MARCO DE LA SEGURIDAD SOCIAL , regimenes y seguros del imss
1. REGIMENES Y
SEGUROS DEL
IMSS
INVALIDEZ Y VIDA
Si una persona tiene 2 pensiones,
podrá recibirlas si no excede el 100%
del salario superior, la invalidez es
cuando el trabajador esta
imposibilitado para la realización de
su trabajo, por lo cuál el IMSS así lo
reportará. Para la pensión deberá de
haber tener 250 semanas de
cotización
ENFERMEDADES Y
MATERNIDAD
El asegurado, el pensionado, la
esposa o concubina, los hijos
menores de 16 años, padres del
asegurado, así como los pensionados
por incapacidad permanente, las
madres trabajadoras gozarán de 6
semanas antes y después del parto
una incapacidad y el patrón será
sancionado si no inscribió al
trabajador al IMSS
REGIMEN VOLUNTARIO
Cumpliendo con el compromiso de
otorgar servicios de salud,
extendiéndose al campo, indígenas,
hombres y mujeres que sean
trabajadores independientes,
contratando del manera
independiente el seguro, otorgando
del IMSS para otorgar seguro de vida
y otras a favor de las personas que lo
contraten de manera independiente
RIESGOS DE TRABAJO
Si el patrón registro al trabajador queda
relevado de sus obligaciones, según la LFT
Los riesgos producen: Diversas
incapacidades o muerte.
El trabajador tiene derecho a: asistencia
médica, hospitalización, aparatos
protésicos y ortopedia, rehabilitación,
tendrá el 100% o 70% de su salario,
dependiendo de su situación
GUARDERIAS Y
PRESTACIONES SOCIALES
El cuidado de los hijos se ofrecerá a
la mujer trabajadora, trabajador
viudo o divorciado en un turno de
matutino y/o vespertino;
fortaleciendo la salud del niño y su
buen desarrollo futuro, mejoramiento
de la calidad de vida desarrollo
cultural y deportivo, centros
vacacionales y admón de velatorios
RETIRO Y CESANTIA EN EDAD
AVANZADA
Esta considerado como una parte de
la cuenta individual del mismo modo
en la LSS con tres subcuentas y en la
LISSSTE con seis subcuentas
REGIMENES OBLIGATORIOS
Toda persona que sea
subordinado de una persona
física o moral tiene derecho al
IMSS, dichos patrones tienen un
plazo de 5 días para inscribirlo,
su omisión es sujeto de
sanciones y responsabilidades.
SALARIO BASE
DE COTIZACIÓN
Se integra con el salario cuota
diaria y todas las prestaciones
que el patrón otorgue, excepto
los indicados en el Art. 27 de la
LSS.
DERECHO EMPRESARIAL - BEATRIZ GÓMEZ PINZÓN