Marco Legal vigente del manejo de la información de los pacientes y las TIOscar Díaz
Creo que todas las personas o al menos la mayoría en México tiene un expediente clínico, el cual debió y debe ser creado, modificado y expuesto bajo el estricto consentimiento y conocimiento del dueño de este o una persona titular.
Los médicos deben saber que el secreto médico es uno de los deberes principales del ejercicio médico cuyo origen se remonta a los tiempos más remotos de la historia y que hoy mantiene toda su vigencia, la obligación de secretos es uno de los temas del derecho sanitario que más preocupa dada la creciente dificultad de su mantenimiento, el secreto no es absoluto, en la práctica médica pueden surgir situaciones de conflicto entre el deber de secreto y el principio de beneficencia del médico, fuerte protección legal del derecho a la intimidad.
Es por eso que debemos entender la magnitud del conocimiento de la historia clínica de cualquier persona, debemos ser conscientes que puede ser usada de manera incorrecta, que puede difundirse nuestra información, es necesario difundir esta información ya que así le daremos como doctores o pacientes el mejor uso para beneficio de todos.
No olvidemos que el correcto uso de nuestra información personal ayudará evitar problemas, conocer que es lo correcto o lo que si podemos hacer para evitar mal uso de nuestra información es nuestra obligación, ponemos en las manos de las personas y de los doctores herramientas para un mejor uso de la información.
Marco legal vigente del manejo de la información de los pacientes y las tiOscar Díaz
Creo que todas las personas o al menos la mayoría en México tiene un expediente clínico, el cual debió y debe ser creado, modificado y expuesto bajo el estricto consentimiento y conocimiento del dueño de este o una persona titular.
Los médicos deben saber que el secreto médico es uno de los deberes principales del ejercicio médico cuyo origen se remonta a los tiempos más remotos de la historia y que hoy mantiene toda su vigencia, la obligación de secretos es uno de los temas del derecho sanitario que más preocupa dada la creciente dificultad de su mantenimiento, el secreto no es absoluto, en la práctica médica pueden surgir situaciones de conflicto entre el deber de secreto y el principio de beneficencia del médico, fuerte protección legal del derecho a la intimidad.
Es por eso que debemos entender la magnitud del conocimiento de la historia clínica de cualquier persona, debemos ser conscientes que puede ser usada de manera incorrecta, que puede difundirse nuestra información, es necesario difundir esta información ya que así le daremos como doctores o pacientes el mejor uso para beneficio de todos.
No olvidemos que el correcto uso de nuestra información personal ayudará evitar problemas, conocer que es lo correcto o lo que si podemos hacer para evitar mal uso de nuestra información es nuestra obligación, ponemos en las manos de las personas y de los doctores herramientas para un mejor uso de la información.
Marco Legal vigente del manejo de la información de los pacientes y las TIOscar Díaz
Creo que todas las personas o al menos la mayoría en México tiene un expediente clínico, el cual debió y debe ser creado, modificado y expuesto bajo el estricto consentimiento y conocimiento del dueño de este o una persona titular.
Los médicos deben saber que el secreto médico es uno de los deberes principales del ejercicio médico cuyo origen se remonta a los tiempos más remotos de la historia y que hoy mantiene toda su vigencia, la obligación de secretos es uno de los temas del derecho sanitario que más preocupa dada la creciente dificultad de su mantenimiento, el secreto no es absoluto, en la práctica médica pueden surgir situaciones de conflicto entre el deber de secreto y el principio de beneficencia del médico, fuerte protección legal del derecho a la intimidad.
Es por eso que debemos entender la magnitud del conocimiento de la historia clínica de cualquier persona, debemos ser conscientes que puede ser usada de manera incorrecta, que puede difundirse nuestra información, es necesario difundir esta información ya que así le daremos como doctores o pacientes el mejor uso para beneficio de todos.
No olvidemos que el correcto uso de nuestra información personal ayudará evitar problemas, conocer que es lo correcto o lo que si podemos hacer para evitar mal uso de nuestra información es nuestra obligación, ponemos en las manos de las personas y de los doctores herramientas para un mejor uso de la información.
Marco legal vigente del manejo de la información de los pacientes y las tiOscar Díaz
Creo que todas las personas o al menos la mayoría en México tiene un expediente clínico, el cual debió y debe ser creado, modificado y expuesto bajo el estricto consentimiento y conocimiento del dueño de este o una persona titular.
Los médicos deben saber que el secreto médico es uno de los deberes principales del ejercicio médico cuyo origen se remonta a los tiempos más remotos de la historia y que hoy mantiene toda su vigencia, la obligación de secretos es uno de los temas del derecho sanitario que más preocupa dada la creciente dificultad de su mantenimiento, el secreto no es absoluto, en la práctica médica pueden surgir situaciones de conflicto entre el deber de secreto y el principio de beneficencia del médico, fuerte protección legal del derecho a la intimidad.
Es por eso que debemos entender la magnitud del conocimiento de la historia clínica de cualquier persona, debemos ser conscientes que puede ser usada de manera incorrecta, que puede difundirse nuestra información, es necesario difundir esta información ya que así le daremos como doctores o pacientes el mejor uso para beneficio de todos.
No olvidemos que el correcto uso de nuestra información personal ayudará evitar problemas, conocer que es lo correcto o lo que si podemos hacer para evitar mal uso de nuestra información es nuestra obligación, ponemos en las manos de las personas y de los doctores herramientas para un mejor uso de la información.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Bases para la prevención de conflictos derivados del acto médico.pptxDiana Gonzalez
Bioetica médica
publicacion oficial de los derechos de los médicos y los pacientes / actualizado 2022 / ademas de presentar las bases para la prevención de conflictos derivados del acto medico asi como probables metodos para la resolucion de conflictos de interes en la relacion medic o paciente
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Libro del Padre César Augusto Calderón Caicedo sacerdote Exorcista colombiano. Donde explica y comparte sus experiencias como especialista en posesiones y demologia.
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Marco legal vigente del manejo de la información
1. Marco Legal vigente del manejo
de la información de los
pacientes y las TI
Mendoza González Erika Anaí
2. Es toda información concerniente o relativa a una
persona física identificada o identificable.
3. NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente
clínico.
El objetivo de esta Norma Oficial
Mexicana es establece los criterios
científicos, tecnológicos y
administrativos obligatorios en la
elaboración, integración, uso y archivo
del expediente clínico.
4. Historia Clínica
Conjunto de información ordenada y detallada que recopila
cronológicamente todos los aspectos relativos a la salud de un
paciente y a la de su familia en un periodo determinado de su
vida.
Obligatoria
Irremplazable
Privada
Objetiva y veraz
6. Deberán contener como mínimo:
Nombre de la institución a la que pertenezca el establecimiento.
Nombre, razón o denominación social del establecimiento.
Título del documento.
Lugar y fecha en que se emite.
Acto autorizado.
Señalamiento de los riesgos y beneficios esperados del acto médico autorizado.
Autorización al personal de salud para la atención de contingencias y urgencias.
7. Las leyes de protección de datos personales tienen
el objetivo de:
Defienden la dignidad del ser humano.
Reconocen a la persona como titular de los derechos.
Derecho a la Salud.
Derecho a la protección de datos personales.
8. Es fundamental es el
reconocimiento de la titularidad
del paciente sobre los datos que
proporciona al personal del área
de la salud.
10. Toda persona tendrá el derecho a que se respete su vida privada cuando
se trate de informaciones relativas a la salud.
Toda persona tendrá derecho a conocer toda información obtenida
respecto a su salud- No obstante, deberá respetarse la voluntad de
una persona a no ser informada.
De modo excepcional, la ley podrá establecer restricciones, en interés del
paciente.
11. Médico-legal:
1. Se trata de un documento público/semipúblico: acceso limitado.
2. Elemento de prueba en los casos de responsabilidad médica
profesional.
3. Testimonio documental de veracidad de declaraciones sobre actos
clínicos y conducta profesional.
4. Instrumento de dictamen pericial.
12. Repercusiones en el incumplimiento o la no
realización de la historia clínica
Mal praxis clínico-asistencial, por incumplimiento de la
normativa legal.
Riesgo de potencial responsabilidad por perjuicios al
paciente, a la institución, a la administración.
Riesgo médico legal objetivo, por carencia del elemento
en reclamaciones por mal praxis médica.