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La cuantía de las pensiones y su regularización anual
Las pensiones son asignaciones periódicas que recibe una persona una vez que ha
finalizado su vida laboral.
Objetivos:
Proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias que
pueden ocurrir en la vida. Como pueden ser:
- Vejez.
- Muerte prematura.
- Accidente.
- Enfermedades que producen invalidez.
Tipos: contributivas y no contributivas
Contributivas: para poder acceder a este tipo de pensión es necesario haber cotizado
un período mínimo a la seguridad social y tener la edad exigida. La cuantía a recibir va
en relación a las aportaciones que el trabajador ha hecho a la seguridad social durante
vida laboral.
- Jubilación: anticipada, parcial, flexible.
- Incapacidad permanente: total, absoluta, gran invalidez.
- Fallecimiento: viudedad, orfandad, a favor de familiares.
- SOVI (seguro obligatorio de vejez e invalidez) régimen de protección al trabajador
antes del actual sistema de seguridad social: vejez, invalidez, viudedad.
No contributivas: estas pensiones están
destinadas a personas sin recursos económicos,
aunque no hayan cotizado nunca.
- Jubilación.
- Invalidez.
La cuantía de las pensiones, en su importe
anual, será la que se fije en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado. La subida
para este 2015 es de 0,25% que no se
corresponde con la subida del IPC.
En cuanto a la pensión de jubilación su máxima
será de 2.560,90 € y su mínima de 782,85€ con
un cónyuge a su cargo y 601,80€ sin cónyuge a
su cargo. Tanto para la máxima como la mínima
son catorce pagas anuales.
Alternativas:
Fondos y planes de pensiones: son programas
de ahorro para la jubilación, de carácter
voluntario
La equidad en el cálculo de las pensiones españolas
Cada individuo percibe la pensión que le corresponde en función de los siguientes
factores:
- Contributiva: proporción entre la contribución realizada y la pensión recibida.
- Actuarial intrageneracional: por jubilarse a distintas edades en un mismo año. Se
aplicarán penalizaciones e incentivos por adelantar o retrasar la edad de jubilación
con el fin de no afectar a las personas que se jubilen más tarde. Este tipo no se basa
en la evolución de la esperanza de vida.
- Actuarial intergeneracional: por jubilarse a la misma edad en años distintos. No se
tiene en cuenta la evolución de la esperanza de vida.
Puntos en contra
La igualdad en el sistema español de pensiones no existe y se pone de manifiesto
primordialmente en:
- Cálculo de la base reguladora que no tiene en cuenta la totalidad de la vida laboral, ni
la inflación de los años previos a la jubilación.
- Tasa de sustitución, que es el resultado entre la primera pensión y el último salario,
depende de los años cotizados y la edad de jubilación, lo que no garantiza la
proporcionalidad.
- La base de cotización máxima que ha crecido por encima en la pensión máxima pero
no ha sucedido lo mismo con la cotización mínima y la pensión mínima lo que lleva a
un desequilibrio económico en la sociedad.
El resultado es un crecimiento del número de
pensiones y un deterioro en la proporcionalidad
entre cotización y percepción.
Puntos a favor
Para garantizar la equidad habría que:
- Ajustar la pensión a cada edad de jubilación.
- Tener en cuenta la vida laboral completa.
- Subidas con relación al IPC.
Opinión
La sostenibilidad del sistema de pensiones es un sistema de reparto para hacer frente al
pago de las pensiones con las cotizaciones recaudadas y en caso de circunstancias
económicas adversas utilizar fondos de reserva constituidos al efecto.
El sistema de la seguridad social es insuficiente, a mayor esperanza de vida mayor
crecimiento del número de pensionistas.
Disminución del número de cotizantes por el elevado desempleo, lo que conlleva un
sistema que puede llegar a no ser sostenible.
Beneficios en la cotización a la seguridad social y medidas para la
empleabilidad
Las cotizaciones a la Seguridad Social son una parte importante del salario y las aportan
de forma conjunta el empleado y la empresa. La base de cotización es la que luego
determina la cuantía de la pensión o el dinero que percibiremos en caso de enfermedad o
baja laboral. Es como el sueldo base por el cual se cotiza y en el sistema actual se recibe
en función de lo que se aporta.
Para impulsar el crecimiento del empleo el gobierno ha introducir un conjunto de ajustes
en la normativa laboral como es potenciar la contratación estable. Real Decreto-Ley
16/2013 de 20 de diciembre. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-
13426
Entre estas medidas están:
- Reducir cargas administrativas, una simplificación administrativa de los contratos de
trabajo a través de una reducción del número de modelos actualmente existen.
- Incentivar la contratación con más bonificaciones y reducciones a la seguridad social.
- Favorecer la contratación estable, mediante el contrato de trabajo por tiempo
indefinido de apoyo a los emprendedores, el contrato de trabajo a tiempo parcial y el
contrato de trabajo en prácticas, estos contratos se han revelado como una importante
vía de ingreso en el mercado de trabajo y de transición hacia el trabajo a tiempo
completo y la contratación indefinida.
- Las políticas activas de empleo y la necesidad urgente de una reforma de las mismas.
- La reinserción de las personas desempleadas, especialmente jóvenes y parados de
larga duración; responder a las necesidades de las empresas para cubrir sus ofertas de
empleo; y situar a los servicios de empleo entre los mejores instrumentos para su
gestión.
En el diseño y ejecución de las nuevas políticas activas de empleo habrán de estar
presentes una serie de principios generales:
Acceso en condiciones de igualdad a un servicio público y gratuito de toda la ciudadanía,
la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y la prioridad en la ejecución de las
políticas activas de empleo para los colectivos que más la requieren:
- Jóvenes, con especial atención a aquellos con déficit de formación.
- Mayores de 45 años.
- Personas con discapacidad.
- Parados de larga duración.
- Especial atención a la situación de las mujeres.
- Personas en situación de exclusión social.
- Preparar a los desempleados para volver al mercado de trabajo.
- Atención personalizada a las personas basado en un itinerario individual y
personalizado de empleo que cuente con el apoyo y la atención de los servicios
públicos de empleo en la búsqueda del mismo.
Puntos a favor
- Se incentiva la contratación de jóvenes, de mayores de 45 años, discapacitados y
colectivo de mujeres.
- Las empresas de trabajo temporal podrán actuar como agencias de colocación.
- Fomento de la contratación indefinida.
Puntos en contra
- Las medidas de empleabilidad llevadas a cabo por el gobierno no han funcionado.
- La igualdad de oportunidades en el acceso al empleo no es real.
- Los servicios públicos de búsqueda de empleo no son efectivos, en ellos se tramitan
ofertas de empleo que no solucionan definitivamente la situación de desempleo de los
colectivos anteriormente señalados.
- Precariedad en el empleo. Contratos basura.
Opinión:
La condición de igualdad de género a la hora
encontrar trabajo no se cumple, así como la
prioridad de los colectivos que más lo requieren.
Actualmente son muy conocidos los
denominados “planes o talleres de empleo”, por
un tiempo reducido con una remuneración igual
al salario mínimo interprofesional, que no lleva a
la baja del desempleo en el país, solamente a
cubrir datos en un momento dado.
La prestación por desempleo
Esta prestación se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo. Su remuneración va en
función de las cotizaciones realizadas durante los períodos trabajados.
Requisitos:
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta
en la Seguridad Social en un régimen que contemple
la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito y mantener la inscripción como
demandante de empleo durante todo el periodo de
percepción.
- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos
360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación
legal de desempleo.
- No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo
por cuenta ajena a tiempo completo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social
incompatible con el trabajo.
Puntos en contra
- No se puede solicitar esta prestación si se tiene un contrato indefinido y se firma la
baja voluntaria.
- El tiempo mínimo de cotización para poder solicitar esta prestación es de un año
cotizado.
- La duración máxima es de dos años si se ha trabajado seis, mucho tiempo cotizado y
poco tiempo de prestación.
- Reducción de la prestación por desempleo.
Puntos a favor
- Sustento económico ante la pérdida involuntaria del trabajo.
Opinión:
Me parece injusto que las personas que no tienes un año de trabajo no puedan
solicitar esta prestación. Sólo pueden acceder a un subsidio de desempleo cuya
duración está en relación a los meses cotizados y si se tiene cargas familiares. Incluso
te pueden negar esta prestación si no cumples estos requisitos.
Una vez agotada la prestación por desempleo se puede solicitar alguna de estas ayudas
siempre que se cumplan los requisitos:
- El Plan Prepara, 400 euros durante seis meses. Esta ayuda va destinada a los
desempleado que hayan terminado de cobrar la prestación por desempleo o los
subsidios, o que no tienen derecho a cobrarlos, y que no hayan han cobrado antes
ni el PRODI, ni la RAI (Renta Activa de Inserción), la Renta Agraria ni el Plan Prepara.
Y posteriormente una vez agotada la anterior:
- La Ayuda para parados de larga duración. Esta ayuda va destinada a los
desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a que hayan tenido
derecho y cumplan los requisitos establecidos . El importe de esta ayuda es de 426
euros.
Muchos tipos de ayudas pero ninguna suficiente para poder sacar adelante a una
familia. Ninguna tiene en cuenta la subida del nivel de vida. Estas ayudas están
creando pobreza al no ser suficientes para cubrir las necesidades elementales de
cualquier persona.
Régimen jurídico de la pensión de jubilación a día de hoy
La reforma del sistema de Seguridad Social introduce modificaciones en el régimen
jurídico de la pensión de jubilación. En nuestra sociedad actual existe el problema de la
pirámide invertida, es decir hay más personas mayores que jóvenes lo que afecta al
sistema de pensiones.
- Sesenta y siete años como edad de acceso a la jubilación.
- Sesenta y cinco años para los que tengan cotizados treinta y ocho años y seis meses.
- Para la jubilación parcial de personas discapacitadas o con trastorno mental el período
exigido será de veinticinco años.
Puntos a favor
- Tener una remuneración tras una larga vida laboral de
cotizaciones.
- El gobierno promete el aumento progresivo de las pensiones
en los años venideros.
Puntos en contra
- La subida en la edad de la jubilación perjudica el acceso al mundo laboral de los
jóvenes en desempleo, que con el desarrollo de su actividad laboral contribuyen al
sostenimiento de la seguridad social.
- La nueva edad de jubilación puede perjudicar al beneficiario, ya que si en sus últimos
años cotizados se encuentra en situación de desempleo su base de cotización bajará y
su pensión será inferior.
Opinión:
Las pensiones de jubilación de hoy en día
son reducidas con respecto a los precios al
consumo.
También tenemos que tener en cuenta que
con la actual crisis muchas familias
sobreviven gracias a las pensiones de sus
familiares jubilados
Fuentes consultadas
 http://www.bancocaminos.es/BCGeneral/descargas/1269513/583642/Invertir-para-la-
jubilacion-planes-y-fondos-de-pensiones.pdf
 http://www.economia.com.mx/el_sistema_de_pensiones.htm
 http://www.ub.edu/irea/Seminari%202014/M.Ayuso.pdf
 http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/catalogomedidas.html
 http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/119791.pdf
 http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/21/pdfs/BOE-A-2013-13426.pdf
 http://autonomiapersonal.imserso.es/
 http://www.seg-
social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/index.htm

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¿Evolucionamos?

  • 1.
  • 2. La cuantía de las pensiones y su regularización anual Las pensiones son asignaciones periódicas que recibe una persona una vez que ha finalizado su vida laboral. Objetivos: Proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias que pueden ocurrir en la vida. Como pueden ser: - Vejez. - Muerte prematura. - Accidente. - Enfermedades que producen invalidez. Tipos: contributivas y no contributivas Contributivas: para poder acceder a este tipo de pensión es necesario haber cotizado un período mínimo a la seguridad social y tener la edad exigida. La cuantía a recibir va en relación a las aportaciones que el trabajador ha hecho a la seguridad social durante vida laboral. - Jubilación: anticipada, parcial, flexible. - Incapacidad permanente: total, absoluta, gran invalidez. - Fallecimiento: viudedad, orfandad, a favor de familiares. - SOVI (seguro obligatorio de vejez e invalidez) régimen de protección al trabajador antes del actual sistema de seguridad social: vejez, invalidez, viudedad.
  • 3. No contributivas: estas pensiones están destinadas a personas sin recursos económicos, aunque no hayan cotizado nunca. - Jubilación. - Invalidez. La cuantía de las pensiones, en su importe anual, será la que se fije en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La subida para este 2015 es de 0,25% que no se corresponde con la subida del IPC. En cuanto a la pensión de jubilación su máxima será de 2.560,90 € y su mínima de 782,85€ con un cónyuge a su cargo y 601,80€ sin cónyuge a su cargo. Tanto para la máxima como la mínima son catorce pagas anuales. Alternativas: Fondos y planes de pensiones: son programas de ahorro para la jubilación, de carácter voluntario
  • 4. La equidad en el cálculo de las pensiones españolas Cada individuo percibe la pensión que le corresponde en función de los siguientes factores: - Contributiva: proporción entre la contribución realizada y la pensión recibida. - Actuarial intrageneracional: por jubilarse a distintas edades en un mismo año. Se aplicarán penalizaciones e incentivos por adelantar o retrasar la edad de jubilación con el fin de no afectar a las personas que se jubilen más tarde. Este tipo no se basa en la evolución de la esperanza de vida. - Actuarial intergeneracional: por jubilarse a la misma edad en años distintos. No se tiene en cuenta la evolución de la esperanza de vida. Puntos en contra La igualdad en el sistema español de pensiones no existe y se pone de manifiesto primordialmente en: - Cálculo de la base reguladora que no tiene en cuenta la totalidad de la vida laboral, ni la inflación de los años previos a la jubilación. - Tasa de sustitución, que es el resultado entre la primera pensión y el último salario, depende de los años cotizados y la edad de jubilación, lo que no garantiza la proporcionalidad. - La base de cotización máxima que ha crecido por encima en la pensión máxima pero no ha sucedido lo mismo con la cotización mínima y la pensión mínima lo que lleva a un desequilibrio económico en la sociedad.
  • 5. El resultado es un crecimiento del número de pensiones y un deterioro en la proporcionalidad entre cotización y percepción. Puntos a favor Para garantizar la equidad habría que: - Ajustar la pensión a cada edad de jubilación. - Tener en cuenta la vida laboral completa. - Subidas con relación al IPC. Opinión La sostenibilidad del sistema de pensiones es un sistema de reparto para hacer frente al pago de las pensiones con las cotizaciones recaudadas y en caso de circunstancias económicas adversas utilizar fondos de reserva constituidos al efecto. El sistema de la seguridad social es insuficiente, a mayor esperanza de vida mayor crecimiento del número de pensionistas. Disminución del número de cotizantes por el elevado desempleo, lo que conlleva un sistema que puede llegar a no ser sostenible.
  • 6. Beneficios en la cotización a la seguridad social y medidas para la empleabilidad Las cotizaciones a la Seguridad Social son una parte importante del salario y las aportan de forma conjunta el empleado y la empresa. La base de cotización es la que luego determina la cuantía de la pensión o el dinero que percibiremos en caso de enfermedad o baja laboral. Es como el sueldo base por el cual se cotiza y en el sistema actual se recibe en función de lo que se aporta. Para impulsar el crecimiento del empleo el gobierno ha introducir un conjunto de ajustes en la normativa laboral como es potenciar la contratación estable. Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013- 13426 Entre estas medidas están: - Reducir cargas administrativas, una simplificación administrativa de los contratos de trabajo a través de una reducción del número de modelos actualmente existen. - Incentivar la contratación con más bonificaciones y reducciones a la seguridad social. - Favorecer la contratación estable, mediante el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, el contrato de trabajo a tiempo parcial y el contrato de trabajo en prácticas, estos contratos se han revelado como una importante vía de ingreso en el mercado de trabajo y de transición hacia el trabajo a tiempo completo y la contratación indefinida.
  • 7. - Las políticas activas de empleo y la necesidad urgente de una reforma de las mismas. - La reinserción de las personas desempleadas, especialmente jóvenes y parados de larga duración; responder a las necesidades de las empresas para cubrir sus ofertas de empleo; y situar a los servicios de empleo entre los mejores instrumentos para su gestión. En el diseño y ejecución de las nuevas políticas activas de empleo habrán de estar presentes una serie de principios generales: Acceso en condiciones de igualdad a un servicio público y gratuito de toda la ciudadanía, la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y la prioridad en la ejecución de las políticas activas de empleo para los colectivos que más la requieren: - Jóvenes, con especial atención a aquellos con déficit de formación. - Mayores de 45 años. - Personas con discapacidad. - Parados de larga duración. - Especial atención a la situación de las mujeres. - Personas en situación de exclusión social. - Preparar a los desempleados para volver al mercado de trabajo. - Atención personalizada a las personas basado en un itinerario individual y personalizado de empleo que cuente con el apoyo y la atención de los servicios públicos de empleo en la búsqueda del mismo.
  • 8. Puntos a favor - Se incentiva la contratación de jóvenes, de mayores de 45 años, discapacitados y colectivo de mujeres. - Las empresas de trabajo temporal podrán actuar como agencias de colocación. - Fomento de la contratación indefinida. Puntos en contra - Las medidas de empleabilidad llevadas a cabo por el gobierno no han funcionado. - La igualdad de oportunidades en el acceso al empleo no es real. - Los servicios públicos de búsqueda de empleo no son efectivos, en ellos se tramitan ofertas de empleo que no solucionan definitivamente la situación de desempleo de los colectivos anteriormente señalados. - Precariedad en el empleo. Contratos basura. Opinión: La condición de igualdad de género a la hora encontrar trabajo no se cumple, así como la prioridad de los colectivos que más lo requieren. Actualmente son muy conocidos los denominados “planes o talleres de empleo”, por un tiempo reducido con una remuneración igual al salario mínimo interprofesional, que no lleva a la baja del desempleo en el país, solamente a cubrir datos en un momento dado.
  • 9. La prestación por desempleo Esta prestación se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo. Su remuneración va en función de las cotizaciones realizadas durante los períodos trabajados. Requisitos: - Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo. - Encontrarse en situación legal de desempleo. - Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción. - Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. - No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse. - No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo. - No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • 10. Puntos en contra - No se puede solicitar esta prestación si se tiene un contrato indefinido y se firma la baja voluntaria. - El tiempo mínimo de cotización para poder solicitar esta prestación es de un año cotizado. - La duración máxima es de dos años si se ha trabajado seis, mucho tiempo cotizado y poco tiempo de prestación. - Reducción de la prestación por desempleo. Puntos a favor - Sustento económico ante la pérdida involuntaria del trabajo.
  • 11. Opinión: Me parece injusto que las personas que no tienes un año de trabajo no puedan solicitar esta prestación. Sólo pueden acceder a un subsidio de desempleo cuya duración está en relación a los meses cotizados y si se tiene cargas familiares. Incluso te pueden negar esta prestación si no cumples estos requisitos. Una vez agotada la prestación por desempleo se puede solicitar alguna de estas ayudas siempre que se cumplan los requisitos: - El Plan Prepara, 400 euros durante seis meses. Esta ayuda va destinada a los desempleado que hayan terminado de cobrar la prestación por desempleo o los subsidios, o que no tienen derecho a cobrarlos, y que no hayan han cobrado antes ni el PRODI, ni la RAI (Renta Activa de Inserción), la Renta Agraria ni el Plan Prepara. Y posteriormente una vez agotada la anterior: - La Ayuda para parados de larga duración. Esta ayuda va destinada a los desempleados que hayan agotado todas las prestaciones a que hayan tenido derecho y cumplan los requisitos establecidos . El importe de esta ayuda es de 426 euros. Muchos tipos de ayudas pero ninguna suficiente para poder sacar adelante a una familia. Ninguna tiene en cuenta la subida del nivel de vida. Estas ayudas están creando pobreza al no ser suficientes para cubrir las necesidades elementales de cualquier persona.
  • 12. Régimen jurídico de la pensión de jubilación a día de hoy La reforma del sistema de Seguridad Social introduce modificaciones en el régimen jurídico de la pensión de jubilación. En nuestra sociedad actual existe el problema de la pirámide invertida, es decir hay más personas mayores que jóvenes lo que afecta al sistema de pensiones. - Sesenta y siete años como edad de acceso a la jubilación. - Sesenta y cinco años para los que tengan cotizados treinta y ocho años y seis meses. - Para la jubilación parcial de personas discapacitadas o con trastorno mental el período exigido será de veinticinco años.
  • 13. Puntos a favor - Tener una remuneración tras una larga vida laboral de cotizaciones. - El gobierno promete el aumento progresivo de las pensiones en los años venideros. Puntos en contra - La subida en la edad de la jubilación perjudica el acceso al mundo laboral de los jóvenes en desempleo, que con el desarrollo de su actividad laboral contribuyen al sostenimiento de la seguridad social. - La nueva edad de jubilación puede perjudicar al beneficiario, ya que si en sus últimos años cotizados se encuentra en situación de desempleo su base de cotización bajará y su pensión será inferior. Opinión: Las pensiones de jubilación de hoy en día son reducidas con respecto a los precios al consumo. También tenemos que tener en cuenta que con la actual crisis muchas familias sobreviven gracias a las pensiones de sus familiares jubilados
  • 14. Fuentes consultadas  http://www.bancocaminos.es/BCGeneral/descargas/1269513/583642/Invertir-para-la- jubilacion-planes-y-fondos-de-pensiones.pdf  http://www.economia.com.mx/el_sistema_de_pensiones.htm  http://www.ub.edu/irea/Seminari%202014/M.Ayuso.pdf  http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/catalogomedidas.html  http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/119791.pdf  http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/21/pdfs/BOE-A-2013-13426.pdf  http://autonomiapersonal.imserso.es/  http://www.seg- social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/index.htm