1) El documento habla sobre la importancia y trascendencia del derecho en diferentes aspectos de la vida humana como el hogar, el nacimiento, la muerte, entre otros. 2) Explica que la vida social está regulada en gran parte por el derecho a través de normas jurídicas que buscan mantener el orden y la armonía. 3) Define conceptos clave como derecho público, derecho constitucional y leyes tributarias como la de ISR, IVA, IETU y activos.
2. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL DERECHO
HOGAR
HOSPITAL
NACIMIENTO
FUNERARI
A MUERTE
Inicio de la
personalidad
Fin de la
personalidad
Ausencia
Antes de nacer
mujer
embarazada (ser
concebido )
Lo protege el
derecho
(Articulo 22 y
337 del Código
Civil).
R. Villegas sostiene que el nonato tiene personalidad antes de
nacer para ciertas consecuencias de derecho –capacidad para
heredar ,recibir en legados y en donación- .(Art. 1314 del Código
Civil)
Los derechos y
las obligaciones
subsisten y
perduran
después de la
muerte: se
trasmiten a los
herederos
Si no hubiera
autoridades, si no se
protegiera la libertad,
la propiedad, etc., la
vida humana seria
imposible . Reinaría
la anarquía y el
desorden.
VIDA HUMANA
REGULADA EN GRAN
PARTE POR EL
DERECHO
3. VIDA SOCIAL
NO SIEMPRE ES ARMONICA, EN ELLA SE
PRODUCEN CONFLICTOS
SOLUCIONES
Lucha entre las partes.
Triunfo de los mas
fuertes
Imponer a los
contendientes
normas que concilien
los intereses en
conflicto.
NORMAS
JURIDICAS
Se imponen por la
fuerza de la sociedad
organizada en poder.
Resultado:
Vida armonica , orden
tranquilidad, paz,
seguridad
4. h
Es un producto
social
Es un orden de la
conducta del
hombre
Es una forma de
vida humana
objetivada
Bilaterales
Externas
Heterónomas
Coercibles
El sentido escrito es un principio de acción
cuya observancia constituye un deber para
aquel a quien se dirige.
Las normas postulan
deberes, no son de
cumplimiento ineludible.
1 2 3 4 5 6 7 8
JURIDICA
S
RELIGIOSAS
MORALES
Del trato
externo o
convencio
nalismos
sociales.
Hombres sujetos al
cumplimiento de diversas
normas
VIDA SOCIAL
NORMA
NORMANORMA
NORMA
De conducta obligatoria o no
Lato sensu
DERECHO
CUNJUNTO DE
NORMA
5. ¿QUÉ ES EL DERECHO PÚBLICO?
Conjunto de normas jurídicas que regulan la
organización del Estado y las relaciones que se dan
entre éste y los sujetos particulares.
6. DERECHO CONSTITUCIONAL
Conceptos
Es una rama del derecho publico cuyo campo de estudio incluye
el análisis de las leyes fundamentales que definen un estado.
Su materia de estudio es todo lo relativo a la forma de estado,
forma de gobierno, derechos fundamentales y la
regulación de los poderes públicos.
7. Derecho Constitucional
Características
1.- Establece la existencia de
derechos individuales cuyo
objetivo principal es limitar la
actividad o el poder del estado,
a ésta parte se le conoce como
Dogmática.
2.- Establece que es preciso que
el poder del estado se encuentra
regulado bajo competencias a
efecto de limitar el poder de lo
que establece a la división de
poderes, a ésta parte se le
conoce como Orgánica.
9. N O R M A S E S T R U C T U R A D A S D E L E S TA D O Q U E
E X I S T E N C O N E L F I N D E Q U E L A S O C I E D A D V I VA
E N U N A M B I E N T E D E R E S P E T O , S O L I D A R I D A D ,
C O N F I A N Z A Y T R A N Q U I L I D A D .
+Analiza las leyes
del estado
+Estudia al estado
+Regula los poderes
públicos y privados.
+Derechos
fundamentales
*Equivale a un derecho
publico
*Finalidad es la garantía
de los derechos.
*Libertad de las personas
*Rige la organización
*Funcionamiento de los
poderes públicos
-Garantizadas y
reconocidas por la
constitución
-Esenciales para el
sistema publico.
-Vinculadas a la dignidad
humana.
-Se clasifican en :
Igualdad, libertad,
propiedad y seguridad
publica.
CaracterísticasFunción
Garantías
constitucionales
10. Garantías Constitucionales
De libertad
De Seguridad
De igualdad
De propiedad
El respeto a la
integridad física ,
mental y espiritual de
una persona.
Hacer todo lo que
deseamos pero sin
perjudicar a nadie
Todos los S. humanos
somos iguales
En donde el estado
reconoce y respeta
Art.2,5,6,7,8,9,11,24 y
123
Art.
4,10,14,15,16,17,22 y
23
Art. 27
Art. 1, 3, 4, 12, 13 y
123
11. Conceptos
Normas de Derecho público interno que regula: la organización y
comportamiento de la administración pública, directa e indirectamente;
las relaciones de la administración pública con los administrados; las
relaciones de los distintos órganos entre sí de la administración pública;
a fin de satisfacer y lograr las finalidades del interés público hacia la
que debe tender la Administración.
El conjunto de normas jurídicas que regulan la organización,
funcionamiento y atribuciones de la administración pública en
relaciones con los particulares y con otras administraciones públicas.
12. El Estado y sus Funciones
Estado
Es la organización jurídico-
política más perfecta que se
conoce hasta el presente. Es
un ente orgánico unitario,
estructurado jurídicamente
bajo la forma de una
corporación, que detenta
el ejercicio del poder.
13.
14. Clasificación de los actos administrativos
Concepto
"Es acto administrativo cualquier declaración de
voluntad, de deseo, de conocimiento o de
juicio realizada por un órgano de la
Administración pública en el ejercicio de una
potestad administrativa".
15.
16.
17.
18. Responsabilidad del Estado
La responsabilidad del Estado es uno de los temas de mayor relevancia
en el ámbito estatal. El Estado al actuar y moverse para cumplir los fines
que se ha propuesto, choca inevitablemente con otros intereses que, por
pertenecer a un individuo o a un grupo de ellos, debe ceder en beneficio
de la colectividad que es la que tiene a su cargo la suma de esos intereses
y que por esa misma razón son más dignos de tener en cuenta.
Lo que se pretende con la teoría de la responsabilidad del Estado, es hacer
cargo a éste y a los funcionarios, de los actos de gobierno, y con ello limitar el
accionar de aquellos con el fin de proteger los derechos individuales de los
administrados.
20. Fundamento Legal:
El fundamento constitucional de la
contribución es el art. 31 fracc. IV de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos que establece que es
obligación de los mexicanos contribuir al
gasto público, tanto de la federación como
de las entidades federativas y de los
municipios.
21. OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La obligación contributiva o tributaria es el
vinculo jurídico en virtud del cual el estado,
denominado sujeto activo, exige a un deudor,
denominado sujeto pasivo o contribuyente, el
cumplimiento de una prestación pecuniaria,
excepcionalmente en especie.
La obligación fiscal, como cualquiera otra, puede
tener como objeto dar, hacer o no hacer.
En esta obligación, el objeto más frecuente y en torno
del cual existen y han de cumplirse las otras, es el de
dar; dar o entregar al acreedor fiscal el dinero, cuya
cantidad arroja el cálculo de la contribución
respectiva.
23. Ley de ISR (Ley de
Impuesto Sobre la
Renta)
El Impuesto sobre la Renta (ISR) en México es un impuesto directo sobre la ganancia
obtenida; es decir, por la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas
obtenido en el ejercicio fiscal. Este impuesto debe ser pagado de manera mensual (a
cuenta del impuesto anual) al Servicio de Administración Tributaria, o a las Oficinas
Autorizadas por las Entidades Federativas según lo marque la Ley y la normatividad en
Materia de Coordinación Fiscal entre la Federación y las Entidades Federativas.
Está regulada por la ley de mismo nombre.
El Impuesto Sobre la Renta grava la renta, es decir, la ganancia que produce
una inversión o la rentabilidad del capital. También puede ser
el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de
una profesión liberal.
24. LIETU(Ley de Impuesto
Empresarial a Tasa Unica)
El Impuesto Empresarial a Tasa Única es un
gravamen aplicable en México.
La ley que regula este impuesto fue aprobada por
el Congreso de la Unión el 1 de junio de ese año, y
entró en vigor el 1 de enero de 2008.
Están obligadas a su pago las personas físicas y
las morales residentes en territorio nacional, así
como los residentes en el extranjero con
establecimiento permanente en el país, por los
ingresos que obtengan por enajenación de
bienes, prestación de servicios independientes o
el otorgamiento del uso o goce temporal de
bienes.
25. LIVA(Ley de Impuesto al Valor
Agregado)
El IVA es un impuesto
indirecto sobre el consumo, es
decir financiado por el
consumidor final. Un impuesto
indirecto es el impuesto que no es
percibido por el fisco directamente
del tributario.
El IVA es percibido por el
vendedor en el momento de
toda transacción comercial
(transferencia de bienes o
prestación de servicios).
Los consumidores finales
tienen la obligación de
pagar el IVA sin derecho
a reembolso, lo que es
controlado por el fisco
obligando a la empresa a
entregar justificantes de
venta al consumidor final
e integrar copias de éstas
a la contabilidad en una
empresa.
26. LIA (Ley de Impuesto al Activo)
Esta Ley lleva su
nombre a la Ley de
Impuesto al Activo
de las Empresas.
La Ley previene que
el derecho al
acreditamiento es
personal y no
transmisible, salvo en
el caso de escisión de
sociedades.
El impuesto fue
creado como
complemento del
impuesto sobre la
renta y como
correlativo del mismo.