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CLARA JUSIDMAN RAPOPORTCLARA JUSIDMAN RAPOPORT
Presidenta fundadora de INCIDE Social AC, una organización que
defiende derechos entre otros temas. Es miembro titular del Seminario
de Cultura Mexicana y del grupo Por México Hoy. En 2016 fue
integrante del Grupo Redactor del Proyecto de Constitución de la
CDMX y diputada constituyente.
Licenciada en Economía de la UNAM. Trabajo por 25 años en el
Gobierno Federal. En 1997 fue directora del Registro Federal
Electoral y de 1997 al 2000 Secretaria de Desarrollo Social del
Gobierno del Distrito Federal.
A partir de 1991 se incorporó a las organizaciones de la sociedad civil
en lucha por la democracia. En 1994 coordinó los trabajos técnicos de
la participación de México en la Conferencia Mundial de la Mujer en
Beijing y formó parte de la coordinación nacional de Alianza Cívica.
En 2003 participó en la formulación del Diagnostico sobre la Situación
de los Derechos Humanos en México para la Oficina del Alto
Comisionado de Naciones Unidas. En 2010 y 2011 dirigió cuatroComisionado de Naciones Unidas. En 2010 y 2011 dirigió cuatro
investigaciones diagnósticas sobre las causas de las violencias en
Ciudad Juárez, Tijuana, Aguascalientes y Guadalajara.
Es miembro de los consejos de Ciudadanos en Apoyo a la Derechos
Humanos, A. C. (CADHAC), de Radio Educación, de la Fundación
Nutrición y Salud y del Consejo Académico del Programa
Universitario de Estudios del Desarrollo de la UNAM. Fue consejera
de la Comisión de Derechos Humanos del D.F y de la Comisión
Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres (CONAVIM) y miembro
del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).
Tiene varias publicaciones sobre empleo y remuneraciones, economía
informal, política de alimentación, desarrollo y política social, políticas
hacia las familias, derechos económicos, sociales y culturales,
derechos de las mujeres, democracia y desarrollo de la sociedad civil,
así como sobre las causas económicas, sociales y culturales de las
violencias en México y más recientemente sobre la Carta de Derechos
de la Constitución de la Ciudad de México.
Los derechos humanos de las
personas mayorespersonas mayores
Clara Jusidman Rapoport
INCIDE Social A.C.
CDI, 30 de agosto 2017
Población de personas mayores
• Actualmente hay 12 millones de personas mayores
de 60 años en el país
• En la CDMX el 13.2% de la población es mayor a 65
años.años.
• En 2030 más del 20%
de la población será
adulta mayor.
• Únicamente existen en México 401 Médicos
Geriatras Certificados
• En el país se requieren hoy alrededor de dos
mil 500 especialistas en esa materiamil 500 especialistas en esa materia
especializada.
Derechos humanos
• Los derechos humanos son atributos y garantías
de todas las personas para vivir una vida de
libertad y dignidad, en virtud de su dignidad
común.
• Corresponden a todas las personas, al margen y
por encima de las leyes, los cuales deben ser
reconocidos y protegidos.
por encima de las leyes, los cuales deben ser
reconocidos y protegidos.
• Este reconocimiento se ha establecido
universalmente a través de distintos
instrumentos internacionales: declaraciones,
pactos, convenciones y protocolos que obligan a
los Estados a respetarlos, protegerlos,
promoverlos y garantizarlos.
Derechos humanos por su naturaleza
• Civiles y políticos
• Económicos, sociales y culturales
• Ambientales
• De los grupos de población• De los grupos de población
mujeres
infancia
personas con discapacidad
personas mayores
trabajadores migratorios y sus familias
• De los pueblos
Principales instrumentos internacionales
de derechos humanos
• Declaración Universal de los Derechos
Humanos 1948
• Pacto Internacional de Derechos Políticos y
Civiles 1966Civiles 1966
• Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales 1966
• Convención Internacional contra todas las
formas de Discriminación 1965
Principales instrumentos
internacionales de derechos humanos
• Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer 1979
• Convención sobre los Derechos del Niño 1989
• Convención Internacional para la protección• Convención Internacional para la protección
de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y sus familiares 1990
• Convención para la protección de los derechos
de las personas con discapacidad
Principales instrumentos del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos
• Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre 1948
• Convención Americana sobre Derechos
Humanos 1969Humanos 1969
• Protocolo adicional a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos en
materia de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales “Protocolo de San Salvador”
Principales instrumentos del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos
• Convención Interamericana para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer “Convención Belém Do Pará”
• Convención Interamericana para la• Convención Interamericana para la
eliminación de todas las formas de
discriminación contra las personas con
discapacidad .
Instrumento del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos
• CONVENCIÓN INTERAMERICANA
SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOSSOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS DE LAS
PERSONAS MAYORES 2016
Objetivo de la CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
• Proteger y asegurar el reconocimiento y el
pleno goce y ejercicio, en condiciones de
igualdad, de todos los derechos humanos yigualdad, de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales de la persona
mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión,
integración y participación en la sociedad.
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 3
a) La promoción y defensa de los derechos
humanos y libertades fundamentales de la
persona mayor.
b) La valorización de la persona mayor, su papelb) La valorización de la persona mayor, su papel
en la sociedad y contribución al desarrollo.
c) La dignidad, independencia, protagonismo y
autonomía de la persona mayor.
d) La igualdad y no discriminación.
e) La participación, integración e inclusión plena y
efectiva en la sociedad.
Principios generales (cont.)
f) El bienestar y cuidado.
g) La seguridad física, económica y social.
h) La autorrealización.
i) La equidad e igualdad de género y enfoque dei) La equidad e igualdad de género y enfoque de
curso de vida.
j) La solidaridad y fortalecimiento de la
protección familiar y comunitaria.
Principios generales (cont.)
k) El buen trato y la atención preferencial.
l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los
derechos de la persona mayor.
m) El respeto y valorización de la diversidad cultural.
n) La protección judicial efectiva.n) La protección judicial efectiva.
o) La responsabilidad del Estado y participación de la
familia y de la comunidad en la integración activa,
plena y productiva de la persona mayor dentro de la
sociedad, así como en su cuidado y atención, de
acuerdo con su legislación interna.
CAPÍTULO IV
DERECHOS PROTEGIDOSDERECHOS PROTEGIDOS
Los derechos incluidos
• Igualdad y no discriminación por razones de edad
• Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez
• Derecho a la independencia y a la autonomía
• Derecho a la participación e integración comunitariaDerecho a la participación e integración comunitaria
• Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo
de violencia
• Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o
tratos crueles, inhumanos o degradantes
• Derecho a brindar consentimiento libre e informado
en el ámbito de la salud
Los derechos incluidos
• Derechos de la persona mayor que recibe servicios
de cuidado a largo plazo
• Derecho a la libertad personal
• Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al• Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al
acceso a la información
• Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación
• Derecho a la privacidad y a la intimidad
• Derecho a la seguridad social
• Derecho al trabajo
Los derechos incluidos
• Derecho a la salud
• Derecho a la educación
• Derecho a la cultura
• Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte• Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte
• Derecho a la propiedad
• Derecho a la vivienda
• Derecho a un medio ambiente sano
• Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal
Los derechos incluidos
• Derechos políticos
• Derecho de reunión y de asociación
• Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias
• Igual reconocimiento como persona ante la ley• Igual reconocimiento como persona ante la ley
• Acceso a la justicia
Artículo 5
Igualdad y no discriminación por razones de edad
• Queda prohibida por la presente
Convención la discriminación porConvención la discriminación por
edad en la vejez.
Artículo 6
Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez
• La persona mayor tiene el goce
efectivo del derecho a la vida y el
derecho a vivir con dignidad en laderecho a vivir con dignidad en la
vejez hasta el fin de sus días, en
igualdad de condiciones con otros
sectores de la población.
Artículo 7
Derecho a la independencia y a la autonomía
• El derecho de la persona mayor a tomar
decisiones, a la definición de su plan de
vida, a desarrollar una vida autónoma e
independiente, conforme a susindependiente, conforme a sus
tradiciones y creencias, en igualdad de
condiciones y a disponer de
mecanismos para poder ejercer sus
derechos.
Artículo 8
Derecho a la participación e integración comunitaria
• La persona mayor tiene derecho
a la participación activa,
productiva, plena y efectivaproductiva, plena y efectiva
dentro de la familia, la
comunidad y la sociedad para su
integración en todas ellas.
Artículo 9
Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de
violencia
• La persona mayor tiene derecho a la seguridad y
a una vida sin ningún tipo de violencia, a recibir
un trato digno y a ser respetada y valorada,
independientemente de la raza, el color, el sexo,
el idioma, la cultura, la religión, la opiniónel idioma, la cultura, la religión, la opinión
política o de otra índole, el origen social,
nacional, étnico, indígena e identidad cultural, la
posición socio-económica, discapacidad, la
orientación sexual, el género, la identidad de
género, su contribución económica o cualquier
otra condición.
Artículo 10
Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes
• La persona mayor tiene
derecho a no ser sometida a
tortura y otros tratos o penastortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o
degradantes.
Artículo 11
Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el
ámbito de la salud
• La persona mayor tiene el derecho
irrenunciable a manifestar su
consentimiento libre e informado en el
ámbito de la salud. La negación de esteámbito de la salud. La negación de este
derecho constituye una forma de
vulneración de los derechos humanos
de la persona mayor.
Artículo 12
Derechos de la persona mayor que recibe servicios de
cuidado a largo plazo
• La persona mayor tiene derecho a un sistema
integral de cuidados que provea la protección
y promoción de la salud, cobertura de
servicios sociales, seguridad alimentaria yservicios sociales, seguridad alimentaria y
nutricional, agua, vestuario y vivienda;
promoviendo que la persona mayor pueda
decidir permanecer en su hogar y mantener
su independencia y autonomía.
Artículo 13
Derecho a la libertad personal
• La persona mayor tiene derecho a la
libertad y seguridad personal,
independientemente del ámbito en elindependientemente del ámbito en el
que se desenvuelva.
Artículo 14
Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al acceso a
la información
• La persona mayor tiene derecho
a la libertad de expresión y
opinión y al acceso a laopinión y al acceso a la
información, en igualdad de
condiciones con otros sectores
de la población y por los medios
de su elección.
Artículo 15
Derecho a la nacionalidad y a la libertad de
circulación
• La persona mayor tiene derecho a la
libertad de circulación, a la libertad
para elegir su residencia y a poseerpara elegir su residencia y a poseer
una nacionalidad en igualdad de
condiciones con los demás sectores
de la población, sin discriminación
por razones de edad.
Artículo 16
Derecho a la privacidad y a la intimidad
• La persona mayor tiene derecho a la privacidad
y a la intimidad y a no ser objeto de injerencias
arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia,
hogar o unidad doméstica, o cualquier ámbito
en el que se desenvuelvan, así como en su
correspondencia o cualquier otro tipo de
en el que se desenvuelvan, así como en su
correspondencia o cualquier otro tipo de
comunicación.
• La persona mayor tiene derecho a no ser objeto
de agresiones contra su dignidad, honor y
reputación, y a la privacidad en los actos de
higiene o en las actividades que desarrolle,
independientemente del ámbito en el que se
desenvuelva.
Artículo 17
Derecho a la seguridad social
• Toda persona mayor tiene derecho a
la seguridad social que la proteja
para llevar una vida digna.para llevar una vida digna.
Artículo 18
Derecho al trabajo
• La persona mayor tiene derecho
al trabajo digno y decente y a la
igualdad de oportunidades y deigualdad de oportunidades y de
trato respecto de los otros
trabajadores, sea cual fuere su
edad.
Artículo 19
Derecho a la salud
• La persona mayor tiene
derecho a su salud física y
mental, sin ningún tipo demental, sin ningún tipo de
discriminación.
Artículo 20
Derecho a la educación
• La persona mayor tiene derecho a la
educación en igualdad de condiciones con
otros sectores de la población y sin
discriminación, en las modalidades definidasdiscriminación, en las modalidades definidas
por cada uno de los Estados Parte, y a
participar en los programas educativos
existentes en todos los niveles, y a compartir
sus conocimientos y experiencias con todas
las generaciones.
Artículo 21
Derecho a la cultura
• La persona mayor tiene derecho a su
identidad cultural, a participar en la vida
cultural y artística de la comunidad, al
disfrute de los beneficios del progresodisfrute de los beneficios del progreso
científico y tecnológico y de otros producto
de la diversidad cultural, así como a
compartir sus conocimientos y experiencias
con otras generaciones, en cualquiera de los
contextos en los que se desarrolle.
Artículo 22
Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte
• La persona mayor tiene derecho
a la recreación, la actividad
física, el esparcimiento y elfísica, el esparcimiento y el
deporte.
Artículo 23
Derecho a la propiedad
• Toda persona mayor tiene
derecho al uso y goce de sus
bienes y a no ser privada debienes y a no ser privada de
estos por motivos de edad. La
ley puede subordinar tal uso y
goce al interés social.
Artículo 24
Derecho a la vivienda
• La persona mayor tiene derecho
a una vivienda digna y adecuada,
y a vivir en entornos seguros,y a vivir en entornos seguros,
saludables, accesibles y
adaptables a sus preferencias y
necesidades.
Artículo 25
Derecho a un medio ambiente sano
• La persona mayor tiene derecho
a vivir en un medio ambiente
sano y a contar con serviciossano y a contar con servicios
públicos básicos.
Artículo 26
Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal
• La persona mayor tiene derecho
a la accesibilidad al entorno
físico, social, económico yfísico, social, económico y
cultural, y a su movilidad
personal.
Artículo 27
Derechos políticos
• La persona mayor tiene derecho a la
participación en la vida política y
pública en igualdad de condiciones con
los demás y a no ser discriminados porlos demás y a no ser discriminados por
motivo de edad.
• La persona mayor tiene derecho a votar
libremente y ser elegido, debiendo el
Estado facilitar las condiciones y los
medios para ejercer esos derechos.
Artículo 28
Derecho de reunión y de asociación
• La persona mayor tiene derecho
a reunirse pacíficamente y a
formar libremente sus propiasformar libremente sus propias
agrupaciones o asociaciones, de
conformidad con el derecho
internacional de los derechos
humanos.
Artículo 29
Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias
• La persona mayor tiene derechos en
situaciones de riesgo, incluidas
situaciones de conflicto armado,
emergencias humanitarias y desastres,emergencias humanitarias y desastres,
de conformidad con las normas de
derecho internacional, en particular del
derecho internacional de los derechos
humanos y del derecho internacional
humanitario.
Artículo 30
Igual reconocimiento como persona ante la ley
• La persona mayor tiene derecho
al reconocimiento de su
personalidad jurídica.personalidad jurídica.
Articulo 31
Acceso a la justicia
• La persona mayor tiene derecho a ser oída,
con las debidas garantías y dentro de un
plazo razonable, por un juez o tribunal
competente, independiente e imparcial,competente, independiente e imparcial,
establecido con anterioridad por la ley, en la
sustanciación de cualquier acusación penal
formulada contra ella, o para la
determinación de sus derechos y
obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o
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Los derechos humanos de las personas mayores

  • 1.
  • 2. CLARA JUSIDMAN RAPOPORTCLARA JUSIDMAN RAPOPORT Presidenta fundadora de INCIDE Social AC, una organización que defiende derechos entre otros temas. Es miembro titular del Seminario de Cultura Mexicana y del grupo Por México Hoy. En 2016 fue integrante del Grupo Redactor del Proyecto de Constitución de la CDMX y diputada constituyente. Licenciada en Economía de la UNAM. Trabajo por 25 años en el Gobierno Federal. En 1997 fue directora del Registro Federal Electoral y de 1997 al 2000 Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal. A partir de 1991 se incorporó a las organizaciones de la sociedad civil en lucha por la democracia. En 1994 coordinó los trabajos técnicos de la participación de México en la Conferencia Mundial de la Mujer en Beijing y formó parte de la coordinación nacional de Alianza Cívica. En 2003 participó en la formulación del Diagnostico sobre la Situación de los Derechos Humanos en México para la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas. En 2010 y 2011 dirigió cuatroComisionado de Naciones Unidas. En 2010 y 2011 dirigió cuatro investigaciones diagnósticas sobre las causas de las violencias en Ciudad Juárez, Tijuana, Aguascalientes y Guadalajara. Es miembro de los consejos de Ciudadanos en Apoyo a la Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), de Radio Educación, de la Fundación Nutrición y Salud y del Consejo Académico del Programa Universitario de Estudios del Desarrollo de la UNAM. Fue consejera de la Comisión de Derechos Humanos del D.F y de la Comisión Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres (CONAVIM) y miembro del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). Tiene varias publicaciones sobre empleo y remuneraciones, economía informal, política de alimentación, desarrollo y política social, políticas hacia las familias, derechos económicos, sociales y culturales, derechos de las mujeres, democracia y desarrollo de la sociedad civil, así como sobre las causas económicas, sociales y culturales de las violencias en México y más recientemente sobre la Carta de Derechos de la Constitución de la Ciudad de México.
  • 3. Los derechos humanos de las personas mayorespersonas mayores Clara Jusidman Rapoport INCIDE Social A.C. CDI, 30 de agosto 2017
  • 4.
  • 5. Población de personas mayores • Actualmente hay 12 millones de personas mayores de 60 años en el país • En la CDMX el 13.2% de la población es mayor a 65 años.años. • En 2030 más del 20% de la población será adulta mayor.
  • 6. • Únicamente existen en México 401 Médicos Geriatras Certificados • En el país se requieren hoy alrededor de dos mil 500 especialistas en esa materiamil 500 especialistas en esa materia especializada.
  • 7. Derechos humanos • Los derechos humanos son atributos y garantías de todas las personas para vivir una vida de libertad y dignidad, en virtud de su dignidad común. • Corresponden a todas las personas, al margen y por encima de las leyes, los cuales deben ser reconocidos y protegidos. por encima de las leyes, los cuales deben ser reconocidos y protegidos. • Este reconocimiento se ha establecido universalmente a través de distintos instrumentos internacionales: declaraciones, pactos, convenciones y protocolos que obligan a los Estados a respetarlos, protegerlos, promoverlos y garantizarlos.
  • 8. Derechos humanos por su naturaleza • Civiles y políticos • Económicos, sociales y culturales • Ambientales • De los grupos de población• De los grupos de población mujeres infancia personas con discapacidad personas mayores trabajadores migratorios y sus familias • De los pueblos
  • 9. Principales instrumentos internacionales de derechos humanos • Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948 • Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles 1966Civiles 1966 • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966 • Convención Internacional contra todas las formas de Discriminación 1965
  • 10. Principales instrumentos internacionales de derechos humanos • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 1979 • Convención sobre los Derechos del Niño 1989 • Convención Internacional para la protección• Convención Internacional para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares 1990 • Convención para la protección de los derechos de las personas con discapacidad
  • 11. Principales instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre 1948 • Convención Americana sobre Derechos Humanos 1969Humanos 1969 • Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”
  • 12. Principales instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos • Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención Belém Do Pará” • Convención Interamericana para la• Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad .
  • 13. Instrumento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOSSOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES 2016
  • 14. Objetivo de la CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES • Proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos yigualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
  • 15. CAPÍTULO II PRINCIPIOS GENERALES Artículo 3 a) La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. b) La valorización de la persona mayor, su papelb) La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo. c) La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor. d) La igualdad y no discriminación. e) La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad.
  • 16. Principios generales (cont.) f) El bienestar y cuidado. g) La seguridad física, económica y social. h) La autorrealización. i) La equidad e igualdad de género y enfoque dei) La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida. j) La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria.
  • 17. Principios generales (cont.) k) El buen trato y la atención preferencial. l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor. m) El respeto y valorización de la diversidad cultural. n) La protección judicial efectiva.n) La protección judicial efectiva. o) La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna.
  • 19. Los derechos incluidos • Igualdad y no discriminación por razones de edad • Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez • Derecho a la independencia y a la autonomía • Derecho a la participación e integración comunitariaDerecho a la participación e integración comunitaria • Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia • Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes • Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud
  • 20. Los derechos incluidos • Derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo • Derecho a la libertad personal • Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al• Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información • Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación • Derecho a la privacidad y a la intimidad • Derecho a la seguridad social • Derecho al trabajo
  • 21. Los derechos incluidos • Derecho a la salud • Derecho a la educación • Derecho a la cultura • Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte• Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte • Derecho a la propiedad • Derecho a la vivienda • Derecho a un medio ambiente sano • Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal
  • 22. Los derechos incluidos • Derechos políticos • Derecho de reunión y de asociación • Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias • Igual reconocimiento como persona ante la ley• Igual reconocimiento como persona ante la ley • Acceso a la justicia
  • 23. Artículo 5 Igualdad y no discriminación por razones de edad • Queda prohibida por la presente Convención la discriminación porConvención la discriminación por edad en la vejez.
  • 24. Artículo 6 Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez • La persona mayor tiene el goce efectivo del derecho a la vida y el derecho a vivir con dignidad en laderecho a vivir con dignidad en la vejez hasta el fin de sus días, en igualdad de condiciones con otros sectores de la población.
  • 25. Artículo 7 Derecho a la independencia y a la autonomía • El derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a la definición de su plan de vida, a desarrollar una vida autónoma e independiente, conforme a susindependiente, conforme a sus tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones y a disponer de mecanismos para poder ejercer sus derechos.
  • 26. Artículo 8 Derecho a la participación e integración comunitaria • La persona mayor tiene derecho a la participación activa, productiva, plena y efectivaproductiva, plena y efectiva dentro de la familia, la comunidad y la sociedad para su integración en todas ellas.
  • 27. Artículo 9 Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia • La persona mayor tiene derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, a recibir un trato digno y a ser respetada y valorada, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la cultura, la religión, la opiniónel idioma, la cultura, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen social, nacional, étnico, indígena e identidad cultural, la posición socio-económica, discapacidad, la orientación sexual, el género, la identidad de género, su contribución económica o cualquier otra condición.
  • 28. Artículo 10 Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes • La persona mayor tiene derecho a no ser sometida a tortura y otros tratos o penastortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • 29. Artículo 11 Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud • La persona mayor tiene el derecho irrenunciable a manifestar su consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. La negación de esteámbito de la salud. La negación de este derecho constituye una forma de vulneración de los derechos humanos de la persona mayor.
  • 30. Artículo 12 Derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo • La persona mayor tiene derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria yservicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda; promoviendo que la persona mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia y autonomía.
  • 31. Artículo 13 Derecho a la libertad personal • La persona mayor tiene derecho a la libertad y seguridad personal, independientemente del ámbito en elindependientemente del ámbito en el que se desenvuelva.
  • 32. Artículo 14 Derecho a la libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información • La persona mayor tiene derecho a la libertad de expresión y opinión y al acceso a laopinión y al acceso a la información, en igualdad de condiciones con otros sectores de la población y por los medios de su elección.
  • 33. Artículo 15 Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación • La persona mayor tiene derecho a la libertad de circulación, a la libertad para elegir su residencia y a poseerpara elegir su residencia y a poseer una nacionalidad en igualdad de condiciones con los demás sectores de la población, sin discriminación por razones de edad.
  • 34. Artículo 16 Derecho a la privacidad y a la intimidad • La persona mayor tiene derecho a la privacidad y a la intimidad y a no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, hogar o unidad doméstica, o cualquier ámbito en el que se desenvuelvan, así como en su correspondencia o cualquier otro tipo de en el que se desenvuelvan, así como en su correspondencia o cualquier otro tipo de comunicación. • La persona mayor tiene derecho a no ser objeto de agresiones contra su dignidad, honor y reputación, y a la privacidad en los actos de higiene o en las actividades que desarrolle, independientemente del ámbito en el que se desenvuelva.
  • 35. Artículo 17 Derecho a la seguridad social • Toda persona mayor tiene derecho a la seguridad social que la proteja para llevar una vida digna.para llevar una vida digna.
  • 36. Artículo 18 Derecho al trabajo • La persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y deigualdad de oportunidades y de trato respecto de los otros trabajadores, sea cual fuere su edad.
  • 37. Artículo 19 Derecho a la salud • La persona mayor tiene derecho a su salud física y mental, sin ningún tipo demental, sin ningún tipo de discriminación.
  • 38. Artículo 20 Derecho a la educación • La persona mayor tiene derecho a la educación en igualdad de condiciones con otros sectores de la población y sin discriminación, en las modalidades definidasdiscriminación, en las modalidades definidas por cada uno de los Estados Parte, y a participar en los programas educativos existentes en todos los niveles, y a compartir sus conocimientos y experiencias con todas las generaciones.
  • 39. Artículo 21 Derecho a la cultura • La persona mayor tiene derecho a su identidad cultural, a participar en la vida cultural y artística de la comunidad, al disfrute de los beneficios del progresodisfrute de los beneficios del progreso científico y tecnológico y de otros producto de la diversidad cultural, así como a compartir sus conocimientos y experiencias con otras generaciones, en cualquiera de los contextos en los que se desarrolle.
  • 40. Artículo 22 Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte • La persona mayor tiene derecho a la recreación, la actividad física, el esparcimiento y elfísica, el esparcimiento y el deporte.
  • 41. Artículo 23 Derecho a la propiedad • Toda persona mayor tiene derecho al uso y goce de sus bienes y a no ser privada debienes y a no ser privada de estos por motivos de edad. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social.
  • 42. Artículo 24 Derecho a la vivienda • La persona mayor tiene derecho a una vivienda digna y adecuada, y a vivir en entornos seguros,y a vivir en entornos seguros, saludables, accesibles y adaptables a sus preferencias y necesidades.
  • 43. Artículo 25 Derecho a un medio ambiente sano • La persona mayor tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con serviciossano y a contar con servicios públicos básicos.
  • 44. Artículo 26 Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal • La persona mayor tiene derecho a la accesibilidad al entorno físico, social, económico yfísico, social, económico y cultural, y a su movilidad personal.
  • 45. Artículo 27 Derechos políticos • La persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminados porlos demás y a no ser discriminados por motivo de edad. • La persona mayor tiene derecho a votar libremente y ser elegido, debiendo el Estado facilitar las condiciones y los medios para ejercer esos derechos.
  • 46. Artículo 28 Derecho de reunión y de asociación • La persona mayor tiene derecho a reunirse pacíficamente y a formar libremente sus propiasformar libremente sus propias agrupaciones o asociaciones, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos.
  • 47. Artículo 29 Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias • La persona mayor tiene derechos en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres,emergencias humanitarias y desastres, de conformidad con las normas de derecho internacional, en particular del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
  • 48. Artículo 30 Igual reconocimiento como persona ante la ley • La persona mayor tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.personalidad jurídica.
  • 49. Articulo 31 Acceso a la justicia • La persona mayor tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial,competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.