1. UTEA
FACULTAD DE CIENCIAS
JURIDICAS, CONTABLES Y
SOCIALES
Asignatura:
MEDICINA LEGAL
TEMA: HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL EN EL PERÚ
DOCENTE: DR. HUGO RAMOS GALDÓS
ALUMNO: FREDY PORCEL MEDRANO
SEMESTRE: 2023-II
2. INTRODUCCION A LA HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL EN EL
PERÚ
En el Perú los Antecedentes de la función Médico Legal, se remontan al año
1839, donde se establece en el Reglamento de Policía que:
“los médicos y cirujanos están obligados a dar parte al Intendente de Policía, de
toda persona herida o muerta violentamente, a cuyo reconocimiento o curación
fueron llamados y de cualquiera en que adviertan síntomas de
envenenamiento o golpes que pudieran causar peligro de vida…”
Entonces en esta época éstas labores fueran realizadas por los denominados
Médicos de la Policía, que eran profesionales ligados a los Institutos
Armados y de la Policía, según lo reportan datos del año 1836; posteriormente
aparecieron los Médicos Titulares, nombrados en el año 1855, para cumplir
funciones médico legales en una población en que no existía médico de la
policía.
3. HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL EN EL PERÚ
La Medicina Legal es una rama de las Ciencias Médicas que se encarga de aplicar
los conocimientos científicos para las necesidades de la ley y la justicia.
En el Perú se desarrolló en las diferentes épocas de la historia, como lo veremos a
continuación:
EN LA ÉPOCA PREINCAICA: según la Paleopatología, algunas lesiones observadas en los restos
arqueológicos encontradas en algunas tumbas preincaicas son debido a operaciones médicas, ritos
o costumbres sociales (trepanaciones, mutilaciones, etc.), otras son debidas a golpes y traumatismos.
EN LA ÉPOCA INCAICA: en el Imperio de los Incas la función Médico Legal la ejercían los
Hampicamayoc, quienes establecían o determinaban la mayoría de edad en los jóvenes a fin de que
pudieran casarse, ir al ejército y adquirir el derecho a tener una tierra para cultivar; también
determinaban la virginidad de las futuras Vírgenes del Sol.
MEDICINA LEGAL EN LA COLONIA: la medicina legal transcurre desde los inicios de la guerra civil entre
los conquistadores, se conoce del documento que registra el Acta de Exhumación del cadáver del
Marques y Conquistador del Perú, Don Francisco Pizarro, realizada en la Ciudad de los Reyes en 1544
por orden de Gonzalo Pizarro.
4. HISTORIA EN EL PERÚ
El reglamento de la Policía en el año 1839 establece:-
Artículo 198: “los médicos y cirujanos están obligados a
dar parte al Intendente de Policía, de toda persona
herida o muerta violentamente, a cuyo reconocimiento
o curación fueron llamados y de cualquiera en que
adviertan síntomas de envenenamiento o golpes que
pudieran causar peligro de vida…”
• La Escuela de Medicina fue fundada el 21 de enero
de 1809 con el Nombre de Colegio de San Fernando.
• La enseñanza de la Medicina Legal se estableció a
partir de 1844 en el Colegio de San Fernando y fue
ratificada en la Reforma de 1855, en que quedo
organizada definitivamente la Facultad de Medicina.
• En el año 1855, en la Universidad Nacional Mayor de
San Marcos se inició el dictado del curso de
Medicina Legal y Toxicología
El 22 de agosto de 1903 se expide un reglamento que en su Art. 7 b.
“ Los Médicos de la Policía y los titulares se hallan obligados a
practicar reconocimientos Médico Legales y demás operaciones que
les ordenen las autoridades, sin que pueda exigir retribución
alguna…”
“las autoridades podrán encomendar a otros médicos y en su
defecto a empíricos, los Reconocimientos Médico Legales en
localidades donde no exista Médicos de la Policía ni titulares.
Por Decreto Ley N°25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, de
fecha 24 de Diciembre de 1992, se transfiere el Instituto de
Medicina Legal al Ministerio Publico.
5. DIVISIÓN DE LA MEDICINA LEGAL
1. Según el área de estudio.
2. Según el campo jurídico.
3. Según el objeto del examen.
6. DIVISIÓN DE LA MEDICINA LEGAL
I.- SEGUN EL AREA DE ESTUDIO
Medicina legal criminalística: Estudio de los indicios dejados por el
delincuente.
Medicina legal tanatológica: Estudio del proceso de la muerte y el
cadáver.
Medicina legal traumatológica: Estudio de las alteraciones anatómicas
y funcionales producidas por una fuerza exterior y que tengan
importancia para la justicia.
Sexología: Estudia la esfera sexual del individuo y sus alteraciones
relativas , así como los delitos relacionados con la vida el cuerpo y la
salud, como: abortos, infanticidios, delitos contra la libertad sexual.
Medicina Legal Psiquiátrica: Estudia el estado y desarrollo psíquico y
mental del individuo y sus alteraciones, en la comisión de un delito o
como motivo de una agresión
Medicina legal Laboral: Intervención del médico en problemas legales
de la salud del trabajador.
7. DIVISIÓN DE LA MEDICINA LEGAL
II.- SEGUN EL CAMPO JURÍDICO
CIVIL: Paternidad, discapacidad, filiación, entre otros.
PENAL: Tipo y calificación de lesiones, causa de muerte, entre otros.
LABORAL: Accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, entre
otros.
8. DIVISIÓN DE LA MEDICINA LEGAL
III.- SEGÚN EL OBJETO DEL EXAMEN
VIVOS: Examen clínico forense, determinación de edad aproximada,
valoración medica de lesiones por PAF, por accidente de tránsito,
mordedura canina, por violencia familia, entre otros.
CADÁVERES: necropsias para identificación, determinar causa de
muerte, entre otros.
MUESTRAS O EVIDENCIAS: Para estudios periciales de radiología,
antropología, anatomía patológica, toxicología.
9. FINALIDAD Y OBJETIVOS DE LA MEDICINA
LEGAL
Dotar de los conocimientos medico-legales mínimos
indispensables al médico y a las autoridades judiciales, fiscales
o policiales para el mejor desempeño de sus funciones en el
esclarecimiento de hechos sujetos a investigación judicial y/o
policial; todo ello con miras a contribuir a una eficaz
administración de justicia.
Proporcionar pruebas para dejar en libertad al inocente y
castigar al culpable y de este modo, disuadir al delincuente de
seguir infringiendo la Ley.
10. CONCLUSIÓN
La Medicina Legal y las actuaciones medicolegales evolucionan
a lo largo del tiempo en la misma medida en que evoluciona la
sociedad, dando lugar a la creación de un conjunto de
normativas que constituyen las bases legales del actuar médico
y cuyo correcto dominio permite al profesional de la salud
alcanzar un desempeño profesional en correspondencia con el
encargo social de su formación.