El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
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El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
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El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Agaen, junto con más de 20 asociaciones nacionales en apoyo a las energías re...Alberto Vázquez Garea
AGAEN se suma, junto con más de 20 asociaciones nacionales a la nota de prensa en apoyo a las energías renovables y contra las medidas fiscales adoptadas por el Ministerio de Industria
Se trata de un proyecto en el que solicito al Estado Provincial que evalúe la posibilidad de eximir del pago de Ingresos Brutos a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe (EPESF) para disminuir el costo final de la factura de luz que pagan los usuarios.
Según la Secretaria de Energía de la Provincia Verónica Geese, Santa Fe tiene la facturación de electricidad más altas del país y lo atribuye a que la escasa densidad de población eleva los costos de todo el sistema. Sin embargo, los porcentajes de los distintos costos de la tarifa hablan por sí solos. Sólo el 30% corresponde a generación de energía y es común a todas las provincias, mientras que el 70% restante es nuestro. Un 40% corresponde a distribución, mantenimiento y operación; y un 30% son impuestos nacionales y provinciales.
Hoy la EPE paga 50 millones por mes de Ingresos Brutos y este valor se carga al precio del kilowat. Por lo tanto, si la carga tributaria indirecta baja, el aumento porcentual de la factura será menor. Además, si el Estado Provincial exime a la EPE del pago de Ingresos Brutos, el costo final de la factura se reduciría en un 5% para los santafesinos. Esto se sumaría a la reducción del 10%, que algunas ciudades como Santa Fe, ya han realizado de la Cuota de Alumbrado Público.
Junto a la eliminación de los Ingresos Brutos, la EPE debería llevar adelante un plan de austeridad con reingeniería de procesos y reestructuración de su planta de personal, para disminuir el costo de facturación de la energía eléctrica.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Agaen, junto con más de 20 asociaciones nacionales en apoyo a las energías re...Alberto Vázquez Garea
AGAEN se suma, junto con más de 20 asociaciones nacionales a la nota de prensa en apoyo a las energías renovables y contra las medidas fiscales adoptadas por el Ministerio de Industria
Se trata de un proyecto en el que solicito al Estado Provincial que evalúe la posibilidad de eximir del pago de Ingresos Brutos a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe (EPESF) para disminuir el costo final de la factura de luz que pagan los usuarios.
Según la Secretaria de Energía de la Provincia Verónica Geese, Santa Fe tiene la facturación de electricidad más altas del país y lo atribuye a que la escasa densidad de población eleva los costos de todo el sistema. Sin embargo, los porcentajes de los distintos costos de la tarifa hablan por sí solos. Sólo el 30% corresponde a generación de energía y es común a todas las provincias, mientras que el 70% restante es nuestro. Un 40% corresponde a distribución, mantenimiento y operación; y un 30% son impuestos nacionales y provinciales.
Hoy la EPE paga 50 millones por mes de Ingresos Brutos y este valor se carga al precio del kilowat. Por lo tanto, si la carga tributaria indirecta baja, el aumento porcentual de la factura será menor. Además, si el Estado Provincial exime a la EPE del pago de Ingresos Brutos, el costo final de la factura se reduciría en un 5% para los santafesinos. Esto se sumaría a la reducción del 10%, que algunas ciudades como Santa Fe, ya han realizado de la Cuota de Alumbrado Público.
Junto a la eliminación de los Ingresos Brutos, la EPE debería llevar adelante un plan de austeridad con reingeniería de procesos y reestructuración de su planta de personal, para disminuir el costo de facturación de la energía eléctrica.
Resumen de cálculos de actualización de Peaje de SST y SCT de la Empresa Elec...WILLIAM VASQUEZ
Se muestra un resumen de los cálculos de actualización de Peaje de SST y SCT de la Empresa Electrocentro (Área de Demanda 5), así como un resumen del calculo de Cargo de Liquidación de Ingresos SST y SCT del año 2020 de la misma empresa
Se muestra un resumen de los cálculos de actualización de Peaje de SST y SCT de la empresa Electrocentro (Área de demanda 15), así como el resumen de cálculo de Cargo de Liquidación anual de SST y SCT de la misma empresa.
201509 Eficiencia y tarifas eléctricas IGAPEJorge Morales
Impacto de la regulación sobre tarifas eléctricas en las medidas de ahorro y eficiencia energética, con especial hincapié en el autoconsumo.
Presentación realizada en la jornada de cierre del proyecto ENTIC en Vigo el 23 de septiembre de 2015.
III Jornada de Desarrollo IADE: Presentación Sebastián SkindJuany Alonso
Vea el audio ilustrado de las ponencias de los panelistas, acompañado con sus presentaciones y algunas fotos que dejó el evento: https://www.youtube.com/watch?v=OtiHTVfD8ZI
Exposición presentada por Sebastián Skind en la III Jornada de Desarrollo del Instituto Argentino Para el Desarrollo Económico (IADE http://www.iade.org.ar/)
La publicación de las estimaciones del balance cambiario se presenta en un esquema similar
al que surge de las publicaciones nacionales del balance de pagos. Estas presentaciones, que son
similares en formato, encierran diferencias significativas en algunos casos en los montos
estimados, dadas las diferencias conceptuales que existen entre ambas estimaciones.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
1. Hay gran incertidumbre entre las PyMES de todo el país por los montos de luz que se pagarán en
las nuevas facturas. Es que si bien se sabía que en algún momento se quitarían subsidios, la
medida encuentra a las empresas con caídas en las ventas, en la producción y serios problemas de
liquidez. Las más afectadas en esta ocasión serán las PyMES de la región AMBA, que es donde
más pega la quita de subsidios. Por ejemplo, para una industria de esa zona, la boleta promedio
pasará de $3.425 a $16.116, con una suba de 370%. Pero también en el resto del país pega fuerte.
Es que de por sí en muchas provincias se pagaban valores que superaban en más de seis veces a
los de CABA y Conurbano, y ahora se espera un alza promedio de 50%.
La quita de subsidios les costará
$26.320 millones al año a las PyMES
La quita de subsidios a la electricidad impactará de lleno sobre los costos de producción de las
PyMES, especialmente de las firmas localizadas en la región AMBA (Área Metropolitana de Buenos
Aires) que son las más afectadas por la medida.
Si bien la mayoría de los empresarios pequeños y medianos aún no está recibiendo la nueva factura y
hay mucha expectativa por los valores que traerán, sobre la información brindada por el gobierno y la
situación de cada provincia, se puede estimar que las PyMES pagarán $26.320 millones adicionales
en los próximos doce meses por los aumentos de luz. En mayor o menor magnitud, todas sentirán el
impacto, pero sobre todo las de la región AMBA que tendrán un costo adicional por luz de $16.315
millones en los próximos doce meses.
La quita de subsidios llega en un momento delicado, marcado por la combinación de menores ventas,
menores pedidos de producción, caídas en las exportaciones, subas de costos agresivas y pérdida de
rentabilidad. Para dimensionar el impacto:
En las industrias de la zona AMBA, donde el consumo promedio de una PyME ronda los 4.500
kwh, considerando el ajuste en los componentes fijos, variables y en el importe para inversión en
infraestructura, la suba promedio de la luz rondará el 370,5%. Se pasará de una factura promedio de
$3.425 a $16.116, es decir $12.690 más. Estimando que en AMBA existen 45 mil PyMES industriales,
el gasto adicional que deberían realizar todas estas empresas por la quita de subsidio sería de $578,5
millones por factura o lo que es equivalente: $6.942,5 millones en los próximos doce meses.
Para el resto de los sectores (comercio y servicios) de AMBA, donde el consumo promedio de luz
ronda los 2.500 kwh, la suba promediará el 351%, pasando de una factura promedio de $762 a
$3.436, es decir $2.674 más. Sobre el dato que en esa región hay 292 mil PyMES de esos sectores,
el costo adicional para todas esas empresas por la quita de subsidio sería de $781,1 millones por
factura o $9.372,7 millones en los próximos doce meses.
En el resto del país, los nuevos valores mayoristas fijados por el gobierno provocarán un aumento
promedio de 50% en la luz, según lo estimado por ahora por varias provincias. Sobre una boleta que,
según pudo relevar CAME a través de sus cámaras adheridas, ronda los $6.168 al mes (promedio)
subirá a 9.252,4, y tendría un costo adicional anualizado de $10.004,3 millones para las PyMES.
Sumando el impacto en los diferentes sectores y regiones, se puede anticipar que la quita de
subsidios le costará $26.319,5 millones a las PyMES del país. Sólo en la región AMBA el costo será
de $16.315,2 millones. De todos modos, habrá que esperar a las decisiones que tomen muchas
provincias en materia de subsidios para conocer con mayor exactitud el costo.
El costo de la quita de subsidio para las PyMES
PyMES Resto del país
Industriales
Comercio y
Servicios
Industria, Comercio y
Servicios
Consumo promedio (en kwh) 4.500 2.500 2.900
Gasto promedio de luz con subsidio mensual (en $) 3.425,0 762,0 6.168,3
Gasto promedio de luz con quita de subsidio mensual (en $) 16.116,0 3.436,0 9.252,4
Incremento (%) 370,5% 350,9% 50,0%
Incremento en la factura promedio (en $) 12.691,0 2.674,0 3.084,1
Cantidad de PyMES afectadas en AMBA 45.587 292.093 270.315
Impacto económico mensual de la quita de subsidios (millones de $) 578,5 781,1 833,7
Impacto económico anualizado de la quita de subsidios (millones de $) 6.942,5 9.372,7 10.004,3
COSTO TOTAL ANUALIZADO PARA LAS PYMES Zona AMBA (millones de $)
COSTO TOTAL ANUALIZADO PARA LAS PYMES del País (millones de $)
16.315,2
26.319,5
PyMES ZONA AMBA
2. Fuente: CAME en base a datos propios, del Ministerio de Industria y el Ministerio de Trabajo
Detalle de las subas en la región AMBA
La suba de tarifas será muy heterogénea según actividad, tipo de tarifa, zona y nivel de
tensión utilizada. En general, según consumo y nivel de tensión (Tarifas Tipo 2 y 3 de Baja,
Alta y Media Tensión1
) los incrementos oscilarán entre 307% y 698%. Así por ejemplo, una
PyME manufacturera promedio pasará a pagar casi $200 mil al año sólo de luz.
Incremento tarifario Industria, Comercio (Consumo kWh y KW Mensual) y Hogares
(Consumo kWh Bimestral)
Fuente: Elaboración propia en base a resolución ENRE N° 1/201.
Incremento Tarifario
Fuente: Elaboración propia en base a resolución ENRE N° 1/2016.
Incremento Tarifario por Tipo y Nivel de Tensión
(Comercio e Industria)
Fuente: Elaboración propia en base Cuadros Tarifarios ENRE 2015 y 2016.
1
Dicho tipo de tarifa se vinculan a Grandes Clientes (tarifa T3 o Peajes mayores a 50 kW) pueden elegir su nivel de tensión
de suministro debiendo cumplir: Baja tensión: potencia mínima de 50 kW, Media tensión: potencia mínima de 315 kW y
Alta tensión: potencia mínima de 20 MW.
3. Detalle de las subas en el resto del país
En el interior del país la situación es algo diferente. Es que mientras Edenor, Edelap, y
Edesur (las privatizadas que actúan en Buenos Aires) tienen tarifas congeladas desde la
convertibilidad, Epec (y otras firmas provinciales como EPE) comenzó a actualizar sus
valores desde 2008.
La provincia de Córdoba por ejemplo, tuvo un incremento tarifario de 28,6% en enero de
2015 y de 17% en octubre del mismo año, sumando un aumento de 300% en los últimos 5
años. En la provincia de Entre Ríos se estima que los anuncios del Gobierno provocarán un
incremento de 45% en las tarifas de luz de la provincia, pero que se suma al incremento del
30% que ya de por sí tuvieron en enero pasado.
En provincias como Jujuy, Catamarca o Misiones se estima que por los nuevos valores
fijados por el gobierno nacional, las tarifas locales tendrán aumentos mayores, que podrían
llegar al 70%, aunque los empresarios PyMES todavía están expectantes por saber cuál
será el valor.
El reacomodamiento de los cuadros tarifarios era una medida necesaria, pero generará un
alto costo para las PyMES. Algunas podrán enfrentarlo con más resto que otras, y mientras
tanto, muchas empresas comienzan a realizar cuentas de que en el corto plazo es muy
posible que también ascienda el costo de la provisión de gas. Eso profundizará la caída de
la rentabilidad. Por eso, para los empresarios es importante saber qué medidas se tomarán
en adelante para reactivar la economía.
4. Nota Metodológica 1
Para estimar el impacto de la quita de subsidios se utilizaron dos metodologías.
Por un lado, mediante relevamientos realizados a 400 industrias y comercios de todo el
país, se estimó: a) el consumo promedio por kwh de las PyMES de la región AMBA y b) el
consumo promedio, por monto, de la factura mensual en las PyMES del resto del país
(zonas no operadas por Edenor, Edesur y Edelap).
Por otro, para estimar las actualizaciones de precios de las zonas operadas por Edenor,
Edesur y Edelap (zona AMBA), se construyó un modelo estimador que se aplicó sobre los
kWh promedio declarados por las empresas. Los cuadros tarifarios se actualizaron
tomando el esquema de tarifas de la empresa EDENOR de los años 2015 y 2016. Para eso
se dividió en los siguientes componentes:
1- Factor Variable: Surge de los kWh consumidos multiplicados por su valor, que está
sujeto al tipo de tarifa (T1, T2 y T32
) y el nivel de tensión (TB, TM y TA). Además, en
T2 y T3 se agrega $0,00406 por cada kWh consumidos3
2- Factor Fijo / Potencia: Para las tarifas T1 se cobra un monto fijo bimestral y T2 y
T34
, se arancelan las potencias KW consumidas mensualmente5
.
3- Cargos – Impuestos: Los impuestos se gravan sobre el Total Facturado (suma del
Factor Variable y Fijo/Potencia).
a) IVA (21% en T1 y 27% para T2 y T3).
b) Contribución Municipal (6,383%).
c) Fondo Pcia de Santa Cruz Ley N23681 (0,6%).
d) Monto Fijo para Inver en Infrae y Mant (Ver Res ENRE 347/12).
2
Para T3, se realizó el promedio de los valores de kWh de los horarios Horario Valle, Pico y Horas Restante.
3
Res. SE Nro. 1866/05.
4
Para T3, se realizó el promedio de los valores de kW de los horarios Horario Valle, Pico y Horas Restante.
5
Los cargos del Factor Fijo / Potencia en cada tipo de factura están sujetos al Anexo de la Resolución ENRE 01/2016.
5. e) IVA Percepción sólo para T2 y T3. La alícuota es 3% o 1,50%, cuando son
operaciones de venta de cosas muebles, locaciones de obras o locaciones y
prestaciones de servicios.
Nota 1: El cuadro de simulación de precios supone que el consumo de la factura no varía
significativamente (+/- 10%) contra meses anteriores, de esta forma están excluidos los
efectos del Cargo R. Sec. En. 745/05.
Nota 2: Se parte del supuesto que el consumo energético no supera el Recargo por
Energía Reactiva (Tg f1 > 0,61).
Finalmente, se sumaron los tres factores y se obtuvo el valor final de la factura que se
multiplica por la cantidad de empresas del sector industrial y comercio y servicios.
Para calcular el impacto de la quita de subsidios en el interior del país se realizó un cálculo
más simple debido a las dificultades para saber con exactitud el impacto en cada
jurisdicción. Por un lado, mediante relevamientos a empresas se calculó la tarifa promedio
mensual de luz que pagan. A ese valor se lo actualizó estimado un incremento promedio de
50% que son los incrementos tarifarios que sugirieron hasta el momento la mayoría de las
provincias.
Nota Metodológica 2
El suministro eléctrico tiene un régimen tarifario que se clasifica en tres categorías:
Tarifa 1 (Pequeñas Demandas)
Se aplica a todos los clientes con una demanda máxima de potencia inferior a los 10
kW
Dentro de esta categoría, se encuentran las siguientes clasificaciones:
Tarifa 1 - R (pequeñas demandas uso residencial): Se aplica a todos los
suministros en lugares destinados a vivienda, incluyendo instalaciones de uso
colectivo que sirvan a dos o más viviendas.
Tarifa 1 - G (pequeñas demandas uso general): Se aplica a todo el resto de usos
que no sean ni residencial ni alumbrado público.
Tarifa 1 - AP (pequeñas demandas - alumbrado público): Se aplica al alumbrado
público de plazas, vías, monumentos y edificios de propiedad nacional, provincial y
municipal, como así también
En el caso de las Tarifas 1-R y 1-G los parámetros tarifarios a aplicar para la
facturación son:
1- Un cargo fijo bimestral, ($/bimestre)
2- Un cargo variable por unidad de energía consumida, ($/kWh)
Cada una de estas categorías presenta además distintos parámetros tarifarios a
aplicar según resulte el nivel de consumo bimestral registrado por cada cliente:
6. Tarifa 2 (Medianas Demandas)
Se aplica a los clientes con una demanda máxima igual o superior a los 10 kW e
inferior a los 50 kW. En este caso, se aplica la misma tarifa para cualquier uso
comprendido en esta categoría.
La Tarifa 2 consiste en un cargo fijo mensual por capacidad de suministro contratada
($/kW- mes) y un cargo variable por unidad de energía consumida ($/kWh).
Tarifa 3 (Grandes Demandas)
Se aplica a aquellos clientes con una demanda máxima igual o superior a los 50 kW.
La misma se aplica para cualquier uso, pero se definen distintos parámetros según la
tensión de suministro en la que se encuentren conectados los clientes:
Baja Tensión (BT): Tensión menor o igual a 1 kV.
Media Tensión (MT): Tensión mayor a 1 kV y menor a 66 kV.
Alta Tensión (AT): Tensión mayor o igual a 66 kV.
A su vez, se definió en el Contrato de Concesión la tarifa de peaje a aplicar a los
Grandes Usuarios del MEM, y que tiene la misma estructura que la Tarifa 3.
La Tarifa 3 consiste, para los tres niveles de tensión de suministro, en 2 (dos) cargos
fijos mensuales por capacidad de suministro contratada en los horarios de punta y
fuera de punta y 3 (tres) cargos variables por unidad de energía consumida en los
horarios de punta, valle nocturno y horas restantes.
7. Tarifa 2 (Medianas Demandas)
Se aplica a los clientes con una demanda máxima igual o superior a los 10 kW e
inferior a los 50 kW. En este caso, se aplica la misma tarifa para cualquier uso
comprendido en esta categoría.
La Tarifa 2 consiste en un cargo fijo mensual por capacidad de suministro contratada
($/kW- mes) y un cargo variable por unidad de energía consumida ($/kWh).
Tarifa 3 (Grandes Demandas)
Se aplica a aquellos clientes con una demanda máxima igual o superior a los 50 kW.
La misma se aplica para cualquier uso, pero se definen distintos parámetros según la
tensión de suministro en la que se encuentren conectados los clientes:
Baja Tensión (BT): Tensión menor o igual a 1 kV.
Media Tensión (MT): Tensión mayor a 1 kV y menor a 66 kV.
Alta Tensión (AT): Tensión mayor o igual a 66 kV.
A su vez, se definió en el Contrato de Concesión la tarifa de peaje a aplicar a los
Grandes Usuarios del MEM, y que tiene la misma estructura que la Tarifa 3.
La Tarifa 3 consiste, para los tres niveles de tensión de suministro, en 2 (dos) cargos
fijos mensuales por capacidad de suministro contratada en los horarios de punta y
fuera de punta y 3 (tres) cargos variables por unidad de energía consumida en los
horarios de punta, valle nocturno y horas restantes.