Este documento proporciona una guía sobre los requisitos y el proceso para solicitar la ayuda de 426 euros para parados de larga duración en España. Los solicitantes deben haber agotado todas las prestaciones por desempleo, carecer de otros ingresos, y haber estado inscritos como demandantes de empleo durante al menos 360 días en los últimos 18 meses. Una vez presentada la solicitud, deben realizar al menos tres acciones de búsqueda de empleo en un mes y participar en un itinerario personalizado de empleo. Si cumplen
1. GUÍA BÁSICA Y CONDICIONES PARA LA AYUDA DE 426 EUROS PARA LOS PARADOS DE LARGA DURACIÓN
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DE LA TORRE MARTÍN ABOGADO
GUÍA BÁSICA Y
CONDICIONES PARA LA
AYUDA DE 426 EUROS
PARA LOS PARADOS DE
LARGA DURACIÓN
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15/01/2015
Guia para tramitar la ayuda de 426 euros para parados de larga duración asi mismo indicando
las condiciones para tener derecho a realizar la tramitación correspondiente.
2. El Gobierno ha presentado a los agentes sociales una
nueva propuesta sobre la ayuda a los parados de larga
duración. La ayuda económica, 'Programa de activación
para parados de larga duración', a la que podrán acogerse
los desempleados de larga duración sin ingresos y con
responsabilidades familiares será de 426 euros mensuales
(el 80% del Iprem), se podrá cobrar durante seis meses y a
ella podrán acceder las personas que cumplan los
siguientes requisitos.
1.- El programa de activación para parados de larga
duración va dirigido a los desempleados que hayan
agotado todas las prestaciones y que tengan cargas
familiares, entendiendo por éstas tener a cargo al
cónyuge o algún hijo menor de 26 años o mayores
discapacitados, que carezcan de ingresos mensuales
superiores a 486, 45 euros.
2.- Parados de larga duración que hayan trabajado por
cuenta ajena inferior a 90 días en algún momento , que
estén inscritos comodemandantes de empleo a fecha 1
de diciembre de este año. ue hubieran permanecidos
inscritos durante 360 días en los dieciocho meses
inmediatamente anteriores.
3.- Estos desempleados han tenido que dejar de recibir
prestaciones al menos seis meses antes de solicitar la
ayuda incluyendo el Prodi, el Prepara y la Renta Activa de
Inserción (RAI) y que carezcan de otro tipo de rentas. Sin
embargo, será compatible con un empleo por cuenta ajena.
4.- Los parados que se acojan a este programa deberán
acreditar "de forma regular" su búsqueda activa de
empleo, así como participar en las acciones de inserción
propuestas por los servicios de empleo.
3. 5.- No podrán acogerse al programa: las personas que
tengan derecho a cualquier prestación o subsidio o que
sean beneficiarias de una renta mínima, salario social o
ayudas análogas. Tampoco podrán acogerse las personas
que nunca hayan trabajado por cuenta ajena, ni quienes
hayan cesado voluntariamente en un trabajo realizado tras
el agotamiento de cualquiera de las ayudas citadas en el
tercer punto.
Cómo solicitar la ayuda
Si se cumplen los puntos anteriores solo habrá que pedir
una cita previa para comenzar a realizar el trámite de
solicitud de incorporación al programa. El mecanismo es el
siguiente:
1.- Plazo: Para ser admitidos en el programa y obtener el
reconocimiento de la ayuda económica de
acompañamiento, las personas desempleadas deberán
presentar la solicitud de incorporación (descarga la
solicitud) al programa entre el 15 de enero de 2015 y el
15 de abril de 2016, en la oficina de prestaciones que el
trabajador figure inscrito como demandante de empleo,
tras la cita previa.
3.- La solicitud deberá acompañarse de la
documentación acreditativa de que se reúnen los requisitos
y la identificación pertinente: los ciudadanos
españoles deberán aportar el DNI y los extranjeros
residentes en España, si se trata de comunitarios la
tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o Número de
Identidad de Extranjeros con el pasaporte. Por su parte,
los no comunitarios deberán presentar la tarjeta de
Identidad de Extranjeros (TIE) y el pasaporte. En
ninguno de los casos será necesario presentar copias
4. 4.- También será necesario presentar un documento
bancario en el que figure el número de cuenta de la que el
trabajador sea titular y donde desee percibir la prestación.
5.- Durante el mes siguiente a la solicitud de acceso al
programa, deberán realizar al menos tres acciones de
búsqueda activa de empleo (trabajo, envío de curriculum,
entrevistas de trabajo, inscripción en una agencia de
colocación o en un portal de empleo, etc.) y acreditarlo ante
el SEPE.
Esta acreditación se realizará mediante la presentación
del formulario oficial de 'declaración de búsqueda activa
de empleo' (descarga el documento), en la oficina de
prestaciones que le corresponda, dentro del plazo máximo
de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se
cumpla el mes desde que se haya presentado la solicitud.
6.- Durante ese mes el Servicio Público de Empleo de la
Comunidad Autónoma, les asignará un tutor que realizará
un itinerario individual y personalizado de empleo acorde
con su perfil profesional y que efectuará su seguimiento
durante el tiempo de permanencia en el programa.
7.- Duración del programa: Seis meses y sólo se podrá
acceder al mismo una sola vez.
8.- Percepción de la ayuda: La admisión al programa y la
percepción de la ayuda económica de acompañamiento, se
producirá al día siguiente al transcurso del plazo de un mes
a contar desde el día de la solicitud, siempre que se
cumplan todos los requisitos, se acrediten las tres acciones
de la búsqueda activa de empleo y se tenga asignado el
itinerario individual y personalizado de empleo.