1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA
FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS Y DE LA SALUD
ESCUELA DE BIOQUÍMICA Y FARMACIA
LEGISLACION FARMACEUTICA
NOMBRE: Elizabeth Guzmán Heras
CURSO: Quinto Año PARALELO: “A”
DOCENTE: Dr. Carlos García FECHA: 27/05/2014
TEMA:
Investigar sobre las leyes impositivas, prohibitivas, permisivas y las
características de las leyes administrativas, así como también las leyes
orgánicas y ordinarias.
LEYES IMPOSITIVAS
Son aquellas normas de la constitución para imponer un gravamen o carga a
los ingresos que perciben las personas, físicas y morales, lo cual es un
impuesto directo, así también el impuesto al valor de los bienes y servicios
que se enajenen en el territorio nacional, en ese caso se habla de un impuesto
indirecto.
LEYES PROHIBITIVAS
Son aquellas que impiden la realización de un determinado acto bajo todo
respecto y circunstancia, no queda ninguna posibilidad para intentar llevar a
cabo determinado hecho (ya sea que alteren el orden público, la moral y las
buenas costumbres), la ley lo prohíbe en términos categóricos, absolutos.
LEYES PERMISIVAS
Son aquellas normas que facultan a una persona para obrar de manera
determinada o que no prohíben hacer algo, quedando al arbitrio del titular el
ejercer o no la norma. La norma permisiva no trae aparejada una sanción, pero
una vez que el titular ejerce esa facultad, el ejercicio de ese derecho que nace
al haberse ejercitado la norma permisiva traerá como consecuencia el derecho
de exigir su cumplimiento y el respeto de los demás, o de quien contrató con
aquel que realiza el acto. Por ejemplo la compra de bienes o contratos.
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS LEYES ADMINISTRATIVAS
Son aquellas normas de carácter jurídico encargadas del buen
funcionamiento de la administración pública, las declaraciones de las entidades
que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir
efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los
administrados dentro de una situación concreta.
Características:
• Acto unilateral emitido por la autoridad administrativa
• Debe tener permanencia y vigencia generales
• Norma de carácter abstracta e Impersonales
• Son publicados para informar a toda la población
LEYES ORGÁNICAS
Son leyes constitucionales, para regular regulen la organización y actividades
de las funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial. Relativas al desarrollo y
garantía de los derechos fundamentales y de la libertades públicas.
Es decir que son unas leyes muy especiales ya que necesitan de la mayoría de
la Asamblea Nacional para la aprobación, cambio o eliminación y que han de
tratar de asuntos muy específicos.
LEYES ORDINARIAS
Son todas aquellas que constituyen la tercera en jerarquía en cualquier estado
leyes que están después de la primera ley que es la constitución y las leyes
orgánicas, por ello una ley ordinaria no podrá modificar una ley orgánica.
Podemos citar como ejemplo de esta ley el código civil, el penal, el código de
comercio, la ley de pensiones, etc.
BIBLIOGRAFIA:
Silva J. TEORIA DE LA LEY. [Seriado en Línea]. 2014. Págs. 37. Consultado
24/05/2014. Disponible en:
URL:http://es.scribd.com/doc/29059743/Teoria-de-la-Ley