La ley puede ser derogada de tres formas: expresa, tácita u orgánica. La derogación expresa ocurre cuando una nueva ley indica explícitamente que reemplaza a una ley anterior. La derogación tácita sucede cuando una nueva ley contradice una anterior sin mencionarla explícitamente. La derogación orgánica se produce cuando una materia es regulada completamente por una nueva ley, aunque no haya incompatibilidad explícita con leyes anteriores.