Sena
Sdip S.A.S

Manual COPASO

Área de Bienestar y Salud Ocupacional
Líder Asesor S.O

Bogotá D.C
15/marzo/2013
Índice

Tema

Página

Introducción……………………………………………………………………………..1
Justificación……………………………………………………………………………..2
Objetivo general………………………………………………………………………...3
Alcance…………………………………………………………………………………..4
Marco legal………………………………………………………………………………5
Marco técnico…………………………………………………………………………..6-11
Que pasa cuando una empresa no tiene constituido el COPASO………………..12
Glosario………………………………………………………………………………….13-14
Bibliografía y cibergrafia……………………………………………………………….15
INTRODUCCIÓN
El comité paritario de salud ocupacional (COPASO) constituye un medio
esencial de promoción y prevención de la salud ocupacional dentro de la
empresa, es por esto que este manual de copaso es la guía del empleador
y los trabajadores para conformarlo e implementar hábitos pactados de
seguridad e higiene industrial, en los cuales las dos partes llegarán a
acuerdos de participación, organización y funcionamiento como lo
reglamenta la resolución 2013 de 1986.

1
JUSTIFICACIÓN
De acuerdo con el plan básico legal, es obligación de toda empresa tener
un comité paritario de salud ocupacional (COPASO), como organismo de
control interno que vele por el cumplimiento de acciones de promoción y
prevención definidas en el sistema de gestión y salud en el trabajo y la
aplicación de normas técnicas y legales.
Es por esto que el presente documento, pretende ser una guía que
oriente la conformación y organización de dicho organismo dentro de la
empresa SDIP S.A.S.

2
OBJETIVO GENERAL
Guiar a la empresa en la conformación y funcionamiento del Comité
paritario de salud ocupacional (COPASO) de acuerdo a la normatividad Y
políticas vigentes de la empresa SDIP S.A.S, ya que es una herramienta
fundamental, que requiere dedicación, conocimiento y esfuerzo por parte de
las personas responsables de su conformación.

3
ALCANCE
Desde la constitución del Comité paritario de salud ocupacional, hasta la
disolución de la constitución del mismo (Res 2013 de 1986)

4
MARCO LEGAL
NORMA

DESCRIPCIÓN

Resolución
2013/1986

Por la cual se reglamenta la organización y
funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene
y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de
Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el
artículo 25 del Decreto 614 de 1984.

Resolución
1016/1989

Reglamenta los programas de salud ocupacional en
empresas y estableces pautas para los
subprogramas de salud ocupacional
El comité paritario de medicina medicina,
higiene y seguridad industrial se denominara
COPASO y seguirá rigiéndose por la
Resolución 2013/1986

Decreto 1295/94
Artículo 21-22-35-63

5
MARCO TÉCNICO
A continuación se dará a conocer la conformación y funcionamiento del
(COPASO) de acuerdo con el marco legal establecido y políticas vigentes de
la empresa SDIP S.A.S.
COPASO:
Es un órgano de control interno conformado entre el empleador y sus
trabajadores que actúan en coordinación y en pro de la seguridad de todos los
trabajadores de la empresa, que se encarga de promover, prevenir y vigilar las
normas y el sistema de gestión de salud en el trabajo dentro de la empresa.

¿COMO DEBE ESTAR CONSTITUIDO EL COPASO EN
SDIP S.A.S?
Desde el 2012 se empezó a constituir el COPASO en la empresa didáctica SDIP
S.A.S, con el apoyo de Mauricio Herrera, en este primer trimestre se realizó la
elección de representantes por medio de una encuesta virtual, donde los
seleccionados fueron los que obtuvieron mayor parte de votos por los integrantes
de cada una de las oficinas.
En la primera reunión se seleccionaron por medio de votos el presidente y el
secretario, quedando como presidente Cristian Calvera y como secretario Johanna
Tinjaca.
En el segundo trimestre la elección de presidente se hizo por medio de votos por
los integrantes del COPASO, quedando de presidente Rosa Angélica silva y de
secretario Alexandra Pérez, donde se realizaron capacitaciones sobre bullying,
pausas activas, entre otros.
En el actual trimestre se diseñó un nuevo cargo: LIDER ASESOR DE SALUD
OCUPACIONAL, el cual trabaja de la mano con el líder del área de Bienestar y
con el presidente del COPASO.

6
PROCEDIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN DEL COPASO:
1. Sensibilización: a los trabajadores de la importancia del COPASO
dentro de la empresa
2. Inscripción: de los trabajadores (voluntaria)
3. Presentación de proyectos
4. Votación y escrutinio: (Fecha, hora, lugar, jurado)
5. Elección del representante del empleador
6. Publicación de los miembros principales y suplentes
7. Reunión de constitución

PROCEDIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN DEL COPASO DENTRO DE
SDIP S.A.S
1. Sensibilización: se realiza la sensibilización a las nuevas oficinas de
SDIP, para que así participen de la postulación, votación e integración
del COPASO.
2. Inscripción: El COPASO se debe conformar luego del proceso de
selección y sensibilización de cada oficina, se postulara una persona
integrante del área de Bienestar y salud ocupacional obligatoriamente,
en caso que nadie disponga el coordinador de dicha área tendrá la
autoridad para postular a alguien.
3. Elección del representante del empleador: dentro de los integrantes
ya postulados y elegidos se realiza la votación para elegir el líder
asesor en salud ocupacional
4. Reunión de constitución: Presentación de propuestas y proyectos e
implementación de estas dentro de la empresa SDIP S.A.S
COMO SE CONFORMA EL COPASO
“Cada comité como su nombre lo indica debe estar conformado o integrado por igual
número de representantes del empleador y los trabajadores
- De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes.
- De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes.
- De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.

7
De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.
Las empresas o establecimientos de trabajo que tengan a su servicio menos de diez
trabajadores, deberán tener un vigía ocupacional que hará las mismas funciones que
el COPASO”
COMO SE CONFORMA EL COPASO DENTRO DE SDIP S.A.S.
El COPASO dentro de SDIP S.A.S se conforma teniendo en cuenta la cantidad de
oficinas que hayan trimestralmente, por cada oficina un integrante del área de
Bienestar y Salud Ocupacional deberá ser integrante del COPASO.
Es decir en el actual trimestre somos 9 oficinas, hay un representante de cada
una contando con el líder asesor de S.O y el líder de Bienestar y salud
ocupacional, en total somos 11 integrantes.

Dentro del COPASO Habrá:
 Presidente (lo elige el empleador)
 Líder Asesor de Salud Ocupacional (lo elige los integrantes del comité)
 Líder del área de Bienestar (apoyo)

Referenciado Res2013/1986

8
FUNCIONES DEL COPASO
PROPONER:
A la empresa y a las áreas de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de
actividades que mejoren la salud en los ambientes de trabajo, además la activa
participación de los trabajadores supervisores directivos de la empresa en la
capacitación del programa de salud ocupacional
VIGILAR:
El cumplimiento de las actividades de prevención higiene y seguridad industrial en la
empresa de acuerdo a las normas vigentes en el sistema de gestión y salud en el
trabajo
INSPECCIONAR:
Periódicamente los ambientes de trabajo, maquinaria y equipos de trabajo entre otra
herramientas que puedan afectar la integridad de los trabajadores, informando a la
empresa los factores de riesgo encontrados sugiriendo medidas preventivas y
correctivas.
SOLICITAR:
A la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el
objeto de dar cumplimiento al sistema de gestión y salud en el trabajo
ANALIZAR:
Las causas de los accidentes laborales y enfermedades laborales, que existan en los
diferentes ambientes de trabajo para darle el respectivo seguimiento teniendo en
cuenta la resolución 2013/1986.

9
PERIODO DE LOS MIEMBROS DEL COPASO
“Los miembros del Comité serán elegidos por dos año al cabo del cual podrán ser
relegidos”.

PERIODO DE LOS MIEMBROS DEL COPASO DE SDIP S.A.S
Los miembros del Comité serán cambiados trimestralmente, y no podrán ser
reelegidos a excepción del LIDER ASESOR DE S.O.

REUNIONES QUE DEBEN CUMPLIR EL COPASO
Serán convocadas y lideradas por el presidente del comité el cual las orientara en
forma dinámica destinar 4 horas semanales tiempo proporcionado por el carácter
extraordinario en caso de accidente de trabajo grave o riesgo inminente con la
presencia del responsable del área.

REUNIONES QUE DEBEN CUMPLIR EL COPASO DENTRO DE SDIP S.A.S
Serán convocadas y lideradas por el líder asesor del comité el cual las orientara en
forma dinámica, destinar 1 hora semanal tiempo proporcionado por el carácter
extraordinario en caso de accidente de trabajo grave o riesgo inminente con la
presencia del responsable del área.

Referenciado: Modificado por el decreto – Art.63 ley 1295 de 1994.

10
FUNCIONES
DEL
OCUPACIONAL

LIDER

ASESOR

DE

SALUD

 Orientar, organizar y dirigir las reuniones y temas a tratar en la reunión
 Determinar el lugar, fecha y hora de la reunión
 Coordinar todo lo que sea necesario para el funcionamiento y
organización del COPASO
 Dar a conocer los procedimientos aprobados en el COPASO a todos los
trabajadores

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO
 Verificar asistencia en las reuniones
 Elaborar acta de los temas tratados en la reunión
 Llevar el archivo de las actividades a realizar y suministrar información
cuando se requerida por parte del empleador y los trabajadores
 Informar mediante canales de comunicación las actividades,
compromisos y otros aspectos importantes del PSO, a los trabajadores

11

Referenciado Res2013/1986
¿QUE PASA CUANDO UNA EMPRESA NO TIENE
CONSTITUIDO EL COPASO?
“Muchas empresas están obligadas a tener COPASO y aún no lo saben, si no
lo realizan serán multadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y
para el trabajador que no acate las disposiciones del COPASO, existe la
posibilidad que lo despidan”
Las empresas obligadas a tener COPASO y no lo constituyen, tienen sanción
según El artículo 91, numeral 2º del Decreto 1295 de 1994 establece multas
hasta de 500 s.m.m.l.v. para el empleador que incumpla toda la normatividad
existente sobre Riesgos Profesionales, además de la posibilidad de suspensión
de actividades y hasta el cierre definitivo de acuerdo a la omisión. Las
empresas con menos de 10 trabajadores
No están obligadas a tener COPASO, pero si deben tener un Vigía
Ocupacional, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario
(Decreto 1295 de 1994). Si un trabajador se niega a acatar las disposiciones
de seguridad industrial que determine el COPASO El empleador está facultado
en dicho caso, a dar por terminado su contrato de trabajo con justa causa, y
previa diligencia de descargos.
12

Referenciado: http://actualicese.com

GLOSARIO
 COMITÉ: En una
empresa es el
cuerpo representativo de los
trabajadores en una empresa, está integrado por trabajadores elegidos
libremente por sus compañeros y compañeras de trabajo. Estos trabajadores
suelen denominarse "delegados" del personal, o representante sindical en la
empresa.
 PARITARIO: Se aplica a la organización o asamblea que está constituida
por varias partes que tienen el mismo número de representantes.
 VOTACION: Es el propósito de toda la planeación, preparación,
reclutamiento y capacitación, producción de materiales y adquisición de
equipos, prueba de sistemas y todas las otras actividades preparatorias que
es la de garantizar que las operaciones relativas a la jornada electoral se
desarrolle de manera efectiva.
 RELEGIDOS: La reelección es un concepto que se utiliza principalmente
en el ámbito de la política para hacer referencia al acto mediante el cual una
persona que ejerce un cargo de cualquier tipo elegible puede presentarse
luego de terminado su período en funciones a una reelección.

DEROGADO: Es un Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin
efecto a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La
derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.
 PROMULGACIÓN: Es un acto formal y solemne, realizado por el un jefe,
a través del cual se atestigua la existencia de una ley, a la vez que ordena
cumplirla y hacerla cumplir, dándole a la misma fuerza ejecutiva y carácter
imperativo.

RIESGO INMINENTE: Es cualquier condición o práctica en cualquier lugar
de empleo cuya naturaleza representa un peligro inmediato que se espera pueda
causar la muerte o una lesión física grave o donde la posibilidad inminente de
dicho peligro puede eliminarse mediante los procedimientos de aplicación que de
otra manera brinda esta Ley.

QUÓRUM: Es la proporción o número de asistentes que se requiere para
que una sesión de un cuerpo colegiado, en especial parlamentario, pueda
comenzar, o adoptar una decisión formalmente válida.

DIVULGACIÓN: En la interpretación y popularización del conocimiento
entre el público general sin circunscribirse a ámbitos académicos específicos
convirtiéndose así en popular.

PRESIDIR: Tener el primer puesto o lugar más importante o de más
autoridad en una asamblea, corporación, junta, tribunal, acto, empresa.
13


NOTIFICAR: consiste no en una declaración, sino en crear un acto jurídico
mediante por el cual la declaración llegue a ser percibida por una determinada
persona, permitiéndole conocer su contenido.

14 Referenciado: http://www.wordreference.com
Bibliografía y cibergrafia
Manual COPASO (ministerio de protección social
Resolución 2013/1986
Resolución 1016/1989
Decreto 1295/1994
http://actualicese.com
http://www.arpsura.com/
http://servicios.elpais.com

15

Manual copaso sdip sas

  • 1.
    Sena Sdip S.A.S Manual COPASO Áreade Bienestar y Salud Ocupacional Líder Asesor S.O Bogotá D.C 15/marzo/2013
  • 2.
    Índice Tema Página Introducción……………………………………………………………………………..1 Justificación……………………………………………………………………………..2 Objetivo general………………………………………………………………………...3 Alcance…………………………………………………………………………………..4 Marco legal………………………………………………………………………………5 Marcotécnico…………………………………………………………………………..6-11 Que pasa cuando una empresa no tiene constituido el COPASO………………..12 Glosario………………………………………………………………………………….13-14 Bibliografía y cibergrafia……………………………………………………………….15
  • 3.
    INTRODUCCIÓN El comité paritariode salud ocupacional (COPASO) constituye un medio esencial de promoción y prevención de la salud ocupacional dentro de la empresa, es por esto que este manual de copaso es la guía del empleador y los trabajadores para conformarlo e implementar hábitos pactados de seguridad e higiene industrial, en los cuales las dos partes llegarán a acuerdos de participación, organización y funcionamiento como lo reglamenta la resolución 2013 de 1986. 1
  • 4.
    JUSTIFICACIÓN De acuerdo conel plan básico legal, es obligación de toda empresa tener un comité paritario de salud ocupacional (COPASO), como organismo de control interno que vele por el cumplimiento de acciones de promoción y prevención definidas en el sistema de gestión y salud en el trabajo y la aplicación de normas técnicas y legales. Es por esto que el presente documento, pretende ser una guía que oriente la conformación y organización de dicho organismo dentro de la empresa SDIP S.A.S. 2
  • 5.
    OBJETIVO GENERAL Guiar ala empresa en la conformación y funcionamiento del Comité paritario de salud ocupacional (COPASO) de acuerdo a la normatividad Y políticas vigentes de la empresa SDIP S.A.S, ya que es una herramienta fundamental, que requiere dedicación, conocimiento y esfuerzo por parte de las personas responsables de su conformación. 3
  • 6.
    ALCANCE Desde la constitucióndel Comité paritario de salud ocupacional, hasta la disolución de la constitución del mismo (Res 2013 de 1986) 4
  • 7.
    MARCO LEGAL NORMA DESCRIPCIÓN Resolución 2013/1986 Por lacual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984. Resolución 1016/1989 Reglamenta los programas de salud ocupacional en empresas y estableces pautas para los subprogramas de salud ocupacional El comité paritario de medicina medicina, higiene y seguridad industrial se denominara COPASO y seguirá rigiéndose por la Resolución 2013/1986 Decreto 1295/94 Artículo 21-22-35-63 5
  • 8.
    MARCO TÉCNICO A continuaciónse dará a conocer la conformación y funcionamiento del (COPASO) de acuerdo con el marco legal establecido y políticas vigentes de la empresa SDIP S.A.S. COPASO: Es un órgano de control interno conformado entre el empleador y sus trabajadores que actúan en coordinación y en pro de la seguridad de todos los trabajadores de la empresa, que se encarga de promover, prevenir y vigilar las normas y el sistema de gestión de salud en el trabajo dentro de la empresa. ¿COMO DEBE ESTAR CONSTITUIDO EL COPASO EN SDIP S.A.S? Desde el 2012 se empezó a constituir el COPASO en la empresa didáctica SDIP S.A.S, con el apoyo de Mauricio Herrera, en este primer trimestre se realizó la elección de representantes por medio de una encuesta virtual, donde los seleccionados fueron los que obtuvieron mayor parte de votos por los integrantes de cada una de las oficinas. En la primera reunión se seleccionaron por medio de votos el presidente y el secretario, quedando como presidente Cristian Calvera y como secretario Johanna Tinjaca. En el segundo trimestre la elección de presidente se hizo por medio de votos por los integrantes del COPASO, quedando de presidente Rosa Angélica silva y de secretario Alexandra Pérez, donde se realizaron capacitaciones sobre bullying, pausas activas, entre otros. En el actual trimestre se diseñó un nuevo cargo: LIDER ASESOR DE SALUD OCUPACIONAL, el cual trabaja de la mano con el líder del área de Bienestar y con el presidente del COPASO. 6
  • 9.
    PROCEDIMIENTO DE LACONSTITUCIÓN DEL COPASO: 1. Sensibilización: a los trabajadores de la importancia del COPASO dentro de la empresa 2. Inscripción: de los trabajadores (voluntaria) 3. Presentación de proyectos 4. Votación y escrutinio: (Fecha, hora, lugar, jurado) 5. Elección del representante del empleador 6. Publicación de los miembros principales y suplentes 7. Reunión de constitución PROCEDIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN DEL COPASO DENTRO DE SDIP S.A.S 1. Sensibilización: se realiza la sensibilización a las nuevas oficinas de SDIP, para que así participen de la postulación, votación e integración del COPASO. 2. Inscripción: El COPASO se debe conformar luego del proceso de selección y sensibilización de cada oficina, se postulara una persona integrante del área de Bienestar y salud ocupacional obligatoriamente, en caso que nadie disponga el coordinador de dicha área tendrá la autoridad para postular a alguien. 3. Elección del representante del empleador: dentro de los integrantes ya postulados y elegidos se realiza la votación para elegir el líder asesor en salud ocupacional 4. Reunión de constitución: Presentación de propuestas y proyectos e implementación de estas dentro de la empresa SDIP S.A.S COMO SE CONFORMA EL COPASO “Cada comité como su nombre lo indica debe estar conformado o integrado por igual número de representantes del empleador y los trabajadores - De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes. - De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. - De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. 7
  • 10.
    De 1000 omás trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. Las empresas o establecimientos de trabajo que tengan a su servicio menos de diez trabajadores, deberán tener un vigía ocupacional que hará las mismas funciones que el COPASO” COMO SE CONFORMA EL COPASO DENTRO DE SDIP S.A.S. El COPASO dentro de SDIP S.A.S se conforma teniendo en cuenta la cantidad de oficinas que hayan trimestralmente, por cada oficina un integrante del área de Bienestar y Salud Ocupacional deberá ser integrante del COPASO. Es decir en el actual trimestre somos 9 oficinas, hay un representante de cada una contando con el líder asesor de S.O y el líder de Bienestar y salud ocupacional, en total somos 11 integrantes. Dentro del COPASO Habrá:  Presidente (lo elige el empleador)  Líder Asesor de Salud Ocupacional (lo elige los integrantes del comité)  Líder del área de Bienestar (apoyo) Referenciado Res2013/1986 8
  • 11.
    FUNCIONES DEL COPASO PROPONER: Ala empresa y a las áreas de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que mejoren la salud en los ambientes de trabajo, además la activa participación de los trabajadores supervisores directivos de la empresa en la capacitación del programa de salud ocupacional VIGILAR: El cumplimiento de las actividades de prevención higiene y seguridad industrial en la empresa de acuerdo a las normas vigentes en el sistema de gestión y salud en el trabajo INSPECCIONAR: Periódicamente los ambientes de trabajo, maquinaria y equipos de trabajo entre otra herramientas que puedan afectar la integridad de los trabajadores, informando a la empresa los factores de riesgo encontrados sugiriendo medidas preventivas y correctivas. SOLICITAR: A la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento al sistema de gestión y salud en el trabajo ANALIZAR: Las causas de los accidentes laborales y enfermedades laborales, que existan en los diferentes ambientes de trabajo para darle el respectivo seguimiento teniendo en cuenta la resolución 2013/1986. 9
  • 12.
    PERIODO DE LOSMIEMBROS DEL COPASO “Los miembros del Comité serán elegidos por dos año al cabo del cual podrán ser relegidos”. PERIODO DE LOS MIEMBROS DEL COPASO DE SDIP S.A.S Los miembros del Comité serán cambiados trimestralmente, y no podrán ser reelegidos a excepción del LIDER ASESOR DE S.O. REUNIONES QUE DEBEN CUMPLIR EL COPASO Serán convocadas y lideradas por el presidente del comité el cual las orientara en forma dinámica destinar 4 horas semanales tiempo proporcionado por el carácter extraordinario en caso de accidente de trabajo grave o riesgo inminente con la presencia del responsable del área. REUNIONES QUE DEBEN CUMPLIR EL COPASO DENTRO DE SDIP S.A.S Serán convocadas y lideradas por el líder asesor del comité el cual las orientara en forma dinámica, destinar 1 hora semanal tiempo proporcionado por el carácter extraordinario en caso de accidente de trabajo grave o riesgo inminente con la presencia del responsable del área. Referenciado: Modificado por el decreto – Art.63 ley 1295 de 1994. 10
  • 13.
    FUNCIONES DEL OCUPACIONAL LIDER ASESOR DE SALUD  Orientar, organizary dirigir las reuniones y temas a tratar en la reunión  Determinar el lugar, fecha y hora de la reunión  Coordinar todo lo que sea necesario para el funcionamiento y organización del COPASO  Dar a conocer los procedimientos aprobados en el COPASO a todos los trabajadores FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO  Verificar asistencia en las reuniones  Elaborar acta de los temas tratados en la reunión  Llevar el archivo de las actividades a realizar y suministrar información cuando se requerida por parte del empleador y los trabajadores  Informar mediante canales de comunicación las actividades, compromisos y otros aspectos importantes del PSO, a los trabajadores 11 Referenciado Res2013/1986
  • 14.
    ¿QUE PASA CUANDOUNA EMPRESA NO TIENE CONSTITUIDO EL COPASO? “Muchas empresas están obligadas a tener COPASO y aún no lo saben, si no lo realizan serán multadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y para el trabajador que no acate las disposiciones del COPASO, existe la posibilidad que lo despidan” Las empresas obligadas a tener COPASO y no lo constituyen, tienen sanción según El artículo 91, numeral 2º del Decreto 1295 de 1994 establece multas hasta de 500 s.m.m.l.v. para el empleador que incumpla toda la normatividad existente sobre Riesgos Profesionales, además de la posibilidad de suspensión de actividades y hasta el cierre definitivo de acuerdo a la omisión. Las empresas con menos de 10 trabajadores No están obligadas a tener COPASO, pero si deben tener un Vigía Ocupacional, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario (Decreto 1295 de 1994). Si un trabajador se niega a acatar las disposiciones de seguridad industrial que determine el COPASO El empleador está facultado en dicho caso, a dar por terminado su contrato de trabajo con justa causa, y previa diligencia de descargos.
  • 15.
    12 Referenciado: http://actualicese.com GLOSARIO  COMITÉ:En una empresa es el cuerpo representativo de los trabajadores en una empresa, está integrado por trabajadores elegidos libremente por sus compañeros y compañeras de trabajo. Estos trabajadores suelen denominarse "delegados" del personal, o representante sindical en la empresa.  PARITARIO: Se aplica a la organización o asamblea que está constituida por varias partes que tienen el mismo número de representantes.  VOTACION: Es el propósito de toda la planeación, preparación, reclutamiento y capacitación, producción de materiales y adquisición de equipos, prueba de sistemas y todas las otras actividades preparatorias que es la de garantizar que las operaciones relativas a la jornada electoral se desarrolle de manera efectiva.  RELEGIDOS: La reelección es un concepto que se utiliza principalmente en el ámbito de la política para hacer referencia al acto mediante el cual una persona que ejerce un cargo de cualquier tipo elegible puede presentarse luego de terminado su período en funciones a una reelección.  DEROGADO: Es un Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin efecto a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.  PROMULGACIÓN: Es un acto formal y solemne, realizado por el un jefe, a través del cual se atestigua la existencia de una ley, a la vez que ordena cumplirla y hacerla cumplir, dándole a la misma fuerza ejecutiva y carácter imperativo.  RIESGO INMINENTE: Es cualquier condición o práctica en cualquier lugar de empleo cuya naturaleza representa un peligro inmediato que se espera pueda causar la muerte o una lesión física grave o donde la posibilidad inminente de dicho peligro puede eliminarse mediante los procedimientos de aplicación que de otra manera brinda esta Ley.  QUÓRUM: Es la proporción o número de asistentes que se requiere para que una sesión de un cuerpo colegiado, en especial parlamentario, pueda comenzar, o adoptar una decisión formalmente válida.  DIVULGACIÓN: En la interpretación y popularización del conocimiento entre el público general sin circunscribirse a ámbitos académicos específicos convirtiéndose así en popular.  PRESIDIR: Tener el primer puesto o lugar más importante o de más autoridad en una asamblea, corporación, junta, tribunal, acto, empresa.
  • 16.
    13  NOTIFICAR: consiste noen una declaración, sino en crear un acto jurídico mediante por el cual la declaración llegue a ser percibida por una determinada persona, permitiéndole conocer su contenido. 14 Referenciado: http://www.wordreference.com
  • 17.
    Bibliografía y cibergrafia ManualCOPASO (ministerio de protección social Resolución 2013/1986 Resolución 1016/1989 Decreto 1295/1994 http://actualicese.com http://www.arpsura.com/ http://servicios.elpais.com 15