SISTEMA DE DETRACCIONES
 El adquirente del bien o usuario
del servicio sujeto al sistema,
debe restar (detraer) un
porcentaje del precio de venta y
depositarlo en una cuenta
especial, habilitada por el Banco
de la Nación, a nombre del
proveedor del bien o prestador
del servicio.
Finalidad del sistema de detracciones
INTERESES
Constancia de deposito
Deberá contener como mínimo la siguiente información:
 a) N° de Cuenta en la que se efectúa el depósito
 b) Nombre, denominación o razón social y N° RUC del titular de la
Cuenta (salvo, ventas realizadas a través de la Bolsa de Productos)
 c) Fecha e Importe del Depósito
 d) Número de RUC del sujeto obligado a efectuar el depósito. En caso
dicho sujeto no cuente con número de RUC, se deberá consignar su
número de DNI, y sólo en caso no cuente con este último se
consignará cualquier otro documento de identidad.
Comprobante de deposito
Código del bienes y servicios
Tabla anexo 4
Consecuencias de no realizar el
depósito
Infracciones y gradualidad
01. Infracciones
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el TUO del Decreto Legislativo N°
940, aprobado mediante Decreto Supremo N° 155-2004-EF, serán sancionadas de
conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario.
En el caso de las infracciones que a continuación se detallan, se aplicarán las
siguientes sanciones:
 Infracción:
El sujeto obligado que incumpla con efectuar el íntegro del depósito a
que se refiere el Sistema, en el momento establecido.
 Sanción:
Hasta 30.06.2012
Multa equivalente al 100% del importe no Depositado.
Desde 01.07.2012
Multa equivalente al 50% del importe no depositado.
 En el ANEXO 1 – BIENES (Cambios operan a partir del
1 de enero de 2015)
 - Azúcar -------------- Se le retira del SPOT.
 - Alcohol etílico --- Se le retira del SPOT.
 - Algodón ----------- Se le retira del SPOT.
cambios importantes ocurridos en
las detracciones son los siguientes:
En el ANEXO 2 – BIENES (Cambios operan a partir del 1 de enero de
2015)
 - Recursos hidrobiológicos ------------ Se rebaja la tasa de 9% a 4%
 - Maíz amarillo duro --------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%
 - Algodón en rama sin desmotar ---- Se le retira del SPOT
 - Caña de azúcar------------------------- Se le retira del SPOT
 - Arena y piedra -------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración---- Se le retira del SPOT
 - Aceite de pescado --------------------- Se le retira del SPOT
 - Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos ----
------------------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%
 - Embarcaciones pesqueras ---------- Se le retira del SPOT
 - Leche ------------------------------------- Se le retira del SPOT
 - Madera ----------------------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%
 - Oro gravado con el IGV -------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta---- Se le retira del SPOT
 - Espárragos------------------------------- Se le retira del SPOT
 - Minerales no metálicos---------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV -------- Se rebaja la tasa de 4% a 1.5%
 - Minerales no metálicos --------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Plomo ------------------------------------- Se le retira del SPOT
cambios importantes ocurridos en
las detracciones son los siguientes:
En el ANEXO 3 – SERVICIOS (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)

 - Intermediación laboral y tercerización ------------------- Se rebaja la tasa de 12% a
10%
 - Arrendamiento de bienes------------------------------------ Se rebaja la tasa de 12% a
10%
 - Mantenimiento y reparación de bienes muebles ------ Se rebaja la tasa de 12%
a 10%
 - Movimiento de carga ----------------------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Comisión mercantil ------------------------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
 - Fabricación de bienes por encargo ---------------------- Se rebaja la tasa de 12% a
10%
 - Servicio de transporte de personas ---------------------- Se rebaja la tasa de 12% a
10%
cambios importantes ocurridos en
las detracciones son los siguientes:
 Recordemos que para aplicar las detracciones,
retenciones y percepciones el cliente sustrae al precio
de venta del producto, incluido el IGV, cierto
porcentaje de acuerdo al producto o servicio
ofrecido.
Ejemplo de detracción
Detracciones
Valor de Venta S/. 50,000 +
IGV (18%) S/. 9,000
Precio de Venta S/.59,000 -
Detracción (9%) (S/ .5,310)
Saldo a pagar S/. 53,690
GRACIAS TOTALES

Exposicion de tributacion

  • 1.
    SISTEMA DE DETRACCIONES El adquirente del bien o usuario del servicio sujeto al sistema, debe restar (detraer) un porcentaje del precio de venta y depositarlo en una cuenta especial, habilitada por el Banco de la Nación, a nombre del proveedor del bien o prestador del servicio.
  • 2.
    Finalidad del sistemade detracciones INTERESES
  • 3.
    Constancia de deposito Deberácontener como mínimo la siguiente información:  a) N° de Cuenta en la que se efectúa el depósito  b) Nombre, denominación o razón social y N° RUC del titular de la Cuenta (salvo, ventas realizadas a través de la Bolsa de Productos)  c) Fecha e Importe del Depósito  d) Número de RUC del sujeto obligado a efectuar el depósito. En caso dicho sujeto no cuente con número de RUC, se deberá consignar su número de DNI, y sólo en caso no cuente con este último se consignará cualquier otro documento de identidad.
  • 4.
  • 5.
    Código del bienesy servicios Tabla anexo 4
  • 6.
    Consecuencias de norealizar el depósito
  • 7.
    Infracciones y gradualidad 01.Infracciones El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el TUO del Decreto Legislativo N° 940, aprobado mediante Decreto Supremo N° 155-2004-EF, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. En el caso de las infracciones que a continuación se detallan, se aplicarán las siguientes sanciones:  Infracción: El sujeto obligado que incumpla con efectuar el íntegro del depósito a que se refiere el Sistema, en el momento establecido.  Sanción: Hasta 30.06.2012 Multa equivalente al 100% del importe no Depositado. Desde 01.07.2012 Multa equivalente al 50% del importe no depositado.
  • 8.
     En elANEXO 1 – BIENES (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)  - Azúcar -------------- Se le retira del SPOT.  - Alcohol etílico --- Se le retira del SPOT.  - Algodón ----------- Se le retira del SPOT. cambios importantes ocurridos en las detracciones son los siguientes:
  • 9.
    En el ANEXO2 – BIENES (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)  - Recursos hidrobiológicos ------------ Se rebaja la tasa de 9% a 4%  - Maíz amarillo duro --------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%  - Algodón en rama sin desmotar ---- Se le retira del SPOT  - Caña de azúcar------------------------- Se le retira del SPOT  - Arena y piedra -------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración---- Se le retira del SPOT  - Aceite de pescado --------------------- Se le retira del SPOT  - Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos ---- ------------------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%  - Embarcaciones pesqueras ---------- Se le retira del SPOT  - Leche ------------------------------------- Se le retira del SPOT  - Madera ----------------------------------- Se rebaja la tasa de 9% a 4%  - Oro gravado con el IGV -------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta---- Se le retira del SPOT  - Espárragos------------------------------- Se le retira del SPOT  - Minerales no metálicos---------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV -------- Se rebaja la tasa de 4% a 1.5%  - Minerales no metálicos --------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Plomo ------------------------------------- Se le retira del SPOT cambios importantes ocurridos en las detracciones son los siguientes:
  • 10.
    En el ANEXO3 – SERVICIOS (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)   - Intermediación laboral y tercerización ------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Arrendamiento de bienes------------------------------------ Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Mantenimiento y reparación de bienes muebles ------ Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Movimiento de carga ----------------------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Comisión mercantil ------------------------------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Fabricación de bienes por encargo ---------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10%  - Servicio de transporte de personas ---------------------- Se rebaja la tasa de 12% a 10% cambios importantes ocurridos en las detracciones son los siguientes:
  • 11.
     Recordemos quepara aplicar las detracciones, retenciones y percepciones el cliente sustrae al precio de venta del producto, incluido el IGV, cierto porcentaje de acuerdo al producto o servicio ofrecido. Ejemplo de detracción Detracciones Valor de Venta S/. 50,000 + IGV (18%) S/. 9,000 Precio de Venta S/.59,000 - Detracción (9%) (S/ .5,310) Saldo a pagar S/. 53,690
  • 12.