2. HISTORIA DE LA MEDICINA
LEGAL
Cinthia del Pilar Tiburcio Urbano
XII ciclo
3. CIENCIA
• Adaptarse según las necesidades de cada
época, siempre muy relacionada con la
evolución misma de la humanidad; desde las
primeras técnicas de conservación de
cadáveres de los antiguos egipcios, hasta las
modernas técnicas de biología molecular.
4. La responsabilidad
médico-legal, sin embargo
no ha variado, ya que
desde la antigüedad, el
medico ha estado
expuesto a grandes penas,
debido a la negligencia.
Las sanciones en la edad
antigua podían ser la
muerte y la privación de la
libertad en la edad
contemporánea.
5. COMO LA DEFINIMOS:
• Rama de la medicina que estudia los aspectos
legales de la atención sanitaria,
correspondiendo a una ciencia relativamente
nueva, aunque sus esbozos aparecen desde la
antigüedad.
6. SU EVOLUCION:
Primer experto en medicina legal según algunos
autores fue a Imhotep que vivió en Egipto
aproximadamente 3000 años antes de JC.
Primera Autopsia, un examen Post-mortem de un
cadáver se atribuye a dos cirujanos de Alejandra
en el siglo A.J.C. Herofilo y Erasistrato.
Primer código escrito fue el de Hammurabi en
Babilonia 1700 años A.C. que junto con el Código
de Hititas 1400 años A.C. constituyeron las
pruebas de la relación de la medicina con la ley
de esa época.
7. EDAD ANTIGUA
El aporte de la medicina mesopotámica
consiste en el “Código de Hammurabi”, escrito
en Babilonia 1700 años a.C. contiene los datos
más antiguos de lo que será el derecho
medico; entre los párrafos que interesan a la
medicina se destacan los relativos a los
honorarios del médico, estableciendo por
ejemplo, que el dinero cobrado por este
dependía ante todo de la posición social del
enfermo.
8.
9. La medicina legal alcanzo un notable desarrollo en la cultura de la
medicina hindú; un hecho sobresaliente consistió en la técnica de
la Rinoplastia India, la cual reparaba la amputación de la nariz
mediante un colgajo a partir de la frente, causada por un castigo
debido a una condena por adulterio.
10. Edad media
Durante esta etapa, la intervención de los médicos en asuntos
judiciales se generaliza, entre ellas se encuentran como temas
de mayor interés los relacionados con las lesiones y la
sexología.
China: las lesiones se clasificaban de acuerdo con el
instrumento que las causaban y su gravedad se establecía de
acuerdo a la región corporal afectada; sus ediciones corregidas
aún son utilizadas por los médicos legistas chinos.
En oriente existía el “Digesto”, promulgado en el siglo VI,
promulgado con carácter general, refiriéndose a los diversos
tipos de lesiones, señalando sus indemnizaciones, tratando
igualmente el aborto, el infanticidio, la violación y el
envenenamiento.
11. En los siglos XIV y XV, las prácticas médico-legales adquieren
notable progreso, pasando a ocupar un primer plano los temas
relacionados con el estudio del cadáver, principalmente de
carácter anatómico y en algunos casos para conocer la causa de
muerte; es así como en el año 1374 la Facultad de Montpellier
obtuvo la correspondiente licencia para realizar autopsias en los
cadáveres y uno de los profesores llamado Villenueve, inicio
estudios sobre los venenos.
12. EDAD MODERNA
Correspondiente a los siglos XVI y XVII, es aquí
donde se da la consagración definitiva de la
medicina legal, como disciplina independiente
y como auxiliar de la justicia; su evolución
ocurre simultáneamente con el de otras
ciencias, bajo el impulso intelectual del
renacimiento, favorecida por el
perfeccionamiento y la difusión de la
imprenta.
13. EDAD CONTEMPORANEA
Es en esta época donde llega el momento en
que la medicina legal, ya que no solo es una
práctica, objeto de enseñanza a los médicos,
sino que alcanza un pleno reconocimiento
como especialidad; se incluye en los planes de
estudio, primero englobado en la cirugía y
después con carácter independiente.
15. En el Imperio de los Incas la función Médico
Legal la ejercían los Hampicamayoc, quienes
establecían o determinaban la mayoría de
edad en los jóvenes a fin de que pudieran
casarse, ir al ejército y adquirir el derecho a
tener una tierra para cultivar; también
determinaban la virginidad de las futuras
Vírgenes del Sol.
Durante la época de la colonia, se conoce del
documento que registra el Acta de
Exhumación del cadáver del Marques y
Conquistador del Perú, Don Francisco
Pizarro, realizada en la Ciudad de los Reyes
en 1544 por orden de Gonzalo Pizarro.
16. Los Reconocimientos Médico Legales eran realizados por los
llamados Médicos de Policía de acuerdo al Art. 198 del
Reglamento de Policía del 11 de noviembre de 1839: “Los
Médicos y Cirujanos están obligados a dar parte al Intendente
de Policía de toda persona herida o muerta violentamente a
cuyo reconocimiento o curación fueren llamados y de
cualquiera en que advirtieran síntomas de envenenamiento o
golpes que pudieran causar peligro de muerte, expresando el
nombre, oficio y habitación del paciente, la causa y
circunstancia de la muerte, envenenamiento o violencia, bajo la
multa de diez a cincuenta pesos, que se exigirán también a los
dueños o arrendatarios principales que no dieran parte de las
muertes repentinas acaecidas en su casa”; la misma función la
realizaban los Médicos Titulares, los cuales eran nombrados por
el Supremo Gobierno y actuaban de acuerdo al Art. 5º del
Decreto Dictatorial del 4 de junio de 1855 que establecía que:
“En los lugares donde no hubiere Médico de Policía, los
médicos Titulares informarán a la Autoridad Judicial sobre los
asuntos Médico Legales, en que se les pidiere dictámenes,
practicando los reconocimientos y autopsias que fueran
necesarios”.
17. 9 de mayo de 1898: “Los Médicos de Policía son los
que en primer lugar deben verificar los
Reconocimientos Médico Legales pues con este
objeto son nombrados por el Supremo Gobierno y,
si no los hubiere, los Titulares; pero si no hubiere
Médico de Policía ni Titulares ni Profesores de
Medicina, los Jueces, en caso de absoluta
necesidad, nombrarán a otras personas para los
reconocimientos y demás actos análogos conforme
al Art. 257 del Código de Ejecución Criminal,
prefiriendo a los de más instrucción en el ramo de
que debe ocuparse el reconocimiento”.
El Reglamento del 22 de agosto de 1903 en su Art.
7º inciso b) “Los Médicos de Policía y los Titulares se
hallan obligados a practicar Reconocimientos
Médico Legales y demás operaciones que les
ordenen las autoridades sin que puedan exigir por
estos servicios retribución alguna”.
18. 12 de diciembre de 1918, hace 90 años, se promulga
la Ley 2949, que en su Art. Único dice: “Los Médicos
de Policía se denominarán en lo sucesivo MEDICOS
LEGISTAS y estarán adscritos a los Juzgados de
Crimen de sus respectivas Jurisdicciones COMO
FUNCIONARIOS JUDICIALES, GOZANDO del
titularato de estos y de los demás goces anexos”.
En 1918; se construye la Morgue de Lima.
El 9 de noviembre de 1947 se aprueba el
Reglamento General de Morgues y el 26 de Julio de
1956 mediante Decreto Supremo.
Es en 1956 que el área de reconocimientos médicos
legales en sujetos vivos, se establece en el primer
piso del Palacio de Justicia, habiendo sido
trasladado el 12 de mayo del 2003 al distrito de La
Victoria-Lima donde actualmente funciona la DICLIF-
IML
19. El 23 de mayo de 1985 mediante Ley Nº
24128 se Crea el Instituto de Medicina
Legal del Perú “Leonidas Avendaño
Ureta”, como Organismo Público
Descentralizado del Sector Justicia y
mediante Decreto Supremo Nº 004-86-
JUS se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones; finalmente
mediante Decreto Ley Nº 25993 se
transfiere al Ministerio Público el día 21
de diciembre 1992.
21. • Caso : Uchuraccay
• Condición de las víctimas: Asesinadas
• Fecha de los hechos: 26 de enero de 1983
• Hora Aproximada : Entre 4 y 6 pm.
• Lugar de losHechos: Comunidad de Uchuraccay
• Distrito : de Santillana
• Provincia : Huanta
• Presuntos perpetuadores: Comuneros de Uchuraccay
(autoría directa), patrulla de la infantería de Marina
que azuzó a los comuneros contra la presencia de
extraños (autoría intelectual), general EP Clemente
Noel Moral (autoría intelectual y obstrucción a la
acción de la justicia)
• Año y período de gobierno : En el gobierno de
Fernando Belaunde Terry
22. NOMBRES Y APELLIDOS
OCUPACIÓN
Octavio Rodrigo Infante García Periodista
Pedro Sánchez Gaviria Periodista
Jorge Mendevil Trelles Periodista
Oscar Willy Retto Torres Periodista
Daniel Eduardo dela Pinela Palao Periodista
Amador Ulpiano García Yanqui Periodista
Felix Gavilán Huaman Periodista
Jorge Ramón Sedano Falcón Periodista
Juan Argumedo García Guía
Severino Huascar Morales
Ccente
Campesino
23. ANTECEDENTES
• Hacia finales de 1982 y principios de 1983, la zona alta de
Huanta, donde se ubica la comunidad de Uchuraccay, era
escenario de las actividades de Sendero.
24. RESUMEN DE LOS HECHOS
• El 26 de enero de 1983 ocho periodistas y sus guías
emprenden viaje hacia Huaychao con el propósito de
investigar qué fue lo que en realidad ocurrió en esa
localidad.
25. RESUMEN DE LOS HECHOS
• El taxi deja a los periodistas en el punto de la
carretera Huanta-Tambo denominado
Yanaorco.
26. RESUMEN DE LOS HECHOS
• 11:30 a.m. – Guiados por Juan Argumedo, los
periodistas reinician su viaje hacia Huaychao.
27. RESUMEN DE LOS HECHOS
• 3:00 a 4:00 p.m. - Según lo acordado con los periodistas, el
guía Juan Argumedo los deja en el punto denominado
Wachwaqasa, ubicado al ingreso de Uchuraccay, desde el cual
no es difícil el camino hasta Huaychao.
28. RESUMEN DE LOS HECHOS
• Comuneros interceptan a las víctimas a la altura de la casa de
Teodora Soto Ticlla –quien aparece en la foto de Willy Retto
junto con su hijo Antonio Chávez Soto- y los despojan de sus
pertenencias.
30. • LINCHAMIENTO Y MUERTE. Los cuerpos de los
periodistas victimados son enterrados
semidesnudos, de a dos y de cara a la tierra.
31. 29 de enero 6:00 a.m. - Las autoridades comunales muestran a los miembros de la
patrulla mixta las cuatro tumbas en las que habían enterrado a los miembros del PCP-
SL, entregándoles una bandera roja, un teleobjetivo, doce rollos de películas y algunas
prendas de vestir.
DESENTIERRO DE LOS
CADÁVERES
32. SE DIFUNDE LA NOTICIA
• Se confirma la masacre de los periodistas, noticia que es difundida en el
ámbito nacional e internacional.
33. BELAUNDE INTERVIENE
• El presidente Fernando Belaunde Terry dice
que es necesario que se esclarezca el caso.
34. LA "COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE EL CASO
UCHURACCAY" COMIENZA SUS INVESTIGACIONES.
3 de Marzo, 1983
Dicha comisión, creada por órdenes del presidente, está conformada por
el jurista Abraham Guzmán Figueroa, el escritor Mario Vargas Llosa y el
decano del Colegio de Periodistas del Perú, Mario Castro Arenas.
35. CONCLUYE EL TRABAJO DE LA
COMISIÓN
La Comisión Investigadora concluye con "convicción absoluta" que los asesinatos
fueron obras de los comuneros del lugar y no de infiltrados militares.
36. LAS MUERTES CONTINÚAN EN UCHURACCAY
18 de Julio, 1983
• La comunidad que siempre se enfrentó a los terroristas de
Sendero Luminoso, sufre un ataque. Mueren 8 comuneros.
37. LA SENTENCIA
4 de marzo, 1987
• Los comuneros Dionisio Morales Pérez, Mariano Ccasani Gonzáles y
Simeón Auccatoma Quispe, reciben condenas de 10, 8 y 6 años,
respectivamente. No se determinó responsabilidad política en la Guardia
Nacional, quien desde el inicio del caso fue acusada de azuzar a los
pobladores.
38. LA COMISIÓN DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN
01 de Junio, 2002
• La CVR recoge testimonios en la zona y recibe una lista entregada por los
propios pobladores que dan cuenta de la muerte de por lo menos 135
uchuraccaínos. La comunidad sufrió todo tipo de ataques por años y los
sobrevivientes terminaron por desplazarse de la zona.
41. ANTECEDENTES
1. INICIO DE EL TERROR EN UCHURACCAY,1981. Muerte
del presidente de la comunidad por manos de los
senderistas.
2. MUERTE A SIETE PRESUNTOS SENDERISTAS en
Huaychao. El 20 de enero de 1983.
3. MATAN A CINCO PRESUNTOS SENDERISTAS en
Uchuracay. El 22 de enero de 1983.
4. EL GENERAL ROBERTO NOEL MORA OFRECE UNA
CONFERENCIA DE PRENSA EN HUAMANGA
AYACUCHO “los buenos llegan por aire, los enemigos
llegan a pie”
5. CONFERENCIA DE PRENSA REALIZADA EN PALACIO DE
GOBIERNO, 1983.
6. MUERTE A LOS 8 PERIODISTAS EN UCHURACCAY, El 26
de enero de 1983 de distintos medios de Lima.
42. ANTECEDENTES
7.LA "COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE EL CASO UCHURACCAY" COMIENZA
SUS INVESTIGACIONES. 3 de Marzo, 1983. presidida por Mario Vargas Llosa,
que en su informe final concluyó que los campesinos eran los únicos
responsables.
8.LAS MUERTES CONTINÚAN EN UCHURACCAY 18 de Julio de 1983. A manos
de senderistas como represalia de la muerte en Huaychao.
9.LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ESPECIAL 4 de marzo, 1987, sentencia a los
comuneros Dionisio Morales Pérez, Simeón Aucatoma Quispe y Mariano
Concepción Ccasani González a 10, 8 y 6 años de penitenciaría
respectivamente.
10.CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN Decreto
Supremo N° 065-2001-PCM, OBJETIVO Contribuir a que la administración de
justicia, cuando corresponda, pueda esclarecer los crímenes y violaciones a los
derechos humanos cometidos tanto por las organizaciones terroristas como por
los agentes del Estado.
11.LA COMISIÓN DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN 01 de Junio, 2002: La
CVR recoge testimonios en la zona y recibe una lista entregada por los propios
pobladores que dan cuenta de la muerte de por lo menos 135 uchuraccaínos.
43. 12. "UCHURACCAY, EL PUEBLO DONDE MORÍAN LOS QUE
LLEGABAN A PIE" 23 de enero de 2015. (32 años).
Los hermanos Jaime y Víctor Tipe Sánchez
44. HAN DETERMINADO
1. que los militares sí estuvieron en Uchuraccay en los días
previos a la matanza.
2. Que el pueblo no era una comunidad aislada, tal como muchos
han sostenido.
3. Que patrullas militares llegaron al pueblo tanto a fines de
diciembre de 1982 como a comienzos de enero de 1983 para
dar “pequeños consejos de seguridad.
45. HAN DETERMINADO
4.Además, se revela que solo uno de los 17 comuneros que fueron
procesados y sentenciados por la justicia después de la matanza
aún vive.
5.Que después de los sucesos de 1983, Uchuraccay “nunca más
volvió a ser una comunidad con el estilo de vida que tuvo antes”.
6.Todos los 26 de enero, junto a una romería de los deudos de los
periodistas, los dirigentes comunales les piden perdón. Aunque en
corrillos diferencian “sus muertos” (los periodistas) de “nuestros
muertos”(los comuneros).
47. CONCLUSIÓN DE LA COMISIÓN DE LA
VERDAD Y RECONCILIACIÓN 21 de
noviembre de 2015
1. La investigación policial realizada adolece de serias
deficiencias.
2. La investigación judicial se realiza con abundancia de
irregularidades y trabas.
3. Existe un evidente afán de encubrir el crimen.
48. CONCLUSIÓN DE LA COMISIÓN DE LA
VERDAD Y RECONCILIACIÓN 21 de
noviembre de 2015
Según puede verse de los hechos relatados, existió
una actuación concertada –de la que participaron
tanto autoridades policiales y militares, como
judiciales- con el propósito de encubrir el asesinato
de los periodistas y sustraer a sus autores de la
acción de la justicia.
49. ACTOS DE INVESTIGACIÓN REALIZADOS
1. Declaraciones testimoniales
2. Tomas fotográficas
3. Exhumación de cadáveres
4. Incautación de objetos