El documento resume las principales escuelas sociológicas del derecho penal. La Escuela Clásica se basa en el libre albedrío y ve el comportamiento desviado como resultado de las malas pasiones. Figuras como Beccaria y Bentham abogaron por penas proporcionales a los delitos y la prevención de la reincidencia. La Escuela también ve al individuo como responsable de sus propios actos.
Disciplina científica es relativamente joven. Sin embargo, se pueden encontrar ejemplos de cómo el crimen y el estudio de los delincuentes ha preocupado a la humanidad desde, al menos, la Antigua Grecia. Filósofos como Platón o Aristóteles ya hablaron sobre el tema, al igual que hizo siglos después Tomás de Aquino.
Disciplina científica es relativamente joven. Sin embargo, se pueden encontrar ejemplos de cómo el crimen y el estudio de los delincuentes ha preocupado a la humanidad desde, al menos, la Antigua Grecia. Filósofos como Platón o Aristóteles ya hablaron sobre el tema, al igual que hizo siglos después Tomás de Aquino.
En la historia de la persecución de los delitos aparece este libro, el cual condenado por la Iglesia Católica ya que recomendaba procedimientos no éticos e ilegales. Es útil para un conocimiento integral de la historia de las ideas penales.
Georges Bataille es uno de los literatos y pensadores franceses más provocadores e interesantes del siglo xx. Su capacidad para relacionar con innegable coherencia asuntos tan aparentemente alejados entre sí como el erotismo y el ascetismo religioso o el orgasmo y la creatividad ha contribuido a crear una obra heterodoxa y abiertamente transgresora, cuyas fuentes se basan, no obstante, en filósofos de la talla de Hegel, Nietzsche o Heidegger. «El ser humano constantemente se da miedo a sí mismo. Sus movimientos eróticos le aterrorizan... No creo que el hombre tenga la más mínima posibilidad de arrojar un poco de luz sobre todo eso antes de dominarlo», afirma Bataille en el prólogo a este magnífico ensayo que es El erotismo. Y, para su autor, el erotismo es un problema filosófico fundamental, en la medida en que, sin dejar de ser una actividad estrictamente humana, nos enfrenta sin cesar a nuestra naturaleza animal. Esta obra es, sin duda, uno de los textos fundamentales de su autor y representa una especie de gran suma de los temas que siempre le fascinaron: la íntima vinculación entre el amor, la pasión y la muerte, el significado de la transgresión o la turbadora relación entre la santidad y la voluptuosidad. Cierra esta indagación sobre lo erótico una serie de estudios dedicados a las variadas reencarnaciones del sadismo, el enigma del incesto o la sensualidad del misticismo
En la historia de la persecución de los delitos aparece este libro, el cual condenado por la Iglesia Católica ya que recomendaba procedimientos no éticos e ilegales. Es útil para un conocimiento integral de la historia de las ideas penales.
Georges Bataille es uno de los literatos y pensadores franceses más provocadores e interesantes del siglo xx. Su capacidad para relacionar con innegable coherencia asuntos tan aparentemente alejados entre sí como el erotismo y el ascetismo religioso o el orgasmo y la creatividad ha contribuido a crear una obra heterodoxa y abiertamente transgresora, cuyas fuentes se basan, no obstante, en filósofos de la talla de Hegel, Nietzsche o Heidegger. «El ser humano constantemente se da miedo a sí mismo. Sus movimientos eróticos le aterrorizan... No creo que el hombre tenga la más mínima posibilidad de arrojar un poco de luz sobre todo eso antes de dominarlo», afirma Bataille en el prólogo a este magnífico ensayo que es El erotismo. Y, para su autor, el erotismo es un problema filosófico fundamental, en la medida en que, sin dejar de ser una actividad estrictamente humana, nos enfrenta sin cesar a nuestra naturaleza animal. Esta obra es, sin duda, uno de los textos fundamentales de su autor y representa una especie de gran suma de los temas que siempre le fascinaron: la íntima vinculación entre el amor, la pasión y la muerte, el significado de la transgresión o la turbadora relación entre la santidad y la voluptuosidad. Cierra esta indagación sobre lo erótico una serie de estudios dedicados a las variadas reencarnaciones del sadismo, el enigma del incesto o la sensualidad del misticismo
Tutoría de Filosofía del Derecho - Corrientes filosóficas del DerechoNéstor Toro-Hinostroza
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Filosofía del Derecho
Cátedra: Dra. Nuria Pérez
Primer parcial
Tutoría del primer parcial
Corrientes filosóficas del Derecho
Semestre A2015
Universidad Técnica Particular de Loja
Ciclo Académico Abril Agosto 2011
Carrera: Ciencias Jurídicas
Docente: Dr. Homero Tinoco
Ciclo: Tercero
Bimestre: Primero
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
2. I.I. Escuela Clásica del derecho penalEscuela Clásica del derecho penal
De acuerdo con Resumil, la Escuela ClasicaDe acuerdo con Resumil, la Escuela Clasica
señala el principio del libre albedrio, comoseñala el principio del libre albedrio, como
basebase fundamental para explicar la conductapara explicar la conducta
humana. El nombre de clasica se debe a quehumana. El nombre de clasica se debe a que
fue la primera agrupacion de estudiososfue la primera agrupacion de estudiosos
preocupados por la incosistente arbitrariapreocupados por la incosistente arbitraria
administracion de la justicia.administracion de la justicia.
En realidad el nombre de clasica fue unEn realidad el nombre de clasica fue un
nombre peyorativo atribuido por Ferrinombre peyorativo atribuido por Ferri
(un positivista), porque a todos los que no(un positivista), porque a todos los que no
estaban de acuerdo con losestaban de acuerdo con los
planteaminetos positivistas, ellos lesplanteaminetos positivistas, ellos les
llamaban clasicos.llamaban clasicos.
3. Los principales padres de la Escuela Clasica son:
Cesar Beccaria Jeremias BenthamCesar Beccaria Jeremias Bentham Von FeuerbachVon Feuerbach
4. Para esta escuela todos los hombres eran libres, iguales y racionales, yPara esta escuela todos los hombres eran libres, iguales y racionales, y
podran en consecuencia actuar responsablemente como individuos, espodran en consecuencia actuar responsablemente como individuos, es
por ello que se parte del hecho de que el individuo esta siempre enpor ello que se parte del hecho de que el individuo esta siempre en
condiciones de adoptar un comportamniento desviado.condiciones de adoptar un comportamniento desviado.
Para la Escuela Clásica, las causas del comportamiento desviado,Para la Escuela Clásica, las causas del comportamiento desviado,
eran las malas pasiones, la avaricia, la venganza, los celos, la lujuria,eran las malas pasiones, la avaricia, la venganza, los celos, la lujuria,
la ambicion, la pereza, etc.la ambicion, la pereza, etc.
Para los clásicos el comportamiento desviado esta asociado alPara los clásicos el comportamiento desviado esta asociado al
principio de libertad, lo que quiere decir, que si la gente es libre deprincipio de libertad, lo que quiere decir, que si la gente es libre de
actuar, en esa misma medida debe responder por sus acciones. Enactuar, en esa misma medida debe responder por sus acciones. En
consecuencia, si una persona causaba un mal debia ser castigado, loconsecuencia, si una persona causaba un mal debia ser castigado, lo
cual se base en el principio,cual se base en el principio, punitur cha peccatum est,punitur cha peccatum est, es decir el quees decir el que
comete un pecado debia ser castigado.comete un pecado debia ser castigado.
Cuando alguien comete una acción dañosa para la sociedad, estaCuando alguien comete una acción dañosa para la sociedad, esta
haciendo uso abusivo de su libertad, ya que con su accion mengua elhaciendo uso abusivo de su libertad, ya que con su accion mengua el
derecho que tienen los dems de vivir en armonia sin mayoresderecho que tienen los dems de vivir en armonia sin mayores
perturbaciones, y es por eso que el Estado establece sancionesperturbaciones, y es por eso que el Estado establece sanciones
penales y civiles contra las personas que haciendo uso de su librepenales y civiles contra las personas que haciendo uso de su libre
albedrio quebrantan los derechos de otros.albedrio quebrantan los derechos de otros.
5. Jeremias Bentham (1748 – 1832)Jeremias Bentham (1748 – 1832)
Este filosofo realizo grandes aportes a la sociologia delEste filosofo realizo grandes aportes a la sociologia del
Derecho y al derecho mismo, puesto que creo la teoria delDerecho y al derecho mismo, puesto que creo la teoria del
utilitarimo, la cual sirvio de directriz a los redactores delutilitarimo, la cual sirvio de directriz a los redactores del
código penal francés 1810. Dicha teoria se funda en que lacódigo penal francés 1810. Dicha teoria se funda en que la
legitimidad de la represion resulata de la responsabilidad dellegitimidad de la represion resulata de la responsabilidad del
criminal frente a la sociedad.criminal frente a la sociedad.
En cuanto a la pena Bentham decia: “ lo que justifica la penaEn cuanto a la pena Bentham decia: “ lo que justifica la pena
es su utilidad mayor, o mejor dicho su necesidad”; que “ loses su utilidad mayor, o mejor dicho su necesidad”; que “ los
delincuentes son enemigos públicos”.delincuentes son enemigos públicos”.
Bentham citado por Lamnek, en relacion al crimen cita:”Bentham citado por Lamnek, en relacion al crimen cita:”
Cualquiera es capa de cometer un crimen, no hay diferenciaCualquiera es capa de cometer un crimen, no hay diferencia
entre el criminal y el que respeta la ley, excepto la del hecho”entre el criminal y el que respeta la ley, excepto la del hecho”
6. Lamnek señala puntos de vistas claves sobre elLamnek señala puntos de vistas claves sobre el
comportamiento desviado de la Escuela Clasica:comportamiento desviado de la Escuela Clasica:
Condiciones situacionales socialmente determimnadasCondiciones situacionales socialmente determimnadas
conducen al comportamiento desviado, por lo cual todoconducen al comportamiento desviado, por lo cual todo
individuo puede tener un comportamiento desviado.individuo puede tener un comportamiento desviado.
Es por ello que, no el actor sino el hecho es el objeto deEs por ello que, no el actor sino el hecho es el objeto de
estudio de las reflexiones teoricas.estudio de las reflexiones teoricas.
7. Cesar Beccaria (1738)Cesar Beccaria (1738)
Este pensador puede ser considerado como un gran evangelista delEste pensador puede ser considerado como un gran evangelista del
derecho penal, al igual que Ferri, Garolafo y Lombroso, por losderecho penal, al igual que Ferri, Garolafo y Lombroso, por los
brillantes aportes juridicos – sociologicos que realizo.brillantes aportes juridicos – sociologicos que realizo.
En lo que repecta a la pena Beccaria establecia que el objetivo deEn lo que repecta a la pena Beccaria establecia que el objetivo de
imponer una pena a un individuo no es atormentar y afligir a un serimponer una pena a un individuo no es atormentar y afligir a un ser
sensible, ni hacer desaparecer un delito cometido, sino impedir quesensible, ni hacer desaparecer un delito cometido, sino impedir que
el culpable reincida, y evitar que otro siga su ejemplo.el culpable reincida, y evitar que otro siga su ejemplo.
Beccaria contribuyo grandemente a combatir la pena de muerte, laBeccaria contribuyo grandemente a combatir la pena de muerte, la
abolicion de la tortura, proclamo ademas la dulcificacion de lasabolicion de la tortura, proclamo ademas la dulcificacion de las
penas, y establecio que la pena debe ser proporcional al delito.penas, y establecio que la pena debe ser proporcional al delito.
Abogo por las penas de corta duracion, puesto que las penas de cortaAbogo por las penas de corta duracion, puesto que las penas de corta
duracion apartan totalmente al sujeto de la sociedad y se diluye suduracion apartan totalmente al sujeto de la sociedad y se diluye su
entorno familiar, aunque algunos crimenes de magnitud se debeentorno familiar, aunque algunos crimenes de magnitud se debe
mantener una pena acorde con estos y tomar en cuenta no tanto elmantener una pena acorde con estos y tomar en cuenta no tanto el
tipo de crimen sino la peligrosidad de la persona.tipo de crimen sino la peligrosidad de la persona.
8. Aristoteles (384 A.C.)Aristoteles (384 A.C.)
Este filosofo sostiene que “ la ley puede determinarse solo enEste filosofo sostiene que “ la ley puede determinarse solo en
relacion a lo que es justo”. Lo justo debe entenderseen elrelacion a lo que es justo”. Lo justo debe entenderseen el
sentido de la igualdad. Ademas sotiene que la ley debe desentido de la igualdad. Ademas sotiene que la ley debe de
tener una funcion educativa, la funcion de mantener la paz ytener una funcion educativa, la funcion de mantener la paz y
de arbitrar controversias. Con dichas funciones contempla lasde arbitrar controversias. Con dichas funciones contempla las
obligaciones de los abogados.obligaciones de los abogados.
La justicia solo puede existir entre hombre cuyas relacionesLa justicia solo puede existir entre hombre cuyas relaciones
entan reguladas por la ley.entan reguladas por la ley.
Aristoteles concebia a los criminales como seres maleantesAristoteles concebia a los criminales como seres maleantes
enemigos de la sociedad.enemigos de la sociedad.
Decia que el origen pasional del delito se deriva de habitosDecia que el origen pasional del delito se deriva de habitos
culpables o de apetitos que la razon repueba.culpables o de apetitos que la razon repueba.
Coincidia con Bentham en el sentido de que ambos creian enCoincidia con Bentham en el sentido de que ambos creian en
la severidad de las penas.la severidad de las penas.
9. Platon (428 0 427 A.C.)Platon (428 0 427 A.C.)
Para este filosofo aristocrata griego, el crimen no era frto dePara este filosofo aristocrata griego, el crimen no era frto de
los factores sociales, sino que era algo enfermizo, y lo veialos factores sociales, sino que era algo enfermizo, y lo veia
como “un sintoma de una “enfermedad del alma”, que tienecomo “un sintoma de una “enfermedad del alma”, que tiene
una triple fuente : las pasiones (envidia, ambicion, etc.), launa triple fuente : las pasiones (envidia, ambicion, etc.), la
busqueda del palcer y la ignorancia. La pena es una medicinabusqueda del palcer y la ignorancia. La pena es una medicina
moral y es, una cierta medida, una dicha para el culpablemoral y es, una cierta medida, una dicha para el culpable
sufrir un castig, puesto que de esa manera el delincuente tienesufrir un castig, puesto que de esa manera el delincuente tiene
la oportunidad de liberrase de esa maldad de su alma, que sila oportunidad de liberrase de esa maldad de su alma, que si
por el contrario el delincuente se manifiesta como incurablepor el contrario el delincuente se manifiesta como incurable
como incurale y refractorio a toda accion educativa, lacomo incurale y refractorio a toda accion educativa, la
sociedad debe eliminarlo.sociedad debe eliminarlo.
Platon estaba de acuerdo con la pena de muerte.Platon estaba de acuerdo con la pena de muerte.
Establecia que si una persona comete un crimen es una faltaEstablecia que si una persona comete un crimen es una falta
por parte del estado, pues no ha sido capaz de implementarpor parte del estado, pues no ha sido capaz de implementar
estrategias preventivas, y es muestra de una deficienteestrategias preventivas, y es muestra de una deficiente
politica social y penitenciaria.politica social y penitenciaria.
10. Santo Tomas de Aquino (1226-1274)Santo Tomas de Aquino (1226-1274)
Consideraba la miseria como un factor criminogeno y que veConsideraba la miseria como un factor criminogeno y que ve
la pena capital como un instumento indispensable parala pena capital como un instumento indispensable para
salvaguardar el bien comunsalvaguardar el bien comun..
Afirmaba que: “ Si la ley contiene la regla que se aplica aAfirmaba que: “ Si la ley contiene la regla que se aplica a
quienes estan sujetos a ella, dicha regla debe ser puesta en suquienes estan sujetos a ella, dicha regla debe ser puesta en su
conocimiento, para poder tener fuerza de obligatoriedad”conocimiento, para poder tener fuerza de obligatoriedad”
11. La Escuela positivista ItalianaLa Escuela positivista Italiana
Los representantes de esta escuela son: CesarLos representantes de esta escuela son: Cesar
Lombroso, medico psiquiatra,Enrico Ferri,Lombroso, medico psiquiatra,Enrico Ferri,
profesor de derecho penal y Rafael Garofaloprofesor de derecho penal y Rafael Garofalo