1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Instituto Universitario de Tecnología
Antonio José de Sucre
Extensión Barquisimeto.
Perez Walter, C.I. 23.485.844
Escuela Mecánica 79 Nocturno
Barquisimeto, Noviembre de 2016
2. Es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo, que regula en la República Bolivariana de Venezuela, entre otras
cosas: los derechos y deberes de los trabajadores y los empleados en
relación con su seguridad, salud y ambiente de trabajo; las sanciones por el
incumplimiento de la normativa y responsabilidad del empleador. Dicha ley
fue publicada en Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005,
se abre una nueva página en la historia de lucha de muchos trabajadores,
que marcará el futuro de la salud y la seguridad laboral en nuestro país. Así
mismo, esta ley es regulada por el Ministerio del Poder Popular para el
Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales, quienes asumen el compromiso de observan el
cumplimiento de las condiciones de seguridad, salud y bienestar para
favorecer un óptimo ambiente de trabajo y propicio para el pleno ejercicio de
las facultades mentales y físicas de los trabajadores y trabajadoras, por
medio del impulso del trabajo seguro y saludable, y la prevención de
accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Por otra parte por deber se entiende como la responsabilidad de un individuo
frente a otro, aunque este otro pueda ser una persona física o una persona
jurídica, el deber se establece de manera previa a adquirir una
responsabilidad y espera que del otro una conducta que favorezca su
cumplimiento. Por su parte derecho es lo que está conforme a la regla, se
inspira en postulados de justicia y constituyo el orden normativo e
institucionalidad que regula la conducta humana en la sociedad. En este
mismo orden de ideas cuando se lleva el derecho y el deber en cuando a la
LOPCYMAT tenemos que entre algunos de ellos el trabajador debe contar
con lo siguiente: Ser informados de las condiciones en las que se va a
trabajar, de la presencia de sustancias tóxicas, posibles daños y cómo
prevenirlos; Recibir formación teóricas y prácticas, suficiente, adecuada y en
forma periódica, para la ejecución de las funciones inherentes a su actividad.
3. ; No ser sometido a condiciones de trabajo peligrosas o insalubres que
puedan ser eliminadas o atenuadas con modificaciones al proceso
productivo, Si esto no es posible, el trabajador deberá ser previstos de los
implementos y equipos de protección adecuados a los condiciones de
trabajo. Todo esto según el art. 53 de la ley, que nos dice que los
trabajadores deben contar con condiciones óptimas para poder desarrollar de
buena manera su trabajo. Por otra parte los empleadores tienen derecho a:
Exigir de sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de
higiene, seguridad y ergonomía, y de las políticas de prevención y participar
en los programas para la creación, utilización del tiempo libre, descanso y
turismo social que mejoren su calidad de vida, salud y productividad;
Participar en la discusión y adopción de las políticas nacionales, regionales,
locales, por rama de actividad, empresa y establecimiento en el área de
seguridad y salud en el trabajo.
Así mismo ambos gremios tiene deberes que cumplir el uno con el otro, entre
ellas tenemos: Ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con
sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa
de su propia seguridad y salud sino también con respecto a los demás
trabajadores y trabajadoras y en resguardo de las instalaciones donde
labora; El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de
Seguridad y Salud en el trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y
Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia,
considere que los sistemas de control a que se refiere esta disposición no
correspondiesen a las condiciones inseguras que se pretende controlar. Y
también por parte del empleador, Organizar el trabajo de conformidad con los
avances tecnológicos que permitan su ejecución en condiciones adecuadas
a la capacidad física y mental de los trabajadores y trabajadoras a sus
hábitos y creencias culturales y a su dignidad como personas humanas;
Consultar a los trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones, y al
4. Comité de Seguridad y Salud Laboral, antes de que se ejecuten, las medidas
que prevean cambios en la organización del trabajo que puedan afectar a un
grupo o a la totalidad de los trabajadores y trabajadoras o decisiones
importantes de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo.
En este mismo orden de ideas, para el buen cumplimiento de dichas normas
de debe contar con un delegado de prevención que no es más que un
representante de los trabajadores elegido por y entre ellos por medio de
elecciones que se encarga de la seguridad y salud en el trabajo.
Dependiendo de la cantidad de trabajadores de la empresa de deben elegir
los delegados, por ejemplo entre 1 y 10 trabajadores corresponde uno solo y
entre 11y 50 corresponden 2. Las personas que no pueden ser escogidas
como delegados son aquellas que tengan alguna relación directa con el
patrono o patrona, sean familiares y personas de confianza para que no
hayan problemas en un futuro. Así mismo, quien es electo como delegado
goza de inamovilidad laboral por un periodo igual a dos años y tres meses y
solo lo pueden remover los trabajadores que lo eligieron en el cargo a través
del mecanismo de revocatorio. Para finalizar hablaremos del comité de
seguridad y salud laboral; es un organizo partidario y colegiado de
participación destinado a la consulta regular y periódica en cuando a política,
programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. Está
conformado por los Delegados de Prevención electos por los trabajadores y
los Representantes del Patrono designados por este. En conclusión la
LOPCYMAT es una ley que busca el bienestar laboral tanto para empleados
como para empleadores, y busca forma un ambiente de armonía dentro de la
organización, aunque a veces es complicado lograr dicho objetivo pero es
necesario para que no exista abuso de ninguna de las dos partes.