Este documento explica los conceptos de interpretación jurídica e integración jurídica. La interpretación jurídica permite determinar el significado y alcance de las normas legales, mientras que la integración jurídica ocurre cuando no existe una norma aplicable directamente a un caso. La teoría de la interpretación jurídica no es un método científico sino un conjunto de reglas para desentrañar el significado de las normas. El derecho está dividido en ramas principales como derecho público y privado, que a su vez tienen sub
En esta presentación tratamos el tema de si existen o no lagunas en el Derecho. Algunos autores tienen la postura de que en el Derecho no pueden existir lagunas, pero otros manifiestan la postura contraria. Este es un interesante tema de teoría general del Derecho.
En esta presentación tratamos el tema de si existen o no lagunas en el Derecho. Algunos autores tienen la postura de que en el Derecho no pueden existir lagunas, pero otros manifiestan la postura contraria. Este es un interesante tema de teoría general del Derecho.
INTERPRETACIÓN DE LA NORMA TRIBUTARIA
INTRODUCCIÓN
En nuestro sistema jurídico se aplica o rige el sistema jurídico conocido como de la escuela romano-germánica, y tiene como característica esencial que la principal fuente de derecho es la legislación; mientras que la otra gran escuela o comunidad jurídica es la anglosajona o “common law”, donde la principal fuente del derecho es la jurisprudencia.
CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
1. Curso de: Introducción al Derecho Universidad Cesar Vallejo- Lima Norte LA INTERPRETACIÓN Y; LA INTEGRACIÓN JURIDICA
2. PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA La Integración Jurídica ocurre cuando no existe una norma aplicable para una caso concreto, sea porque éste (el hecho) no está contemplado en el Sistema Jurídico La Interpretación Jurídica, nos permite conocer el significado y sentido de las normas; resolver los problemas de aplicación cuando el texto de la norma no es claro o cuando el hecho al que se debe aplicar la norma es tal, que la aplicación de la norma genera duda. Junto con las reglas de aplicación de la norma en el tiempo y en el espacio, estas son técnicas que debemos aprender para poder ser eficientes como operadores del derecho, sea como abogados o como magistrados.
3. LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA El conocimiento de los Principios y Fuentes del Derecho , nos permiten conocer que normas se deben aplicar a los diversos casos que deseamos resolver. El conocimiento de la Teoría General de la Norma , nos ayuda a conocer QUE DICE LA NORMA , a través del análisis lógico jurídico interno de ella. (Supuesto y Consecuente) La Teoría de la Interpretación Jurídica nos ayuda a determinar QUE QUIERE DECIR LA NORMA. La interpretación nos lleva pues a desentrañar el sentido y significado último de la norma así como cuales son las condiciones que deben darse para su aplicación. Este conocimiento es necesario para poder determinar con precisión los alcances y los límites de la norma y nos permiten aplicar con justicia el derecho a la realidad
4. La Teoría de la Interpretación Jurídica , no es un método científico, sino más bien un conjunto de reglas básicas y mínimas de trabajo para desentrañar el significado de la norma. Estas reglas si bien por separado parecen muy claras y completas, no siempre son suficientes para agotar la interpretación, modo tal que casi siempre se aplicaran combinadas entre sí, según el criterio del interprete. Esto nos lleva a la posibilidad de tener distintas respuestas , validas en si mismas a una misma inquietud, pero esto es propio de la ciencias sociales, por lo que debemos estar claros que se trata de herramientas que aplicaremos creativamente en nuestro trabajo .
5. Características de la Interpretación Jurídica 1.- Es un Conjunto Abierto y no Jerarquizado La Teoría de la Interpretación Jurídica, se basa en un conjunto indefinido de instrumentos y sub instrumentos, que se utilizaran según el criterio de quien desea hacer una interpretación no tienen una jerarquía establecida ni predeterminada. 2.- Los resultados no son definitivos. Los resultados son reversibles, es decir pueden ser diferentes en la medida de aplicar un o varios sistemas interpretativos aún por el mismo interprete. 3.- Posee un carácter ideológico. La interpretación estará condicionada por la percepción normativa del interprete (capacidad de comprender la norma y sus preceptos) condicionada por: el tiempo, el lugar, la ideología, la realidad social, la política o la cultura del interprete o de su medio.
6. Este carácter ideológico nace de la diferente posición que existe entre el interprete y el legislador. Pues cuando el legislador sanciona una norma, se basa en motivos o fuentes diferentes a los hechos concretos a los que el interprete trata de aplicar la norma. La Interpretación estará condicionada por los principios particulares de cada rama o especialidad del derecho, en la medida de que la protección de los diferentes derechos requiere un orden propio y diferente, según sea el bien jurídico protegido. (La Libertad, La sociedad, La familia, El Estado, etc.) Lo importante de esta teoría , es que nos permite distinguir cuando y como debe aplicarse el derecho y cuales son las distintas formas de abordar un problema según su naturaleza jurídica. (naturaleza término equivalente a materia)