El documento trata sobre el origen y desarrollo del derecho laboral colectivo a lo largo de la historia. Existen dos posiciones sobre su génesis: la tesis paternalista, que sostiene que surgió de concesiones paternalistas de los empresarios, y la tesis de la lucha sindical, que argumenta que fue producto de la lucha de los sindicatos por los derechos de los trabajadores. El documento analiza ambas tesis y los factores sociales, económicos e históricos que influyeron en el desar
Corrientes de pensamiento que han influenciado la evolución del derecho del t...edwin70
Análisis de los conceptos fundamentales del derecho del trabajo y de las corrientes de pensamiento que han influenciado la evolución del derecho del trabajo. Esto con el objetivo de mostrar la lector en donde radica la esencia de este derecho
Antecedentes históricos del derecho colectivo del trabajoJazmiin Flores
El surgimiento del derecho laboral, individual y colectivo, se confunde en un sólo proceso con la formación de la sociedad industrial o capitalista y del movimiento sindical. Las normas se fueron expidiendo por países y de manera muy desigual. Haremos énfasis en los procesos sociales y políticos que sirvieron de fundamento al surgimiento de la normalidad.
Corrientes de pensamiento que han influenciado la evolución del derecho del t...edwin70
Análisis de los conceptos fundamentales del derecho del trabajo y de las corrientes de pensamiento que han influenciado la evolución del derecho del trabajo. Esto con el objetivo de mostrar la lector en donde radica la esencia de este derecho
Antecedentes históricos del derecho colectivo del trabajoJazmiin Flores
El surgimiento del derecho laboral, individual y colectivo, se confunde en un sólo proceso con la formación de la sociedad industrial o capitalista y del movimiento sindical. Las normas se fueron expidiendo por países y de manera muy desigual. Haremos énfasis en los procesos sociales y políticos que sirvieron de fundamento al surgimiento de la normalidad.
INTERRELACIONES FUNDAMENTALES ENTRE EL DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVO DEL TRA...Junior Lino Mera Carrasco
INTERRELACIONES FUNDAMENTALES ENTRE EL
DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVO DEL TRABAJO
PERUANO Y TRATAMIENTO DEL ENTE SINDICAL EN LA
NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
Definición: son las relaciones que se dan entre los grupos profesionales de uno y otro sector, con la finalidad de dictar las normas que se han de desarrollar, es decir convenios colectivos y los modos de solución de los conflictos que se plantean. También podríamos decir que Es aquel derecho que, dentro de la disciplina general del Trabajo, regula las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes a todos ellos.
Sus Rasgos Históricos: Los trabajadores para defender sus intereses necesitan coligarse y formar sindicatos o grupos de trabajadores. Estas coligaciones provocan las negociaciones colectivas entre trabajadores y patronos, originando así una huelga, tal como lo establece el artículo 97 de la crbv. Es importante destacar que tanto los sindicatos como los grupos de trabajadores son instituciones que velan por los intereses colectivos. Es decir, ambos persiguen un mismo objetivo
INTERRELACIONES FUNDAMENTALES ENTRE EL DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVO DEL TRA...Junior Lino Mera Carrasco
INTERRELACIONES FUNDAMENTALES ENTRE EL
DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVO DEL TRABAJO
PERUANO Y TRATAMIENTO DEL ENTE SINDICAL EN LA
NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
Definición: son las relaciones que se dan entre los grupos profesionales de uno y otro sector, con la finalidad de dictar las normas que se han de desarrollar, es decir convenios colectivos y los modos de solución de los conflictos que se plantean. También podríamos decir que Es aquel derecho que, dentro de la disciplina general del Trabajo, regula las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes a todos ellos.
Sus Rasgos Históricos: Los trabajadores para defender sus intereses necesitan coligarse y formar sindicatos o grupos de trabajadores. Estas coligaciones provocan las negociaciones colectivas entre trabajadores y patronos, originando así una huelga, tal como lo establece el artículo 97 de la crbv. Es importante destacar que tanto los sindicatos como los grupos de trabajadores son instituciones que velan por los intereses colectivos. Es decir, ambos persiguen un mismo objetivo
Descripcion de como se realiza un juicio laboral ordinario en Baja California México desde lo que origina comenzarlo hasta la elaboracion de la demanda...
Analisís de la Reforma laboral de la Nueva Mayoria.Taller Laclase
Las ideas fundamentales de este documento fueron expuestas en el Foro explicativo sobre los principales puntos de la Reforma Laboral (Contra la maquinaria patronal), organizado por la Corriente Político Sindical, la Conferencia Intersindical de Trabajadores y el Taller Sindical La Clase, realizado el pasado 16 de enero en la Librería Iniciativa, Santiago de Chile
Verano 2015, Taller La Clase.
Génesis del derecho laboral colectivo y su desarrollo a lo largo de la historia.
1. Génesis del derecho laboral colectivo y su desarrollo a lo largo de la historia 1
1. Resumen:
La siguiente presentación pretende abarcar al derecho colectivo como el resultado de un
fenómeno que le da origen y el cual ha sido motivo de debate a lo largo de la historia. Sin
embargo teniendo en cuenta diferentes referentes, es pertinente aclarar que ha sido de gran
aporte a esta rama del derecho la lucha que los sectores sindicales han acarreado sobre sus
hombros y no obstante a esto, de manera lamentable como se ha escrito siempre la historia
universal que ha sido escrita y condicionada por las fuerzas que ostentan el poder sobre las
mayorías, se ha determinado en muchas ocasiones un paternalismo despiadado que ha
generado normas laborales que so pretexto de salvaguardar los derechos de los trabajadores
han generado garantías para el desarrollo del mercado y de los intereses de las cabezas
empresariales y de quienes establecen las leyes que regirán al mercado. En este escrito se
pretende argumentar que son un cumulo de factores lo que socialmente le han dado origen
al derecho laboral colectivo, y no determinar solamente uno, porque de esta manera se
terminaría incurriendo en un “olvido de las alternativas” (Weston, Anthony, 2002: p. 125)
como seguidamente se desarrollara. Es así que se abre un camino para demostrar que el
derecho laboral colectivo no está restringido a una fuente que brote su génesis, sino de un
conjunto de factores que permiten el nacimiento y desarrollo de este
2. Palabras claves: Paternalismo, sindicato, derecho laboral colectivo, paternalismo
3. Planteamiento problema:
En esta ocasión el problema, dentro de la historia del derecho laboral colectivo, atañe ha
resolver la responsabilidad de creación y desarrollo del derecho laboral colectivo, de
manera que lo que se pretende es definir precisamente si este es fruto de una lucha por parte
de los actores sindicales o es simplemente producto de las concesiones paternalistas que se
han presentado a lo largo de la historia, este se convierte en un interrogante complejo si la
atención se centra en una observación contextualizada del desarrollo del derecho laboral
colectivo de tal manera que es trascendental tomar en cuenta los distintos hitos que han
marcado las relaciones laborales como tal pero también la normatividad que se le ha dado y
como se ha conseguido esta, por consiguiente es pertinente también tener en cuenta los
distintos hitos que han marcado las ganancias por parte del sector trabajador y que le han
permitido alcances importantes a la hora de permitir una salvaguarda de sus derechos, tal es
el caso de “le chaterlier” que es un evento importantísimo que marca inicialmente el
derecho colectivo, pues con esta se permite la asociación de trabajadores como un derecho
y sin perjuicio de arresto por asociarse de esta manera, la revolución francesa, y
seguidamente muchos acontecimientos que enmarcan el contexto del derecho laboral y
siempre impregnados con ese tinte de tonalidad socialista como el movimiento naciente en
1
Alvaro Andrés Rodríguez Enríquez; Luis Felipe Villa Santander, Universidad de Nariño, Facultad de
Derecho, 3er Año, Jornada Diurna.
2. la comuna de parís, como fruto de la asociación del sector inconforme con la opresión y la
precaria prestación de servicios públicos que llega al poder de manera fugaz pero de
manera muy representativa, consagrando derechos y gritándole al mundo que la condición
humana es común y no del sector minoritario en la economía, la revuelta de heymerket
donde se consigue la reivindicación laboral de ocho horas, y así como si la historia mostrara
una evolución creciente en el ámbito laboral sin tener un clímax marcado, nuevamente el
sector laboral pareciera que encuentra un declive en los intereses del mercado, tal es el caso
de los provechos que busca el capitalismo voraz que consume fugazmente el sector laboral,
y da luces de un derecho laboral colectivo que empieza a extinguirse en su objetivo
deóntico, en su razón de ser, en esa negociación que pretende conseguir un respeto a los
derechos laborales, y fatalmente también en la silenciosa muerte de los lideres sindicales
que mueren a manos de las sombras de intereses mercantiles que buscan simplemente su
propio beneficio.
4. Presentación de tesis
Dentro del problema planteado nos encontramos directamente con las dos posibles
soluciones al conflicto sobre qué es lo que le da origen al derecho laboral colectivo hay que
determinar en primera medida EL PATERNALISMO, este ha sido entendido siempre como
esa forma arbitraria en la medida en que es el sector que ostenta el poder suficiente para
imponer la normatividad en este caso laboral, determinando la relación paternal sobre el
sector trabajador sin embargo este paternalismo en contravía con el sano sentido paternal
que pueda llegar a tener el sentido de las normas para la protección del sector minoritario,
es producto simplemente de los beneficios que busca el mercado para el sector empresarial.
Es pertinente tomar en cuenta como el profesor Macairo Alemany García desarrolla el tema
del paternalismo de forma general:
“el termino paternalismo es de origen anglosajón y en particular forma con sufijo en “ismo” se
remonta al siglo XIX. El Oxford english diccionary define “paternalism” en una primera
acepción como el principio y la práctica de la administración paternal; el gobierno como un
padre; la pretensión o el intento de suplir las necesidades o regular la vida de una nación o
comunidad de la mismo forma que un padre hace con sus hijos; y en segunda acepción más
general: el principio de actuar del modo como un padre en relación con sus hijos. Este mismo
diccionario señala como primeros ejemplos del uso del término algunos artículos periodísticos de
finales del siglo XIX, que se referían al ámbito de las relaciones laborales y al de las relaciones
entre las metrópolis y sus colonias.
El termino comenzó a usarse principalmente en el contexto de ciertas prácticas sociales
desarrolladas por los patronos en relación con sus trabajadores caracterizadas por la asunción de
responsabilidades en la mejora de la calidad de vida del obrero, las cuales rebasaban con creces el
cumplimiento de las condiciones contractuales en materia de salario y condiciones de trabajo…”
(García, Macario, 2005: p.11-12)
Por otra parte y en un sentido menos general dirigido al paternalismo laboral estrictamente
se puede hacer a lución a lo que francisco Rafael ostau de la Font de león manifiesta: “el
discurso paternalista en la formación de la norma laboral, aunque en el presente se realiza
un análisis principalmente en el contexto colombiano, dentro de este el profesor francisco
Rafael argumenta: “el lenguaje del poder es el derecho, cuya expresión son las leyes y la
jurisprudencia, sin embargo para que las historia del derecho se ayude de este importante
3. elemento, se debe distinguir entre la presentación ideológica, de las propias actividades de
los que escriben sobre el derecho y la realidad del derecho mismo...el universo normativo
del derecho es un producto de la represión histórica que se hace pasar a lo largo del mundo
como un logro universal.” (León,Francisco,2006:p.125) Seguidamente dentro del anterior
estudio mencionado se argumenta hacia el contexto colombiano, como en numerosas
ocasiones las consecuciones laborales no han sido más que el fruto del clientelismo y el
tráfico de influencias, tras los estrechos lazos de amistad que se generan entre distintos
sectores, muchas veces políticos influenciados por el capital empresarial, que llegan hasta
el poder público de tal manera que generan la norma labora que trae tras ella un interés del
sector estrechamente relacionado con el mercado, la industria, lo que necesita el sistema
económico para subsistir en beneficio de las minorías a costa de lo que sea.
Dentro de lo que se considera como paternalismo, existen distintos factores que alteran la
composición de la norma, aunque generalmente están ligados a intereses económicos, de
quienes ostentan la calidad de dirigentes de esta, pero también ha sido evidente la
participación de los distintos sectores tal es el caso del religioso que a lo largo de la historia
a representado un apoyo importante a la industrialización como también resaltar la
importancia del sistema capitalista y aunque de manera no tan marcada, también le ha sido
de interés bogar por evitar el desarrollo del empobrecimiento.
La tesis paternalista es de alguna manera una crítica a la aceptación social por los “logros”
del derecho laboral los cuales para esta no son más que la justificación que tiene el sector
empresarial para jugar con el mercado laboral y por generar mayor necesidad por parte del
trabajador sin tener en cuenta su dignidad y a la larga sus derechos aunque estos sean
indispensables e inviolables, más aun cuando su dignidad ostenta como uno de los derecho
humanos y tal vez el primero, pero el paternalismo tras la justificación de conceder un
derecho busca intereses del mercado.
5. Tesis de la lucha sindical:
Dentro de esta tesis es menester aclarar el proceso de desarrollo del derecho laboral como
tal, y como a lo largo de la historia a sufrido una serie de transformaciones que desde el
principio de los tiempo en relación simplemente a lo concerniente al trabajo y
Sus relaciones entre las personas quienes eran protagonistas desde la edad antigua dentro de
este aspecto, como en sus inicios el procesos de indignidad eran la principal razón de la
prisión de guerra, aunque es pertinente aclara que con la evolución de la sociedad estas
relaciones laborales directas donde hay un patrono que ejerce sobre otro un mando
empiezan a dignificarse de alguna manera y aunque las condiciones de vida de los
trabajadores en la edad media de los feudos eran condiciones precarias y casi de
mendicidad, existía ya la búsqueda aunque mínima, algunas libertades que irían creciendo
con el tiempo distintas a las de la esclavitud, en esta época ira creciendo el trabajo liberal-
individual, con la creación de gremios se denota como en la condición humana hay
necesidad de agruparse y de esta manera mitigar de alguna forma lo que le es menester para
el desenvolvimiento de sus quehaceres de su profesión. Posteriormente existen una serie de
eventos que con la presión de los grupos mayoritarios, y dentro de un proceso muy lento y
generalmente desalentador que paulatinamente iría cobrando muchas vidas, se empiezan a
conseguir entre libertades y derechos una confusión que no logra descubrirse entre derechos
para los trabajadores y libertades para los empleadores, sin embargo es muy claro que tal
4. como lo evidencian los hitos históricos marcados con la sangre de aquellos que soñaban
con al menos en un futuro por la dignidad de sus hijos, se han alcanzado grandes triunfos en
el ámbito laboral donde ha sido la clase asalariada se ha agrupado de manera tal que ha
logrado exigir garantías y seguidamente conseguirlas, como los hechos que se han
mencionado en la presentación y más aún cuando se consiguen grandísimas garantías como
la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano y en la actualidad vigencia de la
declaración universal de los derecho humanos donde hay un claro respeto en principal
medida por la dignidad humana, como también por ese derecho fundamental a poder
asociarse, y que per-se es un derecho que ya tiene esa finalidad de protección a mostrar un
inconformismo pacifico, a hacer respetar los derechos de la colectividad, y así a lo largo de
la historia se va demostrando la importancia del gremio trabajador, pues a la hora del
funcionamiento industrial aunque por más tecnología que se implemente para el desarrollo
de esta siempre será indispensable el aporte de la mano de obra humano para un óptimo
funcionamiento del sistema económico mismo. Y reafirmando esta tesis es importante tener
en cuenta como lo menciona “…así en esta forma, se originaron lo pilares esenciales sobre
los cuales descansa el derecho colectivo del trabajo. La coalición, ósea la facultad de los
trabajadores de unirse para luchar por los intereses que les son comunes, las huelgas o
medidas de presión para hacerse justicia por su propia mano, todas las tentativas de este
orden que generaron la coalición y arbitraje, y las negociaciones, colectivas, todo esto como
resultado de concordia sobre el conflicto colectivo de trabajo, tuvo lugar durante el siglo
pasado, con lo cual el intervencionismo estatal adquirió grande importancia y se inició así
la historia del derecho del trabajo” (Guerrero Figueroa, p. 13), de manera que gracias a la
presión colectiva se llega a un acuerdo que es legítimo en la medida de que hay
intervención y arbitraje estatal que haga respetar los derechos de ambas partes trabajador-
empleador, pero fruto del inconformismo y la presión sindical.
6. Formación y desarrollo del Derecho laboral colectivo.
El interrogante que genera el presente trabajo, sobre la formación y desarrollo del derecho
laboral colectivo, en su punto generador, solo puede ser resuelto en la medida en que se
realice una visión retrospectiva a lo largo de la historia teniendo en cuenta no solo los
personajes que han protagonizado la historia del derecho laboral colectivo, sino también los
hechos, que le han dado origen, en resumidas cuentas el contexto completo de las
relaciones laborales, su regulación y desarrollo. Es así que para responder a esta pregunta
de ser respondida basándonos en una sola corriente podría terminar siendo una afirmación
que no posea una consistencia suficiente por si misma, esto se asevera en la medida en que
se podría incurrir en un “ olvido de las alternativas” (Weston, 2002, p. 125) correlación de
las afirmaciones ante el mismo fenómeno pues las dos alternativas de solución
anteriormente expuestas, pueden estar correlacionadas de manera tal que en algún puto de
la historia una de ellas tubo un punto fundamental, que genero necesariamente al derecho
colectivo pero que con el paso del tiempo surge otro motivo que respalda intereses ajenos al
de los trabajadores, no se puede caer en lo que el mismo profesor Anthony Weston llama
un “falso dilema” (Weston, 2002, p. 131), pues seria “absurdo” otorgar la formación del
derecho laboral colectivo como un fenómeno fruto de la lucha sindical, que ha buscado el
derecho del sector asalariado, y desconocer que a lo largo de la historia igualmente se ha
generado una influencia marcada por parte del sector “privilegiado” que encabeza el sector
industrial sobre el estado y por ende en el derecho laboral; es por esta razón que no
5. podemos afirmar que por motivo de una de estas tesis desparezca la distinta, pues las
opciones no necesariamente se reducen a dos que genere la omisión de la una sobre la otra.
El derecho laboral colectivo como se ha mencionado anteriormente, efectivamente ha
estado marcado por el sudor y la sangre de los grupos que se han asociado para conseguir
desde la antigüedad pocos o algunos privilegios que efectivamente se han otorgado de parte
del estado y muchas veces igualmente cuando este último ha servido de mediador fruto de
las luchas sindicales contra los empleadores que de manera directa e indiscriminada ha
buscado su beneficio a costa de lo que fuere, pero con mismo paso del tiempo sin conocer
el punto álgido del encuentro de los derechos que cobijan a los trabajadores y las conquistas
por parte de las agrupaciones sindicales sin importar su línea o corte político, en la
actualidad y pese a los triunfos conseguidos por estas, lamentablemente dentro de la esfera
labora se ha evidenciado una fuerte influencia por parte de los intereses económicos que
permean las instituciones estatales, como también la iglesia entre otras, donde se ha
generado ese paternalismo que de forma marcada ha determinar el desarrollo del derecho
laboral, estableciéndolo de manera tal, que en muchas ocasiones termina, no más que en
una carta de derechos bajo la cual solo se construye un engranaje que le permita el mayor
provecho a quienes sacan fruto del sector industrial, en pro de las condiciones que el
sistema económico que ha permeado el político presenta. En el contexto colombiano más
precisamente, como lo manifiesta Francisco de León “ese paternalismo produce normas
sociales incluso constitucionales, que se caracteriza por tratarse por normas de coyuntura,
cuyo discurso dista mucho de la realidad. Tal es el caso del derecho laboral, que se ha
convertido en el derecho de las minorías a pesar de estar en estrecho contacto con la
realidad, tanto en el plano social como en el económico. Por eso al hacer una descripción de
las circunstancias fácticas que mueven lo que hoy se conoce como norma laboral,
encontramos que se destaca el problema de la contratación laboral, que ha pasado a ser una
relación civil o informal, sin que haya una verdadera normatividad en el campo laboral (de
regulación en el campo del trabajo) que dé respuesta a tal situación...” (León, 2006, p. 354)
razón por la cual en la realidad laboral pareciera que existe un desvalor fuerte hacia el
trabajador y claro, es evidente que en nuestro país que ha sido lamentablemente manchado
por el clientelismo y permeado siempre por los intereses de los distintos fenómenos que han
mutado el derecho en todas sus ramas, seria evidente que el derecho laboral no sería una
excepción, pero finalmente no se pude entregar dentro de esa realidad misma, el nacimiento
del derecho de laboral colectivo y su desarrollo solo a este factor pues es muy claro que sin
trabajadores no funcionaría ni siquiera el mismo sistema económico, y aunque por más que
el neoliberalismo permita ese desarrollo de la empresarial, es menester la presencia del
sector a asalariado y que este sea de confianza, pues hay que resaltar, que su
“fundamentabilidad” se basa en que sostiene su permanencia dentro de la industria pues
genera confianza al empleador y no es secreto que si bien es este último que tienen el
control y un claro dominio sobre las condiciones que se establecen bajo la relación laboral,
es el empleado quien realiza las actividades que le permiten obtener un beneficio al
empleador, de esta manera se puede citar a Marcela Magenta
Estudiante de la Maestría en Estudios Organizacionales de la Universidad de San Andrés
quien manifiesta la importancia mencionada cuando afirma en su artículo de revista “Si
bien el "pacto" no queda escrito en ningún documento, se trata de un acuerdo explícito
entre trabajador y empresa, donde cada parte manifiesta sus intereses al comenzar la
relación laboral. En definitiva, dadas las actuales tendencias del mercado laboral y las
6. dificultades para generar compromiso entre los empleados, es fundamental que el
empleador fije claramente las implicancias del contrato psicológico e intente, en la medida
de lo posible, cumplirlas.” (Magenta, 2008)
Pues claramente el compromiso laboral es indispensable para un sano desarrollo de la
economía dentro de esta estará la competencia entre industrias pero todo esto marcado
claramente por el compromiso del sector trabajador con su empresa.
De esta forma y antes de finalizar es importante considerar nuevamente no es el objetivo
determinar a una de las dos tesis como la generadora del derecho aboral colectivo si no de
una manera diáfana y teniendo en cuenta la historia y diferente doctrina al respecto se
demuestra que es un conjunto de factores que se entrelazan en la historia y van marcando
este proceso de intervención en el derecho laboral colectivo tanto como las luchas
sindicales como el paternalismo estatal y por parte de otras instituciones
7. Conclusiones:
1. El derecho laboral colectivo posee diferentes corrientes respecto de su creación que
han sido demostradas a lo largo de la historia
2. No es correcto reducir a una de las posibilidades que influencian la creación y
desarrollo del derecho laboral
3. Dentro de la evolución histórica del derecho laboral se ha notado la influencia de
distintos protagonistas desde la lucha sindical hasta los intereses clientelistas
4. Aunque la importancia de los trabajadores y más aun de las organizaciones
sindicales está bastante marcada, los intereses neoliberales han permeado al estado y
de esta manera generan paternalismo sobre el derecho laboral.
7. Bibliogafía
García, Macario. A. (2005). El concepto y la justificación del paternalismo. Alicante,
España.
Guerrero Figueroa, Guillermo. Manual de derecho del trabajo: parte general, derecho
laboral individual y colectivo (Vol. 5). Leyer.
León, Francisco. R. (2006). El discurso paternalista de la formación de la norma laboral.
Bogotá, Colombia.
Magenta, Marcela. (2008). Del paternalismo al contrato psicológico: una nueva relación
empleador-empleado. Escuela de Negocios Materiabiz .
Weston, Anthony. (2002). Las claves de la argumentación . Barcelona: Ariel.