El itercriminis se refiere al desarrollo de un delito desde su concepción hasta su consumación, e incluye dos fases: la fase interna en la mente del autor, donde concibe la idea del delito, y la fase externa donde ejecuta la acción u omisión. El castigo a etapas anteriores a la consumación plantea problemas de tipicidad, para lo cual la ley prevé figuras como la tentativa o los delitos frustrados.