SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 36
¿Qué es la constitución Política del Estado?
Art. 410
II. Es la norma suprema del ordenamiento jurídico
boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra
disposición normativa.
Tratados y Convenios internacionales
en materia de DDHH.
El bloque de constitucionalidad
está integrado por:
Normas de Derecho Comunitario,
ratificados por el país.
La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la
siguiente:
Jerarquía autonómica
Art. 410
Constitución Política del
Estado
Legislación
departamental,
municipal e
indigenal
Cartas
Orgánicas
Estatutos
Autonómicos
Leyes Nacionales
y ley Marco de
Autonomías y
Descentralización
Derechos, Reglamentos y demás
Resoluciones emanadas de los Órganos
Ejecutivos correspondientes.
307-408
270-306
146-269
1-145
PRIMERA PARTE
DIVIDIDOS EN: 5 PARTES
BASES FUNDAMENTALES DEL
ESTADO, DERECHOS, DEBERES Y
GARANTÍAS
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
FUNCIONAL DEL ESTADO
SEGUNDA PARTE
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL DEL ESTADO
TERCERA PARTE
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
ECONÓMICA DEL ESTADO
CUARTA PARTE
JERARQUÍA NORMATIVA Y
REFORMA CONSTITUCIONAL
QUINTA PARTE 409-411
411 ARTÍCULOS
BASES FUNDAMENTALES
DEL ESTADO, DERECHOS,
DEBERES Y GARANTÍAS
TÍTULO II
DERECHOS
FUNDAMENTALES Y
GARANTÍAS
CAPÍTULO SEXTO
EDUCACIÓN, INTERCULTURALIDAD Y DERECHOS
CULTURALES
SECCIÓN I: EDUCACIÓN
I. La educación constituye una función suprema y primera
responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación
indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
III. El sistema educativo está
compuesto por las instituciones
educativas fiscales, instituciones
educativas privadas y de
convenio.
II. El Estado y la sociedad tienen
tuición sobre el sistema educativo,
que comprende: Educación Superior de
Formación Profesional.
Alternativa y Especial
Educación Regular,
Desarrolla sus procesos sobre la base
de criterios de armonía y coordinación.
Artículo 77
LA
EDUCACIÓN
ES:
Descolonizadora
Intracultural, Intercultural y
Plurilingüe
De Calidad
Participativa,
Comunitaria,
Unitaria, Pública
Universal,
Democrática
Artículo 78
Teórica y
Práctica
EL SISTEMA
EDUCATIVO SE
FUNDAMENTA EN:
Productiva
En una Educación
Abierta, Humanista
Territorial
Científica, Técnica y
Tecnológica
Liberadora y
Revolucionaria
Crítica y
Solidaria
El Estado
garantiza:
para hombres y mujeres, relacionada con la vida, el
trabajo y el desarrollo productivo.
La Enseñanza Técnica
Humanística
La Educación
Vocacional
Artículo 79
La educación
fomentará
civismo
diálogo
intercultural
la no diferencia
de roles
la equidad de
género
valores ético
morales
la no violencia
vigencia plena
de los DD.HH.
Artículo 80
I. LA EDUCACIÓN TENDRÁ COMO OBJETIVO:
Formación individual y colectiva.
Desarrollo de competencias, aptitudes y habilidades
físicas e intelectuales.
Que vincule la teoría con la práctica productiva.
Conservación y protección del medio ambiente,
biodiversidad y territorio para vivir bien.
Su regulación y cumplimiento serán establecidos por la ley.
La educación estará orientada a:
Formación integral de las personas
Fortalecimiento de la conciencia social crítica en la vida y
para la vida.
de cada nación o PIOC.
Entendimiento y enriquecimiento intercultural.
LA EDUCACIÓN CONTRIBUIRÁ A:
Fortalecimiento de la unidad e identidad
Identidad y desarrollo cultural de los miembros
II. La educación fiscal es gratuita en todos sus niveles
hasta el superior.
III. A la culminación de los estudios del nivel secundario
se otorgará el diploma de bachiller, con carácter
gratuito e inmediato.
EDUCACIÓN OBLIGATORIA
HASTA EL BACHILLERATO
Y DIPLOMA GRATUITO
Artículo 81
El Estado apoyará a los estudiantes
con menos posibilidades económicas
para que accedan al sistema
educativo, con:
recursos económicos,
programas de alimentación,
vestimenta, transporte,
material escolar.
En áreas dispersas:
con residencias estudiantiles.
Artículo 82
El Estado garantizará el acceso a la
educación y la permanencia de todas
las ciudadanas y los ciudadanos en
condiciones de plena igualdad.
Toda niñ@ y adolescente con
talento natural destacado tiene
derecho a ser atendido con
métodos de formación y
aprendizaje que le permitan el
mayor desarrollo de sus
aptitudes y destrezas. Becas a estudiantes en todos
los niveles del Sist. Ed.
Artículo 83
Se reconoce y garantiza la participación social, comunitaria y
de los PPFF en el Sist. Ed., mediante org representativos en
todos los niv del Est. y en las NPIOCs. Su composición y
atribuciones estarán establecidas en la ley.
Artículo 84
El Estado y la sociedad tienen el deber de erradicar el
analfabetismo a través de programas acordes con la realidad
cultural y lingüística de la población.
Artículo 85
El Estado promoverá y garantizará la Ed. permanente de
niñ@s y adolescentes con:
discapacidad talentos extraordinarios
Con la misma
estructura, principios y
valores del Sist. Ed.,
estableciendo una org.
y desarrollo curr. esp.
En los centros ed., se reconocerá y garantizará la
libertad de conciencia de fe y espiritualidad de
NPIOCs, fomentando el respeto y la convivencia
mutua entre las personas con diversas opciones
religiosas, sin imposición dogmática. No se
discriminará en la aceptación y permanencia de las y
los alumn@s por su opción religiosa.
Artículo 86
Funcionarán bajo la tuición
de autoridades públicas,
respetando el derecho de
administración de entidades
religiosas sobre dichas UE,
sin perjuicio de lo
establecido en
disposiciones nacionales, y
se regirán por las mismas
normas, políticas, planes y
programas del Sist. Ed.
Artículo 87
Se reconoce y respeta el funcionamiento de
unidades educativas de convenio con fines de
servicio social, con acceso libre y sin fines de lucro
Artículo 88
Se respeta el derecho de las madres y
padres a elegir la educación que
convenga para sus hijas e hijos.
Se reconoce y respeta el
funcionamiento de unidades
educativas privadas, en todos los
niveles y modalidades, éstas se
regirán por las políticas, planes,
programas y autoridades del SE.
El Estado garantiza su
funcionamiento previa verificación
de las condiciones y cumplimiento
de los requisitos establecidos por
la ley.
El seguimiento, la medición, EV y acreditación de la
calidad ed. en todo el SE, estará a cargo de una
institución pública, técnica especializada, independiente
del Min. del ramo. Su composición y funcionamiento será
determinado por la ley.
El Estado reconocerá la vigencia de
institutos de formación humanística,
técnica y tecnológica, en los niveles
medio y superior, previo cumplimiento de
las condiciones y requisitos establecidos
en la ley.
Artículo 89
Artículo 90
El Estado, a través del SE, promoverá la creación y org. de
programas ed., a distancia y populares no escolarizados, con
el objetivo de elevar el nivel cultural y desarrollar la
conciencia plurinacional del pueblo.
El Estado promoverá la formación técnica, tecnológica,
productiva, artística y lingüística, a través de inst. técnicos.
Artículo 91
La Ed. Superior
desarrolla procesos de
formación profesional,
de generación y
divulgación de conoc.
orientados al desarrollo
integral de la sociedad,
para lo cual tomará en
cuenta los
conocimientos
universales y los
saberes colectivos de
las NPIOCs.
EDUCACIÓN SUPERIOR
SECCIÓN II
La Educación Sup. es intracultural,
intercultural y plurilingüe, y tiene
por misión la formación integral de
recursos humanos con alta
calificación y competencia
profesional; desarrollar procesos
de investigación científica para
resolver problemas de la base
productiva y de su entorno social.
Educación Superior está conformada por las
universidades, las escuelas superiores de formación
docente, y los institutos técnicos, tecnológicos y
artísticos, fiscales y privados.
Artículo 92
Para realizar sus fines y
sostener y perfeccionar sus
institutos y facultades.
previa aprobación
legislativa.
ADMINISTRACIÓN RECURSOS
NOMBRAR SUS AUTORIDADES
NOMBRAR SUS DOCENTES
APROBAR SUS ESTATUTOS
APROBAR PLANES DE ESTUDIO
APROBAR PRESUPUESTOS ANUALES
UNIVERSIDADES PUBLICAS SON
AUTÓNOMAS EN LA LIBRE:
ACEPTACIÓN DE LEGADOS Y DONACIONES.
NEGOCIAR EMPRÉSTITOS CON GARANTÍA DE SUS BIENES Y REC.
CELEBRACIÓN DE CONTRATOS
PREVIA APROBACIÓN LEGISLATIVA
la Universidad Boliviana, coordinará y programará sus
fines y funciones mediante un organismo central, de
acuerdo con un plan de desarrollo universitario.
II. LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS CONSTITUIRÁN LA
UNIVERSIDAD BOLIVIANA
LAS UNIVERSIDADES ESTÁN AUTORIZADAS PARA
EXTENDER DIPLOMAS ACADÉMICOS Y TÍTULOS
PROFESIONALES CON VALIDEZ EN TODO EL ESTADO.
ARTICULO 92
Presentación de Estados Financieros a:
Asamblea Plurinacional Legislativa.
Contraloría General y
Órgano Ejecutivo.
Artículo 93
LAS
UNIVERSIDADES
PÚBLICAS
Serán obligatoriamente subvencionadas por el
Est., independientemente de sus recursos dep.,
municipales y propios.
En el marco de sus estatutos, establecerán los
mecanismos de participación social de carácter
consultivo, de coordinación y asesoramiento.
Establecerán mecanismos de:
Rendición de cuentas.
Transparencia en el uso de sus
recursos.
LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS:
El estado promoverá en áreas
rurales la creación y el
funcionamiento de
universidades e institutos
comunitarios pluriculturales.
Que responderán a las necesidades del fortalecimiento productivo
de la región, en función de sus potencialidades.
Establecerán programas de desconcentración
académica y de interculturalidad de acuerdo a las
necesidades del estado y de las NPIOCs
Artículo 94
LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS
Se regirán por políticas, PP y autoridades del SE.
Su funcionamiento será autorizado por DS, previa
verificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos
establecidos por la ley.
Pueden expedir diplomas académicos.
Títulos profesionales con validez.
Para la titulación, se conformarán tribunales examinadores,
integrados por docentes titulares, nombrados por las U
públicas, en las condiciones establecidas por la ley. El
Estado no subvencionará a las U privadas.
Artículo 95
Las U deberán crear y sostener centros interculturales
de formación y capacitación técnica y cultural, de
acceso libre al pueblo, en concordancia con los
principios y fines del SE.
II. Las Us deberán implementar programas para la
recuperación, preservación, desarrollo, aprendizaje y
divulgación de las diferentes lenguas de las NPIOCs.
Artículo 97
Coordinada por las Us del SE, de
acuerdo con la ley.
LA FORMACIÓN
POST-GRADUAL
Cualificación de profesionales en
diferentes áreas, a través de procesos
de invest. científica y generación de
conocimientos vinculados con la
realidad, para coadyuvar con el
desarrollo integral de la sociedad.
El Estado protegerá los saberes y
los conocimientos mediante el
registro de la propiedad
intelectual que salvaguarde los
derechos intangibles de las
naciones y pueblos indígena
originario campesinas y las
comunidades interculturales y
afrobolivianas.
Artículo 100
Es patrimonio de las NPIOCs las
cosmovisiones, los mitos, la
historia oral, las danzas, las
prácticas culturales, los
conocimientos y las tecnologías
tradicionales. Este patrimonio es
expresión e identidad del Estado.
El Estado registrará y
protegerá la propiedad
intelectual, individual y
colectiva de las obras
y descubrimientos de
los autores, artistas,
compositores,
inventores y
científicos, en las
condiciones que
determine la ley.
Artículo 102
Artículo 103
El Estado garantizará el
desarrollo de la ciencia y
la investigación
científica, técnica y
tecnológica en beneficio
del interés general. Se
destinarán los recursos
necesarios y se creará el
sistema estatal de
ciencia y tecnología.
El Estado asumirá como política la implementación de
estrategias para incorporar el conocimiento y aplicación de
nuevas tecnologías de información y comunicación.
Toda persona tiene derecho al deporte, a la cultura física y a
la recreación. El Estado garantiza el acceso al deporte sin
distinción de género, idioma, religión, orientación política,
ubicación territorial, pertenencia social, cultural o de
cualquier otra índole.
Artículo 104
El Estado promoverá, mediante políticas de educación,
recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y
de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo,
formativo y competitivo, con especial atención a las
personas con discapacidad.
El Estado garantizará los medios y los recursos económicos
necesarios para su efectividad.
Artículo 105
LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL

Más contenido relacionado

Similar a LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL

ley gral de la educación
ley gral de la educaciónley gral de la educación
ley gral de la educaciónLaura Garcia
 
Taller 3 internet
Taller 3 internetTaller 3 internet
Taller 3 internetcoco1989
 
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVOLAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVOSistemadeEstudiosMed
 
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superior
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superiorProyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superior
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superiorAgoraEsapista
 
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpoint
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpointMódulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpoint
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpointAlvaro Alvite
 
Educación padep gtz
Educación padep gtzEducación padep gtz
Educación padep gtzFDTEUSC
 
Proyecto de ley_educacion_superior[1]
Proyecto de ley_educacion_superior[1]Proyecto de ley_educacion_superior[1]
Proyecto de ley_educacion_superior[1]Carmen Hevia Medina
 
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBRE
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBREPROYECTO RADICADO 03 OCTUBRE
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBREFallong Foschini
 
Proyecto de ley educacion superior
Proyecto de ley educacion superiorProyecto de ley educacion superior
Proyecto de ley educacion superiorJuan López
 
Fundamentos de la Educacion venezolana
Fundamentos de la Educacion venezolanaFundamentos de la Educacion venezolana
Fundamentos de la Educacion venezolanaAngeles Ang
 
Bases Legales
Bases LegalesBases Legales
Bases LegalesMALANCA74
 
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnueva
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnuevaDbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnueva
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnuevaPameBbxota
 
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011Martha Lucía Salamanca Solis
 
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)Articulado reforma (oct03) definitivo (3)
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)Ana Maria
 

Similar a LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL (20)

ley gral de la educación
ley gral de la educaciónley gral de la educación
ley gral de la educación
 
Taller 3 internet
Taller 3 internetTaller 3 internet
Taller 3 internet
 
Taller 2
Taller 2Taller 2
Taller 2
 
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVOLAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
LAS LEYES VENEZOLANAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
 
Ley educacion estado_guanajuato
Ley educacion estado_guanajuatoLey educacion estado_guanajuato
Ley educacion estado_guanajuato
 
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superior
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superiorProyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superior
Proyecto de ley 112 (reforma ley 30) educ superior
 
Ley educacion estado_campeche
Ley educacion estado_campecheLey educacion estado_campeche
Ley educacion estado_campeche
 
Ley educacion estado_nayarit
Ley educacion estado_nayaritLey educacion estado_nayarit
Ley educacion estado_nayarit
 
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpoint
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpointMódulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpoint
Módulo 1 misión y visión materiales obligatorios powerpoint
 
Educación padep gtz
Educación padep gtzEducación padep gtz
Educación padep gtz
 
Educación de CRBV
Educación de CRBVEducación de CRBV
Educación de CRBV
 
Proyecto de ley_educacion_superior[1]
Proyecto de ley_educacion_superior[1]Proyecto de ley_educacion_superior[1]
Proyecto de ley_educacion_superior[1]
 
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBRE
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBREPROYECTO RADICADO 03 OCTUBRE
PROYECTO RADICADO 03 OCTUBRE
 
Proyecto de ley educacion superior
Proyecto de ley educacion superiorProyecto de ley educacion superior
Proyecto de ley educacion superior
 
Ley educacion estado_sinaloa
Ley educacion estado_sinaloaLey educacion estado_sinaloa
Ley educacion estado_sinaloa
 
Fundamentos de la Educacion venezolana
Fundamentos de la Educacion venezolanaFundamentos de la Educacion venezolana
Fundamentos de la Educacion venezolana
 
Bases Legales
Bases LegalesBases Legales
Bases Legales
 
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnueva
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnuevaDbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnueva
Dbr d kompu ly organik bbxoota.pptxnueva
 
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011
Articulado reforma a_ley_30_radicado_en_congreso_oct_3_2011
 
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)Articulado reforma (oct03) definitivo (3)
Articulado reforma (oct03) definitivo (3)
 

Último

ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 gradoEL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 gradomartanuez15
 
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menoresFICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menoresSantosprez2
 
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdf
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdfPasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdf
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdfNELLYKATTY
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdf
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdfDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdf
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdfVerenice Del Rio
 
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docxMINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docxLorenaHualpachoque
 
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptxnelsontobontrujillo
 
PLAN LECTOR QUINTO 2023 educación primaria de menores Quinto grado
PLAN LECTOR QUINTO 2023  educación primaria de menores Quinto gradoPLAN LECTOR QUINTO 2023  educación primaria de menores Quinto grado
PLAN LECTOR QUINTO 2023 educación primaria de menores Quinto gradoSantosprez2
 
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdf
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdfEn un aposento alto himno _letra y acordes.pdf
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdfAni Ann
 
Bitacora de Inteligencia Artificial y Herramientas Digitales HD4 Ccesa007.pdf
Bitacora de Inteligencia Artificial  y Herramientas Digitales HD4  Ccesa007.pdfBitacora de Inteligencia Artificial  y Herramientas Digitales HD4  Ccesa007.pdf
Bitacora de Inteligencia Artificial y Herramientas Digitales HD4 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Lineamientos de la Escuela de la Confianza SJA Ccesa.pptx
Lineamientos de la Escuela de la Confianza  SJA  Ccesa.pptxLineamientos de la Escuela de la Confianza  SJA  Ccesa.pptx
Lineamientos de la Escuela de la Confianza SJA Ccesa.pptxDemetrio Ccesa Rayme
 
Estudios Sociales libro 8vo grado Básico
Estudios Sociales libro 8vo grado BásicoEstudios Sociales libro 8vo grado Básico
Estudios Sociales libro 8vo grado Básicomaxgamesofficial15
 
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilización
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilizaciónTEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilización
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilizaciónVasallo1
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertitzacióRealitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertitzacióPere Miquel Rosselló Espases
 
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfApunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfGonella
 
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios PE3 Ccesa007.pdf
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios  PE3  Ccesa007.pdfEscucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios  PE3  Ccesa007.pdf
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios PE3 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 

Último (20)

ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO EL NÚMERO PI COLOREA EMBLEMA OLÍMPICO DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 gradoEL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
EL CARDENALITO Lengua y Literatura de 6 grado
 
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menoresFICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
FICHA DE LA VIRGEN DE FÁTIMA.pdf educación religiosa primaria de menores
 
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdf
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdfPasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdf
Pasos para enviar una tarea en SIANET - sólo estudiantes.pdf
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdf
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdfDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdf
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE.pdf
 
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO CÁLCULOS MATEMÁGICOS EN LA CARRERA OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docxMINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
MINEDU BASES JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS PARADEPORTIVOS 2024.docx
 
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
3. ELEMENTOS QUE SE EMPLEAN EN LAS ESTRUCTURAS.pptx
 
Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdfSesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
Sesión de clase Motivados por la esperanza.pdf
 
PLAN LECTOR QUINTO 2023 educación primaria de menores Quinto grado
PLAN LECTOR QUINTO 2023  educación primaria de menores Quinto gradoPLAN LECTOR QUINTO 2023  educación primaria de menores Quinto grado
PLAN LECTOR QUINTO 2023 educación primaria de menores Quinto grado
 
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
¿Que es Fuerza? online 2024 Repaso CRECE.pptx
 
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdf
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdfEn un aposento alto himno _letra y acordes.pdf
En un aposento alto himno _letra y acordes.pdf
 
Bitacora de Inteligencia Artificial y Herramientas Digitales HD4 Ccesa007.pdf
Bitacora de Inteligencia Artificial  y Herramientas Digitales HD4  Ccesa007.pdfBitacora de Inteligencia Artificial  y Herramientas Digitales HD4  Ccesa007.pdf
Bitacora de Inteligencia Artificial y Herramientas Digitales HD4 Ccesa007.pdf
 
Lineamientos de la Escuela de la Confianza SJA Ccesa.pptx
Lineamientos de la Escuela de la Confianza  SJA  Ccesa.pptxLineamientos de la Escuela de la Confianza  SJA  Ccesa.pptx
Lineamientos de la Escuela de la Confianza SJA Ccesa.pptx
 
Estudios Sociales libro 8vo grado Básico
Estudios Sociales libro 8vo grado BásicoEstudios Sociales libro 8vo grado Básico
Estudios Sociales libro 8vo grado Básico
 
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilización
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilizaciónTEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilización
TEMA EGIPTO.pdf. Presentación civilización
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertitzacióRealitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - La desertització
 
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfApunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
 
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios PE3 Ccesa007.pdf
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios  PE3  Ccesa007.pdfEscucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios  PE3  Ccesa007.pdf
Escucha tu Cerebro en Nuevos Escenarios PE3 Ccesa007.pdf
 
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO SOPA DE LETRAS OLÍMPICA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 

LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL

  • 1.
  • 2. ¿Qué es la constitución Política del Estado? Art. 410 II. Es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. Tratados y Convenios internacionales en materia de DDHH. El bloque de constitucionalidad está integrado por: Normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país.
  • 3. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente: Jerarquía autonómica Art. 410 Constitución Política del Estado Legislación departamental, municipal e indigenal Cartas Orgánicas Estatutos Autonómicos Leyes Nacionales y ley Marco de Autonomías y Descentralización Derechos, Reglamentos y demás Resoluciones emanadas de los Órganos Ejecutivos correspondientes.
  • 4. 307-408 270-306 146-269 1-145 PRIMERA PARTE DIVIDIDOS EN: 5 PARTES BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO, DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL ESTADO SEGUNDA PARTE ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO TERCERA PARTE ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO CUARTA PARTE JERARQUÍA NORMATIVA Y REFORMA CONSTITUCIONAL QUINTA PARTE 409-411 411 ARTÍCULOS
  • 5.
  • 6. BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO, DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS TÍTULO II DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS CAPÍTULO SEXTO EDUCACIÓN, INTERCULTURALIDAD Y DERECHOS CULTURALES
  • 7. SECCIÓN I: EDUCACIÓN I. La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla. III. El sistema educativo está compuesto por las instituciones educativas fiscales, instituciones educativas privadas y de convenio. II. El Estado y la sociedad tienen tuición sobre el sistema educativo, que comprende: Educación Superior de Formación Profesional. Alternativa y Especial Educación Regular, Desarrolla sus procesos sobre la base de criterios de armonía y coordinación. Artículo 77
  • 8. LA EDUCACIÓN ES: Descolonizadora Intracultural, Intercultural y Plurilingüe De Calidad Participativa, Comunitaria, Unitaria, Pública Universal, Democrática Artículo 78
  • 9. Teórica y Práctica EL SISTEMA EDUCATIVO SE FUNDAMENTA EN: Productiva En una Educación Abierta, Humanista Territorial Científica, Técnica y Tecnológica Liberadora y Revolucionaria Crítica y Solidaria
  • 10. El Estado garantiza: para hombres y mujeres, relacionada con la vida, el trabajo y el desarrollo productivo. La Enseñanza Técnica Humanística La Educación Vocacional Artículo 79 La educación fomentará civismo diálogo intercultural la no diferencia de roles la equidad de género valores ético morales la no violencia vigencia plena de los DD.HH.
  • 11. Artículo 80 I. LA EDUCACIÓN TENDRÁ COMO OBJETIVO: Formación individual y colectiva. Desarrollo de competencias, aptitudes y habilidades físicas e intelectuales. Que vincule la teoría con la práctica productiva. Conservación y protección del medio ambiente, biodiversidad y territorio para vivir bien. Su regulación y cumplimiento serán establecidos por la ley. La educación estará orientada a: Formación integral de las personas Fortalecimiento de la conciencia social crítica en la vida y para la vida.
  • 12. de cada nación o PIOC. Entendimiento y enriquecimiento intercultural. LA EDUCACIÓN CONTRIBUIRÁ A: Fortalecimiento de la unidad e identidad Identidad y desarrollo cultural de los miembros
  • 13. II. La educación fiscal es gratuita en todos sus niveles hasta el superior. III. A la culminación de los estudios del nivel secundario se otorgará el diploma de bachiller, con carácter gratuito e inmediato. EDUCACIÓN OBLIGATORIA HASTA EL BACHILLERATO Y DIPLOMA GRATUITO Artículo 81
  • 14. El Estado apoyará a los estudiantes con menos posibilidades económicas para que accedan al sistema educativo, con: recursos económicos, programas de alimentación, vestimenta, transporte, material escolar. En áreas dispersas: con residencias estudiantiles. Artículo 82 El Estado garantizará el acceso a la educación y la permanencia de todas las ciudadanas y los ciudadanos en condiciones de plena igualdad.
  • 15. Toda niñ@ y adolescente con talento natural destacado tiene derecho a ser atendido con métodos de formación y aprendizaje que le permitan el mayor desarrollo de sus aptitudes y destrezas. Becas a estudiantes en todos los niveles del Sist. Ed. Artículo 83 Se reconoce y garantiza la participación social, comunitaria y de los PPFF en el Sist. Ed., mediante org representativos en todos los niv del Est. y en las NPIOCs. Su composición y atribuciones estarán establecidas en la ley.
  • 16. Artículo 84 El Estado y la sociedad tienen el deber de erradicar el analfabetismo a través de programas acordes con la realidad cultural y lingüística de la población. Artículo 85 El Estado promoverá y garantizará la Ed. permanente de niñ@s y adolescentes con: discapacidad talentos extraordinarios Con la misma estructura, principios y valores del Sist. Ed., estableciendo una org. y desarrollo curr. esp.
  • 17. En los centros ed., se reconocerá y garantizará la libertad de conciencia de fe y espiritualidad de NPIOCs, fomentando el respeto y la convivencia mutua entre las personas con diversas opciones religiosas, sin imposición dogmática. No se discriminará en la aceptación y permanencia de las y los alumn@s por su opción religiosa. Artículo 86
  • 18. Funcionarán bajo la tuición de autoridades públicas, respetando el derecho de administración de entidades religiosas sobre dichas UE, sin perjuicio de lo establecido en disposiciones nacionales, y se regirán por las mismas normas, políticas, planes y programas del Sist. Ed. Artículo 87 Se reconoce y respeta el funcionamiento de unidades educativas de convenio con fines de servicio social, con acceso libre y sin fines de lucro
  • 19. Artículo 88 Se respeta el derecho de las madres y padres a elegir la educación que convenga para sus hijas e hijos. Se reconoce y respeta el funcionamiento de unidades educativas privadas, en todos los niveles y modalidades, éstas se regirán por las políticas, planes, programas y autoridades del SE. El Estado garantiza su funcionamiento previa verificación de las condiciones y cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley.
  • 20. El seguimiento, la medición, EV y acreditación de la calidad ed. en todo el SE, estará a cargo de una institución pública, técnica especializada, independiente del Min. del ramo. Su composición y funcionamiento será determinado por la ley. El Estado reconocerá la vigencia de institutos de formación humanística, técnica y tecnológica, en los niveles medio y superior, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la ley. Artículo 89 Artículo 90
  • 21. El Estado, a través del SE, promoverá la creación y org. de programas ed., a distancia y populares no escolarizados, con el objetivo de elevar el nivel cultural y desarrollar la conciencia plurinacional del pueblo. El Estado promoverá la formación técnica, tecnológica, productiva, artística y lingüística, a través de inst. técnicos.
  • 22. Artículo 91 La Ed. Superior desarrolla procesos de formación profesional, de generación y divulgación de conoc. orientados al desarrollo integral de la sociedad, para lo cual tomará en cuenta los conocimientos universales y los saberes colectivos de las NPIOCs. EDUCACIÓN SUPERIOR SECCIÓN II
  • 23. La Educación Sup. es intracultural, intercultural y plurilingüe, y tiene por misión la formación integral de recursos humanos con alta calificación y competencia profesional; desarrollar procesos de investigación científica para resolver problemas de la base productiva y de su entorno social. Educación Superior está conformada por las universidades, las escuelas superiores de formación docente, y los institutos técnicos, tecnológicos y artísticos, fiscales y privados.
  • 24. Artículo 92 Para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. previa aprobación legislativa. ADMINISTRACIÓN RECURSOS NOMBRAR SUS AUTORIDADES NOMBRAR SUS DOCENTES APROBAR SUS ESTATUTOS APROBAR PLANES DE ESTUDIO APROBAR PRESUPUESTOS ANUALES UNIVERSIDADES PUBLICAS SON AUTÓNOMAS EN LA LIBRE: ACEPTACIÓN DE LEGADOS Y DONACIONES. NEGOCIAR EMPRÉSTITOS CON GARANTÍA DE SUS BIENES Y REC. CELEBRACIÓN DE CONTRATOS PREVIA APROBACIÓN LEGISLATIVA
  • 25. la Universidad Boliviana, coordinará y programará sus fines y funciones mediante un organismo central, de acuerdo con un plan de desarrollo universitario. II. LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS CONSTITUIRÁN LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA LAS UNIVERSIDADES ESTÁN AUTORIZADAS PARA EXTENDER DIPLOMAS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES CON VALIDEZ EN TODO EL ESTADO. ARTICULO 92
  • 26. Presentación de Estados Financieros a: Asamblea Plurinacional Legislativa. Contraloría General y Órgano Ejecutivo. Artículo 93 LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Serán obligatoriamente subvencionadas por el Est., independientemente de sus recursos dep., municipales y propios. En el marco de sus estatutos, establecerán los mecanismos de participación social de carácter consultivo, de coordinación y asesoramiento. Establecerán mecanismos de: Rendición de cuentas. Transparencia en el uso de sus recursos.
  • 27. LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS: El estado promoverá en áreas rurales la creación y el funcionamiento de universidades e institutos comunitarios pluriculturales. Que responderán a las necesidades del fortalecimiento productivo de la región, en función de sus potencialidades. Establecerán programas de desconcentración académica y de interculturalidad de acuerdo a las necesidades del estado y de las NPIOCs
  • 28. Artículo 94 LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS Se regirán por políticas, PP y autoridades del SE. Su funcionamiento será autorizado por DS, previa verificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos por la ley. Pueden expedir diplomas académicos. Títulos profesionales con validez. Para la titulación, se conformarán tribunales examinadores, integrados por docentes titulares, nombrados por las U públicas, en las condiciones establecidas por la ley. El Estado no subvencionará a las U privadas.
  • 29. Artículo 95 Las U deberán crear y sostener centros interculturales de formación y capacitación técnica y cultural, de acceso libre al pueblo, en concordancia con los principios y fines del SE. II. Las Us deberán implementar programas para la recuperación, preservación, desarrollo, aprendizaje y divulgación de las diferentes lenguas de las NPIOCs.
  • 30. Artículo 97 Coordinada por las Us del SE, de acuerdo con la ley. LA FORMACIÓN POST-GRADUAL Cualificación de profesionales en diferentes áreas, a través de procesos de invest. científica y generación de conocimientos vinculados con la realidad, para coadyuvar con el desarrollo integral de la sociedad.
  • 31. El Estado protegerá los saberes y los conocimientos mediante el registro de la propiedad intelectual que salvaguarde los derechos intangibles de las naciones y pueblos indígena originario campesinas y las comunidades interculturales y afrobolivianas. Artículo 100 Es patrimonio de las NPIOCs las cosmovisiones, los mitos, la historia oral, las danzas, las prácticas culturales, los conocimientos y las tecnologías tradicionales. Este patrimonio es expresión e identidad del Estado.
  • 32. El Estado registrará y protegerá la propiedad intelectual, individual y colectiva de las obras y descubrimientos de los autores, artistas, compositores, inventores y científicos, en las condiciones que determine la ley. Artículo 102
  • 33. Artículo 103 El Estado garantizará el desarrollo de la ciencia y la investigación científica, técnica y tecnológica en beneficio del interés general. Se destinarán los recursos necesarios y se creará el sistema estatal de ciencia y tecnología. El Estado asumirá como política la implementación de estrategias para incorporar el conocimiento y aplicación de nuevas tecnologías de información y comunicación.
  • 34. Toda persona tiene derecho al deporte, a la cultura física y a la recreación. El Estado garantiza el acceso al deporte sin distinción de género, idioma, religión, orientación política, ubicación territorial, pertenencia social, cultural o de cualquier otra índole. Artículo 104
  • 35. El Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad. Artículo 105