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PRECIOS DE  TRANSFERENCIA PAREDES CANO & ASOCIADOS S.C.
[object Object],[object Object],TRIBUTARIO CONTABLE FINANCIERO Aplicación del valor de Mercado a operaciones de Compra-Venta por contribuyentes en general. Abandono de la  vieja contabilidad basada  en el pasado  (Costo Histórico) Globalización, comercio, facturación electrónica,  libros contables electrónicos Aplicación de Precios de Transferencia a valor de Mercado en operaciones entre vinculadas Mudanza a la  nueva  Contabilidad basada en el valor de mercado (Fair Value) (NIIF) Medición de los activos y pasivos a Valor Presente (Valor Razonable) y registrarlos en los libros
El valor de mercado – Consideraciones fiscales ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Sanciones Tributarias: ,[object Object],[object Object]
DEFINICIÓN  DE  VALOR  DE  MERCADO En los casos de ventas, aportes de bienes y demás transferencias de propiedad, de prestación de servicios y cualquier otro tipo de transacción a cualquier título, el valor asignado a los bienes, servicios y demás prestaciones, para efectos del impuesto, será el de mercado. Si el valor asignado difiere al de mercado, sea por sobrevaloración o subvaluación, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT procedrá a ajustarlo tanto para el adquiriente como para el transferente.
VALOR  DE  MERCADO PARA LAS EXISTENCIAS El que se obtiene en las operaciones onerosas que la empresa realiza con terceros o el valor que se obtenga en una operación entre partes independientes en condiciones iguales y similares.  Valor de tasación. PARA LOS VALORES Cuando se coticen en el mercado bursátil, será el precio de dicho mercado; en caso contrario, su valor se determinará de acuerdo a las normas que señale el reglamento. En el caso de valores transados en bolsas de productos, el valor de mercado será igual aquél en el que se concreten las negociaciones realizadas en rueda de bolsa
PRECIOS DE TRANSFERENCIA Es aquel precio que se pacta y realiza entre empresas vinculadas de un grupo empresarial, por transacciones de bienes (físicos o inmateriales) y servicios y que pueden ser diferentes a los que hubieran pactados entre empresas independientes. Siguiendo lo aportado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que “precio de transferencia son los precios a los cuales una empresa transfiere bienes físicos, propiedad intangible o provee servicios a una empresa vinculada”
PRECIOS DE TRANSFERENCIA Precios de Transferencia Objetivo de los PT Evitar que los grupos empresariales puedan distribuir la utilidad entre sus vinculadas con el objeto de asignar mayor utilidad a los países de menor tributación o a contribuyentes que tiene una menor tasa de IR y de esa forma evitar la manipulación de la materia gravable. ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
ÁMBITO DE APLICACIÓN ,[object Object],[object Object]
ÁMBITO DE APLICACIÓN ,[object Object],[object Object]
Realiza transacciones con Contribuyentes comprendidos en: Precios de transferencia Paraísos fiscales Contribuyentes  exonerados del IR Empresas que han  tenido pérdidas  tributarias en los  últimos 6 años CETICOS RER Contratos de  Estabilidad  tributaria Régimen Agrario (Tasa IR 15%) Región de la Amazonía (Tasa del IR 5% y 10%) Exportación Importación
DIAGRAMA DEL ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Inicio Existe vinculados económicos o  partes vinculadas Terminar Documentación Comprobatoria No Si Tiene  operaciones con  los vinculados o  partes  relacionadas Realizar ajuste al  Imp. a la Renta é IGV Esta dentro del  rango  de mercado No No Si Determinar  características de  cada operación Seleccionar  fuentes de  información para  comparables Si Si Seleccionar  empresas  comparables Determinar  ajustes a  comparables Selección  del mejor método Desarrollo  del método Presentar Declaración Jurada PDT 3560
Documentación que debe  contener  un Estudio Técnico de Precios de Transferencia
Información de  transacción con  P. vinculadas Información  económica y  financiera Información  funcional Operaciones  sujetas a  análisis Elección del  método y Análisis  de comparabilidad Acuerdos o  contratos Productos y/o  servicios  Ofrecidos y  mercados Intangibles  involucrados Distribución  del resultado de operación Estructura  Organizacional EE. FF. Presupuestos  y proyecciones de su actividad Descripciones  de los flujos  financieros  y operativos Descripción de las funciones  realizadas por  la P. examinada Descripción de  riesgos  asumidos Activos  asignados a la  empresa  examinada Descripción  técnica jurídica  económico y  financiero Compra y/o  venta de bienes,  prestac. de  servicios, transf.  Intangibles ú  otras  operaciones  a terceros  independientes Información  disponible de  operaciones  Idénticas de  otras empresas Descripción  de fuentes  donde se ha  obtenido la  información Justificación de  la selección de  la información  realizada Determinación y  descripción del  Método de  valoración que utiliza Valor y/o rango de precios o  márgenes de  utilidad que se  derivan del  método utilizado
ENTREGABLES: ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
 
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA ,[object Object],PN ó PJ PJ “ A” “ B” 50% Directa Indirecta C  61% D  31% PJ
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 2. Más del treinta por ciento (30%) del capital de dos (2) o más personas jurídicas pertenezca a una misma persona natural o jurídica, directamente o por intermedio de un tercero. PN ó PJ PJ “ A” “ B” 40% “ C” 35% Directa Directa PJ D 1% D 99% 31% Indirecta Directa Directa
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 3. Cualesquiera de los casos anteriores, cuando la indicada proporción del capital pertenezca a cónyuges entre sí o a personas naturales vinculadas hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. GRADOS DE CONSANGUINIDAD Y AFINIDAD Primer Grado Segundo Grado Tercer Grado Padres TITULAR  CONYUGE Suegros Hijos Yerno/ Nuera Abuelos Hermanos Cuñados Nietos Bisabuelos Tíos Sobrinos Biznietos Cuarto Grado Primos
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 4. El capital de dos (2) o más personas jurídicas pertenezca en más de treinta por ciento (30%) a socios comunes a éstas. Socios Comunes Persona Jurídica “ A”, “B” “ C” y “D” “ B” 40% “ C” 35% Directa Directa
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 5. Las personas o entidades cuenten con uno o más directores, gerentes, administradores u otros directivos comunes, que tengan poder de decisión en los acuerdos financieros, operativos y/o comerciales que se adopten. Empresa D   Director XQV Empresa C   Director OXZ Empresa B   Director OYZ Empresa A  Director XYZ Por mayoría de votos No hay vinculación El director “Z” tiene  derecho a votos 51%,  Si hay vinculación Por mayoría de votos Si hay vinculación Vincula A con B Vincula A con C No Vincula A con D
SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA En ningún caso el numeral de directores es menor de tres. Base legal: Artículo 155 Ley 26887 NLGS Cada director tiene derecho a un voto.  Los acuerdos del directorio se adoptan por mayoría absoluta de votos de los directores participantes.  El estatuto puede establecer mayorías más altas. Si el estatuto no dispone de otra manera, en caso de empate decide quien preside la sesión. Base legal: Artículo 169 Ley 26887 NLGS [email_address]
Análisis funcional y económico
Cadena de Valor Generación Comerciali- zación Minorista Gas y  electricidad Exploración y Producción Aprovisio- namiento Comerciali- zación Mayorista Gas y  electricidad Distribución Transporte Descripción de la cadena de valor del gas Al ser un grupo integrado, los precios de transferencia son  relevantes a efectos de gestión de cada actividad de la  cadena de valor y del grupo en su conjunto. [email_address]
ANALISIS  DE  TRANSACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 Compra y/o venta de bienes Prestación de servicios Venta de Intangibles Préstamos de dinero Venta de valores (acciones, participaciones, bonos, obligaciones, etc.) Aportes de bienes Enajenación y/o arrendamiento de activos fijos Permuta de bienes [email_address]
1.-  CAUSALIDAD Para que exista un gasto se considere necesario se requiere que exista una causalidad los gastos producidos y la renta generada, debiendo evaluarse la necesidad del gasto en cada caso, considerando criterios de razonabilidad y proporcionalidad, como que sean normales de acuerdo al giro del negocio p que mantengan cierta proporción con el volumen de operaciones RTF Nº 299-4-2002, 02607-5-2003, 2094-5-2003, 08318-3-2004, 04472-3-2005 y 04742-1-2006 [email_address]
2.-  FEHACIENCIA Analizar si el gasto está debidamente sustentado con la documentación  correspondiente y su destino deberá estar acreditado. RTF Nº 06072-5-2003, 00317-5-2004 y RTF 04472-2005 [email_address]
3.-  RAZONABILIDAD La adquisición de los bienes o servicios deben ser vinculados a la actividad que realiza la empresa. RTF Nº 0484-5-2006 y 07707-4-2004 4.-  PROPORCIONALIDAD Los gastos deben ser proporcionales frente a los ingresos. RTF Nº 08318-3-2004, 00692-5-2005 y 00289-4-2006 [email_address]
5.-  BANCARIZACIÓN 6.-  DETRACCIÓN
GENERALIDAD Para los gastos de personal Si es otorgado de carácter general es deducible  como gasto de 3ra. categoría Carácter General Jerarquía Nivel Antigüedad Rendimiento Área Zona Geográfica De no cumplirse con el requisito de generalidad, dicho gasto será 5ta. categoría RTF Nº 02230-2-003 Condición de Trabajo Todos aquellos montos que se otorguen al trabajador para el cabal desempeño de su labor o con ocasión de sus funciones, tales como Movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario y en general todo lo que razonablemente cumpla tal objeto. Sino reúnen los requisitos anteriores serán gastos reparables.
Precios: Concepto y principales características ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Precio De Transferencia

  • 1. PRECIOS DE TRANSFERENCIA PAREDES CANO & ASOCIADOS S.C.
  • 2.
  • 3.
  • 4.
  • 5. DEFINICIÓN DE VALOR DE MERCADO En los casos de ventas, aportes de bienes y demás transferencias de propiedad, de prestación de servicios y cualquier otro tipo de transacción a cualquier título, el valor asignado a los bienes, servicios y demás prestaciones, para efectos del impuesto, será el de mercado. Si el valor asignado difiere al de mercado, sea por sobrevaloración o subvaluación, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT procedrá a ajustarlo tanto para el adquiriente como para el transferente.
  • 6. VALOR DE MERCADO PARA LAS EXISTENCIAS El que se obtiene en las operaciones onerosas que la empresa realiza con terceros o el valor que se obtenga en una operación entre partes independientes en condiciones iguales y similares. Valor de tasación. PARA LOS VALORES Cuando se coticen en el mercado bursátil, será el precio de dicho mercado; en caso contrario, su valor se determinará de acuerdo a las normas que señale el reglamento. En el caso de valores transados en bolsas de productos, el valor de mercado será igual aquél en el que se concreten las negociaciones realizadas en rueda de bolsa
  • 7. PRECIOS DE TRANSFERENCIA Es aquel precio que se pacta y realiza entre empresas vinculadas de un grupo empresarial, por transacciones de bienes (físicos o inmateriales) y servicios y que pueden ser diferentes a los que hubieran pactados entre empresas independientes. Siguiendo lo aportado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que “precio de transferencia son los precios a los cuales una empresa transfiere bienes físicos, propiedad intangible o provee servicios a una empresa vinculada”
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11. Realiza transacciones con Contribuyentes comprendidos en: Precios de transferencia Paraísos fiscales Contribuyentes exonerados del IR Empresas que han tenido pérdidas tributarias en los últimos 6 años CETICOS RER Contratos de Estabilidad tributaria Régimen Agrario (Tasa IR 15%) Región de la Amazonía (Tasa del IR 5% y 10%) Exportación Importación
  • 12. DIAGRAMA DEL ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Inicio Existe vinculados económicos o partes vinculadas Terminar Documentación Comprobatoria No Si Tiene operaciones con los vinculados o partes relacionadas Realizar ajuste al Imp. a la Renta é IGV Esta dentro del rango de mercado No No Si Determinar características de cada operación Seleccionar fuentes de información para comparables Si Si Seleccionar empresas comparables Determinar ajustes a comparables Selección del mejor método Desarrollo del método Presentar Declaración Jurada PDT 3560
  • 13. Documentación que debe contener un Estudio Técnico de Precios de Transferencia
  • 14. Información de transacción con P. vinculadas Información económica y financiera Información funcional Operaciones sujetas a análisis Elección del método y Análisis de comparabilidad Acuerdos o contratos Productos y/o servicios Ofrecidos y mercados Intangibles involucrados Distribución del resultado de operación Estructura Organizacional EE. FF. Presupuestos y proyecciones de su actividad Descripciones de los flujos financieros y operativos Descripción de las funciones realizadas por la P. examinada Descripción de riesgos asumidos Activos asignados a la empresa examinada Descripción técnica jurídica económico y financiero Compra y/o venta de bienes, prestac. de servicios, transf. Intangibles ú otras operaciones a terceros independientes Información disponible de operaciones Idénticas de otras empresas Descripción de fuentes donde se ha obtenido la información Justificación de la selección de la información realizada Determinación y descripción del Método de valoración que utiliza Valor y/o rango de precios o márgenes de utilidad que se derivan del método utilizado
  • 15.
  • 16.  
  • 17.
  • 18. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 2. Más del treinta por ciento (30%) del capital de dos (2) o más personas jurídicas pertenezca a una misma persona natural o jurídica, directamente o por intermedio de un tercero. PN ó PJ PJ “ A” “ B” 40% “ C” 35% Directa Directa PJ D 1% D 99% 31% Indirecta Directa Directa
  • 19. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 3. Cualesquiera de los casos anteriores, cuando la indicada proporción del capital pertenezca a cónyuges entre sí o a personas naturales vinculadas hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. GRADOS DE CONSANGUINIDAD Y AFINIDAD Primer Grado Segundo Grado Tercer Grado Padres TITULAR CONYUGE Suegros Hijos Yerno/ Nuera Abuelos Hermanos Cuñados Nietos Bisabuelos Tíos Sobrinos Biznietos Cuarto Grado Primos
  • 20. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 4. El capital de dos (2) o más personas jurídicas pertenezca en más de treinta por ciento (30%) a socios comunes a éstas. Socios Comunes Persona Jurídica “ A”, “B” “ C” y “D” “ B” 40% “ C” 35% Directa Directa
  • 21. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA 5. Las personas o entidades cuenten con uno o más directores, gerentes, administradores u otros directivos comunes, que tengan poder de decisión en los acuerdos financieros, operativos y/o comerciales que se adopten. Empresa D Director XQV Empresa C Director OXZ Empresa B Director OYZ Empresa A Director XYZ Por mayoría de votos No hay vinculación El director “Z” tiene derecho a votos 51%, Si hay vinculación Por mayoría de votos Si hay vinculación Vincula A con B Vincula A con C No Vincula A con D
  • 22. SUPUESTOS DE VINCULACIÓN ECONÓMICA En ningún caso el numeral de directores es menor de tres. Base legal: Artículo 155 Ley 26887 NLGS Cada director tiene derecho a un voto. Los acuerdos del directorio se adoptan por mayoría absoluta de votos de los directores participantes. El estatuto puede establecer mayorías más altas. Si el estatuto no dispone de otra manera, en caso de empate decide quien preside la sesión. Base legal: Artículo 169 Ley 26887 NLGS [email_address]
  • 23. Análisis funcional y económico
  • 24. Cadena de Valor Generación Comerciali- zación Minorista Gas y electricidad Exploración y Producción Aprovisio- namiento Comerciali- zación Mayorista Gas y electricidad Distribución Transporte Descripción de la cadena de valor del gas Al ser un grupo integrado, los precios de transferencia son relevantes a efectos de gestión de cada actividad de la cadena de valor y del grupo en su conjunto. [email_address]
  • 25. ANALISIS DE TRANSACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 Compra y/o venta de bienes Prestación de servicios Venta de Intangibles Préstamos de dinero Venta de valores (acciones, participaciones, bonos, obligaciones, etc.) Aportes de bienes Enajenación y/o arrendamiento de activos fijos Permuta de bienes [email_address]
  • 26. 1.- CAUSALIDAD Para que exista un gasto se considere necesario se requiere que exista una causalidad los gastos producidos y la renta generada, debiendo evaluarse la necesidad del gasto en cada caso, considerando criterios de razonabilidad y proporcionalidad, como que sean normales de acuerdo al giro del negocio p que mantengan cierta proporción con el volumen de operaciones RTF Nº 299-4-2002, 02607-5-2003, 2094-5-2003, 08318-3-2004, 04472-3-2005 y 04742-1-2006 [email_address]
  • 27. 2.- FEHACIENCIA Analizar si el gasto está debidamente sustentado con la documentación correspondiente y su destino deberá estar acreditado. RTF Nº 06072-5-2003, 00317-5-2004 y RTF 04472-2005 [email_address]
  • 28. 3.- RAZONABILIDAD La adquisición de los bienes o servicios deben ser vinculados a la actividad que realiza la empresa. RTF Nº 0484-5-2006 y 07707-4-2004 4.- PROPORCIONALIDAD Los gastos deben ser proporcionales frente a los ingresos. RTF Nº 08318-3-2004, 00692-5-2005 y 00289-4-2006 [email_address]
  • 29. 5.- BANCARIZACIÓN 6.- DETRACCIÓN
  • 30. GENERALIDAD Para los gastos de personal Si es otorgado de carácter general es deducible como gasto de 3ra. categoría Carácter General Jerarquía Nivel Antigüedad Rendimiento Área Zona Geográfica De no cumplirse con el requisito de generalidad, dicho gasto será 5ta. categoría RTF Nº 02230-2-003 Condición de Trabajo Todos aquellos montos que se otorguen al trabajador para el cabal desempeño de su labor o con ocasión de sus funciones, tales como Movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario y en general todo lo que razonablemente cumpla tal objeto. Sino reúnen los requisitos anteriores serán gastos reparables.
  • 31.
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