ÉTICA, SEGURIDAD Y ASPECTOS LEGALES DE LA CIRUGÍA
                          MENOR PARA ENFERMERÍA



INTRODUCCIÓN

Los profesionales de la salud sufrimos un nivel de estrés y ansiedad variable cuando
nos disponemos a realizar una intervención de cirugía menor encaminada a resolver
un problema de salud. Dicho nivel será tanto mayor cuanto más graves sean las
potenciales consecuencias negativas que puedan deberse o atribuirse a nuestra
actuación.Por el contrario, el nivel de ansiedad disminuye cuando la intervención es
avalada por la capacitación profesional, por la existencia de normas o leyes
específicas que la amparen, por la disposición de medios adecuados, por la tradición,
por la aceptación de la sociedad y del mundo sanitario, etc.Existen ciertos
supuestos cuyo simple planteamiento teórico      produce en los profesionales de la
enfermería un verdadero temor. El miedo provoca en los seres humanos reacciones
de paralización o huida; en ambos casos el resultado es el bloqueo de la acción que
se estaba realizando o se pretendía realizar.

Estos supuestos parten del miedo a:

   •    No ser capaz e resolver técnicamente una situación para la que en teoría uno
        debería estar capacitado

   •    Producir daño alas personas que se están interviniendo

   •    Invadir competencias ajenas

   •    Iniciar un recorrido por campos nuevos o desconocidos
CIRUGÍA MENOR LEGALMENTE SEGURA EN ATENCIÓN PRIMARIA DE
SALUD

La cirugía menor comprende los procedimientos quirúrgicos sencillos y de corta
duración (15-30 min), realizados sobre tejidos superficiales o estructuras
subcutáneas   fácilmente   accesibles,   bajo   anestesia   local,   que   no   precisan
instrumental complejo y en los que no se esperan complicaciones intraoperatorias ni
postoperatorias importantes. Asimismo, los cuidados posquirúrgicos que requiere
son pocos especializados y pueden ser asumidos por el propio paciente o su familia.
Las entidades sobre las que está indicada la cirugía menor no deberán tener a priori
sospecha diagnóstica de malignidad.



CONCEPTOS LEGALES EN RELACIÓN CON LA CIRUGÍA MENOR                                  EN
ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

Existen algunos conceptos y consideraciones que debe tenerse en cuenta, unos
generales y otros derivados de sentencias del Tribunal Supremo que han ido
generando jurisprudencia y que pueden aportar luz al actual estado de la cuestión.

La imprudencia esta en relación con la actuación del profesional y no con sus
consecuencias, aunque para aquélla sea penalmente punible debe existir un nexo
causal claro y directo con el daño producido.



REQUISITOS PARA UNA CIRUGÍA MENOR SEGURA

Requisitos legales

      Información adecuada al paciente
      Consentimiento informado, firmado en algunos medios y circunstancias
      Constancia pormenorizada en la historia clínica

Requisitos técnicos

      Anamnesis exhaustiva
      Diagnóstico médico de la lesión
Indicación clara del procedimiento
      Ausencia de contraindicaciones
      Identificación de la zona topográfica y las estructuras existentes debajo de
      la piel antes de realizar una incisión
      Intervención con visión directa de la zona sobre la que se actúa,
      especialmente con instrumentos de corte
      Envío de todas las piezas extirpadas al laboratorio de anatomía patológica
      Material e infraestructura adecuados
      Capacitación real del profesional (no es suficiente la capacitación teórica que
      otorga una titulación)



LEGITIMACIÓN DE LA ENFERMERÍA PARA LA ´PRÁCTICA DE CIRUGÍ
MENOR EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

La profesión de enfermería, tras más de 25 años de haber llegado sus estudios al
ámbito de la universidad, continua sin tener actualizadas legalmente sus funciones,
acordes con los tiempos presentes, con el nuevo enfoque de la enfermería no como
oficio, si no como profesión universitaria y con los cometidos «de hecho» realizados.
Sin embargo, son incuestionables la aportación que realiza alos cuidados de salud de
la población y el desarrollo alcanzado como disciplina científica, por lo que, a falta
de normativa actual, en lo referente a la cirugía menor debemos remontarnos a la
legislación vigente –no derogada- pero hace ya bastante tiempo dictada y a las
interpretaciones y sentencias emitidas por los diferentes tribunales, que van
creando jurisprudencia.

ETICA

  • 1.
    ÉTICA, SEGURIDAD YASPECTOS LEGALES DE LA CIRUGÍA MENOR PARA ENFERMERÍA INTRODUCCIÓN Los profesionales de la salud sufrimos un nivel de estrés y ansiedad variable cuando nos disponemos a realizar una intervención de cirugía menor encaminada a resolver un problema de salud. Dicho nivel será tanto mayor cuanto más graves sean las potenciales consecuencias negativas que puedan deberse o atribuirse a nuestra actuación.Por el contrario, el nivel de ansiedad disminuye cuando la intervención es avalada por la capacitación profesional, por la existencia de normas o leyes específicas que la amparen, por la disposición de medios adecuados, por la tradición, por la aceptación de la sociedad y del mundo sanitario, etc.Existen ciertos supuestos cuyo simple planteamiento teórico produce en los profesionales de la enfermería un verdadero temor. El miedo provoca en los seres humanos reacciones de paralización o huida; en ambos casos el resultado es el bloqueo de la acción que se estaba realizando o se pretendía realizar. Estos supuestos parten del miedo a: • No ser capaz e resolver técnicamente una situación para la que en teoría uno debería estar capacitado • Producir daño alas personas que se están interviniendo • Invadir competencias ajenas • Iniciar un recorrido por campos nuevos o desconocidos
  • 2.
    CIRUGÍA MENOR LEGALMENTESEGURA EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD La cirugía menor comprende los procedimientos quirúrgicos sencillos y de corta duración (15-30 min), realizados sobre tejidos superficiales o estructuras subcutáneas fácilmente accesibles, bajo anestesia local, que no precisan instrumental complejo y en los que no se esperan complicaciones intraoperatorias ni postoperatorias importantes. Asimismo, los cuidados posquirúrgicos que requiere son pocos especializados y pueden ser asumidos por el propio paciente o su familia. Las entidades sobre las que está indicada la cirugía menor no deberán tener a priori sospecha diagnóstica de malignidad. CONCEPTOS LEGALES EN RELACIÓN CON LA CIRUGÍA MENOR EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD Existen algunos conceptos y consideraciones que debe tenerse en cuenta, unos generales y otros derivados de sentencias del Tribunal Supremo que han ido generando jurisprudencia y que pueden aportar luz al actual estado de la cuestión. La imprudencia esta en relación con la actuación del profesional y no con sus consecuencias, aunque para aquélla sea penalmente punible debe existir un nexo causal claro y directo con el daño producido. REQUISITOS PARA UNA CIRUGÍA MENOR SEGURA Requisitos legales Información adecuada al paciente Consentimiento informado, firmado en algunos medios y circunstancias Constancia pormenorizada en la historia clínica Requisitos técnicos Anamnesis exhaustiva Diagnóstico médico de la lesión
  • 3.
    Indicación clara delprocedimiento Ausencia de contraindicaciones Identificación de la zona topográfica y las estructuras existentes debajo de la piel antes de realizar una incisión Intervención con visión directa de la zona sobre la que se actúa, especialmente con instrumentos de corte Envío de todas las piezas extirpadas al laboratorio de anatomía patológica Material e infraestructura adecuados Capacitación real del profesional (no es suficiente la capacitación teórica que otorga una titulación) LEGITIMACIÓN DE LA ENFERMERÍA PARA LA ´PRÁCTICA DE CIRUGÍ MENOR EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD La profesión de enfermería, tras más de 25 años de haber llegado sus estudios al ámbito de la universidad, continua sin tener actualizadas legalmente sus funciones, acordes con los tiempos presentes, con el nuevo enfoque de la enfermería no como oficio, si no como profesión universitaria y con los cometidos «de hecho» realizados. Sin embargo, son incuestionables la aportación que realiza alos cuidados de salud de la población y el desarrollo alcanzado como disciplina científica, por lo que, a falta de normativa actual, en lo referente a la cirugía menor debemos remontarnos a la legislación vigente –no derogada- pero hace ya bastante tiempo dictada y a las interpretaciones y sentencias emitidas por los diferentes tribunales, que van creando jurisprudencia.