ENFOQUE
CORPORATIVO
MiguelPuga
SOCIO DE PRECIOS
DE TRANSFERENCIA
DE PWC PERÚ
Las políticas
de precios de
transferencia
E
n las modificaciones al
Reglamento de la Ley
del IR, según el D. S. N°
333-2017-EF; podemos con-
firmar que los contenidos de
las nuevas obligaciones for-
males en materia de precios
de transferencia se alinean
con lo que la OCDE sugiere
para las nuevas jerarquías
de documentación en esta
materia. Cabe preguntarse
si las empresas cuentan hoy
con políticas formalmente
aprobadas por el directorio
u órgano competente que
les permitan responder a los
requerimientos de informa-
ción que como mínimo se
exigen en dicho reglamento.
Para la declaración jurada
informativa Reporte Maestro
es necesario incluir: (i) la
descripción de la política
del grupo en materia de
intangibles; (ii) la descripción
general de la política del
grupo en relación con la
investigación y desarrollo
(I+D); (iii) la descripción de la
política del grupo, en lo que
respecta a los acuerdos de
financiamiento entre partes
vinculadas; y, (iv) las políticas
sobre asignación de costos
de los servicios intragrupos.
Es muy probable que una
empresa que maneje
prácticas de buen gobier-
no corporativo tenga ya
desarrolladas algunas de
estas políticas, o quizá
todas, y solo se deba
ocupar de incorporarlas
en la declaración jurada
respectiva. De no ser así, a
una empresa que tenga que
analizar, evaluar y diseñar
estas políticas le tomará un
tiempo importante hacerlo,
con lo cual, ya que estamos
a punto de finalizar el 2017, y
siendo la data de este ejerci-
cio fiscal la que se presenta-
ría en el 2018, cuando entra
en vigencia la declaración
Reporte Maestro; es poco el
tiempo con que se cuenta
para completar esta tarea.
El Reporte Maestro, según
la OCDE, es una documenta-
ción que provee una visión
global de alto nivel sobre
el negocio de un grupo
multinacional; del cual se
quiere conocer la operación
de negocios, las políticas
de precios de transferencia
y la distribución global de
sus ingresos. Su objetivo
es situar las prácticas de
precios de transferencia del
grupo en su contexto global
económico, legal, financiero
y tributario.
Por ello, conocer las políti-
cas que un grupo económi-
co ha desarrollado en torno
a sus operaciones muestra
la transparencia y eficiencia
con la que ese grupo opera
en sus transacciones con
partes vinculadas, lo cual
constituye una práctica de
buen gobierno corporativo
recogida en el Código Pe-
ruano y en los Lineamien-
tos para el Índice de Buen
Gobierno Corporativo de la
Bolsa de Valores de Lima.
ATIVO

MIGUEL PUGA

  • 1.
    ENFOQUE CORPORATIVO MiguelPuga SOCIO DE PRECIOS DETRANSFERENCIA DE PWC PERÚ Las políticas de precios de transferencia E n las modificaciones al Reglamento de la Ley del IR, según el D. S. N° 333-2017-EF; podemos con- firmar que los contenidos de las nuevas obligaciones for- males en materia de precios de transferencia se alinean con lo que la OCDE sugiere para las nuevas jerarquías de documentación en esta materia. Cabe preguntarse si las empresas cuentan hoy con políticas formalmente aprobadas por el directorio u órgano competente que les permitan responder a los requerimientos de informa- ción que como mínimo se exigen en dicho reglamento. Para la declaración jurada informativa Reporte Maestro es necesario incluir: (i) la descripción de la política del grupo en materia de intangibles; (ii) la descripción general de la política del grupo en relación con la investigación y desarrollo (I+D); (iii) la descripción de la política del grupo, en lo que respecta a los acuerdos de financiamiento entre partes vinculadas; y, (iv) las políticas sobre asignación de costos de los servicios intragrupos. Es muy probable que una empresa que maneje prácticas de buen gobier- no corporativo tenga ya desarrolladas algunas de estas políticas, o quizá todas, y solo se deba ocupar de incorporarlas en la declaración jurada respectiva. De no ser así, a una empresa que tenga que analizar, evaluar y diseñar estas políticas le tomará un tiempo importante hacerlo, con lo cual, ya que estamos a punto de finalizar el 2017, y siendo la data de este ejerci- cio fiscal la que se presenta- ría en el 2018, cuando entra en vigencia la declaración Reporte Maestro; es poco el tiempo con que se cuenta para completar esta tarea. El Reporte Maestro, según la OCDE, es una documenta- ción que provee una visión global de alto nivel sobre el negocio de un grupo multinacional; del cual se quiere conocer la operación de negocios, las políticas de precios de transferencia y la distribución global de sus ingresos. Su objetivo es situar las prácticas de precios de transferencia del grupo en su contexto global económico, legal, financiero y tributario. Por ello, conocer las políti- cas que un grupo económi- co ha desarrollado en torno a sus operaciones muestra la transparencia y eficiencia con la que ese grupo opera en sus transacciones con partes vinculadas, lo cual constituye una práctica de buen gobierno corporativo recogida en el Código Pe- ruano y en los Lineamien- tos para el Índice de Buen Gobierno Corporativo de la Bolsa de Valores de Lima. ATIVO