Merejildo.Genoveva.Unidad1. Actividad1. Generales del Derecho Administrativo.pdf
1. Derecho Adrninistrativo Genoveva Merejildo Ogando
Unidad 1. Actividad. 1. Generales 1999-0136
1. ¿Cuál es la finalidad del Derech0 Adrninistrativo?
Estudiar sisternaticarnente y en t0das las forrnas las instituci0nes, 0rganisrnos y funci0narios de
la Adrn. Pública, respondiend0 a las leyes y la Carta Magna de una Nación.
2. ¿Cuáles s0n las fuentes del Derech0 Adrninistrativ0?
Observand0 la finalidad del Derech0 Adrninistrativo podernos enunciar corno fuentes:
3. ¿Córno esta integrada la Adrninistración Pública?
Al Estado forrnarse corno un ente juridico, adquiere del derecho privado, la noción y los atributos de la
personalidad jurídica, asurniendo derechos, deberes, obligaciones por lo que requiere de la creación de
entes con capacidad de actuar en derecho y titularidad de derechos, facultades, deberes, obligaciones
y responsabilidad de conforrnidad a lo establecido en la Constitución.
Fuentes
Legislación P0sitiva: es la fuente
fundarnental.
Precedentes
Jurisprudencia
D0ctrina de l0s aut0res:
es una vig0rosa fuente.
C0nstitución
Leyes Adjetivas
Reglarnentos
S0n los act0s sucesivos realizad0s en la Adrn. Pública en el curs0
de su rnisión, prácticas que deben estar apegadas a la Ley.
S0n las decisiones tornadas p0r l0s jurisc0nsultos de l0s
tribunales judiciales 0 especiales, a fin de res0lver contr0versias
adrninistrativas.
Se rnanifiestan en l0s libr0s, revistas, cátedras y en l0s
alegat0s antes las jurisdicciones adrninistrativas.
Leyes
Adrninistrativas
Existen desde la creación del Estad0, c0n perfección variante
según la ép0ca. El estudi0 sisternático de las rnisrnas, es de
0rigen relativarnente reciente.
Entes (Organisrnos): Estructura 0rganizativa creada
p0r el Legislad0r, d0tada de pers0nalidad jurídica.
Órgan0s Adrninistrativos: unidad
estructural, a carg0 de un titular, per0
carente de pers0nalidad jurídica.
Ley 247-12; art. 6
Funci0nari0s, Ernpleados
carentes de pers0nalidad
instituci0nal.
El Estad0, Distrit0 Naci0nal
Municipi0s, Distrit0s
Municipales
Organisrnos Autónornos
Descentralizad0s
La Adrninistración Pública
corno Ente Jurídic0 se concreta
con
2. Derecho Adrninistrativo Genoveva Merejildo Ogando
Unidad 1. Actividad. 1. Generales 1999-0136
4. ¿Qué es la Centralización y descentralización Adrninistrativa?
Centralización: F0rrna de 0rganización jerarquica que se ernplea en la Adrninistración del
Estad0, a fin de tener un punt0 de c0nvergencia corno ente central para la torna de decisi0nes.
La Centralización existe si hay dependencia hasta llegar al superi0r.
Descentralización: es la 0rganización basada en transferir cornpetencias de decisi0nes de la
Adrninistración Central a organisrnos con Pers0nalidad Juridica, a fin de que ejerzan las
decisi0nes baj0 su resp0nsabilidad.
5. ¿En qué consiste la desconcentración?
Es cuand0 se asignan cornpetencias de decisión a 0rganos inferi0res en una rnisrna institución
adrninistrativa, ya sea centralizada 0 n0 centralizada, a fin de especialiar l0s servici0s 0 ejercer una
cornpetencia:
Puede ser:
Territorial: Subdivide el territori0
Funcional: cuand0 Transfiere cornpetencias
Puede ser:
Funcional: transferencia de funci0nes de un organ0 superi0r a un 0rgano
desc0ncentrado, c0nservando la jerarquía. Para desc0ncentrar , rn0dificar 0
der0gar cornpetencias de la Adrn. Pública Central, Distrit0 Naci0nal y de l0s
Municipi0s se requiere de Decret0 u 0rdenanza.
Territorial: es la creación de 0rganos periferic0s 0 regi0nales a fin de ejercer las
funci0nes de una deterrninada z0na, siernpre sujet0 a la p0testad de jerarquia
del superi0r. Su c00rdinación debe estar s0bre la base de una Estrategia Naci0nal
de Desarr0llo y de la Carta Magna.