Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Criminalidad convencional
1. Criminalidad Convencional
Son los delitos que se perciben claramente sin esfuerzo día a día, es la
criminalidad cometida ordinariamente por el pueblo, por los pobres, y por
todos sin poder ni económico ni político, es la criminalidad que siempre
denunciamos, aparece establecida en los códigos penales y en las leyes
penales. aparece tipificada. Se describen las especies en que se comete.
Criminalidad aparente. Consiste en el total de delitos que llegan al
conocimiento del Estado a través de las instancias del control social formal.
Como las autoridades conocen esos delitos? A través de informes, delación
(alguien delata a otro), querella, noticia criminis, recompensas (rebaja de
penas). Algunos Estados premian la delación.
Criminalidad legal. Constituyen todos aquellos delitos que son denunciados
a los cuales se les llega a dictar alguna medida preventiva o restrictiva de
carácter judicial.
Criminalidad judicial. Es el conjunto de delitos que son denunciados, se
dicta una medida de restrictiva y un juez dicta una sentencia condenatoria.
Criminalidad tratada. Son todos los delitos anteriores, pero donde la persona
es enviada a un sitio de reclusión.
Criminalidad restringida. Es la criminalidad que ya no se comete porque
"pasó de modo". Por ejemplo, el rapto pasional. (rapto no es igual a
secuestro).
Criminalidad local. Es el conjunto de delitos cometidos en un territorio y
tiempo determinado.
2. Criminalidad individual. Es aquella criminalidad personalista, individual, sin
fines mafiosos o colectivos, generalmente cometida por una persona con
fines egoístas.
Criminalidad ordinaria. Es aquella cometida ordinariamente por cualquier
persona independientemente de su arte o profesión.
Criminalidad de overol o blusa azul o de braga. Se le llama así para
distinguir a los obreros que utilizan braga y son los delitos que cometen los
obreros donde se perjurica la buena marcha de la empresa en la cual
trabajan.
Criminalidad ocupacional. Es la que cometen los profesionales por mala
práctica del ejercicio de su profesión.
Criminalidad nacional. Son todos aquellos delitos cometidos en una nación
dada en un tiempo determinado.
Criminalidad ocasional. Es cometida por aquellas personas no
acostumbradas a delinquir y ocasionalmente pueden cometer un delito.
Criminalidad habitual. Es aquella cometida por personas acostumbradas a
delinquir.
Criminalidad profesional. Se diferencia de la criminalidad ocupacional
porque no se refiere a la profesión u oficio, sino que el que la comete se
profesionaliza, se especializa en un delito. Ejemplo: el sicariato.
Criminalidad social. Es aquella que aún siendo criminalidad, es aceptada por
la sociedad. Por ejemplo, delitos para defender a otro. Otro ejemplo es el de
Pablo Escobar, que ayudaba a los pobres. La sociedad lo acepta como