2. IMPUTACIÓN.
Es poner al imputado y a su defensor en
conocimiento del hecho que se le sindica
para que puedan ejercer adecuadamente y
de manera razonable la actividad defensiva.
Es la llave que abre la puerta de la
responsabilidad de defenderse
eficientemente.
3. CONTENIDO DE LA
IMPUTACIÓN.
Las imputación debe ser lo mas sencilla
posible para que el imputado pueda
comprender y definir la estrategia a seguir.
Debe ser expresa.
Debe ser concreta.
Debe ser clara.
Deber integral, circunstanciada y oportuna.
4. PARTES DE LA
IMPUTACIÓN.
Base fáctica de la imputación:
Descripción clara de los hechos: quien,
cuando, donde, como, a quien y por que.
Base probatoria de la imputación:
elementos de investigación recabados:
entrevistas, actas de diligenciamiento,
fotografías, etc.
Base jurídica de la imputación: tipificación
de la conducta, con los elementos objetivos
y subjetivos del tipo.
5. Pasos previos de la
imputación.
Objeto: obtener mas información para fortalecer la
imputación.
Lectura de la prevención policial.
Entrevistas con los agentes captores.
Entrevistas con testigos de cargo y descargo.
Levantamiento de actas sobre existencia de
objetos.
Prueba de campo (drogas).
Compartir los elementos de investigación
recabados.
6. DESARROLLO DE LA
IMPUTACIÓN.
Fabricar la imputación, con base en la
investigación preliminar.
Exposición hablada y dirigida al sindicado.
Exposición clara, ordenada e integrada. (no
se logra con el sólo hecho de exponer por
exponer -cumplir el requisito-).
Evitar el ingreso a la sala de audiencias de
los objetos del delito, testigos o agentes
captores.
8. ENCABEZADO DE LA
IMPUTACIÓN
El Ministerio Público con base en el
artículo 251 de la Constitución Política
de la República de Guatemala, le
corresponde el ejercicio de la acción
penal y en el presente caso quiere
ejercer la acción penal con base en las
siguientes argumentaciones
9. BASE FACTICA.
Usted señor Welder Isaias Sanchez Xitumul, fue
detenido en forma flagrante, por agentes de la
Policía Nacional Civil, el día de hoy a las 20:05
horas, en la calle 42 y 23 avenida de la zona 12 de
esta ciudad, en virtud que en el momento de su
detención portaba un arma de fuego tipo revolver,
calibre 38, identificada en el acta de inspección, sin
la licencia de portación, a la altura del cinto lado
derecho. Al no presentar la licencia respectiva, se
deduce la puesta en peligro a la sociedad, por una
portación ilegal de arma de fuego.
10. BASE JURÍDICA
Elementos objetivos y subjetivos del
tipo penal:
OBJETIVOS: Conducta, sujetos,
objeto, bien tutelado.
SUBJETIVOS: dolo
TIPO PENAL: Portación ilegal de
arma de fuego.
11. BASE PROBATORIA:
Acta de la declaración de los agentes
captores, donde consta el lugar, modo y
forma de la detención.
Acta de la declaración de los testigos XX.
Acta de Inspección ocular del arma de
fuego incautada, en donde se establecen
las características de la misma.
Todos estos elementos probatorios se
pusieron a disposición de la defensa y en
estos precisos momentos al señor Juez.
12. CONCLUSIÓN DE LA
IMPUTACIÓN
Con base en lo anterior, ésta Fiscalia
solicita que se tenga por presentada la
imputación, a efecto de que se ligue a
Proceso Penal al señor Welder Isaias
Sanchez Xitumul por el Delito de
Portación ilegal de arma de fuego.