La Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia tiene como función principal planificar y ejecutar acciones para detectar contribuyentes que no pagan impuestos o que los subvaluan. Sus objetivos son detectar evasión y elusión tributaria, fiscalizar zonas urbanas, e implementar mecanismos de control que induzcan el pago de impuestos. Entre sus logros se encuentran retirar puestos informales, ordenar el comercio, y regularizar obligaciones tributarias de establecimientos comerciales.
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.MiguelErnesto5
Los Tributos son indispensables para financiar el gasto público de cualquier país. De este grupo; los impuestos son los que mayores ingresos aportan a la recaudación tributaria. La imposición indirecta, desde hace algunas décadas ha sido una fuente representativa de ingresos. Básicamente si se menciona lo recaudado por el impuesto al consumo (de tipo valor agregado, en la mayoría de los países). En nuestra Venezuela, desde lo que es la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la recaudación de esta ha sido significativa, superándose en los últimos años la recaudación del Impuesto sobre la Renta, según las cifras mostradas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
la obligación tributaria tiene por su finalidad esclarecer la deuda líquida exigible lo cual es la consecuencia de la realización del hecho imponible, esto es, de una realidad preexistente, de algo que ya lógicamente ya ocurrió, por esta razón, la determinación tiene es un efecto declarativo y no constitutivo pero no reviste el carácter de una simple formalidad procesal, sino que es una condición de orden sustancial o esencial de la obligación misma.
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.MiguelErnesto5
Los Tributos son indispensables para financiar el gasto público de cualquier país. De este grupo; los impuestos son los que mayores ingresos aportan a la recaudación tributaria. La imposición indirecta, desde hace algunas décadas ha sido una fuente representativa de ingresos. Básicamente si se menciona lo recaudado por el impuesto al consumo (de tipo valor agregado, en la mayoría de los países). En nuestra Venezuela, desde lo que es la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la recaudación de esta ha sido significativa, superándose en los últimos años la recaudación del Impuesto sobre la Renta, según las cifras mostradas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
la obligación tributaria tiene por su finalidad esclarecer la deuda líquida exigible lo cual es la consecuencia de la realización del hecho imponible, esto es, de una realidad preexistente, de algo que ya lógicamente ya ocurrió, por esta razón, la determinación tiene es un efecto declarativo y no constitutivo pero no reviste el carácter de una simple formalidad procesal, sino que es una condición de orden sustancial o esencial de la obligación misma.
Tributación municipal en el Perú
EL SISTEMA TRIBUTARIO MUNICIPAL
El sistema tributario municipal es el conjunto de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) cuya administración se encuentra a cargo de las municipalidades, sean éstas de ámbito provincial o distrital. Asimismo, forman parte de este sistema las normas tributarias municipales y las entidades municipales encargadas de administrar tales tributos.
¿POR QUE DEBEMOS TRIBUTAR?
Para contar con mejores servicios, mayor infraestructura y promover el desarrollo local, financiando nuevas obras de infraestructura: Pistas, parques, puentes, campos deportivos y manteniendo su conservación. Mejorar la calidad del servicio de Limpieza Pública y parques, aumentar la seguridad ciudadana mediante el servicio de serenazgo.
TRIBUTOS MUNICIPALES
Impuesto Predial
Impuesto de Alcabala
Arbitrios Municipales
IMPUESTO PREDIAL
¿Qué es el Impuesto Predial?
Es el impuesto que deberá ser pagado en la municipalidad distrital donde se ubica el predio. Este impuesto se aplica a todos los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo.
El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula y aprueba el Ministerio de Vivienda y Urbanismo todos los años.
¿Quiénes son sujetos del impuesto predial?
Las Personas naturales o jurídicas propietarias de los predios, en calidad de contribuyente.
Excepcionalmente, se considera a los titulares de concesiones de obras y de servicios públicos.
Los poseedores o tenedores a cualquier título, cuando no se pueda determinar la existencia del propietario.
¿Cómo debe pagarse el impuesto predial?
La ley establece que puede pagarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada, en cuatro cuotas trimestrales reajustadas con el índice de precios al por mayor.
Declaración jurada del Contribuyente
Acto por el cual el ciudadano comunica a la administración el valor de su predio para el cálculo de sus tributos municipales
¿Cuándo debe presentar la declaración jurada?
Anualmente hasta el último día hábil del mes de febrero.
Cada vez que se produzca una modificación en las características de su predio.
Cuando se efectúe la transferencia de un predio (o por parte de él) bajo cualquier título (inclusive por fallecimiento), la declaración debe presentarse hasta el último día hábil de mes siguiente de producidos los hechos, no cumplir con esta obligación produce una infracción tributaria.
Cuando la administración así lo requiera.
¿Qué sucede si no se cumple con presentar la Declaración Jurada?
Si no ha presentado su declaración jurada dentro de los plazos establecidos, será pasible de la imposición de una multa tributaria, cuyo monto asciende al 50% de la UIT (Base Legal: Art. 173 Numeral 1 D.S. 133-2013-EF).
Características del Impuesto Predial
Hecho Imponible
Es un elemento del tributo que se define como la circunstancia o presupuesto de hecho (de naturaleza jurídica o económica).
Es la función natural de toda Administración
Tributaria.
Consiste básicamente en la facultad que cuenta
la administración para recepcionar el pago de los
tributos por parte de los contribuyentes.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
2. ¿ Que es la Sub Gerencia de
Fiscalización Tributaria ?
La
Sub Gerencia de Fiscalización
Tributaria, es el órgano de línea, cuya
función es la de planificar, organizar y
ejecutar las acciones que permitan la
detección de contribuyentes omisos y
subvaluadores de aquellos tributos
administrados por la municipalidad.
3. “Principales funciones de la Sub
Gerencia de Fiscalización Tributaria”
Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar
las actividades de fiscalización destinadas a
verificar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias municipales.
Efectuar acciones orientadas a detectar omisos,
subvaluadores e infractores de las obligaciones
tributarias municipales.
Revisar y presentar informes sobre documentos de
contenido tributario que sean enviados para
opinión.
4.
Atender y resolver las solicitudes y expedientes
sobre reclamos tributarios relacionados a las
funciones de su competencia.
Requerir información a las entidades públicas o
privadas para efectuar la fiscalización relacionada
con el cumplimiento de las obligaciones tributarias
de los contribuyentes.
Reportar periódicamente a la Gerencia de Rentas
información sobre las inspecciones, auditorias,
verificaciones y operativos realizados por la Sub.
Gerencia.
5. OBJETIVOS GENERALES
Detectar la evasión y elusión tributaria de los contribuyentes e
implementar el Sistema de Control Interno.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
•Detectar la evasión y elusión tributaria de los contribuyentes.
•Fiscalizar el integro de las zonas urbanas
•Realizar la fiscalización posterior de los procedimientos.
administrativos automáticos y/o de evaluación previa.
•Detectar Omisos y Sub-valuadores al pago del Impuesto Predial.
•Reducir el nivel de morosidad y evasión tributaria municipal
•Implementar y evaluar el Sistema de Control Interno
•Implementar mecanismos de control que evite la prescripción de los
tributos municipales e induzca al pago.
6. El ejercicio de la función
fiscalizadora incluye la
inspección, investigación y
el control del cumplimiento
de obligaciones tributarias,
incluso de aquellos sujetos
que gocen de inafectación
exoneración o beneficios
tributarios
7. Derechos del administrado
Ser tratados con respeto y consideración por el
personal de la Sub Gerencia de Fiscalización (SGFT).
Conocer el estado de tramitación de los
procedimientos en que sean parte, así como la
identidad de las autoridades de la SGFT encargada,
bajo responsabilidad que se realice el tramite.
Interponer queja por omisión, demora o por
cualquier otro incumplimiento ante la autoridad
superior inmediata.
No proporcionar documentos ya presentados.
8. Logros de la Sub Gerencia
RETIRO de kioscos que ocupaban la vía
publica por mas de 20 años en (JULIO C.
TELLO).
REORDENAMIENTO del comercio en el Distrito.
9. Regularización
de obligaciones tributarias
de los establecimientos comerciales que
se mantenían en la informalidad.
Se
dio solución a mas de 30 expedientes
presentados por los administrados.
Se
realizo mas de 150 Notificaciones
(Administrativas y Preventivas).
10. Regularización
de obligaciones tributarias
de los establecimientos comerciales que
se mantenían en la informalidad.
Se
dio solución a mas de 30 expedientes
presentados por los administrados.
Se
realizo mas de 150 Notificaciones
(Administrativas y Preventivas).