La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece que los padres tienen la obligación legal de proporcionar manutención a sus hijos menores de edad, incluso si los padres están separados. La ley requiere que el padre o madre que no vive con los hijos pague una manutención mensual o quincenal para cubrir los gastos básicos de los niños. Si ninguno de los padres vive con los hijos, ambos deben contribuir a la manutención. La le
En la materia de Derecho, en especial en el ámbito familiar, es importante conocer que es una pensión alimenticia, por si necesitamos de ella en algún momento
En la materia de Derecho, en especial en el ámbito familiar, es importante conocer que es una pensión alimenticia, por si necesitamos de ella en algún momento
Mapa conceptual sobre la Lopnna
Mis mas sinceras disculpas por no presentarlo por el programa Cmaptools, francamente fue porque mi computadora por ningun medio me acepto el poder instalarlo.
Espero me disculpe
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Es la obligación de los padres para con los hijos, de suplirles todo lo necesario, de acuerdo a sus capacidades económicas, para lograr su crianza, formación, educación, mantenimiento y asistencia.
Este derecho es recíproco, en el sentido que también lo tienen los hijos para con sus padres y ascendientes.
En la materia de Derecho Familiar, las pensiones alimenticias son un caso muy común, del que debe tenerse la información suficiente, en caso de necesitar saber algo
Este trabajo esta relacionado con todo lo que tiene que ver con la manutencion del niño, niña y adolescentes.
Quienes estan encargados de llevar a cabo este proceso, el procedimiento, los medios, entre otros.
La responsabilidad parental en la asistencia alimentaria. Natalia CastilloSilvia Profesora
Defensa final del Masterado en Ciencias Jurídicas de la Universidad Tecnológica Intercontinental (UTIC), sede Caacupé. Cátedra Derecho de la Niñez y la Adolescencia.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdf
Manutención en Venezuela
1. Republica bolivariana de Venezuela
ministerio del poder popular para la educación
universidad bicentenaria de Aragua
La obligación de manutención
(LOPNNA)
2. La obligación de manutención
os niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una
alimentación sana y balanceada, vestido, calzado,
salud, etc. En función de garantizar que esto se cumpla
la LOPNNA establece la obligación de manutención a
padres separados sin la custodia.
3. LOPNNA
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (LOPNNA), fue creada para reguardar los
derechos de los menores, entre estos el derecho a un nivel de
vida adecuado señalado en el artículo 30 de la Ley. En aquellos
casos donde los padres de los niños son separados, el padre o
madre que no viva con los niños tiene la obligación de cancelar
una manutención mensual o quincenal que cubra los gastos
básicos de sus hijos. Si ninguno de los dos padres vive con los
niños, ambos deben cubrir con la manutención.
4. El artículo 365 de la LOPNNA estipula que la obligación de manutención corresponde al padre y
la madre de los menores de edad, quienes deben suministrarle a sus hijos todas las herramientas
necesarias para garantizar su sano desarrollo biológico, físico, psicológico, emocional y espiritual.
Este derecho se extiende hasta después de haber alcanzado la mayoría de edad, cuando el hijo
presente aún impedimento que le permita valerse por sí mismo o se encuentre cursando estudios
que le impidan trabajar
5. la Constitución expresa en su artículo 77 que El padre y la madre tiene el
deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir
a sus hijos o hijas. La ley establecerá las medidas necesarias y adecuadas para
garantizar la efectividad de la obligación alimentaria.
6. determinación de la obligación de manutención
Para determinar el monto de la manutención, se
tomarán cuentan las necesidades del niño y la
capacidad económica del obligado. Si este último
trabaja de forma independiente el monto se
establecerá por cualquier medio idóneo, como
estado de cuentas bancarias, bienes, ingresos, etc.
En aquellos casos donde el obligado no trabaje, el
monto se calculará en base al salario mínimo
vigente, por ningún motivo la falta de empleo podrá
ser considerada como un motivo para evadir dicha
obligación, salvo en aquellos casos donde exista un
impedimento de fuerza mayor como una
enfermedad grave, incapacidad.
7. Extensión de la obligación de manutención
En aquellos casos donde el padre y la madre no puedan asumir los
gastos económicos de sus hijos ya sea por: fallecimiento, escasos
recursos económicos, enfermedad o algún otro impedimento, la
obligación podrá extenderse hasta los hermanos mayores del menor;
los abuelos, tíos o representantes del niño.
8. Derecho irrenunciable
El niño, niña, adolescente, el padre, la madre o el representante del que ejerza la
guarda y custodia menor, podrá solicitar a los progenitores que la cancelación de la
obligación de manutención del niño. El monto puede ser establecido de mutuo
acuerdo, siempre y cuando cubra los requerimientos del niño, en estos casos el juez
de menores debe velar por los intereses del niño.
9. Cómo se formula la denuncia?
1.- De forma VERBAL: en el caso que una persona quiera realizar una denuncia
verbal, debe dirigirse a la Coordinación de Vigilancia y Disciplina, en donde se le
tomará entrevista y se levantará un acta en presencia del denunciante, quien la
firmará junto con el funcionario que la reciba.
2.- De forma ESCRITA: Debe ser consignada en un documento firmado por el
denunciante o por un apoderado con facultados para hacerlo. Si el denunciante no
puede firmar, estampará sus huellas dactilares.