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“Fomentar la innovación y crear valor: la compra pública de innovación como
oportunidad en la diversificación de la economía”
Patricia Valcárcel Fernández
Universidad de Vigo
Zaragoza, 1 de junio de 2016
La innovación un elemento clave para
promover el crecimiento económico y la
competitividad de las empresas
Es la vía para alcanzar la excelencia
empresarial y el liderazgo en los mercados
Sin innovación no hay avance
El desarrollo económico y social de los países de nuestro
entorno, depende de la capacidad y la voluntad de los
gobiernos para impulsar y apoyar el emprendimiento
innovador.
La innovación es buena socialmente y es políticamente estratégica,
es políticamente muy rentable
La Estrategia Europa 2020
La crisis económica y financiera puso de manifiesto las
debilidades estructurales de la economía europea y ha
generado un rápido deterioro del entorno económico y
social. El objetivo de la Estrategia Europa 2020 es
garantizar que la recuperación económica reciba el
apoyo de una serie de reformas para construir unas
bases sólidas para el crecimiento y la creación de
ocupación en la Unión Europea hasta 2020, teniendo en
cuenta los desafíos a largo plazo que suponen la
globalización, la presión sobre los recursos y el
envejecimiento.
Se busca un crecimiento:
a) inteligente, a través del desarrollo de los
conocimientos y de la innovación;
b) sostenible, basado en una economía más
verde, más eficaz en la gestión de los
recursos y más competitiva;
c) integrador, orientado a reforzar el
empleo, la cohesión social y territorial.
Surge la idea de la COMPRA PÚBLICA ESTRATÉGICA
Innovación: esencial para la creación de empleo, el
desarrollo económico y la sostenibilidad
DN: Deber de hacer la mejor utilización
estratégica posible de la contratación pública
para fomentar la innovación
La compra pública ya no se concibe solo como
un instrumento para la adquisición de los bienes,
suministros y servicios del sector público. Puede
ser muy importante para impulsar importantes
POLÍTICAS PÚBLICAS
CPI COMO EJE ESTRATÉGICO DE POLÍTICAS PÚBLICAS
¿Por qué comprar innovación es estratégico para el sector público?
La CPI, en sus 2 modalidades hace que el sector público tenga en su
mano disponer de las mejores prestaciones que procuran los nuevos
desarrollos tecnológicos. Al actuar como primeros compradores, abren
expectativas de mercado para la nueva tecnología
INMEDIATO: mejora de los
servicios ofrecidos a los ciudadanos
TRANSVERSAL: otras medidas
estratégicas de política económica y
social
INCIDENCIA DIRECTA EN LA MEJORA DE
SERVICIOS PÚBLICOS: Adquisición de
bienes, obras y servicios innovadores.
-Apoyo PYME
-Contribuye a la generación de empleo,
-Creación de mercados competitivos e
innovadores
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internacionalización
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CIUDADANO, beneficio para la sociedad
SERVICIOS PÚBLICOS MÁS
EFICIENTES Y
EMPRESAS MÁS COMPETITIVAS
CPI: actuación administrativa de fomento de la I+D+i,
orientada a potenciar el desarrollo de soluciones
innovadoras desde el lado de la demanda, a través de la
contratación pública
Precisión terminológica
CP innovadora – CP de innovación
Con la CPI se desplaza el modelo
subvencional hacia el modelo del contrato
público (“no me subvenciones, cómprame”)
Es una oportunidad para
cambiar el modelo
económico y productivo.
Inspira una “nueva visión
de negocio”. La
transformación debe
focalizarse en la
producción de bienes y
servicios calidad y
exclusividad -grado de
diferenciación con
respecto a los que ofrecen
los otros-.
Qué es y qué no es la CPI (Ministerio)
NO ES UN NUEVO TIPO DE CONTRATO: se aplican los
existentes (obras, servicios, suministros o colaboración
público-privada)
NO ES UNA FORMA O PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
de los contratos (siguen siendo los mismos: procedimiento
abierto, restringido, negociado con o sin publicidad, diálogo
competitivo…, aunque ahora se añade la asociación para la
innovación)
ES una POLÍTICA PÚBLICA de apoyo a la innovación privada
mediante su encargo por un comprador público. Comprar
cosas que no existen. Supone un cambio de paradigma y una
revolución en la cultura administrativa (no rigen pautas
ordinarias: de compra cierta, comprar lo mas barato, o el
riesgo y ventura del contratista)
*Bien reactivamente: me interesa lo que me proponen
*Bien proactivamente: no me vale lo que hay en el
mercado y pido que me fabriquen lo que necesito
“(…) en la demanda catalítica el Estado está involucrado en la compra, incluso
iniciándola, siendo el usuario final de la innovación adquirida al sector privado. No obstante,
para asegurar el éxito y un mayor impacto de la innovación los suministradores deben
encontrar compradores adicionales tanto en el sector público como en el privado (…)” (Dalpé,
1994)
¿Qué es la Innovación?
Artículo 2.1.22 Directiva 2014/24/UE
«Innovación»: introducción de un producto,
servicio o proceso nuevos o significativamente
mejorados, que incluye, aunque no se limita a
ellos, los procesos de producción, edificación o
construcción, un nuevo método de
comercialización o un nuevo método de
organización de prácticas empresariales, la
organización del lugar de trabajo o las
relaciones exteriores, entre otros con el objetivo
de ayudar a resolver desafíos de la sociedad o a
apoyar la Estrategia Europa 2020 para un
crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
La Compra de Innovación se puede articular a través de:
Compras regulares: Las compras regulares pueden actuar
como instrumento de la política tecnológica cuando en los
procesos de adjudicación se priman las ofertas más
innovadoras. Este mecanismo requiere tanto de
actuaciones de tipo regulatorio y de creación de estándares
que incidan en los criterios de evaluación, como de
medidas de sensibilización de las administraciones
compradoras y de coordinación interministerial. Ej:
admisión de variantes
Compras tecnológicas (CPTi*): consiste en la compra
pública de un “[…] bien o servicio que no existe en el
momento de la compra pero que puede desarrollarse en un
período de tiempo razonable. Dicha compra requiere el
desarrollo de tecnología nueva o mejorada para poder
cumplir con los requisitos demandados por el comprador”.
La compra pública precomercial (CPP*): “contratación
de servicios de I+D en los que el comprador público no se
reserva los resultados de la I+D para su propio uso en
exclusiva sino que comparte con las empresas los riesgos y los
beneficios de la I+D necesaria para desarrollar soluciones
innovadoras que superan las que hay disponibles en el
mercado”.
Concepto: compra de servicios de I+D+i dirigidos a conseguir unos resultados
innovadores respecto de lo que en ese momento existe en el mercado. Busca
soluciones a posibles demandas futuras. Está expresamente excluida del ámbito de
aplicación de la normativa contractual comunitaria (artículo 16 f) de la Directiva
2004/18/CE, y art. 14 de la Directiva 2014/24/UE).
No posee
naturaleza
subvencional
Elemento objetivo: servicios de I+D, desde la exploración
y diseño de soluciones, creación de prototipos, hasta el
desarrollo original de un volumen limitado de primeros
productos o servicios en forma de serie de prueba para
demostrar que son susceptibles de producirse o
suministrarse
Características
A. Compartición de beneficios y riesgos de la investigación: los
derivados de explotar o comercializar con terceros el resultado de los
trabajos realizados
B. Remuneración íntegra por la entidad contratante del servicio de I+D
prestado (pero puede acogerse a programas de financiación de la
investigación -CDTI: INNODEMANDA-)
CPP
Empresa A
Empresa C
Empresa D
Empresa E
Proveedor E
Empresa
A, B, C, D, E
o X
Fase 1
Exploración de
soluciones
Fase 2
Prototipos
Fase 3
Desarrollo original de un
volumen limitado de
primeros productos o
servicios a modo de serie de
pruebas
Empresa B
Empresa C
Empresa D
Empresa E
Empresa C
Ilustración de un proceso de contratación pre-comercial en fases
Fase 0
Investigaci
ón
motivada
por la
curiosidad
Contratación
Pre-comercial
Fase 4
Comercialización
de productos o servicios
(desarrollo comercial)
Contratación
pública para la
producción
comercial
Idea del
product
o
Diseño de
la
solución
Prototipo Primer
os
produc
tos de
prueba
Productos
comerciale
s finales
Licitación
pre-comercial
Seleccióntras
laevaluación
intermedia
Seleccióntras
laevaluación
intermedia
Licitación
comercial
Concepto: compra de un bien o servicio que no existe en el mercado
pero que puede desarrollarse en un tiempo razonable. Requiere el
desarrollo de tecnología nueva o mejorada para cumplir con los
requisitos demandados
Diferencia con CPP: Las actividades de I+D son tan solo una parte o
fase de la contratación, nunca el objeto único del contrato
Régimen jurídico: Sometimiento pleno a la normativa de contratación;
aplicación de las disposiciones del TRLCSP correspondientes a cada
contrato en razón del objeto (obras, servicios, suministros); solo se
identifica porque se adquiere algo “innovador”, lo que afectará a la
definición del objeto y a la determinación de los criterios de valoración
Procedimiento de adjudicación: en función del objeto se podrá elegir
alguno de los procedimientos regulados en el TRLCSP, con especial
consideración de los procedimientos de licitación con negociación o de
diálogo competitivo y la asociación para la innovación
CPTI
LA ASOCIACIÓN PARA LA INNOVACIÓN
El procedimiento de adjudicación de “asociación para la innovación” (innovation partnership)
previsto en el art. 31 de la Directiva 2014/24/UE permite integrar en el marco de un mismo
contrato, tanto las actividades (servicios) de investigación y desarrollo como la compra ulterior
de los productos que sean resultado de esas actividades.
Es un “procedimiento específico”, sometido parcialmente a las reglas del procedimiento con
negociación, pero con las especificidades necesarias a fin de concluir un acuerdo de colaboración con
resultado de innovación.
Que el procedimiento alcance tanto a la investigación, al desarrollo de las soluciones tecnológicas
necesarias y a la consecución de los trabajos, bienes o servicios finales (fase comercial) significa que es
un procedimiento complejo y tendencialmente de larga duración (“a largo plazo”) y de ciclo completo:
se inicia con la búsqueda de una tecnología para la producción de nuevos bienes o servicios y finaliza
cuando éstos se hallan plenamente operativos y a satisfacción del órgano de contratación.
Las empresas y entidades participan de licitación con con el fin de establecer una asociación estable,
coordinada y estructurada para el desarrollo de nuevos productos, servicios u obras innovadores y la
compra ulterior de los suministros, servicios u obras resultantes, siempre que correspondan a los
niveles de rendimiento y los costes acordados. La asociación debe estructurarse en etapas sucesivas
siguiendo la secuencia de las etapas del proceso de investigación e innovación, culminando en la
mencionada fabricación de los suministros o la prestación de los servicios. Se fijan los objetivos
intermedios que debe alcanzar el socio y el correspondiente pago de la retribución en plazos.
Diferencias AI-CPP
AI: Procedimiento de contratación típico CPP: expresamente excluida (art. 14 DN)
CPP: Finaliza con el diseño del producto;
para adquisición nuevo procedimiento
AI: Un único procedimiento con 2 fases
AI: En licitación productos (2ª fase) solo
participan los que hayan presentado la
mejor oferta tecnológica en la 1ª
AI: Objeto: 1ª fase se equipara a una CPP en
grado mínimo (tecnología buscada o ya existe -y
pretende mejorarse- o es factible desarrollarla
en breve plazo. En 2ª fase la naturaleza del
contrato viene determinada por el tipo de
producto final
CPP: En la licitación de los productos finales
pueden participar otros candidatos
PUNTO DE PARTIDA PARA PROMOVER CON ÉXITO LA
COMPRA PÚBLICA DE SOLUCIONES INNOVADORAS
• Promover la preparación de los técnicos de las
unidades de contratación para que sepan gestionar la
demanda de soluciones tecnológicas adecuadas a sus
necesidades
• Diseñar adecuadamente los pliegos de la licitación
• Conocer y difundir buenas prácticas en esta materia
entre los gestores y entre los compradores del sector
público (Ej: Papirus)
RECOMENDACIONES PARA EL DISEÑO DE PLIEGOS EN LA CPI
1. Mapas de demanda temprana
2. Consultas preliminares del mercado
3. Grupos multidisciplinares de trabajo
4. Definición del objeto del contrato: las especificaciones
funcionales
5. Los criterios de adjudicación
6. El principio de confidencialidad
Mapas de demanda temprana
El Mapa de Demanda Temprana es un instrumento novedoso que permite anticipar al mercado las
necesidades de la Administración y por tanto facilitar información valiosa a las empresas para que
orienten sus iniciativas en I+D+i hacia las futuras licitaciones.
Consiste en avisar con tiempo de los planes de contratación previstos. Es un potente incentivo a la
inversión empresarial, que puede impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo. En
cualquier tipo de compra de productos y servicios, la demanda temprana a los proveedores supone un
gran beneficio tanto para el sector industrial, al permitirles reducir los riesgos y mejorar la
planificación de las inversiones a realizar, llevar a cabo alianzas o UTES con otras empresas para
presentarse a la licitación conocida con antelación; como para los propios clientes, al poder ver
reducidos los tiempos de ejecución de las soluciones innovadoras existentes en el mercado.
Está comprobado que sin esa demanda temprana las soluciones innovadoras tardan más tiempo en
llegar al mercado.
Consultas preliminares del mercado
Fase preparatoria del contrato
- Identificación previa de las necesidades a satisfacer
- Procedimiento no regulado: gran discrecionalidad
- Respeto principios: no falsear competencia; no
discriminación y transparencia -pero confidencialidad
(incluir cláusula recordatoria)-
- Orientado a la definición de las especificaciones técnicas en
términos de exigencias funcionales o de rendimiento y evitar
referencias a una concreta fabricación, procedencia, marca…
- La participación no otorga derechos exclusivos
Diálogo técnico
1. Obtener información sobre la capacidad del mercado,
2. Obtener información sobre el estado de la ciencia o la tecnología
3. Informar a los operadores económicos sobre los proyectos y
requisitos de las futuras contrataciones
Finalidades
Grupos multidisciplinares
Para la buena marcha de las compras de innovación resulta necesario contar con
un equipo de personas de formación multidisciplinar y con suficiente experiencia
técnica en ámbitos diversos como el jurídico, técnico, económico, de gestión de
proyectos, etc..
Es recomendable que el órgano de contratación cuente a lo largo de todo el
procedimiento contractual, incluso para la propia preparación del procedimiento,
con el apoyo de este tipo de personal. Esta recomendación sirve para las dos
modalidades de CPI.
La misión del Grupo Técnico Multidisciplinar será la de asesorar al órgano de
contratación y a la mesa de contratación a lo largo del procedimiento contractual
en las distintas cuestiones de índole técnico-innovador vinculadas con el objeto del
contrato.
Las especificaciones funcionales
a) definen la función, objetivo o rendimiento
a alcanzar, no el producto o servicio objeto
del contrato
b) piensan en el resultado que se desea, no
en una solución técnica específica
Plasmar en el pliego no lo que
quieres, sino lo que necesitas,
de modo que cada oferente
pueda plantear una manera de
resolver el problema
Requisitos que deben cumplir:
a) Proporcionar a los licitadores una idea clara de lo que se está
buscando
b) Asegurar que las diferentes ofertas sean comparables
Las especificaciones técnicas formuladas en términos de rendimiento o de
exigencias funcionales son particularmente adecuadas en la CPI
DN refuerza el papel de las especificaciones funcionales:
a) Impone su uso en la AI
b) Exige que tengan un grado de detalle suficiente para que los interesados conozcan
suficientemente el producto o servicio innovador buscado y presenten una oferta
Especificación Técnica Especificación funcional
Sustitución de caldera de gasoil que
proporciona una capacidad de calentamiento
de X.
Sistema de calefacción diseñado para calentar
Sala X a una temperatura de X por X horas por
día, y de habitaciones Y a una temperatura de Y
para y horas por día, con un consumo de
energía primaria de Z.
Iluminación de vías urbanas con sistemas de
iluminación de tipo AAA o equivalente
Iluminación de vías urbanas con sistemas de
iluminación capaces de reducir hasta el 70% de
consumo eléctrico manteniendo un poder
lumínico equivalente a sistemas AAA (modelo
mixto especificación técnica y funcional)
Suministro y mantenimiento de XXX equipos de
diálisis con XXX requisitos técnicos.
El hospital precisa realizar XXX prácticas de
diálisis diarias con las características XXX y XXX
durante XXX horas al día.
o bien,
El nº de prácticas de diálisis diarias se
incrementará un X% ; la duración de cada una
se reducirá al menos un X% y el número de
pacientes aumentará como mínimo un X%.
Innovación como criterio de adjudicación: artículo 67.2 DN
Requisitos generales: carácter objetivo, previsión en el anuncio de
licitación y que el pliego prevea expresamente y con detalle el modo de
valoración
La valoración de la innovación requiere no atribuir un peso excesivo al
precio: la innovación puede resultar cara si se atiende al precio
Han de considerarse no solo los costes actuales sino el conjunto de los
costes del ciclo de vida del objeto del contrato: costes de adquisición,
mantenimiento y disposición, además de otros aspectos importantes
como la calidad y el mérito técnico de la oferta
Los criterios de adjudicación
Criterios de adjudicación que pueden utilizarse para valorar la
innovación:
1. Contenidos de I+D en la ejecución del contrato que aporten mayor calidad
2. Plazo de ejecución: proporcionalidad entre contenidos de I+D y el plazo
3. Volumen o porcentaje del precio que se destina a desarrollo del producto
4. Capacidad de la innovación propuesta para producir una mejora
5. Mayor ahorro energético futuro derivado de la innovación
6. Mejora en el medioambiente consecuencia de la innovación
7. Reducción de costes de mantenimiento, reposición, eliminación u otros
8. Valoración de las propuestas que oferten el desarrollo de actividades de
I+D en colaboración con otros operadores económicos (Universidades,
etc.)
Relevancia del principio en la CPI: desarrollo de
tecnologías, soluciones innovadoras, know how, materias
protegidas por la legislación de secretos comerciales
Confidencialidad vs. transparencia
El principio de confidencialidad
Ejemplos de CPI
PAPIRUS Project
(Public Administration Procurement Innovation to Reach Ultimate Sustainability)
http://www.papirus-project.eu/
HAPPI Project
(Healthy Ageing – Public Procurement of Innovations)
http://www.happi-project.eu/
epSOS Project
(European Patients Smart Open Services)
http://www.epsos.eu/
DECIPHER Project
(Distributed European Community Individual Patient Healthcare Electronic Record )
http://www.decipherpcp.eu
PROBIS Project
("Supporting Public Procurement of Innovative Solutions)
http://www.probisproject.eu/
SPEA Project
(Smart Procurement European Alliance).
http://www.speaproject.eu/
DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS EN CPI
European Commission ( 2007) Guide on dealing with innovative solutions in public procurement SEC (2007)280
1. Actúe como un cliente "inteligente"
2. Consulte el mercado antes de la licitación
3. Involucre a las partes interesadas clave en todo el proceso
4. Deje que el mercado proponga soluciones creativas
5. Busque relación calidad-precio, no sólo el precio más bajo
6. Aproveche los medios electrónicos
7. Decida la forma de gestionar los riesgos
8. Utilice los acuerdos contractuales para fomentar la innovación
9. Desarrolle un plan de implementación
10. Aprenda para el futuro (Comparta sus experiencias)
• Conclusiones
La CPI puede utilizarse como estrategia para favorecer un cambio en el modelo
productivo, PERO para ello es necesario:
1. Un marco jurídico que proporcione seguridad
2. Apostar por la alta profesionalización de los gestores. Necesidad de formación de los
compradores públicos en este tipo de compras.
3. Cuidar la coordinación de estrategias a nivel europeo, estatal y autonómico
4. La CPI permite al sector público (a la Administración pública) liderar la innovación y
romper la inercia pública acostumbrada a comprar lo que ya funciona, frente a encargar
productos o servicios que requieren una actividad previa de I+D”
5. La CPI es una herramienta muy potente para el fomento de la investigación e innovación
que podemos utilizar desde las CCAA.
6. La CPI es una estrategia que posibilita el cambio del modelo productivo
7. La CPI debe obedecer a necesidades reales y que abran mercados. «Comprador
inteligente». Para ello, es necesario consultar con el mercado: dialogo técnico, mapa de
demanda temprana o gestión de propuestas no solicitadas
º·wa 1º1q 45676TYRRDFTFD6YGT98UVFN Nd<aztgty6665ru856rt
Muchas gracias!!

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Iacs patricia valcarcelx

  • 1. “Fomentar la innovación y crear valor: la compra pública de innovación como oportunidad en la diversificación de la economía” Patricia Valcárcel Fernández Universidad de Vigo Zaragoza, 1 de junio de 2016
  • 2. La innovación un elemento clave para promover el crecimiento económico y la competitividad de las empresas Es la vía para alcanzar la excelencia empresarial y el liderazgo en los mercados Sin innovación no hay avance El desarrollo económico y social de los países de nuestro entorno, depende de la capacidad y la voluntad de los gobiernos para impulsar y apoyar el emprendimiento innovador. La innovación es buena socialmente y es políticamente estratégica, es políticamente muy rentable
  • 3. La Estrategia Europa 2020 La crisis económica y financiera puso de manifiesto las debilidades estructurales de la economía europea y ha generado un rápido deterioro del entorno económico y social. El objetivo de la Estrategia Europa 2020 es garantizar que la recuperación económica reciba el apoyo de una serie de reformas para construir unas bases sólidas para el crecimiento y la creación de ocupación en la Unión Europea hasta 2020, teniendo en cuenta los desafíos a largo plazo que suponen la globalización, la presión sobre los recursos y el envejecimiento. Se busca un crecimiento: a) inteligente, a través del desarrollo de los conocimientos y de la innovación; b) sostenible, basado en una economía más verde, más eficaz en la gestión de los recursos y más competitiva; c) integrador, orientado a reforzar el empleo, la cohesión social y territorial.
  • 4. Surge la idea de la COMPRA PÚBLICA ESTRATÉGICA Innovación: esencial para la creación de empleo, el desarrollo económico y la sostenibilidad DN: Deber de hacer la mejor utilización estratégica posible de la contratación pública para fomentar la innovación La compra pública ya no se concibe solo como un instrumento para la adquisición de los bienes, suministros y servicios del sector público. Puede ser muy importante para impulsar importantes POLÍTICAS PÚBLICAS
  • 5. CPI COMO EJE ESTRATÉGICO DE POLÍTICAS PÚBLICAS ¿Por qué comprar innovación es estratégico para el sector público? La CPI, en sus 2 modalidades hace que el sector público tenga en su mano disponer de las mejores prestaciones que procuran los nuevos desarrollos tecnológicos. Al actuar como primeros compradores, abren expectativas de mercado para la nueva tecnología INMEDIATO: mejora de los servicios ofrecidos a los ciudadanos TRANSVERSAL: otras medidas estratégicas de política económica y social INCIDENCIA DIRECTA EN LA MEJORA DE SERVICIOS PÚBLICOS: Adquisición de bienes, obras y servicios innovadores. -Apoyo PYME -Contribuye a la generación de empleo, -Creación de mercados competitivos e innovadores -Desarrollo de las economías regionales e internacionalización -Crecimiento económico del país CIUDADANO, beneficio para la sociedad SERVICIOS PÚBLICOS MÁS EFICIENTES Y EMPRESAS MÁS COMPETITIVAS
  • 6. CPI: actuación administrativa de fomento de la I+D+i, orientada a potenciar el desarrollo de soluciones innovadoras desde el lado de la demanda, a través de la contratación pública Precisión terminológica CP innovadora – CP de innovación Con la CPI se desplaza el modelo subvencional hacia el modelo del contrato público (“no me subvenciones, cómprame”) Es una oportunidad para cambiar el modelo económico y productivo. Inspira una “nueva visión de negocio”. La transformación debe focalizarse en la producción de bienes y servicios calidad y exclusividad -grado de diferenciación con respecto a los que ofrecen los otros-.
  • 7. Qué es y qué no es la CPI (Ministerio) NO ES UN NUEVO TIPO DE CONTRATO: se aplican los existentes (obras, servicios, suministros o colaboración público-privada) NO ES UNA FORMA O PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN de los contratos (siguen siendo los mismos: procedimiento abierto, restringido, negociado con o sin publicidad, diálogo competitivo…, aunque ahora se añade la asociación para la innovación) ES una POLÍTICA PÚBLICA de apoyo a la innovación privada mediante su encargo por un comprador público. Comprar cosas que no existen. Supone un cambio de paradigma y una revolución en la cultura administrativa (no rigen pautas ordinarias: de compra cierta, comprar lo mas barato, o el riesgo y ventura del contratista) *Bien reactivamente: me interesa lo que me proponen *Bien proactivamente: no me vale lo que hay en el mercado y pido que me fabriquen lo que necesito “(…) en la demanda catalítica el Estado está involucrado en la compra, incluso iniciándola, siendo el usuario final de la innovación adquirida al sector privado. No obstante, para asegurar el éxito y un mayor impacto de la innovación los suministradores deben encontrar compradores adicionales tanto en el sector público como en el privado (…)” (Dalpé, 1994)
  • 8. ¿Qué es la Innovación? Artículo 2.1.22 Directiva 2014/24/UE «Innovación»: introducción de un producto, servicio o proceso nuevos o significativamente mejorados, que incluye, aunque no se limita a ellos, los procesos de producción, edificación o construcción, un nuevo método de comercialización o un nuevo método de organización de prácticas empresariales, la organización del lugar de trabajo o las relaciones exteriores, entre otros con el objetivo de ayudar a resolver desafíos de la sociedad o a apoyar la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
  • 9. La Compra de Innovación se puede articular a través de: Compras regulares: Las compras regulares pueden actuar como instrumento de la política tecnológica cuando en los procesos de adjudicación se priman las ofertas más innovadoras. Este mecanismo requiere tanto de actuaciones de tipo regulatorio y de creación de estándares que incidan en los criterios de evaluación, como de medidas de sensibilización de las administraciones compradoras y de coordinación interministerial. Ej: admisión de variantes Compras tecnológicas (CPTi*): consiste en la compra pública de un “[…] bien o servicio que no existe en el momento de la compra pero que puede desarrollarse en un período de tiempo razonable. Dicha compra requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada para poder cumplir con los requisitos demandados por el comprador”. La compra pública precomercial (CPP*): “contratación de servicios de I+D en los que el comprador público no se reserva los resultados de la I+D para su propio uso en exclusiva sino que comparte con las empresas los riesgos y los beneficios de la I+D necesaria para desarrollar soluciones innovadoras que superan las que hay disponibles en el mercado”.
  • 10. Concepto: compra de servicios de I+D+i dirigidos a conseguir unos resultados innovadores respecto de lo que en ese momento existe en el mercado. Busca soluciones a posibles demandas futuras. Está expresamente excluida del ámbito de aplicación de la normativa contractual comunitaria (artículo 16 f) de la Directiva 2004/18/CE, y art. 14 de la Directiva 2014/24/UE). No posee naturaleza subvencional Elemento objetivo: servicios de I+D, desde la exploración y diseño de soluciones, creación de prototipos, hasta el desarrollo original de un volumen limitado de primeros productos o servicios en forma de serie de prueba para demostrar que son susceptibles de producirse o suministrarse Características A. Compartición de beneficios y riesgos de la investigación: los derivados de explotar o comercializar con terceros el resultado de los trabajos realizados B. Remuneración íntegra por la entidad contratante del servicio de I+D prestado (pero puede acogerse a programas de financiación de la investigación -CDTI: INNODEMANDA-) CPP
  • 11. Empresa A Empresa C Empresa D Empresa E Proveedor E Empresa A, B, C, D, E o X Fase 1 Exploración de soluciones Fase 2 Prototipos Fase 3 Desarrollo original de un volumen limitado de primeros productos o servicios a modo de serie de pruebas Empresa B Empresa C Empresa D Empresa E Empresa C Ilustración de un proceso de contratación pre-comercial en fases Fase 0 Investigaci ón motivada por la curiosidad Contratación Pre-comercial Fase 4 Comercialización de productos o servicios (desarrollo comercial) Contratación pública para la producción comercial Idea del product o Diseño de la solución Prototipo Primer os produc tos de prueba Productos comerciale s finales Licitación pre-comercial Seleccióntras laevaluación intermedia Seleccióntras laevaluación intermedia Licitación comercial
  • 12. Concepto: compra de un bien o servicio que no existe en el mercado pero que puede desarrollarse en un tiempo razonable. Requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada para cumplir con los requisitos demandados Diferencia con CPP: Las actividades de I+D son tan solo una parte o fase de la contratación, nunca el objeto único del contrato Régimen jurídico: Sometimiento pleno a la normativa de contratación; aplicación de las disposiciones del TRLCSP correspondientes a cada contrato en razón del objeto (obras, servicios, suministros); solo se identifica porque se adquiere algo “innovador”, lo que afectará a la definición del objeto y a la determinación de los criterios de valoración Procedimiento de adjudicación: en función del objeto se podrá elegir alguno de los procedimientos regulados en el TRLCSP, con especial consideración de los procedimientos de licitación con negociación o de diálogo competitivo y la asociación para la innovación CPTI
  • 13. LA ASOCIACIÓN PARA LA INNOVACIÓN El procedimiento de adjudicación de “asociación para la innovación” (innovation partnership) previsto en el art. 31 de la Directiva 2014/24/UE permite integrar en el marco de un mismo contrato, tanto las actividades (servicios) de investigación y desarrollo como la compra ulterior de los productos que sean resultado de esas actividades. Es un “procedimiento específico”, sometido parcialmente a las reglas del procedimiento con negociación, pero con las especificidades necesarias a fin de concluir un acuerdo de colaboración con resultado de innovación. Que el procedimiento alcance tanto a la investigación, al desarrollo de las soluciones tecnológicas necesarias y a la consecución de los trabajos, bienes o servicios finales (fase comercial) significa que es un procedimiento complejo y tendencialmente de larga duración (“a largo plazo”) y de ciclo completo: se inicia con la búsqueda de una tecnología para la producción de nuevos bienes o servicios y finaliza cuando éstos se hallan plenamente operativos y a satisfacción del órgano de contratación. Las empresas y entidades participan de licitación con con el fin de establecer una asociación estable, coordinada y estructurada para el desarrollo de nuevos productos, servicios u obras innovadores y la compra ulterior de los suministros, servicios u obras resultantes, siempre que correspondan a los niveles de rendimiento y los costes acordados. La asociación debe estructurarse en etapas sucesivas siguiendo la secuencia de las etapas del proceso de investigación e innovación, culminando en la mencionada fabricación de los suministros o la prestación de los servicios. Se fijan los objetivos intermedios que debe alcanzar el socio y el correspondiente pago de la retribución en plazos.
  • 14. Diferencias AI-CPP AI: Procedimiento de contratación típico CPP: expresamente excluida (art. 14 DN) CPP: Finaliza con el diseño del producto; para adquisición nuevo procedimiento AI: Un único procedimiento con 2 fases AI: En licitación productos (2ª fase) solo participan los que hayan presentado la mejor oferta tecnológica en la 1ª AI: Objeto: 1ª fase se equipara a una CPP en grado mínimo (tecnología buscada o ya existe -y pretende mejorarse- o es factible desarrollarla en breve plazo. En 2ª fase la naturaleza del contrato viene determinada por el tipo de producto final CPP: En la licitación de los productos finales pueden participar otros candidatos
  • 15. PUNTO DE PARTIDA PARA PROMOVER CON ÉXITO LA COMPRA PÚBLICA DE SOLUCIONES INNOVADORAS • Promover la preparación de los técnicos de las unidades de contratación para que sepan gestionar la demanda de soluciones tecnológicas adecuadas a sus necesidades • Diseñar adecuadamente los pliegos de la licitación • Conocer y difundir buenas prácticas en esta materia entre los gestores y entre los compradores del sector público (Ej: Papirus)
  • 16. RECOMENDACIONES PARA EL DISEÑO DE PLIEGOS EN LA CPI 1. Mapas de demanda temprana 2. Consultas preliminares del mercado 3. Grupos multidisciplinares de trabajo 4. Definición del objeto del contrato: las especificaciones funcionales 5. Los criterios de adjudicación 6. El principio de confidencialidad
  • 17. Mapas de demanda temprana El Mapa de Demanda Temprana es un instrumento novedoso que permite anticipar al mercado las necesidades de la Administración y por tanto facilitar información valiosa a las empresas para que orienten sus iniciativas en I+D+i hacia las futuras licitaciones. Consiste en avisar con tiempo de los planes de contratación previstos. Es un potente incentivo a la inversión empresarial, que puede impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo. En cualquier tipo de compra de productos y servicios, la demanda temprana a los proveedores supone un gran beneficio tanto para el sector industrial, al permitirles reducir los riesgos y mejorar la planificación de las inversiones a realizar, llevar a cabo alianzas o UTES con otras empresas para presentarse a la licitación conocida con antelación; como para los propios clientes, al poder ver reducidos los tiempos de ejecución de las soluciones innovadoras existentes en el mercado. Está comprobado que sin esa demanda temprana las soluciones innovadoras tardan más tiempo en llegar al mercado.
  • 18.
  • 19. Consultas preliminares del mercado Fase preparatoria del contrato - Identificación previa de las necesidades a satisfacer - Procedimiento no regulado: gran discrecionalidad - Respeto principios: no falsear competencia; no discriminación y transparencia -pero confidencialidad (incluir cláusula recordatoria)- - Orientado a la definición de las especificaciones técnicas en términos de exigencias funcionales o de rendimiento y evitar referencias a una concreta fabricación, procedencia, marca… - La participación no otorga derechos exclusivos Diálogo técnico 1. Obtener información sobre la capacidad del mercado, 2. Obtener información sobre el estado de la ciencia o la tecnología 3. Informar a los operadores económicos sobre los proyectos y requisitos de las futuras contrataciones Finalidades
  • 20. Grupos multidisciplinares Para la buena marcha de las compras de innovación resulta necesario contar con un equipo de personas de formación multidisciplinar y con suficiente experiencia técnica en ámbitos diversos como el jurídico, técnico, económico, de gestión de proyectos, etc.. Es recomendable que el órgano de contratación cuente a lo largo de todo el procedimiento contractual, incluso para la propia preparación del procedimiento, con el apoyo de este tipo de personal. Esta recomendación sirve para las dos modalidades de CPI. La misión del Grupo Técnico Multidisciplinar será la de asesorar al órgano de contratación y a la mesa de contratación a lo largo del procedimiento contractual en las distintas cuestiones de índole técnico-innovador vinculadas con el objeto del contrato.
  • 21. Las especificaciones funcionales a) definen la función, objetivo o rendimiento a alcanzar, no el producto o servicio objeto del contrato b) piensan en el resultado que se desea, no en una solución técnica específica Plasmar en el pliego no lo que quieres, sino lo que necesitas, de modo que cada oferente pueda plantear una manera de resolver el problema Requisitos que deben cumplir: a) Proporcionar a los licitadores una idea clara de lo que se está buscando b) Asegurar que las diferentes ofertas sean comparables Las especificaciones técnicas formuladas en términos de rendimiento o de exigencias funcionales son particularmente adecuadas en la CPI DN refuerza el papel de las especificaciones funcionales: a) Impone su uso en la AI b) Exige que tengan un grado de detalle suficiente para que los interesados conozcan suficientemente el producto o servicio innovador buscado y presenten una oferta
  • 22. Especificación Técnica Especificación funcional Sustitución de caldera de gasoil que proporciona una capacidad de calentamiento de X. Sistema de calefacción diseñado para calentar Sala X a una temperatura de X por X horas por día, y de habitaciones Y a una temperatura de Y para y horas por día, con un consumo de energía primaria de Z. Iluminación de vías urbanas con sistemas de iluminación de tipo AAA o equivalente Iluminación de vías urbanas con sistemas de iluminación capaces de reducir hasta el 70% de consumo eléctrico manteniendo un poder lumínico equivalente a sistemas AAA (modelo mixto especificación técnica y funcional) Suministro y mantenimiento de XXX equipos de diálisis con XXX requisitos técnicos. El hospital precisa realizar XXX prácticas de diálisis diarias con las características XXX y XXX durante XXX horas al día. o bien, El nº de prácticas de diálisis diarias se incrementará un X% ; la duración de cada una se reducirá al menos un X% y el número de pacientes aumentará como mínimo un X%.
  • 23. Innovación como criterio de adjudicación: artículo 67.2 DN Requisitos generales: carácter objetivo, previsión en el anuncio de licitación y que el pliego prevea expresamente y con detalle el modo de valoración La valoración de la innovación requiere no atribuir un peso excesivo al precio: la innovación puede resultar cara si se atiende al precio Han de considerarse no solo los costes actuales sino el conjunto de los costes del ciclo de vida del objeto del contrato: costes de adquisición, mantenimiento y disposición, además de otros aspectos importantes como la calidad y el mérito técnico de la oferta Los criterios de adjudicación
  • 24. Criterios de adjudicación que pueden utilizarse para valorar la innovación: 1. Contenidos de I+D en la ejecución del contrato que aporten mayor calidad 2. Plazo de ejecución: proporcionalidad entre contenidos de I+D y el plazo 3. Volumen o porcentaje del precio que se destina a desarrollo del producto 4. Capacidad de la innovación propuesta para producir una mejora 5. Mayor ahorro energético futuro derivado de la innovación 6. Mejora en el medioambiente consecuencia de la innovación 7. Reducción de costes de mantenimiento, reposición, eliminación u otros 8. Valoración de las propuestas que oferten el desarrollo de actividades de I+D en colaboración con otros operadores económicos (Universidades, etc.)
  • 25. Relevancia del principio en la CPI: desarrollo de tecnologías, soluciones innovadoras, know how, materias protegidas por la legislación de secretos comerciales Confidencialidad vs. transparencia El principio de confidencialidad
  • 26. Ejemplos de CPI PAPIRUS Project (Public Administration Procurement Innovation to Reach Ultimate Sustainability) http://www.papirus-project.eu/ HAPPI Project (Healthy Ageing – Public Procurement of Innovations) http://www.happi-project.eu/ epSOS Project (European Patients Smart Open Services) http://www.epsos.eu/ DECIPHER Project (Distributed European Community Individual Patient Healthcare Electronic Record ) http://www.decipherpcp.eu PROBIS Project ("Supporting Public Procurement of Innovative Solutions) http://www.probisproject.eu/ SPEA Project (Smart Procurement European Alliance). http://www.speaproject.eu/
  • 27. DECÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS EN CPI European Commission ( 2007) Guide on dealing with innovative solutions in public procurement SEC (2007)280 1. Actúe como un cliente "inteligente" 2. Consulte el mercado antes de la licitación 3. Involucre a las partes interesadas clave en todo el proceso 4. Deje que el mercado proponga soluciones creativas 5. Busque relación calidad-precio, no sólo el precio más bajo 6. Aproveche los medios electrónicos 7. Decida la forma de gestionar los riesgos 8. Utilice los acuerdos contractuales para fomentar la innovación 9. Desarrolle un plan de implementación 10. Aprenda para el futuro (Comparta sus experiencias)
  • 28. • Conclusiones La CPI puede utilizarse como estrategia para favorecer un cambio en el modelo productivo, PERO para ello es necesario: 1. Un marco jurídico que proporcione seguridad 2. Apostar por la alta profesionalización de los gestores. Necesidad de formación de los compradores públicos en este tipo de compras. 3. Cuidar la coordinación de estrategias a nivel europeo, estatal y autonómico 4. La CPI permite al sector público (a la Administración pública) liderar la innovación y romper la inercia pública acostumbrada a comprar lo que ya funciona, frente a encargar productos o servicios que requieren una actividad previa de I+D” 5. La CPI es una herramienta muy potente para el fomento de la investigación e innovación que podemos utilizar desde las CCAA. 6. La CPI es una estrategia que posibilita el cambio del modelo productivo 7. La CPI debe obedecer a necesidades reales y que abran mercados. «Comprador inteligente». Para ello, es necesario consultar con el mercado: dialogo técnico, mapa de demanda temprana o gestión de propuestas no solicitadas
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