El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica tiene como objetivos defender los derechos de los trabajadores, velar por su protección y bienestar, y formular la política nacional en esta materia. Sin embargo, enfrenta limitaciones como falta de personal, vehículos y capacitación, así como bajo presupuesto, lo que dificulta cumplir plenamente con sus funciones a nivel regional. Se requiere prever más financiamiento para abrir nuevas plazas y promover mejor los programas dirigidos a poblaciones vulnerables.
CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD
Consta por el presente documento de Contrato de trabajo SUJETO A MODALIDAD, que bajo la denominación de CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD, celebramos por una parte, la Empresa TRANSPORTES “STAR” con Registro Unico de contribuyente N°010400390 con domicilio en JIRON CALLE LIMA-CENTRO, a la que en adelante se denominara LA EMPRESA, debidamente representada por su gerente general Don (a) MARCOS SALINAS CABELLO identificado con D.N.I. N° 04082108 , con poder escrito en el Registro Publico de Pasco en l ficha N°1834 y por otra parte Don CARLOS MAYTA CONDOR indentificado con D.N.I N° 04018988 de estado Civil SOLTERO, Con domicilio real en JR. SAN MARTIN-SAN JUAN a quien en adelante se le denominara EL TRABAJADOR, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra libertad contractual, según las clausulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: La actividad económica principal de la EMPRESA, es el TRANSPORTE “STAR” LA EMPRESA, por acuerdo de su directorio, debidamente inscrito en el Registro Público de la NACION Ficha N°1834 acordó iniciar temporalmente y en forma experimental una nueva actividad empresarial consistente en prestar servicio de reparación de vehículos.
SEGUNDO: La empresa necesita cubrir el puesto de conductor para el establecimiento dela empresa TRANSPORTE “STAR”
TERCERO: La EMPRESA, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 57 de la ley de Productividad y competitividad laboral, contra los servicios del Sr CARLOS MAYTA CONDOR, para que ocupe el puesto de CONDUCTOR en el TRANSPORTE “STAR”, ubicado en JR SAN MARTIN- SAN MATIN De la ciudad de CERRO DE PASCO.
CUARTO: El plazo de contrato es de 3 MESES Se inicia el 10 DE OCTUBRE y vence el 10 DE ENERO Vencido el plazo, el contrato queda resuelto automáticamente, sin requerirse de aviso previo
QUINTO: La jornada Ordinaria de trabajo es de ocho horas de lunes a SABADO siendo horario de trabajo de 8.00 AM a 6.00 PM horas
SEXTA: EL TRABAJADOR, percibirá una remuneración mensual de S/ 750.00 La misma que será abonada puntualmente. En casos justificados se podrá adelantar hasta el 30% de la remuneración, son más trámite que la suscripción de un vale.
SEPTIMA: Este contrato esta normado por la ley de productividad y competitividad laboral, aprobado por D.S.N°003-97-TR
OCTAVA: El presente contrato se suscribe por triplicado, obligándose el empleador a remitir una copia a la autoridad administrativa de trabajo para su conocimiento y registro.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente documento, en usos de sus facultades y derechos los suscriben en la ciudad de CERRO DE PASCO a los CINCO Días de mes de OCTUBRE de 2013
………………………………. ……………………………
LA EMPRESA EL TRABAJADOR
CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD
Consta por el presente documento de Contrato de trabajo SUJETO A MODALIDAD, que bajo la denominación de CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD, celebramos por una parte, la Empresa TRANSPORTES “STAR” con Registro Unico de contribuyente N°010400390 con domicilio en JIRON CALLE LIMA-CENTRO, a la que en adelante se denominara LA EMPRESA, debidamente representada por su gerente general Don (a) MARCOS SALINAS CABELLO identificado con D.N.I. N° 04082108 , con poder escrito en el Registro Publico de Pasco en l ficha N°1834 y por otra parte Don CARLOS MAYTA CONDOR indentificado con D.N.I N° 04018988 de estado Civil SOLTERO, Con domicilio real en JR. SAN MARTIN-SAN JUAN a quien en adelante se le denominara EL TRABAJADOR, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra libertad contractual, según las clausulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: La actividad económica principal de la EMPRESA, es el TRANSPORTE “STAR” LA EMPRESA, por acuerdo de su directorio, debidamente inscrito en el Registro Público de la NACION Ficha N°1834 acordó iniciar temporalmente y en forma experimental una nueva actividad empresarial consistente en prestar servicio de reparación de vehículos.
SEGUNDO: La empresa necesita cubrir el puesto de conductor para el establecimiento dela empresa TRANSPORTE “STAR”
TERCERO: La EMPRESA, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 57 de la ley de Productividad y competitividad laboral, contra los servicios del Sr CARLOS MAYTA CONDOR, para que ocupe el puesto de CONDUCTOR en el TRANSPORTE “STAR”, ubicado en JR SAN MARTIN- SAN MATIN De la ciudad de CERRO DE PASCO.
CUARTO: El plazo de contrato es de 3 MESES Se inicia el 10 DE OCTUBRE y vence el 10 DE ENERO Vencido el plazo, el contrato queda resuelto automáticamente, sin requerirse de aviso previo
QUINTO: La jornada Ordinaria de trabajo es de ocho horas de lunes a SABADO siendo horario de trabajo de 8.00 AM a 6.00 PM horas
SEXTA: EL TRABAJADOR, percibirá una remuneración mensual de S/ 750.00 La misma que será abonada puntualmente. En casos justificados se podrá adelantar hasta el 30% de la remuneración, son más trámite que la suscripción de un vale.
SEPTIMA: Este contrato esta normado por la ley de productividad y competitividad laboral, aprobado por D.S.N°003-97-TR
OCTAVA: El presente contrato se suscribe por triplicado, obligándose el empleador a remitir una copia a la autoridad administrativa de trabajo para su conocimiento y registro.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente documento, en usos de sus facultades y derechos los suscriben en la ciudad de CERRO DE PASCO a los CINCO Días de mes de OCTUBRE de 2013
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LA EMPRESA EL TRABAJADOR
En el presente trabajo se aborda el conflicto de trabajo, la huelga y los medios de solución del conflicto por terceros, según nuestra legislación peruna.
La presente iniciativa desarrollada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTESS), el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires (MTPBA) y las Oficinas de Empleo Municipales (OEM) promueve una Guía Única de Programas de Empleo (GUPE) que engloba los diferentes programas vigentes a la fecha a los fines de mejorar las condiciones de empleabilidad y de trabajo y fomentar la inserción laboral de personas desocupadas u ocupadas de la provincia de Buenos Aires. Su objetivo principal es acercar de manera sencilla y práctica todos los programas, servicios y prestaciones que se brinda desde los tres niveles de estados como herramienta para los Referentes de Empleo de las Delegaciones y Subdelegaciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y para los responsables y agentes de las Oficinas de Empleo Municipales en el servicio de atención que brindan a la comunidad.
En el presente trabajo se aborda el conflicto de trabajo, la huelga y los medios de solución del conflicto por terceros, según nuestra legislación peruna.
La presente iniciativa desarrollada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTESS), el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires (MTPBA) y las Oficinas de Empleo Municipales (OEM) promueve una Guía Única de Programas de Empleo (GUPE) que engloba los diferentes programas vigentes a la fecha a los fines de mejorar las condiciones de empleabilidad y de trabajo y fomentar la inserción laboral de personas desocupadas u ocupadas de la provincia de Buenos Aires. Su objetivo principal es acercar de manera sencilla y práctica todos los programas, servicios y prestaciones que se brinda desde los tres niveles de estados como herramienta para los Referentes de Empleo de las Delegaciones y Subdelegaciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y para los responsables y agentes de las Oficinas de Empleo Municipales en el servicio de atención que brindan a la comunidad.
Exposición de:
Secretaría del trabajo y previsión social (Federal y estatal).
Secretaría de Hacienda y crédito público.
Secretaría de Educación publica.
SERVICIO COMUNITARIO-PLAN DE CAPACITACIÓN SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS DENTRO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DE LOS HABITANTES DEL SECTOR “JUVENTUD” MUNICIPIO INDEPENDENCIA- ESTADO YARACUY, AÑO 2014.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
2. Es una institución cuya estructura orgánico-
funcional se encuentra sustentada
jurídicamente en la Ley No. 1860 (Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social), del 21 de abril de 1955.
3. El Ministerio tendrá a su cargo la dirección, estudio y
despacho de todos los asuntos relativos a trabajo y a
previsión social; y vigilará por el
desarrollo, mejoramiento y aplicación de todas las
leyes, decretos, acuerdos y resoluciones referentes a
estas materias.
4. Objetivos del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social
Defender el trabajo humano y los derechos de los
trabajadores.
Procurar que las organizaciones profesionales cumplan con
su razón social y tratándose de los trabajadores, apegarse a
un más alto nivel de la cultura, de la moral y la economía de
éstas.
5. Velar por el establecimiento de una política general de
protección al trabajador y a su familia.
Formular y dirigir la política nacional en el campo del
bienestar social, a fin de garantizar la efectividad de la
legislación y de la asistencia a los y las costarricense,
su familia y la comunidad.
6. Organizar y administrar los servicios públicos
y particulares en el campo del bienestar
social, así como garantizando la aplicación
de las leyes sociales.
7. “El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es la
institución rectora y ejecutora de la política laboral
y de seguridad social de Costa Rica, dirigida a
personas trabajadoras, empleadoras, pensionadas
y de otros sectores sociales vulnerables, según
corresponda por ley, para propiciar el trabajo
digno y contribuir al desarrollo y la justicia social”.
8. “Ser el Líder en la política socio-
laboral, con personal comprometido,
cobertura nacional, tecnología de
avanzada y servicios de calidad”.
10. 1.Gestionar el proceso de la política pública en materia
socio laboral.
2. Mantener y promocionar la adecuada articulación entre
el Ministerio, sus dependencias y las demás organizaciones
que en el país realizan actividades propias de la
Administración del Trabajo, así como organismos
internacionales afines a la competencia ministerial
11. •Diseñar e implantar estrategias para la fomentar la equidad laboral, dirigidas a empresarios y grupos poblacionales con necesidades e
3. Diseñar e implantar estrategias para la fomentar la
equidad laboral, dirigidas a empresarios y grupos
poblacionales con necesidades especiales.
4. Fiscalizar y garantizar la adecuada aplicación y
cumplimiento de la legislación laboral, incluyendo lo
relativo a la salud ocupacional
12. 5. Educar a la población en materia de deberes y
obligaciones laborales, para prevenir la conflictividad
laboral.
6. Mediar y resolver los conflictos surgidos entre
empleadores y trabajadores, en ocasión del trabajo.
13. •Acreditar y registrar organizaciones sociales de carácter laboral.
7. Acreditar y registrar organizaciones sociales de carácter laboral.
8. Fijar, revisar y asesorar en materia de salarios mínimos del sector
privado.
9. Coadyuvar a la disminución de los niveles de pobreza a través del
financiamiento y promoción de programas de inversión social.
14. 10. Otorgar pensiones y jubilaciones con cargo al
presupuesto nacional, cuando en derecho
correspondan.
11. Dirigir el diseño e implementación de acciones para la
erradicación progresiva del trabajo infantil y protección
de la persona adolescente trabajadora
15. 12. Coadyuvar a la generación del empleo apoyando a los micro
negocios, mediante el financiamiento de iniciativas productivas a
personas emprendedoras.
13. Realizar acciones de promoción y mejoramiento en los sistemas de
intermediación laboral, la atención de los trabajadores migrantes y
el apoyo a proyectos de generación de empleo temporal a
desempleados.
16.
17. Empléate
Este programa presta especial atención a
personas en condición económica desfavorable
que tengan disponibilidad y deseos de entrar en
las capacitaciones de EMPLEATE
18. Información sobre el mercado de trabajo y sus
necesidades de
contratación.
Orientación para que desarrollen su propio plan de
progreso laboral.
19. Capacitación en áreas donde existen posibilidades de
conseguir empleo.
Apoyo económico para estudiar carreras técnicas.
Desarrollo de habilidades laborales.
20. Avancemos +: este es para las personas que ya
tienen bachillerato, y quieren seguir
preparándose para generar empleos de calidad
en el sector de las Tecnologías de Información y
Comunicación (TICS) a través de becas para
formación en carreras técnicas.
21. El programa X Mí: está dirigido a la población que no trabaja,
no ha terminado sus estudios, ayuda a crecer, dando los
conocimientos y capacidades que necesitan para integrarse
rápidamente al mercado laboral.
Da capacitaciones en centros de estudio avalados por el
INA, las personas beneficiadas se especializarán en trabajos
con mayor demanda en el mercado laboral
23. La promoción de los Derechos
laborales de los trabajadores y las
trabajadoras.
24. Limitaciones en información y en funcionarios como lo es un
Trabajados Social en Pérez Zeledón.
Falta de personal.
Falta de vehículos.
Capacitación de personal.
Presupuesto a nivel nacional.
Falta nombramiento de plazas.
25. El Ministerio de Trabajo y Prever el presupuesto, para la
Seguridad Social, tiene bien apertura de nuevas plazas.
especificado los roles de los
trabajadores de dicha institución,
pero por la falta de plazas, no se
puede cumplir con el 100%.
26. Además, no todas las oficinas El coordinador regional debe
regionales de la Región Brunca, facilitar la implementación de
cuentan con la totalidad de los departamentos en Salud
departamentos. Ocupacional y Trabajo Social.
Por otro lado, los programas con Promocionar los programas con los
los que cuenta el MTSS no son que cuenta, principalmente los que
conocidos por la mayoría están dirigidos a la población que
población costarricense. se dirige.