sociales del Colegio debido a contradicciones y errores. Propone un reglamento que se base en las normas estatutarias pero las adecue para un proceso electoral organizado, no contradictorio e imparcial. El reglamento detalla los pasos del proceso electoral como la conformación de la junta electoral, el padrón, la oficialización de listas y el desarrollo
Este documento establece el reglamento de la Delegación Zona Norte del Colegio de Asistentes Sociales de la Primera Circunscripción de la provincia de Santa Fe, Argentina. La delegación tiene jurisdicción sobre tres departamentos y sus funciones incluyen velar por el cumplimiento de los estatutos y reglamentos del Colegio, atender a los colegiados, y organizar cursos de capacitación. El delegado titular tiene facultades como informar sobre infracciones, comunicar resoluciones a los colegiados, administrar los fondos y bienes de
Este decreto reglamenta la Ley 743 de 2002 sobre organizaciones comunales en Colombia. Establece requisitos como el número mínimo de afiliados para constituir diferentes tipos de organizaciones comunales, los requisitos para afiliarse y ser delegado, la actualización de estatutos, y la creación de comisiones de convivencia y conciliación para resolver conflictos internos. El decreto busca brindar autonomía a las organizaciones comunales pero también establecer mecanismos de control e inspección por parte del gobierno.
El documento presenta los estatutos del Sindicato de Trabajadores de Energía y Minas. Establece que el sindicato fue fundado en 1989 y tiene como objetivo la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores del Ministerio de Energía y Minas. Describe los órganos del sindicato como la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y el Consejo Consultivo, y especifica los derechos, deberes y requisitos de los afiliados al sindicato.
Este documento presenta un resumen del Código Sanitario de Chile. Establece las atribuciones del Servicio Nacional de Salud y las municipalidades en materias sanitarias. También define enfermedades transmisibles de declaración obligatoria y establece protocolos para su notificación, aislamiento y desinfección para prevenir contagios. Finalmente, presenta disposiciones generales sobre protección de la salud materno infantil y control de enfermedades.
Este documento presenta el Código Sanitario de Chile, decretado en 1967. Establece las atribuciones del Servicio Nacional de Salud y las municipalidades en materias de salud pública e higiene. También define los derechos de las mujeres embarazadas y los niños a recibir protección del estado. El código regula diversos aspectos de la salud pública como la eliminación de residuos, condiciones de limpieza y más.
Este documento presenta la estructura organizativa y los estatutos de la Asociación de Clubes de Básquetbol de Argentina. Detalla la mesa ejecutiva para el período 2010-2014, con Eduardo V. C. Bazzi como presidente. Luego, los estatutos describen las normas generales de la asociación, incluidos los objetivos, socios, derechos, obligaciones y sanciones. El documento provee la base legal y de gobernanza para la asociación.
Resultado comision de estilo con cambios de bolivarDaniel Coronel
El documento contiene varios artículos de los estatutos de una asociación civil que regulan diferentes aspectos como: la prohibición de promocionar productos ajenos a la asociación en sus instalaciones, excepto en áreas designadas; el reconocimiento de miembros honorarios luego de 30 años de antigüedad; las cuotas que deben pagar diferentes tipos de miembros; las consecuencias de la mora en el pago de cuotas; la composición y funciones de la junta directiva; el proceso para convocar asambleas; y el procedimiento para
Este documento establece los procedimientos para otorgar diferentes tipos de licencias al personal. Incluye normas sobre licencias por trámite de pensión, gravidez, adopción, asuntos personales y cargos de elección. Detalla los requisitos y duraciones de licencias con y sin goce de sueldo. Además, especifica los trámites requeridos y justificantes necesarios para cada tipo de licencia.
Este documento establece el reglamento de procedimientos para quejas o pedidos ciudadanos ante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Define quejas y pedidos, los requisitos para presentarlos, y los procedimientos para su recepción, admisión, trámite, informe y ejecución. El objetivo es regular la atención de reclamos ciudadanos sobre actos u omisiones que afecten derechos de participación o generen corrupción.
Dl 1444 reglamento d eley de contratacionesdianazuli
Este documento presenta modificaciones propuestas a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Se proponen cambios a diversos artículos para agilizar los procesos de contratación y fortalecer al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Central de Compras Públicas. Algunas de las modificaciones incluyen permitir encargar procesos de selección a organismos internacionales, establecer compras corporativas obligatorias a cargo de Perú Compras, e incluir nuevos supuestos de imped
Este documento presenta los estatutos de un sindicato. Establece la constitución del sindicato, su objetivo de defender los intereses de los miembros afiliados, y su estructura de gobierno que consiste en una Asamblea y una Junta Directiva. La Asamblea es la máxima autoridad y se encarga de elegir a la Junta Directiva, aprobar reformas y el presupuesto anual. La Junta Directiva dirige y administra el sindicato y se compone de once secretarios que son electos por la Asamblea.
El documento describe el sistema de seguridad social venezolano, incluyendo las cotizaciones al régimen de seguridad social, las infracciones y sanciones por incumplimiento de las obligaciones de los empleadores, y el régimen prestacional de empleo para los trabajadores desempleados. Específicamente, establece que los empleadores deben afiliar a sus trabajadores al sistema de seguridad social y realizar las cotizaciones correspondientes, y se describen las infracciones leves, graves y muy graves por incumplimiento así como las multas asociadas. También
Este documento presenta el Código Sanitario de Chile, el cual rige cuestiones relacionadas con la salud de los habitantes del país. Ha sufrido varias modificaciones a través de leyes y decretos con fuerza de ley. Define las atribuciones del Ministerio de Salud, los Servicios de Salud regionales, el Instituto de Salud Pública y las municipalidades en materias sanitarias. Asimismo, establece normas para la concesión de autorizaciones sanitarias y el apoyo de Carabineros para el cumplimiento de
Este documento presenta el reglamento del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 11 de Buenos Aires, el cual establece las normas para el funcionamiento del consejo. Se describen los órganos que componen el consejo (Asamblea, Secretarías, Comisiones), los requisitos para la integración de miembros, los mecanismos de convocatoria y votación, y otras pautas como la acreditación de domicilio. El objetivo general es promover la participación ciudadana y defender los bienes públicos de acuerdo con la legislación vigente de la
Este documento establece las directrices para la aplicación del beneficio de exención parcial del pago de cuotas patronales al Seguro Social en México según un decreto de 2008. Define los requisitos para los patrones, como estar registrados y al corriente con pagos, y especifica que el beneficio es una exención del 5% de ciertas cuotas patronales entre marzo y diciembre de 2008. También cubre procedimientos de verificación, devolución de beneficios y responsabilidades de diferentes agencias para implementar y supervisar la política.
Este documento presenta la Carta Orgánica de la Unión Cívica Radical del distrito de Catamarca. Establece que el partido se regirá por sus principios fundacionales y por las normas de la Carta Orgánica Nacional. Define los requisitos para afiliarse, los derechos y deberes de los afiliados, y las causales por las cuales se puede dar de baja a un afiliado. También establece los órganos de dirección del partido a nivel provincial y distrital.
El Directorio de Barcelona Sporting Club emitió un comunicado en respuesta a las acciones legales iniciadas por un socio pre-candidato a presidente del club contra un funcionario. El comunicado explica que (1) no existe actualmente un registro de socios habilitados para votar, (2) solo el Tribunal Electoral puede publicar el padrón una vez iniciado el proceso electoral, y (3) lamentan que el proceso electoral genere acciones legales que buscan información que debe ser pública para todos los socios.
Actos pensionales antes de 1995 avalados por legisladorCendap Ltda
Actos Administrativos que benefician Derechos Pensionales de empleados públicos concedidos antes del 30 de Junio de 1995 han sido avalados por la voluntad del legislador.
Este documento resume las disposiciones de la Ley del Servicio Civil y su Reglamento General que se encuentran vigentes para los servidores públicos de los regímenes laborales del Decreto Legislativo 276 y 278. Estas incluyen normas sobre derechos colectivos, capacitación, evaluación de desempeño y el régimen disciplinario y procedimiento sancionador. El documento explica cada uno de estos títulos y capítulos de manera detallada.
El Grupo Candidatura Independiente de Trescasas y Sonsoto (CITS) presenta una moción al Pleno del Ayuntamiento de Trescasas para establecer sesiones informativas quincenales. Esto se debe a que los concejales de CITS y del grupo mixto no reciben información adecuada sobre asuntos de sus áreas, no hay diálogo sobre prioridades, y se toman decisiones sin tener en cuenta otras opiniones. La propuesta requiere que al menos un representante de cada formación política y el alcalde participen en estas sesiones para inform
Anexo 5 de la Resolución Nª 1000/2021 del INAES.Conam Mutualismo
Este documento presenta un modelo de acta constitutiva para una cooperativa de productores rurales con tres asociados. Incluye la fecha y lugar de la reunión constitutiva, la elección de la mesa directiva, la aprobación del estatuto, la suscripción de cuotas sociales y la elección de cargos. El estatuto propuesto establece el objeto, duración y funcionamiento de la cooperativa de acuerdo con la legislación cooperativa vigente.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
El documento presenta los estatutos del Sindicato de Trabajadores de Energía y Minas. Establece que el sindicato fue fundado en 1989 y tiene como objetivo la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores del Ministerio de Energía y Minas. Describe los órganos del sindicato como la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y el Consejo Consultivo, y especifica los derechos, deberes y requisitos de los afiliados al sindicato.
Este documento presenta un resumen del Código Sanitario de Chile. Establece las atribuciones del Servicio Nacional de Salud y las municipalidades en materias sanitarias. También define enfermedades transmisibles de declaración obligatoria y establece protocolos para su notificación, aislamiento y desinfección para prevenir contagios. Finalmente, presenta disposiciones generales sobre protección de la salud materno infantil y control de enfermedades.
Este documento presenta el Código Sanitario de Chile, decretado en 1967. Establece las atribuciones del Servicio Nacional de Salud y las municipalidades en materias de salud pública e higiene. También define los derechos de las mujeres embarazadas y los niños a recibir protección del estado. El código regula diversos aspectos de la salud pública como la eliminación de residuos, condiciones de limpieza y más.
Este documento presenta la estructura organizativa y los estatutos de la Asociación de Clubes de Básquetbol de Argentina. Detalla la mesa ejecutiva para el período 2010-2014, con Eduardo V. C. Bazzi como presidente. Luego, los estatutos describen las normas generales de la asociación, incluidos los objetivos, socios, derechos, obligaciones y sanciones. El documento provee la base legal y de gobernanza para la asociación.
Resultado comision de estilo con cambios de bolivarDaniel Coronel
El documento contiene varios artículos de los estatutos de una asociación civil que regulan diferentes aspectos como: la prohibición de promocionar productos ajenos a la asociación en sus instalaciones, excepto en áreas designadas; el reconocimiento de miembros honorarios luego de 30 años de antigüedad; las cuotas que deben pagar diferentes tipos de miembros; las consecuencias de la mora en el pago de cuotas; la composición y funciones de la junta directiva; el proceso para convocar asambleas; y el procedimiento para
Este documento establece los procedimientos para otorgar diferentes tipos de licencias al personal. Incluye normas sobre licencias por trámite de pensión, gravidez, adopción, asuntos personales y cargos de elección. Detalla los requisitos y duraciones de licencias con y sin goce de sueldo. Además, especifica los trámites requeridos y justificantes necesarios para cada tipo de licencia.
Este documento establece el reglamento de procedimientos para quejas o pedidos ciudadanos ante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Define quejas y pedidos, los requisitos para presentarlos, y los procedimientos para su recepción, admisión, trámite, informe y ejecución. El objetivo es regular la atención de reclamos ciudadanos sobre actos u omisiones que afecten derechos de participación o generen corrupción.
Dl 1444 reglamento d eley de contratacionesdianazuli
Este documento presenta modificaciones propuestas a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Se proponen cambios a diversos artículos para agilizar los procesos de contratación y fortalecer al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Central de Compras Públicas. Algunas de las modificaciones incluyen permitir encargar procesos de selección a organismos internacionales, establecer compras corporativas obligatorias a cargo de Perú Compras, e incluir nuevos supuestos de imped
Este documento presenta los estatutos de un sindicato. Establece la constitución del sindicato, su objetivo de defender los intereses de los miembros afiliados, y su estructura de gobierno que consiste en una Asamblea y una Junta Directiva. La Asamblea es la máxima autoridad y se encarga de elegir a la Junta Directiva, aprobar reformas y el presupuesto anual. La Junta Directiva dirige y administra el sindicato y se compone de once secretarios que son electos por la Asamblea.
El documento describe el sistema de seguridad social venezolano, incluyendo las cotizaciones al régimen de seguridad social, las infracciones y sanciones por incumplimiento de las obligaciones de los empleadores, y el régimen prestacional de empleo para los trabajadores desempleados. Específicamente, establece que los empleadores deben afiliar a sus trabajadores al sistema de seguridad social y realizar las cotizaciones correspondientes, y se describen las infracciones leves, graves y muy graves por incumplimiento así como las multas asociadas. También
Este documento presenta el Código Sanitario de Chile, el cual rige cuestiones relacionadas con la salud de los habitantes del país. Ha sufrido varias modificaciones a través de leyes y decretos con fuerza de ley. Define las atribuciones del Ministerio de Salud, los Servicios de Salud regionales, el Instituto de Salud Pública y las municipalidades en materias sanitarias. Asimismo, establece normas para la concesión de autorizaciones sanitarias y el apoyo de Carabineros para el cumplimiento de
Este documento presenta el reglamento del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 11 de Buenos Aires, el cual establece las normas para el funcionamiento del consejo. Se describen los órganos que componen el consejo (Asamblea, Secretarías, Comisiones), los requisitos para la integración de miembros, los mecanismos de convocatoria y votación, y otras pautas como la acreditación de domicilio. El objetivo general es promover la participación ciudadana y defender los bienes públicos de acuerdo con la legislación vigente de la
Este documento establece las directrices para la aplicación del beneficio de exención parcial del pago de cuotas patronales al Seguro Social en México según un decreto de 2008. Define los requisitos para los patrones, como estar registrados y al corriente con pagos, y especifica que el beneficio es una exención del 5% de ciertas cuotas patronales entre marzo y diciembre de 2008. También cubre procedimientos de verificación, devolución de beneficios y responsabilidades de diferentes agencias para implementar y supervisar la política.
Este documento presenta la Carta Orgánica de la Unión Cívica Radical del distrito de Catamarca. Establece que el partido se regirá por sus principios fundacionales y por las normas de la Carta Orgánica Nacional. Define los requisitos para afiliarse, los derechos y deberes de los afiliados, y las causales por las cuales se puede dar de baja a un afiliado. También establece los órganos de dirección del partido a nivel provincial y distrital.
El Directorio de Barcelona Sporting Club emitió un comunicado en respuesta a las acciones legales iniciadas por un socio pre-candidato a presidente del club contra un funcionario. El comunicado explica que (1) no existe actualmente un registro de socios habilitados para votar, (2) solo el Tribunal Electoral puede publicar el padrón una vez iniciado el proceso electoral, y (3) lamentan que el proceso electoral genere acciones legales que buscan información que debe ser pública para todos los socios.
Actos pensionales antes de 1995 avalados por legisladorCendap Ltda
Actos Administrativos que benefician Derechos Pensionales de empleados públicos concedidos antes del 30 de Junio de 1995 han sido avalados por la voluntad del legislador.
Este documento resume las disposiciones de la Ley del Servicio Civil y su Reglamento General que se encuentran vigentes para los servidores públicos de los regímenes laborales del Decreto Legislativo 276 y 278. Estas incluyen normas sobre derechos colectivos, capacitación, evaluación de desempeño y el régimen disciplinario y procedimiento sancionador. El documento explica cada uno de estos títulos y capítulos de manera detallada.
El Grupo Candidatura Independiente de Trescasas y Sonsoto (CITS) presenta una moción al Pleno del Ayuntamiento de Trescasas para establecer sesiones informativas quincenales. Esto se debe a que los concejales de CITS y del grupo mixto no reciben información adecuada sobre asuntos de sus áreas, no hay diálogo sobre prioridades, y se toman decisiones sin tener en cuenta otras opiniones. La propuesta requiere que al menos un representante de cada formación política y el alcalde participen en estas sesiones para inform
Anexo 5 de la Resolución Nª 1000/2021 del INAES.Conam Mutualismo
Este documento presenta un modelo de acta constitutiva para una cooperativa de productores rurales con tres asociados. Incluye la fecha y lugar de la reunión constitutiva, la elección de la mesa directiva, la aprobación del estatuto, la suscripción de cuotas sociales y la elección de cargos. El estatuto propuesto establece el objeto, duración y funcionamiento de la cooperativa de acuerdo con la legislación cooperativa vigente.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Establece la constitución de la asociación, su objeto, patrimonio y miembros. Define los órganos de administración como la asamblea general y la junta directiva, y sus funciones respectivas como aprobar estados financieros, elegir cargos y establecer políticas. También describe cargos como el representante legal, presidente, vicepresidente y secretario, y sus deberes.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Establece la constitución de la asociación, incluyendo su nombre, duración, domicilio y objetivos. También describe la estructura y funciones de los órganos de administración y dirección como la asamblea general, la junta directiva, el representante legal, el presidente, vicepresidente y secretario. Finalmente, detalla disposiciones sobre el patrimonio de la asociación, los deberes y derechos de los asociados, y los procedimientos
El documento describe el estatuto del Centro Vecinal Barrio Sarmiento en San Francisco, Córdoba, Argentina. El centro tiene como objetivo promover el desarrollo comunitario en el barrio y mejorar la calidad de vida de los vecinos a través de actividades como gestionar mejoras de infraestructura, fomentar la cultura y educación, y defender los derechos de los vecinos. El estatuto también describe la estructura de gobierno del centro, incluyendo una Comisión Directiva de 9 miembros y una Comisión Re
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación o fundación sin ánimo de lucro. Establece los capítulos sobre el nombre, duración, domicilio y objeto de la entidad; disposiciones sobre el patrimonio; de los asociados y sus derechos y deberes; estructura y funciones de los órganos de administración y dirección como la asamblea general y la junta directiva. Finalmente, detalla las funciones específicas del representante legal, presidente, vicepresidente y secretario.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Vecinos Nueva Churriana. Establece que la asociación se constituye para defender los intereses de los vecinos y mejorar su calidad de vida. Designa a la Asamblea General como el órgano supremo y define los procedimientos para las convocatorias y votaciones. También crea una Junta Directiva de 3 a 9 personas para dirigir la asociación entre asambleas.
Este documento presenta el reglamento de la junta general de accionistas de una sociedad. Establece las normas sobre la convocatoria, preparación, desarrollo y competencias de la junta general. Detalla los derechos de los accionistas incluyendo el derecho a solicitar información, asistir a las juntas y ser representados. También especifica los requisitos para la convocatoria de juntas ordinarias y extraordinarias y los asuntos sobre los cuales la junta general tiene competencia para decidir.
Estatutos de Pilth SL.
Proyecto elaborado por alumnos de la asignatura de Fundamentos de Administración y Gestión de 2º de Bachillerato del colegio Salesianos Atocha (Madrid).
La sociedad Pilth S.L. se constituye para crear un pastillero inteligente con varios modelos personalizables. Los estatutos establecen la denominación, duración indefinida, domicilio en Madrid y objeto social. El capital social es de 200.000€ dividido en 500 participaciones de 400€ cada una. Se regula la emisión y transmisión de participaciones, los órganos sociales como la Junta General y el Consejo de Administración, los ejercicios sociales y cuentas anuales, y la disolución y liquidación de la sociedad
Somos un grupo de alumnos de 2º Bachillerato del Colegio Salesianos Atocha que estamos realizando un proyecto para la asignatura de Fundamentos de Administración y Gestión.
Este documento establece los estatutos de la Peña Sevillista "Portuense" en El Puerto de Santa María, Cádiz. Define la constitución, denominación, domicilio, fines y duración de la asociación. Establece los derechos y obligaciones de los socios, así como los órganos directivos de la asociación, incluida la Asamblea General de Socios y la Junta Directiva. Detalla las funciones del Presidente y Vicepresidente de la Junta Directiva.
Este documento establece lineamientos para que las cooperativas y mutuales puedan realizar reuniones de órganos de gobierno a distancia durante la pandemia de COVID-19. Se permiten reuniones virtuales si se garantiza el acceso de todos los asociados y el ejercicio de sus derechos políticos. También deben definirse sistemas claros para la votación y comunicarse estos procedimientos. Se exige dejar constancia del proceso en el acta y conservar una copia digital por 5 años.
La sociedad científica deportiva integral se constituye como una asociación sin ánimo de lucro. Sus fines incluyen aplicar programas de salud y prevención de dopaje, capacitar a profesionales deportivos, organizar eventos científicos y más. La asociación estará gestionada por una junta directiva y una asamblea general que tendrán diferentes funciones y facultades según lo establecido en los estatutos.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación "Veteranos Cantera Blanca". Establece que la asociación se constituye sin ánimo de lucro para fomentar el fútbol y otros deportes entre veteranos. Sus órganos de gobierno son la Asamblea General y la Junta Directiva. La Asamblea se reúne anualmente y aprueba presupuestos y cuentas, mientras que la Junta Directiva gestiona las actividades de la asociación y representa sus intereses.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación Chubutense de Atletas Master "Antonio Tello". Establece la fundación de la asociación en 1992 y su objetivo de promover la práctica del atletismo para personas mayores de 30 años. Describe las diferentes categorías de socios, los órganos de gobierno como la asamblea y la comisión directiva, y las normas para la elección y funciones de estos órganos. También define las obligaciones y derechos de los socios, así como las causales y procesos para la
La sociedad DryLock S.L. se dedica a la fabricación de mochilas. Tiene un capital social de 290.000 euros dividido en 1.000 participaciones de 290 euros cada una. Su administración puede organizarse como administrador único, varios administradores solidarios o mancomunados, o un consejo de administración de entre 10 y 40 miembros. Los estatutos regulan cuestiones como la transmisión de participaciones, los órganos sociales como la junta general y el consejo de administración, así como el ejercicio social y las cuentas anuales.
Este documento contiene el estatuto del Club Atlético River Plate, una asociación civil con personería jurídica en Buenos Aires, Argentina. Describe las categorías de socios, incluyendo honorarios, vitalicios, activos y menores. Detalla los deberes de los socios como el pago de cuotas, respetar el estatuto y mantener el orden. También especifica las causas por las cuales un socio puede perder su membresía, como renuncia, exclusión o expulsión.
La sociedad Pilth S.L. se constituye como sociedad de responsabilidad limitada para crear un pastillero inteligente en dos versiones y comercializarlo. El capital social es de 200.000€ dividido en 500 participaciones de 400€ cada una. La administración puede ser unipersonal, mancomunada o un consejo de administración de 1 a 5 personas elegido por la junta general. Los ejercicios sociales son anuales del 1 de enero al 31 de diciembre y las cuentas anuales deben ajustarse a la normativa vigente. En caso de
Agenda Dialogo Iberoamericano de Telemedicina y Tele Salud _ Actualizacion al...Secretaria Sutmts
Este documento presenta el programa del 4to Simposio Internacional de Telemedicina que se llevará a cabo en Montevideo, Uruguay el 20 y 21 de noviembre de 2014. El simposio incluirá conferencias magistrales, mesas redondas, ponencias y talleres sobre temas relacionados a la telemedicina y telesalud. Habrá presentaciones sobre experiencias en telemedicina entre países del sur, el uso de la simulación en la educación médica, políticas nacionales de telemedicina, aspectos legales y tecnologías de aprendizaje en
El INFOCOSMOS de la Salud, un nuevo entorno de la sanidad, es considerado hoy, como un gran facilitador del cambio. En el INFOCOSMOS la información clínica es accesible en forma universal y esta siempre disponible en el momento y lugar que se requiera. Su implantación es un proceso complejo que debe superar dificultades propias y resistencias de toda índole y de amplio espectro. Conducir a las organizaciones sanitarias hacia el nuevo entorno, no se logra con políticas de corto plazo, sino con proyectos de largo aliento y con el compromiso de los profesionales y directivos implicados. Hay que tener presente que la salud sufre profundos y vertiginosos cambios como consecuencia del avance en las tecnologías de la información, y ante ésta situación las organizaciones sanitarias deben asumir su reconversión real y profunda.
Agenda Dialogo Iberoamericano de Telemedicina y Tele SaludSecretaria Sutmts
Agenda a llevarse adelante los días 20 y 21 de Noviembre del 2014 en el Hotel Radisson, Montevideo, Uruguay.
Alguno de los expositores estarán presente en forma remota utilizando la tecnología de la empresa auspiciante para su producto antari de la firma GMV (España)
Convocatoria Dialogo Iberoamericano de Telemedicina y Tele SaludSecretaria Sutmts
Convocatoria al evento del 20/21 de Noviembre donde participaremos en dos jornadas de intercambio de experiencias en el área de la Telemedicina y las TIC en eHealth.
Reportaje Dr. Gabriel Antoniol Telemedicina, experiencia "Cerro Largo"Secretaria Sutmts
Reportaje realizado al Dr. Gabriel Antoniol sobre
Telemedicina: una estrategia para reducir la inequidad sanitaria en Latinoamérica
En la población de Cerro Largo (Uruguay), entes públicos y privados desarrollan un proyecto basado en el uso de las TIC para atender a pacientes de forma remota
En todos los países de la región, con independencia de su nivel de ingresos, la salud y la enfermedad siguen un gradiente social: cuanto más baja es la situación socioeconómica, peor es el estado de salud. Esta situación se conoce como inequidad sanitaria.
La necesaria extensión de la Telemedicina by Dr. Francesc Saigí RubióSecretaria Sutmts
Las transformaciones socioeconómicas que caracterizan el final del siglo XX e inicio del XXI han planteado importantes retos a los sistemas de salud, especialmente en las sociedades occidentales, con sistemas altamente tecnificados y una población cuya esperanza de vida aumenta de forma progresiva. Y todo ello en un escenario de permanente esfuerzo de contención del gasto sanitario. La incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la sanidad, la llamada salud electrónica o "eSalud", ha generado enormes expectativas como instrumento para hacer frente a esos retos, siendo la telemedicina una de las experiencias pioneras.
APOYAR A ENTERRITORIO EN LA GESTIÓN TERRITORIAL DEL PROYECTO “AMPLIACIÓN DE LA RESPUESTA NACIONAL AL VIH CON ENFOQUE DE VULNERABILIDAD", EN LA CIUDAD DE CARTAGENA Y SU ÁREA CONURBADA, PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN NO. COL-H-ENTERRITORIO 3042 SUSCRITO CON EL FONDO MUNDIAL.
Comunicació oral de les infermeres Maria Rodríguez i Elena Cossin, infermeres gestores de processos complexos de Digestiu de l'Hospital Municipal de Badalona, a les 34 Jornades Nacionals d'Infermeras Gestores, celebrades a Madrid del 5 al 7 de juny.
Presentación utilizada en la conferencia impartida en el X Congreso Nacional de Médicos y Médicas Jubiladas, bajo el título: "Edadismo: afectos y efectos. Por un pacto intergeneracional".
SEMIOLOGIA MEDICA - Escuela deMedicina Dr Witremundo Torrealba 2024Carmelo Gallardo
Escuela de Medicina Dr Witremundo Torrealba
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Primer Lapso de Semiología
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Conceptos de Semiología Médica, Signos, Síntomas, Síndromes, Diagnóstico, Pronóstico
Procedimientos Básicos en Medicina - HEMORRAGIASSofaBlanco13
En el presente Power Point se explica el tema de hemorragias en el curso de Procedimiento Básicos en Medicina. Se verán las causas, las cuales son por traumatismos, trastornos plaquetarios, de vasos sanguíneos y de coagulación. Asimismo, su clasificación, esta se divide por su naturaleza (externa o interna), por su procedencia (capilar, venosa o arterial) y según su gravedad. Además, se explica el manejo. Este puede ser por presión directa, elevación del miembro, presión de la arteria o torniquete. Finalmente, los tipos de hemorragias externas y en que partes del cuerpo se dan.
1. Sociedad Uruguaya de
Tele Medicina y Tele
Salud
www.sutmts.org
Twitter : @SecSUTMTS
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ESTATUTOS
Estatutos_Sutmts_20141029
Estatutos en proceso de autorización por la primer acta constitutiva a
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CAPITULO I
CONSTITUCIÓN
Artículo 1º. Con el nombre de Sociedad Uruguaya de Tele Salud y Tele Medicina crease una sociedad civil sin fines de lucro que se regirá por los presentes estatutos y por las leyes y reglamentos aplicables, cuya sede será en el Departamento de Montevideo, cita en la calle Wilson Ferreira Aldunate 1342 Of. 202 (Dirección transitoria hasta su constitución). Tel. +598 9030210, +598 99642155 y +598 91866929.
Artículo 2º. Esta institución tendrá los siguientes fines:
Crear un ámbito de desarrollo de la Tele Salud y la Telemedicina.
Fomentar la Tele Salud y la Telemedicina en la formación curricular de los profesionales de la salud.
Formar nexos multidisciplinarios.
Mantener contactos de intercambio con sociedades afines de América Latina y del Mundo.
Propender a que se utilicen estándares en Tele Salud y Telemedicina.
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Abogar por la salvaguardia de la integridad y confidencialidad de los registros médicos en medios informáticos.
Difundir entre los profesionales de la salud la importancia del manejo correcto de la Tele Salud y la Telemedicina.
Proponer los cambios necesarios en la legislación actual, tendientes a aceptar los registros de Tele Salud y Telemedicina como válidos, con las garantías requeridas.
Generar espacios para el desarrollo de cursos, jornadas y eventos científicos en el área de la Tele Salud y la Telemedicina.
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CAPITULO II
PATRIMONIO SOCIAL
Artículo 3º. El patrimonio de la Sociedad estará constituido por:
a) Los aportes ordinarios de los asociados que la Comisión Directiva establezca con carácter general.
b) Las contribuciones de origen público o privado y las donaciones y legados a favor de de la misma.
c) Todo aporte extraordinario a cargo de los asociados que la Asamblea General establezca.
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CAPITULO III
ASOCIADOS
Artículo 4º. Los socios podrán ser; fundadores activos, honorarios, o suscriptores.
Serán fundadores los concurrentes al acto de fundación de la institución y los que ingresen a la misma dentro de los treinta días siguientes a dicho acto.
Serán socios activos los que tengan un año de antigüedad en el registro social y hayan cumplido regularmente con las obligaciones que impone este estatuto y establezcan los reglamentos generales de la institución.
Serán socios honorarios aquellas personas que, en razón de sus meritos o de los relevantes servicios prestados a la institución, sean designados tales por la Asamblea General.
Serán socios suscriptores los que, admitidos como asociados, no hayan cumplido como asociados, no hayan cumplido aún las condiciones indicadas en el inciso b) de este artículo.
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Artículo 5º. Con la sola excepción de los socios honorarios y de los fundadores concurrentes al acto de fundación, para ingresar como asociado se requerirá solicitud escrita presentada a la Comisión Directiva y resolución favorable de la misma.
Artículo 6º. Para ser aceptado como socio se requiere aceptar los objetivos y fines de la institución.
Artículo 7º. Los derechos de los asociados serán los siguientes:
1º) De los socios fundadores y activos:
a) Ser electores y elegibles;
b) Integrar la Asamblea General con derecho de voz y voto;
c) Solicitar la convocatoria de la Asamblea General (Artículo 11º. inciso 3º) ;
c) Utilizar los diversos servicios sociales;
d) Presentar a la Comisión Directiva iniciativas favorables al mejoramiento de la institución en cualquier aspecto.
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2º) De los honorarios y suscriptores:
a) Participar de las Asambleas con voz y sin voto; b) Utilizar los diversos servicios sociales;
c) Promover ante la Comisión Directiva iniciativas tendientes al mejoramiento de la institución.
3º) Cuando un socio honorario tenga también la calidad de socio activo o fundador sus derechos serán establecidos en el apartado 1º de este articulo. El ejercicio de los derechos consagrados en el presente artículo se regirá por las disposiciones de estos estatutos y por las resoluciones y reglamentos que, para los distintos casos y dentro de su competencia dicten la Comisión Directiva o la Asamblea general, como asimismo con sujeción a las leyes y normas oficiales que fueren aplicables.
Artículo 8º. Son obligaciones de los asociados:
a) abonar puntualmente las cuotas ordinarias y las contribuciones extraordinarias que se establezcan.
b) Acatar las reglamentaciones y resoluciones sociales.
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Artículo 9º. Los socios podrán ser expulsados o suspendidos conforme a los siguientes principios:
a) Será causa de la expulsión de la entidad la realización de cualquier acto o la omisión que importe un agravio a la institución, a sus autoridades, o a los principios morales que deben presidir las actividades de la asociación, o el desacato reiterado a resoluciones de sus autoridades. La expulsión podrá ser decretada por la Comisión Directiva por voto conforme de dos tercios de sus integrantes; deberá ser ratificada al interesado mediante telegrama colacionado por otro medio fehaciente y el socio dispondrá de un plazo de 30 días a partir de esa notificación para recurrir por escrito fundado ante la Asamblea General, la que a tal efecto deberá ser convocada por la Comisión Directiva para fecha no posterior a los 30 días siguientes a la interposición del recurso. Este recurso no tendrá efecto suspensivo;
b) Será causa de suspensión, hasta por un máximo de 6 meses, la comisión de actos o la omisión que importe un agravio a la institución, a sus autoridades o a los principios morales sustentados, o el desacato a resoluciones de las autoridades sociales, que a juicio de la Comisión Directiva no den merito para la expulsión. La suspensión será aplicada por decisión de simple mayoría de integrantes de la Comisión Directiva
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y podrá ser recurrida en la misma forma establecida en el apartado anterior;
c) Será causa de suspensión automática, hasta que se efectúen los pagos correspondientes, la falta de pago de los aportes señalados en el inciso a) del artículo 3º de este estatuto. No obstante, la Comisión Directiva deberá dar vista de las actuaciones al interesado por el termino de 10 días hábiles y perentorios, dentro de cuyo plazo el socio podrá articular defensa; la resolución a recaer deberá ser fundada.
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CAPITULO IV
AUTORIDADES
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 10º. La Asamblea General, actuando conforme a lo establecido en estos estatutos, es el órgano soberano de la institución. Esta constituida por todos los asociados que tengan derecho a participar en la misma y adoptara cualquier decisión de interés social, ajustándose a las normas estatutarias, legales y reglamentarias que fueren aplicables.
Artículo 11º. La asamblea General se reunirá con carácter de Ordinaria o Extraordinaria, para considerar exclusivamente los asuntos incluidos en el respectivo orden del día. La Asamblea General Ordinaria se reunirá anualmente dentro de los 60 días siguientes al cierre del ejercicio económico (Articulo 25º) y tratara la memoria anual y el balance que deberá presentar la Comisión Directiva, así como todo asunto que la misma hubiere incluido en el orden del día.
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Además, designara la Comisión Electoral cuando corresponda (Articulo 21º). La Asamblea General Extraordinaria se reunirá en cualquier momento por decisión de la Comisión Directiva, o a pedido del 10% de los asociados hábiles para integrarla. En caso de solicitud de convocatoria por parte de la Comisión Fiscal o del porcentaje de socios expresado, la Comisión Directiva deberá efectuar el llamado dentro de los 8 días siguientes y para fecha no posterior a los 30 días, a partir del recibo de la petición.
Artículo 12º. Las Asambleas Generales serán convocadas mediante aviso personal y escrito a los asociados con antelación de por lo menos 7 días a la fecha de realización de aquellas y con la publicación de un aviso en un periódico local o en un diario de la ciudad de Montevideo, por lo menos 3 días antes de la celebración del acto convocado.
Artículo 13º. La Asamblea General Ordinaria sesionara válidamente con el número de asociados hábiles para integrarla con plenos derechos que se encuentre presente a la hora de la citación. La Asamblea Extraordinaria, salvo los casos previstos en el articulo siguiente, sesionara en primera convocatoria con la presencia de la mitad más uno de los socios hábiles con derecho a voto y en segunda convocatoria podrá sesionar una hora más tarde con los que concurran. En todos los casos la Asamblea adoptara sus decisiones por
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mayoría simple de votos de presentes, salvo lo establecido en el articulo 14º.Para participar en las Asambleas será necesario que los socios acrediten su identidad en la forma en que se reglamente, que firmen un libro especial de asistencia llevado al efecto y que no se encuentren suspendidos en razón de lo dispuesto por el apartado c) del artículo 9º. Las Asambleas serán presididas por el Presidente de la Comisión Directiva o en ausencia de este, por la persona que a tal efecto designe la propia Asamblea quien también designara Secretario ad-hoc.
Artículo 14º. Para la destitución de la Comisión Directiva, la reforma de este Estatuto, el cambio de Sede y la disolución de la entidad, será necesaria la resolución de una Asamblea Extraordinaria adoptadas por tres quintos de votos presentes. Esta Asamblea se reunirá válidamente en primera convocatoria con el quorum indicado en el artículo 13º, en segunda convocatoria, a realizarse por lo menos 10 días después, con el 20% de los asociados habilitados para integrarla; y en tercera convocatoria, a celebrarse no antes de 5 días siguientes, con los que concurran y previo aviso al Ministerio de Educación y Cultura, que se cursara por lo menos con tres días de anticipación al acto.
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COMISION DIRECTIVA
Artículo 15º. La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de una Comisión Directiva compuesta de 5 miembros mayores de edad, quienes duraran 2 años en sus cargos y podrán ser reelectos por hasta 2 periodos más. Los mismos se mantendrán en el desempeño de sus funciones al vencimiento del mandato, hasta la toma de posesión de los nuevos miembros electos. La elección de los miembros de la Comisión Directiva se efectuara según el procedimiento establecido en el artículo 22º, conjuntamente con doble número de suplentes preferenciales. La Comisión Directiva electa designara de consenso los cargos respectivos con excepción del Presidente quien lo será quien encabece la lista electiva más votada.
Artículo 16º. En caso de ausencia definitiva del Presidente y del Vicepresidente, la Comisión Directiva, una vez integrada con los suplentes correspondientes, designara un nuevo presidente. La primera Asamblea General que se realice posteriormente confirmara o rectificara esa decisión. En caso de agotarse la lista de suplentes, las vacantes que se produzcan en la Comisión Directiva serán llenadas con miembros designados directamente por esta, quienes
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permanecerán en sus cargos hasta la primera Asamblea General que se realice, la que adoptara resolución definitiva al respecto.
Artículo 17º. La Comisión Directiva tendrá las más amplias facultades de dirección, administración y disposición, pudiendo en consecuencia llevar a cabo todos los actos jurídicos y adoptar todas las decisiones tendientes al cumplimiento de los fines sociales, científicos, educativos y culturales y de las resoluciones adoptadas por la Asamblea General. No obstante, para la disposición y gravamen de bienes inmuebles, o para contraer obligaciones superiores a la suma de 1000 U.R. o a 20 veces el monto promedio de recaudaciones ordinarias de los últimos 3 meses (tomándose como tope el que resulte menor), será necesaria autorización expresa de la Asamblea General aprobada por no menos de tres quintos de sus integrantes. La representación legal de la institución será ejercida por la Comisión Directiva por intermedio del Presidente y Secretario actuando conjuntamente, sin perjuicio del otorgamiento de mandatos especiales otros miembros o a personas ajenas. La Comisión Directiva podrá reglamentar su propio funcionamiento, con ajuste a las normas generales de estos estatutos, como así también lo referente a las funciones del personal de la institución. Deberá sesionar por lo menos una vez al mes, se reunirá válidamente con un número de 3 miembros y adoptara decisiones por mayoría simple, salvo disposición distinta de estos Estatutos para determinados asuntos. En caso de empate en las votaciones el Presidente tendrá doble voto, pero en ningún caso se podrá
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decidir si no votan afirmativamente por lo menos 3 miembros. Dos miembros cualesquiera podrán citar a reunión de la misma, si el Presidente omitiere hacerlo en caso de necesidad. Es incompatible la calidad de miembro de la Comisión Directiva con la de empleado o dependiente de la entidad por cualquier concepto.
COMISIÓN FISCAL
Artículo 19º. La Comisión Fiscal estará compuesta por tres miembros titulares, quienes duraran 2 años en sus cargos y serán elegidos conjuntamente con doble número de suplentes preferenciales, simultáneamente con la elección de la Comisión Directiva, pudiendo ser reelectos hasta por dos periodos más. Todos los miembros deberán ser mayores de edad y no podrán ser al mismo tiempo titulares ni suplentes de la Comisión Directiva. Asimismo rige para los miembros de la Comisión Directiva.
Artículo 20º. Son facultades de la Comisión Fiscal:
a) Solicitar a la Comisión Directiva la convocatoria a Asamblea Extraordinaria (artículo 11º) o convocatoria directa en caso de que aquella no lo hiciere o no pudiere hacerlo;
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b) Fiscalizar los fondos sociales y sus inversiones en cualquier tiempo;
c) Inspeccionar en cualquier momento los registros contables y otros aspectos del funcionamiento de la Institución;
d) Verificar el balance anual, el que deberá aprobar u observar fundadamente antes de su consideración por la Asamblea General;
e) Asesorar a la Comisión Directiva cuando ésta se lo requiera;
f) Cumplir cualquiera otra función inspectora o de control que entienda conveniente o le cometa la Asamblea General.
COMISIÓN ELECTORAL
Artículo 21º. La Comisión Electoral estará integrada por 3 miembros titulares, todos mayores de edad. Será elegida por la Asamblea General Ordinaria, en los años que corresponda efectuar elecciones, conjuntamente con igual número de suplentes preferenciales. Esta comisión tendrá a su cargo todo lo relativo al acto eleccionario, así como la realización del escrutinio y determinación de sus resultados y de los candidatos triunfantes. Tiene facultades para llamar a Asamblea Extraordinaria en caso de irregularidades graves en la elección. La misma cesara en sus funciones una vez que los nuevos integrantes de la
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Comisión Directiva y Comisión Fiscal hayan entrado en posesión de sus cargos.
CAPITULO V
ELECCIONES
Artículo 22º. El acto eleccionario para miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Fiscal se efectuara cada 2 años, dentro de los 30 días siguientes a la celebración de la Asamblea General correspondiente. El voto será secreto y se emitirá a través de listas que deben ser registradas ante la Comisión Electoral con anticipación mínima de 8 días a la fecha de la elección. Deberán formularse listas separadas para la Comisión Directiva y Fiscal, con indicación del candidato a la Presidencia de cada una. Para ser admitida una lista deberá contener la firma de los candidatos y de 10 socios activos más. Los cargos serán distribuidos por el sistema de representación proporcional. Para proclamar los candidatos triunfantes y darles posesión de sus cargos, se integraran en comisión general la Comisión Electoral y la Directiva saliente.
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Los grupos de socios que presenten listas electorales podrán designar un delegado por cada una, para que controle el acto electoral y el escrutinio.
CAPITULO VI
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 23º. Todos los cargos electivos que se ejerzan dentro de la Sociedad tendrán carácter honorario.
Artículo 24º. En caso de disolución de la Sociedad los bienes que existieren una vez deducidos los pasivos serán destinados a la Fundación sin fines de lucro determinado por el directorio previo a su disolución.
Artículo 25º. El ejercicio económico de la institución se cerrara el 30 de octubre de cada año.
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Artículo 26º. Esta Sociedad excluye de sus propósitos sociales, educativos, culturales y científicos toda otra finalidad que las previstas expresamente en estos Estatutos. Especialmente se establece que para la prestación de servicios cooperativos de bienes o de consumos, o de servicios asistenciales médicos, deberán tramitarse estatutos adecuados a esas finalidades específicas, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias correspondientes.
Artículo 27º. Es incompatible la calidad de miembro de todo órgano de carácter electivo de la Institución con la de dependiente o empleado de la entidad.
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CAPITULO VII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 28º. La primera Comisión Directiva y la primera Comisión Fiscal, que deberán actuar hasta el 30 de octubre de 2016, estarán integradas en la siguiente forma:
Directorio, integrado por;
o Presidente
o Vice-Presidente
o Secretario
o Tesorero
o Vocal
o Se dispondrá de una lista de 5 suplentes que se asignaran por orden de según el cargo que se requiera ocupar en los actos requeridos.
Comisión Fiscal
o 3 integrantes activos
o 3 integrantes suplentes para asignar en caso de falta de los integrantes activos.
Comisión Elector
o 3 integrantes activos
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o 3 integrantes suplentes para asignar en caso de falta de los integrantes activos.
Articulo 29º. Gestores de la Personería Jurídica. El Sr Escribano Adolfo Orellano queda facultado para gestionar ante el Poder Ejecutivo la aprobación de estos estatutos y el reconocimiento de la personería jurídica de la institución con atribuciones además para aceptar las observaciones que pudieren formular las autoridades públicas a los presentes estatutos y para proponer los textos.
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Comisión Directiva 2014 - 2016
Cargo Representante
Presidente
Vice-Presidente
Secretario
Tesorero
Vocal
Suplentes Representante
Primero
Segundo
Tercero
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Suplentes Representante
Cuarto
Quinto
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Comisión Fiscal 2014 - 2016
Cargo Representante
Primero
Segundo
Tercero
Suplentes Representante
Primero
Segundo
Tercero
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Comisión Electoral 2014 - 2016
Cargo Representante
Primero
Segundo
Tercero
Suplentes Representante
Primero
Segundo
Tercero