Este documento analiza las diferentes formas en que se pueden clasificar las normas jurídicas. Discuten la validez de las normas desde el punto de vista espacial, temporal, material y personal. Explica que las normas pueden clasificarse dependiendo del ámbito geográfico, periodo de tiempo, materia regulada o sujetos a los que afectan.
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UJAT - Los ámbitos de las normas jurídicas
1.
2. Cuando mencionamos al derecho en términos generales
dijimos que está formado por un conjunto de normas jurídicas
que establecen las reglas básicas de convivencia social. También
señalamos que el objetivo de esas normas jurídicas es ser útiles a
la sociedad propiciando conductas que posibiliten la convivencia
social y, al mismo tiempo, impidiendo las conductas que vayan en
contra de ese fin.
Nos corresponde ahora analizar varias cuestiones
relacionadas: ¿quién decide la obligatoriedad de las normas?, ¿de
qué manera éstas propician cierto tipo de conductas e impiden
otro? Aunque la respuesta última a estas interrogantes es tarea
de la teoría general del derecho, a continuación daremos las
respuestas que consideramos relevantes para explicar el concepto
de norma jurídica.
LA NORMA JURÍDICA Y SUS
AMBITOS DE VALIDEZ.
3. Ya hemos destacado el carácter social del derecho, la
forma en que se relaciona, en tanto ciencia social, con el
comportamiento o la conducta de individuos que forman
parte de una sociedad en un momento dado. El derecho no
es más que producto de hechos sociales, por ejemplo, en
una sociedad primitiva, en algún momento de su historia
se dio un acuerdo entre los individuos para decidir quién o
quiénes serian los que dictaran las normas que debían
regir las conductas o los comportamientos dentro de esa
sociedad.
O bien, en una sociedad moderna, cómo uno o varios
grupos revolucionarios, derogando el antiguo orden
establecido, mediante acuerdos y compromisos, pueden
decidir las normas a partir de las cuales se define qué
personas, qué órganos o qué instituciones serán las que
emitan las nuevas normas para esa sociedad.
LA NORMA JURÍDICA Y SUS AMBITOS DE VALIDEZ.
4. Por el grado de imperatividad.
Desde el punto de vista de la violación y de las
sanciones de las normas.
Por el ámbito de su validez.
Desde el punto de vista de su cualidad o modo
de vincular la voluntad de los sujetos.
Por su función o finalidad.
Clases de Normas Jurídicas.
5. Según Kelsen, la validez formal de las
normas jurídicas debe considerarse desde cuatro
puntos de vista diferentes:
Espacial
Temporal
Material
Personal
Por el ámbito de su validez.
6. El ámbito espacial se refiere al espacio geográfico o
territorio en que un precepto es aplicable.
Durante mucho tiempo este criterio no ha suscitado
problemas de clasificación. Sin embargo, en la actualidad
las relaciones entre el Derecho internacional y los Derechos
estatales, por una parte, y las del Derecho estatal y el
Derecho autonómico, por otra, convierten el tema de la
vigencia espacial de las normas en un tema árido, difícil e
inseguro.
Desde el punto de vista espacial o territorial de
validez, podemos clasificar las normas jurídicas en:
Normas internacionales
Normas nacionales
Validez espacial.
7. El ámbito temporal está constituido por el
período de tiempo durante el cual tiene vigencia
una norma. Desde este punto de vista, las
normas jurídicas pueden ser:
Normas de vigencia limitada o determinada.
Normas de vigencia ilimitada o indeterminada.
Validez temporal.
8. Normas de vigencia limitada
Aquellas que, desde el momento mismo de su publicación,
incorporan en la propia norma la duración de su obligatoriedad,
estableciendo el período de tiempo durante el cual permanecerán
vigentes.
Estas normas pierden su vigencia en el momento mismo en
que haya finalizado el tiempo para el que fueron promulgadas.
Normas de vigencia ilimitada
No todas las normas contienen en el propio texto un plazo
de vigencia temporal determinado. La mayoría de las normas se
dictan para que surtan efectos por tiempo indefinido, mientras
subsistan las situaciones de hecho que pretenden regular.
Validez temporal.
9. El ámbito material se refiere a la materia o contenido
regulado. Los preceptos jurídicos pueden clasificarse de
acuerdo con la tipología de las materias que regulan. Esta
clasificación tiene su fundamento en la división del Derecho
en diferentes ramas. Tradicionalmente, desde esta
perspectiva, se habla de:
Normas de Derecho público
Normas de Derecho privado
Esta clasificación es sin duda la más problemática de
todas, pues los criterios de distinción aportados no son ni
definitorios, ni excluyentes ni definitivos. Son múltiples las
teorías que han intentado explicar esta clasificación, pero
ninguna de ellas ha encontrado criterios universalmente
válidos para establecer tal distinción.
Validez material.
10. En conclusión, con muchas excepciones,
podemos clasificar las normas desde el punto de vista
material de validez en:
Normas de Derecho público
Quedarían aquí englobados el Derecho
constitucional, Derecho administrativo, Derecho
penal, Derecho procesal, Derecho internacional
público, Derecho tributario.
Normas de Derecho privado
Derecho civil, Derecho mercantil.
Validez material.
11. El ámbito personal se refiere a los
sujetos a los que afecta la norma. Desde
este punto de vista, las normas pueden
ser:
Genéricas
Particulares
Individuales
Validez personal.
(en función de los destinatarios de las normas jurídicas)