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Fecha: 10/11/2014
INFORME SOBRE LOS POZOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
DEL CAMPO DE MARÍA Y SU AFECCIÓN A LOS
MANANTIALES DE LOS VÉLEZ
Diego Gea Pérez
Hidrogeólogo
INTRODUCCIÓN.
La Comarca de los Vélez constituida por los términos municipales de Vélez Rubio, Vélez
Blanco, María y Chirivel depende hídricamente de las surgencias del acuífero Unidad
Hidrogeológica 06. ORCE-MARÍA, tanto para abastecimiento público, como para el riego de
las vegas y subsistencia de la industria. Estas surgencias naturales se localizan en el Este del
acuífero, próximas a las localidades de Vélez Blanco y Vélez Rubio. Este acuífero está
compartido entre las cuencas superficiales del río Guadalquivir y la del río Segura, y
administrativamente entre ambas Confederaciones Hidrográficas.
En el año 2000 comenzaron a perforarse sondeos para la captación de aguas subterráneas en la
zona Oeste del acuífero, término municipal de María, y la puesta en regadío intensivo de unas
200 hectáreas de terrenos de secano. Simultáneamente se manifestó la oposición de colectivos
ecologistas, comunidades históricas de regantes de la comarca velezana, ayuntamientos de los
Vélez, la Mancomunidad de Municipios de los Vélez y la Junta Rectora del Parque Natural de
Sierra de María-Los Vélez ante el peligro que suponían estas captaciones de aguas subterráneas
para la subsistencia de los manantiales velezanos, por sobreexplotación del acuífero.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, organismo de cuenca responsable del control
de las aguas subterráneas del acuífero, nunca tuvo en cuenta tales manifestaciones, alegaciones
y protestas, permitiendo la sobreexplotación del acuífero.
En la actualidad, a la sobreexplotación del acuífero se suma un largo periodo de sequía que ha
hecho que los manantiales drenen aproximadamente el 50% de su caudal histórico y gran parte
de las vegas de regadío históricas están convertidas en secano.
La oposición a los sondeos en los campos de María, en forma de numerosas alegaciones y
escritos ante la Confederación Hidrográfica se ha basado en los siguientes supuestos:
“La denuncia sobre estos sondeos se basa en la afección a los niveles piezométricos y
consecuentemente a los manantiales relacionados directa o indirectamente con la
subunidad hidrogeológica donde se localizan estos sondeos. Por lo tanto, la oposición se
basa en las siguientes aspectos:
1. Las captaciones ILEGALES ya existentes y que se pretende legalizar mediante estas
concesiones de aguas públicas se localizan en la Unidad Hidrogeológica UH.06
ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las delimitaciones
publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el que se aprobó el Plan
Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la
publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la
Cuenca del Guadalquivir), según este Plan, cuando hace referencia al Balance Hídrico,
el volumen de entradas coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del
2
sondeo incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería
sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la mayoría
también ilegales y denunciados, que ya han provocado la sobreexplotación afectando a
los manantiales naturales donde drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de
Orce, de manera que el mismo Plan Hidrológico impone como un objetivo de calidad
“la eliminación de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y
basado en estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar.
2. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de María,
también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las inmediaciones
del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una modificación de esta divisoria
con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual se verán afectados los recursos
hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya lo están, con una disminución drástica
de los caudales del manantial de “La Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento
público de la localidad de María, que algunos veranos se han visto sometido a
restricciones.
3. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín
y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se autorizarán
captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos.”
ANTECEDENTES:
- Principios del año 2000. Comienzan a perforarse una serie de sondeos para extraer
aguas subterráneas en la zona conocida como Casablanca-Los Falces. Las Partías en el
TM de María con el objetivo de poner en regadío zonas de secano. Estos sondeos no
cuentan con ninguna autorización del organismo de cuenca, la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).
- 23 de junio de 2000. Se publica en el BOP DE Almería nº 120 la Convocatoria de
competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de Dª María
Motos Guirao en la finca Los Falces-La Alfaguara con un caudal solicitado de 49 l/s. El
registro de la solicitud es del 24/04/2000 y el expediente TC-17/0960.
- 26 de julio de 2000. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez y el
Ayuntamiento de María presentan ante la Confederación Hidrográfica del Segura
DENUNCIA por sondeos ilegales en la zona indicada del término municipal de María,
poniendo en su conocimiento el peligro que tales captaciones de aguas subterráneas
tendrán en el equilibrio del acuífero y sus consecuencias negativas en para el
abastecimiento público y de riego de los Vélez.
- 29 de junio de 2001. La CHG comunica a los denunciantes una Propuesta de
Resolución en Expediente Sancionador seguido contra Agrícola de Sierra de María S.L.
(Águilas. Murcia). La propuesta se resume así: Hechos imputados: “Estar regando de
forma continua 50 has de terreo con aguas procedentes de varios sondeos ejecutados en
el lugar denominado Casablanca-Los Falces. Las Partías en el término municipal de
María (Almería) sin contar con la preceptiva concesión de aguas públicas concedidas
por este organismo. Resolución que se propone: Sanción de 1.750.000 pesetas (10.518
€) y la inmediata paralización de la extracción abusiva de aguas que realiza”.
- 7 de junio de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 109 la Convocatoria de
competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
3
convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D Luis
Botía Reche en la finca La Cuesta con un caudal solicitado de 45 l/s. El registro de la
solicitud es del 09/04/2001 y el expediente TC-17/2490.
- 13 de julio de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez vuelve a
denunciar ante la CHG que “no sólo los pozos denunciados y expedientados han
seguido impunemente extrayendo agua sino que se siguen perforando más en la zona y
aumentando la superficie de regadío, donde posiblemente ya se hayan superado las 200
Has”. La denuncia añade además que durante el verano de 2001, la localidad de María
ha sufrido restricciones al agotarse por bajada de los niveles freáticos el sondeo de
abastecimiento público.
- 25 de septiembre de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez ante la
continuidad de las extracciones de aguas subterráneas reitera la denuncia solicitando
“que se tomen medidas drásticas y contundentes con respecto a estas ilegalidades con
arreglo a la legislación vigente debido a la gravedad del tema procediendo a la
paralización efectiva de dichos sondeos y sancionando a los responsables”.
- Octubre de 2001. El caso es expuesto durante una Comisión del Senado dentro del
debate producido a raíz de la propuesta realizada por el grupo parlamentario socialista,
por la que se insta al gobierno a que proceda a la delimitación del perímetro de
protección del acuífero de Sierra María y Maimón, en la provincia de Almería
(661/000099). Los ponentes son el senador Asensio Martínez por parte del Grupo
Socialista y el Senador Pérez Ruiz por parte del Grupo Popular. La propuesta es
rechazada por la mayoría del Grupo Popular.
- 12 de noviembre de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 218 la Convocatoria de
competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de Dª María
Motos Guirao en la finca Faces para riego de 73,40 Has con un caudal solicitado de
14,47 l/s. El registro de la solicitud es del 04/06/2001 y el expediente TC-17/2663.
- 20 de noviembre de 2001. El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir emite Resolución Definitiva sobre el expediente de sanción contra la
Sociedad Agrícola Sierra de María, S.L. en los siguientes términos: 1º. Se sanciona con
una multa de 1.750.000 ptas (10.517 €); 2º Se le obliga a indemnizar por los daños al
Dominio Público Hidráulico en la cifra de 875.000 ptas (5.259 €); 3º. Se le ordena
PARALIZACIÓN INMEDIATA DE LA EXTRACCIÓN ABUSIVA DE AGUAS
QUE REALIZA.
- 12 de diciembre de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 239 la Convocatoria de
Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D. Luis
Botía Reche en la finca La Cuesta para riego de 49,23 Has con un caudal solicitado de
21,77 l/s. El registro de la solicitud es del 09/04/2001 y el expediente TC-17/2490.
- 27 de diciembre de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez presenta
alegaciones contra la autorización de los expedientes TC-17/2663 y TC-17/2490
indicados en los dos puntos anteriores. Los argumentos expuestos son:
“Estos sondeo ya se ha ejecutado y están en explotación de forma ILEGAL. Esta
Asociación puso esta ILEGALIDAD en conocimiento de la Comisaría de Aguas de
la confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Granada con fecha 25 de
septiembre de 2001 sin que dicha explotación fuese paralizada.
4
La denuncia sobre este sondeo se basaba la afección a los niveles piezométricos y
consecuentemente a los manantiales relacionados directa o indirectamente con la
subunidad hidrogeológica donde se localiza este sondeo. Por lo tanto, y
ratificándonos en aquella denuncia basamos nuestra oposición en las siguientes
aspectos:
4. La captación ILEGAL ya existente y que se pretende legalizar mediante esta
concesión de aguas públicas se localiza en la Unidad Hidrogeológica UH.06
ORCE-MARÍA, concrétamente en la subunidad de Orce (según las
delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el
que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de
1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido
normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este
Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas
coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo
incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería
sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la
mayoría también ilegales y denunciados por esta Asociación, que ya han
provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde
drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el
mismo Plan Hidrológico impone como un objetivo de calidad “la eliminación
de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en
estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar.
5. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de
María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las
inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una
modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual
se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya
lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La
Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de
María, que este último verano se ha visto sometido a restricciones.
6. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del
Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se
autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos
casos.”
- Finales del año 2001. Según observaciones sobre ortofoto, la superficie de cultivo es de
135 has. Se observan dos nuevas construcciones en la parcela respecto a la ortofoto
anterior de 1998, una de ellas es una balsa de riego de 90×90 m.
- 25 de febrero de 2002. La CHG emite resolución de expediente sancionador 145/00-
DG en el que “se ratifica en las sanciones impuestas a Agrícola Sierra de María, S.L. y
desestima recurso de reposición planteado” por la empresa y además constata “la
existencia de posibles perjuicios a aprovechamientos preexistentes”.
- 10 y 12 de junio de 2002. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez reitera por
tercera vez la denuncia contra los sondeos ilegales, ya que los pozos “siguen extrayendo
agua con la más absoluta impunidad y continua aumentando la superficie de regadío,
donde ya se han superado las 200 Has”.
- 4 de julio de 2002. Se publica en el BOP DE Almería nº 126 la Convocatoria de
Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D. Luis
5
Botía Reche en la finca Falces para riego de 42,56 Has con un caudal solicitado de 7,96
l/s. El registro de la solicitud es del 16/03/2001 y el expediente TC-17/2387.
- 18 de julio de 2002. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez presenta ante la
CHG alegaciones contra la petición de sondeos con expediente TC-17/2387.
- 8 de octubre de 2002. La CHG notifica a Ecologistas en Acción-Los Vélez que “la
entidad Agrícola Sierra de María, S.L. ha interpuesto recurso Contencioso
Administrativo nº 2.112/02, contra la resolución del expediente DG-145/00-GR ” de
sanción indicado en anteriores entradas.
- 13 de noviembre de 2002. Se publica en el BOP DE Almería nº 218 la Convocatoria de
Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
convocatoria se refleja la petición de la concesión de aguas públicas por parte de Dª.
María Motos Guirao en la finca Faces para riego de 73,40 Has con un caudal solicitado
de 14,47 l/s. El registro de la solicitud es del 25/05/2001 y el expediente TC-17/2663.
- Noviembre de 2002. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez
Blanco y Ecologistas en Acción-Los Vélez presentan alegaciones y se oponen a la
concesión de aguas públicas del expediente TC-17/2663.
- 17 de agosto de 2004. Ecologistas en Acción-Los Vélez reiteran por quinta vez ante la
CHG la denuncia por las extracciones ilegales de aguas subterráneas.
- Año 2004. Según estimaciones mediante ortofoto, la superficie de cultivo es de 207
Has.
- 14 de octubre de 2005. Ecologistas en Acción-Los Vélez es citado por la CHG para
realizar la confrontación sobre el terreno de los expedientes de concesión de
aprovechamiento de aguas públicas TC-17/2387 y TC-17/2490 de D. Luis Botía Reche
y TC-17/2663 de María Motos Guirao.
- 21 de octubre de 2005. Ecologistas en Acción-Los Vélez comunica a la CHG que no
puede asistir ningún miembro de esta asociación por motivos de trabajo “comunicando
su ratificación en las consideraciones presentadas en su día, las cuales solicita figuren
el Acta de Confrontación que se levantará en dicho acto… No otorgando la concesión
de aguas públicas solicitada, debiéndose clausurar los sondeos y a en explotación y
teniendo por personado en el expediente al grupo ecologista”.
- 21 de octubre de 2005. El Consorcio de Los Vélez, compuesto por los Ilms.
Ayuntamientos de Vélez Blanco, Vélez Rubio, María y Chirivel; y la Comunidad de
Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco ante la Comisaría de Aguas de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ALEGA contra la petición de concesión
de aguas públicas, EXPEDIENTES TC-17/2387, TC-17/2490 y TC-17/2663,
provenientes de unas captaciones de aguas subterráneas en la Unidad Hidrogeológica
06. ORCE-MARÍA, al considerar que NO ES VIABLE y por lo tanto no debe
autorizarse dicha concesión de aguas, en base a los siguientes argumentos:
1. Las captaciones ILEGALES ya existentes y que se pretende legalizar mediante
estas concesiones de aguas públicas se localizan en la Unidad Hidrogeológica
UH.06 ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las
delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el
que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de
1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido
normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este
6
Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas
coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo
incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería
sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la
mayoría también ilegales y denunciados, que ya han provocado la
sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde drena el
acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el mismo Plan
Hidrológico impone como un objetivo de calidad “la eliminación de la
sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en estos
indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar.
2. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de
María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las
inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una
modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual
se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya
lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La
Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de
María, que algunos veranos se han visto sometido a restricciones.
3. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del
Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se
autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos
casos.
- 21 de marzo de 2006. La CHG da vista y Audiencia del expediente TC-17/2663 a los
alegantes opositores Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco y
a Ecologistas en Acción-Los Vélez, como paso previo a la propuesta de resolución,
indicando que el Servicio encargado ha informado en sentido desestimatorio las
alegaciones interpuestas, “ya que el balance de los recursos demanda de la unidad
hidrogeológica U.H. 06, denominada Orce-María, ya ha sido estudiado por la Oficina
de Planificación Hidrogeológica, emitiendo informe en sentido favorable, las
circunstancias planteadas en las alegaciones presentadas por los opositores ya estarían
recogidas en el informe”.
- 10 de abril de 2006. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez
Blanco, el Consorcio de Municipios de los Vélez y Ecologistas en Acción-Los Vélez
presentan alegaciones ante la CHG en la vista de audiencia contra el expediente TC-
17/2663 de concesión de aguas públicas en la que advierten que “Al reconocerse por el
Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio que la Unidad hidrogeológica está
sobreexplotada, la concesión de una nueva explotación por parte de la Administración
y/o funcionario público podría incurrir en un tipo de delito tipificado en el Código
Penal (art. 358), que esta Asociación pondría en conocimiento del Poder Público
correspondiente” y además indican que “la subunidad hidrogeológica de Orce se
localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de
Cuenca (Real Decreto 1.664/1998, art. 37.1) indica que “en ningún caso se autorizarán
captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos. Al indicarse
taxativamente este hecho por la legislación vigente la concesión de una nueva
explotación con un caudal superior a 4 l/s (se pretenden otorgar 14´47 l/s) por parte de
esa Administración y/o funcionario público se incurrirá en un delito tipificado en el
Código Penal (art. 358), que esta Asociación pondrá en conocimiento del Poder
Público correspondiente.”.
- 21 de abril de 2006. La CHG da vista y Audiencia del expediente TC-17/2387 a los
alegantes opositores Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco y
7
a Ecologistas en Acción-Los Vélez, como paso previo a la propuesta de resolución,
indicando que el Servicio encargado ha informado en sentido desestimatorio las
alegaciones interpuestas, “ya que las circunstancias planteadas en las alegaciones
presentadas por los opositores ya estarían recogidas en el informe emitido por la
oficina de Planificación Hidrológica”.
- 29 de mayo de 2006. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez
Blanco, el Consorcio de Municipios de los Vélez y Ecologistas en Acción-Los Vélez
presentan alegaciones ante la CHG en la vista de audiencia contra el expediente TC-
17/2387 de concesión de aguas públicas por los siguientes motivos:
1. La/s captación/es ILEGALES ya existente y que se pretende legalizar mediante
esta concesión de aguas públicas se localiza en la Unidad Hidrogeológica
UH.06 ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las
delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el
que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de
1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido
normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este
Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas
coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo
incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería
sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la
mayoría también ilegales y denunciados por esta Asociación, que ya han
provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde
drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el
mismo Plan Hidrológico IMPONE como un objetivo de calidad “la eliminación
de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en
estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar.
2. Al reconocerse por el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio que la Unidad
hidrogeológica está sobreexplotada, la concesión de una nueva explotación por
parte de la Administración podría incurrir en un tipo de delito tipificado en el
Código Penal, que esta Asociación pondría en conocimiento del Poder
Público correspondiente.
3. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de
María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las
inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una
modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual
se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya
lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La
Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de
María, que en los últimos verano se ha visto sometido a restricciones,
coincidiendo con los meses de explotación de los sondeos ilegales
referenciados y que esa Administración pretende legalizar.
4. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del
Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca (Real Decreto 1.664/1998) indica
que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4
litros por segundo” en estos casos. Al indicarse taxativamente este hecho por la
legislación vigente la concesión de una nueva explotación con un caudal
superior a 4 l/s (se pretenden otorgar 14´47 l/s) por parte de esa
Administración se incurrirá en un tipo de delito tipificado en el Código Penal,
que esta Asociación pondrá en conocimiento del Poder Público
correspondiente.
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- Noviembre de 2006. La Junta Rectora del Parque Natural de Sierra de María-Los Vélez
solicita por escrito a la CHG información de las actuaciones y estado actual de los
sondeos y las extracciones ilegales. El acuífero de Orce-María coincide en gran parte
con la superficie del espacio protegido.
- 1 de diciembre de 2006. La CHG informa a la Junta Rectora del Parque Natural en los
siguientes términos: “En terrenos próximos al parque natural existen unos sondeos
pertenecientes a Dª María Motos Guirao, los cuales poseen trámite de concesión de
aguas que están en su última fase de tramitación, según me informan en la Zona de
Granada, además de que todos los años solicitan autorización temporal de riegos en
base a dicha tramitación de concesiones”. “Igualmente existen otros sondeos
pertenecientes a D. Jesús Botía Reche, D. Luis Botía Reche y D. Pedro Navarro Burgos
que se encuentran en las mismas circunstancias del anterior, llegándose a realizar
algunas denuncias”. Este escrito es remitido a la Junta Rectora el 20 de abril de 2007.
- Mayo de 2007. Ante las denuncias por pozos ilegales y por falta de control en las
extracciones que afectan al Parque Natural y sus municipios, el alcalde de Vélez
Blanco, en representación del Consorcio, el presidente de la Comunidad de Regantes
Aguas del Maimón de Vélez Blanco y de la comisión encargada de redactar las
Ordenanzas de la Junta Central de Usuarios del Acuífero de Sierra de María-Maimón y
el presidente de la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de María-Los Vélez se
desplazan a Sevilla, a la Confederación Hidrográfica, para exponer el problema y pedir
soluciones. Esta entrevista no tuvo respuesta.
- 1 junio de 2007. La Junta Rectora del Parque Natural de Sierra de María-Los Vélez
celebra una Reunión Extraordinaria con un punto único: Análisis de la situación de los
sondeos que afectan al Parque Natural. Sobre el escrito remitido por la CHG llama la
atención “la existencia de concesiones temporales como algo que no está legislado y
donde no se cuantifica la concesión”. Se opina que debería enviarse el caso a la Fiscalía
de Medio Ambiente. Se propone enviar otro escrito a la CHG trasladando la queja de
los ciudadanos y la afección al Parque Natural, solicitando el cierre los pozos y se
supriman las concesiones temporales.
- Junio de 2007. En referencia a lo acordado en la Reunión Extraordinaria de la Junta
Rectora del 1 de junio de 2014, el presidente de la Junta Rectora del Parque Natural
envía un escrito a la CHG en la que se indica:
“La Junta Rectora quiere manifestar que el informe le ha parecido insuficiente, no
contesta a lo preguntado, se afirma la existencia de “concesiones temporales”·, las
cuales no se recogen en la normativa y no se cuantifican. Se traslada también la
queja de los ciudadanos y la afección al Parque Natural por las extracciones
continuas y a la apertura de pozos sin autorización que, unido a la falta de control
de los mismos, producen la sobreexplotación del acuífero y, en consecuencia,
posibles daños medioambientales.
Por tanto, en base a que el informe no aclara la situación, sino que lo hace más
preocupante, se requiere la realización de las siguientes actuaciones:
1. Una investigación exhaustiva.
2. El cierre de los pozos sin autorización expresa.
3. La supresión de las autorizaciones temporales de explotación.
4. La dotación urgente de un puesto de vigilancia para la zona.
9
Al mismo tiempo, se solicita nuevamente un informe en el que, además de indicar
las medidas que se han tomado nos aclaren los siguientes puntos:
 La identificación de las concesiones autorizadas.
 Los estudios realizados sobre el caudal de los sondeos y datos de aforos
(transmisividad, coeficiente de almacenamiento), evolución de niveles
piezométricos y evolución de parámetros de calidad de las aguas.
 Si las fincas han pasado de secano a regadío, y en su caso si requieren
permiso de la Consejería de Agricultura.
 Datos volumétricos de extracciones cuantificadas mediante dispositivos
(contadores).
A la espera del informe solicitado, y a petición de los miembros de la Junta
Rectora, se dará traslado de este oficio a los Ayuntamientos, a la Consejería de
Medio Ambiente, a la Agencia Andaluza del Agua y a la Consejería de Agricultura,
organismos con representación en la Junta Rectora. Así mismo, se dará también
traslado a la Confederación Hidrográfica del Segura, dado el carácter compartido
de la Unidad Hidrogeológica (Orce-María) y la proximidad de la exploración a la
divisoria hidrogeológica, de carácter dinámico en función del nivel de explotación,
que podría modificar los flujos de agua.”
- 23 de julio de 2008. En la Reunión Ordinaria de la Junta Rectora del Parque Natural, el
presidente informa sobre los sondeos ilegales en el campo de María indicando que “se
había dirigido a los organismos competentes, sin resultado y que se había concluido
instando a los Ayuntamientos a que tomaran las medidas oportunas, ya que sólo ellos
podían emprender acciones legales exigiendo las correspondientes actuaciones y
responsabilidades”.
- Desde la anterior fecha hasta el momento presente, noviembre de 2014, el que
suscribe no ha tenido conocimiento de ningún acontecimiento. Tampoco en el BOP
de Almería ha aparecido ninguna publicación referente al tema. La explotación de
los pozos y los regadíos continúa.
CONCLUSIÓN.
1. Desde el año 2000 los sondeos han extraído aguas subterráneas de forma ilegal. Aunque
es posible que hayan sido autorizados en los últimos años, aunque se desconoce ese
dato.
2. Las continuas denuncias y alegaciones contra esta actividad ilegal no han evitado la
extracción abusiva.
3. Las determinaciones del Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadalquivir no permite la
sobreexplotación del acuífero. A pesar de ello, la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir las incumple dando autorizaciones temporales de explotación y/o
autorizaciones definitivas.
4. Los Ayuntamientos velezanos no han llevado el tema ante la Fiscalía de Medio
Ambiente, único medio de parar la sobreexplotación
10
5. La disminución de los caudales de los manantiales de los Vélez, fundamentalmente el
grupo de Fuentes de Los Molinos, es palmaria. La explotación de los pozos en los
campos de María, unido a un largo periodo de sequía, ha provocado la drástica
disminución de los caudales en un 40-50 % del volumen histórico.
6. La recuperación de los caudales pasaría por la paralización total de las extracciones de
los pozos de los campos de María.
En los Vélez, a 10 de noviembre de 2014

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  • 1. 1 Fecha: 10/11/2014 INFORME SOBRE LOS POZOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DEL CAMPO DE MARÍA Y SU AFECCIÓN A LOS MANANTIALES DE LOS VÉLEZ Diego Gea Pérez Hidrogeólogo INTRODUCCIÓN. La Comarca de los Vélez constituida por los términos municipales de Vélez Rubio, Vélez Blanco, María y Chirivel depende hídricamente de las surgencias del acuífero Unidad Hidrogeológica 06. ORCE-MARÍA, tanto para abastecimiento público, como para el riego de las vegas y subsistencia de la industria. Estas surgencias naturales se localizan en el Este del acuífero, próximas a las localidades de Vélez Blanco y Vélez Rubio. Este acuífero está compartido entre las cuencas superficiales del río Guadalquivir y la del río Segura, y administrativamente entre ambas Confederaciones Hidrográficas. En el año 2000 comenzaron a perforarse sondeos para la captación de aguas subterráneas en la zona Oeste del acuífero, término municipal de María, y la puesta en regadío intensivo de unas 200 hectáreas de terrenos de secano. Simultáneamente se manifestó la oposición de colectivos ecologistas, comunidades históricas de regantes de la comarca velezana, ayuntamientos de los Vélez, la Mancomunidad de Municipios de los Vélez y la Junta Rectora del Parque Natural de Sierra de María-Los Vélez ante el peligro que suponían estas captaciones de aguas subterráneas para la subsistencia de los manantiales velezanos, por sobreexplotación del acuífero. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, organismo de cuenca responsable del control de las aguas subterráneas del acuífero, nunca tuvo en cuenta tales manifestaciones, alegaciones y protestas, permitiendo la sobreexplotación del acuífero. En la actualidad, a la sobreexplotación del acuífero se suma un largo periodo de sequía que ha hecho que los manantiales drenen aproximadamente el 50% de su caudal histórico y gran parte de las vegas de regadío históricas están convertidas en secano. La oposición a los sondeos en los campos de María, en forma de numerosas alegaciones y escritos ante la Confederación Hidrográfica se ha basado en los siguientes supuestos: “La denuncia sobre estos sondeos se basa en la afección a los niveles piezométricos y consecuentemente a los manantiales relacionados directa o indirectamente con la subunidad hidrogeológica donde se localizan estos sondeos. Por lo tanto, la oposición se basa en las siguientes aspectos: 1. Las captaciones ILEGALES ya existentes y que se pretende legalizar mediante estas concesiones de aguas públicas se localizan en la Unidad Hidrogeológica UH.06 ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadalquivir), según este Plan, cuando hace referencia al Balance Hídrico, el volumen de entradas coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del
  • 2. 2 sondeo incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la mayoría también ilegales y denunciados, que ya han provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el mismo Plan Hidrológico impone como un objetivo de calidad “la eliminación de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar. 2. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de María, que algunos veranos se han visto sometido a restricciones. 3. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos.” ANTECEDENTES: - Principios del año 2000. Comienzan a perforarse una serie de sondeos para extraer aguas subterráneas en la zona conocida como Casablanca-Los Falces. Las Partías en el TM de María con el objetivo de poner en regadío zonas de secano. Estos sondeos no cuentan con ninguna autorización del organismo de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG). - 23 de junio de 2000. Se publica en el BOP DE Almería nº 120 la Convocatoria de competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de Dª María Motos Guirao en la finca Los Falces-La Alfaguara con un caudal solicitado de 49 l/s. El registro de la solicitud es del 24/04/2000 y el expediente TC-17/0960. - 26 de julio de 2000. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez y el Ayuntamiento de María presentan ante la Confederación Hidrográfica del Segura DENUNCIA por sondeos ilegales en la zona indicada del término municipal de María, poniendo en su conocimiento el peligro que tales captaciones de aguas subterráneas tendrán en el equilibrio del acuífero y sus consecuencias negativas en para el abastecimiento público y de riego de los Vélez. - 29 de junio de 2001. La CHG comunica a los denunciantes una Propuesta de Resolución en Expediente Sancionador seguido contra Agrícola de Sierra de María S.L. (Águilas. Murcia). La propuesta se resume así: Hechos imputados: “Estar regando de forma continua 50 has de terreo con aguas procedentes de varios sondeos ejecutados en el lugar denominado Casablanca-Los Falces. Las Partías en el término municipal de María (Almería) sin contar con la preceptiva concesión de aguas públicas concedidas por este organismo. Resolución que se propone: Sanción de 1.750.000 pesetas (10.518 €) y la inmediata paralización de la extracción abusiva de aguas que realiza”. - 7 de junio de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 109 la Convocatoria de competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta
  • 3. 3 convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D Luis Botía Reche en la finca La Cuesta con un caudal solicitado de 45 l/s. El registro de la solicitud es del 09/04/2001 y el expediente TC-17/2490. - 13 de julio de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez vuelve a denunciar ante la CHG que “no sólo los pozos denunciados y expedientados han seguido impunemente extrayendo agua sino que se siguen perforando más en la zona y aumentando la superficie de regadío, donde posiblemente ya se hayan superado las 200 Has”. La denuncia añade además que durante el verano de 2001, la localidad de María ha sufrido restricciones al agotarse por bajada de los niveles freáticos el sondeo de abastecimiento público. - 25 de septiembre de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez ante la continuidad de las extracciones de aguas subterráneas reitera la denuncia solicitando “que se tomen medidas drásticas y contundentes con respecto a estas ilegalidades con arreglo a la legislación vigente debido a la gravedad del tema procediendo a la paralización efectiva de dichos sondeos y sancionando a los responsables”. - Octubre de 2001. El caso es expuesto durante una Comisión del Senado dentro del debate producido a raíz de la propuesta realizada por el grupo parlamentario socialista, por la que se insta al gobierno a que proceda a la delimitación del perímetro de protección del acuífero de Sierra María y Maimón, en la provincia de Almería (661/000099). Los ponentes son el senador Asensio Martínez por parte del Grupo Socialista y el Senador Pérez Ruiz por parte del Grupo Popular. La propuesta es rechazada por la mayoría del Grupo Popular. - 12 de noviembre de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 218 la Convocatoria de competencia de Proyectos por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de Dª María Motos Guirao en la finca Faces para riego de 73,40 Has con un caudal solicitado de 14,47 l/s. El registro de la solicitud es del 04/06/2001 y el expediente TC-17/2663. - 20 de noviembre de 2001. El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir emite Resolución Definitiva sobre el expediente de sanción contra la Sociedad Agrícola Sierra de María, S.L. en los siguientes términos: 1º. Se sanciona con una multa de 1.750.000 ptas (10.517 €); 2º Se le obliga a indemnizar por los daños al Dominio Público Hidráulico en la cifra de 875.000 ptas (5.259 €); 3º. Se le ordena PARALIZACIÓN INMEDIATA DE LA EXTRACCIÓN ABUSIVA DE AGUAS QUE REALIZA. - 12 de diciembre de 2001. Se publica en el BOP DE Almería nº 239 la Convocatoria de Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D. Luis Botía Reche en la finca La Cuesta para riego de 49,23 Has con un caudal solicitado de 21,77 l/s. El registro de la solicitud es del 09/04/2001 y el expediente TC-17/2490. - 27 de diciembre de 2001. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez presenta alegaciones contra la autorización de los expedientes TC-17/2663 y TC-17/2490 indicados en los dos puntos anteriores. Los argumentos expuestos son: “Estos sondeo ya se ha ejecutado y están en explotación de forma ILEGAL. Esta Asociación puso esta ILEGALIDAD en conocimiento de la Comisaría de Aguas de la confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Granada con fecha 25 de septiembre de 2001 sin que dicha explotación fuese paralizada.
  • 4. 4 La denuncia sobre este sondeo se basaba la afección a los niveles piezométricos y consecuentemente a los manantiales relacionados directa o indirectamente con la subunidad hidrogeológica donde se localiza este sondeo. Por lo tanto, y ratificándonos en aquella denuncia basamos nuestra oposición en las siguientes aspectos: 4. La captación ILEGAL ya existente y que se pretende legalizar mediante esta concesión de aguas públicas se localiza en la Unidad Hidrogeológica UH.06 ORCE-MARÍA, concrétamente en la subunidad de Orce (según las delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la mayoría también ilegales y denunciados por esta Asociación, que ya han provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el mismo Plan Hidrológico impone como un objetivo de calidad “la eliminación de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar. 5. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de María, que este último verano se ha visto sometido a restricciones. 6. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos.” - Finales del año 2001. Según observaciones sobre ortofoto, la superficie de cultivo es de 135 has. Se observan dos nuevas construcciones en la parcela respecto a la ortofoto anterior de 1998, una de ellas es una balsa de riego de 90×90 m. - 25 de febrero de 2002. La CHG emite resolución de expediente sancionador 145/00- DG en el que “se ratifica en las sanciones impuestas a Agrícola Sierra de María, S.L. y desestima recurso de reposición planteado” por la empresa y además constata “la existencia de posibles perjuicios a aprovechamientos preexistentes”. - 10 y 12 de junio de 2002. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez reitera por tercera vez la denuncia contra los sondeos ilegales, ya que los pozos “siguen extrayendo agua con la más absoluta impunidad y continua aumentando la superficie de regadío, donde ya se han superado las 200 Has”. - 4 de julio de 2002. Se publica en el BOP DE Almería nº 126 la Convocatoria de Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta convocatoria se refleja la petición de riego con aguas subterráneas por parte de D. Luis
  • 5. 5 Botía Reche en la finca Falces para riego de 42,56 Has con un caudal solicitado de 7,96 l/s. El registro de la solicitud es del 16/03/2001 y el expediente TC-17/2387. - 18 de julio de 2002. La Asociación Ecologistas en Acción-Los Vélez presenta ante la CHG alegaciones contra la petición de sondeos con expediente TC-17/2387. - 8 de octubre de 2002. La CHG notifica a Ecologistas en Acción-Los Vélez que “la entidad Agrícola Sierra de María, S.L. ha interpuesto recurso Contencioso Administrativo nº 2.112/02, contra la resolución del expediente DG-145/00-GR ” de sanción indicado en anteriores entradas. - 13 de noviembre de 2002. Se publica en el BOP DE Almería nº 218 la Convocatoria de Información Pública por parte de la Comisaría de Aguas de la CHG. En esta convocatoria se refleja la petición de la concesión de aguas públicas por parte de Dª. María Motos Guirao en la finca Faces para riego de 73,40 Has con un caudal solicitado de 14,47 l/s. El registro de la solicitud es del 25/05/2001 y el expediente TC-17/2663. - Noviembre de 2002. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco y Ecologistas en Acción-Los Vélez presentan alegaciones y se oponen a la concesión de aguas públicas del expediente TC-17/2663. - 17 de agosto de 2004. Ecologistas en Acción-Los Vélez reiteran por quinta vez ante la CHG la denuncia por las extracciones ilegales de aguas subterráneas. - Año 2004. Según estimaciones mediante ortofoto, la superficie de cultivo es de 207 Has. - 14 de octubre de 2005. Ecologistas en Acción-Los Vélez es citado por la CHG para realizar la confrontación sobre el terreno de los expedientes de concesión de aprovechamiento de aguas públicas TC-17/2387 y TC-17/2490 de D. Luis Botía Reche y TC-17/2663 de María Motos Guirao. - 21 de octubre de 2005. Ecologistas en Acción-Los Vélez comunica a la CHG que no puede asistir ningún miembro de esta asociación por motivos de trabajo “comunicando su ratificación en las consideraciones presentadas en su día, las cuales solicita figuren el Acta de Confrontación que se levantará en dicho acto… No otorgando la concesión de aguas públicas solicitada, debiéndose clausurar los sondeos y a en explotación y teniendo por personado en el expediente al grupo ecologista”. - 21 de octubre de 2005. El Consorcio de Los Vélez, compuesto por los Ilms. Ayuntamientos de Vélez Blanco, Vélez Rubio, María y Chirivel; y la Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco ante la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ALEGA contra la petición de concesión de aguas públicas, EXPEDIENTES TC-17/2387, TC-17/2490 y TC-17/2663, provenientes de unas captaciones de aguas subterráneas en la Unidad Hidrogeológica 06. ORCE-MARÍA, al considerar que NO ES VIABLE y por lo tanto no debe autorizarse dicha concesión de aguas, en base a los siguientes argumentos: 1. Las captaciones ILEGALES ya existentes y que se pretende legalizar mediante estas concesiones de aguas públicas se localizan en la Unidad Hidrogeológica UH.06 ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este
  • 6. 6 Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la mayoría también ilegales y denunciados, que ya han provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el mismo Plan Hidrológico impone como un objetivo de calidad “la eliminación de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar. 2. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de María, que algunos veranos se han visto sometido a restricciones. 3. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca indica que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos. - 21 de marzo de 2006. La CHG da vista y Audiencia del expediente TC-17/2663 a los alegantes opositores Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco y a Ecologistas en Acción-Los Vélez, como paso previo a la propuesta de resolución, indicando que el Servicio encargado ha informado en sentido desestimatorio las alegaciones interpuestas, “ya que el balance de los recursos demanda de la unidad hidrogeológica U.H. 06, denominada Orce-María, ya ha sido estudiado por la Oficina de Planificación Hidrogeológica, emitiendo informe en sentido favorable, las circunstancias planteadas en las alegaciones presentadas por los opositores ya estarían recogidas en el informe”. - 10 de abril de 2006. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco, el Consorcio de Municipios de los Vélez y Ecologistas en Acción-Los Vélez presentan alegaciones ante la CHG en la vista de audiencia contra el expediente TC- 17/2663 de concesión de aguas públicas en la que advierten que “Al reconocerse por el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio que la Unidad hidrogeológica está sobreexplotada, la concesión de una nueva explotación por parte de la Administración y/o funcionario público podría incurrir en un tipo de delito tipificado en el Código Penal (art. 358), que esta Asociación pondría en conocimiento del Poder Público correspondiente” y además indican que “la subunidad hidrogeológica de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca (Real Decreto 1.664/1998, art. 37.1) indica que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos. Al indicarse taxativamente este hecho por la legislación vigente la concesión de una nueva explotación con un caudal superior a 4 l/s (se pretenden otorgar 14´47 l/s) por parte de esa Administración y/o funcionario público se incurrirá en un delito tipificado en el Código Penal (art. 358), que esta Asociación pondrá en conocimiento del Poder Público correspondiente.”. - 21 de abril de 2006. La CHG da vista y Audiencia del expediente TC-17/2387 a los alegantes opositores Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco y
  • 7. 7 a Ecologistas en Acción-Los Vélez, como paso previo a la propuesta de resolución, indicando que el Servicio encargado ha informado en sentido desestimatorio las alegaciones interpuestas, “ya que las circunstancias planteadas en las alegaciones presentadas por los opositores ya estarían recogidas en el informe emitido por la oficina de Planificación Hidrológica”. - 29 de mayo de 2006. La Comunidad de Regantes de Aguas del Maimón de Vélez Blanco, el Consorcio de Municipios de los Vélez y Ecologistas en Acción-Los Vélez presentan alegaciones ante la CHG en la vista de audiencia contra el expediente TC- 17/2387 de concesión de aguas públicas por los siguientes motivos: 1. La/s captación/es ILEGALES ya existente y que se pretende legalizar mediante esta concesión de aguas públicas se localiza en la Unidad Hidrogeológica UH.06 ORCE-MARÍA, concretamente en la subunidad de Orce (según las delimitaciones publicadas en el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio, por el que se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca y la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la Cuencas del Guadalquivir), según este Plan cuando hace referencia al Balance Hídrico el volumen de entradas coincide con el de salidas, con lo cual las extracciones del sondeo incrementarían las salidas de manera que la subunidad se vería sobreexplotada. De hecho ya existen en esta subunidad otros sondeos, la mayoría también ilegales y denunciados por esta Asociación, que ya han provocado la sobreexplotación afectando a los manantiales naturales donde drena el acuífero, el Manantial de Fuencaliente de Orce, de manera que el mismo Plan Hidrológico IMPONE como un objetivo de calidad “la eliminación de la sobreexplotación de la subunidad de Orce”. Por lo tanto y basado en estos indicadores la concesión de aguas públicas no se puede otorgar. 2. Al reconocerse por el Real Decreto 1.664/1998, de 24 de Julio que la Unidad hidrogeológica está sobreexplotada, la concesión de una nueva explotación por parte de la Administración podría incurrir en un tipo de delito tipificado en el Código Penal, que esta Asociación pondría en conocimiento del Poder Público correspondiente. 3. La subunidad de Orce está separada hidrogeológicamente de la subunidad de María, también perteneciente a la U.H. 06 por una divisoria subterránea en las inmediaciones del sondeo al que se alega. Su explotación conlleva una modificación de esta divisoria con un desplazamiento hacia el Este, con lo cual se verán afectados los recursos hídricos de la Subunidad de María, de hecho ya lo están, con una disminución drástica de los caudales del manantial de “La Piza” y el sondeo “La Ermita” de abastecimiento público de la localidad de María, que en los últimos verano se ha visto sometido a restricciones, coincidiendo con los meses de explotación de los sondeos ilegales referenciados y que esa Administración pretende legalizar. 4. La subunidad de Orce se localiza aguas arriba del embalse de regulación del Negratín y el Plan Hidrológico de Cuenca (Real Decreto 1.664/1998) indica que “en ningún caso se autorizarán captaciones para riego superiores a 4 litros por segundo” en estos casos. Al indicarse taxativamente este hecho por la legislación vigente la concesión de una nueva explotación con un caudal superior a 4 l/s (se pretenden otorgar 14´47 l/s) por parte de esa Administración se incurrirá en un tipo de delito tipificado en el Código Penal, que esta Asociación pondrá en conocimiento del Poder Público correspondiente.
  • 8. 8 - Noviembre de 2006. La Junta Rectora del Parque Natural de Sierra de María-Los Vélez solicita por escrito a la CHG información de las actuaciones y estado actual de los sondeos y las extracciones ilegales. El acuífero de Orce-María coincide en gran parte con la superficie del espacio protegido. - 1 de diciembre de 2006. La CHG informa a la Junta Rectora del Parque Natural en los siguientes términos: “En terrenos próximos al parque natural existen unos sondeos pertenecientes a Dª María Motos Guirao, los cuales poseen trámite de concesión de aguas que están en su última fase de tramitación, según me informan en la Zona de Granada, además de que todos los años solicitan autorización temporal de riegos en base a dicha tramitación de concesiones”. “Igualmente existen otros sondeos pertenecientes a D. Jesús Botía Reche, D. Luis Botía Reche y D. Pedro Navarro Burgos que se encuentran en las mismas circunstancias del anterior, llegándose a realizar algunas denuncias”. Este escrito es remitido a la Junta Rectora el 20 de abril de 2007. - Mayo de 2007. Ante las denuncias por pozos ilegales y por falta de control en las extracciones que afectan al Parque Natural y sus municipios, el alcalde de Vélez Blanco, en representación del Consorcio, el presidente de la Comunidad de Regantes Aguas del Maimón de Vélez Blanco y de la comisión encargada de redactar las Ordenanzas de la Junta Central de Usuarios del Acuífero de Sierra de María-Maimón y el presidente de la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de María-Los Vélez se desplazan a Sevilla, a la Confederación Hidrográfica, para exponer el problema y pedir soluciones. Esta entrevista no tuvo respuesta. - 1 junio de 2007. La Junta Rectora del Parque Natural de Sierra de María-Los Vélez celebra una Reunión Extraordinaria con un punto único: Análisis de la situación de los sondeos que afectan al Parque Natural. Sobre el escrito remitido por la CHG llama la atención “la existencia de concesiones temporales como algo que no está legislado y donde no se cuantifica la concesión”. Se opina que debería enviarse el caso a la Fiscalía de Medio Ambiente. Se propone enviar otro escrito a la CHG trasladando la queja de los ciudadanos y la afección al Parque Natural, solicitando el cierre los pozos y se supriman las concesiones temporales. - Junio de 2007. En referencia a lo acordado en la Reunión Extraordinaria de la Junta Rectora del 1 de junio de 2014, el presidente de la Junta Rectora del Parque Natural envía un escrito a la CHG en la que se indica: “La Junta Rectora quiere manifestar que el informe le ha parecido insuficiente, no contesta a lo preguntado, se afirma la existencia de “concesiones temporales”·, las cuales no se recogen en la normativa y no se cuantifican. Se traslada también la queja de los ciudadanos y la afección al Parque Natural por las extracciones continuas y a la apertura de pozos sin autorización que, unido a la falta de control de los mismos, producen la sobreexplotación del acuífero y, en consecuencia, posibles daños medioambientales. Por tanto, en base a que el informe no aclara la situación, sino que lo hace más preocupante, se requiere la realización de las siguientes actuaciones: 1. Una investigación exhaustiva. 2. El cierre de los pozos sin autorización expresa. 3. La supresión de las autorizaciones temporales de explotación. 4. La dotación urgente de un puesto de vigilancia para la zona.
  • 9. 9 Al mismo tiempo, se solicita nuevamente un informe en el que, además de indicar las medidas que se han tomado nos aclaren los siguientes puntos:  La identificación de las concesiones autorizadas.  Los estudios realizados sobre el caudal de los sondeos y datos de aforos (transmisividad, coeficiente de almacenamiento), evolución de niveles piezométricos y evolución de parámetros de calidad de las aguas.  Si las fincas han pasado de secano a regadío, y en su caso si requieren permiso de la Consejería de Agricultura.  Datos volumétricos de extracciones cuantificadas mediante dispositivos (contadores). A la espera del informe solicitado, y a petición de los miembros de la Junta Rectora, se dará traslado de este oficio a los Ayuntamientos, a la Consejería de Medio Ambiente, a la Agencia Andaluza del Agua y a la Consejería de Agricultura, organismos con representación en la Junta Rectora. Así mismo, se dará también traslado a la Confederación Hidrográfica del Segura, dado el carácter compartido de la Unidad Hidrogeológica (Orce-María) y la proximidad de la exploración a la divisoria hidrogeológica, de carácter dinámico en función del nivel de explotación, que podría modificar los flujos de agua.” - 23 de julio de 2008. En la Reunión Ordinaria de la Junta Rectora del Parque Natural, el presidente informa sobre los sondeos ilegales en el campo de María indicando que “se había dirigido a los organismos competentes, sin resultado y que se había concluido instando a los Ayuntamientos a que tomaran las medidas oportunas, ya que sólo ellos podían emprender acciones legales exigiendo las correspondientes actuaciones y responsabilidades”. - Desde la anterior fecha hasta el momento presente, noviembre de 2014, el que suscribe no ha tenido conocimiento de ningún acontecimiento. Tampoco en el BOP de Almería ha aparecido ninguna publicación referente al tema. La explotación de los pozos y los regadíos continúa. CONCLUSIÓN. 1. Desde el año 2000 los sondeos han extraído aguas subterráneas de forma ilegal. Aunque es posible que hayan sido autorizados en los últimos años, aunque se desconoce ese dato. 2. Las continuas denuncias y alegaciones contra esta actividad ilegal no han evitado la extracción abusiva. 3. Las determinaciones del Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadalquivir no permite la sobreexplotación del acuífero. A pesar de ello, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir las incumple dando autorizaciones temporales de explotación y/o autorizaciones definitivas. 4. Los Ayuntamientos velezanos no han llevado el tema ante la Fiscalía de Medio Ambiente, único medio de parar la sobreexplotación
  • 10. 10 5. La disminución de los caudales de los manantiales de los Vélez, fundamentalmente el grupo de Fuentes de Los Molinos, es palmaria. La explotación de los pozos en los campos de María, unido a un largo periodo de sequía, ha provocado la drástica disminución de los caudales en un 40-50 % del volumen histórico. 6. La recuperación de los caudales pasaría por la paralización total de las extracciones de los pozos de los campos de María. En los Vélez, a 10 de noviembre de 2014