Estado y Resolución
de Conflictos
Procedimiento Civil Ordinario
Fase de Decisión
M.S.C Johaira Alvarado
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Bolivariana de Venezuela
Programa de Formación de Grado Estudios Jurídicos
Estado y Resolución de Conflictos
Fase Decisión:
Se refiere a la fase decisoria, después que las partes hayan ejercido
su defensa y evacuados las pruebas, el juez concluye en sentencia.
Informes:
Es una especie de auto sentencia que hace cada parte para ilustrar
al juez, quien vistas tales conclusiones tomará su decisión que
pondrá fin al litigio.
Reposición de la
causa:
Es un medio que la ley confiere al funcionario y a las partes para
preservar la estabilidad del proceso, depurándolo de los vicios que
puedan afectar su validez y por ello puede ser alegada en cualquier
estado grado de la causa.
Término para
presentar los
informes:
Cuando el tribunal se constituye
con asociados.
Cuando el tribunal no hay solicitud
de asociados.
Ar. 118 al 128 CPC.
Art 511 CPC.
Estado y Resolución de Conflictos
Estado y Resolución de Conflictos
Forma de presentar los
informes:
Art 512 CPC.
Observaciones de los
informes :
Art 513 CPC.
Auto para mejor
proveer:
Es la facultad que tiene el juez con el único fin de
que pueda completar su ilustración y
conocimientos sobre los hechos, como
antecedentes necesarios de su sentencia,
permitiéndosele despejar cualquier duda o
insuficiencia que le impida formarse una clara
convicción de los hechos de la causa.
Sentencia:
Es el modo normal de terminación del
proceso. Art 242 CPC.
Contenido y Requisitos de
forma de la sentencia:
Art 243, 246, 247, 248. CPC.
Partes de la sentencia:
Narrativa.
Motiva.
Dispositiva.
Declaración con lugar:
Art 254 CPC.
Declaración sin lugar.
Estado y Resolución de Conflictos
Principios de la
Sentencia:
Thema Decideridum.
Iura Novit curia.
Exhaustividad.
quod non es in actis est in
mundo. Art 25 CPC
Tipos de
Sentencia:
Sentencia
Interlocutoria:
Sentencia en Primera
Instancia:
Sentencia en
segunda Instancia:
Sentencia Definitiva:
Sentencia Ejecutoria:
Se refiere aquella decisión judicial que
resuelve una controversia incidental
suscitada entre las partes en un juicio.
Es aquella donde el juez decide en su
tribunal la causa y se llega a un acuerdo sin
acudir a instancias superiores.
Es aquella donde la controversia no se
puede dirimir el caso en el tribunal de
primera instancia.
Es aquella que resuelve el asunto principal
objeto de litigio.
Es aquella donde se ejecutan las acciones
que se plantean en la sentencia definitiva.
Término para sentenciar
y ejecución de la
sentencia:
Art 515 CPC.
Estado y Resolución de Conflictos
Irrevocabilidad de la
sentencia:
Art 252 CPC.
Aclaratoria y
término de la
sentencia:
Art 252 CPC.
Nulidad de la
sentencia:
Art , 243 y 244 CPC.
Nulidad declarada en
apelación.
Nulidad declarada en
Casación.
Art 209 CPC.
Art 210 CPC.
Sentencia de
reposición:
Art 245 CPC.
Estado y Resolución de Conflictos
Vicios de la sentencia
Defectos de formas
sustanciales:
Inmotivación de la
sentencia:
no guarda relación con la acción
deducida ni con las excepciones
o defensas propuestas.
no tiene razonamiento.
los motivos son vagos y
generales.
son contradictorias los
motivos.
Omisión de pronunciamiento de
la sentencia.
cuando el juez suple argumentos
de hecho a las partes.
Absolución de la instancia.
Incongruencia en la sentencia.
Ultrapetita.
Actos que menoscaban el
derecho a la defensa:
Indefensión.
Desigualdad procesal.
Falta de apreciación de
pruebas.
Estado y Resolución de Conflictos
Vicios de la sentencia
Infracción de fondo en la Ley
Error en la valoración
de la prueba.
Aplicación falsa de
una norma jurídica.
Art 320 CPC.
Tipos de Recurso:
Apelación: Art 288 al 298
CPC.
Hecho y de la
Revocatoria: Art 305 al
311 CPC.
Casación: Art 312 al 326
CPC.
Invalidación : Art 327 al
337 CPC.
Estado y Resolución de Conflictos
Procedimiento en Segunda
Instancia
Estado y Resolución de Conflictos
Recurso de Casación:
 AROCA, Juan. 1988. Trabajos de derecho Procesal. Librería Bosh. Barcelona.
 Asamblea Nacional Constituyente. 1999. Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999. Segunda versión. Gaceta Oficial 5.453 del
24 de Marzo de 2000.
 Asamblea Nacional Constituyente. 2009. Código de Procedimiento Civil. .
Gaceta Oficial Nº 39.264, de fecha 15 de Septiembre de 2009.
• Carnelutti, Francesco. 1973. Instituciones del Proceso Civil. Ediciones Jurídicas
Europa, S.A. Buenos Aires.
• HENRIQUEZ La Roche Ricardo.2005.Instituciones de Derecho Procesal. Ediciones
Liber. Caracas.
• Naranjo, Yuri. 1991. 3era Edición. El Nuevo Procedimiento Ordinario.
Ediciones Librería Destino. Caracas, Venezuela.
Referencias Bibliográficas
Fase decisión

Fase decisión

  • 1.
    Estado y Resolución deConflictos Procedimiento Civil Ordinario Fase de Decisión M.S.C Johaira Alvarado República Bolivariana de Venezuela Universidad Bolivariana de Venezuela Programa de Formación de Grado Estudios Jurídicos
  • 2.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Fase Decisión: Se refiere a la fase decisoria, después que las partes hayan ejercido su defensa y evacuados las pruebas, el juez concluye en sentencia. Informes: Es una especie de auto sentencia que hace cada parte para ilustrar al juez, quien vistas tales conclusiones tomará su decisión que pondrá fin al litigio. Reposición de la causa: Es un medio que la ley confiere al funcionario y a las partes para preservar la estabilidad del proceso, depurándolo de los vicios que puedan afectar su validez y por ello puede ser alegada en cualquier estado grado de la causa. Término para presentar los informes: Cuando el tribunal se constituye con asociados. Cuando el tribunal no hay solicitud de asociados. Ar. 118 al 128 CPC. Art 511 CPC.
  • 3.
    Estado y Resoluciónde Conflictos
  • 4.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Forma de presentar los informes: Art 512 CPC. Observaciones de los informes : Art 513 CPC. Auto para mejor proveer: Es la facultad que tiene el juez con el único fin de que pueda completar su ilustración y conocimientos sobre los hechos, como antecedentes necesarios de su sentencia, permitiéndosele despejar cualquier duda o insuficiencia que le impida formarse una clara convicción de los hechos de la causa. Sentencia: Es el modo normal de terminación del proceso. Art 242 CPC. Contenido y Requisitos de forma de la sentencia: Art 243, 246, 247, 248. CPC. Partes de la sentencia: Narrativa. Motiva. Dispositiva. Declaración con lugar: Art 254 CPC. Declaración sin lugar.
  • 5.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Principios de la Sentencia: Thema Decideridum. Iura Novit curia. Exhaustividad. quod non es in actis est in mundo. Art 25 CPC Tipos de Sentencia: Sentencia Interlocutoria: Sentencia en Primera Instancia: Sentencia en segunda Instancia: Sentencia Definitiva: Sentencia Ejecutoria: Se refiere aquella decisión judicial que resuelve una controversia incidental suscitada entre las partes en un juicio. Es aquella donde el juez decide en su tribunal la causa y se llega a un acuerdo sin acudir a instancias superiores. Es aquella donde la controversia no se puede dirimir el caso en el tribunal de primera instancia. Es aquella que resuelve el asunto principal objeto de litigio. Es aquella donde se ejecutan las acciones que se plantean en la sentencia definitiva. Término para sentenciar y ejecución de la sentencia: Art 515 CPC.
  • 6.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Irrevocabilidad de la sentencia: Art 252 CPC. Aclaratoria y término de la sentencia: Art 252 CPC. Nulidad de la sentencia: Art , 243 y 244 CPC. Nulidad declarada en apelación. Nulidad declarada en Casación. Art 209 CPC. Art 210 CPC. Sentencia de reposición: Art 245 CPC.
  • 7.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Vicios de la sentencia Defectos de formas sustanciales: Inmotivación de la sentencia: no guarda relación con la acción deducida ni con las excepciones o defensas propuestas. no tiene razonamiento. los motivos son vagos y generales. son contradictorias los motivos. Omisión de pronunciamiento de la sentencia. cuando el juez suple argumentos de hecho a las partes. Absolución de la instancia. Incongruencia en la sentencia. Ultrapetita. Actos que menoscaban el derecho a la defensa: Indefensión. Desigualdad procesal. Falta de apreciación de pruebas.
  • 8.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Vicios de la sentencia Infracción de fondo en la Ley Error en la valoración de la prueba. Aplicación falsa de una norma jurídica. Art 320 CPC. Tipos de Recurso: Apelación: Art 288 al 298 CPC. Hecho y de la Revocatoria: Art 305 al 311 CPC. Casación: Art 312 al 326 CPC. Invalidación : Art 327 al 337 CPC.
  • 9.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Procedimiento en Segunda Instancia
  • 10.
    Estado y Resoluciónde Conflictos Recurso de Casación:
  • 11.
     AROCA, Juan.1988. Trabajos de derecho Procesal. Librería Bosh. Barcelona.  Asamblea Nacional Constituyente. 1999. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Segunda versión. Gaceta Oficial 5.453 del 24 de Marzo de 2000.  Asamblea Nacional Constituyente. 2009. Código de Procedimiento Civil. . Gaceta Oficial Nº 39.264, de fecha 15 de Septiembre de 2009. • Carnelutti, Francesco. 1973. Instituciones del Proceso Civil. Ediciones Jurídicas Europa, S.A. Buenos Aires. • HENRIQUEZ La Roche Ricardo.2005.Instituciones de Derecho Procesal. Ediciones Liber. Caracas. • Naranjo, Yuri. 1991. 3era Edición. El Nuevo Procedimiento Ordinario. Ediciones Librería Destino. Caracas, Venezuela. Referencias Bibliográficas