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Alumno : Addery Santos
Ubaldo Mallma
ETAPAS DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN
TRIBUTARIA
DIAGNOSTICO
EVALUACIÓN DE :
• Recursos Humanos
• Materiales
• Sistema Informático
• Condiciones legales
EJECUCIÓN DEL
PROGRAMA
EJECUCIÓN DE :
• Selección de casos
• Inspecciones
• Verificaciones
• Emisión de Resoluciones
PLAN, CRONOGRAMA Y
PRESUPUESTO
APROBACIÓN DE:
• Alcance y metas
• Organización y estrategias
• Actividades y plazos
• Presupuesto
1. RECURSOS HUMANOS:
• Cantidad, capacidades y disponibilidad
2. INFORMACION DISPONIBLE:
• Datos e información predial de Catastro y del Impuesto Predial y
medios en el que están disponibles
3. SOFTWARE Y HARDWARE DISPONIBLES:
• Equipos y aplicativos para la administración tributaria y reportes
disponibles
4. CONDICIONES LEGALES
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
3. META
4. ESTRATEGIA
5. RECURSOS Y PRESUPUESTO DEL
PROGRAMA
6. OPERATIVIDAD
 Estructura de organización
 Funciones de los grupos operativos
 Software apropiado
 Indicadores de gestión
PROGRAMA DE
FISCALIZACIÓN
TRIBUTARIA
Elaboración de la Guía
Metodológica
Capacitación del
personal
Emisión de documentos
de deuda
Registro y seguimiento de
pago de la deuda
Seleccionar
contribuyente
Desarrollo de módulo y
Cruce de información
Ordenanza para
facilidades
Difusión y
sensibilización
Inspecciones
BASE DE
DATOS
IMPUESTO
PREDIAL
IDENTIFICAR SECTORES Y
MANZANAS
CATASTRALES DE LOS
PREDIOS Y REQUERIR A
CATASTRO
1 2
BASE DE DATOS
CATASTRO
PRE
LIQUIDACIONES
NOTIFICAR LA
PRELIQUIDACION A LOS
CONTRIBUYENTES
4
CARGA DE DATOS
PREDIALES , COMPARAR E
IDENTIFICAR
DIFERENCIAS Y
OBSERVACIONES
3
PROCESO DE SELECCIÓN Y VERIFICACIÓN DE PREDIOS
PROCESO DE NOTIFICACION Y ATENCION A LOS
CONTRIBUYENTES
PROGRAMAR
VISITAS A LOS
CONTRIBUYENTES
ENTREGA DE PRE
LIQUIDACION A LOS
CONTRIBUYENTES Y
SUSTENTACION
PREPARAR
DOCUMENTACION A
ENTREGAR
1
CONTRIBUYENTE RECIBE
PRELIQUIDACION Y EVALÚA
RESULTADOS Y
OBSERVACIONES
PRESENTA DESCARGOS
SOLICITA
NUEVA
INSPECCION
2
SE REALIZA NUEVA
INSPECCIÓN Y VERIFICAN
DATOS
SE LLENAN
FORMULARIOS
MODIFICATORIOS
4
SE ACTUALIZAN DATOS DE
PRE LIQUIDACION
EFECTUAR UNA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA CON
INFORMACIÓN CATASTRAL
OBJETIVO
Reducir la evasión y subvaluación en el pago de los tributos territoriales
ESTRATEGIAS
1.Seleccionar a los contribuyentes que evaden o subvaluan el pago de
sus tributos municipales, utilizando la información catastral.
2.Determinar las obligaciones generadas por la evasión y la
subvaluación, gestionar su cobranza y establecer mecanismos que
faciliten su cancelación.
3.Diseñar e implementar una campaña de sensibilización a la comunidad.
ETAPAS
1. IDENTIFICACIÓN Y PREPARACION
1.1 Preparar la guía metodológica del proceso de fiscalización y capacitar al
personal de la Administración Tributaria
1.2 Preparar módulos para determinar deudas tributarias
1.3 Realizar el cruce de la información catastral con la base de datos del
Impuesto Predial
1.4 Aprobar las facilidades para cancelar las deudas tributarias generadas por
la evasión o subvaluación
1.5 Diseño e implementación de un campaña de sensibilización de la
comunidad
2. DETERMINACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y GESTIÓN DE COBRANZA
2.1 Determinar deudas tributarias y sanciones por evasión o subvaluación e
inicio del proceso de cobranza ordinaria.
2.2 Registro y seguimiento de las acciones de cobranza hasta su remisión para
el proceso coactivo de la deuda
EFECTUAR UNA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA CON
INFORMACIÓN CATASTRAL
LA FUNCION DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
La función de fiscalización tributaria, se define como el
conjunto de actividades que realiza la Administración
Tributaria para detectar la evasión y la subvaluación
realizada por los contribuyentes infractores, sancionarlos y
determinar las deudas tributarias por dichas acciones
SELECTIVA
La limitación en el uso de recursos obliga a priorizar y seleccionar los casos a
fiscalizar
PERMANENTE
La propensión a evadir o eludir las obligaciones tributarias es permanente y
por tanto las acciones de fiscalización deben serlo también, por que de ello
dependerá la difusión del riesgo real para los contribuyentes.
SISTEMATICA
Claros procedimientos para las actividades fiscalizadoras, desde el inicio al
termino del proceso, evitando la improvisación la cual genera la perdida de
credibilidad y de riesgo real
CARACTERISTICAS DEL PROCESO DE
FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
PLAN PARA MEJORAR LA
RECAUDACIÓN MUNICIPAL
Focalizar los esfuerzos de la administración tributaria para
aumentar el nivel de recaudación y de cumplimiento de las
obligaciones de los vecinos/contribuyentes de la
Municipalidad Provincial de Huaral.
Los objetivos propuestos para cumplir con la misión de la
Administración Tributaria son los siguientes:
• Incrementar la recaudación
• Promover conductas de cumplimiento de obligaciones
• Mejorar la calidad de servicio al contribuyente
OBJETIVOS GENERALES
INCREMENTAR LA
RECAUDACIÓN
MEJORAR LA CALIDAD
DE SERVICIO AL
CONTRIBUYENTE
PROMOVER
CONDUCTAS DE
CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES
Eficiente sistema de control del
pagos
Eficiente sistema de control de
la evasión tributaria
Eficiente gestión de cobranza
ordinaria
Eficiente gestión de cobranza
coactiva
Ampliar cobertura para orientar
asistir a los contribuyentes
Facilitar y simplificar el
cumplimiento de las
obligaciones
Fortalecer las capacidades del
personal de la Adm. Tributaria
Eficiente gestión de cobranza
coactiva
Estimular el cumplimiento
oportuno de las obligaciones
Difundir beneficios y facilidades
por el cumplimiento oportuno
Alianzas estratégicas para promover
conducta de cumplimento
OBJETIVOS GENERALES OBJETIVOS ESPECIFICOS
ACTIVIDADESOBJETIVO ESPECIFICO
ATENCIÓN Y CONTROL DE LOS CONTRIBUYENTES DE
MAYOR IMPORTANCIA FISCAL
OBJETIVO
Asegurar el cumplimiento de la meta de recaudación
que corresponde a los contribuyentes del segmento
seleccionado
ESTRATEGIAS
1.Establecer un sistema de comunicación y control
para lograr el cumplimiento correcto y oportuno de
las obligaciones de pago de los contribuyentes
seleccionados como PRINCIPALES o MEDIANOS .
2.Establecer sistemas que aseguren una adecuada y
oportuna atención de los servicios tributarios
requeridos por los contribuyentes seleccionados
como PRINCIPALES o MEDIANOS .
Declaraciones y
actualización de datos
Registro y organización
del Directorio
Control de pagos y
gestión de cobranza
Fiscalización
Tributaria
GESTOR TRIBUTARIO
Sectorista de PRICOS o MEDIANOS
Asistencia y ayuda en
servicios tributarios
MARCO LEGAL PARA EL
PROCESO DE
FISCALIZACIÓN DEL
IMPUESTO PREDIAL
El Impuesto Predial grava el valor de los predios urbanos y rústicos.
Se consideran predios:
a.los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos
de agua,
b.las edificaciones
c.las instalaciones fijas y permanentes que constituyen partes integrantes de
dichos predios, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la
edificación.
EL IMPUESTO PREDIAL
METODOLOGÍA PARA VALORIZAR
LAS INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES
1. Un Perito estimará el valor de las edificaciones con características y usos
especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y permanentes,
así como las construcciones inconclusas, se valorizarán de acuerdo a los
elementos que la conforman y la depreciación por antigüedad y estado de
conservación.
2. Para determinar el valor de estas obras e instalaciones, se deberá efectuar los
correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que
conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no
deben incluir los gastos generales, utilidades e impuestos.
3. Los valores resultantes deberán estar referidas al 31 de octubre del año
anterior y multiplicarse por el FACTOR DE OFICIALIZACIÓN de:
• 0,60 para los años 2003 a 2005, - 0.68 para los años 2007 a 2009
• 0,65 para el año 2006
EL IMPUESTO PREDIAL
EJEMPLOS DE VALORIZACION
DE INSTALACIONES FIJAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS
CONCEPTO VALOR POR ML
a.- Trazo, nivel y replanteo 0.60
b.- Excavación de zanjas 1.62
c.- Cimientos corridos 12.00
d.- Sobrecimientos 30.57
e.- Columnas 33.80
f.- Muros de soga con ladrillo K.K 75.00
g.- Tarrajeo de sobrecimiento y columna 17.50
SUB - TOTAL 171.09
0.68 FACTOR OFICIALIZACIÓN 0.68 116.34
CERCO DE LADRILLO 3.50 mts.
EL IMPUESTO PREDIAL
VALOR POR M2
a.- Trazo y replanteo 0.60
b.- Excavación a nivel de sub-rasante 1.10
c.- Eliminación de materia excedente 2.65
d.- Confirmación de sub-rasante 1.46
e.- Base de e=0.15 mt 7.50
f.- Imprimacion asfaltica 1.53
g.- Carpeta asfaltica en caliente e=2" 11.72
26.56
0.68 FACTOR OFICIALIZACIÓN 0.68 18.06
EJEMPLOS DE VALORIZACION
DE INSTALACIONES FIJAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS
PISTA DE ASFALTO
EL IMPUESTO PREDIAL
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación
tributaria, así como la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe
a los:
4 años cuando no se ha cumplido con el pago de la obligación
6 años cuando además no se haya presentado declaración jurada
10 años cuando el agente de retención y percepción no hayan
cumplido con el pago del tributo retenido o percibido
La acción para solicitar o efectuar la compensación, así como para solicitar la
devolución prescribe a los cuatro (4) años
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
1. La interrupción de la prescripción
La interrupción tiene como no transcurrido el plazo de la
prescripción que corrió con anterioridad al acontecimiento
interruptor
En la prescripción sus plazos se pueden interrumpir teniendo que
comenzar de nuevo su cómputo
2. La suspensión de la prescripción
La suspensión inutiliza para la prescripción su tiempo de
duración, pero desaparecida la causal suspensiva, el tiempo
anterior a la suspensión se agrega al transcurrido con
posterioridad
DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
Por el acto de la determinación de la obligación tributaria:
a)El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la
obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo.
b)La Administración Tributaria verifica la realización del hecho
generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario,
señala la base imponible y la cuantía del tributo.
INICIO DE LA DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
La determinación de la obligación tributaria se inicia:
1.Por acto o declaración del deudor tributario.
2.Por la Administración Tributaria; por propia iniciativa o denuncia de
terceros.
Para tal efecto, cualquier persona puede denunciar a la Administración
Tributaria la realización de un hecho generador de obligaciones
tributarias.
 Requerir a terceros informaciones y exhibición y/o presentación de sus
libros, registros, documentos, relacionada con hechos que determinen
tributación, en la forma y condiciones solicitadas, para lo cual la
Administración Tributaria deberá otorgar un plazo que no podrá ser
menor de tres (3) días hábiles.
 Solicitar la comparecencia de los deudores tributarios o terceros para
que proporcionen la información que se estime necesaria, otorgando
un plazo no menor de cinco (5) días hábiles, más el término de la
distancia de ser el caso. Las manifestaciones obtenidas en virtud de la
citada facultad deberán ser valoradas por los órganos competentes en
FACULTAD DE FISCALIZACIÓN
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
 Practicar inspecciones en los locales
ocupados, bajo cualquier título, por los
deudores tributarios, así como en los medios
de transporte.
Para realizar las inspecciones cuando los
locales estuvieren cerrados o cuando se trate
de domicilios particulares, será necesario
solicitar autorización judicial, la que debe ser
resuelta en forma inmediata y otorgándose el
plazo necesario para su cumplimiento sin
correr traslado a la otra parte.
 Requerir el auxilio de la fuerza pública para el
desempeño de sus funciones, que será
prestado de inmediato bajo responsabilidad.
FACULTAD DE FISCALIZACIÓN
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
SOBRE BASE CIERTA Y PRESUNTA
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
Durante el período de prescripción, la Administración Tributaria podrá
determinar la obligación tributaria considerando las bases siguientes:
1.Base cierta: tomando en cuenta los elementos existentes que
permitan conocer en forma directa el hecho generador de la obligación
tributaria y la cuantía de la misma.
2.Base presunta: en mérito a los hechos y circunstancias que, por
relación normal con el hecho generador de la obligación tributaria,
permitan establecer la existencia y cuantía de la obligación.
SUPUESTOS PARA APLICAR LA DETERMINACION
SOBRE BASE PRESUNTA 
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
 El deudor tributario no haya presentado las declaraciones, dentro
del plazo en que la Administración se lo hubiere requerido.
 La declaración presentada o la documentación sustentatoria o
complementaria ofreciera dudas respecto a su veracidad o
exactitud, o no incluya los requisitos y datos exigidos; o cuando
existiere dudas sobre la determinación o cumplimiento que haya
efectuado el deudor tributario.
 El deudor tributario oculte activos, rentas, ingresos, bienes, pasivos,
gastos o egresos falsos.
 El deudor tributario haya tenido la condición de no habido
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
RESULTADOS DE LA FISCALIZACION O VERIFICACION
 Concluido el proceso de fiscalización o verificación, la Administración Tributaria
emitirá la correspondiente Resolución de Determinación, Resolución de Multa u
Orden de Pago, si fuera el caso.
 No obstante, previamente a la emisión de las resoluciones se podrá comunicar
sus conclusiones a los contribuyentes, indicándoles expresamente las
observaciones formuladas y, cuando corresponda, las infracciones que se les
imputan.
 El plazo que se otorga al contribuyente no será menor a tres (3) días hábiles;
para que presente por escrito sus observaciones a los cargos formulados,
debidamente sustentadas.
 La documentación que se presente ante la Administración Tributaria luego de
transcurrido el mencionado plazo no será merituada en el proceso de
fiscalización o verificación.
RESOLUCION DE DETERMINACION
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
La Resolución de Determinación es el acto por el cual la Administración
Tributaria pone en conocimiento del deudor tributario el resultado de
su labor destinada a controlar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias, y establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria.
La Resolución de Determinación será formulada por escrito y expresará:
1.El deudor tributario.
2.El tributo y el período al que corresponda.
3.La base imponible.
4.La tasa.
5.La cuantía del tributo y sus intereses.
6.Los motivos determinantes del reparo u observación, cuando se
rectifique la declaración tributaria.
7.Los fundamentos y disposiciones que la amparen.

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Fiscalizacion de la sunat

  • 1. Alumno : Addery Santos Ubaldo Mallma
  • 2. ETAPAS DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA DIAGNOSTICO EVALUACIÓN DE : • Recursos Humanos • Materiales • Sistema Informático • Condiciones legales EJECUCIÓN DEL PROGRAMA EJECUCIÓN DE : • Selección de casos • Inspecciones • Verificaciones • Emisión de Resoluciones PLAN, CRONOGRAMA Y PRESUPUESTO APROBACIÓN DE: • Alcance y metas • Organización y estrategias • Actividades y plazos • Presupuesto
  • 3. 1. RECURSOS HUMANOS: • Cantidad, capacidades y disponibilidad 2. INFORMACION DISPONIBLE: • Datos e información predial de Catastro y del Impuesto Predial y medios en el que están disponibles 3. SOFTWARE Y HARDWARE DISPONIBLES: • Equipos y aplicativos para la administración tributaria y reportes disponibles 4. CONDICIONES LEGALES
  • 4. 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. META 4. ESTRATEGIA 5. RECURSOS Y PRESUPUESTO DEL PROGRAMA 6. OPERATIVIDAD  Estructura de organización  Funciones de los grupos operativos  Software apropiado  Indicadores de gestión
  • 5. PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA Elaboración de la Guía Metodológica Capacitación del personal Emisión de documentos de deuda Registro y seguimiento de pago de la deuda Seleccionar contribuyente Desarrollo de módulo y Cruce de información Ordenanza para facilidades Difusión y sensibilización Inspecciones
  • 6. BASE DE DATOS IMPUESTO PREDIAL IDENTIFICAR SECTORES Y MANZANAS CATASTRALES DE LOS PREDIOS Y REQUERIR A CATASTRO 1 2 BASE DE DATOS CATASTRO PRE LIQUIDACIONES NOTIFICAR LA PRELIQUIDACION A LOS CONTRIBUYENTES 4 CARGA DE DATOS PREDIALES , COMPARAR E IDENTIFICAR DIFERENCIAS Y OBSERVACIONES 3 PROCESO DE SELECCIÓN Y VERIFICACIÓN DE PREDIOS
  • 7. PROCESO DE NOTIFICACION Y ATENCION A LOS CONTRIBUYENTES PROGRAMAR VISITAS A LOS CONTRIBUYENTES ENTREGA DE PRE LIQUIDACION A LOS CONTRIBUYENTES Y SUSTENTACION PREPARAR DOCUMENTACION A ENTREGAR 1 CONTRIBUYENTE RECIBE PRELIQUIDACION Y EVALÚA RESULTADOS Y OBSERVACIONES PRESENTA DESCARGOS SOLICITA NUEVA INSPECCION 2 SE REALIZA NUEVA INSPECCIÓN Y VERIFICAN DATOS SE LLENAN FORMULARIOS MODIFICATORIOS 4 SE ACTUALIZAN DATOS DE PRE LIQUIDACION
  • 8. EFECTUAR UNA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA CON INFORMACIÓN CATASTRAL OBJETIVO Reducir la evasión y subvaluación en el pago de los tributos territoriales ESTRATEGIAS 1.Seleccionar a los contribuyentes que evaden o subvaluan el pago de sus tributos municipales, utilizando la información catastral. 2.Determinar las obligaciones generadas por la evasión y la subvaluación, gestionar su cobranza y establecer mecanismos que faciliten su cancelación. 3.Diseñar e implementar una campaña de sensibilización a la comunidad.
  • 9. ETAPAS 1. IDENTIFICACIÓN Y PREPARACION 1.1 Preparar la guía metodológica del proceso de fiscalización y capacitar al personal de la Administración Tributaria 1.2 Preparar módulos para determinar deudas tributarias 1.3 Realizar el cruce de la información catastral con la base de datos del Impuesto Predial 1.4 Aprobar las facilidades para cancelar las deudas tributarias generadas por la evasión o subvaluación 1.5 Diseño e implementación de un campaña de sensibilización de la comunidad 2. DETERMINACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y GESTIÓN DE COBRANZA 2.1 Determinar deudas tributarias y sanciones por evasión o subvaluación e inicio del proceso de cobranza ordinaria. 2.2 Registro y seguimiento de las acciones de cobranza hasta su remisión para el proceso coactivo de la deuda EFECTUAR UNA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA CON INFORMACIÓN CATASTRAL
  • 10. LA FUNCION DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA La función de fiscalización tributaria, se define como el conjunto de actividades que realiza la Administración Tributaria para detectar la evasión y la subvaluación realizada por los contribuyentes infractores, sancionarlos y determinar las deudas tributarias por dichas acciones
  • 11. SELECTIVA La limitación en el uso de recursos obliga a priorizar y seleccionar los casos a fiscalizar PERMANENTE La propensión a evadir o eludir las obligaciones tributarias es permanente y por tanto las acciones de fiscalización deben serlo también, por que de ello dependerá la difusión del riesgo real para los contribuyentes. SISTEMATICA Claros procedimientos para las actividades fiscalizadoras, desde el inicio al termino del proceso, evitando la improvisación la cual genera la perdida de credibilidad y de riesgo real CARACTERISTICAS DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
  • 12. PLAN PARA MEJORAR LA RECAUDACIÓN MUNICIPAL
  • 13. Focalizar los esfuerzos de la administración tributaria para aumentar el nivel de recaudación y de cumplimiento de las obligaciones de los vecinos/contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral. Los objetivos propuestos para cumplir con la misión de la Administración Tributaria son los siguientes: • Incrementar la recaudación • Promover conductas de cumplimiento de obligaciones • Mejorar la calidad de servicio al contribuyente OBJETIVOS GENERALES
  • 14. INCREMENTAR LA RECAUDACIÓN MEJORAR LA CALIDAD DE SERVICIO AL CONTRIBUYENTE PROMOVER CONDUCTAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Eficiente sistema de control del pagos Eficiente sistema de control de la evasión tributaria Eficiente gestión de cobranza ordinaria Eficiente gestión de cobranza coactiva Ampliar cobertura para orientar asistir a los contribuyentes Facilitar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones Fortalecer las capacidades del personal de la Adm. Tributaria Eficiente gestión de cobranza coactiva Estimular el cumplimiento oportuno de las obligaciones Difundir beneficios y facilidades por el cumplimiento oportuno Alianzas estratégicas para promover conducta de cumplimento OBJETIVOS GENERALES OBJETIVOS ESPECIFICOS
  • 16. ATENCIÓN Y CONTROL DE LOS CONTRIBUYENTES DE MAYOR IMPORTANCIA FISCAL OBJETIVO Asegurar el cumplimiento de la meta de recaudación que corresponde a los contribuyentes del segmento seleccionado ESTRATEGIAS 1.Establecer un sistema de comunicación y control para lograr el cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones de pago de los contribuyentes seleccionados como PRINCIPALES o MEDIANOS . 2.Establecer sistemas que aseguren una adecuada y oportuna atención de los servicios tributarios requeridos por los contribuyentes seleccionados como PRINCIPALES o MEDIANOS .
  • 17. Declaraciones y actualización de datos Registro y organización del Directorio Control de pagos y gestión de cobranza Fiscalización Tributaria GESTOR TRIBUTARIO Sectorista de PRICOS o MEDIANOS Asistencia y ayuda en servicios tributarios
  • 18. MARCO LEGAL PARA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL
  • 19. El Impuesto Predial grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Se consideran predios: a.los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua, b.las edificaciones c.las instalaciones fijas y permanentes que constituyen partes integrantes de dichos predios, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. EL IMPUESTO PREDIAL
  • 20. METODOLOGÍA PARA VALORIZAR LAS INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES 1. Un Perito estimará el valor de las edificaciones con características y usos especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y permanentes, así como las construcciones inconclusas, se valorizarán de acuerdo a los elementos que la conforman y la depreciación por antigüedad y estado de conservación. 2. Para determinar el valor de estas obras e instalaciones, se deberá efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidades e impuestos. 3. Los valores resultantes deberán estar referidas al 31 de octubre del año anterior y multiplicarse por el FACTOR DE OFICIALIZACIÓN de: • 0,60 para los años 2003 a 2005, - 0.68 para los años 2007 a 2009 • 0,65 para el año 2006 EL IMPUESTO PREDIAL
  • 21. EJEMPLOS DE VALORIZACION DE INSTALACIONES FIJAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS CONCEPTO VALOR POR ML a.- Trazo, nivel y replanteo 0.60 b.- Excavación de zanjas 1.62 c.- Cimientos corridos 12.00 d.- Sobrecimientos 30.57 e.- Columnas 33.80 f.- Muros de soga con ladrillo K.K 75.00 g.- Tarrajeo de sobrecimiento y columna 17.50 SUB - TOTAL 171.09 0.68 FACTOR OFICIALIZACIÓN 0.68 116.34 CERCO DE LADRILLO 3.50 mts. EL IMPUESTO PREDIAL
  • 22. VALOR POR M2 a.- Trazo y replanteo 0.60 b.- Excavación a nivel de sub-rasante 1.10 c.- Eliminación de materia excedente 2.65 d.- Confirmación de sub-rasante 1.46 e.- Base de e=0.15 mt 7.50 f.- Imprimacion asfaltica 1.53 g.- Carpeta asfaltica en caliente e=2" 11.72 26.56 0.68 FACTOR OFICIALIZACIÓN 0.68 18.06 EJEMPLOS DE VALORIZACION DE INSTALACIONES FIJAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PISTA DE ASFALTO EL IMPUESTO PREDIAL
  • 23. EL CÓDIGO TRIBUTARIO PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, así como la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los: 4 años cuando no se ha cumplido con el pago de la obligación 6 años cuando además no se haya presentado declaración jurada 10 años cuando el agente de retención y percepción no hayan cumplido con el pago del tributo retenido o percibido La acción para solicitar o efectuar la compensación, así como para solicitar la devolución prescribe a los cuatro (4) años
  • 24. EL CÓDIGO TRIBUTARIO PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA 1. La interrupción de la prescripción La interrupción tiene como no transcurrido el plazo de la prescripción que corrió con anterioridad al acontecimiento interruptor En la prescripción sus plazos se pueden interrumpir teniendo que comenzar de nuevo su cómputo 2. La suspensión de la prescripción La suspensión inutiliza para la prescripción su tiempo de duración, pero desaparecida la causal suspensiva, el tiempo anterior a la suspensión se agrega al transcurrido con posterioridad
  • 25. DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA EL CÓDIGO TRIBUTARIO Por el acto de la determinación de la obligación tributaria: a)El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo. b)La Administración Tributaria verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo.
  • 26. INICIO DE LA DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA EL CÓDIGO TRIBUTARIO La determinación de la obligación tributaria se inicia: 1.Por acto o declaración del deudor tributario. 2.Por la Administración Tributaria; por propia iniciativa o denuncia de terceros. Para tal efecto, cualquier persona puede denunciar a la Administración Tributaria la realización de un hecho generador de obligaciones tributarias.
  • 27.  Requerir a terceros informaciones y exhibición y/o presentación de sus libros, registros, documentos, relacionada con hechos que determinen tributación, en la forma y condiciones solicitadas, para lo cual la Administración Tributaria deberá otorgar un plazo que no podrá ser menor de tres (3) días hábiles.  Solicitar la comparecencia de los deudores tributarios o terceros para que proporcionen la información que se estime necesaria, otorgando un plazo no menor de cinco (5) días hábiles, más el término de la distancia de ser el caso. Las manifestaciones obtenidas en virtud de la citada facultad deberán ser valoradas por los órganos competentes en FACULTAD DE FISCALIZACIÓN EL CÓDIGO TRIBUTARIO
  • 28.  Practicar inspecciones en los locales ocupados, bajo cualquier título, por los deudores tributarios, así como en los medios de transporte. Para realizar las inspecciones cuando los locales estuvieren cerrados o cuando se trate de domicilios particulares, será necesario solicitar autorización judicial, la que debe ser resuelta en forma inmediata y otorgándose el plazo necesario para su cumplimiento sin correr traslado a la otra parte.  Requerir el auxilio de la fuerza pública para el desempeño de sus funciones, que será prestado de inmediato bajo responsabilidad. FACULTAD DE FISCALIZACIÓN EL CÓDIGO TRIBUTARIO
  • 29. DETERMINACION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA SOBRE BASE CIERTA Y PRESUNTA EL CÓDIGO TRIBUTARIO Durante el período de prescripción, la Administración Tributaria podrá determinar la obligación tributaria considerando las bases siguientes: 1.Base cierta: tomando en cuenta los elementos existentes que permitan conocer en forma directa el hecho generador de la obligación tributaria y la cuantía de la misma. 2.Base presunta: en mérito a los hechos y circunstancias que, por relación normal con el hecho generador de la obligación tributaria, permitan establecer la existencia y cuantía de la obligación.
  • 30. SUPUESTOS PARA APLICAR LA DETERMINACION SOBRE BASE PRESUNTA  EL CÓDIGO TRIBUTARIO  El deudor tributario no haya presentado las declaraciones, dentro del plazo en que la Administración se lo hubiere requerido.  La declaración presentada o la documentación sustentatoria o complementaria ofreciera dudas respecto a su veracidad o exactitud, o no incluya los requisitos y datos exigidos; o cuando existiere dudas sobre la determinación o cumplimiento que haya efectuado el deudor tributario.  El deudor tributario oculte activos, rentas, ingresos, bienes, pasivos, gastos o egresos falsos.  El deudor tributario haya tenido la condición de no habido
  • 31. EL CÓDIGO TRIBUTARIO RESULTADOS DE LA FISCALIZACION O VERIFICACION  Concluido el proceso de fiscalización o verificación, la Administración Tributaria emitirá la correspondiente Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso.  No obstante, previamente a la emisión de las resoluciones se podrá comunicar sus conclusiones a los contribuyentes, indicándoles expresamente las observaciones formuladas y, cuando corresponda, las infracciones que se les imputan.  El plazo que se otorga al contribuyente no será menor a tres (3) días hábiles; para que presente por escrito sus observaciones a los cargos formulados, debidamente sustentadas.  La documentación que se presente ante la Administración Tributaria luego de transcurrido el mencionado plazo no será merituada en el proceso de fiscalización o verificación.
  • 32. RESOLUCION DE DETERMINACION EL CÓDIGO TRIBUTARIO La Resolución de Determinación es el acto por el cual la Administración Tributaria pone en conocimiento del deudor tributario el resultado de su labor destinada a controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria. La Resolución de Determinación será formulada por escrito y expresará: 1.El deudor tributario. 2.El tributo y el período al que corresponda. 3.La base imponible. 4.La tasa. 5.La cuantía del tributo y sus intereses. 6.Los motivos determinantes del reparo u observación, cuando se rectifique la declaración tributaria. 7.Los fundamentos y disposiciones que la amparen.