Este manual proporciona formatos de resoluciones judiciales para el nuevo proceso penal militar. Explica que las resoluciones deben tener una parte expositiva, considerativa y resolutiva. Define resolución judicial, sentencia, auto y decreto. Establece que el manual, y no un reglamento, permite mejorar periódicamente los formatos con la experiencia. Incluye consideraciones generales sobre las resoluciones y varios formatos de ejemplo.
1) El fiscal solicita al juez la realización de una audiencia de terminación anticipada en el caso contra Percy Costilla Manotupa por robo agravado. 2) El fiscal indica que se cumple con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal para este tipo de audiencia. 3) Todas las partes han renunciado al plazo establecido para la audiencia de terminación anticipada.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
El documento es una solicitud para variar la medida coercitiva de detención por una de comparecencia. El solicitante argumenta que cuenta con un domicilio conocido en Lima y que no eludirá la acción de la justicia. Además, detalla su trayectoria laboral en diversas instituciones públicas y privadas para demostrar arraigo y honestidad en su desempeño.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
La acusación directa permite al fiscal formular una acusación sin pasar por la etapa de investigación preparatoria formal, acortando así el proceso. Sin embargo, también existe el riesgo de que la acusación no esté suficientemente sustentada. El autor argumenta que se debería implementar una audiencia previa a la acusación directa para que un juez evalúe si la fiscalía ha recabado pruebas suficientes, y en caso contrario ordene realizar más diligencias de investigación. También concluye que la acusación directa es adecuada
El abogado defensor solicita la libertad provisional de su representado, imputado por robo en lugar no habitado. Alega que la denuncia no presenta claridad en los hechos y derecho por lo que es posible una condena absolutoria. También argumenta que no se cumplen los requisitos para acreditar los hechos ni los elementos del delito de robo en lugar no habitado. Solicita que se considere el delito de violación de morada y que su representado no representa peligro por su conducta y tener domicilio fijo.
Este documento presenta el caso de cuatro personas acusadas de intentar cometer hurto agravado de tubos de cobre de una obra en construcción. Según la investigación preliminar, los acusados fueron vistos llevándose los tubos pero solo se encontraron seis tubos en la vereda, por lo que no se pudo establecer la cantidad total sustraída ni el valor total. El fiscal determina que no hay suficientes elementos de convicción para continuar con el proceso penal debido a que no se pudo acreditar plenamente la comisión del delito.
1) El fiscal solicita al juez la realización de una audiencia de terminación anticipada en el caso contra Percy Costilla Manotupa por robo agravado. 2) El fiscal indica que se cumple con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal para este tipo de audiencia. 3) Todas las partes han renunciado al plazo establecido para la audiencia de terminación anticipada.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
El documento es una solicitud para variar la medida coercitiva de detención por una de comparecencia. El solicitante argumenta que cuenta con un domicilio conocido en Lima y que no eludirá la acción de la justicia. Además, detalla su trayectoria laboral en diversas instituciones públicas y privadas para demostrar arraigo y honestidad en su desempeño.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
La acusación directa permite al fiscal formular una acusación sin pasar por la etapa de investigación preparatoria formal, acortando así el proceso. Sin embargo, también existe el riesgo de que la acusación no esté suficientemente sustentada. El autor argumenta que se debería implementar una audiencia previa a la acusación directa para que un juez evalúe si la fiscalía ha recabado pruebas suficientes, y en caso contrario ordene realizar más diligencias de investigación. También concluye que la acusación directa es adecuada
El abogado defensor solicita la libertad provisional de su representado, imputado por robo en lugar no habitado. Alega que la denuncia no presenta claridad en los hechos y derecho por lo que es posible una condena absolutoria. También argumenta que no se cumplen los requisitos para acreditar los hechos ni los elementos del delito de robo en lugar no habitado. Solicita que se considere el delito de violación de morada y que su representado no representa peligro por su conducta y tener domicilio fijo.
Este documento presenta el caso de cuatro personas acusadas de intentar cometer hurto agravado de tubos de cobre de una obra en construcción. Según la investigación preliminar, los acusados fueron vistos llevándose los tubos pero solo se encontraron seis tubos en la vereda, por lo que no se pudo establecer la cantidad total sustraída ni el valor total. El fiscal determina que no hay suficientes elementos de convicción para continuar con el proceso penal debido a que no se pudo acreditar plenamente la comisión del delito.
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta. En 3 oraciones: (1) El demandante no está de acuerdo con la resolución que declaró improcedente su demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra los demandados, alegando que hubo fraude en el proceso anterior; (2) Alega que la resolución erró al establecer el plazo de seis meses para presentar la demanda desde que la sentencia quedó firme en
1) El Tribunal Constitucional analiza un recurso de agravio constitucional contra una sentencia que declaró infundada una demanda de hábeas corpus. El hábeas corpus buscaba dejar sin efecto una resolución que concedió una apelación contra un auto que declaró el sobreseimiento de una acción penal.
2) El Tribunal establece que el hábeas corpus es procedente para analizar posibles vulneraciones al debido proceso y derechos conexos a la libertad individual. Luego explica que no le corresponde resolver asuntos de legalidad sino determinar si la resol
5 saneamiento audiencia conciliatoria y juzgamiento anticipaDr. Lenin Marceliano
Este documento contiene modelos de recursos y solicitudes procesales relacionadas con el saneamiento del proceso, la apelación de resoluciones, la audiencia conciliatoria y de pruebas, y el juzgamiento y conclusión anticipada del proceso. Incluye modelos para recurrir una resolución que declara concluido el proceso por invalidez de la relación jurídica procesal, solicitar fecha para audiencia conciliatoria, y solicitar juzgamiento anticipado cuando la cuestión es solo de derecho.
Este documento discute la importancia del juicio público y oral en el nuevo sistema procesal penal peruano según la reforma normativa. En particular, destaca tres puntos: 1) El juicio público y oral es la etapa decisiva del proceso y satisface exigencias constitucionales como el derecho a ser oído. 2) Adoptar un modelo acusatorio con juicio público y oral es necesario para enfrentar la crisis del servicio de justicia penal. 3) La implementación exitosa de la reforma depende de aplicar efectivamente el juicio público y oral,
Este documento resume la audiencia de presentación de Argenis David Fuenmayor Martínez ante un tribunal penal en Venezuela. Fuenmayor Martínez fue acusado de robo agravado por la fiscalía y detenido por la policía. En la audiencia, la fiscalía solicitó que se decrete una medida de privación de libertad preventiva contra el acusado debido al peligro de fuga. La defensa solicitó una medida cautelar menos gravosa. Al final, el juez decreta la aprehensión del acusado y una medida cautelar de priv
Proyecto de sentencia del ministro Arturo Zaldívar en el que se propone equip...hugofer2284
Comparto con ustedes documento completo del proyecto de sentencia al amparo directo 4796/2014 propuesto por el ministro de la Primera Sala de la SCJN, a través del cual se propone resolver que visitas domiciliarias hechas por autoridades administrativas son equiparables a los cateos judiciales que se realizan en materia penal, por lo que la extracción de bienes del particular visitado no viola los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Asunto listado para discusión y aprobación en sesión del 14 de octubre de 2015.
Este documento es una apelación interpuesta ante el Segundo Juzgado Penal de Chincha. El recurrente, Rubén Emilio Polanco del Carpió, apela la resolución que declara "no ha lugar" a su recusación contra el juez del caso. Argumenta que se le negó la tutela jurisdiccional y que su escrito de recusación no siguió el trámite legal correcto. Pide que la Sala Superior de Chincha declare la nulidad de la resolución impugnada o la revoque en la parte que niega dar trámite a su escrit
Este documento presenta un recurso de casación contra una resolución que puso fin a un proceso sobre la impugnación de una resolución administrativa. El recurrente alega la infracción de tres normas: 1) Artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre el control de constitucionalidad, 2) Artículo 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre igualdad ante la ley, 3) Otra norma no especificada. Solicita que la Corte Suprema case la sentencia y revoque la resolución impugnada, declarando fund
Miguel Angel Vargas Rojas solicita el sobreseimiento de la causa en su contra por los supuestos delitos de conducción de vehículo en estado de ebriedad y resistencia u obediencia a la autoridad. Alega que no existe prueba suficiente de que conducía en estado de ebriedad ni desobedeció a la policía. Solicita sobreseer parcialmente la causa en su contra debido a la ausencia de pruebas contra él.
Este documento presenta la contestación a una demanda ejecutiva de cobro de pagaré. En 3 oraciones o menos:
1) La demandada niega deber parte del monto reclamado y la comisión del 6%, acepta los intereses pero arguye que los valores son contradictorios. 2) Presenta excepciones de pago parcial y valores mayores a los acordados, anunciando como prueba la tabla de amortización y el pagaré. 3) Solicita que se tenga por contestada la demanda y se dicte sentencia aceptando su
Este documento resume un caso legal sobre lesiones graves en contra de Jhon Edgar Cruz García por parte de Eusebio Rosmel Mattos Barron. El fiscal recomienda modificar la pena solicitada de 7 años de prisión debido a que la condena previa de Mattos no incluyó una pena de prisión efectiva. El fiscal también rechaza el retiro de acusaciones por parte del agraviado Cruz debido a que no presenta pruebas y su declaración contradice su testimonio previo. Finalmente, el fiscal se opone a la solicitud de sobreseimiento del caso por parte
El documento presenta una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado argentino por violaciones al debido proceso legal. El denunciante, Carlos Carrascosa, fue condenado primero a prisión por encubrimiento y luego a prisión perpetua por homicidio de su esposa en 2002. Alega que el fiscal tergiversó pruebas y difundió acusaciones falsas en los medios para influir en la opinión pública y los jueces, violando su presunción de inocencia. Pide que se investiguen las
Nociones fundamentales del Procedimiento por Admisión de los Hechos y del Pro...Benita Moubayed
Mapa conceptual relativo a las Nociones fundamentales del Procedimiento por Admisión de los Hechos y del Procedimiento especial en los Juicios contra el Presidente de la República según COPP venezolano.
El documento presenta los requerimientos de la defensa en un caso legal por lesiones culposas graves. La defensa argumenta que la acusación fiscal contiene inconsistencias e incongruencias formales y sustanciales. Señala que los hechos descritos constituyen faltas al código de tránsito en lugar de delitos penales. También cuestiona la validez de las pruebas presentadas, alegando contradicciones y falta de objetividad en la investigación. Solicita que se aclaren estas inconsistencias.
Principio de defensa e igualdad de las partes_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta los alegatos de Juan Angel Chambi Apaza en un proceso de alimentos seguido por María Inés Cañazaca Chejje en representación de su menor hijo Jhon Elvis Chambi Cañazaca. Los alegatos argumentan que (1) no se ha acreditado debidamente la necesidad del menor alimentista, (2) no se ha probado la posibilidad económica del demandado, y (3) se presenta una declaración jurada para acreditar los ingresos mensuales del demandado de S/. 500.
El documento presenta un recurso de apelación interpuesto por Abel Eduardo Collazos Navarro y Angel Grados Ortiz contra una resolución que declaró infundada una excepción de improcedencia de la acción penal en un proceso en su contra por presunto delito de defraudación de rentas de aduana. Los apelantes argumentan que la resolución no está debidamente motivada y no determina si se cumplen todos los elementos del delito imputado. Solicitan que la sala penal declare nula dicha resolución y declare fundada la excepción de improced
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Incidente de competencia de diligencias preliminaresSimeon Reyes
La Corte Suprema de Justicia resolvió una disputa de competencia entre el Juez de lo Civil de Mejicanos y la Jueza de lo Civil de Apopa sobre quién debería conocer un caso relacionado con la notificación de cesión de crédito. La Corte determinó que ambos jueces eran competentes, pero que en aras de una pronta justicia, el Juez de lo Civil de Mejicanos era el más apropiado para conocer el caso, ya que la solicitud se presentó originalmente ante él y es competente en materia civil. La Corte orden
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente una demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta. En 3 oraciones: (1) El demandante no está de acuerdo con la resolución que declaró improcedente su demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra los demandados, alegando que hubo fraude en el proceso anterior; (2) Alega que la resolución erró al establecer el plazo de seis meses para presentar la demanda desde que la sentencia quedó firme en
1) El Tribunal Constitucional analiza un recurso de agravio constitucional contra una sentencia que declaró infundada una demanda de hábeas corpus. El hábeas corpus buscaba dejar sin efecto una resolución que concedió una apelación contra un auto que declaró el sobreseimiento de una acción penal.
2) El Tribunal establece que el hábeas corpus es procedente para analizar posibles vulneraciones al debido proceso y derechos conexos a la libertad individual. Luego explica que no le corresponde resolver asuntos de legalidad sino determinar si la resol
5 saneamiento audiencia conciliatoria y juzgamiento anticipaDr. Lenin Marceliano
Este documento contiene modelos de recursos y solicitudes procesales relacionadas con el saneamiento del proceso, la apelación de resoluciones, la audiencia conciliatoria y de pruebas, y el juzgamiento y conclusión anticipada del proceso. Incluye modelos para recurrir una resolución que declara concluido el proceso por invalidez de la relación jurídica procesal, solicitar fecha para audiencia conciliatoria, y solicitar juzgamiento anticipado cuando la cuestión es solo de derecho.
Este documento discute la importancia del juicio público y oral en el nuevo sistema procesal penal peruano según la reforma normativa. En particular, destaca tres puntos: 1) El juicio público y oral es la etapa decisiva del proceso y satisface exigencias constitucionales como el derecho a ser oído. 2) Adoptar un modelo acusatorio con juicio público y oral es necesario para enfrentar la crisis del servicio de justicia penal. 3) La implementación exitosa de la reforma depende de aplicar efectivamente el juicio público y oral,
Este documento resume la audiencia de presentación de Argenis David Fuenmayor Martínez ante un tribunal penal en Venezuela. Fuenmayor Martínez fue acusado de robo agravado por la fiscalía y detenido por la policía. En la audiencia, la fiscalía solicitó que se decrete una medida de privación de libertad preventiva contra el acusado debido al peligro de fuga. La defensa solicitó una medida cautelar menos gravosa. Al final, el juez decreta la aprehensión del acusado y una medida cautelar de priv
Proyecto de sentencia del ministro Arturo Zaldívar en el que se propone equip...hugofer2284
Comparto con ustedes documento completo del proyecto de sentencia al amparo directo 4796/2014 propuesto por el ministro de la Primera Sala de la SCJN, a través del cual se propone resolver que visitas domiciliarias hechas por autoridades administrativas son equiparables a los cateos judiciales que se realizan en materia penal, por lo que la extracción de bienes del particular visitado no viola los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Asunto listado para discusión y aprobación en sesión del 14 de octubre de 2015.
Este documento es una apelación interpuesta ante el Segundo Juzgado Penal de Chincha. El recurrente, Rubén Emilio Polanco del Carpió, apela la resolución que declara "no ha lugar" a su recusación contra el juez del caso. Argumenta que se le negó la tutela jurisdiccional y que su escrito de recusación no siguió el trámite legal correcto. Pide que la Sala Superior de Chincha declare la nulidad de la resolución impugnada o la revoque en la parte que niega dar trámite a su escrit
Este documento presenta un recurso de casación contra una resolución que puso fin a un proceso sobre la impugnación de una resolución administrativa. El recurrente alega la infracción de tres normas: 1) Artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre el control de constitucionalidad, 2) Artículo 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre igualdad ante la ley, 3) Otra norma no especificada. Solicita que la Corte Suprema case la sentencia y revoque la resolución impugnada, declarando fund
Miguel Angel Vargas Rojas solicita el sobreseimiento de la causa en su contra por los supuestos delitos de conducción de vehículo en estado de ebriedad y resistencia u obediencia a la autoridad. Alega que no existe prueba suficiente de que conducía en estado de ebriedad ni desobedeció a la policía. Solicita sobreseer parcialmente la causa en su contra debido a la ausencia de pruebas contra él.
Este documento presenta la contestación a una demanda ejecutiva de cobro de pagaré. En 3 oraciones o menos:
1) La demandada niega deber parte del monto reclamado y la comisión del 6%, acepta los intereses pero arguye que los valores son contradictorios. 2) Presenta excepciones de pago parcial y valores mayores a los acordados, anunciando como prueba la tabla de amortización y el pagaré. 3) Solicita que se tenga por contestada la demanda y se dicte sentencia aceptando su
Este documento resume un caso legal sobre lesiones graves en contra de Jhon Edgar Cruz García por parte de Eusebio Rosmel Mattos Barron. El fiscal recomienda modificar la pena solicitada de 7 años de prisión debido a que la condena previa de Mattos no incluyó una pena de prisión efectiva. El fiscal también rechaza el retiro de acusaciones por parte del agraviado Cruz debido a que no presenta pruebas y su declaración contradice su testimonio previo. Finalmente, el fiscal se opone a la solicitud de sobreseimiento del caso por parte
El documento presenta una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado argentino por violaciones al debido proceso legal. El denunciante, Carlos Carrascosa, fue condenado primero a prisión por encubrimiento y luego a prisión perpetua por homicidio de su esposa en 2002. Alega que el fiscal tergiversó pruebas y difundió acusaciones falsas en los medios para influir en la opinión pública y los jueces, violando su presunción de inocencia. Pide que se investiguen las
Nociones fundamentales del Procedimiento por Admisión de los Hechos y del Pro...Benita Moubayed
Mapa conceptual relativo a las Nociones fundamentales del Procedimiento por Admisión de los Hechos y del Procedimiento especial en los Juicios contra el Presidente de la República según COPP venezolano.
El documento presenta los requerimientos de la defensa en un caso legal por lesiones culposas graves. La defensa argumenta que la acusación fiscal contiene inconsistencias e incongruencias formales y sustanciales. Señala que los hechos descritos constituyen faltas al código de tránsito en lugar de delitos penales. También cuestiona la validez de las pruebas presentadas, alegando contradicciones y falta de objetividad en la investigación. Solicita que se aclaren estas inconsistencias.
Principio de defensa e igualdad de las partes_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Este documento presenta los alegatos de Juan Angel Chambi Apaza en un proceso de alimentos seguido por María Inés Cañazaca Chejje en representación de su menor hijo Jhon Elvis Chambi Cañazaca. Los alegatos argumentan que (1) no se ha acreditado debidamente la necesidad del menor alimentista, (2) no se ha probado la posibilidad económica del demandado, y (3) se presenta una declaración jurada para acreditar los ingresos mensuales del demandado de S/. 500.
El documento presenta un recurso de apelación interpuesto por Abel Eduardo Collazos Navarro y Angel Grados Ortiz contra una resolución que declaró infundada una excepción de improcedencia de la acción penal en un proceso en su contra por presunto delito de defraudación de rentas de aduana. Los apelantes argumentan que la resolución no está debidamente motivada y no determina si se cumplen todos los elementos del delito imputado. Solicitan que la sala penal declare nula dicha resolución y declare fundada la excepción de improced
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Incidente de competencia de diligencias preliminaresSimeon Reyes
La Corte Suprema de Justicia resolvió una disputa de competencia entre el Juez de lo Civil de Mejicanos y la Jueza de lo Civil de Apopa sobre quién debería conocer un caso relacionado con la notificación de cesión de crédito. La Corte determinó que ambos jueces eran competentes, pero que en aras de una pronta justicia, el Juez de lo Civil de Mejicanos era el más apropiado para conocer el caso, ya que la solicitud se presentó originalmente ante él y es competente en materia civil. La Corte orden
Este documento advierte sobre el peligroso estado de contumacia, definido como persistir en el error con tenacidad y rebeldía. Cita varios pasajes bíblicos que hablan sobre los riesgos de la obstinación y la necesidad de arrepentimiento. Exhorta a aquellos que han recibido la luz pero no la han seguido a que se dejen quebrantar por la Roca para cambiar, mediante el ayuno y la humillación, antes de que sean severamente disciplinados.
Este documento presenta los principios procesales de la audiencia inicial regulada por la Ley 1437 de 2011. Resalta que la mayor dificultad en aplicar el juicio por audiencias no está en la legislación, sino en la resistencia al cambio. También indica que la Ley 1437 regula un sistema mixto de procedimiento, denominado técnicamente como "juicio o proceso por audiencias" o "predominantemente oral". Finalmente, cita a Chiovenda señalando que el cambio hacia un sistema de estas características sólo se logrará por modific
En Derecho procesal penal, el allanamiento es el ingreso a un domicilio con fines de investigación: el registro del lugar (búsqueda de objetos o personas relacionadas con un delito) u otro acto procesal
Certificado de existencia y representación legal de Programar TVProgramar Televisión
Estos documentos hacen parte de un comunicado de Programar Televisión con relación al tercer canal de televisión en Colombia. Para mas información, visite url
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Este documento describe tres casos de procesos de restablecimiento de derechos a favor de niños en Colombia. En el primer caso, se abre un proceso para establecer la custodia y cuota de alimentos de una niña. En el segundo caso, se abre un proceso para establecer la custodia de un niño huérfano. En el tercer caso, se describe la entrega provisional de la custodia de un niño a su padre.
Este documento certifica que una persona identificada por su DNI participó como asistente en un taller de capacitación en TIC el día y horario especificados en la escuela sede. El taller forma parte de las capacitaciones en Tecnologías de la Información y Comunicación organizadas por el Ministerio de Educación de Córdoba dentro del marco del PROMEDU. El documento está firmado por los capacitadores y sellado por la escuela anfitriona.
Este documento describe los principios que rigen el sistema jurídico procesal civil en nuestro país. Menciona principios como el derecho a la tutela jurisdiccional, la dirección e impulso procesal por parte del juez, la integración de la norma procesal para lograr los fines del proceso, el principio de iniciativa de parte, y principios de celeridad, economía y concentración procesal. También describe otros principios como la socialización del proceso, el juez y derecho, la gratuidad en el acceso a la justicia, y
Este documento contiene un formato para ordenar el archivo de las diligencias antes de la formulación de la imputación por parte del fiscal. Incluye la identificación del caso, la causal de archivo, el fundamento y las personas respecto de quienes se archiva la actuación.
Este documento presenta una demanda de alimentos interpuesta por Yimbel Luana Sosa Tintaya en representación de su hija menor Luana Marisol Sosa Zapata contra Elisban Zapata Mamani. La demanda solicita que Elisban pague el 40% de sus ingresos como pensión alimenticia. Elisban contesta la demanda admitiendo algunos hechos pero negando otros y ofreciendo pruebas para sustentar sus ingresos más bajos de los alegados. El juez programa una audiencia única para resolver el caso.
Este documento proporciona una guía sobre el estilo de citas y referencias APA (American Psychological Association). Explica que el estilo APA se originó en 1929 y establece normas para la presentación clara y consistente de material escrito. Luego resume los principales aspectos del formato de citas y referencias APA, incluidos los tipos de citas (literal y de paráfrasis), la puntuación, el uso de mayúsculas y abreviaturas en las citas, y ejemplos de diferentes formatos de citas.
Este documento presenta una lista de productos de cuero de diferentes tipos como carteras, billeteras, chaquetas, botas y zapatos. Se proporciona información sobre los materiales, colores, servicios y precios de cada artículo. La lista incluye más de 50 productos de cuero de diferentes marcas y estilos.
Este documento presenta varios problemas de trigonometría que involucran funciones trigonométricas como seno, coseno y tangente. Se piden justificar afirmaciones, completar tablas, resolver ecuaciones y expresiones trigonométricas, demostrar identidades y simplificar expresiones. Los problemas cubren temas como ángulos, triángulos rectángulos, funciones compuestas, identidades y relaciones trigonométricas.
Die Software EduVote kann als Audience Response System dazu genutzt werden, um Diskussionen unter den Studierenden oder mit Lehrenden anzuregen.
Die vorliegenden Schaubilder sind nicht selbsterklärend und eigentlich dynamisch, da direkt EduVote eingebunden wurde. Sie wurden dazu genutzt, um Einsatz- und Gestaltungsmöglichkeiten des Werkzeugs vorzustellen.
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Este documento resume el diagnóstico de un grupo de 28 estudiantes de segundo grado en una escuela primaria en Sonora, México. Describe las características del contexto socioeconómico de la escuela y la comunidad, y proporciona detalles sobre las rutinas diarias, la comunicación entre maestros, padres y estudiantes, y las instalaciones de la escuela. También analiza el perfil del grupo, incluyendo sus estilos de aprendizaje, intereses y necesidades, para guiar las adecuaciones curriculares necesari
Materia en Derecho Penal, para la carrera universitaria, para los alumnos, maestros y publico en General. Investigación corta con la mayoría de los temas, todo obtenido de internet.
Modelo de Acta de Tribunal Arbitral Ad Hoc (1).docxYenniferChauca
Este documento contiene el acta de instalación de un tribunal arbitral ad hoc encargado de resolver una controversia entre partes. En el acta se establecen aspectos como la conformación del tribunal arbitral, las reglas procesales aplicables, la sede del arbitraje, las notificaciones, la representación de las partes, la reserva de las actuaciones arbitrales, entre otros puntos relevantes para el inicio del proceso arbitral.
Este documento contiene el acta de instalación de un tribunal arbitral ad hoc encargado de resolver una controversia entre dos partes. En el acta se establecen detalles como la composición del tribunal arbitral, las reglas procesales aplicables, el lugar y sede del arbitraje, las notificaciones, la representación de las partes, la reserva de las actuaciones arbitrales, entre otros aspectos relevantes para el desarrollo del proceso arbitral.
El documento presenta información sobre el debido proceso y las notificaciones en el sistema judicial peruano. Explica que el debido proceso tiene expresiones formales y sustantivas. Describe los derechos que componen el debido proceso procesal y sustantivo. También incluye disposiciones legales sobre días y horas hábiles, tipos de notificaciones, y procedimientos para realizar notificaciones a personas dentro y fuera del país.
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qyenny mar g
El proceso laboral en Venezuela en primera instancia se desarrolla a través de la audiencia preliminar y la audiencia de juicio. La audiencia preliminar se lleva a cabo ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución y busca evitar el juicio, depurar el proceso y fijar los términos del contradictorio, mientras que la audiencia de juicio se realiza ante el Juez de Juicio y es donde se dirime el fondo de la controversia laboral. El documento
El Tribunal Supremo de Justicia estableció que si el Tribunal de Alzada se percata que el juez de primera instancia omitió valorar pruebas documentales, debe enmendar esas omisiones y resolver el fondo del litigio en lugar de decretar la nulidad de los actuados. Asimismo, el Tribunal de Alzada tiene la obligación de corregir las omisiones del juez inferior y fallar sobre el mérito del caso cuando actúa como instancia de conocimiento.
Este documento presenta una introducción al juicio ordinario de mayor cuantía en Chile. Explica que es un procedimiento escrito, de mayor cuantía y común que se aplica a litigios sobre 500 UTM, y que normalmente admite apelación. Además, define conceptos generales como las características del procedimiento en Chile, las clasificaciones de los procedimientos y la importancia del juicio ordinario de mayor cuantía.
El documento describe los cambios implementados en el Distrito Federal de México para introducir juicios orales en materia civil y mercantil. Estos incluyen reformas legales para permitir procesos predominantemente orales, la construcción de 20 nuevos juzgados equipados para video grabar audiencias, y la capacitación de estudiantes y abogados en las nuevas técnicas requeridas. El documento también explica los procedimientos y reglas establecidas para la tramitación de estos nuevos juicios orales.
Este documento presenta una introducción al debate en un juicio oral y público según el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica el proceso de apertura del debate, los derechos de las partes a presentar sus argumentos, y los componentes de la sentencia. También discute formalidades como la redacción del acta de debate y su valor probatorio.
Este documento describe los diferentes aspectos de un juicio agrario en México, incluyendo la demanda, la contestación, el procedimiento, las pruebas, la sentencia, el amparo y la ejecución. Explica que un juicio agrario tiene como objetivo resolver controversias relacionadas con la aplicación de la ley agraria mexicana.
El documento resume el procedimiento en primera instancia en los tribunales laborales de Venezuela. Explica que los tribunales laborales de primera instancia están compuestos por jueces unipersonales y secretarios. Cubre las etapas del proceso, incluyendo la presentación de la demanda, la notificación al demandado, la audiencia preliminar para intentar un acuerdo, y en caso de no lograrlo, la audiencia de juicio donde se presentan pruebas y testigos antes de que el juez emita una sentencia.
El documento contiene jurisprudencia sobre amonestaciones laborales escritas. Resume 3 casos donde la Sala Constitucional declaró con lugar recursos de amparo por violación al debido proceso al imponer amonestaciones escritas a funcionarios públicos sin antes garantizar su derecho de defensa. También resume un caso sobre la prescripción en materia laboral en caso de investigación previa a una sanción disciplinaria.
El documento presenta los antecedentes y consideraciones de un fallo judicial relacionado con un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que declaró improcedente el sobreseimiento solicitado por una persona que estuvo formalmente presa. En menos de 3 oraciones, resume que el tribunal determinó que la resolución apelada fue incorrecta al interpretar que la ley no permitía el sobreseimiento antes de la prescripción a pesar de haberse emitido un auto de libertad, y modificó dicha resolución señalando que las causales de sobreseimiento son aplicables independ
Este documento presenta información sobre los alegatos finales y la deliberación y sentencia en un proceso penal. Brevemente resume lo siguiente:
1) Los alegatos finales son actos en los que la fiscalía, la defensa y el acusado fijan su posición final antes de que los jueces deliberen. El orden es la fiscalía, la parte civil, la defensa y la autodefensa del acusado.
2) La deliberación es la discusión secreta que tienen los jueces para decidir el fallo. Deben deliberar de forma ininterrump
Este documento resume las etapas clave de una demanda introductiva desde su inicio hasta su finalización. Explica que una demanda es una petición o solicitud de algo considerado un derecho. Detalla los pasos de la demanda como la citación, constitución de abogados, solicitud de audiencia, acto de avenir, audiencia, conclusiones al fondo y sentencia. También describe los roles de los jueces, abogados y partes durante las audiencias y los requisitos para presentar conclusiones y reabrir los debates. El objetivo es dar a conocer
Este documento presenta información sobre los medios de impugnación y amparo en Venezuela. Explica que los medios de impugnación son instrumentos legales para atacar actos procesales y permitir un nuevo examen jurídico. Se basan en principios constitucionales como la tutela judicial efectiva. Los recursos son medios para que un órgano superior revise una decisión. Las partes en un proceso tienen legitimación para recurrir decisiones que les perjudiquen. Los recursos pueden ser devolutivos, transfiriendo el caso a un tribunal superior, o
Derecho Procesal - Juicio Ordinario de Mayor CuantiaGustavo A.
Este documento describe el juicio ordinario o juicio ordinario civil de mayor cuantía en Chile. Explica que se inicia mediante una demanda y consta de varias etapas, incluida una etapa de discusión con varios escritos y posiblemente una etapa de prueba si hay hechos en disputa. Finalmente, el tribunal dicta una sentencia definitiva que puede ser apelada.
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2. INTRODUCCIÓN
El presente proyecto se ha formulado teniendo en cuenta que en el nuevo proceso penal militar,
legislado en el Código Penal Militar Policial, los roles han variado, en lo que nos importa, es decir,
la actuación de los jueces de los distintos niveles, advertimos que los magistrados deben asumir
un papel totalmente imparcial y para garantizar este principio, se deben mantener ajenos al
asunto a resolver1
, por lo cual el número de resoluciones que emite su despacho ha disminuido
notablemente.
En este primer intento de sugerir formatos, que puedan ser tomados en cuenta por los
operadores jurisdiccionales –que por cierto no pueden ser obligatorios, bajo ningún punto de
vista- se ha visto por conveniente iniciar el trabajo, formulando un esquema de todo el proceso
“Anexo 02”, únicamente como documento de trabajo, cuya inicial utilidad es identificar aquellos
puntos en los que se prevé el juez tendrá que emitir resoluciones. También como „Anexo 01‟ se
incluye una transcripción literal de las disposiciones del CPMP relativas a la expedición de
resoluciones
Resulta evidente, con la entrada en vigencia, del nuevo proceso, los formatos propuestos serán
mejorados constantemente y también ampliará el número de estos, pues la aplicación como en
todo orden de cosas genera la experiencia necesaria, para perfeccionar lo hecho de manera
teórica.
Se considera adecuada la decisión de preparar un Manual y no un Reglamento de Resoluciones
Judiciales, porque el segundo implica una disposición de observancia obligatoria, que limitaría al
magistrado que con el avance de sus conocimientos, mejore la forma de expedir sus
resoluciones, mientras que siendo un manual permite que sea mejorado periódicamente, con las
sugerencias que como se ha dicho, va a ser producto natural de la experiencia.
1
Por ejemplo el CPMP en su Art 384 último párrafo dispone “En ningún caso, la Sala o el Tribunal Superior Militar
Policial podrán tomar conocimiento previo de las actuaciones
3. CONSIDERACIONES GENERALES
1. Resolución judicial es la decisión del magistrado, en un caso sometido a su consideración,
inicialmente emitida en forma verbal y finalmente por escrito, con las formalidades de ley2
.
2. Las clases de resoluciones judiciales son de tres: sentencia, auto y decreto, el Código
Procesal Civil en su artículo 121 consigna respecto a los Decretos, autos y sentencias:
“Mediante los decretos se impulsa el desarrollo del proceso, disponiendo actos procesales
de simple trámite.
Mediante los autos el Juez resuelve la admisibilidad o el rechazo de la demanda o de la
reconvención, el saneamiento, interrupción, conclusión y las formas de conclusión
especial del proceso; el concesorio o denegatorio de los medios impugnatorios, la
admisión, improcedencia o modificación de medidas cautelares y las demás decisiones
que requieran motivación para su pronunciamiento.
Mediante la sentencia el Juez pone fin a la instancia o al proceso en definitiva,
pronunciándose en decisión expresa, precisa y motivada sobre la cuestión controvertida
declarando el derecho de las partes, o excepcionalmente sobre la validez de la relación
procesal. “
3. En general, toda resolución tiene tres partes, expositiva, considerativa y resolutiva y ello
responde a una estructura lógica del proceso de toma de decisiones; la parte expositiva
contiene la información sobre el estado del proceso y cuál es el problema o asunto sobre
el cual se va a resolver; generalmente se encabeza con las expresiones “Vistos”(cuando
el magistrado ha tenido como objeto de análisis documentos, “Oídos” (cuando la decisión
se emite después de una audiencia en la que las partes deben alegar oralmente) o “Dado
cuenta” (cuando hay una solicitud escrita de las partes o cuando por el estado procesal
propio de la causa, el magistrado debe emitir decisión). La parte considerativa a su vez
contiene el análisis del problema y su solución estimada desde la perspectiva de la norma
legal a aplicarse y está precedida de las fórmulas “Atendiendo” o “Considerando” y
finalmente la parte resolutiva, contiene la decisión que es la consecuencia lógica del
análisis.
2
CPPM Art 244
5. FORMATOS DE RESOLUCIONES
01. Auto de recepción de comunicación fiscal
02. Auto de formalización de la investigación
03. Control de plazo – prórroga
04. Nombramiento de abogado defensor
05. Formación de expediente
06. Citación a audiencia preliminar de control de acusación
07. Auto de enjuiciamiento
08. Sentencia condenatoria
09. Corre traslado apelación
10. Autorización para allanamiento
11. Levantamiento de secreto bancario
12. Levantamiento de secreto de comunicaciones
13. Declaración de contumacia
14. Sobreseimiento
15. Admitiendo apelación auto de sobreseimiento
16. Rectificación de resolución
17. Corre traslado apelación– Tribunal Superior
18. Confirmación de prisión preventiva – Tribunal Superior
19. Dirimencia de competencia – Tribunal Superior
6. 01. Auto de recepción de comunicación fiscal
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado3
) JUZGADO MILITAR POLICIAL
RECEPCIÓN DE COMUNICACIÓN FISCAL
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA: Con el oficio número … de fecha (día, mes, año), remitido por la
(número de Fiscalía4
) Fiscalía Militar Policial, haciendo conocer haber FORMALIZADO
Investigación Preparatoria, contra el (grado y nombre del imputado), por el delito (tipo penal del
CPMP imputado) en agravio del Estado, en consecuencia, TÉNGASE presente para los fines de
ley.-
3
Según el Reglamento de la LOFMP, los Juzgados Militares Policiales se identifican con números del 1º hasta el 22º .
4
Según el Reglamento de la LOFMP, al igual que los Juzgados, las Fiscalías, también se identifican con un número.
7. 02. Auto de formalización de la investigación
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
AUTO DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
I. PARTE EXPOSITIVA
La (número de Fiscalía) Fiscalía Militar Policial, hace de conocimiento del juzgado la
disposición de formalización e inicio de la investigación preparatoria.
II. PARTE CONSIDERATIVA
1. (Fundamentos que determinan la competencia del Juez).
2. (Fundamentos sobre la medida de coerción a imponer al imputado).
3. (Fundamentos que sustentan la designación de defensor de oficio para el imputado, de ser
el caso).
4. (Fundamentos de la participación y derechos del agraviado y su derecho a constituirse en
actor civil)
5. (Normas aplicables a las comunicaciones en el proceso penal militar).
6. (Otros fundamentos que considere pertinente el juez sobre los derechos y obligaciones de
las partes procesales o la naturaleza del proceso y que van a dar sustento a alguna
disposición de la parte resolutiva).
Por estas consideraciones SE RESUELVE,
III. PARTE RESOLUTIVA:
1. RECIBIR la documentación de formalización e inicio de la investigación preparatoria
expedida por la (número de la Fiscalía) Fiscalía Militar Policial contra el imputado (grados
y nombres) por el delito de (nombre del delito) previsto en el artículo … del CPMP, en
8. agravio del Estado (nombres de los agraviados adicionales, de haberlos) asumiendo el
Juez de investigación preparatoria competencia material en el proceso.
2. IMPONER la medida de … (indicar la medida de coerción prevista en el Art 321 del
CPMP), al imputado, bajo apercibimiento de (indicar el apercibimiento previsto en la ley
en caso de incumplimiento al mandato judicial).
3. DESIGNAR al Defensor de oficio, para que asuma la defensa del imputado, dejando a
salvo su derecho a sustituirlo por un abogado de su libre elección, para ello, se notificará a
la Oficina de Defensores de Oficio, adjuntando copia de la formalización e inicio de la
investigación preparatoria, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento
inmediato del abogado de oficio (incluir sólo en caso de ser pertinente).
4. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informada y escuchada antes
de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo
solicite al juzgado y que solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento, la
sentencia absolutoria y las resoluciones que expresamente señala el CPMP; así mismo,
tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener
mayores facultades de actuación en el proceso.
5. PRECISAR a los sujetos procesales que el expediente fiscal con todo lo que se actúe en
la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía
encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que
correspondan.
6. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y
deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse
inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante.
7. EXPLICAR que el desarrollo integro de las audiencias judiciales serán grabadas en audio,
pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia,
se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados
aunque no hayan asistido.
8. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano
del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas solo
en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no
comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá
valida la notificación en el ultimo domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá
efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución.
9. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las
resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al
juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente.
9. 10. NOTIFICAR la presente resolución al imputado y al agraviado sólo por esta vez en su
domicilio real, y al Fiscal Militar Policial en su despacho.
11. (Incluir las disposiciones que se consideren pertinentes de acuerdo al estado).
10. 03. Control de plazo – prórroga
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
AUTO DE CONTROL DE PLAZO - PRÓRROGA
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
VISTOS y OÍDOS en Audiencia Pública y estando presentes el Fiscal quien ha sustentado
su requerimiento para que se prorrogue el plazo de la Investigación Preparatoria seguida contra
el imputado (grado y nombre del imputado), así como el Abogado del imputado y … (señalar las
partes que asistieron a la audiencia pública); y,
CONSIDERANDO;
Primero.- Que, el Fiscal atribuye a los imputados la comisión del delito de … en agravio de …;
Segundo.- Que el Fiscal ha sustentado que considera complejo el caso y que falta que se
realicen las … (precisar los argumentos del Fiscal para el pedido de prórroga);
Tercero.- Que, por su parte el Abogado defensor del imputado (grado y nombre del imputado) ha
sustentado que … (argumentos de la defensa que sustentan el pedido de controlar el plazo de
investigación) ;
Cuarto.- Que, (exponer los fundamentos con los cuales el juez sustenta su decisión)
; en consecuencia,
SE RESUELVE:
DECLARAR … (fundado o infundado el requerimiento de prórroga de plazo de la
investigación preparatoria) en los seguidos al imputado (grado nombres y apellidos);,
consecuentemente ORDENO … (señalar el nuevo plazo, en meses o días y la obligación del
fiscal de pronunciarse de acuerdo a sus atribuciones); DECLÁRESE complejo el proceso (sólo en
caso de acordarlo) y FÍJESE como plazo para la culminación de la investigación (señalar el día
que vencerá el plazo otorgado); DÁNDOSE por notificados a los sujetos procesales con la
presente resolución.
11. 04. Nombramiento de abogado defensor
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
NOMBRAMIENTO DE ABOGADO DEFENSOR
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA; Con el escrito presentado por el imputado (grado, nombres y apellidos),
téngase por designado al nuevo abogado que autoriza el escrito y por señalado el domicilio
procesal que indica, donde se le harán llegar las notificaciones de ley.-
12. 05. Formación de expediente
-------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
FORMACION DE EXPEDIENTE
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
AUTOS Y VISTOS; por recibida la acusación fiscal con los requisitos previstos en el
artículo 375 del CPMP, contra … (grado, nombres y apellidos del acusado), por el delito de …
(señalar delito y el artículo que lo tipifica), en agravio del Estado, … (indicar si hay otros
agraviados); y,
CONSIDERANDO:
Primero.- El artículo 378 del CPMP, indica que recibida la acusación fiscal esta será puesta en
conocimiento de los sujetos procesales para que en el plazo de 05 días puedan alegar lo que
convenga a sus intereses;
Segundo.- Que habiendo precluído la etapa investigatoria, es necesario se forme el respectivo
expediente para recabar los actuados y decisiones que se emitan en esta fase del proceso; por
estas consideraciones
SE RESUELVE:
FORMAR el Expediente de actuados con la Acusación Fiscal; informando a las partes que
el expediente fiscal servirá como anexo al Cuaderno formado, y se encuentra a su disposición en
el órgano jurisdiccional; córrase traslado por el plazo de CINCO DÍAS para que procedan
conforme al artículo 378 del CPMP, adjuntando copia del requerimiento fiscal a la presente
resolución; NOTIFÍQUESE al imputado y demás sujetos procesales.-
13. 06. Citación a audiencia preliminar de control de acusación
-------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
CITACIÓN A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA; el escrito del imputado (grado, nombres y apellidos del imputado)
conforme al artículo 379 del Código Penal Militar Policial y con el Expediente correspondiente y,
ATENDIENDO:
Primero.- Que los sujetos procesales han sido válidamente notificados con la Resolución número
(resolución que dispone poner en conocimiento la acusación fiscal) y con la Acusación Fiscal y,
conociendo que pueden proceder según lo estipulado en el artículo 379 del Código Penal Militar
Policial y vencido el plazo previsto en dicha norma, corresponde continuar con la siguiente etapa
procesal;
Segundo.- El artículo 380 del CPMP indica que vencido el término de comunicación a la defensa,
el juez convocará a las partes a una audiencia preliminar de control de la acusación,
Tercero.-. Para la instalación de la audiencia es obligatoria la presencia del fiscal y del defensor
del acusado. No podrán discutirse cuestiones propias del juicio oral;
Cuarto.- … (otras consideraciones del juez)
Quinto.- Por los anteriores considerandos y de conformidad con el artículo 381 del CPMP; por lo
que
SE RESUELVE:
CITAR a audiencia preliminar de control de acusación a realizarse en la Sala de
Audiencias de este Juzgado Militar Policial, el (indicar día, mes y año), a las (señalar la hora); la
que se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal y del defensor del acusado; advirtiéndose
al abogado defensor del imputado que en caso de inasistencia injustificada se llevará adelante la
diligencia con el abogado defensor de oficio que se designe; NOTIFICÁNDOSE.-
14. 07. Auto de enjuiciamiento
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
AUTO DE ENJUICIAMIENTO
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
VISTOS y OÍDOS; en Audiencia Pública y estando presentes el … (grado, nombres y
apellidos del Fiscal) a cargo de la (número de Fiscalía) Fiscalía Militar Policial, el Abogado
Defensor del acusado, el acusado, el Abogado Defensor del actor civil, el actor civil y el Abogado
Defensor del tercero civil responsable; y habiéndose puesto término a la audiencia de Control de
la Acusación,
SE RESUELVE:
DICTAR el presente auto de enjuiciamiento de conformidad con lo previsto en el artículo
383 del CPMP;
PRIMERO: El órgano jurisdiccional competente para conocer el juicio oral es el Tribunal Superior
Militar Policial del … (indicar el TSMP competente);
SEGUNDO: Los nombres y apellidos del acusado son los siguientes: (grado nombres y apellidos
de los acusados), con domicilio real en (indicar dirección donde vive el acusado) y su Abogado
Defensor es el letrado (indicar nombre del abogado que ejerce la defensa), con domicilio
procesal en …(indicar la dirección); el agraviado es el Estado, representado por el Procurador
Público encargado de los asuntos del (indicar el instituto al que representa el procurador)
constituido en actor civil, … (agregar los nombres y apellidos, dirección y nombre del defensor, en
el caso de existir otros agraviados); …;
TERCERO: El delito materia de la acusación fiscal, su tipificación, la pena y la reparación civil es
como sigue:
I.- TIPIFICACIÓN PRINCIPAL, PENA y REPARACIÓN CIVIL
N° TIPIFICACIÓN PENA REPARACIÓN CIVIL CONSECUENCIAS
15. ACCESORIAS
1
… (indicar el tipo
penal y el artículo del
CPMP que lo
contiene )
…
(consignar
la pena
solicitada)
… (indicar el monto de
la reparación civil
solicitada)
(Indicar la pena accesoria
de estar prevista)
II.- DESARROLLO DE LOS HECHOS MATERIA DE IMPUTACIÓN.
Que, la conducta típica consiste en que se atribuye al acusado (grado, nombres y
apellidos del acusado), la comisión del delito de (consignar el tipo penal imputado, ) previsto en el
artículo … (señalar el numeral que contiene el tipo penal) al haber … (consignar los hechos que
sustentan la acusación),
III.- LOS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS
3.1.- MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS A LA FISCALÍA:
A) TESTIMONIALES
N° NOMBRES DOMICILIO EXTREMOS DE LA DECLARACIÓN
1
… (grado, nombres
y apellidos del
testigo)
(consignar dirección del
testigo
Para que narre la forma y
circunstancias en que el
imputado … (resumen del asunto
sobre el cual va ha declarar el
testigo).
2
... (al igual que el
punto anterior,
consignar todos los
testigos cuya
declaraciòn se ha
admitido)
3
…
( Perito )
(consignar dirección)
Para que ilustre sobre la (indicar la
pericia realizada) que obra a fojas
…del expediente fiscal.
4
16. B) DOCUMENTALES
3.2.- MEDIOS DE PRUEBA NO ADMITIDOS DE LA FISCALÍA:
a. El … (señalar la prueba ofrecida y no admitida), que obra a fojas … del expediente
fiscal, porque (señalar el motivo por el cual se rechaza la prueba).
b. La …
3.3.- MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS DE LA DEFENSA DEL ACUSADO:
A) TESTIMONIALES
N° TIPO UTILIDAD DE LA PRUEBA
1
…(indicar el
documento)
Que, se incorporará al juicio oral con la finalidad de … (señalar el
asunto que se acreditará con el medio probatorio.
2
3
N° NOMBRES DOMICILIO EXTREMOS DE LA DECLARACIÓN
1
… (grado, nombres
y apellidos del
testigo)
(consignar dirección del
testigo
Para que narre la forma y
circunstancias en que el imputado
… (resumen del asunto sobre el
cual va ha declarar el testigo).
2
3
4
17. B) DOCUMENTALES
N° TIPO UTILIDAD DE LA PRUEBA
1 …(indicar el documento)
Que, se incorporará al juicio oral con la finalidad de …
(señalar el asunto que se acreditará con el medio
probatorio.
3.4.- MEDIOS DE PRUEBA NO ADMITIDOS DE LA DEFENSA:
c. La … (indicar la prueba ofrecida y rechazada), porque (indicar el fundamento para
no admitir su actuación).
d. El ….
3.5.- MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS DEL ACTOR CIVIL:
A) DOCUMENTALES
N° TIPO UTILIDAD DE LA PRUEBA
1
… (igual que los
anteriores)
3.6.- MEDIOS DE PRUEBA NO ADMITIDOS DEL ACTOR CIVIL:
- … (igual que los anteriores)
IV.- INFORMO QUE EXISTE ACTOR CIVIL Y TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE; y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 del CPMP ORDENO la remisión de los actuados
correspondientes al Tribunal Superior Militar Policial del (identificar el Tribunal competente);
previamente NOTIFÍQUESE a la Fiscalía Militar Policial y a los demás sujetos procesales con
este auto de enjuiciamiento y dentro del plazo de ley de realizada dicha actuación PROCÉDASE
a elevar los actuados al mencionado órgano jurisdiccional, INFORMO que el imputado tiene
impuesta la medida coercitiva de (indicar la medida impuesta) y que su situación jurídica es de
(situación procesal) en el proceso; DÁNDOSE por notificados con lo resuelto en la presente
resolución.-
18. 08. Sentencia condenatoria
----------------------
Expediente :
Juzgado :
Acusado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
Asistente de Audio :
TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR POLICIAL DEL … (identificar al Tribunal que expide la
sentencia5
)
SENTENCIA Nº
… (ciudad), …(día, mes
año)
VISTOS Y OÍDOS; Los actuados en Juicio Oral llevado a cabo por este Colegiado,
integrado por los señores Vocales (grado, nombres y apellidos de los integrantes del tribunal que
sentencia), con sede en (indicar la dirección del tribunal); con la presencia del acusado (grados,
nombres y apellidos del acusado, además del número de DNI, situación militar o policial, lugar de
nacimiento, estado civil, edad, padres, última dependencia donde trabaja, domicilio) asistido por
su abogado defensor…(nombres y apellidos, número de registro y domicilio procesal del abogado
defensor), del agraviado (nombres y apellidos del agraviado), asistido por su Abogado Defensor
…
ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA ACUSACIÓN.-
PRETENSIÓN DEL ACTOR CIVIL Y DE LA DEFENSA DEL ACUSADO.
El (identificar al Fiscal) titular de la (número de la Fiscalía) Fiscalía Militar Policial, ha formulado
acusación en los siguientes términos:
1. ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA ACUSACIÓN:
1.1. Teoría del caso del fiscal.- El …
1.2. Calificación jurídica.- El supuesto fáctico antes descrito ha sido calificado jurídicamente por la
Fiscalía como delito de (indicar el delito), tipificado en el artículo (indicar el numeral) del CPMP.
1.3. Petición de Pena.- … (indicar la pena solicitada).
2. ARGUMENTOS DEL ACTOR CIVIL
5
Según el Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial pueden ser Tribunal Superior
Militar del Norte, Centro, Sur, Oriente y Sur Oriente o Sala de Guerra.
19. El abogado del actor civil reprodujo los hechos expuestos por la Representante del Ministerio
Público y solicitó una reparación civil de (indicar el monto en moneda nacional).
3. ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
3.1. Teoría del caso de la defensa. …
3.2. Posición del acusado. …
Luego de efectuada la actuación probatoria y expuestos los alegatos finales de las partes, se
declaró cerrado el debate, se paso a deliberar y se dispuso la lectura de la sentencia para el
mismo día, a las … horas, en la sala de audiencias del Tribunal Militar Policial, que se realizará
con los que concurran a dicho acto.
CONSIDERANDO:
El establecimiento de la responsabilidad penal supone, en primer lugar la valoración de la prueba
actuada con la finalidad de establecer los hechos probados o no; en segundo lugar, la precisión
de la normatividad aplicable; y, en tercer lugar, realizar la subsunción de los hechos en la
normatividad jurídica. Posteriormente, de ser el caso, individualizar la pena y determinar la
reparación civil. En consecuencia se tiene:
PRIMERO: El …
SEGUNDO: ACTUACIÓN PROBATORIA: Durante el desarrollo del Juicio Oral fueron actuados
los siguientes medios probatorios:
2.1. DE LA PARTE ACUSADORA- MINISTERIO PÚBLICO:
2.1.1. PRUEBA TESTIMONIAL:
- TESTIMONIAL DEL … (indicar el grado, nombres y apellidos de los testigos, y un resumen de
las partes importantes del testimonio)
2.1.2. PRUEBA PERICIAL, …(indicar el tipo de pericia, identificar al perito que lo formuló, el
reconocimiento de haberla formulado y aclaraciones que hizo)
2.1.3. … (agregar las demás pruebas que se hayan actuado por propuesta del Fiscal)
2.2. DE LA DEFENSA DEL ACUSADO:
2.2.1. EXAMEN DEL ACUSADO (identidad del acusado, resumen de las partes más importantes
de las respuestas al interrogatorio y contrainterrogatorio)
.
TERCERO: VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS POR LAS PARTES – ALEGATOS FINALES:
La Representante del Ministerio Público indica que …
Por su parte la defensa del acusado alegó que …
20. CUARTO: VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA:
4.1. HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS PROBADAS: Respecto de los hechos objeto de la
imputación, del debate probatorio se ha logrado acreditar lo siguiente:
a) … (en párrafos separados analizar la prueba y su valoración
b) …
c) …
QUINTO: JUICIO DE SUBSUNCIÓN
Establecidos los hechos así como la normatividad jurídico penal pertinente, corresponde realizar
el juicio de subsunción que abarca el juicio de tipicidad, juicio de antijuricidad y el juicio de
imputación personal o verificación de culpabilidad.
5.1. JUICIO DE TIPICIDAD
5.2. JUICIO DE ANTIJURIDICIDAD.
(principalmente concluir si en el caso concurre una circunstancia que modifica la responsabilidad
penal)
5.3. JUICIO DE IMPUTACIÓN PERSONAL
.
SEXTO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA
6.1. La pena abstracta establecida por el legislador para el hecho punible, es (precisar el límite
mayor y menor de la pena previsto en el artículo correspondiente del CPMP).
6.2.
6.3
SÉPTIMO: FUNDAMENTACIÓN DE LA REPARACIÓN CIVIL.
Para establecer el monto de la reparación civil, se debe tener en cuenta … (fundamentar)
FALLO:
1. CONDENANDO: Al .. (grado, nombres y apellidos del acusado), cuyas generales de ley
obran en la parte expositiva de la presente sentencia como autor y responsable del delito de
… (indicar el tipo penal y su modalidad), tipificado en el artículo (precisar la norma aplicable)
del Código Penal Militar Policial, en agravio de …, y como a tal SE LE IMPONE (indicar la
magnitud y tipo de pena
2. FIJAMOS en (cantidad impuesta), el monto a pagar en concepto de reparación civil, que el
condenado deberá abonar a favor del agraviado.
3. … (en párrafos separados resolver todos y cada uno de los asuntos controvertidos)
4. …
5. …
21. 6. DISPONEMOS que una vez CONSENTIDA O EJECUTORIADA esta sentencia, se
INSCRIBA LA CONDENA donde corresponda y se remita todo lo actuado al Juzgado de
Investigación Preparatoria para su ejecución. Notificándose a las partes asistentes en esta
audiencia.
22. 09. Corre traslado apelación
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
CORRE TRASLADO APELACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA: Por recibido el Cuaderno de Apelación a la resolución número…(indicar
el número), su fecha … (día, mes, año), que declaró … (indicar la materia resuelta en la
resolución impugnada) resolución contra la que el imputado (grado, nombres y apellidos del
imputado) ha interpuesto recurso de apelación; En tal sentido, y de conformidad con el artículo …
(indicar el numeral que faculta a impugnar) del CPMP, CÓRRASE traslado del escrito de
fundamentación del recurso de apelación al Fiscal y a los demás sujetos procesales por el plazo
de CINCO DÍAS.- NOTIFICÁNDOSE.-
23. 10. Autorización para allanamiento
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
AUTORIZACIÓN PARA ALLANAMIENTO DE MORADA
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
AUTOS y VISTOS: Dado cuenta con el requerimiento de allanamiento de domicilio de la …
(indicar el número de la fiscalía) Fiscalía Militar Policial, y
CONSIDERANDO:
Primero.- El Fiscal Militar Policial, solicita el allanamiento del domicilio del imputado (grado,
nombres y apellidos del imputado), ubicado en (dirección exacta), por haberse (resumir las
razones expuestas por la fiscalía)
Segundo.- El artículo 276 del Código Penal Militar Policial, prescribe que "el registro de un lugar
habitado, en sus dependencias inmediatas, casa de negocio u oficina, será autorizado por el Juez
Militar Policial”, disposición concordante con lo dispuesto por el artículo 2º Inc. 9 de la
Constitución Política del Estado.
Tercero.- … (consignar los fundamentos, que sustentan el allanamiento y registro).
Cuarto.- …; por estas consideraciones;
SE RESUELVE:
Declarar FUNDADO el requerimiento de la (número de fiscalía) Fiscalía Militar Policial, en
consecuencia AUTORÍCESE EL ALLANAMIENTO del domicilio del imputado (grados, nombres y
apellidos del imputado), ubicado en … (dirección), por parte del Fiscal Militar Policial, con auxilio
de la Policía Nacional.
Consentida o ejecutoriada que sea esta resolución, ARCHÍVESE el cuaderno y REMÍTASE al
Fiscal Militar a quien se le NOTIFICARÁ en su domicilio señalado en autos.
24. 11. Levantamiento de secreto bancario
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
LEVANTAMIENTO DE SECRETO BANCARIO
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
VISTOS y OÍDOS; Dado cuenta con el Requerimiento de levantamiento de secreto
bancario efectuado por la (número de fiscalía) Fiscalía Militar Policial, y
CONSIDERANDO:
Primero.- El Fiscal de la (número de fiscalia) Fiscalía Militar Policial, solicita el levantamiento de
secreto bancario, del imputado (grado, nombres y apellidos), por haberse … (señalar los
fundamentos expuestos por el fiscal).
Segundo.- El artículo 318, Inciso1 del Código Penal Militar Policial, establece que el Juez, puede
ordenar reservadamente y sin trámite alguno, el levantamiento del secreto bancario, cuando sea
necesario y pertinente para el esclarecimiento del caso investigado.
Tercero.- Que en este sentido (exponer las razones por las cuales el Juez considera que procede
la autorización); por consiguiente, es procedente atender este requerimiento, por estas
consideraciones;
SE RESUELVE:
Declarar FUNDADO el requerimiento de levantamiento de secreto bancario del imputado (grado,
nombres y apellidos del imputado o de la persona cuyo secreto se levanta), con esa finalidad,
cúrsese oficio a la Superintendencia de Banca y Seguro, así como a las entidades bancarias …
(indicar), solicitando informe sobre las cuentas corrientes que poseen estas personas, el
movimiento bancario, así como el monto que poseen … (precisar la información adicional
requerida).
25. 12. Levantamiento de secreto de comunicaciones
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
LEVANTAMIENTO DE SECRETO DE COMUNCIACIONES
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
VISTOS y OÍDOS; Dado cuenta con el Requerimiento de levantamiento del Secreto de las
comunicaciones efectuado por la (número de fiscalía) Fiscalía Militar Policial, y
CONSIDERANDO:
Primero.- El Fiscal de la (número de fiscalía) Fiscalía Militar Policial, solicita el levantamiento del
secreto de las comunicaciones telefónicas del imputado indicando que … (indicar las
circunstancias conocidas de la presunta comisión del delito y la necesidad de levantar el secreto
de las comunicaciones, para concluir con la investigación).
Segundo.- … (fundamentos que sustentan la utilidad de la medida a tomar);
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 284 y 276 del CPMP concordante con el
artículo 2, numeral 10 de la Constitución Política del Perú,
SE RESUELVE:
ACCEDER al requerimiento del Fiscal Militar Policial, en consecuencia DISPONER: La
intervención de las telecomunicaciones, de los siguientes teléfonos (señalar el número y
servidor), a fin que el operador informe al Juzgado de manera detallada y documentada, respecto
de (indicar el requerimiento del fiscal al cual se accede, por ejemplo, número de los teléfonos que
llamaron o recibieron llamadas, señalando el período, estado actual del servicio telefónico o de
correo electrónico, número de chip usados en el equipo y toda otra información puntual que se
requiera), concediéndole al requerido el plazo de …(señalar los días) para que informe sobre lo
solicitado, comuníquese.
26. 13. Declaración de contumacia
-------------------------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
DECLARACIÓN DE REO CONTUMAZ
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
AUTOS y VISTOS: Dado cuenta con el requerimiento de declaratoria de contumacia
formulado por la (número de fiscalía) Fiscalía Militar Policial, y
CONSIDERANDO:
Primero.- El … (indicar la parte procesal que solicita), solicita la declaratoria de contumacia del
imputado (grado, nombres y apellidos), por haber … (señalar el fundamento del solicitante).
Segundo.- El artículo 206 Inciso 1 del Código Penal Militar Policial, prescribe que la contumacia
del imputado se podrá declarar “a requerimiento del fiscal militar policial o de las demás partes,
previa constatación” cuando: a) De lo actuado aparezca evidente que no obstante tener
conocimiento de que es requerido no se presente voluntariamente a las actuaciones procesales,
b) Fugue del establecimiento ó lugar donde está detenido ó preso, c) No obedezca una orden de
detención o prisión, pese a tener conocimiento de su emisión; y d) Se ausente, sin autorización
del Fiscal o del Juez del lugar de su residencia habitual ó del designado para residir. Por otro lado
el Inciso 5 del artículo acotado, precisa que la declaración de contumacia ó ausencia, no
suspende el proceso, respecto del contumaz ni altera el curso del proceso respecto de los demás
imputados.
Tercero.- … (exponer los fundamentos del juzgado)
Cuarto.- De las … (señalar el documento con el cual se acredita la “previa constatación” que
exige el artículo 206 Inc 1 del CPMP)
Quinto.- Que según prescribe el inciso 3 del artículo 206 del CPMP, que al momento de declarar
la contumacia del imputado, se le debe designar un defensor de oficio para evitar su indefensión
en el proceso y garantizar su derecho de defensa reconocido por el artículo 139 Inciso 14 de la
Constitución Política del Estado; por estas consideraciones;
SE RESUELVE:
27. Declarar FUNDADO el requerimiento de la (número de la fiscalía) Fiscal Militar Policial, en
consecuencia DECLÁRESE CONTUMAZ al imputado (grado, apellidos y nombres) y cúrsese las
órdenes de captura y ubicación para ser puesto a disposición de la autoridad competente.
DESÍGNESE al Defensor de Oficio del Tribunal Superior Miiltar Policial del … (identificar al
letrado que ejercerá la defensa), para que ejerza la defensa del imputado, conforme a ley.
Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHÍVESE el cuaderno y
REMÍTASE al Fiscal Militar. NOTIFÍQUESE al Fiscal Militar en su domicilio señalado en autos, así
como al Defensor de Oficio en su domicilio ubicado en (señalar la sede de la defensoría de
oficio).
28. 14. Sobreseimiento
-------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
AUTO DE SOBRESEIMIENTO
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
OÍDOS en audiencia pública, presente el Fiscal, el abogado defensor del imputado y el imputado
y
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, el abogado defensor del imputado (grado, nombres y apellidos del imputado) ha
sustentado su solicitud de sobreseimiento a favor de su patrocinado indicando … (reproducir los
argumentos esgrimidos por la defensa para sustentar el sobreseimiento, precisando el inciso del
artículo 371 del CPMP que invoca).
Segundo.- Por su parte el Fiscal de la (número de la fiscalía) Fiscalía Militar Policial, precisa que
… (argumentos del fiscal)
Tercero.- En la dúplica el abogado defensor sostiene (indicar los argumentos de la dúplica si la
hubiera)
Cuarto.- De los debates realizados en esta audiencia se advierte que (razonamiento del juzgado)
Quinto.- … (fundamentos de hecho y derecho en que se funda la decisión judicial)
, por estas consideraciones,
SE RESUELVE.-
1. Declarar FUNDADO el requerimiento de SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra
el imputado (grado, nombre y apellidos y generales de ley del imputado); como presunto
autor del delitos de … (indicar el delito y su tipificación penal), en agravio del Estado
(indicar si hay otro agraviado);
2. ORDENAR el archivo de la causa,
29. 3. LEVANTAR todas las medidas coercitivas personales y reales que se hubieran dictado
contra la persona o bienes de la imputada;
4. ANULAR los antecedentes policiales y demás generados en contra del sobreseído,
cursándose los oficios correspondientes para tal fin.
5. DÉSE por notificados con lo resuelto a los presentes.
30. 15. Admitiendo apelación auto de sobreseimiento
-------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
ADMITE APELACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA con el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal de la (número de
fiscalía) Fiscalía Militar Policial, que apela la resolución número (señalar el número) de autos, que
resuelve sobreseer al imputado (grado, nombre y apellidos del imputado) de los seguidos por el
delito de (señalar delito y artículo que lo tipifica), en agravio del Estado y
ATENDIENDO;
Primero.- Que el artículo 373 del CPMP concordante con el artículo 439 Inciso b y artículo 440
del mismo cuerpo de leyes, prescribe que la resolución que dispone el sobreseimiento, puede ser
materia de recurso impugnatorio.
Segundo.- Se advierte de autos que la resolución que se impugna es el auto que declara el
sobreseimiento a favor del … (grado, nombres y apellidos del imputado), por los delitos de
(señalar delito y articulo que lo tipifica)
Tercero.- El recurso de apelación interpuesto contra la auto de sobreseimiento, cumple con las
condiciones previstas en los artículos 440 y 447 del CPMP; por lo que
SE RESUELVE:
ADMITIR el Recurso de Apelación interpuesto, en consecuencia; ELÉVESE todo lo
actuado al Tribunal Superior Militar Policial del (identificar tribunal) NOTIFICÁNDOSE.-
31. 16. Rectificación de resolución
-------------------------------
Expediente :
Juzgado :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Juez :
Secretario :
(número de juzgado) JUZGADO MILITAR POLICIAL
RECTIFICACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA; con el escrito presentado por el Fiscal de la (número de fiscalía) Fiscalía
Militar Policial haciendo la aclaración sobre su requerimiento; y
CONSIDERANDO:
Primero.- Conforme dispone el artículo 245 del CPMP el Juez Militar Policial, puede rectificar
cualquier error y omisión material contenido en las resoluciones siempre que ello no importe una
modificación esencial de lo resuelto,
Segundo: Que, al emitirse la resolución (precisar la resolución rectificada) se consignó (señalar el
punto a rectificar), lo que debe rectificarse por existir error de … .
Tercero: Además …; por estas consideraciones:
SE RESUELVE:
RECTIFICAR la Resolución Número (señalar el número de la resolución corregida) en el
sentido …(precisar la rectificación). NOTIFICÁNDOSE.-
32. 17. Corre traslado apelación– Tribunal Superior
_______________
Expediente :
Tribunal :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Vocales :
Secretario :
TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR POLICIAL (identificar Tribunal)
CORRE TRASLADO APELACIÓN
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
DADO CUENTA; Por recibido el Cuaderno de Apelación a la sentencia, de fecha (día,
mes, año), que falla (resumen de la parte resolutiva de la sentencia), resolución contra la que el
imputado (grado, nombre y apellidos del sentenciado) ha interpuesto recurso de apelación; en tal
sentido, y de conformidad con el artículo 447 del CPMP, CÓRRASE traslado del escrito de
fundamentación del recurso de apelación al Ministerio Público y a los demás sujetos procesales
por el plazo de ley.-
33. 18. Confirmación de prisión preventiva – Tribunal Superior
-------------------------------------------------
Expediente :
Tribunal :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Vocales :
Secretario :
TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR POLICIAL (identificar Tribunal)
PRISIÓN PREVENTIVA
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
I. VISTA Y OÍDA;
La audiencia de apelación de la resolución número (indicar número de la resolución apelada), por
el Tribunal Superior Militar Policial, integrada por los magistrados (grados, nombres y apellidos de
los tres vocales); en el que interviene el abogado defensor y el Fiscal de la (número de fiscalía)
Fiscalía Militar Policial; y
CONSIDERANDO:
II. ANTECEDENTES:
Primero.- Con fecha (recuento del trámite seguido para la imposición de la medida de prisión
preventiva)
Segundo.- El imputado (grado, nombres y apellidos del imputado) por intermedio de su abogado
defensor ha impugnado con fecha …(día, mes, año) la decisión de imponerle prisión preventiva,
por el (número del juzgado) Juzgado Militar Policial, dentro del término de ley, concedida la
apelación esta instancia convocó a la audiencia respectiva.
III. FUNDAMENTOS:
PREMISA NORMATIVA.-
Tercero.- El artículo 321° del Código Penal Militar Policial prescribe que el Juez Militar Policial a
pedido de las partes procesales puede dictar mandato de prisión preventiva, si atendiendo a los
primeros recaudos sea posible determinar la concurrencia de los siguientes presupuestos: 1) Que
34. existan elementos de convicción suficientes para sostener, razonablemente, que el imputado es
autor o partícipe de un delito; y 2) Cuando por la apreciación de las circunstancias del caso,
exista presunción suficiente, de que aquel no se someterá al procedimiento u obstaculizará la
investigación.
PREMISA FACTICA.-
Cuarto.- El Fiscal Militar Policial al requerir la prisión preventiva indica que los hechos que lo
sustentan … (consignar los hechos cuya comisión se atribuye al imputado),
Quinto.- El Juez al declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva indica que (exponer
los fundamentos de la resolución del Juez que dictó la prisión preventiva).
Sexto.- En la sustentación oral de la apelación por la defensa técnica del citado imputado indica
que (resumir los fundamentos del apelante)
Sétimo.- … (fundamentos del Tribunal)
Octavo.- … (fundamentos del Tribunal)
IV. DECISIÓN:
Por dichos fundamentos, el Tribunal Superior Militar Policial del (identificar el tribunal)
RESUELVE:
1. CONFIRMAR la resolución número (indicar el número de la resolución impugnada), de fecha
(día, mes, año), que resuelve declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva en contra
del imputado (grado, nombre y apellidos del imputado) por la presunta comisión del delito
(señalar el delito y el artículo correspondiente) en agravio de …. y ordena su internamiento en
(señalar el centro de detención).
2. ORDENAMOS: Devolver el presente cuaderno quedando notificados en el acto los sujetos
procesales, cuyos argumentos en resumen y decisión ya fue emitida oralmente al finalizar la
audiencia.
35. 19. Dirimencia de competencia – Tribunal Superior
---------------------------------
4Expediente :
Tribunal :
Imputado :
Agraviado :
Delito :
Vocales :
Secretario :
TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR POLICIAL DEL (identificar Tribunal)
DIRIMENCIA DE COMPETENTECIA
RESOLUCIÓN N°
… (ciudad), …(día, mes
año)
AUTOS Y VISTOS; La contienda de competencia entre el (indicar número) Juzgado
Militar Policial y el (indicar número) Juzgado Militar Policial, y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, este Tribunal Superior Militar Policial del (identificar el tribunal), conoce el
presente expediente al haberse producido la contienda de competencia entre los Jueces Militares
del (indicar número) Juzgado Militar Policial y el (indicar número) Juzgado Militar Policial;
Segundo.- Que, … (indicar la forma como ambos juzgados militares policiales conocen el caso)
Tercero.- Que, … (señalar los argumentos de los juzgados para sostener su competencia)
Cuarto.- … (fundamentos de la decisión del Tribunal)
Quinto.- …
Por dichas consideraciones este Tribunal Superior Militar Policial (identificar),
dirimiendo competencia,
RESUELVE: que el conocimiento de los seguidos al (grado, nombres y apellidos) por el
delito (indicar el delito y el artículo que la tipifica) corresponde al Juez Militar Policial del (indicar el
número) Juzgado Militar Policial a quien se remitirán todos los actuados, con conocimiento de las
partes procesales y del (indicar el número) Juzgado Militar Policial DEVOLVIÉNDOSE los autos
en el día, a fin de que proceda conforme lo dispuesto en la presente resolución.
37. ANEXO 01 NORMAS DEL CPMP APLICABLES A LA REDACCIÓN DE
RESOLUCIONES
Artículo 156. - Motivación
Las decisiones judiciales, salvo las de mero trámite, expresarán los fundamentos de hecho y
de derecho en que se basen.
La fundamentación no se podrá reemplazar con la simple relación de documentos,
afirmaciones dogmáticas, ficciones legales, expresiones rituales o apelaciones morales.
Cuando se trate de sentencias dictadas por tribunales colegiados, cada uno de sus
miembros fundará individualmente su voto, salvo que se adhiera a los motivos expuestos
por otro miembro. La adhesión a los fundamentos de otro no permite omitir la deliberación.
TÍTULO VI
ACTOS PROCESALES
Capítulo I
Idioma y forma de los actos procesales
Artículo 237. - Idioma
1. Las actuaciones procesales se realizan en castellano;
2. Cuando una persona no comprenda el idioma o no se exprese con facilidad, se le brindará la
ayuda necesaria para que el acto pueda desarrollarse regularmente;
3. Deberá proveerse traductor o intérprete, según corresponda, a las personas que ignoren el
castellano, a quienes se les permite hacer uso de su propio idioma, así como a los
sordomudos y a quienes tengan algún impedimento para darse a entender; y
4. Los documentos y las grabaciones en un idioma distinto del castellano deberán ser traducidos
cuando sea necesario.
Artículo 238. - Día y hora de cumplimiento
Los actos procesales se cumplirán en días y horas hábiles, sin perjuicio de las habilitaciones que
disponga el juez.
Los actos de investigación, salvo las excepciones expresamente dispuestas, se podrán cumplir
en cualquier día y hora.
Artículo 239. - Lugar
Las actuaciones procesales de los fiscales y jueces militares policiales se realizarán en su
Despacho según sea el caso, y podrán constituirse a cualquier lugar, de ser necesario, para la
realización de los actos propios de su función.
Artículo 240. - Documentación
Los actos se podrán documentar por escrito, imágenes o sonidos, indistinta o simultáneamente.
Artículo 241. - Actas
1. La actuación procesal, ya sea fiscal o judicial, se documenta por medio de acta, utilizándose,
de ser posible, los medios técnicos que correspondan.
38. 2. El acta debe ser fechada con indicación del lugar, año, mes, día y hora en que haya sido
redactada, con indicación de las personas que han intervenido y una relación sucinta o integral -
según el caso- de los actos realizados. Se debe hacer constar en el acta el cumplimiento de las
disposiciones especiales previstas para las actuaciones que así lo requieran y, muy
especialmente, el objeto y la finalidad de ésta.
3. Será posible la reproducción audiovisual de la actuación procesal, sin perjuicio de efectuarse
la transcripción respectiva en un acta. La Fiscalía Suprema Militar Policial y el Tribunal Supremo
Militar Policial, cada uno en su ámbito, dictarán disposiciones que permitan su utilización.
4. El acta será suscrita por el funcionario o la autoridad que dirige y por los demás intervinientes,
previa lectura. Si alguno no puede o no quiere firmar, se dejará constancia de ello. Si alguien no
sabe firmar, podrá hacerlo, en su lugar, otra persona, a su ruego o bien un testigo de actuación,
sin perjuicio de que se imprima su huella digital.
Artículo 242. - Invalidez del acta
1. El acta carecerá de eficacia sólo si no ex iste certeza sobre las personas que han intervenido
en la actuación procesal, o si faltare la firma del funcionario que la ha redactado.
2. La omisión en el acta de alguna formalidad sólo la privará de sus efectos, o hará inválido su
contenido, cuando ellas no puedan ser suplidas con certeza sobre la base de otros elementos de
la misma actuación o actuaciones conexas, o no puedan ser reproducidas con posterioridad y
siempre que provoquen un agravio específico e insubsanable a la defensa del imputado o de los
demás sujetos procesales.
Artículo 243. - Reserva del original
Cuando se utilicen registros de imágenes, sonidos o audiovisuales u otros, se deberá reservar el
original en condiciones que aseguren su inviolabilidad hasta el debate, sin perjuicio de la
obtención de copias que podrán utilizarse para otros fines del proceso.
Las formalidades esenciales de los ac tos deberán surgir del mismo registro y, en caso de no ser
posible, de un acta complementaria.
Capítulo II
Actos y resoluciones judiciales
Artículo 244. - Resoluciones judiciales
Las resoluciones judiciales contendrán:
1. El lugar, día y hora e identificación del proceso;
2. El objeto a decidir y las peticiones de las partes;
3. La decisión y sus fundamentos; y
4. La firma del juez.
39. Artículo 245. - Aclaratoria
Dentro del término de tres días de notificadas las resoluciones, el juez militar policial, el Tribunal
Superior Militar Policial o la Sala podrán rectificar, de oficio o a instancia de parte, cualquier error
u omisión material contenido en aquellas o aclarar o explicitar los fundamentos, siempre que ello
no importe una modificación esencial. La instancia de aclaración suspenderá el término para
interponer los recursos que correspondan.
Artículo 246. - Reposición
Contra las resoluciones que no admitan impugnación ante otro órgano jurisdiccional, sólo podrá
deducirse reposición dentro del plazo de tres días, a efec tos de que el mismo juez, tribunal o la
sala que las dictó, examine nuevamente la cuestión y decida lo que corresponda.
La oposición se deducirá en la forma y en el plazo previsto para los incidentes.
Artículo 247. - Copia auténtica
El juez dispondrá la conservación de copia auténtica de las decisiones, actas de audiencias y
otros documentos que fije la reglamentación.
Artículo 247. - Copia auténtica
El juez dispondrá la conservación de copia auténtica de las decisiones, actas de audiencias y
otros documentos que fije la reglamentación.
Artículo 371.- Sobreseimiento.
El sobreseimiento procederá:
1.- Si el hecho no se cometió;
2.- Si el imputado no es autor o partícipe del mismo;
3.- Si el hecho no se adecua a una figura penal;
4.- Si media una causa de justificación, inculpabilidad o ausencia de punibilidad;
5.- Si la acción penal se extinguió; y
6.- Si no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba ni
fundamentos para la apertura a juicio
Artículo 372. - Contenido de la resolución.
La resolución que decide el sobreseimiento deberá contener los datos del imputado, la
enunciación de los hechos objeto de la investigación, los fundamentos fácticos y jurídicos y la
parte resolutiva, con cita de las normas legales en que se apoya.
Artículo 383. - Auto de enjuiciamiento.
Resueltas las cuestiones planteadas, el juez dictará el auto de enjuiciamiento. Dicha resolución
no es impugnable.
El auto de enjuiciamiento deberá indicar, bajo sanción de nulidad:
a) El nombre de los imputados y de los agraviados, siempre que estos hayan podido ser
identificados;
40. b) El delito o delitos materia de la acusación fiscal con indicación del texto legal y, si se hubiere
planteado, las tipificaciones alternativas o subsidiarias;
c) Los medios de prueba admitida y, de ser el caso, el ámbito de las convenciones probatorias;
d) La indicación de las partes constituidas en la causa; y
e) La orden de remisión de los actuados a la Sala o al Tribunal Superior Militar Policial encargado
del juicio oral.
Cuando el acusado sufra una medida de coerción, el juez decidirá sobre la subsistencia de la
medida o su sustitución.
El auto de enjuiciamiento se notificará al fiscal militar policial y a los demás sujetos procesales.
Dentro de cuarenta y ocho horas de la notificación, el juez militar policial de la investigación
preparatoria hará llegar a la Sala o al Tribunal Superior Militar Policial que corresponda, dicha
resolución y los actuados correspondientes, así como los documentos y objetos incautados, y se
pondrá a su orden a los detenidos preventivamente.
Artículo 409. - Requisitos esenciales de la sentencia.
La sentencia deberá contener:
1. La mención a la Sala o el Tribunal Superior Militar Policial, el lugar y fecha en la que se dicta,
el nombre de los vocales y las partes, y los datos personales del acusado;
2. La enunciación de los hechos y circunstancias objeto de la acusación, las pretensiones
introducidas en el juicio, y la pretensión de la defensa del acusado;
3. La motivación clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y las circunstancias que se
dan por probadas o improbadas, y la valoración de la prueba que la sustenta, con indicación
del razonamiento que la justifique;
4. Los fundamentos de derecho, con precisión de las razones legales, jurisprudenciales o
doctrinales que sirvan para calificar jurídicamente los hechos y sus circunstancias, y para
fundamentar el fallo;
5. La parte resolutiva, con mención expresa y clara de la condena o la absolución de cada uno de
los acusados por cada uno de los delitos que la acusación les haya atribuido. Contendrá,
además, lo que proceda acerca del destino de las piezas de convicción, instrumentos o efectos
del delito; y,
6. La firma de los vocales que han intervenido.
Artículo 410. - Redacción y lectura de la sentencia.
La sentencia será redactada inmediatamente después de la deliberación. Los párrafos se
expresarán en orden numérico correlativo y con referencia a cada cuestión relevante. En la
redacción de la sentencia se pueden emplear números en la mención de normas legales y
jurisprudencia, y también notas al pie de página para la cita de doctrina, bibliografía, datos
jurisprudenciales y asuntos adicionales que sirvan para ampliar los conceptos o argumentos
utilizados en la motivación.
La sentencia será leída en audiencia pública. Las partes quedarán notificadas con su lectura
integral
42. ETAPA DE INVESTIGACION PRELIMINAR POR EL FISCAL MILITAR POLICIAL
NOTICIA CRIMINAL
- Denuncia(Art.349)
- Iniciación de Oficio (Art. 353).
- Investigación Preliminar (Art. 359).
- Investigación Genérica(Art. 361).
- Denuncias Públicas(Art. 362).
CALIFICACIÓN FISCAL
-La apertura de la investigación.
-La desestimación de la denuncia o de las
actuaciones policiales o del Instituto.
-El archivo.
DILIGENCIAS INICIALES (ARTS. 353, 363)
- Después de su primera intervención.
- Las autoridades Militares Policiales que
tengan noticia de un delito de función
comunicarán inmediatamente al Fiscal.
- Plazo: Siete(07) días , sin perjuicio de
continuar.
FISCALSUPERIOR (ART.359)
Resuelve en Revisión ordenando:
- Apertura de investigación por 2º fiscal
- El archivo
AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN
ART.380
- Vencido término de comunicación a la defensa (10) días,
juez convocará a partes a audiencia preliminar de control de
acusación. El juez evitará que en esta audiencia se discutan
cuestiones propias del juicio oral
- Asistencia obligatoria del juez, del fiscal y del defensor.
- Desarrollo: Uso de la palabra
Debate procedencia y admisibilidad de las cuestiones
planteadas.
Actuación solo de la prueba anticipada y entrega de
documentos.
Resoluciones del juez.
-Devolución de acusación defectuosa
Auto sobre medios de defensa técnica.
Auto de sobreseimiento de oficio o a pedido.
Admisión de medios de prueba
Especificación del objeto de testimoniales y peritajes
Pronunciamiento sobre convenciones probatorias
Resoluciones sobre prueba anticipada
Auto de enjuiciamiento.
Juez o Vocal que Preside, advierte al Acusado, sobre el
desarrollo, y sobre sus derechos que le asiste.
DILIGENCIAS DE LA INVESTIGACIÓN (ART.
360)
-El Fiscal comunicará al Juez de la
Investigación.
-El Juez convocará a una Audiencia Oral y
Pública para comunicar al imputado sobre el
inicio de la investigación.
-Se ampliará el objeto de la investigación si
se incorporan nuevos hechos o imputados.
En estos casos no será necesaria una nueva
audiencia.
SOBRESEIMIENTO
FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
(ART. 360)
REQUISITOS:
-Una sucinta enunciación de los hechos a
investigar.
-La identificación del imputado;
-La identificación del agraviado;
-La identificación legal provisional; y
-El Fiscal Militar Policial a cargo de la
Investigación.
CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN (Art.
370)
Fiscal decidirá
- El sobreseimiento.
- La acusación fiscal.
-
AUDIENCIA DE CONTROL DEL REQUERIMIENTO
FISCAL DE SOBRESEIMIENTO.ART.373
1 .El actor civil, objetar el pedido de
sobreseimiento.
2.El agraviado, objetar el pedido de
sobreseimiento y requerir que el fiscal continúe la
investigación y
3.El imputado, pedir que se modifiquen los
fundamentos o se precise la descripción de los
hechos que sirvieron de base al sobreseimiento.
Plazo común 10 días.
FISCAL SUPERIOR
Ratifica o rectifica
Si rectifica, ordena otro fiscal acusar
AUTO DE CITACIÓN A JUICIO
- Indica la sede y fecha del juicio oral.
- Emplaza a todos los que deben concurrir
COMUNICACIÓN AL AGRAVIADO Y AL ACTOR
CIVIL.ART378
El fiscal militar policial, pone acusación en conocimiento del
agraviado que hubiera solicitado ser informado y del actor
civil, quienes en el plazo de cinco días podrán alegar lo que
convenga a sus intereses
REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO
ART.371
•El hecho no se cometió
•Si el imputado no es autor o participe del mismo
•Si el hecho no se adecua a una figura penal
•Si media una causa de justificación,
inculpabilidad o ausencia de punibilidad.
•Si la acción penal se extinguió y
•Si no existe la posibilidad de incorporar nuevos
elementos de prueba ni fundamentos para la
apertura a juicio
AUTO DE ENJUICIAMIENTO ART.383
- Nombre del imputado y del agraviado.
- Delito o delitos acusados.
- Calificación legal y tipificación alternativos.
- Medios de prueba admitidos y convenciones probatorias.
- Partes constituidas
- Medidas de coerción
- La orden de remisión de los actuados a la Sala o al Tribunal
Superior Militar Policial encargado del juicio oral.
COMUNICACIÒN DEL JUEZ
Recibida acusación fiscal, juez comunicara a la defensa para
que examine conjuntamente con los elementos presentados.
En el plazo de diez días, la defensa podrá:
1.-Objetar la acusación por defectos formales;
2.-Oponer excepciones;
3.-Solicitar saneamiento o declaración de nulidad de un acto;
4.-Oponerse a la reclamación civil; y
5.-Ofrecer pruebas para el juicio
ACUSACION FISCAL Art.375
1.Los datos que sirvan para identificar al
imputado.
2.La relación clara, precisa y detalladla del
hecho que se imputa.
3.-La fundamentación de la acusación, con
expresión de los elementos de convicción
que la motivan;
4.La calificación legal
5.La determinación precisa del daño cuya
reparación se reclama, y
6.-El ofrecimiento de la prueba.
- Indica la sede y fecha del juicio oral.
- Emplaza a todos los que deben concurrir
43. ETAPA DE JUZGAMIENTO EN EL CODIGO PENAL MILITAR POLICIAL
RECIBIDA EL EXPEDIENTE
ART. 384
- Dentro de los 02 días hábiles,
presidente fija día y hora para
inicio de juicio.
- No será antes del 10 día de
notificado con el auto de
enjuiciamiento
PERIODO PROBATORIO
ORDEN Y DIRECCION DEL DEBATE
A CARGO DEL VOCAL QUE
PRESIDE 394.
- Continuidad, Suspensión e
Interrupción.
- Reemplazo de vocal sin suspensión de
audiencia art.396.
- presencia obligatoria de fiscal adjunto y
defensor de oficio suplente art. 396.
- actuación de prueba por comisión y
lectura en audiencia 397
PERIODO PREPARATORIO
PERIODO DECISORIO
RELATOR SECRETARIO
CITA:
- Testigos, Peritos
- Solicita: objetos, documentos
- Dispone las medidas
necesarias para la
organización y desarrollo del
juicio
Casos complejos o cuando las
partes lo solicitan, el Relator
Secretario convocará audiencia
preliminar:
- Para resolver cuestiones
prácticas.
- Organización del debate.
- Citación de las partes.
Las partes facilitan la concu-
rrencia de testigos propuestos
Los integrantes del tribunal de
juzgamiento, en ningún caso
tomaran conocimiento previo de
las actuaciones
PERIODO INICIAL
INSTALACION DE LA AUDIENCIA
(399)
- Concurrencia obligatoria del
Imputado su Defensor, Juez o
Jueces, Fiscal y Actor civil.
- Lugar y Ubicación de las partes
ALEGATOS PRELIMINARES (399 Y
400)
- Del Fiscal, de los Abogados del
Actor Civil, del tercero civilmente
Responsable.
- Del Acusado
APERTURA DE JUICIO (399)
Juez o Vocal que Preside, advierte al
Acusado, sobre el desarrollo, y sobre
sus derechos que le asiste.
EXCEPCIONES, EXCUSAS Y
RECUSACIONES (386)
se interponen dentro de 05 días de
comunicada la audiencia.
ADMISION DE PRUEBAS OFRECIDAS
(402)
- Por el Fiscal, del actor civil y la
defensa.
- El orden de actuación de pruebas
puede ser establecida por el Juez,
oyendo a las partes.
- Antes declarar, los testigos, no se
comunicaran entre si.
- No obstante, se recibirá la testimonial
Ampliación de acusación durante el
debate, cuando modifica la
calificación legal delito 401
- Presidente, comunica a las partes, para
suspensión de juicio, para ofrecer nuevas
pruebas o preparar defensa.
- Cuando se modifique sustancialmente la
acusación, la defensa puede solicitar
nuevo juicio.
1.Fase de la existencia del hecho,
calificación y responsabilidad
penal del acusado.
- Si se ha probado los hechos.
- Si el acusado es culpable o inocente.
2.Fase de la calificación jurídica,
penas y medidas de seguridad
aplicables.
PRINCIPIOS:
- Inmediación. 387
- Dignidad. 388
- Publicidad 389
- Privacidad 389
- Acceso a medios de comunicación
390
- Oralidad 392
- Materialidad de las pruebas 393
FASES DEL JUICIO (385)
ACTUACION DE PRUEBA
- Examen del Acusado, declarará las
veces que considere oportunas.400.
- Examen de Testigos, 289 y stges, 403
- Examen de Peritos, 296 y sgtes 404
- Examen de Otros medios de prueba,
308 y siguientes, 405
DISCUSION FINAL (406)
- Alegatos finales, del Fiscal, Actor Civil,
Tercero civilmente responsable y
Defensor del acusado.
CLAUSURA DEL DEBATE
- Se concederá la palabra al agraviado, si
está presente.
- Al acusado, se le preguntará si tiene algo
mas que manifestar en su defensa
DELIBERACION: (408, 157)
- Sesión secreta
- Votación Cuestiones de hecho y derecho
- Prueba valorada con Sana Crítica
- Deliberación hasta tres días.
- Suspensión hasta por 05 días por
enfermedad de un Magistrado
- En caso complejo se duplica el plazo.
SENTENCIA (409)
- Requisitos (409)
- Redacción y lectura de sentencia 410
APELACION 05 días (439 inc. B)
- CAUSALES
CONDENATORIA (412)
Fijará con precisión las penas que
correspondan y decidirá sobre la entrega de
objetos decomisados o su destrucción.
Refundición de Penas (443)
ABSOLUTORIA (412)
Ordena libertad del sentenciado,
aun cuando la sentencia absolutoria
no esté firme, cesación de todas las
medidas cautelares, restitución de
objetos afectados.
RESPONSABILIDAD CIVIL (413)
Las 2 sentencias consideraran su
procedencia y establecerá:
- La restitución.
- Reparación o indemnización de los
daños y perjuicios.
CORRELACION ENTRE SENTENCIA Y
ACUSACION FISCAL (411)
- No dar por acreditado hechos, circunstancias de
la acusación, o ampliatorio. Salvo cuando
favorezca al imputado
- Condena no puede modificar calificación jurídica
del hecho objeto de acusación. Salvo haberse
advertido durante la etapa probatoria.
- Puede condenarse con sanción más grave que
la solicitada en la Acusación, debe motivarse y
fundamentar
RETIRO DE LA ACUSACION FISCAL (411)
- Juez, oído a los Abogados, resolverá en la
misma audiencia , o suspender por 2 días.
- Juez de acuerdo con el Fiscal, SOBRESEERA
definitivamente la causa
- Si discrepa, elevará al Fiscal Superior, para que
decida dentro del tercer día.
- Decisión de Fiscal Superior, vincula a Fiscal
inferior y a Juzgador.
APELACION 05 DIAS (439 inc. B), F
- Pueden impugnar: Acusado, (444.- Actor Civil y agraviado (445).- Fiscal (446)
- Formalidades y Motivación (447).
SOBRESEIMIENTO (411)
APELACION 05 DIAS (439 inc. B)
RESOLUCION SOBRE (409)
- Excepciones
- Cuestiones previas.
- Cuestiones Prejudiciales
- Que extingan la acción penal. o
pongan fin a la Instancia
APELACION 05 DIAS (439 inc. B)
- CAUSALES
EMPLAZAMIENTO Y ELEVACION,
- PARA ABSOLVER, ADHERIRSE Y FIJAR DOMICILIO PROCESAL DENTRO DE 05 DÍAS.- FIJAR MODO DE RECIBIR LA COMUNICACIONES.- VENCIDO PLAZO SE REMITE ALA SALA O TRIBUNAL
COMPETENTE
44. CONTROL DE DECISIONES JUDICIALES
APELACIÒN DE AUTOS Y SENTENCIAS
Tribunal Superior Militar Policial (Art 449)
Formulada, emplazará interesados a que
contesten o adhieren al recurso y fijen
domicilio en radio urbano en plazo de
cinco días
Vencido plazo, eleva al Tribunal Supremo
Militar Policial
AUDIENCIA (Art 450)
-Se La apertura con partes que comparecen.
O sus abogados,
-Debatirán sobre fundamentos de apelación.
-Vocales pueden interrogar los recurrentes
-Prueba ofrecida, si es admitida se reciben el
acto.
CONVOCATORIA A AUDIENCIA PUBLICA
(Art. 450)
Dentro de 10 días de recibida TSMP
convocará a audiencia oral pública.
RESOLUCIÒN (Art 451)
TSMP en 30 días desde la apertura de
audiencia emitirá ejecutoria
REENVIO (Art 452)
1. No intervienen mismos vocales
2. No pena mayor si recurso fue interpuesto
por imputado
3. Segunda absolución no puede impugnarse
INTERPOSICIÒN (Art 453
Ante Sala Revisora por:
Condenado o su defensor
Fiscal Supremo Militar Policial
Cónyuge, ascendientes, descendientes
del condenado si falleció
AUDIENCIA (Art 457)
TSMP podrá¨:
Declarar improcedente
Declarar la nulidad de la sentencia
- Remite a nuevo juicio
- Pronuncia directamente sentencia
PROCEDIMIENTO (Art. 456)
Rigen reglas de las impugnaciones
SENTENCIA ABSOLUTORIA (Art 457)
TSMP si pronuncia sentencia absolutoria o
declara la extinción de acción, ordenará:
- Libertad de imputado
- Restitución de multa pagada
- Devolución de objetos comisados
Nueva sentencia, resolverá de oficio
indemnización al condenado o sus
herederos
RECURSO DE APELACIÒN RECURSO DE REVISIÒN DE SENTENCIA
FIRME