El documento presenta la sentencia de un caso judicial en el que Leonardo Valencia fue acusado de dos delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar contra su ex conviviente. El tribunal encontró a Valencia culpable y lo condenó a 61 días de prisión menor en su grado mínimo, además de prohibirle acercarse a la víctima por un año. No obstante, la pena corporal fue sustituida por remisión condicional de la pena por un año bajo supervisión.
El documento presenta una demanda de habeas corpus a favor de Cesar Augusto Espinoza Jara, quien se encuentra en prisión preventiva por 9 meses por el presunto delito de extorsión agravada. La demanda alega que se han violado los derechos constitucionales de Espinoza Jara a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la defensa, ya que no se ha tomado en cuenta su presencia ni la de su abogado en las audiencias de ampliación de prisión preventiva. También argumenta que no existe evidencia sólida que
El documento presenta una sentencia de un tribunal español que resuelve un recurso de apelación sobre una resolución administrativa que ordenó la expulsión de un ciudadano marroquí con residencia de larga duración en España. El tribunal confirma la expulsión al considerar que la administración justificó adecuadamente que el ciudadano representa una amenaza para el orden público a pesar de su residencia de larga duración, teniendo en cuenta sus condenas penales previas.
Este documento resume una sentencia judicial en un caso de conducción de vehículo en estado de ebriedad. El acusado admitió los cargos y llegó a un acuerdo con el fiscal para una pena de 630 días multa y un año y nueve meses de inhabilitación para conducir. La jueza aceptó este acuerdo, encontrando que los hechos admitidos por el acusado encajan dentro del tipo penal descrito y que la pena acordada está de acuerdo a la ley.
Este manual proporciona formatos de resoluciones judiciales para el nuevo proceso penal militar. Explica que las resoluciones deben tener una parte expositiva, considerativa y resolutiva. Define resolución judicial, sentencia, auto y decreto. Establece que el manual, y no un reglamento, permite mejorar periódicamente los formatos con la experiencia. Incluye consideraciones generales sobre las resoluciones y varios formatos de ejemplo.
Este documento discute la importancia del juicio público y oral en el nuevo sistema procesal penal peruano según la reforma normativa. En particular, destaca tres puntos: 1) El juicio público y oral es la etapa decisiva del proceso y satisface exigencias constitucionales como el derecho a ser oído. 2) Adoptar un modelo acusatorio con juicio público y oral es necesario para enfrentar la crisis del servicio de justicia penal. 3) La implementación exitosa de la reforma depende de aplicar efectivamente el juicio público y oral,
1) El Tribunal Constitucional analiza un recurso de agravio constitucional contra una sentencia que declaró infundada una demanda de hábeas corpus. El hábeas corpus buscaba dejar sin efecto una resolución que concedió una apelación contra un auto que declaró el sobreseimiento de una acción penal.
2) El Tribunal establece que el hábeas corpus es procedente para analizar posibles vulneraciones al debido proceso y derechos conexos a la libertad individual. Luego explica que no le corresponde resolver asuntos de legalidad sino determinar si la resol
El documento presenta una demanda de habeas corpus a favor de Cesar Augusto Espinoza Jara, quien se encuentra en prisión preventiva por 9 meses por el presunto delito de extorsión agravada. La demanda alega que se han violado los derechos constitucionales de Espinoza Jara a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la defensa, ya que no se ha tomado en cuenta su presencia ni la de su abogado en las audiencias de ampliación de prisión preventiva. También argumenta que no existe evidencia sólida que
El documento presenta una sentencia de un tribunal español que resuelve un recurso de apelación sobre una resolución administrativa que ordenó la expulsión de un ciudadano marroquí con residencia de larga duración en España. El tribunal confirma la expulsión al considerar que la administración justificó adecuadamente que el ciudadano representa una amenaza para el orden público a pesar de su residencia de larga duración, teniendo en cuenta sus condenas penales previas.
Este documento resume una sentencia judicial en un caso de conducción de vehículo en estado de ebriedad. El acusado admitió los cargos y llegó a un acuerdo con el fiscal para una pena de 630 días multa y un año y nueve meses de inhabilitación para conducir. La jueza aceptó este acuerdo, encontrando que los hechos admitidos por el acusado encajan dentro del tipo penal descrito y que la pena acordada está de acuerdo a la ley.
Este manual proporciona formatos de resoluciones judiciales para el nuevo proceso penal militar. Explica que las resoluciones deben tener una parte expositiva, considerativa y resolutiva. Define resolución judicial, sentencia, auto y decreto. Establece que el manual, y no un reglamento, permite mejorar periódicamente los formatos con la experiencia. Incluye consideraciones generales sobre las resoluciones y varios formatos de ejemplo.
Este documento discute la importancia del juicio público y oral en el nuevo sistema procesal penal peruano según la reforma normativa. En particular, destaca tres puntos: 1) El juicio público y oral es la etapa decisiva del proceso y satisface exigencias constitucionales como el derecho a ser oído. 2) Adoptar un modelo acusatorio con juicio público y oral es necesario para enfrentar la crisis del servicio de justicia penal. 3) La implementación exitosa de la reforma depende de aplicar efectivamente el juicio público y oral,
1) El Tribunal Constitucional analiza un recurso de agravio constitucional contra una sentencia que declaró infundada una demanda de hábeas corpus. El hábeas corpus buscaba dejar sin efecto una resolución que concedió una apelación contra un auto que declaró el sobreseimiento de una acción penal.
2) El Tribunal establece que el hábeas corpus es procedente para analizar posibles vulneraciones al debido proceso y derechos conexos a la libertad individual. Luego explica que no le corresponde resolver asuntos de legalidad sino determinar si la resol
Este documento resume un caso legal sobre lesiones graves en contra de Jhon Edgar Cruz García por parte de Eusebio Rosmel Mattos Barron. El fiscal recomienda modificar la pena solicitada de 7 años de prisión debido a que la condena previa de Mattos no incluyó una pena de prisión efectiva. El fiscal también rechaza el retiro de acusaciones por parte del agraviado Cruz debido a que no presenta pruebas y su declaración contradice su testimonio previo. Finalmente, el fiscal se opone a la solicitud de sobreseimiento del caso por parte
Este documento resume un caso de recurso de casación (S. 1009. XXXII) presentado por Francisco Agustín Santillán. La Corte Suprema de Justicia de Argentina anuló la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal que había absuelto a Santillán basándose en que el fiscal solicitó la absolución, a pesar de que la parte querellante solicitó una condena. La Corte determinó que el tribunal debía emitir un fallo sobre la culpabilidad teniendo en cuenta las posiciones de ambas partes.
La resolución declara infundada la excepción de improcedencia de acción deducida por la defensa y declara saneada la acusación fiscal. Admite como medios probatorios las declaraciones testimoniales de tres personas y cuatro documentos presentados por la fiscalía, así como tres documentos presentados por la defensa. Ordena remitir el caso al juzgado penal competente dentro de 48 horas.
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta. En 3 oraciones: (1) El demandante no está de acuerdo con la resolución que declaró improcedente su demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra los demandados, alegando que hubo fraude en el proceso anterior; (2) Alega que la resolución erró al establecer el plazo de seis meses para presentar la demanda desde que la sentencia quedó firme en
Principio de defensa e igualdad de las partes_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento presenta tres decisiones de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. La primera declara inadmisible un recurso de casación. La segunda ordena la celebración de un nuevo juicio oral. Y la tercera declara competente a un juzgado para conocer una causa por violencia doméstica.
Este documento es una resolución de un juzgado de trabajo en Perú que admite una demanda laboral presentada por Kevin Ayala Soto contra la empresa V y P Ice SAC. La resolución programa una audiencia de conciliación, exhorta a la parte demandada a presentar su contestación a la demanda, y advierte a las partes sobre las reglas de conducta que deben seguir durante el proceso.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
Este documento resume una resolución judicial en un caso de nulidad de resolución administrativa. La resolución (1) concede la apelación interpuesta contra una resolución anterior sin efecto suspensivo y como diferida, (2) tiene por deducida una tacha a medios probatorios y corre traslado, (3) tiene por propuesta una excepción de oscuridad y ambigüedad y corre traslado, y (4) tiene por contestada la demanda a cuatro demandados que presentaron escritos dentro del plazo legal.
Este documento es la resolución de un juez laboral que admite una demanda presentada por Max Lenin Hidalgo Agurto contra Cartones del Pacífico S.A.C. sobre el pago de beneficios sociales. El juez programa una audiencia de conciliación para el 24 de mayo y exhorta a las partes a cumplir con las reglas de conducta durante el proceso.
Este documento es la resolución de un juez laboral que admite una demanda presentada por Max Lenin Hidalgo Agurto contra Cartones del Pacífico S.A.C. sobre el pago de beneficios sociales. El juez programa una audiencia de conciliación para el 24 de mayo y exhorta a la parte demandada a presentar su contestación a la demanda en esa audiencia.
El juez dicta el auto de enjuiciamiento contra Javier Arnulfo Gavidia Rodríguez por el delito de fraude procesal tipificado en el artículo 416 del Código Penal a solicitud de la fiscalía. Se admiten las pruebas testimoniales y documentales ofrecidas por ambas partes, excepto la denuncia escrita. El juez ordena remitir el caso y las pruebas admitidas al juzgado penal unipersonal encargado del juicio oral.
El abogado defensor solicita la libertad provisional de su representado, imputado por robo en lugar no habitado. Alega que la denuncia no presenta claridad en los hechos y derecho por lo que es posible una condena absolutoria. También argumenta que no se cumplen los requisitos para acreditar los hechos ni los elementos del delito de robo en lugar no habitado. Solicita que se considere el delito de violación de morada y que su representado no representa peligro por su conducta y tener domicilio fijo.
Este documento describe un juicio oral en el que se juzga a Omar Antonio Rota por el delito de homicidio de Jonathan Lavallen. En la audiencia, la fiscalía alegó que Rota apuñaló fatalmente a Lavallen tras una discusión, mientras que la defensa alegó que actuó en legítima defensa. Luego de escuchar las pruebas y alegatos, el tribunal debe dictar su veredicto.
Este documento presenta un resumen de un expediente judicial por daños y perjuicios contra el Gobierno de la Provincia de Mendoza. El demandante alega haber sido víctima de abuso sexual por parte de dos agentes policiales en 2011. El Gobierno planteó la prescripción de la acción y negó el hecho, pero la sentencia penal condenatoria hace cosa juzgada sobre el delito. El juez debe determinar si procede la indemnización teniendo en cuenta la perspectiva de género y protegiendo a la víct
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones y acoge el recurso de amparo. Se dispone retrotraer la causa al estado de realizarse una nueva audiencia de procedimiento abreviado, conforme a la solicitud del Ministerio Público, dejando sin efecto la preparación de juicio oral. La Corte considera que la jueza invadió las atribuciones del Ministerio Público al rechazar su solicitud de procedimiento abreviado sin fundamentar su decisión en la ley.
El tribunal analiza un recurso de casación presentado por la defensa de Mario Tolosa, condenado a 6 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante a un menor. El tribunal encuentra que: 1) no se violaron las formalidades legales en la declaración del menor; 2) la prueba de cargo fue suficiente para establecer la materialidad del hecho y autoría de Tolosa; aunque 3) no se acreditó que el abuso haya sido "gravemente ultrajante", por lo que degrada la imputación a abuso sexual simple y reduce la pena a 3 años y 2
El resumen es el siguiente:
1) El documento describe un caso de casación relacionado con la interpretación del plazo que tiene el Ministerio Público para formular una acusación.
2) La Sala Penal Permanente determinó que el plazo para la acusación fiscal es sujeto a caducidad, contrario a la posición del Fiscal Superior.
3) En la sentencia, la Sala establece que la actividad de investigación del Ministerio Público no está sujeta a caducidad, sino a responsabilidad disciplinaria, y confirma que la formulación
Este documento resume un caso legal sobre lesiones graves en contra de Jhon Edgar Cruz García por parte de Eusebio Rosmel Mattos Barron. El fiscal recomienda modificar la pena solicitada de 7 años de prisión debido a que la condena previa de Mattos no incluyó una pena de prisión efectiva. El fiscal también rechaza el retiro de acusaciones por parte del agraviado Cruz debido a que no presenta pruebas y su declaración contradice su testimonio previo. Finalmente, el fiscal se opone a la solicitud de sobreseimiento del caso por parte
Este documento resume un caso de recurso de casación (S. 1009. XXXII) presentado por Francisco Agustín Santillán. La Corte Suprema de Justicia de Argentina anuló la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal que había absuelto a Santillán basándose en que el fiscal solicitó la absolución, a pesar de que la parte querellante solicitó una condena. La Corte determinó que el tribunal debía emitir un fallo sobre la culpabilidad teniendo en cuenta las posiciones de ambas partes.
La resolución declara infundada la excepción de improcedencia de acción deducida por la defensa y declara saneada la acusación fiscal. Admite como medios probatorios las declaraciones testimoniales de tres personas y cuatro documentos presentados por la fiscalía, así como tres documentos presentados por la defensa. Ordena remitir el caso al juzgado penal competente dentro de 48 horas.
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta. En 3 oraciones: (1) El demandante no está de acuerdo con la resolución que declaró improcedente su demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra los demandados, alegando que hubo fraude en el proceso anterior; (2) Alega que la resolución erró al establecer el plazo de seis meses para presentar la demanda desde que la sentencia quedó firme en
Principio de defensa e igualdad de las partes_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento presenta tres decisiones de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. La primera declara inadmisible un recurso de casación. La segunda ordena la celebración de un nuevo juicio oral. Y la tercera declara competente a un juzgado para conocer una causa por violencia doméstica.
Este documento es una resolución de un juzgado de trabajo en Perú que admite una demanda laboral presentada por Kevin Ayala Soto contra la empresa V y P Ice SAC. La resolución programa una audiencia de conciliación, exhorta a la parte demandada a presentar su contestación a la demanda, y advierte a las partes sobre las reglas de conducta que deben seguir durante el proceso.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
Este documento resume una resolución judicial en un caso de nulidad de resolución administrativa. La resolución (1) concede la apelación interpuesta contra una resolución anterior sin efecto suspensivo y como diferida, (2) tiene por deducida una tacha a medios probatorios y corre traslado, (3) tiene por propuesta una excepción de oscuridad y ambigüedad y corre traslado, y (4) tiene por contestada la demanda a cuatro demandados que presentaron escritos dentro del plazo legal.
Este documento es la resolución de un juez laboral que admite una demanda presentada por Max Lenin Hidalgo Agurto contra Cartones del Pacífico S.A.C. sobre el pago de beneficios sociales. El juez programa una audiencia de conciliación para el 24 de mayo y exhorta a las partes a cumplir con las reglas de conducta durante el proceso.
Este documento es la resolución de un juez laboral que admite una demanda presentada por Max Lenin Hidalgo Agurto contra Cartones del Pacífico S.A.C. sobre el pago de beneficios sociales. El juez programa una audiencia de conciliación para el 24 de mayo y exhorta a la parte demandada a presentar su contestación a la demanda en esa audiencia.
El juez dicta el auto de enjuiciamiento contra Javier Arnulfo Gavidia Rodríguez por el delito de fraude procesal tipificado en el artículo 416 del Código Penal a solicitud de la fiscalía. Se admiten las pruebas testimoniales y documentales ofrecidas por ambas partes, excepto la denuncia escrita. El juez ordena remitir el caso y las pruebas admitidas al juzgado penal unipersonal encargado del juicio oral.
El abogado defensor solicita la libertad provisional de su representado, imputado por robo en lugar no habitado. Alega que la denuncia no presenta claridad en los hechos y derecho por lo que es posible una condena absolutoria. También argumenta que no se cumplen los requisitos para acreditar los hechos ni los elementos del delito de robo en lugar no habitado. Solicita que se considere el delito de violación de morada y que su representado no representa peligro por su conducta y tener domicilio fijo.
Este documento describe un juicio oral en el que se juzga a Omar Antonio Rota por el delito de homicidio de Jonathan Lavallen. En la audiencia, la fiscalía alegó que Rota apuñaló fatalmente a Lavallen tras una discusión, mientras que la defensa alegó que actuó en legítima defensa. Luego de escuchar las pruebas y alegatos, el tribunal debe dictar su veredicto.
Este documento presenta un resumen de un expediente judicial por daños y perjuicios contra el Gobierno de la Provincia de Mendoza. El demandante alega haber sido víctima de abuso sexual por parte de dos agentes policiales en 2011. El Gobierno planteó la prescripción de la acción y negó el hecho, pero la sentencia penal condenatoria hace cosa juzgada sobre el delito. El juez debe determinar si procede la indemnización teniendo en cuenta la perspectiva de género y protegiendo a la víct
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones y acoge el recurso de amparo. Se dispone retrotraer la causa al estado de realizarse una nueva audiencia de procedimiento abreviado, conforme a la solicitud del Ministerio Público, dejando sin efecto la preparación de juicio oral. La Corte considera que la jueza invadió las atribuciones del Ministerio Público al rechazar su solicitud de procedimiento abreviado sin fundamentar su decisión en la ley.
El tribunal analiza un recurso de casación presentado por la defensa de Mario Tolosa, condenado a 6 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante a un menor. El tribunal encuentra que: 1) no se violaron las formalidades legales en la declaración del menor; 2) la prueba de cargo fue suficiente para establecer la materialidad del hecho y autoría de Tolosa; aunque 3) no se acreditó que el abuso haya sido "gravemente ultrajante", por lo que degrada la imputación a abuso sexual simple y reduce la pena a 3 años y 2
El resumen es el siguiente:
1) El documento describe un caso de casación relacionado con la interpretación del plazo que tiene el Ministerio Público para formular una acusación.
2) La Sala Penal Permanente determinó que el plazo para la acusación fiscal es sujeto a caducidad, contrario a la posición del Fiscal Superior.
3) En la sentencia, la Sala establece que la actividad de investigación del Ministerio Público no está sujeta a caducidad, sino a responsabilidad disciplinaria, y confirma que la formulación
Este documento es una sentencia judicial que resuelve un caso entre demandantes y la entidad Bankia. Los demandantes compraron acciones de Bankia en 2011 y luego sufrieron pérdidas significativas. Alegaron que Bankia proporcionó información falsa sobre su solvencia financiera. La sentencia rechaza la alegación de Bankia de que el caso debe suspenderse debido a un caso penal relacionado, y falla a favor de los demandantes, determinando que Bankia no proporcionó información precisa sobre su situación financiera en el momento de la oferta pública de sus
La resolución declara inadmisible la querella presentada por Erika Sandra Quispe Ríos contra Armando Cervantes Calisaya por el delito de difamación agravada. La querella no cumple con varios requisitos legales como precisar claramente los hechos y delitos imputados, si se trata de un delito continuado o concurso real, y no justifica adecuadamente la indemnización civil solicitada. Se concede un plazo de tres días para subsanar las omisiones, bajo apercibimiento de archivar definitivamente la querella en
La resolución declara inadmisible la querella presentada por Erika Sandra Quispe Ríos contra Armando Cervantes Calisaya por el delito de difamación agravada. La querella no cumple con varios requisitos legales como precisar claramente los hechos y delitos imputados, si hay concurso real de delitos, la pena solicitada y la justificación del monto de la pretensión civil. Se concede un plazo de tres días para subsanar las omisiones, bajo apercibimiento de archivar la querella de manera definitiva.
Audiencia oral de conciliación en el procedimiento especial por los delitos de acción dependiente de instancia de parte agraviada.
En esta parte conseguimos, que en el proceso oral el juez tiene contacto directo y personal con las partes y los demás sujetos que intervienen en su desarrollo, impartiendo una justicia humanizada, que es precisamente la que reclama la Carta Política venezolana. La apreciación racional de la prueba sólo es posible en la oralidad.
Audiencia oral de conciliación en el procedimiento especial por los delitos de acción dependiente de instancia de parte agraviada.
En esta parte conseguimos, que en el proceso oral el juez tiene contacto directo y personal con las partes y los demás sujetos que intervienen en su desarrollo, impartiendo una justicia humanizada, que es precisamente la que reclama la Carta Política venezolana. La apreciación racional de la prueba sólo es posible en la oralidad.
Este documento es el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Argentina en el caso "Santillán, Francisco Agustín s/ recurso de casación". La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y devuelve el caso al tribunal inferior para que dicte un nuevo fallo, encontrando que el tribunal inferior erró al considerar que carecía de jurisdicción para emitir un fallo de culpabilidad o inocencia a pesar de la acusación presentada por la parte querellante.
Casación 103-2016-puno-devolución-del-bien-incautado-al-propietario-ajeno-30-...Monica Garcia Armas
La sentencia analiza el caso de un tercero propietario de un vehículo que fue incautado en un proceso penal por contrabando. El tercero solicitó la devolución del vehículo alegando no tener vinculación con el delito. La sentencia establece que si un propietario demuestra fehacientemente no tener vinculación objetiva con el delito, debe devolvérsele el bien incautado o postergarse su entrega sólo si es necesario para la investigación. El derecho a la propiedad es fundamental pero admite limitaciones como la incaut
1. La Corte Suprema revocó la sentencia que rechazó el recurso de casación y ordenó la condena condicional en lugar de la pena de prisión efectiva de 2 años por estafa. 2. La condena condicional busca evitar penas de prisión en casos de delincuentes primarios o por delitos menores, en línea con la Constitución. 3. La sentencia que impuso la pena de prisión fue arbitraria por no fundamentar adecuadamente por qué no correspondía la condena condicional.
Fallo de la Corte de Apelaciones por crimen de BerríosLa Nacion Chile
Este documento resume las modificaciones realizadas a una sentencia judicial previa. Se eliminan o modifican varios párrafos y considerandos referidos a Wellington Sarli Pose. También se resumen dos recursos de casación en la forma presentados por las defensas de Jaime Torres Gacitúa y Juan Fernando Torres Silva, alegando defectos formales en la sentencia.
Este documento contiene varias resoluciones judiciales. La primera resuelve declarar frustrada una audiencia programada y reprogramarla para el 15 de junio de 2018. Otra resolución deja sin efecto la designación de un abogado y designa a otro en su lugar. También contiene un edicto notificando resoluciones en un caso por delitos contra la administración pública e incluye detalles sobre la formalización de una investigación preparatoria contra varios imputados.
Este resumen proporciona la información fundamental del documento en 3 oraciones:
El documento presenta detalles de dos sentencias relacionadas con casos de acaparamiento. La primera sentencia describe el caso contra un individuo acusado de acaparamiento y su admisión de culpabilidad. La segunda sentencia analiza una solicitud de nulidad de la acusación fiscal, determinando que no se violaron los principios del debido proceso.
En 3 oraciones:
El documento resume una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las órdenes de aprehensión en el sistema penal acusatorio y oral. Determina que para decretar una orden de aprehensión contra un imputado declarado sustraído a la justicia, no es necesario un estudio exhaustivo de los elementos del delito o la participación del imputado. También analiza una tesis sobre una reforma al Código Penal de Puebla relacionada con el robo de vehículos y su desmantelamiento.
Sentencia constitucional de retroactividad en la ley 004Fabiola Altamirano
La sentencia declara la constitucionalidad de varias disposiciones de la Ley 004 bajo ciertas interpretaciones. Declara que la Disposición Final Primera permite aplicar retroactivamente leyes más favorables pero no desfavorables. También declara que los arts. 36 y 37 no suspenden procesos por corrupción si el acusado fue debidamente notificado o su ausencia no está justificada. Finalmente, declara que los arts. 24 y 34 no crean delitos en blanco ni contradicen el principio de legalidad.
Inconstituconalidad contra ley contra el crimen organizadoANTRAC79
Este documento presenta el resumen de un proceso de inconstitucionalidad contra la Ley Contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja. Se argumenta que la ley viola la Constitución al crear tribunales especializados y permitir cierta prueba testimonial. La Asamblea Legislativa y el Fiscal General de la República defienden la constitucionalidad de la ley, alegando que persigue delitos graves de manera efectiva. El Tribunal admite el proceso en relación a dos motivos pero declara improcedentes otros argumentos.
DILIGENCIAS PRELIMINARES DE CURSO DE ESPCIALIAZCION.pptxRichardDiaz252741
SON PRIMEROS ACTOS DE INVESTIGACIÓN LLEVADOS A CABO POR LA POLICIA NACIONAL , DESPUES DE RECIBIR UNA DENUNCIA O CUANDO REALIZA VERIFICACIONES E INDAGACIONES INVESTIGATIVAS BAJO LA CONDUCCIÓN DEL FISCAL
Derechos de las niñas, niños y adolescentes frente a a la violencia.pdfJosé María
La lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover
el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvador
Leonardo Valencia condena 2014
1. 1
Talagante, veintiocho de abril de dos mil catorce.
VISTOS:
PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Talagante, el Fiscal Adjunto, en los
antecedentes RUC 1301048498-1, RIT5336 - 2013, el fiscal adjunto dedujo
requerimiento en procedimiento simplificado en contra de LEONARDO FELIPE
VALENCIA ROSSEL RUN: 0017902988-K, domiciliado en Calle vicuña mackena Nº
2580, comuna de Peñaflor, atribuyéndosele participación en dos delitos de Lesiones
menos graves. en contexto de violencia intrafamiliar conforme al artículo 399 y 494 N°
5 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la ley 20.066, quien fue
representado por .
El Ministerio Público solicitó la pena de cuarenta y un días de prisión en si
grado máximo por cada uno de los delitos y , las medidas accesorias del artículo 9
letras b, de la ley 20.066, por el plazo de 1 año.
SEGUNDO: Que, en la audiencia de juicio oral de procedimiento simplificado, previo a
ser advertido por el Juez que con su sola admisión de responsabilidad puede ser
condenado en el delito respectivo, teniendo como única limitación el Tribunal, la de
no imponer una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público
LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL admitió responsabilidad en los hechos que se le
atribuyen.
TERCERO: Que, los antecedentes de la investigación fueron aportados por el
Ministerio Público para fundamentar la existencia del hecho punible y la participación
del imputado, fueron relacionados en la audiencia respectiva y se tiene por
reproducidos en este motivo.
CUARTO: Que, los hechos por los cuales el Ministerio Público ha requerido al
imputado, y respecto de los cuales éste ha admitido responsabilidad son aquellos que
fueron señalados por el Ministerio Público en la audiencia y se entienden reproducidos
para estos efectos.
QUINTO: Que, en efecto, tales hechos, conforme a los antecedentes de investigación
reseñados en el considerando tercero, constituyen un conjunto de elementos de
prueba que considerados de acuerdo al artículo 295 del Código Procesal Penal y
apreciados al tenor de lo establecido en el artículo 297 del citado texto legal, son
contestes, complementarios y unívocos en orden a dar cuenta de la efectiva ocurrencia
de los siguientes hechos:
1.- El día 27 de octubre del año 2013, a las 17:25 horas aproximadamente, mientras que
doña VALERIA FRANCES PEREZ SILVA, se movilizaba por calle San José, sector Malloco,
2. 2
comuna de Peñaflor, en la camioneta PPU FSVH-35 conducida por su conviviente, el
requerido LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL, ya individualizado, este luego de una
discusión la golpeó, en el rostro, ocasionándole lesiones de carácter médico leve,
consistentes en lesión contusa en zona malar lateral izquierda, eritematosa, con leve
aumento de volumen, según el dato de atención de urgencia Nº 4611286, de fecha 27
de octubre de 2013, del Hospital de Peñaflor.
2.- El día 26 de noviembre de 2013 alrededor de las 13: 40 horas el imputado
LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL llego al inmueble ubicado en Felipe Becerra N°
20574 lugar en que se encontraba su ex conviviente con quien tiene un hijo en común
luego de una discusión domestica producto de la separación de hecho de ambos con
VALERIA FRANCES PEREZ SILVA , el imputado procedió a agredir a la victima causándole
lesiones consistentes en lesión contusa erosiva en brazo derecho y antebrazo izquierdo
de carácter leve.
Lo hechos acreditados constituyen dos delitos de Lesiones menos graves EN
CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 399 del
Código Penal, en relación con el artículo 5 de la ley 20.066, en carácter de
consumado.
SEXTO: Que, teniendo presente la admisión de responsabilidad en los hechos
constitutivos del delito referido, y teniendo presente los antecedentes de prueba
aportados en autos respecto de los cuales se ha hecho referencia, a juicio de esta
Juez, permiten tener por acreditado que a LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL
le ha correspondido participación en calidad de AUTOR en el ilícito referido, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal.
SEPTIMO: Que, la Defensa, sin cuestionar la calificación jurídica de los hechos, el
grado de desarrollo y la participación del imputado, solicita se le reconozca la
atenuante del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, aviniéndose a la pena planteada
por el fiscal y se le exima de la pago de las costas de la causa.
OCTAVO: Que en lo que respecta a la determinación de la pena, teniendo en
consideración el carácter de consumado, nos situamos en el grado correspondiente,
siendo dable imponer una pena pecuniaria conforme a lo solicitado por el Ministerio
Público.
Se reconoce la atenuante del artículo 11 n° 6 del Código Penal atenida la
relación y reconocimiento por parte del Ministerio Público.
En cuanto a las circunstancias modificatorias de la responsabilidad criminal,
se hará lugar a la atenuante del artículo 11 Nº 9 del Código Penal, fundado en la
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misma aceptación de los hechos contenidos en el requerimiento, pues dicha
aceptación, determinante para el Tribunal, importa una verdadera autoincriminación,
liberando al Ministerio Público, quien si bien no se exime de realizar las actividades
propias de la investigación, si lo hace relativo a la realización de un juicio oral y
público, instancia que se erige como un derecho y garantía fundamental, consagrado
en la Constitución Política y en el artículo 1º del Código Procesal Penal de quien es
imputado por un delito, de manera tal que la admisión así considerada, importa una
colaboración sustancial.
Que existiendo entonces dos atenuantes se procederá conforme al merito
de los hechos y teniendo presente el carácter y naturaleza de las lesiones , el tribunal
estima conducente aplicar la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado
máximo por cada uno de los delitos y siendo más beneficioso para el tribunal aplicar
una pena única por ambos delitos que dar aplicación a la disposición del artículo 74
del código Penal razón por la cual se aplicará una pena única por ambos delitos.
Que las medidas accesorias se impondrán por el término de un año habida
cuenta de la pluralidad de delitos y la naturaleza de los mismos.
Que con los antecedentes esgrimidos por la defensa en el curso de la audiencia el
tribunal considera que el sentenciado está en condiciones de acceder a una pena
sustitutiva y que no requiere intervenciones carácter sicosocial especial, de manera
que se procederá a la sustitución de la pena corporal por la pena de remisión
condicional de la pena por el plazo que se dirá en lo resolutivo.
NOVENO: Que, habiendo reconocido responsabilidad LEONARDO FELIPE VALENCIA
ROSSEL e irrogado con ello un menor gasto al Estado dada la no realización de un
juicio oral y público, se le eximirá del pago de las costas de la causa.
POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO ADEMÁS lo previsto en los artículos 1, 14, 15,
18, 25, 50, 69, 70, 399 del Código Penal, artículo 5 de la Ley 20.066 artículos 1°, 2, 3,
7, 8, 12, 45, 47, 70, 77, 93 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA:
I.- Que, SE CONDENA a LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL, ya individualizado, a
la pena UNICA de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO , la
accesoria de cargo y oficio publico durante el tiempo de la condena y la accesoria
del artículo 9 letras B) de la ley 20.066 consistente en PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE
ACERCARSE A LA VICTIMA EX CONVIVIENTE VALERIA FRANCES PEREZ SILVA, por el
periodo de UN AÑO, como AUTOR de DOS delitos de lesiones menor graves en
contexto de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en los artículos 399
del Código Penal en relación con el artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo normativo y
ellos en relación con el artículo 5 de la ley 20.066, en carácter de consumado,
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cometido en esta jurisdicción los días 27 de octubre del año 2013 y 26 de noviembre
de 2013.
II.- Que sustituye la pena única corporal impuesta por pena de remisión
condicional de la pena quedando el imputado bajo la supervigilancia del CRS de
Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio por el plazo de UN año,
debiendo cumplir los demás requisitos de domicilio educación y empleo que se
contemplan para esa pena.
III.- Que, se exime del pago de las costas de la causa .
Que, los intervinientes, incluyendo LEONARDO FELIPE VALENCIA ROSSEL
se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de la misma.
Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal
Penal.
Regístrese, anótese y archívese en su oportunidad.
RUC 1301048498-1
RIT 5336 - 2013 -
PRONUNCIADO POR GABRIELA DE LA LUZ CONTRERAS PIDERIT, JUEZ TITULAR DEL
JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE.