Este documento presenta instrucciones para completar un informe de operaciones con sujetos relacionados requerido por la ley de impuestos de El Salvador. El informe contiene tres secciones para detallar la identificación del contribuyente, las operaciones con sujetos relacionados en el extranjero y la documentación que respalda la determinación de precios de transferencia. El documento explica cada sección y proporciona códigos estandarizados para reportar la información requerida como la relación del sujeto, el tipo de operación y métodos para determinar preci
en estas diapositivas encontraras la manera facil y rapida para redactar un trabajo estructurado siguiendo los pasos de una guia de estudios de Seminario espero te sirva
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Seguridad informatica y legislacion colombiana de e-docsastu1230
Presentación del eje temático No.6 del curso gestión de documentos digitales. Programa CIDBA. Uniquindío. Temáticas : Seguridad informática y legislación colombiana de documentos electrónicos
Internet es un sistema complejo de redes, configurado a nivel global que conecta
cientos de millones de equipos diferentes, permitiendo el intercambio de
información y la interacción entre ellos. Para lograr la conexión entre distintos
países se utilizan cables de fibra óptica, la mayoría en el fondo del mar. En los
nodos principales se encuentran los servidores DNS.
Sistemas expertos legales existentes en el mundoYasuri Puc
Unidad 2.- "Clasificación de la Informática Jurídica"
2.3.- Informática jurídica metadecisional o metadocumental.
2.3.3.-Panorama de los sistemas expertos legales existentes en el mundo
2.3.4.- Informática jurídica aplicada la enseñanza del derecho.
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Guía de llenado de los CFDI emitidos por la Federación, Entidades, Entidades Federativas y los Municipios por Contribuciones, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Apoyos y Estímulos que otorguen.
Guía publicada el 30 de junio de 2017 para el llenado del comprobante del recibo del pago de nomina y su complemento, que da lineamientos para la subcontratación o outsourcing.
Reformas Código Fiscal de la Federación 2014 - Derecho FiscalJacobo Meraz Sotelo
Curso sobre reformas al Código Fiscal de la Federación 2014
Objetivo del Curso: El participante conocerá y analizará en sus aspectos contable, financiero y jurídico las nuevas figuras de derecho adjetivo del Código Fiscal de la Federación vigentes a partir del 1 de enero de 2014; así como la implementación de dichas figuras en la operación sus modelos de negocio.
Comunicado emitido por la Dirección de Impuestos Internos, en cuanto a los lineamientos que se deben de tomar en cuenta al momento de interactuar con el Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
Guia de orientacion para aplicar la Ley Transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionada por la pandemia COVID 19
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionadas por la pandemia COVID-19
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...Miguel A. C. Sánchez
Interpretacion autentica al articulo 28 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, contenida en el decreto legislativo N 134, de fecha 18 de diciembre de 1991, publicado en el diario oficial N 242, tomo 313, de fecha 21 de diciembre de 1991.
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.Miguel A. C. Sánchez
Recordatorio a los contadores sobre la necesidad de suscribir los estados financieros de contribuyentes y cargarlos al sistema de dictamen fiscal electronico.
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales que amparan las transacciones u operaciones para el control del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
Reforma al articulo 119 del codigo tributario de El Salvador, el cual indica que se debe de generar una nueva factura denominada "Factura de Sujeto Excluido".
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales que amparan las transacciones u operaciones para el control del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
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Proyecto de PNF Contaduria de Diseño de herramientas en excel para mejorar el control de los registros contables de todas las operaciones relacionadas con las empresas
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
Planificación financiera a corto y largo plazo, para pymes que requieran asistencia en Finanzas.
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PMI sector servicios España mes de mayo 2024LuisdelBarri
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El Índice de Actividad Comercial del Sector Servicios subió de 56.2 registrado en abril a 56.9 en mayo, indicando el crecimiento más fuerte desde abril de 2023.
1. INFORME DE OPERACIONES CON SUJETOS RELACIONADOS
NUMERO DE INFORME
10 3
Nota: Si el espacio es insuficiente, agregue anexo manteniendo la estructura de recuadro ORIGINAL: DGII
COPIA: CONTRIBUYENTE
REPUBLICA DE EL SALVADOR
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
SEÑOR CONTRIBUYENTE
EL INFORME DEBE ELABORARSE EXCLUSIVAMENTE
EN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$)
SECCIÓN A- Identificación del Contribuyente Informante
SECCIÓN B – Detalle Operaciones con Sujetos Relacionados o sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales
NOMBRE, RAZON SOCIAL O
DENOMINACION NUMERO DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA
DOMICILIADO
CODIGO DE
PAIS
CODIGO DE
RELACION
CODIGO DE
OPERACIÓN
MONTO DE
OPERACIÓN
DETERMINACION DE PRECIO DE MERCADO
FACTOR DE
COMPARABILIDAD
UTILIZADO
ELEMENTO
UTILIZADO
PARA AJUSTES
METODO
UTILIZADO
SI NO
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
20 9 21 - - - 1 22 5 23 3 24 4 25 1 26 2 30 8 31 2 32 7
SECCIÓN C – Documentación comprobatoria para la determinación de precios en operaciones con Sujetos Relacionados o sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales
preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales
TIPO DE DOCUMENTO ENCARGADO DE SU ELABORACIÓN
ESTUDIO DE
PRECIOS DE
TRANSFERENCIA
DOCUMENTACION
SEGÚN GUÍA
DG-001/2012
NO POSEE
DOCUMENTACIÓN
POR EL MISMO
CONTRIBUYENTE
TERCERO
CONTRATADO 40
NOMBRE DEL
TERCERO
CONTRATADO 1
41 2 42 3 43 4 44 5 45 6 46
NIT DEL TERCERO
CONTRATADO
-- -- -- 7
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTE INFORME SON EXPRESION FIEL DE LA VERDAD, POR LO
QUE ASUMO LA RESPONSABILIDAD CORRESPONDIENTE
NOMBRE Y FIRMA DEL CONTRIBUYENTE, REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
USO EXCLUSIVO DGII
FECHA, SELLO Y FIRMA DE RECEPCION
2 NIT - - - 7
EJERCICIO FISCAL USE SOLO SI MODIFICA INFORME
DEL AL
DIA MES AÑO DIA MES AÑO NUMERO DE INFORME
NOMBRE, RAZON SOCIAL O DENOMINACION
3 0 4 2 5 4 6 1
F982 V3
2. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR EL INFORME DE OPERACIONES CON SUJETOS RELACIONADOS
DISPOSICION LEGAL
Conforme al Artículo 124-A del Código Tributario se establece que los contribuyentes que celebren
operaciones con sujetos relacionados o sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países,
estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos
fiscales durante un ejercicio fiscal, y tales operaciones ya sea en forma individual o conjunta sean
iguales o superiores a quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintinueve dólares de los Estados
Unidos de América ($571,429.00), deberán presentar un Informe de las operaciones que ejecute
con dichos sujetos, a través de los formularios que proporcione la Administración Tributaria con los
requisitos y especificaciones técnicas que ésta disponga para tal efecto. La presentación del
Informe deberá realizarse a más tardar dentro de los tres primeros meses siguientes de finalizado el
ejercicio fiscal.
INDICACIONES GENERALES
I. Este formulario está estructurado en tres secciones:
• La Sección “A” en donde debe anotar los datos de identificación del contribuyente obligado a
rendir la información y el ejercicio fiscal correspondiente.
• La Sección “B” incluye la información de los sujetos relacionados o sujetos domiciliados,
constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de
baja o nula tributación o paraísos fiscales, con los cuales se celebraron operaciones durante el
ejercicio fiscal, especificando lo siguiente:
a) Nombre, Razón Social o Denominación.
b) Número de Identificación Tributaria o Numero de Identificación Fiscal en su país de origen
c) Domiciliado: marcar con una “X” la columna correspondiente
d) Código de País: anotar el código de país del domicilio del Sujeto Relacionado (Ver Anexo
1)
e) Código de Relación: anotar el número que represente la relación del contribuyente con el
sujeto informado, de conformidad al detalle siguiente:
01. Cuando una de las Partes posea, directa o indirectamente, al menos el 25% de su
capital social o de sus derechos de voto. (Art. 199-C, lit. a) del Código Tributario)
02. Cuando cinco o menos personas dirijan o controlen ambas personas, o posean en
su conjunto, directa o indirectamente, al menos el 25% de participación en el
capital social o los derechos de voto de ambas personas. (Art. 199-C, lit. b) del
Código Tributario)
03. Sociedades que pertenecen a una misma unidad de decisión o grupo empresarial.
(Art. 199-C, lit. c) del Código Tributario)
04. Persona Natural, cuya titularidad de la participación directa o indirectamente,
corresponde al cónyuge o persona unida por relación de parentesco en línea
directa o colateral, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta
el segundo grado (Art. 199-C, lit. d) del Código Tributario)
05. Unión de Personas, Sociedad de Hecho o contrato de colaboración empresarial
o un contrato de asociación en participación. (Art. 199-C, lit. e) del Código
Tributario)
06. Persona domiciliada en el país y un Distribuidor o ente exclusivo de la misma
residente en el extranjero. (Art. 199-C, lit. f) del Código Tributario)
07. Distribuidor o Agente exclusivo domiciliado en el país de una Entidad domiciliada
en el exterior y ésta última. (Art. 199-C, lit. g) del Código Tributario)
08. Persona domiciliada en el país y su proveedor del exterior (Art. 199-C, lit. h) del
Código Tributario)
09. Persona residente en el país y sus establecimientos permanentes en el
extranjero. (Art. 199-C, lit. i) del Código Tributario)
10. Establecimiento permanente situado en el país y su Casa Central o Matriz
residente en el exterior, otro establecimiento permanente de la misma o una
persona con ella relacionada. (Art. 199-C, lit. j) del Código Tributario)
11. Régimen fiscal preferente, de baja o nula tributación o paraíso fiscal (Art. 62-A del
Código Tributario)
f) Código de Operación: anotar el código de la operación informada ya sea esta de Ingreso,
Egreso, Activo o Pasivo (Ver anexo 2).
g) Monto de Operación: anotar el monto anual por cada tipo de operación pactada durante el
ejercicio. Para estos efectos los montos se presentaran el Dólares de los Estados Unidos
de América, en cifras históricas, sin considerar efectos de reexpresión o reclasificación
para presentación de estados financieros.
h) Factor de Comparabilidad utilizado: indicar el código del factor considerado para efectos de
realizar la comparabilidad de los bienes o servicios (Ver Anexo 2).
i) Elemento utilizado para Ajustes: indicar el código del elemento considerado para efectos
de eliminar las diferencias de precios existentes entre las operaciones realizadas por los
sujetos relacionados y las operaciones realizadas por sujetos independientes (Ver Anexo
2).
j) Método Utilizado: indicar el código del método utilizado para determinar el precio de
mercado (Ver anexo 2)
• La Sección “C” en donde debe informar con una “X” el tipo de documentación comprobatoria
en el que consta la determinación de precios en operaciones con sujetos relacionados o
sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes
fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales, así como el encargado de
su elaboración. En caso que el documento en cuestión sea elaborado por un tercero
contratado, deberá especificar el nombre y NIT correspondiente o Número de Identificación
Fiscal en su país de origen (Art. 120 y 147 literal e) del Código Tributario y apartado 7.2 de
Guía de Orientación DG-001/2012).
II. En el pie de página debe anotar el nombre y firma del Contribuyente, Representante Legal
o Apoderado.
III. Toda modificación a este informe, deberá presentarla en este mismo formulario,
registrando en la casilla correspondiente el número del informe que modifica (Sección “A”)
IV. Oficinas receptoras del Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados:
• Oficina Central Condominio Tres Torres.
• Centro Express del Contribuyente Centro de Gobierno y Soyapango.
• Centro Express del Contribuyente Santa Ana y San Miguel.
• Minicentro Express del Contribuyente, en el interior del país.