Este documento explora la relación entre la justicia, la paz y el Estado. Argumenta que la justicia tradicional se basa en la venganza, que es violenta por naturaleza, pero que la justicia restaurativa puede proveer un marco teórico-práctico que entienda la justicia como un asunto de la comunidad que se reconstruye tras la violencia, no como la reproducción de la violencia a través de la venganza organizada. Las instituciones educativas pueden incorporar este paradigma de justicia restaurativa en la cultura política general
Este documento presenta una reseña de un libro titulado "Filosofía de la paz y la dignidad humana" publicado en 2009. El autor argumenta que la paz debe entenderse no solo como la ausencia de guerra, sino como una condición para la protección de los derechos humanos y la afirmación de la dignidad humana. Plantea que es necesario repensar el paradigma de la paz para establecer relaciones entre personas basadas en la paz, la justicia y el respeto a la dignidad individual por encima de modelos políticos de domin
Este documento describe diferentes tipos de justicia, incluyendo la justicia adjudicativa, salomónica, restaurativa y transformativa. La justicia transformativa busca no solo resolver los conflictos materiales entre las partes, sino también redirigir sus relaciones interpersonales. Solo si los conflictos son vistos y resueltos con una visión transformativa podremos construir una cultura real de paz.
Este documento analiza el concepto de justicia social a través de una perspectiva histórica. Examina las primeras concepciones de justicia de Platón y Aristóteles, así como las ideas de Santo Tomás de Aquino. También explora cómo el utilitarismo y el contractualismo influyeron en la visión moderna de la justicia social. Finalmente, discute diferentes interpretaciones del concepto de justicia social en la actualidad.
1) Thomas Hobbes vivió en el siglo XVII y desarrolló una filosofía materialista y racionalista influida por Galileo y Descartes. 2) Hobbes creía que el estado natural del ser humano es la guerra de todos contra todos, por lo que propuso un gobierno absolutista y fuerte como solución para mantener la paz y el orden. 3) Su obra más famosa, El Leviatán, justificaba un poder soberano ilimitado para garantizar la seguridad de los ciudadanos y evitar la guerra civil.
20. cgt - donde hay lucha hay represión. teoría anti-represiónTxema Fuente
Este documento habla sobre una guía antirrepresiva dirigida a personas y movimientos sociales que luchan contra el orden social dominante. Explica que en contextos de crisis, las luchas sociales tienden a ser más intensas y que el estado usa la violencia para reprimir a los disidentes. La guía analiza diferentes formas en que el estado puede reprimir a los movimientos sociales, como detenciones, registro de locales y el uso de legislación antiterrorista, y ofrece consejos para enfrentar estas situaciones.
Este documento discute la crisis de seguridad pública en México y critica el enfoque predominantemente punitivo del Estado. Argumenta que el Estado se ha centrado demasiado en aplicar castigos sin abordar las causas fundamentales de la delincuencia. También examina los orígenes filosóficos del Estado punitivo y la necesidad de adoptar un enfoque más amplio que considere factores individuales y sociales para comprender mejor el crimen.
El documento resume la vida y obras de Montesquieu y Mao Zedong. Explica que Montesquieu fue un filósofo y político francés que analizó las formas de gobierno y defendió la separación de poderes, mientras que Mao fue el líder de la revolución comunista china y promotor de la Revolución Cultural que transformó a China. También incluye breves biografías de ambos y una bibliografía de sus obras.
Este documento presenta una reseña de un libro titulado "Filosofía de la paz y la dignidad humana" publicado en 2009. El autor argumenta que la paz debe entenderse no solo como la ausencia de guerra, sino como una condición para la protección de los derechos humanos y la afirmación de la dignidad humana. Plantea que es necesario repensar el paradigma de la paz para establecer relaciones entre personas basadas en la paz, la justicia y el respeto a la dignidad individual por encima de modelos políticos de domin
Este documento describe diferentes tipos de justicia, incluyendo la justicia adjudicativa, salomónica, restaurativa y transformativa. La justicia transformativa busca no solo resolver los conflictos materiales entre las partes, sino también redirigir sus relaciones interpersonales. Solo si los conflictos son vistos y resueltos con una visión transformativa podremos construir una cultura real de paz.
Este documento analiza el concepto de justicia social a través de una perspectiva histórica. Examina las primeras concepciones de justicia de Platón y Aristóteles, así como las ideas de Santo Tomás de Aquino. También explora cómo el utilitarismo y el contractualismo influyeron en la visión moderna de la justicia social. Finalmente, discute diferentes interpretaciones del concepto de justicia social en la actualidad.
1) Thomas Hobbes vivió en el siglo XVII y desarrolló una filosofía materialista y racionalista influida por Galileo y Descartes. 2) Hobbes creía que el estado natural del ser humano es la guerra de todos contra todos, por lo que propuso un gobierno absolutista y fuerte como solución para mantener la paz y el orden. 3) Su obra más famosa, El Leviatán, justificaba un poder soberano ilimitado para garantizar la seguridad de los ciudadanos y evitar la guerra civil.
20. cgt - donde hay lucha hay represión. teoría anti-represiónTxema Fuente
Este documento habla sobre una guía antirrepresiva dirigida a personas y movimientos sociales que luchan contra el orden social dominante. Explica que en contextos de crisis, las luchas sociales tienden a ser más intensas y que el estado usa la violencia para reprimir a los disidentes. La guía analiza diferentes formas en que el estado puede reprimir a los movimientos sociales, como detenciones, registro de locales y el uso de legislación antiterrorista, y ofrece consejos para enfrentar estas situaciones.
Este documento discute la crisis de seguridad pública en México y critica el enfoque predominantemente punitivo del Estado. Argumenta que el Estado se ha centrado demasiado en aplicar castigos sin abordar las causas fundamentales de la delincuencia. También examina los orígenes filosóficos del Estado punitivo y la necesidad de adoptar un enfoque más amplio que considere factores individuales y sociales para comprender mejor el crimen.
El documento resume la vida y obras de Montesquieu y Mao Zedong. Explica que Montesquieu fue un filósofo y político francés que analizó las formas de gobierno y defendió la separación de poderes, mientras que Mao fue el líder de la revolución comunista china y promotor de la Revolución Cultural que transformó a China. También incluye breves biografías de ambos y una bibliografía de sus obras.
El documento presenta las ideas políticas de varios pensadores como Maquiavelo, Lutero, Bodino, Hobbes, Locke, Rousseau y Montesquieu. Maquiavelo ve al hombre como egoísta y sólo un estado fuerte puede garantizar el orden. Bodino cree que el poder político surge de un pacto pero una vez establecido debe ser absoluto. Hobbes ve la naturaleza humana como beligerante y el estado surge de un pacto para garantizar la paz. Locke defiende los derechos naturales y la separación de poderes. Rousseau ve al p
Este documento resume la teoría sociológica del conflicto y su influencia en disciplinas como la criminología. La teoría del conflicto analiza cómo los grupos poderosos tratan de mantener su estatus y cómo el conflicto social actúa como motor de cambio. También examina cómo los sociólogos aplican esta teoría para explicar los conflictos sociales y las motivaciones de los delincuentes desde una perspectiva social.
Carl Schmitt sostiene que se puede llegar a una definición de lo político solo mediante el descubrimiento y fijación de una distinción específica a la cual sea posible referir las acciones y los motivos políticos. Esa distinción es la distinción de "amigo y enemigo", en la medida en que no es derivable de otros criterios, ella corresponde, para la política, a los criterios relativamente autónomos de otras concepciones: bueno y malo para la moral, bello y feo para la estética, etc. www.iestudiospenales.com.ar
Este documento discute el papel y la legitimidad de la justicia constitucional desde la perspectiva de Jürgen Habermas. Analiza cómo los paradigmas del derecho liberal y del Estado social de derecho han agotado su validez, y propone que un nuevo paradigma debe basarse en la racionalidad comunicativa y el consenso democrático. También examina los desafíos de lograr racionalidad en la justicia constitucional y la necesidad de que los jueces interpreten las leyes de una manera fundada y consistente.
El documento describe la historia y función de las Casas de Justicia en Costa Rica. Estas casas brindan servicios de mediación extrajudicial gratuitos para resolver conflictos menores entre vecinos, comerciantes, familias y organizaciones, con el objetivo de descongestionar los tribunales y mejorar la convivencia comunitaria. Actualmente hay 11 Casas de Justicia administradas por la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos.
El documento presenta los principales puntos de vista del abolicionismo penal, un movimiento que promueve cambiar el actual sistema carcelario. Argumenta que el sistema penal fracasa en lograr sus objetivos y en cambio genera más daño, criminalizando a las personas y excluyéndolas de la sociedad. También resalta que la mayoría de los delitos no son sancionados y que la cárcel solo castiga a una minoría de reincidentes. El abolicionismo penal propone buscar alternativas a la cárcel que reparen el daño causado y re
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA
FACULTAD DE DERECHO
POLÍTICA PENITENCIARIA
EN TIEMPO DE PANDEMIA
Presentado por:
Merma Choque Diana Virginia
Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamosedwin70
1. El documento confronta las ideas sobre derechos humanos de John Locke y Franz Hinkelammert. Locke introdujo la idea de derechos individuales como la vida, la libertad y la propiedad. Hinkelammert critica a Locke por justificar la desigualdad y la inversión de los derechos humanos en nombre de la propiedad burguesa.
2. El autor analizará primero las premisas fundamentales de Locke sobre los derechos naturales, luego examinará la crítica de Hinkelammert, y finalmente confrontará sus ideas para conoc
Este documento resume las teorías y doctrinas de la Escuela Clásica de pensamiento penal. Aborda las ideas de varios pensadores como Santo Tomás Moro, Beccaria, Bentham, Montesquieu y Rousseau sobre temas como las causas del delito, los factores criminógenos, las penas y el sistema de justicia penal.
Este documento hace un llamado a votar de manera responsable en las elecciones. Define la democracia como un gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, en el que todos somos iguales. Argumenta que al votar debemos elegir al mejor candidato basados en sus acciones pasadas y presentes, no en promesas vacías. Cita a diversos filósofos y pensadores para resaltar que un voto responsable busca el bien común sobre intereses particulares.
Escuels Sociologicas del derecho - Exposicion sociologia juridicamarlenesolano
El documento resume las principales escuelas sociológicas del derecho penal. La Escuela Clásica se basa en el libre albedrío y ve el comportamiento desviado como resultado de las malas pasiones. Figuras como Beccaria y Bentham abogaron por penas proporcionales a los delitos y la prevención de la reincidencia. La Escuela también ve al individuo como responsable de sus propios actos.
Investigación "Actitudes Hacia La Pena De Muerte"Anonimo 32
Investigación sobre la actitud hacia la pena de muerte y los resultados obtenidos en la Facultad de Química y Farmacia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Investigación realizada por la clase de Métodos Investigativos en Psicología III en la carrera de Psicología, en el año 2014.
El documento resume el pensamiento económico de Jeremy Bentham. Bentham creía en el individualismo económico y que la felicidad de la mayoría debe ser la medida de lo justo. Veía al ser humano motivado por el interés propio y la búsqueda del placer y evasión del dolor. Propuso que el cálculo monetario es la forma más exacta de medir el placer y dolor. Su visión chocaba con la mentalidad colonial y escolástica de la época.
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- Iusnaturalismo y maquiavelomichakevin
Este documento presenta un resumen del libro "El Príncipe" de Nicolás Maquiavelo. Maquiavelo describe cómo los gobernantes pueden adquirir y mantener el poder político, sin importar los medios que se utilicen para lograrlo. Su obra ha generado controversia por promover una ética que justifica cualquier medio para alcanzar los fines políticos. El documento también analiza cómo las ideas de Maquiavelo siguen siendo relevantes hoy en día para entender los desafíos que enfrentan los líderes cuando intentan impulsar cambios o
Este documento resume la historia del derecho penal desde sus orígenes hasta el derecho romano. Comenzó con la venganza privada, luego la venganza divina, seguida por el Talión y la composición que limitaron la venganza. El derecho griego separó el principio religioso y fundamentó el derecho a castigar en la soberanía del Estado. El derecho romano evolucionó de la venganza privada a reconocer al Estado el derecho a aplicar penas por delitos contra la seguridad pública o individuos.
El documento resume la evolución histórica del derecho penal desde los pueblos primitivos hasta la actualidad. Comienza describiendo las normas de los pueblos primitivos como prohibiciones tabú, venganza de sangre y privación de paz. Luego analiza los códigos más antiguos como el Código de Hammurabi y las Leyes Mosaicas, así como el derecho penal griego y romano. Más adelante describe las escuelas clásica y positiva del derecho penal y sus principales representantes. Finalmente, resume las escuelas del posit
El documento trata sobre la ciencia política y los teóricos clásicos del estado. Explica que el ser humano necesita vivir en sociedad y organizarse políticamente a través del estado para convivir de forma ordenada. Presenta las teorías de Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau sobre el origen y función del estado desde perspectivas como el estado absoluto, los derechos naturales y la voluntad general.
Injusto y culpabilidad en el pensamiento de Juan Bustos RamirezStéfano Morán Noboa
Este documento resume la vida y obra del académico chileno Juan Bustos Ramírez. Explica que Bustos estudió en España y Alemania, donde se expuso a diferentes teorías penales. Más tarde, adoptó una perspectiva crítica del derecho penal, viéndolo como una expresión del poder político y un mecanismo de control social. Defendió que el objetivo del derecho penal en un estado democrático debe ser la protección de bienes jurídicos a través del cumplimiento de la pena.
El documento resume los conceptos clave del constitucionalismo y el derecho constitucional. Explica que el constitucionalismo surgió en el siglo XVIII como un movimiento que vincula los conceptos de constitución y democracia. También describe la crisis de los postulados del constitucionalismo clásico y las influencias de las doctrinas francesa y alemana. Finalmente, analiza la evolución del constitucionalismo a lo largo de la historia.
Este documento discute el contrato social de la modernidad y cómo ha definido la inclusión y exclusión en la democracia. Describe tres criterios clave de exclusión en el contrato social: 1) la naturaleza queda excluida, 2) sólo los ciudadanos dentro de fronteras territoriales son incluidos, y 3) sólo los intereses públicos son considerados. También explora tres presupuestos que gestionan las tensiones del contrato social: valores comunes, un sistema de medición común, y un espacio-tiempo privilegiado estatal-nacional
Este documento describe las prácticas restaurativas, un enfoque que promueve la comunicación, la comprensión mutua y el respeto en las escuelas. Se centra en tres historias que muestran cómo las prácticas restaurativas, como los círculos de diálogo y las expresiones afectivas, han mejorado el clima y la disciplina en las aulas. Finalmente, explica los once elementos esenciales de las prácticas restaurativas que forman parte de un programa de cambio global en toda la escuela.
Manual de prácticas restaurativas para conciliadores en equidad. gathyus
Este manual presenta prácticas restaurativas para conciliadores en equidad, con el fin de fortalecer la resolución pacífica de conflictos. Explica conceptos clave de justicia restaurativa y diferencias con la justicia retributiva. Describe técnicas como el diálogo asistido, círculos de sanación y rituales de perdón, con casos prácticos. El manual busca que los conciliadores apliquen enfoques transformadores basados en la reconciliación, reparación y restauración de relaciones.
El documento presenta las ideas políticas de varios pensadores como Maquiavelo, Lutero, Bodino, Hobbes, Locke, Rousseau y Montesquieu. Maquiavelo ve al hombre como egoísta y sólo un estado fuerte puede garantizar el orden. Bodino cree que el poder político surge de un pacto pero una vez establecido debe ser absoluto. Hobbes ve la naturaleza humana como beligerante y el estado surge de un pacto para garantizar la paz. Locke defiende los derechos naturales y la separación de poderes. Rousseau ve al p
Este documento resume la teoría sociológica del conflicto y su influencia en disciplinas como la criminología. La teoría del conflicto analiza cómo los grupos poderosos tratan de mantener su estatus y cómo el conflicto social actúa como motor de cambio. También examina cómo los sociólogos aplican esta teoría para explicar los conflictos sociales y las motivaciones de los delincuentes desde una perspectiva social.
Carl Schmitt sostiene que se puede llegar a una definición de lo político solo mediante el descubrimiento y fijación de una distinción específica a la cual sea posible referir las acciones y los motivos políticos. Esa distinción es la distinción de "amigo y enemigo", en la medida en que no es derivable de otros criterios, ella corresponde, para la política, a los criterios relativamente autónomos de otras concepciones: bueno y malo para la moral, bello y feo para la estética, etc. www.iestudiospenales.com.ar
Este documento discute el papel y la legitimidad de la justicia constitucional desde la perspectiva de Jürgen Habermas. Analiza cómo los paradigmas del derecho liberal y del Estado social de derecho han agotado su validez, y propone que un nuevo paradigma debe basarse en la racionalidad comunicativa y el consenso democrático. También examina los desafíos de lograr racionalidad en la justicia constitucional y la necesidad de que los jueces interpreten las leyes de una manera fundada y consistente.
El documento describe la historia y función de las Casas de Justicia en Costa Rica. Estas casas brindan servicios de mediación extrajudicial gratuitos para resolver conflictos menores entre vecinos, comerciantes, familias y organizaciones, con el objetivo de descongestionar los tribunales y mejorar la convivencia comunitaria. Actualmente hay 11 Casas de Justicia administradas por la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos.
El documento presenta los principales puntos de vista del abolicionismo penal, un movimiento que promueve cambiar el actual sistema carcelario. Argumenta que el sistema penal fracasa en lograr sus objetivos y en cambio genera más daño, criminalizando a las personas y excluyéndolas de la sociedad. También resalta que la mayoría de los delitos no son sancionados y que la cárcel solo castiga a una minoría de reincidentes. El abolicionismo penal propone buscar alternativas a la cárcel que reparen el daño causado y re
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA
FACULTAD DE DERECHO
POLÍTICA PENITENCIARIA
EN TIEMPO DE PANDEMIA
Presentado por:
Merma Choque Diana Virginia
Confrontación entre locke y hinkelammert sobre la idea de derechos hunamosedwin70
1. El documento confronta las ideas sobre derechos humanos de John Locke y Franz Hinkelammert. Locke introdujo la idea de derechos individuales como la vida, la libertad y la propiedad. Hinkelammert critica a Locke por justificar la desigualdad y la inversión de los derechos humanos en nombre de la propiedad burguesa.
2. El autor analizará primero las premisas fundamentales de Locke sobre los derechos naturales, luego examinará la crítica de Hinkelammert, y finalmente confrontará sus ideas para conoc
Este documento resume las teorías y doctrinas de la Escuela Clásica de pensamiento penal. Aborda las ideas de varios pensadores como Santo Tomás Moro, Beccaria, Bentham, Montesquieu y Rousseau sobre temas como las causas del delito, los factores criminógenos, las penas y el sistema de justicia penal.
Este documento hace un llamado a votar de manera responsable en las elecciones. Define la democracia como un gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, en el que todos somos iguales. Argumenta que al votar debemos elegir al mejor candidato basados en sus acciones pasadas y presentes, no en promesas vacías. Cita a diversos filósofos y pensadores para resaltar que un voto responsable busca el bien común sobre intereses particulares.
Escuels Sociologicas del derecho - Exposicion sociologia juridicamarlenesolano
El documento resume las principales escuelas sociológicas del derecho penal. La Escuela Clásica se basa en el libre albedrío y ve el comportamiento desviado como resultado de las malas pasiones. Figuras como Beccaria y Bentham abogaron por penas proporcionales a los delitos y la prevención de la reincidencia. La Escuela también ve al individuo como responsable de sus propios actos.
Investigación "Actitudes Hacia La Pena De Muerte"Anonimo 32
Investigación sobre la actitud hacia la pena de muerte y los resultados obtenidos en la Facultad de Química y Farmacia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Investigación realizada por la clase de Métodos Investigativos en Psicología III en la carrera de Psicología, en el año 2014.
El documento resume el pensamiento económico de Jeremy Bentham. Bentham creía en el individualismo económico y que la felicidad de la mayoría debe ser la medida de lo justo. Veía al ser humano motivado por el interés propio y la búsqueda del placer y evasión del dolor. Propuso que el cálculo monetario es la forma más exacta de medir el placer y dolor. Su visión chocaba con la mentalidad colonial y escolástica de la época.
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- Iusnaturalismo y maquiavelomichakevin
Este documento presenta un resumen del libro "El Príncipe" de Nicolás Maquiavelo. Maquiavelo describe cómo los gobernantes pueden adquirir y mantener el poder político, sin importar los medios que se utilicen para lograrlo. Su obra ha generado controversia por promover una ética que justifica cualquier medio para alcanzar los fines políticos. El documento también analiza cómo las ideas de Maquiavelo siguen siendo relevantes hoy en día para entender los desafíos que enfrentan los líderes cuando intentan impulsar cambios o
Este documento resume la historia del derecho penal desde sus orígenes hasta el derecho romano. Comenzó con la venganza privada, luego la venganza divina, seguida por el Talión y la composición que limitaron la venganza. El derecho griego separó el principio religioso y fundamentó el derecho a castigar en la soberanía del Estado. El derecho romano evolucionó de la venganza privada a reconocer al Estado el derecho a aplicar penas por delitos contra la seguridad pública o individuos.
El documento resume la evolución histórica del derecho penal desde los pueblos primitivos hasta la actualidad. Comienza describiendo las normas de los pueblos primitivos como prohibiciones tabú, venganza de sangre y privación de paz. Luego analiza los códigos más antiguos como el Código de Hammurabi y las Leyes Mosaicas, así como el derecho penal griego y romano. Más adelante describe las escuelas clásica y positiva del derecho penal y sus principales representantes. Finalmente, resume las escuelas del posit
El documento trata sobre la ciencia política y los teóricos clásicos del estado. Explica que el ser humano necesita vivir en sociedad y organizarse políticamente a través del estado para convivir de forma ordenada. Presenta las teorías de Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau sobre el origen y función del estado desde perspectivas como el estado absoluto, los derechos naturales y la voluntad general.
Injusto y culpabilidad en el pensamiento de Juan Bustos RamirezStéfano Morán Noboa
Este documento resume la vida y obra del académico chileno Juan Bustos Ramírez. Explica que Bustos estudió en España y Alemania, donde se expuso a diferentes teorías penales. Más tarde, adoptó una perspectiva crítica del derecho penal, viéndolo como una expresión del poder político y un mecanismo de control social. Defendió que el objetivo del derecho penal en un estado democrático debe ser la protección de bienes jurídicos a través del cumplimiento de la pena.
El documento resume los conceptos clave del constitucionalismo y el derecho constitucional. Explica que el constitucionalismo surgió en el siglo XVIII como un movimiento que vincula los conceptos de constitución y democracia. También describe la crisis de los postulados del constitucionalismo clásico y las influencias de las doctrinas francesa y alemana. Finalmente, analiza la evolución del constitucionalismo a lo largo de la historia.
Este documento discute el contrato social de la modernidad y cómo ha definido la inclusión y exclusión en la democracia. Describe tres criterios clave de exclusión en el contrato social: 1) la naturaleza queda excluida, 2) sólo los ciudadanos dentro de fronteras territoriales son incluidos, y 3) sólo los intereses públicos son considerados. También explora tres presupuestos que gestionan las tensiones del contrato social: valores comunes, un sistema de medición común, y un espacio-tiempo privilegiado estatal-nacional
Este documento describe las prácticas restaurativas, un enfoque que promueve la comunicación, la comprensión mutua y el respeto en las escuelas. Se centra en tres historias que muestran cómo las prácticas restaurativas, como los círculos de diálogo y las expresiones afectivas, han mejorado el clima y la disciplina en las aulas. Finalmente, explica los once elementos esenciales de las prácticas restaurativas que forman parte de un programa de cambio global en toda la escuela.
Manual de prácticas restaurativas para conciliadores en equidad. gathyus
Este manual presenta prácticas restaurativas para conciliadores en equidad, con el fin de fortalecer la resolución pacífica de conflictos. Explica conceptos clave de justicia restaurativa y diferencias con la justicia retributiva. Describe técnicas como el diálogo asistido, círculos de sanación y rituales de perdón, con casos prácticos. El manual busca que los conciliadores apliquen enfoques transformadores basados en la reconciliación, reparación y restauración de relaciones.
Este documento presenta las políticas de sanción de una institución educativa. Detalla las faltas leves y graves que pueden cometer estudiantes y personal, así como los pasos del proceso de sanción que incluyen diálogo, llamados de atención y acciones reparadoras. Para los estudiantes, la acumulación de 25 amonestaciones puede resultar en una citación ante el consejo de convivencia de la institución.
Este documento trata sobre el desarrollo de la responsabilidad en niños y niñas de 3 a 12 años. Explica que la responsabilidad se va adquiriendo progresivamente a través de la imitación del adulto y la aprobación social. Describe las capacidades y niveles de responsabilidad que pueden esperarse en diferentes etapas de edad, como colaborar en tareas domésticas sencillas a los 5-6 años y encargarse de más responsabilidades diarias a los 8-9 años. Finalmente, ofrece consejos para niños y ni
El documento describe varios factores que afectan el rendimiento académico de los estudiantes, incluyendo la falta de hábitos de estudio adecuados, baja motivación y mala planificación del tiempo. Se enfatiza la importancia de establecer rutinas de estudio diarias como leer antes de clase, tomar apuntes, estudiar en un lugar tranquilo, y formar grupos de estudio. Siguiendo estas recomendaciones, los estudiantes pueden mejorar su comprensión, retención del material y resultados escolares.
Escuela para padres ¿como apoyar a nuestros hijosNatalie Ortega
El documento discute los cambios en las familias modernas como la entrada de la mujer al mundo laboral y la falta de presencia de los padres. Esto ha llevado a que los hijos se críen con menos atención de los padres y estos tiendan a compensarlo con regalos en lugar de afecto. Como resultado, los hijos a menudo muestran conductas como agresividad, cambios de ánimo y bajo rendimiento académico debido a la falta de atención emocional. El documento concluye instando a los padres a
Este documento presenta información sobre las sanciones en la comunidad y la justicia restaurativa. Explica que las sanciones en la comunidad son una alternativa a la prisión que permite el control y supervisión sin desarraigo social. También describe prácticas restaurativas como la mediación, los círculos restaurativos y de sentencia, las cuales buscan reparar el daño causado a través de un proceso participativo. Finalmente, presenta algunos pilotos de justicia restaurativa implementados en Chile y sus beneficios como altos niveles de
La película se basa en la vida de Eddie Morra, un escritor que encuentra una droga llamada NZT que mejora enormemente su inteligencia y capacidades. Aunque al principio le ayuda a tener éxito, pronto se vuelve adicto a la droga y tiene enemigos que quieren quitarle el NZT. Finalmente, Eddie logra dejar la droga y demostrar que puede tener éxito por su propio esfuerzo.
El documento clasifica diferentes categorías de palabras como lugares, tiempos, modos, cantidades, adverbios de afirmación, negación y duda. Proporciona ejemplos breves de palabras que caen dentro de cada categoría como cerca, lejos, ahora, luego, bien, despacio, mucho, poco, si, no, quizá.
Presentación de apoyo para el curso realizado para padres, sobre el modo de actuar en los hábitos, límites y consejos para dirigir a nuestros hijos en sus estudios.
El documento ofrece consejos sobre cómo inculcar hábitos de estudio en los niños y ayudarles con las tareas escolares. Recomienda establecer un horario de estudio, crear un entorno propicio para el aprendizaje, supervisar el progreso del niño y ofrecer apoyo y elogios. También sugiere formas de abordar posibles dificultades como niños que solo estudian con los padres, niños lentos o niños que no quieren estudiar.
El documento proporciona consejos sobre cómo fomentar la autonomía y la independencia en los niños. Explica que los niños deben adquirir progresivamente el control de su cuerpo y la capacidad de realizar actividades por sí mismos. Advierte que la sobreprotección puede generar dependencia, miedos e inseguridad en los niños. Ofrece recomendaciones como permitir que los niños realicen tareas por su cuenta, de acuerdo a su edad y habilidades, para que desarrollen responsabilidad.
El documento describe las diferentes etapas del desarrollo humano, incluyendo la infancia, niñez, adolescencia, adultez y vejez. Explica algunos hitos típicos de cada etapa, como aprender a gatear y sentarse en la infancia, los cambios físicos y emocionales de la pubertad en la adolescencia, y la asunción de responsabilidades en la adultez. También menciona algunos cambios físicos comunes en la vejez como las arrugas.
Juguetes que favorecen o fomentan la autonomia personal en los niños y niñassusana
Este documento describe los juguetes apropiados para niños de 0 a 3 años que promueven la autonomía personal. Para los niños de 0 a 1 año, los juguetes estimulan los sentidos y desarrollan habilidades motoras finas y gruesas. Para los de 1 a 2 años, los juguetes mejoran el movimiento, equilibrio y lenguaje. Para los de 2 a 3 años, los juguetes fomentan la imitación de roles, el juego simbólico y la coordinación manual para mejorar la autonomía en el ase
TDAH: Cómo desarrollar la autonomía y los hábitos de estudio de los niñosFundación CADAH TDAH
Cómo desarrollar la autonomía y los hábitos de estudio de los niños
“Son muchos los factores que intervienen a la hora de poder aportar autonomía a los niños”
Este documento lista varias acciones y comportamientos y pide al lector identificar cuáles demuestran responsabilidad. Ser responsable significa realizar las tareas asignadas, estudiar aunque no siempre guste, mantener el orden y la limpieza, cumplir con las peticiones de los padres, cuidar los útiles escolares, llegar a tiempo al colegio, cuidar el medio ambiente y mantenerse limpio y bien presentado.
Desarollo de conductas responsables de 3 a 12 añosEmmanuel Oquendo
Este documento describe el desarrollo de la responsabilidad en niños de 3 a 12 años. Explica que la responsabilidad se adquiere progresivamente a través de etapas según la edad del niño, y depende del contexto que lo rodea. Luego, ofrece consejos para niños sobre cómo actuar de manera responsable, como hacer las tareas por sí mismos, asumir las consecuencias de sus acciones, organizar su tiempo, y colaborar en casa. También incluye pautas para padres sobre cómo fomentar la responsabilidad
La responsabilidad se refiere a la capacidad de una persona de rendir cuentas por sus propias acciones y aceptar las consecuencias de las mismas, siendo importante en la casa, el colegio, el entorno y consigo mismo, donde implica cumplir normas, presentar trabajos, respetar a los demás y demostrar autoestima en los actos y palabras.
Ensayo, la educacion para la paz una alternativa para el post conflictoVladimir Rivera Barrera
Este documento discute la educación para la paz como una alternativa para el posconflicto en Colombia. Explica que la educación para la paz busca investigar los obstáculos para la paz y desarrollar valores y capacidades para construir la paz de manera pacífica. También analiza las ideas de filósofos como Kant sobre la paz perpetua y el papel de la Escuela Nueva en promover la paz a través de una educación que fomenta la solidaridad y la democracia.
Este documento presenta información sobre la justicia, la justicia distributiva, teorías sobre la justicia propuestas por filósofos como Platón, Aristóteles, Ulpiano y Santo Tomás de Aquino. También discute conceptos de paz, incluyendo paz política, educación para la paz y la importancia del perdón para alcanzar la paz. El documento fue presentado por Kristian Kamilo León Méndez.
Este documento discute el concepto de justicia social a través de una revisión histórica del término justicia. Comienza con las definiciones de Platón y Aristóteles, quienes asociaron la justicia con la armonía social y la distribución justa de los bienes según la contribución de cada uno. Luego, Santo Tomás de Aquino define la justicia como dar a cada uno lo que le corresponde. Más adelante, teorías como el utilitarismo y el contractualismo influyeron en la visión actual de justicia social al proponer maxim
Este documento explora el concepto de justicia social a través de una revisión histórica. Comienza con las ideas de Platón y Aristóteles sobre la justicia y la justicia distributiva. Luego examina cómo Santo Tomás de Aquino definió la justicia como dar a cada uno lo suyo. Más adelante, analiza cómo el utilitarismo y el contractualismo influyeron en las concepciones modernas de justicia social. Finalmente, discute cómo estas teorías filosóficas antiguas y modernas han moldeado nuestra comprensión actual del tér
Este documento presenta un resumen de tres párrafos sobre la evolución histórica del concepto de justicia social. Explica que Platón y Aristóteles sentaron las bases filosóficas al definir la justicia como dar a cada uno lo que le corresponde. También menciona que Santo Tomás de Aquino distinguió entre justicia distributiva y conmutativa. Finalmente, señala que en los siglos XVIII y XIX, las teorías del utilitarismo y el contractualismo influyeron en la visión moderna de la justicia social.
Este documento introduce el tema de la evolución del orden político internacional y su relación con el derecho internacional. Explica que aunque el derecho internacional busca regular las relaciones entre estados y garantizar la paz, en la actualidad existe una contradicción entre su creciente regulación y el aumento de la violencia. Plantea que es necesario reivindicar el papel del derecho internacional enfocándose en la protección de los derechos individuales en conflictos internos, dado que estos ahora tienen mayor peso que las guerras entre estados.
Entropía (Social) Global y Desarrollo Sustentable: Un Enfoque Histórico-Compa...Raul A. Lujan Anaya
Proyecto para aprobar la materia de Filosofía del Derecho (calificada con honores, 100/100):
Tesina de 40 cuartillas (+21,000 palabras) en la cual he desarrollado una noción económica y social acerca del concepto de Desarrollo Sustentable, y llevado a cabo un estudio de cómo dicha noción ha evolucionado a lo largo de la historia, su impacto en la ciencia jurídica y cómo ha de ser garantizado como derecho fundamental del hombre y deber de las naciones...
El documento habla sobre la necesidad de alcanzar la paz en Colombia a través de la justicia. Plantea que la justicia debe superar las injusticias estructurales que generan violencia, y que esto requiere el compromiso de toda la sociedad para transformar las condiciones y lazos de reconciliación. También argumenta que la justicia real implica el bienestar común para todos los ciudadanos, no solo el mantenimiento del status quo, y que lograrla depende de que la justicia, la paz y los derechos humanos sean una realidad cot
Este documento analiza el conflicto armado en Colombia y la necesidad de lograr una paz duradera. Resalta que aunque Colombia ha tenido un modelo de Estado reciente, su historia ha estado marcada por la violencia. Examina el marco jurídico para la paz establecido en la Sentencia C-579 de 2013 y las obligaciones que este le impone al Estado, como garantizar los derechos de las víctimas y perseguir los delitos de lesa humanidad. Concluye que se requiere un trabajo colectivo para construir una paz sostenible.
Este documento trata sobre el concepto de política. Explica que la política surgió como una forma de organizar las sociedades humanas y resolver conflictos de manera consensuada. También describe las diferentes concepciones históricas de la política, incluyendo definiciones que la enfocan como el ejercicio del poder o como una actividad ética orientada al bien común. Finalmente, señala que la política permite gestionar los recursos del estado, resolver conflictos sociales y establecer normas obligatorias.
Este documento presenta una introducción a la teoría sociológica sobre los problemas del orden social, el conflicto y la legitimidad según autores clásicos como Weber, Parsons, Mills y Coser. Aborda cómo estos teóricos explicaron el orden pacífico en sociedades modernas desde un punto de vista sociológico. Se enfoca en la obra de Weber, quien analizó tanto el conflicto como el orden y la legitimidad de la dominación. El documento provee el contexto filosófico y político de estos debates sobre la convivencia social
El documento discute el concepto de justicia social a través de la historia. Explica que la justicia social ha sido un tema central en los últimos 150 años y ha sido definida de diferentes maneras por filósofos como Platón, Aristóteles, Santo Tomás de Aquino, y teorías como el utilitarismo. También describe tres enfoques actuales de la justicia social: distribución, reconocimiento y participación.
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Las crisis perpetuas de la democracia o donnellLeandro Giraldo
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Similar a Justicia restaurativa. Alejandro Carvajal. (20)
"Millorem la convivència amb les pràctiques restauratives. Mejoremos la convi...gathyus
Improve Relationships with Restorative Practices.
Authors: Isabel Cortada, Sebastià Lladó and Gaël Thyus
Edited by: Institut per a la Convivència i l'Èxit Escolar.
Languages: English, Spanish and Catalan.
This handbook is a product of the European Comenius Regio Project between Hull (England) and Palma de Mallorca (Spain), 2011-13.
For more information:
http://convivexit.caib.es
http://restorativepracticeshullpalma.blogspot.com.es/
Restorative Justice: the Evidencefullreportgathyus
This document summarizes research on restorative justice practices in the UK and other countries. The key findings include:
1) Restorative justice reduced repeat offending for some offenders compared to conventional criminal justice, though not all.
2) Restorative justice doubled or more the offenses brought to justice by diverting cases from the criminal justice system.
3) Restorative justice reduced crime victims' post-traumatic stress symptoms and related costs.
4) Both victims and offenders generally reported higher satisfaction with restorative justice than conventional criminal justice.
The conclusions are based on research tests of face-to-face restorative justice meetings and court-ordered financial restitution for a
Restorative Justice: a guide for young peoplegathyus
Restorative justice aims to repair harm and restore relationships. It can be used in the criminal justice system, schools, and communities. The document defines restorative justice and discusses how organizations in Northern Ireland use restorative approaches. These include conferences facilitated by the Youth Justice Agency, probation, community groups, and programs in prisons and residential care. Contact information is provided for several restorative justice organizations.
I International conference on restorative justice and victimgathyus
The document provides a summary of the International Conference of Burgos on Restorative Justice and Victim-Offender Mediation. The conference was organized by the Victim-Offender Mediation Service in Castilla y León and had over 250 attendees from Spain, Portugal, and Mexico. It aimed to promote restorative justice, support victim-offender mediation services, and provide guidance to legislators on regulating these topics. The conference included opening speeches, presentations on theoretical and practical aspects of restorative justice from various experts, and a concluding discussion.
Este documento describe la justicia restaurativa, incluyendo sus principios fundamentales, procesos como la mediación entre víctima e infractor y conferencias comunitarias, y su aplicación alrededor del mundo. La justicia restaurativa se enfoca en reparar el daño causado por un crimen a través de procesos cooperativos que involucran a las víctimas, infractores y comunidades. Estos procesos buscan responsabilizar a los infractores y reparar el daño de maneras como la restitución y el servicio comunitario
Justicia restaurativa y mediación penal. Julián Carlos Ríos Martíngathyus
Justicia restaurativa y mediación penal. Una apuesta por el diálogo y la disminución de la violencia.
Julián Carlos Ríos Martín
Profesor de Derecho Penal en la UPco (ICADE). Abogado
Justicia restaurativa. Nuevas
formas de tratamiento para
delincuentes juveniles.
Loreley Friedman Volosky
Criminóloga, Universidad de Chile.
www.cienciaspenales.net
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Proyecto "El barri educa, eduquem el barri"gathyus
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If two and three year olds can, so can you!gathyus
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- A video clip of a mother checking in with her child at the start of a daycare session using restorative practices.
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María encuentra dinero en la calle y gasta parte de él sin saber de quién es. Más tarde, oye a su vecino decir que ha perdido dinero para las vacaciones de su familia. María se siente mal pero no dice nada. Al día siguiente, su madre descubre el dinero. María admite lo ocurrido. Sus padres deciden organizar una reunión con el vecino para que María pueda devolver el dinero y disculparse. En la reunión, María devuelve el dinero y pide perdón. El conflicto se resuelve satisfactoriamente.
1. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
1
Justicia restaurativa:
construyendo un marco
englobador para la paz*
Alejandro Carvajal Pardo**
*
Este artículo se deriva del proyecto de investigación “Justicia restaurativa
con personas condenadas, víctimas y ciudadanos en Santiago de Cali,
Colombia, en torno a delitos relacionados con el conflicto armado”, adscrito
al grupo de investigación Democracia, Estado e Integración Social (DEIS),
categorizado por COLCIENCIAS.
**
Politólogo. Profesor del Departamento de Ciencia Jurídica y Política de la
Pontificia Universidad Javeriana de Cali. Correo electrónico:
alejandrocarvajal@javerianacali.edu.co.
Criterio Jurídico Santiago de Cali V. 10, No. 1 2010-1 pp. 9-34 ISSN 1657-3978
9
Recibido: 10 de febrero de 2010 Aprobado: 11 de mayo de 2010
2. Alejandro Carvajal Pardo
Resumen
La justicia es, básicamente, una administración de la venganza.
¿Es posible, entonces, que la justicia y la paz estén
estrechamente relacionadas? La guerra constante por determinar
cómo y cuál debe ser el Estado es un problema común en el
mundo. Los marcos conceptuales con que se aproximan a estos
problemas quienes intentan resolverlos pacíficamente suelen ser
simplistas. Un marco teórico-práctico más apropiado lo puede
proveer la justicia restaurativa, como paradigma de la justicia
que la entiende como un asunto de la comunidad que se
reconstruye tras la violencia, y no como la reproducción de la
violencia a través de la venganza organizada. Las instituciones
educativas pueden propiciar su incorporación en la cultura
política generalizada.
Palabras claves
Paz, justicia, justicia restaurativa, venganza, guerra, Estado,
cultura, educación.
Abstract
Justice is, basically, the management of vengeance. Is it
possible, then, for peace and justice to be closely related? The
constant war about statehood has become a global concern. The
theoretical frameworks typically used to approach these issues
are, in general, very simplistic. A better framework for these
tasks could be provided by restorative justice, understood as a
paradigm that sees justice as a concern of communities
rebuilding themselves after episodes of violence, and does not
see it as systematic revenge. Schools can be a propitious
scenario for the incorporation of restorative justice into a
broader political culture.
Keywords
Peace, justice, restorative justice, vengeance, war, state, culture,
education.
10
3. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
L a cultura política es el ámbito en el cual la lucha por la democracia
y la construcción de paz se pueden articular en un ciclo progresivo
de transformación sociopolítica. Las instituciones educativas proveen
oportunidades privilegiadas para que el paradigma de la justicia
restaurativa se introduzca en la cultura y coadyuve a su transformación
pacífica. Este puede proveer los elementos para la formación del marco
teórico-práctico englobador necesario para comprender y decir la paz.
1. La justicia y el derecho a la paz
“La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”, reza el
artículo 22 de la Constitución Política de Colombia. La Constitución es
pionera en la consagración de tan esquivo concepto en la ley
fundamental de un Estado. En efecto, no sólo es difícil describir
asiblemente el contenido del concepto “paz”, sino que también es
engorroso tratar de determinar cuándo, en la historia de la humanidad,
ha habido paz.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que los derechos son
enunciaciones positivas de carencias anteriores: el derecho a la vida se
convirtió en ley positiva —bajo el supuesto de que alguna vez ha
existido aquello llamado derecho natural, porque de lo contrario tendría
que decirse que “apareció”— para evitar que los Estados siguieran
tomando la vida de sus ciudadanos o súbditos indiscriminadamente; el
derecho a la propiedad fue consagrado por la naciente burguesía
capitalista para que los monarcas absolutistas no pudieran confiscarle
sus bienes; el derecho a la libertad de expresión porque antes no la
había; y el de habeas corpus porque se solía apresar a la gente sin justa
causa. Así, aunque Malcolm Deas intenta probar en su muy interesante
ensayo “Canjes violentos” (1995) que Colombia no es un país
especialmente violento, podemos decir que los constituyentes del 91
consagraron la paz como derecho precisamente porque no la tenían. Que
este artículo sea el único de la Carta en que se explicita para un caso
particular el reverso llamado “deber” que corresponde a todo anverso
llamado “derecho” tan sólo fortalece la impresión de que tal norma se
refiere a un fenómeno peculiarmente esquivo.
11
4. Alejandro Carvajal Pardo
Es útil notar que la paz, en la Constitución de 1991, aparece catalogada
entre los “Derechos Fundamentales” (Título 2, Capítulo 1), es decir, al
mismo nivel que y en codependencia con todas aquellas instituciones
formales que, por regular los límites del Estado, constituyen los axiomas
de la justicia y la democracia.
Es pertinente entonces acercarse un poco a los conceptos de violencia,
paz, justicia y democracia. Aquí se dice algo sobre los dos primeros 1; de
los dos últimos se hablará más adelante.
Para la teoría estructural-funcionalista, heredera de Émile Durkheim,
cuyos principales exponentes son Talcott Parsons, George Herbert
Mead y, en el campo específico de la ciencia política, David Easton,
Gabriel Almond, G. B. Powell y Sydney Verba, entre otros, el conflicto
es una anomalía, una disfunción en el sistema de interacciones sociales,
usualmente causada por la influencia no regulada del medio ambiente.
El proceso normal, desde este punto de vista, es que el sistema se adapte
a la anomalía sólo lo necesario para asimilarla. De esta manera, el
conflicto es visto como una fuente para el cambio social progresivo y
conservador, pero también como una disfunción que debe ser superada,
como un hecho puntual al que hay que poner término.
Por otro lado, y haciendo una muy gruesa generalización, puede decirse
que para el marxismo el conflicto —que en esta corriente es nombrado
más bien como “contradicción”— es el motor de la historia. En efecto,
la dialéctica histórica es posible porque la contradicción entre el modo
de producción imperante y las condiciones reales de los medios de
producción lleva a la lucha de clases. Por supuesto, el mismo Marx, los
marxistas clásicos, los neomarxistas y los postmarxistas elaboraron
diversos refinamientos de esta idea básica, pasando por conceptos como
los de hegemonía, contrahegemonía, conciencia de clase, grupo
dominante, dependencia, periferia, mundo de la vida, acción
comunicativa, imperio, multitud, etc. En todo caso, la contradicción no
es vista como un problema que hay que eliminar, sino como una
1
La conceptualización que se presenta en este acápite es una síntesis de López (2004),
Foucault (2000), Galtung (1998; 2003), Fisas (2004) y Lederach (1998).
12
5. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
situación para fomentar, para exacerbar —salvo cuando se piensa en un
futuro paraíso socialista—.
Nótense tres características de ambos paradigmas: ambos piensan en el
conflicto como una suerte de objeto que tiene un inicio y un término en
el tiempo, ambos piensan que hay que hacer algo con él y ninguno de
los dos establece una diferencia clara entre conflicto y violencia. Y
ninguno estudia la sustancia misma: la paz.
Ante esta situación teórica, combinada con la decepción dejada en el
mundo por las guerras totales de 1914 a 1918 y de 1939 a 1945 y con la
permanente angustia por la hecatombe nuclear durante la Guerra Fría,
surgió la escuela del Peace Research, o estudios para la paz. Por
supuesto, esta escuela responde al deseo de hacer algo con el conflicto,
pero esta acción no es exacerbarlo ni acabarlo. De hecho, el gran mérito
de esta corriente teórica es acercarse al conflicto como una realidad
dada, como un fenómeno neutro. Esto es posible, primero, porque esta
escuela comprende que los conflictos son fenómenos mucho más
complejos que una secuencia de interacciones o confrontaciones
delimitables en el tiempo y en el espacio, o juzgables moralmente, y,
segundo, porque establece una tajante diferenciación entre conflicto y
violencia.
En este orden de ideas, el conflicto es una realidad permanentemente
presente en la historia humana, con potencialidades tanto nocivas como
constructivas. El camino destructivo es la salida más habitual a un
conflicto, pero todos los conflictos pueden transformarse
constructivamente. El trámite destructivo está asociado con la violencia
y la transformación constructiva, con la paz. El conflicto es definido
entonces como la presencia de dos o más objetivos mutuamente
incompatibles dentro de un mismo actor (dilema) o la presencia de dos o
más actores cuyas pretensiones sobre un objeto son mutuamente
incompatibles (disputa).
La violencia, por su parte, es algo distinto; es uno de los dos grandes
tratamientos que se le pueden dar al conflicto. Es violencia toda
situación, acción o condición controlable por la humanidad que,
precisamente por no controlarse, impida el desarrollo integral de una o
13
6. Alejandro Carvajal Pardo
más personas. Por lo tanto, existen tres tipos de violencia. Primero, la
violencia directa, que se ve y que un sujeto determinable ejerce sobre un
objeto específico (que es otra persona); caben dentro de este tipo de
violencia la violencia física, la verbal y la psicológica. Segundo, la
violencia estructural, ejercida por las estructuras sociales sobre las
personas, que comprende la exclusión política, la pobreza, la injusticia
de la Administración de Justicia (es decir, la inequidad e ineficiencia en
el acceso a mecanismos universales y regulados de resolución de
conflictos) y la violencia simbólica. Finalmente, la violencia cultural,
que es el sistema de representaciones que legitima a la violencia directa
como recurso para resolver los conflictos.
La otra gran forma posible de tratamiento del conflicto es su
transformación pacífica. Consiste, básicamente, en la construcción de
una cultura de paz, que a su vez contiene tres elementos. El primero,
llamado “paz negativa”, se refiere a la ausencia de violencia directa, que
corresponde a la noción más comúnmente aceptada de paz. El segundo,
la “paz positiva”, abarca la inclusión política, económica y simbólica y
la presencia de mecanismos pacíficos y justos de resolución de
conflictos particulares. El tercero, denominado “paz neutra”, se refiere a
la legitimación cultural de la paz frente a la violencia.
Esta propuesta de paz es una construcción conceptual que se basa en el
análisis de las irenologías ideológicas dominantes en algunas de las más
grandes culturas de la historia, principalmente las más determinantes de
la tradición occidental. Para alcanzar el propósito de este artículo,
resulta útil hacer una breve descripción de al menos tres de ellas.
La paz, para los griegos de la época clásica, es fácilmente comprensible
a través de su mitología, al poner atención a una triada específica de
diosas menores. La diosa de la paz, entendida como la ausencia de
guerra, es Eirene, cuyo nombre significa literalmente lo que ella
representa. Tiene dos hermanas: Dike, la Justicia, y Eunomia, el Buen
Gobierno. Las tres solamente son viables cuando están juntas; una sola
no tiene sentido. El panorama se completa cuando se sabe que las tres
diosas son hijas de Zeus, rey del Olimpo y fuente de todo poder y
fuerza, y de Themis, la Ley-que-garantiza-un-orden-justo.
14
7. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
Los romanos usaron en cambio el concepto de pax, palabra de la cual
deriva el término moderno de paz. La Pax Romana o Pax Romanorum
consiste en un estado de tranquilidad social y crecimiento económico en
el interior de las fronteras del Imperio gracias a la imposición y
obediencia de la autoridad política y al estado de continua guerra
exterior. En efecto, los romanos llamaban a esta paz Pax Augustae, pues
fue precisamente el emperador Augusto quien impuso el cese a las
continuas guerras civiles que desangraban la República tardía. Augusto
logró esto mediante el envío de las legiones a las fronteras con la misión
permanente de combatir a los bárbaros y expandir el Imperio. Es una
paz ligada íntimamente con la violencia.
Distinto es el concepto hebreo de shalom. Aunque inicialmente referido
a la rendición de las ciudades cananeas conquistadas, se trasformó
primero en un saludo y luego en una cualidad. Se refiere ante todo al
bien hecho a los vecinos e inmigrantes. Está ligado estrechamente con el
año sabático y el jubileo, es decir, con la liberación de los esclavos, el
perdón de las deudas, la restitución de las propiedades perdidas y el
descanso de la tierra. Shalom, la paz, es básicamente la vuelta a la
justicia campesina original.
¿Cuál es, entonces, el papel de la justicia en la construcción de la paz?
¿Tiene el paradigma de la justicia restaurativa algo que aportar al
respecto? Teniendo en cuenta que la justicia es, básicamente, una
administración de la venganza, y que la venganza es, por esencia,
violenta, ¿cómo es posible que justicia y paz estén tan estrechamente
relacionadas? Y, claro, ¿qué tienen el Estado y la democracia que ver en
todo esto?
Para enfrentar estas cuestiones, se profundizará primero en la relación
entre Estado y venganza; luego se introducirá el concepto de “marco
englobador”, que será la clave de esta reflexión; y, por último, se tratará
específicamente de la imbricación de la justicia restaurativa en este
complejo problema.
15
8. Alejandro Carvajal Pardo
2. Las guerras contemporáneas, el Estado y la justicia
El Estado es el monopolio del uso legítimo de la violencia. Vale la pena
señalar algo que parece evidente: la violencia del Estado ejercida hacia
afuera es la guerra, y ejercida hacia adentro tiene como objeto evitar la
violencia misma, pero entre los individuos.
El paleoantropólogo Jared Diamond (2008) escribió un artículo,
publicado recientemente en The New Yorker, que presenta interesantes
observaciones al respecto.
El Estado es una forma de gobierno relativamente nueva: apareció por
primera vez, según Diamond, en la Media Luna Fértil hace unos 5.500
años. Antes de que hubiera Estados, los métodos más comunes para
resolver disputas solían ser la violencia o el cobro de compensaciones.
En todo caso, los métodos eran ejercidos por particulares.
La guerra, el asesinato y la demonización del prójimo —de los
vecinos— han sido la norma en las sociedades preestatales. Las
sociedades regidas por Estados modernos son una excepción en la
historia de la humanidad. En ellas, las acciones violentas hacia los
conciudadanos o consúbditos son sistemáticamente desestimuladas,
tanto por la amenaza de la fuerza del Estado como por los códigos
morales socializados constantemente en la escuela y en la iglesia,
sinagoga, mezquita o templo, y luego codificados en leyes. Claro que,
en el fondo, y aun en este aspecto, los dos grandes tipos de sociedades
mencionados no son tan distintos: cuando un Estado entra en guerra
—usualmente con otro Estado—, los ciudadanos son llamados a
participar, directa o indirectamente, en la guerra; el otro es demonizado,
convertido en un enemigo deshumanizado y, en consecuencia, asesinado
casi sin remordimientos —al menos colectivos u oficiales— (Diamond,
2008).
En las conciencias individuales de los miembros de ambos tipos de
sujetos, quedan rezagos disfuncionales de la violencia que realizan por
afectar el orden social: tanto los guerreros de los highlands papuanos
como los soldados estadounidenses que lucharon en Vietnam o en el
golfo Pérsico tienen pesadillas cuando vuelven a casa, se niegan a
16
9. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
hablar frecuentemente de la guerra y sufren otros desórdenes a causa del
estrés postraumático (Diamond, 2008).
Por supuesto, la confusión para los ciudadanos de los Estados modernos
y para los veteranos de sus guerras es mayor cuando la guerra termina,
los tratados de paz se firman, la dicotomía amigo-enemigo se desmonta
y comienzan a ser nuevamente incentivados a “vivir en paz”. En las
sociedades preestatales, en contraste, la normalidad —la cotidianidad—
es la guerra, así que no hay mensajes contradictorios sobre la guerra y la
paz que se deban aprender y desaprender (Diamond, 2008).
Casi todas las sociedades humanas de hoy en día han entregado
la búsqueda personal de justicia a favor de sistemas
impersonales operados por los Gobiernos de los Estados —por
lo menos, en papel—. Sin el régimen del Estado, la guerra entre
grupos locales es crónica, la cooperación entre estos en
proyectos que traen beneficios comunes —como los sistemas
de irrigación a gran escala, los derechos de libre tránsito y el
comercio de larga distancia— se hace mucho más difícil e,
inclusive, la frecuencia del asesinato dentro de cada grupo local
es más alta. […] [E]l porcentaje de las poblaciones que muere
violentamente era, en promedio, más alto en las sociedades
tradicionales preestatales que lo que lo fue en Polonia durante
la Segunda Guerra Mundial o en Camboya bajo Pol Pot.
(Diamond, 2008; trad. libre)
Hoy en día todos los territorios del globo están divididos en Estados.
Por supuesto, el surgimiento de la mayoría de los Estados, tal vez de
todos los que están por fuera de Europa y Asia, implicó un proceso de
exportación-imposición violenta del modelo por parte de otro Estado
más antiguo. Pero, en una lógica abstracta y en beneficio del análisis,
cabe pensar que al menos el primero de los Estados del mundo fue
original, que surgió sin precedente alguno en su clase. Ciertamente, si la
evidencia empírica dice algo, es que el famoso filósofo contractualista
ginebrino, Jean-Jacques Rousseau, estaba equivocado: nadie, ninguna
sociedad, nunca, ha cedido voluntariamente su poder, sus derechos y sus
libertades a una entidad política superior y ningún colectivo se ha
organizado en un Estado en ausencia de presiones externas. En cambio,
es posible identificar dos vías principales por las que se constituyen los
17
10. Alejandro Carvajal Pardo
Estados —además de la ya citada de la imposición—: por un lado, han
surgido Estados cuando diversos grupos o señoríos locales se han
asociado para defenderse de la presión o agresión de una entidad
política extraña; por el otro, siendo éste el más común de los casos,
surgen Estados cuando alguno de los clanes o feudos rivales logra
desarrollar algunas instituciones protoestatales —como una burocracia
más o menos tecnificada o un ejército estable y centralizado— y esto le
da la fuerza suficiente para imponerse sobre los otros clanes o señoríos,
aglutinarlos alrededor suyo y completar, gracias a sus recursos
combinados, el proceso de estatización (Diamond, 2008).
Las modernas sociedades estatales desaniman constantemente a saciar la
sed de venganza, aunque ésta sea una de las emociones más arraigadas
del ser humano. No cabe duda de que dar vía libre a la venganza
impediría que múltiples individuos vivieran como conciudadanos bajo
un mismo Estado y llevaría a niveles de violencia como los de las
sociedades preestatales. Algunas maneras de canalizar esa sed de
venganza de forma que sea funcional para la organización política
estatal son aquellas prácticas que algunos Estados estimulan para dar
cierta satisfacción a las víctimas del crimen o a sus familiares, como,
por ejemplo, permitirles estar presentes en los juicios de los criminales
e, incluso, en sus ejecuciones. Trátese de estas soluciones o de otras,
este es el tipo de asuntos sobre los cuales los individuos perdemos
control y responsabilidad con nuestra aceptación de la legitimidad del
Estado para hacer justicia por nosotros (Diamond, 2008).
En la ciencia política contemporánea, existe el cuasi consenso de que en
la categoría “Estado” solamente caben los modernos. En esta disciplina
descuella el autor suizo-canadiense Kalevi J. Holsti (1996), quien hace
precisiones sobre el Estado y la guerra que son también muy útiles aquí.
Durante los siglos XVII y XVIII, la duración típica de una guerra era de
un año. La guerra de los Siete Años (1756-1763) recibió ese nombre
precisamente por ser una excepción. También tenían las guerras una
secuencia clara, consecuente con la teoría de von Clausewitz: una crisis
diplomática, un ultimátum o un incidente, una declaración formal de
guerra, el combate armado, el empate de fuerzas o la victoria decisiva
de una de ellas, un armisticio formal, una paz preliminar y un tratado de
18
11. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
paz final, validado por otros Gobiernos además de los implicados; en
otras palabras, las guerras constituían una etapa bien definida del
conflicto internacional (Holsti, 1996: 19-20).
Por el contrario, las guerras del siglo XX, y lo que va del XXI,
típicamente duran décadas y, sobre todo desde 1945, no son resultados
de una crisis en particular, no tienen —usualmente— una fecha clara de
inicio y se caracterizan por la presencia constante de la agresión o el
terror contra la población civil y por ser libradas por tropas
generalmente irregulares —paramilitares, soldados reclutados
forzosamente por los ejércitos regulares, bandas, guerrillas, mercenarios
y señores de la guerra— (Holsti, 1996: 20). Las guerras dejaron de ser
libradas entre Estados por motivos de política exterior, la seguridad o el
honor nacional; ahora sus motivos principales son la cuestión misma del
Estado, la gobernanza y el papel y estatus de naciones y comunidades
dentro del Estado (Holsti, 1996: 21).
Las cifras presentadas por Holsti son el resultado de estandarizar y
sistematizar diversas fuentes, y esbozan un perfil de las guerras que ha
habido en el mundo desde 1945. Cinco grandes tipos son identificables
en este universo (Holsti, 1996: 21):
1. Las tradicionales guerras interestatales, que aún subsisten.
2. Las intervenciones de Estados en conflictos subestatales
localizados en territorio extranjero.
3. Las guerras étnicas motivadas por fenotipo, genealogía,
lengua y/o religión, frecuentemente con intenciones
secesionistas o autonomistas.
4. Guerras internas basadas en metas ideológicas.
5. Guerras de descolonización o de “liberación nacional”.
Del total de las guerras, sólo 18% han sido guerras interestatales, 5%
han sido intervenciones internacionales y 77% han sido guerras internas.
Otro interesante resultado es que la tasa de guerras interestatales por
Estado por año ha variado así: 19 por mil en el siglo XVIII, 14 por mil
en el siglo XIX, 36 por mil durante el periodo de entreguerras y 5 por
mil desde 1945 hasta 1995. La reducción es evidente —es más, desde
1945 no se ha presentado ninguna guerra interestatal en Norteamérica ni
19
12. Alejandro Carvajal Pardo
Europa Occidental, y solo dos2 en Suramérica—. En cambio, en todo el
mundo, durante el último periodo, sin contar Norteamérica, ha habido
una razón de 2,9 guerras internas por cada guerra interestatal o
intervención extranjera (Holsti, 1996: 21-23).
La pregunta adecuada para hacer aquí es por qué se presentan este
progreso y esta distribución. La respuesta general es que la mayoría de
estas nuevas guerras tiene que ver con el asunto de la comunidad —o
sociedad— política. Allí donde este asunto ha sido previamente resuelto
por la construcción del Estado —usualmente de manera violenta,
claro— es donde menos se presentan. Y aparecen donde una comunidad
más o menos definida se rebela contra un Gobierno extraño percibido
como ilegítimo —guerras de liberación nacional—, o cuando una
comunidad, real o imaginada, trata de reconstituirse a pesar de estar
separada por fronteras interestatales —llamadas “guerras de
reunificación nacional”, son los casos de Vietnam, Corea, Goa y el
actual Kurdistán—. El otro tipo, el más común, es el de las guerras
libradas por comunidades dentro de un Estado-nación que intentan
constituirse en uno nuevo o reconfigurar su papel dentro de aquél; las
guerras ideológicas suelen ocultar a estas últimas en el trasfondo. En
“cada uno de estos casos, la intención es la de transformar una colonia,
satélite [o región periférica] de acuerdo con el prototipo del Estado
europeo”, o de las regiones integradas en ellos (Holsti, 1996: 26).
3. Justicia transicional y justicia restaurativa
La justicia transicional es aquel ámbito de aplicación de la justicia en el
que el Estado no está completo, sino que ha vivido un conflicto violento
vinculado a la cuestión de su construcción o desmoronamiento y, por lo
tanto, no tiene el monopolio de la administración de la venganza. No es
lo mismo que la justicia restaurativa, pero elementos de este paradigma
con frecuencia están presentes en ella.
Según Neftalí D. Suárez (2007: 11), los estudios sobre la violencia
política han puesto de manifiesto que, entre los propósitos perseguidos
2
Una hasta cuando Holsti escribió el texto citado: la guerra de las Malvinas. Durante
1995 se presentó otra entre Perú y Ecuador.
20
13. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
por ella, figura la destrucción del tejido social; esto se logra
desarticulando a los integrantes de dicho tejido mediante actos lesivos y
rompiendo los referentes que los unen como comunidad. Este es el
propósito de toda práctica de represión política que recurre a la
violencia —incluida dentro de ésta cualquier violación sistemática de
los derechos humanos— como recurso para imponer determinado orden
sobre una población:
Por ejemplo, por regla general un torturado, cuando informa lo
que le exige el torturador, abriga durante mucho tiempo un
sentimiento de traición. Ya no es el agente político, sino el
traidor. Sin detenernos en las múltiples implicaciones, en
especial psico-sociales, que los actos políticos lesivos en
general tienen sobre el conjunto de una sociedad, cabe sugerir
que los contextos de la violencia política permiten desentrañar
el sentido del crimen, comprender su significado, recurso
imprescindible para la definición de los roles de cada actor en
un proceso restaurador, pues de lo que se trataría en este caso es
de «restaurar» valores que han sido destruidos mediante el
terror, el miedo y la violencia. Estos valores, cuyo significado
social se trata de rescatar o restablecer, son el producto de una
práctica social compartida que la otra práctica violenta ha
logrado reprimir, cuando no francamente suplantar y
distorsionar. (Suárez, 2007: 11)
La experiencia de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de
Sudáfrica ilumina este particular. El decreto por el cual se creó la
comisión exigía indagar el pasado y mirar hacia el futuro. La verdad que
la comisión tenía que establecer debía contribuir a la reparación del
daño causado y a evitar que jamás volviera a producirse en el futuro.
[El] papel central de la verdad “curativa” o “restauradora”, en
términos de la [Comisión de la Verdad y la Reconciliación] de
Sudáfrica, no sólo pone de manifiesto la importancia de
conocer y ‘reconocer’ el daño, sino también el contexto en el
que éste se produjo, sus causas, sus motivaciones, los factores
que lo propiciaron y sus efectos. La puesta en común, pública y
dialogada de estos elementos permite la realización de un
objetivo propio de la justicia como valor: la solución de
21
14. Alejandro Carvajal Pardo
conflictos profundamente arraigados en las sociedades. (Suárez,
2007: 12)
Las transiciones políticas de las que se trata aquí se refieren a los
procesos de reconciliación nacional luego de un prolongado conflicto,
los procesos de negociación política con actores que hacen dejación de
las armas y deciden reintegrarse a la sociedad, los cambios desde la
dictadura a la democracia —que exigen ajustes con el pasado— y la
reformulación de los términos de relación política entre comunidades
étnicas, nacionales o culturales, entre otros:
Con todo, y pese a la escasez empírica de experiencias de
aplicación de la justicia restaurativa a la solución de conflictos de
carácter político, cabría distinguir entre aquellas en donde tal
enfoque ha tenido un alcance más global y aquellas otras donde
su uso se ha centrado en determinados componentes del
conflicto. Entre los primeros casos indicados, la experiencia más
referida es la de Sudáfrica con el uso por parte de la Comisión de
Verdad y Reconciliación, tras la expedición en 1995 del Acto de
Promoción de la Unidad Nacional y la Reconciliación, de un
enfoque restaurador a la resolución de un prolongado conflicto
político que desafiaba la pertinencia y eficacia del sistema formal
retributivo. Como afirma el profesor Bronwyn Leebaw [2001:
269], [la Comisión,] establecida para responder a las violaciones
cometidas durante la vigencia del régimen del Apartheid en
Sudáfrica, “demuestra los aportes potenciales que los principios
restaurativos encierran de cara a la solución de los dilemas de la
justicia transicional”. Un caso, en cambio, donde la justicia
restaurativa ha sido empleada no de forma general frente al
conflicto político, es decir, como mecanismo para la
“reconciliación” a escala nacional, sino como instrumento para la
solución de determinados conflictos políticos en un contexto más
amplio en el que se mantuvo vigente el sistema de justicia penal
formal, es el de Irlanda del Norte. Aquí, se utilizó la teoría y la
práctica de la justicia restaurativa como una alternativa frente a la
violencia paramilitar que tenía lugar en barrios populares en los
que grupos paramilitares republicanos o “lealistas” ejercían el
papel de policía y aplicaban su violencia ilegítima como un modo
de “justicia comunitaria informal”. Como aseveran Mika y
McEvoy [2001: 292], si bien las prácticas restaurativas han
tenido también otros desarrollos interesantes en Irlanda del
22
15. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
Norte, cabe admitir que su “preponderancia en los últimos años
data del momento en que las comunidades y los barrios buscaron
alternativas al ejercicio del control «policivo» paramilitar tras las
rondas de cese al fuego en 1994 y 1997, y la consiguiente
negociación e implementación de un acuerdo de paz. (Suárez
2007: 13-14)
4. Un marco (teórico) englobador para construir la paz.
Es oportuno citar aquí las palabras de John Paul Lederach:
La búsqueda, la construcción, y el mantenimiento de la paz
[son], en mi opinión, uno de los desafíos más complicados,
intrigantes y francamente frustrantes a los que nos
enfrentamos en nuestra comunidad global. […] Tal y como
señalan los investigadores por la paz, las guerras actuales
—unas 35— se caracterizan por ser internas, es decir, que se
limitan a las fronteras de las naciones-Estado, y crónicas. En
los últimos años los intentos y esfuerzos por lograr la paz y
tratar esos conflictos han sido denominados “procesos
nacionales de paz”, o “procesos de unidad nacional”, o
“proceso de reconciliación nacional”. “Nacional” parece
querer decir que los líderes y grupos de la población afectada
dentro de una nación-Estado participan en acuerdos
negociados, estableciendo una transición que les traslada
hacia estructuras y mecanismos no-violentos con qué afrontar
sus diferencias socio-económicas y políticas. Sin embargo, no
suele estar claro qué significa el término “nacional” en lo que
respecta a la amplitud o profundidad de la implicación de la
población afectada por conflicto crónico, ni el marco temporal
que dicho proceso plantea. (Lederach, 1994: 2)
Cuatro ideas relevantes saltan a la vista al leer este texto. Primero,
aquellos conflictos armados que son el objeto de estudio de Holsti
(1996) suelen estar conectados con conjuntos de acciones y principios
más o menos articulados, denominados “procesos de paz”. Segundo,
estos procesos son supremamente difíciles y no suelen presentar
resultados que sean a la vez inmediatos y duraderos. Tercero, tales
procesos adolecen de falta de claridad conceptual. Cuarto, la claridad
23
16. Alejandro Carvajal Pardo
conceptual que haya en estos procesos es determinante para el
tratamiento del conflicto.
Lederach intenta empezar a construir un marco conceptual que supla
esta necesidad y pueda ser profundizado y aplicado en cada proceso
concreto. Prefiere llamarle “englobador” y no “nacional” porque este
concepto es incompleto y está lleno de connotaciones posiblemente
apropiadas para los actores políticos en conflicto, pero no para su
propósito. Además, lo llama así porque “englobador” describe mejor la
integralidad y dinamismo constante de la transformación pacífica de
conflictos (Lederach, 1994: 2-3). Lo que interesa aquí no son los tres
principios que el autor formula para su trabajo en particular, sino la
naturaleza de éstos: se trata de presupuestos teóricos para la negociación
que no son resultado de la especulación del teórico, sino de la
sistematización de su experiencia vivida (Lederach, 1994: 4). Lo
importante es que el tema que nos convoca a esta reflexión —la justicia
restaurativa como constructora de paz— se refiere simplemente a un
ejercicio práctico que se recrea continuamente a través de la reflexión
teórica, pero que nunca se desconecta de sus bases reales. Además, a
partir de este ejercicio es posible elaborar un marco conceptual
englobador para la transformación pacífica del conflicto crónico.
Con todo, las características que Lederach presenta a modo de
conclusión de su marco englobador pueden describir bien los requisitos
y características de cualquier aporte que la justicia restaurativa puede
hacer a la construcción de paz: 1.o Hay que pensar en el largo plazo, no
planificar con esperanzas inmediatistas. 2.o Los recursos para la
transformación pacífica son los presentes en el escenario mismo del
conflicto, y no los importados e impuestos. 3.o Es necesaria la
integración consciente en el proceso de todos los niveles de la
población, lo que se contradice per se con la expectativa de una
sucesión de negociaciones evaluadas en términos efectivistas (Cf.
Lederach, 1994: 16).
5. Justicia restaurativa y paz
Según Van Ness (2006: 1), la justicia restaurativa es todo proceso en el
que la víctima, el delincuente y cualquier otro individuo o miembro de
24
17. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
la comunidad, afectados por un crimen, participan de forma activa y
conjunta en la resolución de los conflictos derivados del crimen, a
menudo con la ayuda de un tercero justo e imparcial. Otra concepción
de justicia restaurativa, la adoptada por la Confraternidad Carcelaria
Internacional, la define como un proceso donde las partes con riesgo en
un delito específico resuelven colectivamente cómo tratar las
consecuencias del delito y sus implicaciones para el futuro
(Confraternidad Carcelaria Internacional, f. n. d.: 1).
En cuanto al método en la justicia restaurativa, [hay que decir
que] la participación de la víctima es voluntaria y en la mayoría
de los casos también lo es la del ofensor, esta participación se
debe hacer de forma proactiva, no reactiva ni vengativa. Aquí la
solución es contraída por ambos; de manera tal, que el acuerdo
sea justo para los dos. […] [L]a víctima juega un papel activo y
el mediador vigila que los acuerdos no perjudiquen a ésta. El
hecho de que ésta sea voluntaria de ambos lados, permite de
cierta forma, que el arrepentimiento del victimario sea honesto
y sincero, y que la reconciliación con la víctima permita una
verdadera reparación del daño causado. (Díaz Colorado, 2007)
A través de la justicia restaurativa, las víctimas se empoderan
políticamente porque se sienten menos atemorizadas, lo que trasforma el
ciclo del miedo en una oportunidad para la democracia. De igual forma,
la comunidad también se empodera ya que deja de estar aislada y
alienada. Igualmente, el victimario también es empoderado al dejar de
ser tratado como una persona desalojada o desterrada de la misma
comunidad (véase Lerman, 1999: 20).
Según Van Ness (2006: 12), los principios básicos de la justicia
restaurativa son tres:
1. La justicia debe trabajar para que se ayude a volver a su
estado original a aquellos que se han visto perjudicados.
2. Debe existir la posibilidad para que los directamente
perjudicados puedan participar de lleno y de manera voluntaria
en la respuesta al hecho delictivo.
3. El papel del Estado consiste en preservar un orden público
justo y la comunidad debe ayudar a construir y mantener una paz
justa.
25
18. Alejandro Carvajal Pardo
Complementariamente, cabe apuntar que para Ron Claassen (1996: 3)
los principios fundamentales son los siguientes:
1. El crimen es una ofensa, en primer lugar, contra las relaciones
humanas; en segundo lugar, contra la sociedad; y, por último,
contra la ley.
2. El crimen es un acto perjudicial para la sociedad, pero
también es una oportunidad para la comunidad y para los
involucrados.
3. Buscar hacer las cosas tan bien como se pueda, intentando
satisfacer las necesidades de los ofendidos, así como reparar los
daños ocasionados.
4. Preferir responder al crimen lo más pronto posible, con la
máxima cantidad de voluntad y cooperación y el mínimo de
coerción, ya que la reparación de las relaciones y los nuevos
aprendizajes requieren de procesos de voluntad y cooperación.
5. El proceso restaurativo es un asunto fundamentalmente
comunitario, donde la participación involucra a todos los
interesados, además del ofensor y la víctima.
6. Buscar que la justicia sea un acto comunitario, solidario y
responsable.
6. Educación para la paz, cultura de paz y democracia
Aunque la interacción social y sus inherentes conflictos se dan en
muchos espacios y momentos, la escuela es el contexto privilegiado
para el entrenamiento social de los futuros adultos como ciudadanos. La
forma como las instituciones educativas y las organizaciones que las
encarnan asuman o ignoren los conflictos será determinante para el
desarrollo social de niños y jóvenes y la manera en que ellos construirán
pautas morales e interiorizarán, o no, las instituciones sociales. Ésta
puede producir formas de autoridad y normas morales específicas que se
convierten en ejemplos para el comportamiento político y la cultura
política de los individuos y grupos sociales.
La cultura política de una sociedad es el conjunto de conocimientos,
sentimientos y valoraciones de su población sobre su sistema político.
“[La cultura política] se refiere a orientaciones específicamente
26
19. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
políticas, a posturas relativas al sistema político y sus diferentes
elementos, así como a actitudes relacionadas con la función de uno
mismo dentro de dicho sistema” (Almond y Verba, 1992: 179-180). En
otras palabras: “entendemos por cultura política el conjunto de prácticas
y representaciones en torno al orden social establecido, a las relaciones
de poder, a las modalidades de participación de los sujetos y grupos
sociales, a las jerarquías que se establecen entre ellos y a las
confrontaciones que tienen lugar en los diferentes momentos históricos”
(Herrera y Pinilla Díaz, 2001: 71).
“La cultura política de una nación consiste en la particular distribución
entre sus miembros de las pautas de orientación hacia los objetos
políticos […]” (Almond y Verba, 1992: 180). Desde esta perspectiva,
hay tres tipos de orientaciones políticas: cognitivas, afectivas y
evaluativas. Los objetos políticos son cuatro: el sistema político en su
conjunto, los insumos del sistema político (o sea, la corriente de
demandas y apoyos que va del medio ambiente social al sistema
político), los productos del sistema político (es decir, sus imposiciones y
servicios al resto del sistema social) y la concepción del individuo
mismo sobre su propio rol político. Cada forma de cultura política —o,
mejor, la cultura política de cada sociedad— es una combinación
específica de los valores asumidos por estos objetos y orientaciones.
Dentro de las diversas formas de cultura política, suelen existir
subculturas políticas. Puede tratarse de clivajes3 verticales u
horizontales de la población en torno a las diferentes orientaciones hacia
objetos políticos; en el caso de las rupturas horizontales, puede hablarse
de subculturas de clase. También hay subculturas de roles,
características de diversas élites, como las político-ejecutivas, las
burocráticas, las militares, las de partidos políticos, las de los grupos de
presión —como las directivas de los sindicatos de maestros o de los
órganos estatales de educación— y las de los medios de comunicación.
Éstas pueden haber sido reclutadas en una subcultura política específica
y, por tanto, constituirse en su baluarte y ámbito de reproducción, o
pueden crearla por el proceso de inducción y socialización en sus roles.
3
Galicismo adoptado por los textos de ciencia política en inglés y en español para
señalar las rupturas o fragmentaciones sociales no necesariamente referidas al
concepto de clase.
27
20. Alejandro Carvajal Pardo
Adicionalmente, este concepto “puede ser aplicado a grupos que,
aunque no sean élites, cumplen funciones sociales específicas en su
contexto, como los maestros —por un lado— y los estudiantes —por el
otro— en la escuela” (Carvajal, 2007: 15).
De otro lado, hay que tener en cuenta que los sistemas educativos —por
no hablar de los escasos procesos oficiales de promoción cultural no
formal— de las Repúblicas latinoamericanas surgieron entre los siglos
XIX y XX como modos de construcción de los Estados-nación y de
fortalecimiento de sus poderes centrales, a través de la integración y
homogeneización de las diversas manifestaciones culturales. Los
miembros del Estado son los ciudadanos, la homogeneización de su
cultura es una acción política y el producto de esta homogeneización
sería una cultura política. A finales del siglo XX y principios del XXI,
pero como continuación de esta perspectiva, la educación exitosa es
concebida como la formación de ciudadanos “democráticos y
participativos en los asuntos públicos” (Herrera y Pinilla Díaz, 2001:
71).
En este punto, es necesario hablar de socialización política. Con este
concepto, se pueden “relacionar actitudes políticas específicas del
adulto y tendencias conductuales del mismo con experiencias
socializantes políticas, manifiestas y latentes, de la infancia” (Almond y
Verba, 1992: 180).
A pesar de que la experiencia de la justicia restaurativa en Colombia
también ha sido fuerte en contextos de comunidades barriales y
campesinas, en torno a las cárceles y tratando las heridas del conflicto
armado, este artículo se concentra en el ámbito donde la cultura política
es socializada privilegiadamente: la educación. Las instituciones
educativas son esenciales en la construcción de una cultura política que
coadyuve al mejoramiento de la calidad de la democracia. La
democratización de la escuela está condicionada tanto por los
mecanismos de control diseñados para mantener el orden dentro de ella
como por la estructura misma de los procesos de enseñanza y
aprendizaje.
28
21. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
La escuela es un espacio de relaciones asimétricas. Por lo tanto, la
justicia en la escuela no puede partir del principio de trato igual para
todos (igualdad), sino del de trato igual entre iguales y desigual entre
desiguales (si y sólo si este trato desigual es en el sentido de
discriminación positiva); esto se llama equidad. Pero, paradójicamente,
la institucionalidad de la escuela se ha establecido de manera que se
castigue y señale a quien infringe la norma o no cumple con unos
estándares cuantitativos; y estas personas suelen ser las más necesitadas
de apoyo. Entonces, las instituciones escolares terminan por reforzar las
desigualdades al dar mejores oportunidades a los que ya las tienen.
Los conflictos escolares tienden a tener un trámite prefabricado: los más
grandes están prerresueltos en códigos pseudojurídicos llamados
reglamentos o “manuales de convivencia”; los más cotidianos suelen ser
resueltos por los maestros de acuerdo con sus criterios y prudencia. En
el segundo caso, los maestros pueden ser simultáneamente juez y parte
(Carvajal, 2007: 29). ¿Qué pasa cuando los estudiantes se constituyen
en jueces o jurados? ¿Es esta una manera democrática de
empoderamiento? La concepción restaurativa de la comunidad como
parte afectada y corresponsable del injusto y como actor de la justicia
podría ser una respuesta a estas preguntas.
Si bien los espacios de socialización tienden a reproducir el discurso
privilegiado por los grupos dominantes de una sociedad —como dicen
Herrera y Pinilla Díaz (2001: 72): “el conocimiento aprendido en la
escuela constituye una representación particular de la cultura
dominante, un discurso privilegiado que se construye mediante un
proceso selectivo de énfasis y exclusiones”—, éste no es el único que
tiene cabida en ellos. “En este sentido, los espacios educativos y
escolares son escenarios de lucha entre las diferentes significaciones y
modelos culturales vehiculizados por los diferentes grupos que tienen
acceso a ellos, presentándose, más que un espacio armónico y
homogéneo, un espacio conflictivo en el que los grupos dominantes
intentan imponer su visión de mundo y las diferentes apropiaciones,
luchas y resistencias que se presentan por parte de los demás grupos
sociales” (Herrera y Pinilla Díaz, 2001: 72). Los educadores están
ineludiblemente involucrados en una lucha de poder por la construcción
de representaciones de la realidad.
29
22. Alejandro Carvajal Pardo
En consecuencia, es inadecuado concebir la escuela como un
micromundo de procesos formativos aislados de sus contextos
sociopolíticos y no, lo que sería mejor, como un escenario atravesado
por ellos: “El sistema cultural-simbólico sirve para mantener,
desestabilizar o flexibilizar el sistema social y está centralmente
involucrado en la distribución y redistribución de las diferentes formas
de poder social; y ésta es la función de la política. Por esto la cultura es
eminentemente política” (Carvajal, 2007: 15).
Al parecer, lo que está en juego en el escenario escolar, como en otros
escenarios de socialización política en el momento actual, es la
constitución de nuevos sujetos sociales que se relacionen con el
universo de lo político y lo social de una forma distinta a como lo
hacían las generaciones anteriores. Las prácticas que constituyen
mediaciones presentes de la subjetividad imprimen rumbos posibles a su
desarrollo y, formando un círculo, la subjetividad puede imponer
rumbos a las prácticas actuales.
La democracia es un imaginario cultural que se puede construir
desde la escuela a través de la imagen de la sociedad y de la
escuela misma que se desean. La escuela es lugar para la
construcción de una cultura democrática por cuanto en ella se
encuentran diferentes sujetos —construcciones culturales— y
deben aprender a convivir. Es posible hacer de ella, para los
estudiantes, una posibilidad de pensar y tomar decisiones por sí
mismos y para reconocer el conflicto y la pluralidad. Los
valores que se vivencien allí harán posible la convivencia
ciudadana. (Carvajal, 2007: 27)
Los valores y métodos de la justicia restaurativa son óptimos para lograr
este propósito si se aplican de manera consistente y sostenida durante el
proceso educativo.
La cultura política es una realidad nacional, regional y local, y permea
las instituciones educativas. Por lo tanto, determina la forma como se
dan las relaciones de poder dentro de la escuela. Éstas generan
conflictos y determinan sus características. Los conflictos escolares son
tramitados mediante la justicia escolar, la cual influye retroactivamente
en el poder y los conflictos en la escuela, formando un círculo. La
30
23. Justicia restaurativa: construyendo un marco…
justicia, el poder y los conflictos en la escuela modifican juntos la
cultura política, trazando un círculo mayor. La justicia, que es una
forma de manejo del poder, puede ser democrática o autoritaria. Y,
como la cultura política construida a través suyo es una realidad de
índole societal, el ciclo descrito puede ampliarse hasta influir este nivel
y reiniciarse, y así constituir un espiral democratizante o autoritario.
7. Conclusión
La relación entre paz y justicia es problemática; tanto más en Colombia.
La problemática radica en general en que los Estados, que son
esencialmente violentos, imponen la ley. Esta regula la justicia —que es
una forma de venganza y, por lo tanto, de violencia— y a la vez ordena
la existencia de la paz.
Claro, hay diversas concepciones de paz, como la romana, basada en la
guerra, que es la misma lógica de la “guerra contra el terrorismo” o de
la política de seguridad democrática. Pero esta perspectiva, además de
enfrentar reparos éticos, se enfrenta al problema muy concreto de que la
mayor parte del mundo, incluida Colombia, está en una guerra constante
por la resolución del problema de cómo y cuál será el Estado.
Adicionalmente, los marcos conceptuales con que se aproximan a estos
problemas quienes intentan resolverlos de manera pacífica son, por lo
general, demasiado simplistas y “cortoplacistas”. Tanto más cuanto que
la justicia proviene del Estado, la venganza es del Estado, pero se
intenta aplicar cuando el Estado está en guerra civil.
Frente a este panorama, aparece el paradigma de la justicia restaurativa.
No aparece como la panacea o el camino a la utopía, pero sí como un
conjunto de valores y prácticas que, en el largo plazo y no sin
problemas, pueden fomentar el empoderamiento ciudadano. La justicia,
concebida como un asunto de la comunidad que se reconstruye tras la
violencia y no como la fuerza agregada que reproduce la violencia a
través de la venganza organizada, es, por lo menos, un concepto a tener
en cuenta para la construcción de la paz.
La cultura política es el ámbito en el cual la lucha por la democracia y la
construcción de paz se pueden articular en un ciclo progresivo de
31
24. Alejandro Carvajal Pardo
transformación sociopolítica. Las instituciones educativas brindan
oportunidades privilegiadas para que el paradigma de la justicia
restaurativa se introduzca en la cultura y coadyuve a su transformación
pacífica. Este paradigma puede proveer los elementos para la formación
del marco teórico-práctico englobador necesario para comprender y
decir la paz.
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