Se ofrece al Lector una Guía para elaborar una Demanda de Retracto justificando cada apartado de esta. Es importante revisar la "Hoja de existencia de relación jurídica procesal válida", en donde UD. podrá hallar las características especiales de este tipo de demanda. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SUBSANACIÓN DE DEMANDA: Es un acto procesal de la parte demandante que tiene por objeto corregir defectos en la demanda (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
COSTAS Y COSTOS: Después de una breve introducción a las costas y costos procesales, mostramos un modelo referencial sobre su cobro (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Se ofrece al Lector una Guía para elaborar una Demanda de Retracto justificando cada apartado de esta. Es importante revisar la "Hoja de existencia de relación jurídica procesal válida", en donde UD. podrá hallar las características especiales de este tipo de demanda. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SUBSANACIÓN DE DEMANDA: Es un acto procesal de la parte demandante que tiene por objeto corregir defectos en la demanda (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
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EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN: Esta es una medida para futura ejecución forzada que se puede trabar sobre una cuenta bancaria (autor José María Pacori Cari)
EXIGENCIA JUDICIAL DE EJECUCIÓN DE REPARACIONES: Un proceso sumarísimo que tiene por objeto obligar a la ejecución de reparaciones (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SECUESTRO CONSERVATIVO: Para cautelar el pago de una deuda sustentada en un título ejecutivo puede secuestrar los bienes del obligado (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE SOLICITUD DE PRUEBA ANTICIPADA EN PROCESO CIVIL. La prueba anticipada permite solicitar la actuación anticipada de los medios probatorios (autor José María Pacori Cari).
REGULACIÓN JUDICIAL DEL USO Y EXPLOTACIÓN DEL USUFRUCTO: Un proceso sumarísimo para evitar afectar el bien dado en usufructo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
MODELO DEMANDA DE HABEAS CORPUS CONTRA RESOLUCIÓN JUDICIAL. Se muestran los requisitos procesales para interponer la demanda de habeas corpus contra resolución judicial (autor José María Pacori Cari).
MODELO DE DEMANDA CIVIL DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO. Se ofrece al lector un modelo de demanda civil de nulidad de acto jurídico (autor José María Pacori Cari).
MODELO DE DEMANDA DE REIVINDICACIÓN: Se realiza un modelo en el cual verificará los requisitos que debe de observar para este tipo de demandas (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Uno de los lectores de mi blog, me hizo una pregunta: es posible la percepción simultánea de una pensión de jubilación y renta vitalicia por enfermedad profesional, la respuesta es sí, conforme al Tribunal Constitucional en la Sentencia que se ofrece. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Similar a Modelo de demanda de interdicto de recobrar (20)
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COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
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Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Modelo de demanda de interdicto de recobrar
1. MODELO DE DEMANDA DE INTERDICTO DE RECOBRAR
ÁREA: DERECHO CIVIL
LÍNEA: DERECHOS REALES
José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM
Este es un proceso que se tramita en la vía sumarísima conforme al artículo 546, inciso 5, del
Código Procesal Civil que indica: “Se tramitan en proceso sumarísimo los siguientes asuntos
contenciosos: […] 5.- interdictos.” Lo que se encuentra en corchetes […] es una explicación
de lo que se coloca con la indicación legal. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de Interdicto de Recobrar
SECRETARIO:
NRO. EXPEDIENTE:
CUADERNO: Principal
NRO. ESCRITO: 01-2016
SUMILLA: Demanda Civil de Interdicto de Recobrar
SEÑOR JUEZ CIVIL1
(Nombres y Apellidos del Demandante), con DNI (…), con domicilio real en (…),
con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en (indicar la casilla
electrónica que otorga el Poder Judicial); a Ud., respetuosamente, digo:
[Sobre el demandante observe el art. 598 del CPC que indica “Todo aquel que se considere
perturbado o despojado en su posesión puede utilizar los interdictos, incluso contra quienes
ostenten otros derechos reales de distinta naturaleza sobre el bien objeto de la
perturbación.”]
I.- DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA
(Nombres y apellidos del o de los demandados) con domicilio real en (…).
II.- PETITORIO
1 Artículo 547 del CPC: “Son competentes para conocer los procesos sumarísimos indicados en los
incisos 2) y 3), del artículo 546, los Jueces de Familia. En los casos de los incisos 5) y 6), son
competentes los Jueces Civiles.”
2. Como pretensión principal, interpongo demanda de interdicto de recobrar respecto del bien
(describir el bien…) para que se ordene mi reposición en el derecho de posesión del que fui
privado.
Como primera pretensión accesoria, solicito el pago de frutos ascendente a la suma
de S/. (…).
Como segunda pretensión accesoria, solicito el pago de una indemnización por daños
y perjuicios valuada en la suma de S/. (…) por daño emergente, lucro cesante y daño
moral.
Como tercera pretensión accesoria, solicito el pago de los intereses legales, costas y
costos del proceso.
[Estas pretensiones accesorias son facultativas conforme al art. 602 del CPC que indica “Se
pueden demandar acumulativamente a la demanda interdictal, las pretensiones de pago de
frutos y la indemnizatoria por los daños y perjuicios causados.”]
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO
Soy (… poseedor o propietario)
1.- Procedo a expresar los hechos en que consiste el agravio.
(…)
2.- Procedo a expresar la época en que se realizaron los hechos.
[Lo anterior constituye un requisito especial de la demanda conforme al Artículo 600 del CPC
que indica “Además de lo previsto en el Artículo 548, en la demanda deben expresarse
necesariamente los hechos en que consiste el agravio y la época en que se realizaron.”]
[La época en que se realizaron los hechos es importante para efecto de determinar la
prescripción interdictal conforme al art. 601 del CPC que indica “La pretensión interdictal
prescribe al año de iniciado el hecho que fundamenta la demanda. Sin embargo, vencido este
plazo, el demandante puede ejercer su derecho a la posesión en un proceso de
conocimiento.”]
IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Artículo 603 del CPC establece sobre el Interdicto de recobrar que “Procede cuando el
poseedor es despojado de su posesión, siempre que no haya mediado proceso previo.”
El Artículo 604 del CPC establece que “Declarada fundada la demanda, el Juez ordenará se
reponga al demandante en el derecho de posesión del que fue privado y, en su caso, el pago
de los frutos y de la indemnización que corresponda.”
V.- MONTO DEL PETITORIO
3. No es cuantificable en dinero (… en caso que demanda frutos e indemnización deberá de
cuantificar el monto)
VI.- MEDIOS PROBATORIOS
[El art. 600, segundo párrafo, del CPC establece “Los medios probatorios deben estar
referidos, exclusivamente, a probar la posesión y el acto perturbatorio o desposesorio o su
ausencia.”]
VII.- ANEXOS
1-A Copia legible del Documento Nacional de Identidad del Demandante.
1-B Copia Certificada del Acta de Conciliación Extrajudicial
1-C […]
POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido admitir a trámite la presente demanda.
PRIMERO OTROSI. Si bien no constituye un requisito de la demanda, se indica la vía
procedimental sumarísima.
(Lugar donde se encuentra), 17 de marzo del 2016.
(Firma del demandante y firma de su abogado)