La ley establece las garantías para los bienes de consumo en España, entrando en vigor el 11 de septiembre de 2003. La ley regula que los bienes deben ser conformes con la descripción del vendedor, tener las cualidades anunciadas, ser aptos para su uso habitual y tener la calidad esperada. El consumidor puede optar por la reparación, sustitución, rebaja de precio o resolución del contrato si el bien no es conforme, y el vendedor responde durante dos años por los defectos.